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17.2.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 49/35 |
Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1435/2003 del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativo al Estatuto de la sociedad cooperativa europea (SCE)
( Diario Oficial de la Unión Europea L 207 de 18 de agosto de 2003 )
En la página 6, en el artículo 7, en el apartado 5, en la última frase:
donde dice
«La renuncia dará derecho al reembolso de participaciones en las condiciones previstas en el apartado 4 del artículo 4 y en el artículo 16.»,
debe decir:
«La renuncia dará derecho al reembolso de participaciones en las condiciones previstas en el artículo 3, apartado 4, y en el artículo 16.».
En la página 6, en el artículo 7, en el apartado 6, en el última frase:
donde dice:
«Deberá adoptarse de conformidad con el apartado 4 del artículo 62.»,
debe decir:
«Deberá adoptarse de conformidad con el artículo 61, apartado 4.».
En la página 10, en el artículo 22, en el apartado 1, en la letra f):
donde dice:
|
«f) |
las modalidades o ventajas particulares que se refieran a los títulos distintos de las participaciones o a las obligaciones que, de conformidad con el artículo 66, no confieran la condición de socio;», |
debe decir:
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«f) |
las modalidades o ventajas particulares que se refieran a los títulos distintos de las participaciones o a las obligaciones que, de conformidad con el artículo 64, no confieran la condición de socio;». |
En la página 13, en el artículo 34, en el apartado 2:
donde dice:
«2. La ausencia de control de la legalidad de la fusión con arreglo a los artículos 29 y 30 constituye una causa de disolución de la SCE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.»,
debe decir:
«2. La ausencia de control de la legalidad de la fusión con arreglo a los artículos 29 y 30 constituye una causa de disolución de la SCE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.».