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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
65.° año |
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Sumario |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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DICTÁMENES |
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Comité Económico y Social Europeo |
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572.o pleno del Comité Económico y Social Europeo, 21.9.2022 – 22.9.2022 |
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2022/C 486/01 |
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2022/C 486/02 |
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2022/C 486/03 |
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2022/C 486/04 |
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2022/C 486/05 |
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2022/C 486/06 |
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2022/C 486/07 |
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2022/C 486/08 |
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2022/C 486/09 |
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2022/C 486/10 |
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2022/C 486/11 |
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2022/C 486/12 |
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2022/C 486/13 |
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2022/C 486/14 |
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2022/C 486/15 |
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III Actos preparatorios |
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Comité Económico y Social Europeo |
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572.o pleno del Comité Económico y Social Europeo, 21.9.2022 – 22.9.2022 |
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2022/C 486/16 |
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2022/C 486/17 |
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2022/C 486/18 |
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2022/C 486/19 |
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2022/C 486/20 |
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2022/C 486/21 |
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2022/C 486/22 |
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2022/C 486/23 |
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2022/C 486/24 |
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2022/C 486/25 |
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2022/C 486/26 |
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2022/C 486/27 |
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ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
DICTÁMENES
Comité Económico y Social Europeo
572.o pleno del Comité Económico y Social Europeo, 21.9.2022 – 22.9.2022
|
21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/1 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Pymes, empresas de la economía social, artesanía y profesiones liberales — “Objetivo 55”»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/01)
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Ponente: |
Milena ANGELOVA |
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Coponente: |
Rudolf KOLBE |
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Decisión del Pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en sección |
27.6.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
143/1/0 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Las microempresas, pequeñas y medianas empresas, ya sean empresas tradicionales, empresas familiares, comerciantes, empresas de economía social, artesanos o profesiones liberales (denominadas en adelante «pymes»), son una parte esencial de la solución hacia una economía de la UE competitiva, climáticamente neutra, circular e integradora, siempre que se creen y prevalezcan las condiciones adecuadas. Las pymes generan este efecto positivo al mejorar su propio rendimiento medioambiental y al aportar conocimientos y soluciones a otras empresas, a la ciudadanía y al sector público. Aunque reconoce y destaca la diversidad y las diferentes necesidades de las pymes, el CESE pide que se preste una atención específica a las más pequeñas y vulnerables. |
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1.2 |
Muchas pymes carecen de conocimientos sobre los requisitos legislativos en continua evolución, establecidos para lograr la neutralidad climática, y sobre cómo responder a ellos. Además, tienen dificultades para detectar los posibles beneficios y oportunidades empresariales que ofrece la transición ecológica. Así, el CESE destaca que es urgente apoyar a las pymes para que comprendan y gestionen de la mejor manera posible dicha transición. |
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1.3 |
El CESE pide que la Comisión Europea y los Estados miembros, junto con las organizaciones empresariales, las cámaras de comercio, los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes, apliquen medidas de información y sensibilización amplias y específicas, de forma coordinada y complementaria |
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1.4 |
El CESE también reclama un programa general, destinado a apoyar a las pymes en todas las cuestiones que se les plantean en sus operaciones y actividades empresariales para que sean ecológicas y cumplan la legislación. Dado que existen considerables diferencias entre ellas, son necesarias soluciones muy personalizadas y políticas y medidas bien orientadas. |
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1.5 |
El apoyo inmediato y específico a corto plazo a las pymes es fundamental para impulsar su recuperación económica de la pandemia y ayudarles a gestionar las consecuencias de la invasión rusa de Ucrania, como los altos precios de la energía y la falta de suministro de materiales y productos. Debido a las circunstancias extraordinarias, el CESE considera que debe otorgarse una flexibilidad adecuada a los calendarios del Pacto Verde Europeo a lo largo del tiempo hasta el final de la crisis, garantizando al mismo tiempo que los objetivos no se abandonen por ningún motivo. |
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1.6 |
Para mejorar la eficiencia de los recursos de las pymes, el CESE propone crear «centros de circularidad» en varias regiones. Esto debería mejorar la cooperación entre empresas de todos los sectores y facilitar el desarrollo de nuevas prácticas y procesos, incluida la demostración de nuevas tecnologías. Las organizaciones de pymes, las cámaras de comercio, el mundo académico, los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes deberían ser parte integrante del proceso. |
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1.7 |
El CESE considera importante que los representantes de las pymes participen en la elaboración de hojas de ruta sectoriales de acción climática a nivel nacional, así como en la configuración de las vías de transición a nivel de la UE para los distintos ecosistemas empresariales, con lo que también se mejorarán los conocimientos sobre el intercambio de mejores prácticas, la asignación adecuada de recursos y la aplicación eficiente. |
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1.8 |
El CESE pide a la UE y a los Estados miembros que aceleren las inversiones ecológicas de las pymes garantizando un entorno normativo propicio, predecible y alentador, que incluya procedimientos de autorización fluidos y evite las cargas administrativas, y proporcionando asimismo un acceso rápido, fácil, sencillo y rastreable a la financiación, adaptado a las diferentes necesidades de todos los grupos de pymes. |
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1.9 |
El CESE aboga por una estrecha colaboración entre los proveedores de educación y las pymes a la hora de configurar la formación para satisfacer las competencias y aptitudes necesarias en la transición ecológica, también mediante el reciclaje y el perfeccionamiento profesionales de trabajadores y emprendedores por igual. Además, el CESE pide que se apoyen las actividades de innovación de las pymes incentivando y facilitando la cooperación con otras empresas, sus organizaciones, cámaras de comercio, universidades y organismos de investigación. |
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1.10 |
El CESE insta a que se fomente el comercio de soluciones ecológicas producidas por las pymes, incluso en el contexto de la contratación pública, proporcionando a las pymes unas condiciones equitativas en el mercado único y facilitando su acceso a los mercados extranjeros de productos, tecnologías y servicios ecológicos. Hay que garantizar un entorno empresarial competitivo para las empresas de la UE en relación con terceros países, desplegando todos los medios de la diplomacia, incluso en los ámbitos de la política climática, de recursos y comercial, y prestando especial atención a la actuación de China y otros mercados emergentes. |
2. La transición ecológica y las pymes
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2.1 |
Las pymes contribuyen a una economía sostenible que genera empleo. Mantienen más unidas a las sociedades, a menudo combinando las funciones económicas con las sociales, y de este modo refuerzan la base de la democracia, la unidad y la inclusión. Son clave para la recuperación económica y social y la prosperidad, ya que están arraigadas en todos y cada uno de los rincones de la UE y especialmente en las zonas remotas y rurales, donde a menudo son el único factor generador de actividad económica. |
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2.2 |
El cambio climático impulsa la transición energética sostenible, pero, sobre todo, impulsa a toda la economía y la sociedad hacia la neutralidad climática, la circularidad y la sostenibilidad general. Provoca fenómenos meteorológicos extremos y catástrofes naturales, y está relacionado con otros grandes retos medioambientales como la pérdida de biodiversidad, la contaminación ambiental y la degradación de los recursos naturales. |
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2.3 |
El paquete de medidas «Objetivo 55» se centra específicamente en la mitigación del cambio climático e incluye muchas leyes que afectan a las pymes de diversas maneras. Forma parte de la aplicación de la iniciativa emblemática de la UE, el Pacto Verde Europeo, que aborda el crecimiento sostenible relacionado con las industrias, el comercio, los servicios y la energía, el transporte, los edificios y los sistemas alimentarios. Las pymes desempeñan un papel esencial en todos estos sectores. |
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2.4 |
Las pymes son una parte esencial de la solución en la aplicación del Pacto Verde Europeo, siempre que se creen y prevalezcan las condiciones adecuadas. Este efecto positivo se genera, por un lado, a través de las mejoras en el rendimiento de la amplia variedad de pymes y, por otro lado, a través de las acciones de esas pymes, que proporcionan conocimientos y soluciones a otras empresas, a la ciudadanía y al sector público. |
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2.5 |
La transición ecológica está estrechamente vinculada a la transformación digital y las pymes deben gestionar sus dos facetas, un doble reto muy exigente por la notable necesidad de recursos. La digitalización es una herramienta para aumentar la eficiencia de las operaciones de las empresas, ayudar a la expansión de nuevos mercados y a la internacionalización, y tiene el considerable potencial de disminuir las emisiones, los residuos y el uso de recursos naturales. Pero los servicios y equipos digitales también causan impactos medioambientales que han de gestionarse simultáneamente. |
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2.6 |
Además de luchar por la doble transición ecológica y digital, las pymes se enfrentan a la recuperación económica de la pandemia y a las implicaciones de la invasión rusa de Ucrania. Los altos precios de la energía y la falta de suministro de materiales y productos son algunos de los problemas recientes que repercuten de manera significativa en las pymes y sus negocios. Su competitividad, así como la de la economía de la UE en general, se ve aún más comprometida por los repentinos movimientos de China y otros mercados emergentes, que también se benefician de evitar las sanciones a Rusia y de acatar unas exigencias climáticas y medioambientales más leves. |
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2.7 |
Las cuestiones relacionadas con el clima y el medio ambiente no son solo cuestiones de sostenibilidad ambiental, sino que también constituyen, en gran medida, una parte esencial de la competitividad, la rentabilidad y el rendimiento económico general de las empresas. Además de basarse en sus propios valores y en su discernimiento en general, las pymes cumplen los requisitos y expectativas climáticas y medioambientales a través de diversos mecanismos.
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2.8 |
Muchas pymes no son plenamente conscientes de las repercusiones de las políticas y requisitos específicos en materia de clima y medio ambiente en sus negocios y sus cadenas de suministro y de valor, ni de cómo adaptar o convertir los productos y servicios en una fase temprana para evitar pérdidas posteriores o incluso la exclusión del mercado. Además, se enfrentan a unos recursos humanos y financieros limitados para las operaciones cotidianas y para el desarrollo de sus negocios, y existe el riesgo de que su tamaño limitado presuponga o exija demasiados conocimientos multidisciplinares. Una parte notable de las empresas se enfrenta a dificultades debidas a la complejidad de una legislación en continua evolución, a las cargas administrativas, a las normas financieras y a los elevados costes, a la falta de conocimientos técnicos específicos en materia de medio ambiente y a la falta de conocimientos para elegir las acciones adecuadas (1), acompañadas de dificultades para acceder a las nuevas cadenas de valor, a la financiación, al personal y a los nuevos modelos de negocio, entre otras. |
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2.9 |
Si bien la falta de conocimiento de los requisitos y las formas de responder a ellos representan un reto importante, también lo son las dificultades para identificar los posibles beneficios y oportunidades empresariales, como la reducción de los costes de energía y materiales, la mejora del acceso a la financiación, el aumento de la demanda y los nuevos mercados, y la mejora de la imagen entre las partes interesadas. |
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2.10 |
Las pymes con una propuesta de valor empresarial en la economía circular, el clima, la biodiversidad, la energía renovable y otros temas del Pacto Verde Europeo tienen un incentivo inherente para explorar, invertir y buscar nuevas oportunidades de negocio en esas áreas. Disfrutan de muchas oportunidades, por ejemplo, en la renovación de edificios, en la planificación y construcción de infraestructuras, en la producción industrial y el mantenimiento de equipos, en la prestación de servicios jurídicos y contables, y en el desarrollo de soluciones digitales. El proceso de transición depende en gran medida de sus soluciones inteligentes, generadas por los expertos que emplean, lo que subraya la importancia de una educación de alta calidad y pertinente, de la educación y formación profesionales y de un constante perfeccionamiento profesional. |
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2.11 |
A su vez, el grupo más vulnerable de pymes, que también tienen la mayor necesidad de información, son las que creen que el Pacto Verde Europeo es solo una pieza de legislación adicional que se suma a las cargas administrativas acumuladas, que pone a sus actuales modelos de negocio bajo presión y que limita la rentabilidad en una hipótesis de statu quo. Esto pone de manifiesto que todas las categorías de pymes, ya sean vulnerables, estén rezagadas, sean seguidoras o líderes, necesitan un apoyo diferente y específicamente dirigido a ellas (2). |
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2.12 |
Además, en términos de capacidad y preparación, hay muchas diferencias entre las pymes en cuanto a la naturaleza y la magnitud de los problemas climáticos y medioambientales, los requisitos y las expectativas que se dirigen a ellas y las oportunidades que se les abren. Las diferencias se derivan de varios factores: la intensidad de recursos naturales del negocio, el tamaño de la empresa, la posición de la empresa en las cadenas de suministro y los ecosistemas empresariales, la ubicación de la empresa, los tipos de clientes, las fuentes de factores de producción y los mercados geográficos de la empresa. |
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2.13 |
Todo esto exige soluciones muy personalizadas y políticas y medidas bien orientadas que tengan en cuenta las diferencias entre, por ejemplo, las medianas empresas de las industrias manufactureras, las empresas que operan en los sectores de la hostelería y del comercio minorista, las empresas familiares y tradicionales, las empresas emergentes innovadoras, las empresas de la economía social y las profesiones artesanales y liberales. |
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2.14 |
A pesar de las numerosas diferencias entre las pymes, el éxito de la gestión de la transición ecológica en cada empresa comienza con una adecuada concienciación y conocimiento de los temas y tendencias de actualidad, lo que permite constatar las fortalezas, las debilidades, las oportunidades y los riesgos de la empresa y definir cómo quiere posicionarse en dicha transición. |
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2.15 |
Los esfuerzos más concretos a nivel empresarial están relacionados con la planificación, la organización y el seguimiento de la actividad general, incluida la producción y el comercio de bienes y servicios, el transporte y la logística, y la adquisición de energía, materias primas y otros factores de producción. Los aspectos climáticos y medioambientales son también un elemento integral en las actividades de innovación, en el desarrollo de aptitudes y la implicación de todo el personal, y en la comunicación y cooperación con las partes interesadas. |
3. Políticas y medidas de apoyo a las pymes en el marco del paquete de medidas «Objetivo 55»
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3.1 |
Para estar en condiciones de cumplir la transición ecológica, debe informarse con detalle a las pymes a fin de que comprendan mejor las implicaciones de las nuevas y complejas propuestas legislativas (3). Esto exige medidas de información y sensibilización amplias y específicas, aplicadas de forma coordinada y complementaria por la Comisión Europea y los Estados miembros, que tienen una responsabilidad crucial en este sentido. El papel de las organizaciones empresariales y las cámaras de comercio también es fundamental para informar y apoyar a sus miembros, complementado por los proveedores de educación y formación, las oficinas de desarrollo regional, las organizaciones de agrupaciones, los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil pertinentes. |
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3.1.1 |
Tras la invasión rusa de Ucrania, las políticas del Pacto Verde Europeo están ahora en consulta abierta en cuanto a plazos debido a las nuevas circunstancias extraordinarias y a la dependencia de la UE de la energía y los alimentos de Rusia y Ucrania. El CESE reconoce las circunstancias extraordinarias y las dependencias y considera que los objetivos ecológicos no deben abandonarse por ningún motivo, aunque habría que aportar una lógica flexibilidad en el tiempo hasta el final de la crisis. |
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3.1.2 |
Además de la adecuada evaluación de impacto de todas las iniciativas legislativas, el CESE pide a la Comisión Europea que proporcione una guía completa, clara e inequívoca sobre todos los requisitos existentes y futuros relacionados con el clima y sus implicaciones para las pymes, que debería abarcar:
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3.1.3 |
El CESE pide que se preparen también las correspondientes orientaciones sobre la legislación relativa a otras cuestiones medioambientales importantes. De manera más general, este tipo de guía debería convertirse en una práctica habitual y acompañar cualquier iniciativa futura en el ámbito del Pacto Verde Europeo. Las pymes necesitan un marco legislativo estable que ofrezca perspectivas claras y una planificación de sus inversiones. Por lo tanto, deben evitarse cambios repentinos —como la reciente modificación de los objetivos de energías renovables y eficiencia energética propuesta en el plan REPowerEU—, puesto que agravan un entorno ya muy complejo e incierto. |
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3.2 |
Teniendo en cuenta el amplio alcance y la profundidad del Pacto Verde Europeo, se prevé una transformación industrial total. Siguiendo el principio de «pensar primero a pequeña escala», y para evitar que las pymes «simplemente se queden sin negocio», es necesario un programa de apoyo y desarrollo de capacidades completo y de amplio alcance. El objetivo sería apoyar a las pymes en todos los problemas a los que se enfrentan en sus operaciones y actividades empresariales para que se vuelvan ecológicas y cumplan la legislación. |
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3.2.1 |
El CESE considera que existe un gran interés, manifestado por la Comisión Europea y el Parlamento Europeo, en aprovechar las iniciativas ya existentes para promover la estrategia para las pymes y explorar otras posibilidades en aras de llevar a cabo la estrategia con éxito. El CESE pide que este interés se traduzca efectivamente en políticas en todos los ámbitos posibles, y subraya el papel indispensable de los Estados miembros, que deberán actuar en cooperación con las organizaciones de pymes, las cámaras de comercio, los interlocutores sociales y otras partes interesadas. |
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3.2.2 |
La juventud emprendedora es el futuro de las pymes y del crecimiento del empleo. Por lo tanto, su atención a los consumidores y su atractivo para los empleados jóvenes, junto con la creciente preocupación por la transición ecológica, deben señalarse y abordarse más específicamente, por ejemplo, en los planes de recuperación. Además, para aprovechar todo el potencial de toda la sociedad y promover la diversidad en las empresas, hay que eliminar cualquier obstáculo que impida el emprendimiento femenino. Debe estimularse y promoverse también el espíritu empresarial de todos los grupos vulnerables, como las personas con discapacidad, los migrantes y las comunidades minoritarias. |
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3.2.3 |
Para promover las sinergias de la digitalización y la ecologización en las pymes, ambas tendencias deben considerarse simultáneamente a la hora de elaborar políticas y medidas. Dado que ni la transición ecológica ni la digital son meras cuestiones técnicas o financieras, es necesario abordar importantes cuestiones personales y empresariales para conseguir que la amplia mayoría de las pymes adopte una doble transición a largo plazo y con perspectivas de futuro (4). |
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3.2.4 |
El CESE también pide a la CE y a los Estados miembros que supervisen los efectos de la ejecución de la doble transición ecológica y digital en lo que respecta a las cadenas de suministro y de valor, así como la respectiva evolución económica y social regional, a fin de poder contrarrestar en una fase temprana los posibles efectos negativos sobre las pymes y el empleo. |
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3.3 |
Para apoyar el desarrollo de las operaciones empresariales cotidianas de las pymes, como la producción de bienes y servicios, la producción y el uso de energía y la organización de la logística, es necesario disponer de una oferta adecuada de servicios de asesoramiento práctico y plataformas de cooperación. |
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3.3.1 |
El CESE pide a la UE y a los Estados miembros que mejoren y fomenten el establecimiento de servicios de apoyo tecnológico y de gestión disponibles para las pymes, desplegando todo el potencial de los diferentes instrumentos, especialmente en la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia y de los acuerdos de asociación, con el objetivo de ayudar a las empresas a mejorar la eficiencia energética y material, y a disminuir la generación de emisiones y residuos, a fin de minimizar tanto los costes como el impacto medioambiental. El CESE también pide que se integren los aspectos medioambientales en los servicios de asesoramiento en el ámbito digital. |
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3.3.2 |
Para mejorar la eficiencia de los recursos de las pymes, el CESE propone crear «centros de circularidad» en varias regiones. Esto debería mejorar la cooperación entre empresas de todos los sectores y facilitar el desarrollo de nuevos procesos de reciclaje y reutilización de residuos y subproductos, incluida la demostración de nuevas tecnologías. |
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3.3.3 |
El CESE pide la participación de las pymes y sus representantes en la elaboración de hojas de ruta sectoriales de acción climática a nivel nacional, así como en la configuración de las vías de transición a nivel de la UE para los distintos ecosistemas empresariales, con lo que también se mejorarán los conocimientos sobre el intercambio de mejores prácticas, la asignación adecuada de recursos y la aplicación eficiente. |
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3.4 |
Para promover y apoyar la inversión en la ecologización de las pymes, la economía y la sociedad en su conjunto, es necesario garantizar un entorno de inversión favorable y unas condiciones que permitan a las pymes disfrutar de un acceso adecuado a la financiación. |
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3.4.1 |
El CESE pide a la UE y a los Estados miembros que aceleren las inversiones de las pymes:
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3.4.2 |
El CESE pide a la Comisión Europea que tenga debidamente en cuenta las repercusiones indirectas de los criterios de financiación sostenible en las pymes. Lo mismo se aplica a los requisitos de solvencia de los bancos y a cualquier otra medida política en los ámbitos de la política económica y fiscal que tenga un efecto indirecto en la capacidad de inversión y funcionamiento de las pymes, lo que se traduce en la creación y el mantenimiento de los puestos de trabajo. |
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3.4.3 |
El CESE pide que se respeten las reglas de la sana competencia a la hora de asignar fondos públicos para las inversiones ecológicas. El CESE también subraya la necesidad de controlar los flujos de financiación con indicadores adecuados. Es importante conceder a las pymes igualdad de acceso a la contratación pública y a la inversión; por ejemplo, en infraestructuras generales, así como fomentar la inversión en la ecologización de las propias pymes; a título ilustrativo, utilizando la financiación pública como palanca para la inversión privada. |
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3.4.4 |
A raíz de la reciente evolución de los mercados energéticos, la Comisión Europea ha reconocido la vulnerabilidad de las pymes causada por el creciente riesgo de pobreza energética (5). El CESE acoge con satisfacción la definición de «microempresas vulnerables» y pide un esfuerzo adicional para proporcionarles el apoyo pertinente con el fin de que hagan frente a esta carga. |
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3.5 |
El CESE pide a la UE y a los Estados miembros que mejoren el comercio de soluciones ecológicas por parte de las pymes desarrollando y garantizando unas condiciones de mercado adecuadas que permitan lo siguiente:
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3.6 |
Para reforzar el papel de las pymes en el desarrollo de nuevas soluciones ecológicas para las empresas, los consumidores y la sociedad en general, el CESE pide las medidas que ese enumeran a continuación.
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3.7 |
Con el fin de garantizar las aptitudes adecuadas necesarias para desarrollar y gestionar las empresas de acuerdo con la transición ecológica (6), el CESE pide lo que se indica a continuación.
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3.8 |
El CESE reclama la creación de indicadores adecuados y herramientas prácticas que contribuyan al seguimiento sistemático de las operaciones y efectos de las empresas en relación con la transición ecológica, Esto también debería servir para la comunicación con la amplia gama de partes interesadas. Entretanto, el CESE pide a los responsables políticos de la UE que se abstengan de establecer obligaciones de información gravosas para las pymes y que evalúen también las repercusiones indirectas que tienen para las pymes los requisitos de información dirigidos a las grandes empresas. |
4. Comentarios específicos sobre las profesiones liberales, la artesanía y las empresas de economía social
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4.1 |
Para garantizar una transición ecológica justa en la que nadie se quede atrás, es fundamental que las políticas de la UE se formulen teniendo en cuenta su posible efecto en el comercio y la artesanía. Estos agentes económicos son realmente importantes para las economías locales, ya que proporcionan bienes y servicios indispensables adaptados a las necesidades de los consumidores, incluso en las zonas geográficas menos conectadas con los centros urbanos. El diálogo con sus representantes, como las organizaciones empresariales y las cámaras de comercio, permite tomar decisiones políticas acertadas que tengan en cuenta las consecuencias potenciales sobre el terreno. |
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4.2 |
Se necesitan conocimientos profesionales independientes para encontrar soluciones innovadoras optimizadas para el cambio climático y otros retos medioambientales. Las profesiones liberales responden a esta necesidad en varios ámbitos de la economía y la sociedad, aportando conocimientos y asesoramiento a nivel técnico, jurídico, financiero y no financiero. El CESE pide medidas a escala de la UE para incentivar a los Estados miembros a que fomenten normativas profesionales destinadas a garantizar la aplicación de la transición ecológica y digital de manera adecuada, por ejemplo, en los enfoques técnicos complejos, a fin de promover las soluciones más innovadoras y orientadas al mercado. |
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4.3 |
El aumento de la sostenibilidad en la ordenación del territorio local y regional puede garantizarse mejorando los servicios de consultoría para los municipios. También es importante seguir desarrollando el concepto de evaluación ambiental estratégica en la dirección de la evaluación de la sostenibilidad (ecológica, económica y social). Los procedimientos de contratación pública en toda la UE deberían aplicar criterios climáticos y otros orientados a la calidad, y con ello promover la innovación de las pymes y facilitar su acceso a los proyectos, especialmente en el ámbito de los servicios de planificación. |
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4.4 |
Se necesitan nuevas técnicas, productos y procesos en la transición a la economía circular. Por ejemplo, en el sector de la construcción lo anterior requiere reciclar los residuos de la renovación y la construcción, reutilizar elementos e introducir nuevos materiales de construcción, incluido el reconocimiento de materiales de construcción secundarios de calidad garantizada, y una estrecha cooperación entre los productores, los artesanos, los profesionales y la industria del reciclaje. También hay que reforzar las cadenas de valor regionales y la creación de agrupaciones mediante la participación de la artesanía. |
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4.5 |
Los retos medioambientales relacionados con las empresas de economía social son esencialmente los mismos que los de otras empresas en cuanto a los temas en cuestión. Sin embargo, las condiciones específicas de estas empresas deben considerarse debidamente en consonancia con los numerosos dictámenes del CESE, a través de medidas específicas basadas en el reciente plan de acción de la UE para la economía social. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
CHRISTA SCHWENG
(1) Datos del Eurobarómetro Flash 498. SMEs, green markets and resource efficiency report, p. 46, marzo de 2022.
(2) Smit, S.J., SME focus — Long-term strategy for the European industrial future, Departamento Temático de Políticas Económicas y Científicas y de Calidad de Vida del Parlamento Europeo, PE 648.776 — Abril de 2020.
(3) El paquete de medidas «Objetivo 55» comprende un amplio abanico de iniciativas legislativas, cuya decisión final está sujeta a negociaciones entre las instituciones. Hasta que no se complete este proceso, las pymes solo pueden seguir una información parcial y se enfrentan a la incertidumbre sobre el futuro.
(4) SME focus, Departamento Temático del Parlamento Europeo, abril de 2020.
(5) COM(2021) 568 final, 14.7.2021. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:52021PC0568
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/9 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La transmisión de empresas como factor impulsor de la recuperación y el crecimiento sostenibles en el sector de las pymes»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/02)
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Ponente: |
Mira-Maria KONTKANEN |
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Decisión de la Asamblea |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 32, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Sección de Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en sección |
8.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
143/0/0 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
La transmisión de empresas constituye un importante proceso estratégico que garantiza la continuidad de las empresas y la defensa del empleo. Por ello, el Comité Económico y Social Europeo (CESE) propone que las políticas de recuperación y crecimiento de la Unión Europea (UE) y de los Estados miembros otorguen un papel importante al fomento de la transmisión de empresas. |
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1.2 |
La transmisión de empresas salvaguarda el tejido social de las zonas rurales, donde las microempresas y pymes tienen una fuerte presencia. El desarrollo de ecosistemas de transmisión de empresas que funcionen bien y de servicios de apoyo es esencial para preservar los medios de vida y las economías de las zonas rurales y monoindustriales. El CESE considera que lo anterior también debe reconocerse en la aplicación de la visión a largo plazo de la UE para las zonas rurales y en el Plan de Acción Rural. |
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1.3 |
Las transmisiones de empresas que tienen éxito salvaguardan los puestos de trabajo existentes y crean nuevos empleos, así como perspectivas de futuro para los empleados en términos de continuidad laboral y desarrollo profesional. El CESE anima a los Estados miembros a compartir las mejores prácticas sobre cómo promover la transmisión de una empresa a los empleados, por ejemplo en forma de cooperativa (1) y otras empresas de la economía social en las que la propiedad corresponde a los trabajadores. |
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1.4 |
Cuanto antes se preparen los empresarios para la transmisión, más exitosa suele ser esta. Los Estados miembros deben aumentar sus actividades de sensibilización sobre las transmisiones de empresas y equipar a las organizaciones empresariales y de apoyo para que promuevan y ayuden a las transmisiones de las microempresas y pymes. El CESE también pide a los Estados miembros que introduzcan y sigan desarrollando mecanismos de alerta temprana (2) para las microempresas y pymes con el fin de apoyar la resiliencia, la viabilidad y, en última instancia, la transferibilidad de la empresa. |
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1.5 |
La adquisición de una empresa existente debería promoverse activamente como una oportunidad tan atractiva para los empresarios noveles como la de crear una empresa desde cero. Los conocimientos sobre la compra de una empresa y la sucesión deberían formar parte de la educación empresarial, en la enseñanza secundaria y superior. Por ello, el CESE pide que se desarrollen incentivos para la transmisión de las pequeñas empresas a jóvenes empresarios. Estos incentivos podrían incluir la sensibilización, los servicios de asesoramiento, la tutoría y el acceso a financiación. Asimismo, podría reforzarse la comprensión del diálogo social por parte de los jóvenes empresarios a fin de promover el éxito de las transmisiones empresariales para todas las partes interesadas. Igualmente, deberían desarrollarse más incentivos con vistas a la transmisión de empresas para las mujeres empresarias con el fin de aumentar el número de empresarias, actualmente demasiado escaso. |
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1.6 |
La financiación sigue siendo un obstáculo para el éxito de las transmisiones de empresas y la mayoría de ellas requieren financiación externa. El CESE anima encarecidamente a todos los Estados miembros a que garanticen la existencia de entidades financieras que apoyen las transmisiones de microempresas y pymes; por ejemplo, ayudando a obtener garantías para préstamos bancarios. |
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1.7 |
El CESE recomienda a los Estados miembros que establezcan foros nacionales de partes interesadas en la transmisión de empresas que representen tanto a las partes públicas como a las privadas. Los foros de transmisión de empresas ofrecen un enfoque sistemático y a largo plazo para el fomento de dichas transmisiones. También proporcionan un espacio para el diálogo permanente entre los expertos nacionales y constituyen un uso más eficiente de los recursos. |
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1.8 |
El CESE considera que deberían desarrollarse plataformas de transmisión de empresas en línea en todos los Estados miembros de la UE y que las microempresas y las pequeñas empresas también deberían poder acceder a dichas plataformas. Deberían desarrollarse interconexiones y sinergias entre las diferentes plataformas en línea de los Estados miembros y la Comisión Europea podría facilitar la interconexión de los diferentes mercados en línea de la UE. |
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1.9 |
Los datos sobre trasmisiones de empresas suelen ser fragmentarios, insuficientes, anticuados y no comparables entre los Estados miembros de la UE. Por ello, el CESE recomienda a la Comisión y a los Estados miembros que sigan mejorando la base de datos de transmisiones de empresas. |
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1.10 |
Debería desarrollarse una revisión periódica de la situación de las transmisiones de empresas en Europa; por ejemplo, en forma de un barómetro de transmisiones de empresas a nivel de la UE que también proporcionaría información para la elaboración de políticas basadas en datos. La asamblea anual de las pymes de la UE debería utilizarse como un foro regular de debate e intercambio de experiencias para las transmisiones de microempresas y pymes. Por último, habría que considerar diferentes iniciativas de sensibilización, como la creación de una semana nacional o europea de la transmisión de empresas. |
2. Introducción
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2.1 |
Aumentar el número de transmisiones empresariales con éxito tendría beneficios inmediatos para el empleo, la continuidad de las empresas y la economía europea en su conjunto. Las transmisiones empresariales contribuyen a crear sociedades más resilientes y cohesionadas, en consonancia con las propuestas de la Conferencia sobre el Futuro de Europa (3). |
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2.2 |
Las transmisiones de empresas constituyen una parte cada vez más importante y natural del desarrollo estratégico, la renovación y el crecimiento de las microempresas y pymes. A medida que la población europea envejece y aumenta el número de empresarios que planean retirarse de la actividad empresarial, el éxito de las transmisiones de empresas resulta aún más crucial para la economía de las microempresas y pymes europeas. |
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2.3 |
Cada año se trasladan a toda Europa unas 450 000 empresas con dos millones de empleados. Se calcula que cada año se corre el riesgo de que no se transmitan 150 000 empresas, lo que pone en peligro unos 600 000 puestos de trabajo. Las empresas más pequeñas son las más vulnerables a las transmisiones fallidas (4). |
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2.4 |
La transmisión de empresas puede ser un proceso complejo debido a los problemas financieros, de gestión, normativos, administrativos o de mercado, como el de poner en contacto a los vendedores con los compradores. Al mismo tiempo, la mayoría de las transmisiones de empresas se producen en microempresas con recursos limitados. Una transmisión suele ser más difícil en el caso de las pequeñas empresas en las que el propietario actual desempeña un papel dominante (5). |
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2.5 |
Un ecosistema de transmisión de empresas que funcione bien resulta esencial para el éxito de las transmisiones y ayuda a crear mercados de transmisión de empresas dinámicos. Los ecosistemas de transmisión de empresas están formados por varias partes interesadas públicas y privadas: compradores, vendedores, predecesores, sucesores, asesores de empresas como agentes comerciales, contables, abogados y consultores, mediadores, entidades financieras, organizaciones de apoyo a las empresas, responsables políticos y académicos. Las actividades de sensibilización destinadas a aumentar la preparación para las transmisiones de empresas constituyen una parte importante del ecosistema. Todavía hoy, el panorama de la transmisión de empresas varía sustancialmente entre los Estados miembros y entre las regiones de un mismo Estado miembro, lo que ofrece margen para el aprendizaje mutuo y la mejora de los ecosistemas de transmisión de empresas en toda Europa. Sin embargo, la responsabilidad última de la transmisión recae siempre en el empresario. |
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2.6 |
Un cambio de propiedad exitoso puede dar lugar a una empresa más resiliente, innovadora y competitiva. Cuando las empresas con nuevos propietarios adoptan modelos empresariales más ecológicos y digitales, las transmisiones de empresas también contribuyen a la transición ecológica y digital del sector de las microempresas y pymes. |
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2.7 |
La pandemia de COVID-19 también ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar la resiliencia de las empresas europeas y garantizar una mejor planificación de la preparación. La empresa y su modelo de negocio deberían ser sólidos y resilientes a los choques externos para que la transmisión tenga éxito. La salud financiera y la resiliencia aumentan las posibilidades de éxito de la transmisión. |
3. Contexto general
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3.1 |
La transmisión de empresas forma parte de la política empresarial de la UE desde principios de los años noventa. En 1994, la Comisión Europea redactó una Recomendación (6) para mejorar las condiciones marco en los Estados miembros de la UE con vistas a la transmisión de empresas. Esta Recomendación proponía a los Estados miembros una serie de medidas para mejorar la situación de las empresas que se preparan para una transmisión. Estas medidas abarcaban las actividades de sensibilización y preparación, la mejora del entorno financiero que favorezca el éxito de la transmisión de empresas, la apertura de vías legales para la reestructuración, la provisión de medios legales para garantizar la continuidad de las asociaciones en caso de fallecimiento de uno de los socios o del propietario, la garantía de que los impuestos sobre sucesiones o donaciones no obstaculicen las transmisiones, y la facilitación de la transmisión de empresas a terceros mediante normas fiscales adecuadas. |
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3.2 |
Desde entonces, la Comisión revisó la Recomendación en 2006 y publicó la Comunicación (7)«Aplicar el Programa comunitario de Lisboa para el crecimiento y el empleo — Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación». La revisión puso de manifiesto que la aplicación de la Recomendación de 1994 aún requería más esfuerzos. Además de pedir la aplicación de la Recomendación de 1994, la Comunicación de 2006 presentó otras recomendaciones para el fomento de la transmisión de empresas, como el aumento de la atención política prestada a las transmisiones de empresas, la prestación de apoyo especializado y de tutoría, la organización de mercados transparentes para la transmisión y la implantación de infraestructuras de apoyo nacionales, regionales y locales para promover las transmisiones. |
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3.3 |
En 2013, la Comisión evaluó los progresos de las recomendaciones de 2006. La conclusión general fue que no se había avanzado lo suficiente en la aplicación de medidas para mejorar el marco de las transmisiones de empresas desde la Comunicación de 2006. Las deficiencias enumeradas en la evaluación se referían a ámbitos como las disposiciones fiscales para terceros o empleados, o a la provisión de iniciativas de apoyo y financiación específicas. La evaluación también señaló que las transmisiones de empresas no recibieron suficiente atención política a nivel de la UE o de los Estados miembros, en contraste con la política de creación de empresas. |
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3.4 |
En 2020, la Comisión Europea publicó una Estrategia de la UE para las Pymes (8), en la que confirmaba su compromiso de seguir trabajando con el fin de facilitar la transmisión de empresas y apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos por establecer un entorno empresarial favorable a las transmisiones. Recientemente, la Comisión se ha centrado en mejorar la base de pruebas de las transmisiones de empresas, publicando un informe en 2021 (9). Las acciones de la Comisión y las buenas prácticas financiadas por la UE pueden seguirse en el sitio web de la Comisión (10). |
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3.5 |
El CESE también ha reconocido la importancia de las transmisiones de microempresas y pymes y pide que se adopten rápidamente medidas que permitan facilitarlas y racionalizarlas a un coste razonable (11). En su Dictamen sobre la Estrategia de la UE para las Pymes, el CESE también pide que se preste especial atención a las transmisiones transfronterizas de las microempresas y pymes para hacer frente a los elevados costes que conllevan esas transacciones y a la normativa sustancialmente diferente de los Estados miembros (12). El Dictamen de seguimiento del CESE sobre la Estrategia de la UE para las Pymes (13) ilustra el potencial de las transmisiones de empresas exitosas para hacer que una empresa sea más digital y sostenible, en línea con el objetivo de doble transición de la UE. |
4. Observaciones generales
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4.1 |
La transmisión de empresas es un tema cada vez más importante para las microempresas y las pymes debido a la demografía europea y al envejecimiento de los empresarios. Aproximadamente el 90 % de las transmisiones de empresas tiene lugar en microempresas (14). |
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4.2 |
Aumentar el número de transmisiones empresariales con éxito tiene beneficios inmediatos para la economía europea. En comparación con las empresas de nueva creación, las empresas transmitidas con éxito obtienen mejores resultados en términos de supervivencia, facturación, beneficios, capacidad de innovación y empleo (15). Según la Comisión Europea, las empresas existentes conservan una media de cinco puestos de trabajo, mientras que una empresa de nueva creación solo genera dos puestos de trabajo de media (16). El fomento de la transmisión de empresas es, por tanto, la mejor promoción posible del crecimiento empresarial. |
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4.3 |
Las transmisiones de empresas salvaguardan el tejido social de las zonas rurales en las que hay una fuerte presencia de microempresas y pymes; se calcula que al menos un tercio de las microempresas y pymes europeas está situado en zonas rurales. Garantizan la cohesión económica y social de estas zonas a través de los servicios que prestan a los ciudadanos, a los consumidores y a las actividades económicas locales, así como por el empleo que proporcionan (17). La transmisión de empresas contribuye a evitar la pérdida de conocimientos especializados locales en materia de artesanía. A menudo, la artesanía y el sector minorista locales contribuyen positivamente a la diversidad de opciones de los consumidores en el mercado, ofreciendo una alternativa a las cadenas minoristas uniformes. Para los consumidores, el éxito de la transmisión supone la continuidad y, a menudo, la mejora de los servicios y productos. El desarrollo de ecosistemas de transmisión de empresas que funcionen bien y de servicios de apoyo es esencial para preservar los medios de vida y las economías de las zonas monoindustriales y rurales, teniendo una importancia específica especialmente para el sector agrícola y de transformación de alimentos. Las transmisiones eficaces también ofrecen una vía para acelerar la transición doble en las zonas rurales a través de una transformación iniciada mediante un cambio de propiedad. El CESE considera que el desarrollo de ecosistemas de transmisión de empresas y de servicios de apoyo debería formar parte de la aplicación de la visión a largo plazo de la UE para las zonas rurales y del Plan de Acción Rural. |
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4.4 |
El fomento de la transmisión de empresas también es beneficioso para sus trabajadores, ya que conserva los puestos de trabajo y la continuidad de la empresa. En las pymes, en particular, los trabajadores son el activo más valioso que se transfiere a la nueva propiedad. Por ello, es importante garantizar el bienestar de los trabajadores en caso de transmisión de la empresa. A menudo, los nuevos propietarios abordan la transmisión con entusiasmo para desarrollar y hacer crecer el negocio, lo que también significa mejores perspectivas de futuro para los empleados en términos de continuidad laboral y desarrollo profesional. El CESE anima a los Estados miembros a compartir las mejores prácticas relativas a las transmisiones en las que los empleados pueden seguir trabajando y desarrollar las actividades haciéndose cargo de su empresa; por ejemplo, en forma de cooperativa y otras formas de empresa de la economía social en las que la propiedad corresponde a los trabajadores (18) que han demostrado su resistencia a las situaciones de crisis. Asimismo, la promoción del diálogo social y la información en las fases iniciales facilita la adquisición de empresas por parte de los trabajadores. Esto está en consonancia con el Dictamen del CESE INT/925 (19), en el que se destaca que la fórmula conocida como rescate de los trabajadores es una buena práctica que resulta útil no solo para revitalizar empresas en crisis, sino también para la transmisión de pymes cuyos fundadores no tienen sucesores. |
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4.5 |
El fomento de la transmisión de empresas debe desempeñar un papel importante en las políticas de recuperación y crecimiento de la UE y de los Estados miembros. El CESE respalda el esfuerzo estratégico y prolongado de la Comisión Europea y de organizaciones de fomento de la transmisión de empresas —como Transeo (20)— para promover un entorno más favorable a las transmisiones en Europa. No obstante, todavía hay mucho margen de mejora. El nivel de atención, la funcionalidad general actual del ecosistema de transmisión de empresas y el alcance de las medidas de fomento de la transmisión de empresas varían significativamente entre los Estados miembros. En un entorno empresarial de rápido desarrollo, los empresarios deben aprovechar las oportunidades de crecimiento, tanto internas como mediante adquisiciones. Hay que tener en cuenta todo tipo de transmisiones de propiedad, incluidas las sucesiones familiares, las recompras y los rescates de la dirección, las adquisiciones estratégicas y los rescates de los empleados. |
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4.6 |
Para que la transición de Europa a la economía digital y verde tenga éxito, es necesario que las microempresas y pymes se incorporen a ella. Las transmisiones de empresas son una forma natural de transformar un modelo de negocio de este sector empresarial en uno más ecológico y digital respaldando su transición en esos dos ámbitos. Un cambio de propiedad exitoso puede dar lugar a una empresa más resiliente, innovadora y competitiva. Además, desde el punto de vista de los recursos, la compra de una empresa existente con sus instalaciones de producción suele ser más respetuosa con el medio ambiente que la compra de otras nuevas. |
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4.7 |
Especialmente cuando la empresa se transmite de un empresario de mayor edad a otro más joven, es probable que el joven empresario esté mejor preparado para integrar las nuevas tecnologías, los métodos de producción y los modelos empresariales sostenibles en la empresa adquirida. Por ello, el CESE pide que se desarrollen más incentivos, como la sensibilización, los servicios de asesoramiento, la tutoría y el acceso a la financiación para la transmisión de las microempresas y pymes a los jóvenes empresarios. Asimismo, podría reforzarse la comprensión del diálogo social por parte de los jóvenes empresarios, por ejemplo mediante módulos sobre diálogo social en el marco de la formación para el emprendimiento. Empezar como empresario adquiriendo una empresa ya existente debería promocionarse activamente como una oportunidad igual de atractiva que la de crear una empresa desde cero. Igualmente, deberían desarrollarse más incentivos con vistas a la transmisión de empresas para las mujeres empresarias con el fin de aumentar el número de empresarias, actualmente demasiado escaso. |
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4.8 |
En la gran mayoría de las transmisiones de empresas se necesita financiación externa. Debido a las crecientes exigencias normativas en el sector financiero, hay dos instrumentos financieros clave que han de destacarse para promover la transmisión de empresas. En primer lugar, es evidente la necesidad de contar con garantías para financiar los paquetes de transmisión de empresas. Sin embargo, la parte creciente de los activos de las empresas son inmateriales y el sector bancario está obligado a cumplir normas cada vez más estrictas. Cada Estado miembro necesita un operador u organización que ofrezca garantías para los préstamos bancarios. En segundo lugar, el desarrollo del marco normativo de la UE aumenta la demanda de fondos propios. Hay varios compradores que estarían cualificados para dirigir la empresa objetivo, pero que carecen de fondos propios. El CESE anima encarecidamente a la Comisión a adoptar un papel proactivo en el fomento del desarrollo de estos dos instrumentos financieros en los Estados miembros. |
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4.9 |
En el futuro, un número cada vez mayor de microempresas y pymes familiares se transmitirá a terceros. Para atraer a terceros compradores, la empresa debe hallarse en un estado viable y económicamente sólido y atractivo. Cuanto antes se preparen los empresarios para la transmisión, más exitosa suele ser. Los Estados miembros deben aumentar sus actividades de sensibilización sobre las transmisiones de empresas y equipar a las organizaciones empresariales y de apoyo para que promuevan y ayuden a las transmisiones de las microempresas y pymes. El apoyo de alerta temprana ofrecido a una empresa en dificultades financieras también puede ser importante para ayudar a un empresario a reconducir la empresa por una senda financieramente viable y prepararla para una transmisión. Por lo tanto, el CESE pide a los Estados miembros que introduzcan y sigan desarrollando mecanismos de apoyo a la alerta temprana para las pymes. |
Un reciente estudio sobre el fomento de la transmisión de empresas en los países europeos (21) muestra las prácticas de fomento de la transmisión de empresas en los Estados miembros que podrían reproducirse en otros países. El CESE apoya la recomendación del estudio de que los Estados miembros establezcan foros nacionales de partes interesadas en la transmisión de empresas, que representen a las partes interesadas públicas y privadas. La cooperación de las partes interesadas es necesaria a todos los niveles: regional, nacional e internacional. Los foros de transmisión de empresas ofrecen —a través de un diálogo permanente entre expertos nacionales— un enfoque sistemático y a largo plazo para el fomento de la transmisión de empresas y constituyen un uso más eficiente de los recursos. Con el tiempo, podría establecerse un diálogo transfronterizo, promovido por la Comisión Europea, entre diferentes foros nacionales para intercambiar las mejores prácticas en el fomento de la transmisión de empresas en los Estados miembros de la UE.
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4.10 |
El CESE recomienda a los Estados miembros que utilicen plenamente las tecnologías digitales para promover las transmisiones de empresas. Las plataformas de transmisión de empresas en línea, que en la mayoría de los casos son propiedad y están gestionadas por partes interesadas privadas, deberían desarrollarse en todos los Estados miembros, y también deberían ser accesibles para las microempresas y las pequeñas empresas. Deberían desarrollarse interconexiones y sinergias entre las diferentes plataformas en línea de los Estados miembros y la Comisión podría facilitar el acceso a los diferentes mercados en línea en los Estados miembros. Además, el número de transmisiones transfronterizas entre pequeñas empresas está aumentando. La mejora de la cooperación entre las plataformas nacionales en línea sería una forma rentable de permitir a las pequeñas empresas explorar posibles nuevos propietarios en otros Estados miembros. |
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4.11 |
El éxito de la elaboración de políticas a nivel europeo sobre transmisiones de empresas requiere una mejor recopilación de datos. Todavía hoy, los datos sobre transmisiones están fragmentados y no son comparables. El CESE recomienda que la Comisión y los Estados miembros adopten los pasos sugeridos para mejorar la base de datos de transmisión de empresas. Estos pasos se han descrito en el reciente informe Improving the evidence base on transfer of business in Europe (22). El CESE también recomienda que se desarrolle un barómetro de la transmisión de empresas en toda la UE, que informe cada cuatro años, a fin de proporcionar información para la elaboración de políticas basadas en datos mejorados. Además, deben plantearse diferentes iniciativas de sensibilización, como la creación de una semana nacional o europea de la transmisión de empresas. |
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4.12 |
El CESE propone que, además de desarrollar una mejor recogida de datos, la Comisión revise periódicamente la situación de las transmisiones de empresas en Europa. La asamblea anual de las pymes de la UE debería utilizarse como un foro regular de debate e intercambio de experiencias para las transmisiones de microempresas y pymes. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Por ejemplo, en Francia existe un marco para organizar y facilitar la transmisión de una sociedad a los empleados y para reforzar la actividad económica de los territorios facilitando la transmisión de las microempresas y las pymes.
(2) El mecanismo de alerta temprana es un servicio de asesoramiento y apoyo a las sociedades en dificultades financieras que tiene como objetivo una intervención temprana para evitar la quiebra de empresas viables.
(3) Conferencia sobre el Futuro de Europa, Informe sobre el resultado final, mayo de 2022.
(4) Comisión Europea: Business Dynamics: Start-ups, business transfers and bankruptcy, 2011.
(5) Comunicación de la Comisión Europea: Aplicar el Programa comunitario de Lisboa para el crecimiento y el empleo — Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación, 2006, COM(2006) 117 final, p. 4.
(6) Recomendación de la Comisión, de 7 de diciembre de 1994, sobre la transmisión de las pequeñas y medianas empresas (94/1069/CE).
(7) Comunicación de la Comisión Europea: Aplicar el Programa comunitario de Lisboa para el crecimiento y el empleo — Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación, 2006, COM(2006) 117 final.
(8) Comunicación de la Comisión Europea «Una estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital», COM(2020) 103 final.
(9) Comisión Europea, Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas, Improving the evidence base on transfer of business in Europe: final report, Oficina de Publicaciones, 2021.
(10) ec.europa.eu/growth/smes/supporting-entrepreneurship/transfer-businesses_en.
(11) DO C 197 de 8.6.2018, p. 1.
(12) DO C 429 de 11.12.2020, p. 210.
(13) DO C 194 de 12.5.2022, p. 7.
(14) Comisión Europea, Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas, Improving the evidence base on transfer of business in Europe: executive summary, Oficina de Publicaciones, 2021.
(15) Tall, Varamäki y Viljamaa: Business Transfer Promotion in European Countries, Universidad de Seinäjoki 2021, p. 8.
(16) Comisión de las Comunidades Europeas (2006), Transmisión de empresas — Continuidad mediante la renovación, Bruselas, pp. 3-4.
(17) SMEunited, Position on long-term vision for the EU’s rural area, abril de 2022.
(18) Por ejemplo, las sociedades laborales en España.
(19) DO C 286 de 16.7.2021, p. 1.
(20) Transeo es una asociación internacional sin ánimo de lucro que reúne a expertos en trasmisiones y adquisiciones de pequeñas y medianas empresas de Europa y otros países.
(21) Tall, Varamäki y Viljamaa: Business Transfer Promotion in European Countries, Universidad de Seinäjoki 2021, p. 8.
(22) Comisión Europea, Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas, Improving the evidence base on transfer of business in Europe: final report, Oficina de Publicaciones, 2021.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/15 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Taxonomía social: retos y oportunidades»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/03)
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Ponente: |
Judith VORBACH |
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Decisión del Pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social |
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Aprobado en sección |
9.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
22.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
123/26/12 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Con el presente Dictamen, el CESE arroja luz sobre la idea de una taxonomía social, con el objetivo de estimular el debate. El CESE pide a la Comisión que publique el informe atrasado en el que se describen las disposiciones que serían necesarias para ampliar el ámbito de aplicación de la taxonomía a «otros objetivos de sostenibilidad, como los objetivos sociales», tal y como se pide en el Reglamento sobre la taxonomía (1) (en lo sucesivo, el Reglamento). El CESE se pronuncia a favor de una taxonomía social operativamente viable y conceptualmente sólida para hacer realidad las oportunidades, al tiempo que se superan los desafíos. La taxonomía de la UE debe ajustarse a un enfoque integral que incluya la sostenibilidad medioambiental y la sostenibilidad social. Habida cuenta de los retos de la transición ecológica, las repercusiones económicas y sociales de la pandemia, la guerra en Ucrania provocada por la agresión de Rusia y las consiguientes tensiones geopolíticas, el CESE reitera la demanda de aplicar una política económica equilibrada y prestar mayor atención a los objetivos sociales. |
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1.2 |
Las garantías mínimas del Reglamento son bienvenidas y deberían aplicarse en su integridad. Sin embargo, no son suficientes para garantizar la sostenibilidad social para los trabajadores, los consumidores y las comunidades. Una taxonomía de la UE ayudaría a satisfacer las necesidades urgentes de inversión en el ámbito social al canalizar las inversiones en esa dirección. Incluso cobrará importancia si forma parte de una política global orientada a la equidad y la inclusión social. Una transición justa requiere unas condiciones sociales sostenibles, y una taxonomía social podría ofrecer las directrices que se esperan desde hace tiempo. El CESE pide a la Comisión que facilite una estimación de los fondos necesarios para aplicar el pilar europeo de derechos sociales. En definitiva, la inversión pública seguirá desempeñando un papel crucial en el ámbito de los servicios públicos. La financiación del bienestar social mediante el gasto público y unos sistemas de seguridad social estables siguen siendo fundamentales. Aun así, una taxonomía social consensuada podría proporcionar directrices para las inversiones con un impacto social positivo. |
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1.3 |
El CESE recomienda que el enfoque multinivel y diverso propuesto por la Plataforma sobre Finanzas Sostenibles (2) (la Plataforma) se incorpore al informe de la Comisión. Sería útil integrar una taxonomía social en el marco legislativo de la UE sobre finanzas y gobernanza sostenibles, sin olvidar que queda mucho trabajo por hacer. En particular, la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad sería un importante complemento de una taxonomía social con el que se podrían valorar y evaluar las medidas. Una taxonomía social bien diseñada también contribuiría a abordar el posible problema del blanqueo social. El CESE recomienda comenzar con directrices sencillas y claras, que prevean procedimientos fáciles y transparentes, y complementarlas paso a paso en una fase posterior. El objetivo final debería ser una estrecha integración de las taxonomías social y medioambiental, pero como primer paso podrían resultar práctico contar con unas garantías mínimas mutuas. |
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1.4 |
La taxonomía de la UE debería indicar las acciones y empresas que contribuyen sustancialmente a la sostenibilidad social y constituyen un patrón-oro que refleja un nivel de ambición más alto que el previsto en la legislación. El CESE acoge con satisfacción los objetivos propuestos por la Plataforma, que son el trabajo digno, un nivel de vida adecuado y unas comunidades inclusivas y sostenibles. Aunque varios principios internacionales y de la UE deberían servir de base, el CESE recomienda, en particular, referirse al pilar europeo de derechos sociales y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) pertinentes, como el ODS 8 sobre el trabajo digno. En cualquier caso, el cumplimiento de los derechos humanos y de los derechos de los trabajadores debe ser una condición para garantizar la conformidad con la taxonomía. La adhesión a los convenios colectivos y a los mecanismos de gestión compartida de conformidad con la respectiva legislación nacional y europea es crucial y debe constituir un principio DNSH (3). Las directrices que tengan impactos sociales positivos y se basen en el acuerdo de los interlocutores sociales deben considerarse conformes con la taxonomía. Hay que tener en cuenta que el porcentaje de negociación colectiva presenta notables variaciones según los Estados miembros y ha disminuido en veintidós de ellos, un problema que se ha abordado en la Directiva sobre el salario mínimo. |
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1.5 |
El CESE insta a los legisladores a que impulsen la plena participación de los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil en el diseño de la taxonomía social, porque están interesados y deben cumplir las obligaciones de información, y para que asuman el proceso como suyo. El CESE cuestiona el uso excesivo de los actos delegados en el ámbito de la taxonomía, ya que en ellos se aborda una amplia gama de cuestiones políticas. El objetivo de la taxonomía es proporcionar transparencia a los inversores, las empresas y los consumidores. En el futuro, es preciso que las instituciones gubernamentales evalúen y debatan adecuadamente su posible utilización como referencia para los programas de ayuda y financiación. Cualquier uso más amplio debe someterse a un proceso decisorio adecuado. Hay que evitar una interferencia indebida en la legislación nacional y en la autonomía de los interlocutores sociales. Por último, debe excluirse el peligro del blanqueo social. Es necesario prever mecanismos de reclamación que puedan emplear los sindicatos, los comités de empresa, las organizaciones de consumidores y otros representantes de la sociedad civil organizada. Además, las autoridades nacionales competentes deben asumir una mayor responsabilidad a la hora de llevar a cabo sus tareas de control. |
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1.6 |
El CESE desea destacar otras ventajas relacionadas con una taxonomía social. En primer lugar, hay que apoyar la creciente demanda de inversiones sociales proporcionando una taxonomía fiable que constituya un concepto coherente para medir la sostenibilidad social. En segundo lugar, las actividades socialmente perjudiciales podrían traducirse en riesgos económicos, y una taxonomía podría ayudar a minimizarlos. En tercer lugar, la transparencia es crucial para la eficiencia del mercado de capitales y también podría contribuir al mercado interior social, tal y como se establece en el artículo 3 del TFUE. Asimismo, fomentaría la igualdad de condiciones, evitaría la competencia desleal y daría más visibilidad a las empresas y organizaciones que contribuyen a la sostenibilidad social. En cuarto lugar, la UE debería aprovechar sus puntos fuertes y esforzarse por convertirse en un modelo y en la vanguardia de la sostenibilidad medioambiental y social. Hay que volver a plantear el debate sobre una agencia de calificación de la UE. Asimismo, reitera su petición de que se regule y supervise adecuadamente a los proveedores de datos financieros y extrafinancieros. |
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1.7 |
El CESE también destaca los retos y las posibles soluciones. En primer lugar, surge la preocupación por la exclusión del mercado. Sin embargo, las inversiones también se basan en otros criterios, como el rendimiento esperado, que podría superar los objetivos de sostenibilidad, y hay muchos casos de sinergias entre los inversores y los intereses de otras partes interesadas. En cualquier caso, el hecho de no ajustarse a la taxonomía no debe considerarse perjudicial, y la Comisión debería dejarlo claro. Debe hacerse mayor hincapié en el impacto de las inversiones sostenibles en las actividades de la economía real. En segundo lugar, será controvertido definir lo que debe incluirse en la taxonomía. Esta es precisamente la razón por la que el procedimiento de definición debe estar sujeto a un debate y un proceso decisorio democráticos. De este modo, podría desarrollarse una idea común y fiable de la sostenibilidad, a la que los distintos agentes podrían y deberían remitirse. El éxito de la taxonomía está ligado a su credibilidad, y las actividades incluidas deben responder a una definición de sostenibilidad ampliamente aceptada. En tercer lugar, una taxonomía social podría dar lugar a requisitos de información adicionales. El CESE pide a la Comisión que los reduzca al mínimo, evitando al mismo tiempo los solapamientos. El asesoramiento y la prestación de servicios relacionados con la taxonomía por parte de un organismo legalmente autorizado podrían ser útiles especialmente para las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas y los modelos empresariales sin ánimo de lucro. Además, debe alentarse a las entidades financieras a evaluar el impacto social de las inversiones, como hacen actualmente las entidades de banca ética en todo el mundo. |
2. Antecedentes del Dictamen
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2.1 |
El marco de financiación sostenible de la UE debe contribuir a orientar los flujos financieros privados hacia actividades económicas sostenibles. El plan de acción de 2018 sobre finanzas sostenibles consiste en una taxonomía, un sistema de divulgación para las empresas y herramientas de inversión, incluidos valores de referencia, normas y etiquetas, mientras que la estrategia renovada de finanzas sostenibles de 2021 se centra en la financiación de la transición hacia la sostenibilidad de la economía real y en la inclusión, la resiliencia, la contribución del sector financiero y los objetivos mundiales. En este marco, la UE ha trabajado en varias iniciativas legislativas en las que la taxonomía de la UE desempeña un papel fundamental. El CESE se remite a los Dictámenes que ha elaborado sobre estos temas (4). |
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2.2 |
La taxonomía de la UE debería proporcionar transparencia a los inversores y a las empresas y ayudarles a identificar las inversiones sostenibles. El Reglamento constituye un sistema de clasificación, que se centra en seis objetivos medioambientales en los ámbitos de la mitigación del cambio climático, la adaptación al mismo, el agua, la biodiversidad, la prevención de la contaminación y la economía circular. Una inversión sostenible desde el punto de vista medioambiental debe contribuir de forma significativa a la consecución de uno o varios de estos objetivos, no perjudicar de forma significativa a ninguno de ellos (principio DNSH) y cumplir unos umbrales de rendimiento (denominados criterios técnicos de selección). También tiene que cumplir unas garantías mínimas en materia social y de gobernanza (artículo 18). Por ello, las empresas deben aplicar procedimientos que garanticen la conformidad de una actividad con las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, los Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas, la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y la Carta Internacional de Derechos Humanos. |
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2.3 |
En el artículo 26 del Reglamento se pide a la Comisión que publique un informe antes de finales de 2021 en el que se describan las disposiciones que serían necesarias para ampliar su ámbito de aplicación a «otros objetivos de sostenibilidad, como los objetivos sociales». Esto revela una intención de ampliar su alcance, pero todavía no requiere la aplicación de una taxonomía social. De conformidad con el Reglamento, se encomendó al subgrupo de taxonomía social de la Plataforma la tarea de explorar la ampliación de la taxonomía a los objetivos sociales. Su informe final sobre la taxonomía social se publicó en febrero de 2022 (5), más tarde de lo anunciado, y se espera que la Comisión elabore su informe sobre esta base. Además, se pide a la Plataforma que asesore a la Comisión sobre la aplicación del artículo 18, es decir, que la oriente sobre la forma en que las empresas podrían cumplir las garantías mínimas, y sobre la posible necesidad de complementar los requisitos del artículo. |
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2.4 |
La Plataforma propone una estructura para una taxonomía social dentro del actual entorno legislativo de la UE sobre finanzas y gobernanza sostenibles. En el caso de la aplicación de una taxonomía social, otras disposiciones proporcionarían un panorama normativo, entre ellas la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, que sustituirá a la Directiva sobre la divulgación de información no financiera e introducirá normas obligatorias de la UE sobre la presentación de información en materia de sostenibilidad; el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad; y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. En particular, la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad exige a las empresas que también aborden un conjunto de información sobre temas sociales y que informen sobre factores de gobernanza, y se espera que mejore la divulgación de información en relación con los asuntos sociales. Por lo tanto, sería un complemento importante para una taxonomía social con la que se puedan medir y evaluar estas cuestiones. |
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2.5 |
A pesar de algunas diferencias, la Plataforma propone seguir los aspectos estructurales de la taxonomía medioambiental. Propone tres objetivos principales acompañados de subobjetivos. El objetivo del trabajo digno incluye subobjetivos como el fortalecimiento del diálogo social, la promoción de la negociación colectiva y salarios dignos que garanticen una vida digna. El objetivo de un nivel de vida adecuado incluye productos sanos y seguros, una atención sanitaria de calidad y una vivienda de calidad, y el objetivo de unas comunidades inclusivas y sostenibles también debería promover la igualdad y el crecimiento inclusivo y apoyar medios de subsistencia sostenibles. Las salvaguardias mínimas propuestas se refieren a objetivos medioambientales, gubernamentales y sociales y tienen el propósito de evitar incoherencias, como el hecho de que una empresa que realice actividades sostenibles esté implicada en abusos de los derechos humanos. Además, hay que ocuparse de las partes interesadas, concretamente de la plantilla de la entidad y de los trabajadores de la cadena de valor, de los usuarios finales y de las comunidades afectadas. También se propone aplicar criterios sociales acordes con el principio DNSH y elaborar un listado de actividades perjudiciales. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
El CESE aboga por una política económica coherente con los objetivos establecidos el artículo 3 del Tratado de la UE y con los ODS. Es necesario prestar una atención equilibrada a los objetivos políticos clave, en particular la sostenibilidad medioambiental, el crecimiento sostenible e integrador, el pleno empleo y el trabajo de alta calidad, la distribución equitativa, la salud y la calidad de vida, la igualdad de género, la estabilidad de los mercados financieros, la estabilidad de los precios, un comercio equilibrado basado en una estructura industrial y económica justa y competitiva y unas finanzas públicas estables El CESE también se remite a la agenda de sostenibilidad competitiva, que sitúa sus cuatro dimensiones (sostenibilidad medioambiental, productividad, equidad y estabilidad macroeconómica) en pie de igualdad para lograr efectos de refuerzo y una transición ecológica y digital exitosa (6). Ante la guerra de Ucrania provocada por la agresión de Rusia, el CESE reitera su llamamiento por una política económica equilibrada que ayude a mitigar sus efectos económicos y sociales y recuerda la afirmación de la Constitución de la OIT de 1919 de que «la paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social». |
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3.2 |
El CESE arroja luz sobre el concepto de una taxonomía social con el objetivo de estimular el debate y aumentar la concienciación. El CESE se pronuncia a favor de una taxonomía social bien diseñada, operativamente viable y conceptualmente sólida para poner de manifiesto las considerables oportunidades que ofrece y superar los retos (véase más adelante). Al igual que la política económica en su conjunto, el concepto de sostenibilidad relacionado con las finanzas y, en particular, la taxonomía de la UE también debe ajustarse a un enfoque integral y multidimensional, en cuyo marco debemos esforzarnos por situar la sostenibilidad medioambiental y social en pie de igualdad. Además, la transición ecológica puede ser perjudicial en términos sociales, por lo que es necesario proteger y mejorar las normas en el ámbito social, centrándose en no dejar a nadie atrás. Una transición justa requiere condiciones sociales sostenibles, y una taxonomía social podría aportar directrices concretas. |
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3.3 |
El CESE considera que una taxonomía social es un complemento importante y necesario de la dimensión social de la UE, y pide a la Comisión que publique el informe, tal y como se solicita en el artículo 26, en el momento oportuno. Debe respetarse el enfoque multinivel y diverso del informe de la Plataforma. Sin embargo, la búsqueda de la perfección y la inclusión de todos los aspectos de la sostenibilidad social a la vez podría provocar enormes retrasos en la aplicación de la taxonomía social e incluso el riesgo de que se abandone el proyecto en su totalidad. Por lo tanto, el CESE recomienda iniciar el proceso con directrices sencillas y claras y con procedimientos de transparencia fáciles y oportunos, y luego complementarlo continuamente paso a paso. En cuanto a la relación entre la taxonomía medioambiental y la social, el objetivo debería ser la coherencia y la integración de ambos enfoques. Sin embargo, como primer paso, las garantías mínimas mutuas podrían resultar prácticas. |
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3.4 |
El CESE acoge con satisfacción que la Plataforma haya publicado un proyecto de informe relativo al artículo 18 del Reglamento con el fin de asesorar a las empresas sobre cómo aplicar los requisitos del artículo y, en su caso, permitir su modificación. En particular, en el contexto de la sostenibilidad social, es crucial evaluar los resultados reales de una empresa en materia de derechos humanos, relaciones laborales y trabajo digno. Sin embargo, aunque las garantías mínimas de la taxonomía medioambiental son muy bienvenidas y deberían aplicarse en su integridad, nunca sustituirán a una taxonomía social. No son ni mucho menos suficientes para garantizar la sostenibilidad social para los trabajadores, los consumidores y las comunidades (7). Además, el CESE recomienda cooperar con los interlocutores sociales locales, las organizaciones de la sociedad civil y las empresas sociales para supervisar y promover el impacto positivo de las actividades económicas en las partes interesadas. |
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3.5 |
La taxonomía social cobrará importancia si forma parte de una política global orientada a la sostenibilidad social y acompañada de normas adecuadas, por ejemplo, sobre la diligencia debida en materia de derechos humanos. Sin embargo, nunca sustituirá a una buena reglamentación gubernamental ni a la política social. Sigue siendo fundamental financiar el bienestar social mediante el gasto público y fomentar unos sistemas de seguridad social estables. La taxonomía no debe servir de instrumento para la exclusión o la privatización. La inversión pública sigue desempeñando un papel fundamental en el ámbito de los servicios públicos y a menudo también desencadena nuevas inversiones privadas. Sin embargo, la taxonomía social podría proporcionar a cualquier inversor criterios de sostenibilidad en materia de infraestructuras, sanidad, educación, formación y vivienda social, lo que permitiría invertir de forma socialmente sostenible en la economía real y evitar el blanqueo social. En el futuro, las instituciones gubernamentales también podrían utilizar la taxonomía como referencia para los programas de ayuda y financiación, algo que deberá evaluarse y debatirse adecuadamente. |
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3.6 |
Una taxonomía social proporcionaría una estructura detallada de las consecuencias sociales positivas y negativas de las actividades económicas. Muchos de los puntos que se examinan están estrechamente relacionados con cuestiones que tradicionalmente se debaten entre los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil. El CESE insta a que la sociedad civil organizada participe plenamente en el diseño de la taxonomía social, en particular los (sub)objetivos, los criterios del principio DNSH y los principios de salvaguardia. Los empresarios, los trabajadores, los consumidores, otras partes interesadas y las comunidades se ven afectados por el diseño de los objetivos o tienen que cumplir las obligaciones de información. El CESE también señala que los fondos de pensiones son un ejemplo de que los trabajadores también se benefician de las inversiones. La participación de las partes interesadas es crucial para que asuman el proceso como suyo. El CESE prevé que la taxonomía social pueda aplicarse mediante una mera revisión del Reglamento, por lo que el procedimiento legislativo ordinario sería suficiente. El uso excesivo de los actos delegados en el contexto de las finanzas sostenibles y, en particular, a la hora de aplicar la taxonomía es cuestionable, porque en ellos se aborda una amplia gama de cuestiones políticas que van mucho más allá de las especificaciones técnicas. |
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3.7 |
El CESE subraya la importancia de mejorar la calidad de la información en el ámbito de las inversiones socialmente sostenibles y prevenir la desinformación sobre la situación social, a fin de evitar repercusiones negativas en todas las partes interesadas. Una taxonomía social bien diseñada contribuiría significativamente a resolver estos problemas al indicar con claridad las actividades y entidades que contribuyen sustancialmente a la sostenibilidad social. Debería constituir un patrón-oro y reflejar un nivel de ambición más alto que el ya previsto en la legislación, a la vez que debe encontrar el equilibrio adecuado entre ser demasiado global y demasiado limitado. Mientras que los criterios medioambientales se basan más en la ciencia, una taxonomía social como la que propone la Plataforma dependería más de normas y marcos consensuados a escala mundial, que podrían no ser prescriptivos, sino que actuarían como directrices para fomentar las actividades sociales sostenibles. |
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3.8 |
Respetar los derechos humanos y los derechos de los trabajadores debe ser una condición para garantizar la conformidad con la taxonomía. Del mismo modo, la adhesión a los convenios colectivos y a los mecanismos de gestión compartida de conformidad con la respectiva legislación nacional y europea es crucial y debe constituir un principio DNSH. Además, unas directrices que prevean procedimientos sencillos y transparentes con repercusiones sociales positivas y se basen en el acuerdo de los interlocutores sociales deben constituir una actividad económica conforme a la taxonomía. A este respecto, es importante tener en cuenta que el porcentaje de negociación colectiva presenta notables variaciones según los Estados miembros, desde solo un 7 % en Lituania hasta un 98 % en Austria. Desde 2000, la cobertura de negociación colectiva ha caído en 22 Estados miembros y se calcula que al menos 3,3 millones de trabajadores han dejado de estar cubiertos por un convenio colectivo. La nueva Directiva sobre el salario mínimo y la ampliación de la aplicación de los convenios colectivos desempeñan un papel importante en la aplicación de la taxonomía social (8). Además, el CESE recomienda que en el propio acto jurídico propuesto se proporcione asesoramiento claro sobre la aplicación de las garantías mínimas, posiblemente sobre la base del informe de la Plataforma sobre el artículo 18 del Reglamento. |
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3.9 |
Diversas normas y principios internacionales y de la UE pueden servir de base para la taxonomía social. En cuanto a los (sub)objetivos, el CESE recomienda remitirse al pilar europeo de derechos sociales y al plan de acción asociado, así como a los ODS pertinentes, específicamente el ODS 8 (trabajo digno y crecimiento económico), el ODS 1 (poner fin a la pobreza), el ODS 2 (poner fin al hambre), el ODS 3 (salud y bienestar), el ODS 4 (educación y formación), el ODS 5 (igualdad de género), el ODS 10 (reducir las desigualdades) y el ODS 11 (ciudades y comunidades sostenibles). Asimismo, los marcos acordados por los interlocutores sociales podrían constituir una fuente importante. El CESE considera crucial la idea de la Plataforma de aplicar unas garantías mínimas basadas en los Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas y las líneas directrices de la OCDE. Además, la Carta Social Europea, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad también constituirían valiosos puntos de referencia para una taxonomía social. Por último, deben excluirse las actividades que se consideren significativamente perjudiciales, es decir, las que se oponen de forma fundamental y en cualquier circunstancia a cualquier objetivo de sostenibilidad y no dejan ninguna posibilidad de hacerlas menos perjudiciales. Las armas prohibidas por los acuerdos internacionales, como las bombas de racimo o las minas antipersona, deben incluirse aquí. El CESE también recomienda desarrollar un concepto sobre la manera de tratar con regímenes agresivos y beligerantes. |
4. Oportunidades de una taxonomía social
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4.1 |
El CESE recomienda encarecidamente utilizar el potencial de la taxonomía para canalizar la inversión hacia actividades y entidades socialmente sostenibles y crear puestos de trabajo dignos. Más del 20 % de los ciudadanos de la UE corren el riesgo de caer en la pobreza. La pandemia ha exacerbado las desigualdades y la guerra de Ucrania seguirá aumentando las tensiones económicas y sociales. A escala mundial, se estima que es necesario movilizar entre 3,3 y 4,5 billones de dólares estadounidenses al año para alcanzar los ODS. Las mercancías producidas en violación de los derechos laborales no pueden desligarse del mercado de la UE al que se importan. En la UE también hay una necesidad acuciante de inversión social, por ejemplo, en reducción de la pobreza, aprendizaje permanente o salud (9). El déficit mínimo de inversión en infraestructuras sociales se estimó en unos 1,5 billones de euros de 2018 a 2030 (10). El CESE pide a la Comisión que facilite una estimación actualizada de las necesidades de inversión para cumplir el pilar europeo de derechos sociales y alcanzar los objetivos principales de la UE para 2030. Se necesitan considerables fondos públicos y privados para garantizar la sostenibilidad social. |
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4.2 |
Con la ayuda de una taxonomía social, los inversores y las empresas podrían evaluar el impacto social de su inversión o actividad y considerarla voluntariamente un objetivo esencial. El CESE señala la creciente demanda de inversiones con orientación social y celebra la disposición de los inversores a aceptar la financiación socialmente sostenible. Por el contrario, hay una falta de definición y normalización. Asimismo, el análisis de las calificaciones en materia medioambiental, social y de gobernanza, así como de los resultados conexos, revela diferencias fundamentales según el proveedor de las calificaciones, lo que dificulta la inversión socialmente sostenible. Una taxonomía social constituiría un concepto coherente para definir y promover la sostenibilidad social y medir el progreso, y tiene el potencial de mejorar la rendición de cuentas y proporcionar orientaciones claras. Por lo tanto, apoyaría de forma decisiva las ambiciones de los inversores y podría constituir un incentivo para que otros participantes en el mercado invirtieran en este ámbito, contribuyendo al mismo tiempo a evitar el blanqueo social. |
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4.3 |
Las actividades socialmente perjudiciales también pueden traducirse en riesgos económicos. Existe el riesgo de boicot si se asocia a una empresa con la violación de los derechos humanos, y una empresa corre el riesgo de ser excluida de los contratos públicos en caso de descuidar la diligencia debida en materia de derechos humanos. También podría verse envuelta en costosos litigios por violaciones de los derechos humanos, o las cadenas de suministro podrían verse interrumpidas debido a las huelgas. Los riesgos económicos y políticos debidos a la creciente brecha entre ricos y pobres también podrían afectar a las inversiones. Este conjunto de riesgos podría minimizarse mediante decisiones de inversión basadas también en una taxonomía social. El CESE también llama la atención sobre el trabajo del BCE encaminado a reforzar la vigilancia y la gestión de los riesgos sistémicos debidos al descuido de los factores de sostenibilidad. El CESE subraya que los riesgos medioambientales suelen ir acompañados de riesgos sociales; por ejemplo, cuando las personas pierden sus hogares debido a una inundación. En definitiva, los riesgos de sostenibilidad social deben abordarse explícitamente y formar parte de la actuación del BCE en materia de riesgos de sostenibilidad. |
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4.4 |
El CESE señala además que la transparencia es un elemento esencial de la eficiencia del mercado, que no solo se refiere a los mercados de capitales. Una taxonomía social también podría servir como instrumento para apoyar el equilibrio entre las libertades económicas y los derechos sociales y laborales (11). Al aumentar la transparencia, podría contribuir al mercado interior social, tal y como se establece en el artículo 3 del TFUE, y promover la competencia leal. Además, la taxonomía social también fomentaría la igualdad de condiciones y aumentaría la visibilidad de las empresas que respetan los derechos humanos y los derechos de los trabajadores y contribuyen sustancialmente a la sostenibilidad social, lo que les ayudaría a atraer inversores. El potencial papel transformador de la taxonomía se reforzaría si se diera a conocer más ampliamente. En este contexto, el CESE vuelve a señalar el papel positivo que pueden desempeñar los instrumentos financieros en el desarrollo de las empresas con impacto social (12). |
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4.5 |
Por último, la UE se ha consolidado como líder de la financiación sostenible medioambiental a nivel internacional y contribuye activamente a este esfuerzo mundial. El CESE acoge con satisfacción estos esfuerzos, pero recuerda a la Comisión la necesidad de avanzar también en la sostenibilidad social y promover los ODS. También en el contexto de la sostenibilidad social, la UE debe esforzarse por servir de modelo y convertirse en pionera planteando el tema en los foros internacionales. Especialmente en tiempos de guerra y tensiones internacionales, una arquitectura financiera internacional sostenible también debe tener en cuenta la sostenibilidad social. |
5. Desafíos y posibles soluciones
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5.1 |
Las intenciones de los inversores financieros de llevar a cabo inversiones sostenibles desde el punto de vista social y medioambiental son muy bienvenidas y deben respaldarse. Sin embargo, los participantes en los mercados financieros, en general, basan sus decisiones de inversión en las expectativas de rentabilidad, riesgo, liquidez y vencimiento. Estos motivos pueden contradecir los intereses de otras partes interesadas y contrarrestar o incluso superar los objetivos de sostenibilidad medioambientales o sociales. Sin embargo, el CESE también señala muchas posibles sinergias entre los intereses de los inversores y de otras partes interesadas, por ejemplo, cuando las mejoras en la participación de los trabajadores aumentan la productividad de las empresas o cuando una actividad económica contribuye al bienestar de las comunidades. En cualquier caso, las actividades o entidades económicas que puedan no ser conformes con la taxonomía no deben considerarse automáticamente perjudiciales. En este contexto, surge la preocupación por una posible exclusión del mercado, por lo que el CESE pide a la Comisión que aclare la situación y adopte un enfoque equilibrado. Debe hacerse mayor hincapié en el impacto de las inversiones sostenibles en las actividades de la economía real. |
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5.2 |
Pueden surgir incompatibilidades debido a que las cuestiones sociales se regulan en el nivel de los Estados miembros y entre los interlocutores sociales, mientras que la sociedad civil organizada en su conjunto se esfuerza por participar en las cuestiones sociales y medioambientales y en otros ámbitos políticos. Sin embargo, el CESE acoge con satisfacción el informe de la Plataforma en lo que se refiere a los riesgos de infracción de otras normativas y también asume que la propuesta de la Comisión procurará evitar solapamientos contradictorios e interferencias con los sistemas sociales, las relaciones laborales y las normativas nacionales. Además, una taxonomía social se basaría en declaraciones y principios internacionales y europeos comunes —por ejemplo, el pilar europeo de derechos sociales— y constituiría una base para la toma de decisiones voluntaria sin establecer una política social concreta. Sin embargo, cualquier uso amplio de la taxonomía, como el mencionado anteriormente, debe estar sujeto a un proceso decisorio adecuado. Hay que evitar una injerencia indebida en la legislación nacional y en la autonomía de los interlocutores sociales y reconocer las diferencias en los modelos nacionales de mercado laboral y los sistemas de negociación colectiva. |
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5.3 |
El desarrollo de una taxonomía social y, por lo tanto, de una visión estructurada de las actividades y sectores socialmente sostenibles también tiene que ver con los valores políticos. Será un reto definir qué actividad económica o qué sector se considera conforme a la taxonomía. Sin embargo, esta es exactamente la razón por la que la elaboración de una taxonomía debe ser objeto de un debate político y de un proceso decisorio democrático (13). Solo en estas condiciones puede desarrollarse una idea común de sostenibilidad social en la que los agentes individuales puedan y deban basarse y a la que puedan remitirse. El CESE destaca que, también en el ámbito social, el éxito de la taxonomía depende de su amplia aceptación. Las actividades y sectores incluidos deben responder a una definición de sostenibilidad ampliamente aceptada y basarse en valores generalmente reconocidos, como la dignidad humana, la igualdad de género, la equidad, la inclusión, la no discriminación, la solidaridad, la asequibilidad, el bienestar y la diversidad. Salvaguardar la credibilidad de la taxonomía es clave para no poner en peligro el proyecto en su conjunto. |
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5.4 |
Además, cabe temer que una taxonomía social pueda suponer una sobrecarga para las empresas con requisitos de información adicionales y la necesidad de proporcionar información compleja y difícil combinada con costosos procedimientos de auditoría. El CESE pide a la Comisión que minimice estas cargas y que elabore criterios sencillos y fácilmente observables, aprovechando también los solapamientos con otros requisitos de información. El CESE acoge con satisfacción el enfoque de la Plataforma de estructurar los objetivos de la taxonomía social de manera similar a la estructura propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad. En definitiva, el CESE reclama un conjunto de normas ordenado y coherente, sin excesiva complejidad ni duplicidades, para que funcione en la práctica, al tiempo que ofrece la necesaria transparencia. También podría ser útil que una agencia especializada, legalmente autorizada, asesorara y prestara servicios relacionados con la taxonomía a las empresas y otras organizaciones que quisieran ajustarse a ella, lo que también garantizaría que las empresas con menos recursos de información tuviesen acceso a la taxonomía. Sin embargo, las entidades financieras pueden seguir evaluando el impacto social de las inversiones, como hacen actualmente las entidades de banca ética en todo el mundo. |
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5.5 |
Aunque el objetivo de la taxonomía sea proporcionar un marco fiable para la inversión socialmente sostenible, no puede excluirse el peligro del blanqueo ecológico o del blanqueo social. El CESE coincide con la Plataforma en que la mera comprobación de los compromisos y las políticas no garantiza la aplicación efectiva ni la salvaguardia de los derechos humanos ni apoya el desarrollo de actividades socialmente sostenibles. Existen graves dificultades para supervisar y hacer cumplir a una empresa los objetivos de sostenibilidad social proclamados y para evaluar su rendimiento a lo largo de las cadenas de suministro actuales, a menudo muy complejas. Por otra parte, la Plataforma señala los avances prometedores en el ámbito de los datos sociales cuantificables, como en el contexto del cuadro de indicadores sociales revisado y los ODS. En definitiva, la taxonomía social debe ser transparente y fiable y estar constantemente actualizada. El CESE propone también que los comités de empresa y las organizaciones de la sociedad civil, por ejemplo, sean tenidos en cuenta a este respecto. |
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5.6 |
El CESE propone volver a entablar el debate sobre una agencia de calificación de la UE, que ahora podría centrarse en la sostenibilidad, y consolidar así el papel pionero de la UE en este ámbito. Asimismo, reitera su petición de que se regule y supervise adecuadamente a los proveedores de datos financieros y extrafinancieros. Es necesario prever mecanismos de reclamación que puedan emplear los sindicatos, los comités de empresa, las organizaciones de consumidores y otros representantes de la sociedad civil organizada en caso de falsas afirmaciones de conformidad con la taxonomía. El CESE reconoce que en el Reglamento, las medidas y las sanciones aplicables a las infracciones se dejan en manos de los Estados miembros. En cualquier caso, las autoridades nacionales competentes (14) deberían ser obligadas a asumir una mayor responsabilidad a la hora de llevar a cabo sus tareas de control, complementada con la obligación de informar a sus parlamentos y a la sociedad civil. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
CHRISTA SCHWENG
(1) DO L 198, 22.6.2020, p. 13.
(2) Plataforma sobre Finanzas Sostenibles | Comisión Europea (europa.eu)
(3) DNSH = Do no significant harm («no causar un perjuicio significativo»).
(4) DO C 517 de 22.12.2021, p. 72.
(5) Informe final sobre la taxonomía social (europa.eu)
(6) DO C 275 de 18.7.2022, p. 50.
(7) DO C 152 de 6.4.2022, p. 97.
(8) Directiva sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea, artículo 4, apartado 2, acuerdo provisional. El porcentaje de negociación colectiva del 80 % que allí se fija y que obliga a los Estados miembros a tomar medidas para aumentar esa tasa también debe apoyarse en una taxonomía social.
(9) Informe final sobre la taxonomía social (europa.eu)
(10) Comisión Europea, Boosting Investment in Social Infrastructure in Europe, documento de reflexión 074, enero de 2018.
(11) DO C 275 de 18.7.2022, p. 50.
(12) DO C 194 de 12.5.2022, p. 39.
(13) Véase supra, capítulo 3.
(14) Véase el Reglamento sobre la taxonomía, artículo 21.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/23 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Fondo de adaptación al cambio climático financiado por el Fondo de Cohesión y Next Generation EU»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/04)
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Ponente: |
Ioannis VARDAKASTANIS |
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Coponente: |
Judith VORBACH |
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Decisión del Pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social |
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Aprobado en la sección |
9.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
139/3/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
La Unión Europea (UE) avanza de manera significativa en la lucha contra el cambio climático y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Las políticas de la Unión en materia de clima, medio ambiente y energía disponen de un plan a largo plazo para contribuir a prevenir las peores repercusiones de la emergencia climática a la que se enfrenta nuestro planeta. Sin embargo, puede que estas medidas sigan siendo insuficientes. |
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1.2 |
Lamentablemente, aunque el compromiso de la UE es significativo, las consecuencias del cambio climático y la escasez de recursos ya se están dejando sentir. Por lo tanto, hemos de adaptarnos a una realidad que no hemos experimentado antes. Aunque la Unión acierta al comprometerse con la tarea de evitar un empeoramiento de la situación, no estamos preparados para emergencias climáticas, crisis energéticas y catástrofes naturales imprevistas. |
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1.3 |
Desde 2021 hemos experimentado dos emergencias de gran calado y los mecanismos de financiación de la Unión han demostrado que no están preparados para darles respuesta. La primera es la destrucción causada por las inundaciones y los incendios forestales ocurridos en toda Europa durante el verano de 2022. La segunda es la crisis energética en curso y la necesidad de autonomía energética de la Unión planteada por la invasión rusa de Ucrania en 2022. |
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1.4 |
El mecanismo actual de la Unión para responder a las catástrofes naturales es el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE). Sin embargo, el presupuesto anual disponible del FSUE se queda pequeño ante el coste del daño causado por las recientes catástrofes naturales y debe incrementarse considerablemente. La financiación de la UE para la transición energética ecológica es más sustancial, pero no tiene en cuenta la urgencia de las necesidades actuales de la Unión en materia de autonomía energética y el enorme riesgo de pobreza energética, como se indica en el Dictamen del CESE sobre Abordar la pobreza energética y la resiliencia de la UE: retos desde una perspectiva económica y social (1). |
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1.5 |
El CESE considera que la Unión necesita un nuevo mecanismo de financiación que pueda ofrecer una asistencia inmediata y ambiciosa a los Estados miembros en caso de emergencias como las anteriormente indicadas. Por consiguiente, el CESE propone crear un nuevo Fondo de adaptación al cambio climático. Esta financiación debe reorientarse a partir de los fondos existentes de la UE, en particular del Fondo de Cohesión y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (FRR), y gestionarse de manera simplificada y coherente a través de este nuevo Fondo. |
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1.6 |
La modernización del entorno de financiación también podría incluir la ampliación del alcance de determinados mecanismos, el refuerzo de los programas existentes y la consideración de NextGenerationEU (NGEU) como modelo de un nuevo instrumento de financiación. |
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1.7 |
Habida cuenta de las notables necesidades de inversión, el CESE recomienda asimismo a la Comisión que estudie la posibilidad de reforzar el Fondo de adaptación al cambio climático mediante el fomento de la inversión y las aportaciones privadas. En lo que respecta específicamente a las catástrofes naturales, la Comisión y los Estados miembros también deben esforzarse por aumentar y facilitar la cobertura de seguros y por utilizar el sistema de seguros como medio para orientar la financiación hacia la mejora de la resiliencia frente al cambio climático, en particular en las zonas de riesgo, con el fin de reducir la dependencia del apoyo financiero de la UE. |
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1.8 |
El Fondo de adaptación al cambio climático debe ser adaptable, flexible, y estar preparado para responder a crisis nuevas y emergentes en los próximos años y décadas. |
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1.9 |
Es crucial que el funcionamiento del Fondo de adaptación al cambio climático, más centrado en las respuestas rápidas y urgentes, sea coherente con las políticas generales de la Unión en materia de clima, medio ambiente y energía, lo que reducirá a largo plazo la dependencia respecto a las respuestas de emergencia y protegerá a la humanidad y al mundo natural. |
2. Observaciones generales
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2.1 |
El CESE reconoce que abordar la crisis climática está en consonancia con los compromisos asumidos por la UE en el Pacto Verde Europeo para cumplir el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Si bien la tarea de atajar las causas del cambio climático debe situarse a la vanguardia de la política climática de la Unión, el CESE subraya la necesidad de contar, paralelamente a los planes para la reducción de los gases de efecto invernadero, con mecanismos de financiación sólidos y optimizados para hacer frente a las emergencias climáticas y energéticas a las que ya se enfrentan los ciudadanos de la Unión. |
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2.2 |
La visión del CESE a este respecto consiste en la creación de un nuevo Fondo de adaptación al cambio climático, una propuesta respaldada por varios diputados al Parlamento Europeo (2). Este mecanismo debe dotarse de recursos procedentes de fondos existentes de la financiación de la cohesión y del MRR, concentrados en un fondo único que mejore la eficiencia y los tiempos de respuesta y facilite un seguimiento centralizado de los ámbitos en los que la financiación es más necesaria. Debe reforzar la capacidad de la Unión para apoyar a los Estados miembros en la respuesta rápida a las emergencias climáticas, medioambientales y energéticas. En el contexto presente, serviría para abordar dos de las emergencias más notorias que experimentamos actualmente: la recuperación de catástrofes naturales cada vez más frecuentes, y la necesidad urgente de una transición energética ecológica y de avanzar hacia la autonomía energética europea, aunque con flexibilidad para hacer frente a las crisis que surjan en el futuro. |
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2.3 |
Los fondos de la UE se destinan ya a la transición energética y la recuperación en caso de catástrofe; sin embargo, diversos problemas impiden su eficacia. El actual Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE), creado para ayudar a las comunidades a recuperarse de las catástrofes naturales, sencillamente no posee la dimensión suficiente para responder a la magnitud de las catástrofes climáticas modernas. La financiación de la transición energética es más ambiciosa, pero aún está lejos de ser suficiente. Además, se gestiona mediante diversos fondos, con el riesgo asociado de incoherencia o solapamiento, y de un modo que combina objetivos inmediatos con otros a más largo plazo relativos a la lucha contra el cambio climático. La necesidad de aumentar la autonomía energética de la UE a causa de la invasión rusa de Ucrania ha puesto de relieve hasta qué punto nuestra dependencia energética de países hostiles mina nuestra capacidad para reaccionar con decisión ante los acontecimientos internacionales. |
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2.4 |
Por lo tanto, el CESE aboga por la creación de un Fondo de adaptación al cambio climático que atienda el propósito específico de responder a las emergencias medioambientales, climáticas y energéticas inminentes, y que ayude a la Unión a adaptarse a una nueva realidad en la que estas crisis son, por desgracia, cada vez más comunes. El Fondo de adaptación al cambio climático debe servir como reserva de financiación, lista para entrar en acción en períodos de grandes necesidades de inversión. |
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2.5 |
El Fondo debe ofrecer la flexibilidad y la solidez necesarias para una inversión rápida y ambiciosa destinada a satisfacer las necesidades inmediatas de la UE, siendo al mismo tiempo coherente con las políticas a largo plazo en materia de clima y energía. Debería reunir una parte de los fondos de cohesión actualmente destinados a asuntos relacionados con el clima, el FSUE existente y una parte de la financiación del MRR destinada a reformas medioambientales. Si estos recursos se concentran en un único fondo y se destinan claramente a las acciones urgentes, mejorará la eficacia de la respuesta y facilitará el seguimiento de las necesidades de inversión más acuciantes. Debe mejorar la capacidad de obtener dinero allí donde sea necesario sin demora. |
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2.6 |
La modernización del entorno de financiación también podría comprender la ampliación del alcance y el refuerzo de los programas existentes. Dado el interés común en combatir el cambio climático y sus catastróficas consecuencias, y la urgente necesidad de esta lucha, el CESE subraya además la necesidad de mejorar el método de financiación en el futuro. Podría suceder que, incluso si fuera a aplicarse —muy acertadamente— una regla de equilibrio presupuestario respecto a las inversiones ecológicas, algunos Estados miembros siguieran sin contar con la capacidad para obtener las enormes cantidades de inversión necesarias sin poner en peligro su sostenibilidad fiscal. Por consiguiente, el CESE también recomienda que se considere NextGenerationEU (NGEU) como modelo para la financiación del Fondo de adaptación al cambio climático. Las subvenciones y los préstamos con cargo a este fondo deben liberarse con la condición de que el Estado miembro o la región que los reciba invierta en la lucha contra el cambio climático o sus consecuencias, por ejemplo, mediante inversiones ulteriores en energías renovables y descarbonizadas. Estas medidas estratégicas deben vincularse a una participación obligatoria de los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil, y también debe respetarse el principio de asociación consagrado en la política de cohesión. |
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2.7 |
El CESE llama la atención sobre el hecho de que el Fondo de adaptación al cambio climático por sí solo no será suficiente para hacer frente a las consecuencias de las catástrofes naturales y cubrir los costes de la adaptación al cambio climático para hacer posible una mayor resiliencia. A este respecto, el CESE llama la atención sobre la «brecha de protección del clima», es decir, la proporción de pérdidas económicas no aseguradas causadas por catástrofes relacionadas con el clima. La cobertura de los seguros contra catástrofes naturales sigue siendo baja en Europa, y solo se ha asegurado en torno al 35 % de las pérdidas debidas a este tipo de desastres entre 1980 y 2017 (3). Por lo tanto, es importante examinar y promover los seguros de catástrofes en los Estados miembros y promover sistemas nacionales de seguros que animen a los usuarios a invertir en la adaptación, reduciendo la presión sobre los fondos de la UE y fomentando la inversión proactiva. El diálogo entre las partes interesadas y la innovación en relación con los productos de seguros pueden permitir desarrollar nuevas soluciones de transferencia de riesgos dentro del sistema de seguros y reaseguros, dando prioridad al mismo tiempo a la estabilidad de los mercados financieros y a la protección de los consumidores (4). Esto mejoraría la capacidad del Fondo de adaptación al cambio climático para hacer frente a los retos futuros. |
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2.8 |
Los fondos de la UE también desempeñan un papel importante como capital inicial para atraer la inversión privada, en particular en la adaptación para mejorar la resiliencia al cambio climático. |
3. El Fondo de adaptación al cambio climático como instrumento para la recuperación y la preparación en caso de catástrofe
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3.1 |
Un estudio interinstitucional de la UE pone de manifiesto la urgencia de abordar la catástrofe climática en términos inequívocos: «Un aumento de 1,5 grados es el máximo que el planeta puede tolerar; si las temperaturas siguen aumentando después de 2030, nos enfrentaremos a aún más sequías, inundaciones, olas de calor extremo y situaciones de pobreza para cientos de millones de personas; la probable desaparición de las poblaciones más vulnerables» (5). |
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3.2 |
Está empezando a plantearse la cuestión de que estamos muy poco preparados para los desafíos que representa el cambio climático. En 2021, los Estados miembros de la UE experimentaron una destrucción sin precedentes debida a catástrofes naturales, que fueron desde las inundaciones mortales acaecidas en Alemania y el Benelux, hasta los incendios forestales catastróficos en Grecia y España. Ante la crisis climática, y combinada esta con otras fuentes de degradación ambiental, es probable que la destrucción y los desastres naturales se conviertan en la norma y no en la excepción. Cuanto más se pospongan, debiliten o eviten las medidas eficaces para abordar la crisis climática y la degradación medioambiental, mayores serán los riesgos. |
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3.3 |
Al menos doscientas cuarenta personas perdieron la vida en las inundaciones que golpearon Europa occidental en el verano de 2021 (6), y muchísimas más se vieron desplazadas y perdieron su hogar. En Grecia se registraron no menos de quinientos incendios forestales durante una ola de calor que afectó al país (7). |
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3.4 |
Tanto la magnitud de la destrucción y la pérdida de vidas debidas a catástrofes medioambientales en 2021 como el coste financiero para las comunidades afectadas carecen de precedentes. Se estima que, en Europa occidental, las inundaciones causaron daños por valor de 38 mil millones EUR (8). En Grecia, el primer ministro se vio obligado a aprobar un paquete de medidas de ayuda por importe de 500 millones EUR para la isla de Eubea, la región más afectada por los incendios (9). |
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3.5 |
Ninguna región del mundo está exenta de los crecientes peligros de las catástrofes naturales. Del mismo modo, ningún Estado miembro de la Unión se encuentra suficientemente bien equipado para superar estos enormes desafíos, ya sea en lo que se refiere a los recursos y materiales para hacer frente a sequías, incendios forestales e inundaciones o en lo que atañe a la financiación necesaria para contribuir a la recuperación de las zonas afectadas. |
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3.6 |
La inversión con cargo al Fondo de adaptación al cambio climático destinada a responder a las catástrofes naturales debe servir para complementar el gasto permanente de los fondos de inversión estructural europeos en la preparación y la prevención frente a catástrofes. Es necesario realizar grandes inversiones para generar resiliencia frente al impacto del cambio climático, como las inversiones en la construcción de diques, edificios resistentes a las inundaciones, mecanismos de protección contra la erosión costera, equipos para vigilar y contener los incendios forestales, y tecnología para ayudar a ahorrar y almacenar agua dulce en las zonas afectadas por sequías, entre otras actuaciones. Si bien los Fondos Estructurales y de Inversión deben funcionar ex ante para reducir los posibles daños, el Fondo de adaptación al cambio climático debe poder responder con rapidez en los casos en que tales medidas preventivas no hayan logrado evitar determinados daños. |
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3.7 |
El CESE subraya que las repercusiones previstas de la crisis climática requieren un mecanismo de apoyo mucho más sólido que el que existe actualmente. El presupuesto total del FSUE se limita a un total de 500 millones EUR anuales (10). Desde su implantación en 2002, el FSUE ha prestado apoyo a 28 países europeos, proporcionando un importe superior a 7000 millones EUR (11). Se trata de una cifra impresionante, pero de ninguna manera bastaría para cubrir los costes de los daños causados por catástrofes naturales solo en 2021. |
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3.8 |
En los casos de catástrofes naturales, observamos un mayor riesgo de perder la vida en ciertos grupos que no pueden ser evacuados con facilidad de las zonas afectadas. Tal es el caso, en particular, de las personas mayores, personas con discapacidad y niños. Las inversiones deben orientarse para garantizar que los servicios de emergencia cuenten con los materiales y el respaldo de más trabajadores de rescate para asistir a todas las personas que requieran una atención especial. Las personas con menos recursos también poseen menos capacidad de evacuación debido al coste que conlleva encontrar alojamiento alternativo y a su acceso limitado a medios de movilidad personal. El Fondo de adaptación al cambio climático debe procurar abordar esta cuestión. |
4. El Fondo de adaptación al cambio climático como vía hacia la transición energética ecológica
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4.1 |
El CESE considera que la adaptación al cambio climático también exige la adecuación a una nueva realidad de producción energética sostenible. Debido a los recientes acontecimientos, la UE se enfrenta a retos enormes y urgentes en lo relativo a la independencia energética que no se previeron al elaborar el marco financiero plurianual (MFP), NGEU y el marco de gobernanza económica. Refiriéndose al plan REPowerEU de la Comisión (12) y a las Conclusiones del Consejo Europeo, el CESE está plenamente de acuerdo en que, tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, la independencia energética es más importante que nunca, incluido el desarrollo de las energías renovables. |
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4.2 |
El CESE subraya la necesidad de centrarse en el papel que pueden desempeñar las tecnologías energéticas ecológicas y descarbonizadas, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de la demanda energética a la hora de aumentar el suministro y la asequibilidad de la energía en la UE. Estas actuaciones ayudarán a protegerse contra las alzas de precios, que impiden el crecimiento económico, exacerban las desigualdades, provocan pobreza energética, elevan los costes de producción y socavan la competitividad de la Unión. En particular, el CESE acoge favorablemente la aceleración del despliegue de soluciones innovadoras basadas en el hidrógeno y de la electricidad renovable a un coste competitivo en la industria. |
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4.3 |
La necesidad de invertir con urgencia y ambición en el avance hacia formas más ecológicas de energía producidas en la Unión es más importante que nunca. Aunque la producción ecológica de energía y la autonomía energética deben constituir en todo caso un objetivo a largo plazo para la Unión, en el contexto inmediato, esta necesita con urgencia un suministro de energía asequible a partir de fuentes alternativas, sin comprometer la consecución de sus objetivos energéticos. Las necesidades urgentes de inversión para suministrar energía asequible a partir de fuentes alterativas a la ciudadanía podría abordarse a través del Fondo de adaptación al cambio climático de manera más eficaz y eficiente que los mecanismos existentes. |
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4.4 |
El CESE observa cada vez con mayor claridad que la dependencia energética es una causa del debilitamiento de las respuestas de la Unión a países como Rusia, como se observa de manera inequívoca en la respuesta de la Unión a la invasión de Ucrania. La dependencia excesiva actual respecto al gas ruso socava gravemente la capacidad de la Unión y sus Estados miembros para emprender acciones rápidas sin exponer a sus propios ciudadanos al riesgo de escasez de combustible y pobreza energética. Lamentablemente, los planes para adquirir gas natural procedente de Estados Unidos no ofrecen una solución sostenible o respetuosa con el medio ambiente (13). |
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4.5 |
El Fondo de adaptación al cambio climático debe actuar como medio para financiar nuestra urgente necesidad de energía verde y descarbonizada producida por la Unión, con una adquisición ambiciosa de las tecnologías existentes e inversiones en el desarrollo de nuevas tecnologías para lograr una economía sin emisiones. El CESE insta a que la guerra en Ucrania no haga que se descuide la misión de la Unión de alcanzar determinados objetivos medioambientales y sociales, ya que estos constituyen la base para la consolidación económica a largo plazo. |
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4.6 |
En el contexto de la reducción del consumo energético, los avances varían notablemente de unos Estados miembros a otros. En 2018, solo once de los veintisiete Estados miembros habían situado su respectiva demanda energética total nacional por debajo de su objetivo para 2020. En conjunto, la Unión está lejos de alcanzar sus metas fijadas para 2030, lo que obligará a realizar esfuerzos adicionales. Afortunadamente, la proporción de fuentes de energía renovables en el consumo final bruto de energía en la Unión ha aumentado de manera constante. En el paquete de medidas «Objetivo 55» se propone alcanzar una proporción del 40 % de fuentes de energía renovables en el consumo energético total de aquí a 2030. Esta proporción también varía sustancialmente en el conjunto de la Unión, al igual que la capacidad de producir energía renovable, debido a las restricciones presupuestarias y la geografía. En algunos países, la capacidad fotovoltaica instalada per cápita es más bien baja a pesar del gran potencial existente en este ámbito. Otros países logran una proporción elevada de fuentes de energía renovables debido a las posibilidades geográficas favorables para las centrales hidroeléctricas. |
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4.7 |
La intensificación de los esfuerzos en favor de la transición energética ecológica irá acompañada de nuevas necesidades de financiación, y tendrá que abordarse urgentemente, habida cuenta de la crisis energética y la creciente necesidad de autonomía energética de la Unión. Impulsar las propuestas de «Objetivo 55» con objetivos más ambiciosos y plazos más reducidos respecto a las energías renovables, por ejemplo, mediante el despliegue de la energía solar y eólica y la mejora de la eficiencia energética, requerirá una respuesta sólida en materia de financiación. La Comisión anunció su intención de evaluar estas necesidades de financiación en el contexto de las propuestas de REPowerEU (14), sobre la base de un análisis de las necesidades existentes en los distintos Estados miembros, así como de los requisitos para la inversión transfronteriza. El CESE acoge con satisfacción esta actuación, pero también señala la preocupación de que los actuales instrumentos de financiación a escala nacional y de la Unión no sean suficientes, y de que sea necesario adoptar medidas para que la energía renovable se convierta en una solución ya. El gasto del Fondo de adaptación al cambio climático en energías renovables también debe potenciarse atrayendo inversiones privadas, ofreciendo en este caso el fondo el capital de puesta en marcha. |
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4.8 |
La ampliación de la inversión para mejorar la autonomía energética de la Unión debe abordarse en consonancia con la prioridad otorgada a la transición hacia las fuentes de energía ecológicas y renovables. Para tener éxito, además de inversiones más inmediatas a través del Fondo de adaptación al cambio climático, la Unión requerirá inversiones significativas a largo plazo en investigación e innovación, así como nuevas formas de producción y consumo, con el fin de mejorar nuestra capacidad de ofrecer una energía limpia y asequible para todos. La agenda de la Unión en materia de investigación e innovación muestra ya un compromiso considerable con la consecución de este objetivo con el potencial de lograr avances notables. No obstante, este énfasis en la investigación debe ir acompañado del compromiso de los Estados miembros de adoptar formas más ecológicas de producción de energía y de reforzar su capacidad para ir abandonando los medios más tradicionales de producción de energía, sobre todo en los Estados miembros que siguen dependiendo en gran medida del carbón. |
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4.9 |
Aunque el CESE acoge favorablemente la financiación que se dedica actualmente a la política climática en el MFP y NGEU, también destaca que las amenazas medioambientales más inmediatas para los ciudadanos de la Unión han cambiado desde que se elaboraron tales instrumentos, y que se requieren nuevos enfoques. Además de la creación de este nuevo fondo, el CESE pide a la Comisión que revise el entorno de financiación para identificar lagunas y necesidades de financiación adicionales en relación con diversos aspectos de la política climática. |
5. Garantizar la solidez de las actuales políticas de la UE en materia de clima y energía y la complementariedad del Fondo de adaptación al cambio climático
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5.1 |
El Fondo de adaptación al cambio climático respondería a una necesidad no satisfecha y muy específica en lo que se refiere a la financiación de la Unión, que consiste en disponer de fondos suficientes para responder con rapidez a las emergencias climáticas, medioambientales y energéticas. Sin embargo, este Fondo debe ser coherente con las políticas generales de la Unión en estos ámbitos. |
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5.2 |
La crisis climática es un problema sistémico que trasciende fronteras, en el sentido de que es necesario un cambio sistémico del modo en que funciona nuestra economía, y de que es crucial que los gobiernos se comprometan a adoptar soluciones sistémicas en lugar de limitarse a abordar los síntomas del problema. |
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5.3 |
Las enormes disparidades en cuanto a la manera en que las personas y los grupos se ven involucrados y afectados exacerban el problema del cambio climático. Estas disparidades están relacionadas con la huella de carbono, existiendo diferencias bastante significativas entre las emisiones de CO2 per cápita entre los distintos Estados miembros y regiones de la UE. También se registran disparidades en los efectos del cambio climático, la capacidad para adaptarse y afrontar los retos planteados y, por último, los efectos de las medidas de política climática y los inminentes cambios estructurales significativos. |
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5.4 |
En el seno de la Unión, los efectos del cambio climático difieren ampliamente entre Estados miembros y dentro de cada uno de ellos, dependiendo de su geografía y del estado y la estructura de su economía. Por ejemplo, mientras que el 7 % de la población de la Unión vive en zonas con un elevado riesgo de inundación, más del 9 % reside en áreas en las que se registran 120 días sin llover. |
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5.5 |
La consecución de una transición justa también requiere condiciones sociales sostenibles conformes con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el pilar europeo de derechos sociales. Por otra parte, el CESE aboga por la adopción de un enfoque global respecto a la sostenibilidad medioambiental, y alude al Reglamento sobre la taxonomía, que establece seis objetivos medioambientales: la atenuación del cambio climático, la adaptación al mismo, el uso y la protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos, la transición a una economía circular, la prevención y el control de la contaminación, así como la protección y la restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. |
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5.6 |
Con un presupuesto aprobado de más de 330 000 millones EUR en el actual período de programación, la política de cohesión es en la actualidad el instrumento de inversión común de mayor tamaño e importancia en Europa, por lo que desempeña un papel fundamental en la lucha contra el cambio climático. Es muy probable que las disparidades entre Estados miembros y en el seno de los mismos —que la política de cohesión tiene el objetivo de abordar— también se vean afectadas por el cambio climático y sus consecuencias. Por su parte, el Plan de Recuperación y Resiliencia también hace especial hincapié en el clima. Si bien se constata un claro compromiso con la inversión, resulta necesario disponer de una visión clara y estructurada de los fondos de la UE destinados a la lucha contra el cambio climático y de su gestión. |
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5.7 |
El CESE subraya asimismo la necesidad de que las autoridades locales y regionales asuman un compromiso político claro con la consecución de los objetivos climáticos. Existe una necesidad urgente de intensificar el diálogo a múltiples niveles entre las autoridades nacionales, regionales y locales sobre la planificación y la ejecución de medidas nacionales en materia de cambio climático a escala regional y local, sobre el acceso directo a la financiación de las autoridades locales, y sobre el seguimiento del avance de las medidas adoptadas. Los interlocutores sociales y la sociedad civil organizada deben participar en este proceso con el fin de garantizar que se adopte un enfoque equilibrado, respetando los intereses de todos los grupos. |
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5.8 |
El CESE destaca el papel fundamental de los interlocutores locales, sociales y regionales en la tarea de abordar las consecuencias del cambio climático. Por desgracia, el apoyo que reciben muchos de estos agentes para financiar sus actividades dista mucho aún de ser suficiente para afrontar los retos a los que se enfrentan. Entre otras actuaciones, es necesario reforzar el Fondo de Transición Justa para que ofrezca un mejor apoyo. |
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5.9 |
El CESE insiste en que la transición hacia la sostenibilidad medioambiental debe ser inclusiva y acorde con los ODS y el pilar europeo de derechos sociales. En este contexto, entre los criterios esenciales deben figurar la salvaguarda y la creación de nuevos empleos verdes de calidad, garantizando así la formación y las medidas sociales integradoras mediante el desarrollo de sectores económicos alternativos y neutrales en relación con el clima para la población regional. Los beneficios de la transición tienen que superar los posibles efectos regresivos de las medidas de política climática y los cambios estructurales. Por ejemplo, las medidas de contratación pública y ayuda estatal a las empresas deben vincularse a la creación de puestos de trabajo de calidad y al respeto de los derechos de los trabajadores, las normas medioambientales y las obligaciones fiscales. Además, debe protegerse a las personas vulnerables del impacto del cambio climático, evitando en todo momento la pobreza energética. Por último, el CESE recuerda el principio de la taxonomía de la Unión de «no causar un perjuicio significativo», que establece que ningún objetivo medioambiental puede verse perjudicado por la aplicación de diversas políticas. |
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5.10 |
Dado que la educación formal y no formal constituyen un mecanismo importante para combatir la crisis climática, resulta crucial invertir en una formación accesible en materia de cambio climático y ciudadanía activa. La educación en materia de sostenibilidad representa una herramienta poderosa para equipar a los jóvenes y capacitarles para que formen parte del debate sobre la dirección que debe tomar una política climática concreta. Cada vez se reconoce más el papel de la educación y la formación a la hora de combatir el cambio climático. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
CHRISTA SCHWENG
(1) https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/tackling-energy-poverty-and-eus-resilience-challenges-economic-and-social-perspective (Véase la página 88 del presente Diario Oficial).
(2) Regional development MEPs suggest to set-up a Climate Change Adaptation Fund | Noticias | Parlamento Europeo.
(3) Economic losses from climate-related extremes in Europe — Agencia Europea de Medio Ambiente.
(4) Forjar una Europa resiliente al cambio climático — La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE, COM(2021) 82 final, sección 2.2.3, y Estrategia para financiar la transición a una economía sostenible, COM(2021) 390 final, secciones II y III, acción 2 c), cuadro de indicadores sobre la brecha en la protección de los seguros y documento de debate de la Agencia Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ).
(5) ESPAS_Report.pdf, p. 8.
(6) https://www.brusselstimes.com/belgium-all-news/199487/europes-summer-floods-amount-to-worlds-second-most-costly-natural-disaster-of-2021
(7) https://www.reuters.com/world/europe/greece-starts-count-cost-after-week-devastating-fires-2021-08-09/
(8) Europe's summer floods amount to world's second-most costly natural disaster of 2021 (brusselstimes.com).
(9) https://www.reuters.com/world/europe/greece-starts-count-cost-after-week-devastating-fires-2021-08-09/
(10) Fondo de Solidaridad de la UE.
(11) https://ec.europa.eu/regional_policy/es/funding/solidarity-fund/
(12) Plan REPowerEU, COM(2022) 230 final.
(13) U.S., EU strike LNG deal as Europe seeks to cut Russian gas | Reuters.
(14) COM(2022) 230 final.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/30 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Criptoactivos — Retos y oportunidades»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/05)
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Ponente: |
Philip VON BROCKDORFF |
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Coponente: |
Louise GRABO |
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Decisión de la Asamblea |
24.3.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social |
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Aprobado en sección |
9.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
22.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
148/0/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Si bien reconoce la creciente capitalización del mercado de criptoactivos, el CESE apoya firmemente la propuesta de la Comisión Europea de un Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos, que tiene por objeto regular los criptoactivos dentro de la UE y que se tradujo en un acuerdo político provisional de los colegisladores el 30 de junio de 2022 (1). |
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1.2 |
El CESE también aboga por un marco regulador y operativo sólido para mejorar el seguimiento financiero de las operaciones y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los criptoactivos. |
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1.3 |
El CESE recomienda encarecidamente que las autoridades se atengan al principio de «misma actividad, mismos riesgos, mismas normas». Para ello es necesario basarse en los marcos reglamentarios existentes en el caso de las empresas que realizan operaciones con criptoactivos, en las que se deben cubrir riesgos similares a los que se derivan de los tradicionales. El CESE considera que esto es necesario para evitar asimetrías entre servicios análogos y activos que podrían quedar incluidos en marcos diferentes debido a los aspectos técnicos. |
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1.4 |
El marco regulador de los criptoactivos debe ser coherente en todas las jurisdicciones y no solo en el ámbito de la Unión. Deben establecerse, dentro y fuera de la Unión, normas basadas en unas condiciones de competencia equitativas y concebidas para proteger a los consumidores. El CESE apoya el Reglamento relativo a la transferencia de fondos (2), aunque en algunos aspectos va más allá de lo que respecta a las operaciones financieras tradicionales. Sin embargo, al mismo tiempo, el CESE apoya la innovación en la UE y es importante que los productos ordinarios basados en tecnología de cadena de bloques que no sean de naturaleza financiera sean tratados como sus equivalentes materiales y no como instrumentos financieros, siguiendo el principio de «misma actividad, mismo riesgo, mismas normas». |
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1.5 |
El CESE observa con preocupación las consecuencias medioambientales de los criptoactivos y de las actividades de minería relacionadas, habida cuenta de los compromisos climáticos de la UE en el marco del Pacto Verde, y considera que, a pesar de las nuevas tecnologías de registro descentralizado —como la cadena de bloques—, que parecen ser capaces de proporcionar infraestructuras sostenibles para un futuro con bajas emisiones de carbono, no hay pruebas concluyentes de que así sea. |
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1.6 |
El CESE considera que la cadena de bloques, como principal tecnología subyacente para los criptoactivos, podría ayudar a abordar los riesgos actualmente presentes en el mercado. Las ventajas potenciales de la cadena de bloques van desde las operaciones en tiempo real que permiten la reducción del riesgo y una mejor gestión del capital hasta una mayor eficacia normativa, por ejemplo, mediante la utilización de la cadena de bloques en los controles efectuados conforme al principio del conocimiento del cliente o contra el blanqueo de capitales. |
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1.7 |
El CESE también señala que los avances tecnológicos pueden ayudar a abordar las limitaciones existentes en materia de cumplimiento de las obligaciones fiscales, mejorando así la transparencia y la calidad de los datos enviados a las autoridades tributarias con fines de control, abordando el fraude fiscal y las transacciones ilícitas. |
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1.8 |
Los ulteriores avances tecnológicos en el ámbito de la cadena de bloques también podrían animar a los bancos a cooperar dentro del ecosistema de dicha tecnología, al permitirles compartir información y experiencias con la comunidad más amplia de la cadena de bloques a través de una plataforma de financiación comercial basada en esa misma cadena. |
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1.9 |
Por último, el CESE apoya plenamente el papel desempeñado por el BCE en el seguimiento de la evolución de los criptoactivos y sus posibles implicaciones para la política monetaria y los riesgos que los criptoactivos pueden plantear para el buen funcionamiento de las infraestructuras del mercado y los pagos, así como para la estabilidad del sistema financiero. |
2. Contexto general
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2.1 |
La capitalización del mercado de criptoactivos se triplicó con creces en 2021 hasta alcanzar los 2,6 billones de USD, si bien los criptoactivos siguen constituyendo una pequeña parte de los activos globales del sistema financiero mundial (3). En términos cuantitativos, los criptoactivos pueden compararse con algunas de las clases de activos consolidadas, aunque distan mucho de revestir la importancia de los bonos del Estado, los mercados de valores y los derivados. El rápido crecimiento de los criptoactivos ha atraído a varios agentes nuevos en el ecosistema, con un número creciente de criptoactivos ofrecidos, algunos bajo la denominación de «monedas virtuales», «monedas» digitales o «criptofichas». Entre los criptoactivos más destacados hasta la fecha figuran Bitcoin y Ether, que representan juntos en torno al 60 % de la capitalización total de mercado de este tipo de activos. |
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2.2 |
En el último año, la demanda de una clase de criptoactivos a los que se denomina como «estables» (4) ha experimentado un crecimiento sin precedentes, al que han contribuido los avances en el ámbito de la tecnología, en particular en las cadenas de bloques. En particular, los volúmenes de negociación de criptoactivos estables han superado casi a todos los demás criptoactivos, principalmente porque se utilizan en gran medida para liquidar operaciones al contado y de derivados en mercados bursátiles. La estabilidad relativa de los precios de los criptoactivos estables también ayuda a proteger a sus titulares frente a la volatilidad asociada a los criptoactivos no estables. |
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2.3 |
Las finanzas descentralizadas o DeFi (5) basadas en la tecnología de la cadena de bloques y la prestación de servicios financieros que utilizan criptoactivos estables y de otra índole constituyen una de las principales razones del aumento de la demanda de este tipo de activos, ya que ha permitido a los usuarios comerciar con criptoactivos sin intermediarios. No es necesario evaluar el riesgo de crédito del cliente durante una operación. Curiosamente, en estas operaciones participan principalmente agentes institucionales de economías desarrolladas en las que es habitual operar con criptoactivos estables (6). |
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2.4 |
La tecnología de la cadena de bloques o de registro descentralizado puede describirse como un gran archivo público que se comparte y almacena en una enorme red de ordenadores que contienen todas las operaciones en criptoactivos. Dado que se comparte públicamente y su contenido se valida, no es posible invertir o modificar la operación. Por lo tanto, el expediente público que se genera a raíz del uso de la tecnología de registro descentralizado impide las transacciones fraudulentas. |
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2.5 |
Durante la etapa más aguda de la crisis de la COVID-19, una época de tensión en el mercado, el valor del bitcóin alcanzó un máximo de 10 367,53 USD a mediados de febrero de 2020, cayendo hasta los 4 994,70 USD a mediados de marzo del mismo año. Sin embargo, las acusadas oscilaciones del valor tuvieron poco que ver con la pandemia y su efecto en el mercado de valores (7). El comportamiento aparentemente errático del valor del bitcóin es el resultado del fenómeno al que los mineros y expertos se refieren como «reducción a la mitad» (halving). El bitcóin se reduce a la mitad cada cuatro años, o cada vez que se minan 210 000 bloques. Ocurrió en 2012 y se observaron las mismas fluctuaciones predecibles en los precios del bitcóin. Este patrón no ha cambiado mucho desde 2012. |
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2.6 |
Actualmente, los criptoactivos no parecen plantear un riesgo significativo para la estabilidad financiera, como confirmó el Consejo de Estabilidad Financiera en su informe de 2018. Dicho esto, el propio Consejo de Estabilidad Financiera expresó su preocupación por los riesgos que el aumento de la capitalización de mercado podría generar, especialmente en lo que respecta a la confianza de los inversores, los riesgos derivados de las exposiciones directas e indirectas de las entidades financieras y los riesgos derivados del uso de criptoactivos en pagos y canjes. |
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2.7 |
Las mismas preocupaciones han puesto de manifiesto las Autoridades Europeas de Supervisión (ABE, ESMA y AESPJ), que han advertido a los consumidores de que numerosos criptoactivos son de alto riesgo y especulativos, y no resultan adecuados para la mayoría de los inversores minoristas ni como medio de pago o canje. En su opinión, los consumidores se enfrentan a la posibilidad real de perder todo el dinero invertido si adquieren criptoactivos de alto riesgo. También advierten de que a los consumidores se les debe avisar de los riesgos de la publicidad engañosa, incluida la que se transmite a través de redes sociales y de influentes. Los consumidores deben considerar con especial cautela las promesas de rendimientos rápidos o elevados. |
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2.8 |
Las conexiones directas entre los criptoactivos y las entidades financieras de importancia sistémica y los mercados financieros básicos, aunque crecen rápidamente, son limitadas actualmente. Sin embargo, la participación institucional en los mercados de criptoactivos, tanto en calidad de inversores como de proveedores de servicios, ha crecido en el último año, aunque partiendo de una base baja. Si se mantuviera la trayectoria actual de expansión e interconexión de los criptoactivos con estas instituciones, esta evolución podría tener implicaciones para el sistema financiero mundial. |
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2.9 |
La expansión y la interconexión de los criptoactivos refuerza la necesidad y la importancia de que estos valores se sometan a auditorías coherentes, comparables y objetivas, con el fin de evaluar la precisión y la exhaustividad de la información financiera comunicada al público. En este contexto, en septiembre de 2020 la Comisión Europea presentó una propuesta legislativa para armonizar y legitimar la regulación de las criptomonedas en el marco de los criptoactivos (8). La propuesta ofrece un marco global para la regulación y supervisión de los emisores y oferentes de criptoactivos y proveedores de servicios relacionados con los criptoactivos con vistas a proteger a los consumidores y la integridad y estabilidad del sistema financiero. Los colegisladores llegaron a un acuerdo político provisional el 30 de junio de 2022. Se espera que el texto legislativo definitivo se publique y entre en vigor en los próximos meses. La posición del CESE al respecto figura en su Dictamen sobre los criptoactivos y la tecnología de registro descentralizado (9). |
3. Riesgos que plantean los criptoactivos
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3.1 |
El rápido crecimiento de los criptoactivos se ha caracterizado en general por las deficiencias de la configuración operativa, de la gestión de riesgos de ciberseguridad y de los marcos de gobernanza. Una combinación de estas tres deficiencias eleva los riesgos para los clientes, y la ciberseguridad representa un problema en lo que atañe a los criptoactivos. Los criptoactivos robados suelen abrirse camino en los mercados ilegales y se utilizan para financiar otras actividades delictivas. En la misma línea, en el contexto de los ataques con programas de chantaje (ransomware), los delincuentes suelen pedir a las víctimas que paguen el rescate en criptomonedas como el bitcóin (10). El Reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero, recientemente acordado por los colegisladores y que se está ultimando actualmente para proceder a su publicación, establece requisitos uniformes relativos a la seguridad de las redes y sistemas de información que sustentan los procesos empresariales de las entidades financieras, incluidos los proveedores de servicios de criptoactivos, algo que resulta necesario para lograr un elevado nivel común de resiliencia operativa digital. |
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3.2 |
El ecosistema de los criptoactivos también se expone a un cierto grado de riesgo de concentración, con el dominio de las operaciones por un número relativamente pequeño de entidades (11). Un estudio ha revelado que menos de 10 000 personas en todo el mundo poseían colectivamente 4,8 millones de bitcoines (12), casi un tercio de los 18,5 millones de bitcoines minados hasta la fecha. Estos poseían un valor de mercado cercano a los 600 000 millones USD. La situación no ha cambiado mucho. El ecosistema del bitcóin sigue dominado por agentes concentrados y de gran dimensión, ya sean grandes mineros (13), titulares de bitcoines o mercados de estos activos. Esta concentración expone al bitcóin al riesgo sistémico, y conlleva además que sea probable que la mayor parte de las ganancias derivadas de una adopción ulterior caiga de manera desproporcionada si se trata de un número relativamente pequeño de participantes (14). |
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3.3 |
En su último informe (15), el Consejo de Estabilidad Financiera señala que sistemas de mercado como la banca se han protegido en gran medida de la volatilidad de los criptoactivos. Sin embargo, el Consejo de Estabilidad Financiera advierte sobre la creciente importancia de los activos digitales en las operaciones de las entidades financieras. La caída de un gran criptoactivo estable (utilizado ampliamente para pagos), podría afectar aún más a la estabilidad financiera, en un período de creciente incertidumbre debido a la guerra en Ucrania, con una persistente elevación de los precios de las materias primas. Además, dicha caída podría provocar escasez de liquidez en el ecosistema general de los criptoactivos, limitando así los volúmenes de operación. |
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3.4 |
Como se señaló en un Dictamen anterior (16), el CESE apoya plenamente los esfuerzos dedicados en la Unión a intensificar la supervisión de los criptoactivos. Sin embargo, debido a su aparente anonimato, los criptoactivos pueden seguir siendo víctimas de intenciones delictivas a pesar de las mejoras en su seguimiento. Los criptoactivos también se han convertido recientemente y en gran medida en la divisa preferida de los ciberdelincuentes, que utilizan los programas de chantaje (ransomware) para piratear los sistemas y posteriormente exigir el pago en bitcoines a cambio de no destruir o filtrar los datos valiosos de la empresa. Por otra parte, se ha producido un aumento de las denuncias relativas a los esquemas de Ponzi vinculados a criptoactivos. El BCE también afirma que se utilizan criptomonedas para eludir las sanciones impuestas a los oligarcas rusos a causa de la guerra en Ucrania (17). El riesgo de utilizar indebidamente los criptoactivos para eludir las sanciones contra Rusia constituye un recordatorio importante de que se debe obligar a estos mercados a cumplir las normas requeridas en lo que atañe, entre otros aspectos, a la información sobre inversores, la lucha contra el blanqueo de capitales y los requisitos de divulgación. |
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3.5 |
La información engañosa y la falta de transparencia constituyen otro motivo de gran preocupación. Algunos criptoactivos se publicitan de manera agresiva, utilizando material de mercadotecnia y otra información que puede resultar poco clara, incompleta, inexacta o intencionadamente engañosa, exagerando las posibles ganancias, al tiempo que se obvian los elevados riesgos que entrañan estos activos. La comercialización se lleva a cabo a menudo a través de influentes en las redes sociales que no revelan si reciben un incentivo financiero para comercializar determinados criptoactivos, como en el caso, en particular, del reciente auge de las criptofichas artísticas no fungibles (NFT, por sus siglas en inglés) vinculado a diversas celebridades y deportistas. |
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3.6 |
Las autoridades supervisoras de la UE consideran que las fluctuaciones extremas de los precios de los criptoactivos suponen un gran riesgo para los inversores, aunque las fluctuaciones de los mercados bursátiles mundiales también pueden plantear riesgos similares. De hecho, muchos criptoactivos están sujetos a oscilaciones de precios repentinas y acusadas que los convierten en valores altamente especulativos, y los precios dependen principalmente de la demanda de los inversores. Estas acusadas oscilaciones de precios generan nuevas dudas respecto al futuro de las criptomonedas como clase de activo. |
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3.7 |
Resulta preocupante que, en el caso de los criptoactivos, a los inversores les resulte a menudo casi imposible reclamar daños y perjuicios o formular otras reclamaciones —en razón, por ejemplo, de la provisión de información engañosa, sobre todo porque, hasta la fecha, la protección derivada de la normativa vigente de la Unión en materia de servicios financieros no beneficia a dichos activos. Los inversores tampoco están protegidos por los sistemas de garantía de depósitos de los bancos, ya que estos solo abarcan las divisas, y no los criptoactivos, las acciones o los bonos. |
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3.8 |
Desde una perspectiva de la UE, habida cuenta de la posible entrada en vigor del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos, debe abordarse la actual falta de armonización entre los Estados miembros. En lo que atañe a la fiscalidad, los enfoques son divergentes en función de los Estados miembros, y varios gravan los beneficios derivados de los criptoactivos con un impuesto sobre las ganancias de capital cuyos tipos oscilan entre el 0 y el 50 %. En 2020, con la adopción del conjunto de medidas sobre financiación digital, destinado a regular la tecnología financiera, la UE reconoció el potencial de las finanzas digitales en términos de innovación y competencia, reduciendo al mismo tiempo los riesgos asociados. |
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3.9 |
El CESE aboga por un marco regulador y operativo eficaz para mejorar el seguimiento de las operaciones y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los criptoactivos. Si bien reconoce los problemas causados por la falta de control centralizado de los criptoactivos, su seudoanonimato, las dificultades de valoración, las características híbridas y la rápida evolución de la tecnología subyacente, el CESE considera que el cumplimiento de las obligaciones fiscales sobre la base de un enfoque simétrico es factible. Según un estudio reciente (18), los posibles ingresos fiscales procedentes de las plusvalías generadas por el bitcóin en la UE ascendían a 850 millones EUR en 2020, lo que pone de relieve la importancia de las posibles ganancias fiscales que pueden obtenerse de este sector. Esto implica asumir, por supuesto, que los ingresos derivados de los criptoactivos deben tributar, de un modo muy similar al de los instrumentos financieros tradicionales. Y, a su vez, esto requiere el cumplimiento pertinente de las obligaciones fiscales sobre la base de una notificación adecuada y del acceso a los datos facilitados a las administraciones tributarias. Un mejor seguimiento de las ventas en tiempo real tendría como beneficio añadido una mejora del proceso de recaudación del IVA. |
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3.10 |
Conviene señalar que algunos criptoactivos pueden clasificarse como instrumentos financieros en el ámbito de aplicación de la Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros II (MiFID II), como dinero electrónico en el sentido de la Directiva sobre dinero electrónico, o como fondos con arreglo a la Segunda Directiva sobre servicios de pago. El problema es que algunos Estados miembros han establecido normas a medida a escala nacional para los criptoactivos que quedan fuera de la normativa vigente de la UE, lo que da lugar a una fragmentación de la reglamentación. Esto distorsiona la competencia en el mercado único, lo que dificulta a los proveedores de servicios de criptoactivos la ampliación de sus actividades a escala transfronteriza, y hace necesario un arbitraje regulador. |
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3.11 |
Si bien el CESE está de acuerdo en que el enfoque preferido es un enfoque holístico dirigido tanto a los criptoactivos que podrían considerarse instrumentos financieros existentes como a los criptoactivos que actualmente quedan fuera del perímetro normativo, recomienda encarecidamente que las autoridades se atengan al principio de «misma actividad, mismos riesgos, mismas normas». Para ello es necesario basarse en los marcos reglamentarios existentes en el caso de las empresas que realizan operaciones con criptoactivos, en las que se deben cubrir riesgos similares a los que se derivan de los tradicionales. El CESE considera que esto es necesario para evitar asimetrías entre servicios análogos y activos que podrían quedar incluidos en marcos diferentes debido a los aspectos técnicos. Asimismo, cualquier innovación en criptoactivos debe ir seguida de una respuesta normativa eficaz para mitigar los riesgos. |
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3.12 |
Por último, las consecuencias medioambientales de los criptoactivos y las actividades de minería relacionadas son enormemente importantes, teniendo en cuenta los compromisos climáticos de la UE en el marco del Pacto Verde Europeo. En un estudio reciente del Banco Central de los Países Bajos (2021) se refiere que la huella de carbono de la red Bitcoin aumenta, con un consumo total de la electricidad de la red comparable al consumo de electricidad de los Países Bajos y un coste medioambiental resultante de 4 200 millones EUR (19). Dicho esto, puede que sea pertinente comparar el uso de electricidad del sector bancario global. A este respecto, el CESE señala que, al parecer, las nuevas tecnologías de registro descentralizado —como la cadena de bloques— se están utilizando para hacer posible el suministro de infraestructuras sostenibles para un futuro con bajas emisiones de carbono. Sin embargo, hasta la fecha no hay pruebas concretas de que esto sea así. Como aspecto positivo, los desarrolladores del sector de la energía están tratando de aprovechar la tecnología de registro descentralizado para contribuir a descentralizar la distribución de energía, controlar las redes de energía a través de contratos inteligentes y prestar servicios de respuesta a la demanda vinculados al uso y la previsión del suministro de electricidad. |
4. Oportunidades derivadas de los criptoactivos
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4.1 |
A la luz de los riesgos mencionados, no está claro si las criptomonedas se convertirán alguna vez en un instrumento de cambio convencional. Sin embargo, no es descabellado predecir que las deficiencias que han caracterizado a los criptoactivos, como las relativas a la capacidad de procesamiento y el elevado consumo de energía para su minería, pueden abordarse con futuros avances tecnológicos. Lo mismo cabría decir de los riesgos asociados de la actividad delictiva y el blanqueo de capitales, en los que la proporción ilícita del volumen de operaciones con criptomonedas cayó del 0,62 % en 2020 al 0,15 % en 2021 (20), y las autoridades policiales mejoran sus prestaciones en el seguimiento y la confiscación de criptomonedas ilícitas. En este sentido, el CESE señala que, desde la publicación del Plan de Acción en materia de Tecnología Financiera, en marzo de 2018, la Comisión ha examinado tanto las oportunidades como los retos planteados por los criptoactivos. |
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4.2 |
Por mucho que sea necesario proporcionar un marco legislativo sólido para los criptoactivos tal y como se describe en la propuesta de la Comisión (21), el CESE considera que la cadena de bloques, como principal tecnología subyacente para los criptoactivos, podría contribuir en gran medida a abordar los riesgos actuales. Las ventajas potenciales de la cadena de bloques van desde las operaciones en tiempo real que permiten la reducción del riesgo y una mejor gestión del capital, hasta una mayor eficacia normativa, por ejemplo, mediante la utilización de la cadena de bloques en los controles efectuados conforme al principio del conocimiento del cliente o contra el blanqueo de capitales. Además, la cadena de bloques también propicia la mejora de la ciberseguridad, dado que la intrusión informática de un ecosistema basado en la cadena de bloques requiere recursos exorbitantes en lo que se refiere a la potencia de la red y la capacidad de computación. Existe, asimismo, un enorme potencial para la integración con otras tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial y el internet de las cosas, con el fin de fomentar la tecnología de los criptoactivos. |
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4.3 |
Como se ha señalado anteriormente, la falta de transparencia y de información en torno a los criptoactivos es un problema grave, que conduce tanto al seudoanonimato como a la escasez de datos fiscales. Otros avances tecnológicos pueden ayudar a abordar las limitaciones existentes, mejorando así la transparencia y la calidad de los datos enviados a las autoridades tributarias con fines de cumplimiento de las obligaciones fiscales, abordando el fraude fiscal y las transacciones ilícitas. Además, las sinergias entre la cadena de bloques y la inteligencia artificial también podrían ser una solución, ya que la tecnología de la cadena de bloques proporciona datos de alta calidad para aplicaciones de IA, pautas transparentes para realizar estudios de evaluación comparativa, y garantiza la integridad de una evaluación fiscal automatizada. |
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4.4 |
Los ulteriores avances tecnológicos en el ámbito de la cadena de bloques también podrían animar a los bancos a cooperar dentro del ecosistema de dicha tecnología, al permitirles compartir información y experiencias con la comunidad más amplia de la cadena de bloques a través de una plataforma de negociación. Esta infraestructura podría ofrecer un servicio de extremo a extremo y plenamente integrado de negociación, liquidación y custodia para activos digitales basados en la cadena de bloques. También podría proporcionar un entorno seguro para emitir y negociar activos digitales, y permitir la toquenización o conversión en tales activos digitales de valores y activos no financiables para convertir los activos anteriormente no negociables en negociables. |
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4.5 |
Por supuesto, para lograrlo es necesario contar con un marco regulador sólido. Dicho esto, el marco regulador debe ser coherente en todas las jurisdicciones y no solo en el ámbito de la Unión. Deben establecerse dentro y fuera de la Unión normas basadas en los principios asociados a las condiciones de competencia equitativas y concebidas para proteger a los consumidores. En este contexto, el CESE apoya el Reglamento relativo a la transferencia de fondos, aunque en algunos aspectos va más allá que en lo que respecta a las operaciones financieras tradicionales. Sin embargo, al mismo tiempo, el CESE apoya la innovación en la UE y es importante que los productos ordinarios basados en tecnología de cadena de bloques que no sean de naturaleza financiera sean tratados como sus equivalentes materiales y no como instrumentos financieros, siguiendo el principio de «misma actividad, mismo riesgo, mismas normas». |
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4.6 |
La última consideración hace referencia a la posible introducción de un euro digital. Debe dejarse claro que un euro digital no es un criptoactivo, sino otra forma del euro (22). Un euro digital permitiría a los ciudadanos de la UE realizar pagos digitales en toda la zona del euro, al igual que pueden utilizar el efectivo para pagos materiales. Por supuesto, existen argumentos a favor y en contra de la puesta en marcha de un euro digital, pero parece ser un paso lógico a medida que los pagos se digitalizan cada vez más. Esto es fundamental por dos razones principales: un euro digital podría ayudar a contrarrestar en cierta medida el predominio del mercado estadounidense de los criptoactivos estables y resulta pertinente que el BCE continúe realizando un seguimiento de la evolución de los criptoactivos y sus posibles implicaciones para la política monetaria y los riesgos que los criptoactivos pueden plantear para el buen funcionamiento de las infraestructuras del mercado y los pagos, así como para la estabilidad del sistema financiero. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Se espera que el texto se formalice una vez aprobado por el Coreper a finales de septiembre de 2022, por lo que es muy probable que no esté disponible antes de la aprobación del presente Dictamen del CESE.
(2) El Reglamento relativo a la transferencia de fondos es básicamente el resultado de la Recomendación del GAFI de imponer a los proveedores de servicios de pago la obligación de que las transferencias de fondos vayas acompañadas de información sobre el ordenante y el beneficiario. Las nuevas tecnologías, como las utilizadas en las transferencias de criptoactivos, estarán cubiertas por el Reglamento relativo a las transferencias de fondos.
(3) Evaluación de riesgos para la estabilidad financiera derivados de los criptoactivos.
(4) Liao y Caramichael, «Stablecoins: Growth potential and impact on banking», International Finance Discussion Papers No 1334, Washington: Board of Governors of the Federal Reserve System (2022).
(5) DeFi significa básicamente la prestación de servicios financieros de forma descentralizada, es decir, sin el uso de un intermediario para facilitar la prestación del servicio financiero. Una vez desarrolladas por las personas, las aplicaciones DeFi se despliegan en la cadena de bloques y van asumiendo gradualmente una vida propia a medida que se cede la gobernanza a la comunidad de usuarios. La forma definitiva de una aplicación de DeFi es una organización autónoma descentralizada. Esto contrasta con el sistema financiero tradicional, que se basa en intermediarios centralizados que controlan el acceso a los servicios financieros. El uso de la tecnología de cadena de bloques por sí solo no hace que algo sea DeFi, sino que es más bien la ausencia de intermediarios (posible gracias a la cadena de bloques) lo que da lugar a las finanzas descentralizadas o DeFi.
(6) Chainalysis (2021).
(7) Véase Sajeev, K.C., Afjal, M. «Contagion effect of cryptocurrency on the securities market: a study of Bitcoin volatility using diagonal BEKK and DCC GARCH models».
(8) Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, COM(2020) 593 final, 24.9.2020.
(9) DO C 155 de 30.4.2021, p. 1.
(10) Crypto-assets: Key developments, regulatory concerns and responses.
(11) Es pertinente destacar que el grado de riesgo de concentración es en términos relativos y se limita al ecosistema de criptoactivos. No influye en la concentración de riqueza, tal como se describe, por ejemplo, en la lista mundial de multimillonarios de Forbes.
(12) Makarov, I., Schoar, A., Blockchain Analysis of the Bitcoin Market (18 de abril de 2022).
(13) La minería de criptoactivos es el proceso de creación de bloques individuales añadidos a la cadena de bloques mediante la resolución de problemas matemáticos complejos. El objetivo de la minería es verificar las transacciones de criptomonedas y mostrar pruebas de trabajo, añadiendo esta información a un bloque de la cadena de bloques, que actúa como registro de transacciones de minería.
(14) Makarov, I., Schoar, A., Blockchain Analysis of the Bitcoin Market (18 de abril de 2022).
(15) Evaluación de riesgos para la estabilidad financiera derivados de los criptoactivos.
(16) Dictamen del CESE sobre los criptoactivos y la tecnología de registro descentralizado, DO C 155 de 30.4.2021, p. 31.
(17) La presidenta del BCE, Christine Lagarde, afirma que se están utilizando criptoactivos para eludir las sanciones impuestas a Rusia.
(18) Thiemann, A. (2021), Cryptocurrencies: An empirical View from a Tax Perspective, Documentos de trabajo del JRC sobre fiscalidad y reformas estructurales n.o 12/2021, Comisión Europea, Centro Común de Investigación, Sevilla, JRC126109.
(19) Trespalacios, J.P., y Dijk, J., «The carbon footprint of bitcoin», De Nederlandsche Bank, DNB Analysis Series, 2021.
(20) The Chainalysis 2022 Crypto Crime Report.
(21) Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, COM(2020) 593 final.
(22) Véase el Dictamen de iniciativa sobre Un euro digital, en fase de elaboración.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/37 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Estrategia de personal sanitario y asistencia para el futuro de Europa»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/06)
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Ponente: |
Danko RELIĆ |
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Ponente: |
Zoe TZOTZE-LANARA |
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Decisión de la Asamblea |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
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Aprobado en sección |
6.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
194/4/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El CESE respalda firmemente el principio de que el fundamento y la base para el desarrollo de unos sistemas sanitarios sólidos y resilientes solo puede ser un personal sanitario formado, capacitado y motivado, el cual es fundamental para el éxito de la política sanitaria y, por tanto, esencial para lograr una cobertura sanitaria centrada en el ser humano y el «derecho a la salud», como recomienda la Conferencia sobre el Futuro de Europa, que garantice a todos los europeos un acceso igualitario y sostenible a una asistencia sanitaria asequible, preventiva, curativa y de calidad. |
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1.2 |
El CESE celebra la iniciativa de actuar a escala de la UE para reforzar los cuidados de larga duración y la atención y educación de la primera infancia, como se prevé en el pilar europeo de derechos sociales, lo que contribuirá a conseguir unos servicios de asistencia de alta calidad, accesibles, equitativos y asequibles y ayudará a reforzar la igualdad de género y la justicia social. |
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1.3 |
El CESE pide un enfoque transformador de la asistencia, centrado en las personas, sus derechos y sus necesidades, incluida su participación en los debates, consultas y decisiones pertinentes. Insta a la Comisión a que sea ambiciosa a la hora de establecer una estrategia de asistencia que pueda contribuir a la cohesión y la convergencia al alza en materia de asistencia sanitaria y cuidados de larga duración entre los Estados miembros y dentro de ellos. |
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1.4 |
Una garantía asistencial europea puede asegurar que todos los residentes en la Unión tengan acceso a unos servicios asistenciales asequibles y de calidad a lo largo de su vida, abordar los déficits asistenciales y fomentar condiciones de trabajo dignas, ofreciendo oportunidades de formación. El apoyo a los cuidadores no profesionales y un mayor reconocimiento de estos, así como las políticas dirigidas a abordar los problemas de los cuidados no profesionales remunerados o no, son fundamentales para utilizar los recursos de forma eficiente. |
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1.5 |
Dado que unos servicios públicos eficientes, responsables y bien financiados siguen siendo fundamentales para garantizar la igualdad de acceso a una asistencia de calidad, el CESE insta a la Unión Europea a garantizar una complementariedad entre todos los proveedores de servicios asistenciales basada en la solidaridad, a fomentar la inversión en los servicios públicos y la economía social y a apoyar a los agentes de la economía social en el sector asistencial. |
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1.6 |
La planificación del personal debe tener en cuenta el desarrollo de las tecnologías digitales, ya que las innovaciones en estos ámbitos abren oportunidades para crear nuevos entornos y lugares de trabajo para la prestación de asistencia y requieren nuevas destrezas. El apoyo a la digitalización de los servicios de cuidados de larga duración es clave para abordar la brecha digital y la pobreza digital. |
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1.7 |
El CESE propone una actualización del Plan de Acción para el Personal Sanitario y de Asistencia en la Unión Europea (1). El desarrollo de una planificación y previsión integradas del personal sanitario y la adaptación de las competencias del personal sanitario y de cuidados de larga duración son esenciales para mejorar el acceso a estos servicios y su calidad. Un plan actualizado podría garantizar una mejor recogida de datos en toda la UE y desarrollar métodos para prever mejor las necesidades en materia de capacidades y personal. |
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1.8 |
El CESE subraya que el derecho a la movilidad debe respetarse tanto dentro como fuera de la Unión. La movilidad transfronteriza añade otra dimensión a la planificación del personal sanitario y la creación de un servicio europeo de vigilancia del personal sanitario para ayudar a los Estados miembros a establecer y mantener estructuras de planificación y a coordinar los aspectos transfronterizos de la planificación constituiría un elemento de infraestructura útil a largo plazo. |
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1.9 |
Un diálogo social en el que participen los gobiernos, los empleadores y los trabajadores con las organizaciones que los representan es clave para una estrategia de cuidados transformadora y unos sistemas sanitarios y asistenciales resilientes en la UE; debe incluirse a quienes prestan y reciben cuidados para diseñar un ecosistema sanitario y de cuidados inclusivo, resiliente y que favorezca la igualdad de género. |
2. Observaciones generales sobre la asistencia
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2.1 |
Los cuidados de larga duración, vitales para la protección social y el bienestar de la ciudadanía de la UE, incluyen una gama de servicios y asistencia para personas que sufren fragilidad mental o física, o bien discapacidad durante períodos prolongados, dependen de ayuda para su vida cotidiana o requieren algún tipo de asistencia permanente por parte de proveedores profesionales o no, remunerados o no, en su domicilio o en centros de cuidados y residencias (2). |
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2.2 |
La pandemia de COVID-19 ha supuesto una dura prueba para la resiliencia y la idoneidad de los sistemas sanitarios en toda la UE y ha puesto de manifiesto problemas estructurales, como la infrafinanciación y la escasez de personal en muchos países, que pueden agravarse debido a los continuos retos económicos y políticos, la inflación, la incertidumbre y la crisis energética. |
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2.3 |
El pilar europeo de derechos sociales consagra el derecho a la asistencia y a que todas las personas tengan acceso a unos servicios profesionales de asistencia de calidad en función de sus necesidades. La nueva Estrategia Europea de Cuidados, anunciada por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, en su discurso de 2021 sobre el estado de la Unión, ha dado lugar a dos Recomendaciones del Consejo sobre la atención a la infancia (que revisa los objetivos de Barcelona) y sobre los cuidados de larga duración. El Parlamento Europeo ha recomendado mejorar la prestación de cuidados a lo largo de toda la vida sobre la base de las necesidades de los destinatarios y de los prestadores de asistencia, y ha instado a la Comisión a que apoye a los Estados miembros en el desarrollo de servicios asistenciales de calidad (3). |
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2.4 |
El CESE ha emitido varios Dictámenes sobre la oferta asistencial en la UE (4), en los que se destaca la necesidad de invertir en cuidados de alta calidad, sostenibles y asequibles para todos, y de abordar los déficits en atención a la infancia y cuidados de larga duración. Ha señalado carencias en la prestación de asistencia para todos, la diversificación y fragmentación de las ofertas de servicios, la deficiente regulación de estas, las dificultades para coordinar los niveles de gestión, los problemas de articulación entre los servicios sociales y los sanitarios, la creciente mercantilización de los servicios, y la necesidad de políticas y medidas de prevención; al oponerse a la fijación de estereotipos y otras discriminaciones contra las personas mayores, el CESE ha reclamado una asistencia centrada en las personas y apoyada en la digitalización. En este contexto, el CESE recomienda el pleno despliegue de la digitalización para reducir la carga administrativa excesiva que pesa sobre los cuidadores y aplicar los mejores avances de la normativa inteligente. |
3. Un enfoque transformador de la asistencia
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3.1 |
Una Estrategia Europea de Cuidados requiere un compromiso con un enfoque transformador y ambicioso, que se centre en las personas y sus derechos y necesidades fundamentales, que garantice su participación en consultas y decisiones y con potencial para contribuir a la cohesión entre los Estados miembros y en cada uno de ellos. |
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3.2 |
Como ejemplo de esta transformación, una garantía asistencial europea propiciaría que todos los residentes en la Unión tuvieran a lo largo de la vida acceso a una asistencia asequible y de calidad, y proporcionaría un marco cohesivo para que los Estados miembros presten servicios de alta calidad y apliquen estrategias de asistencia a lo largo de la vida, y mejoraría las condiciones de trabajo y la formación del personal asistencial y el apoyo a los cuidadores no profesionales. |
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3.3 |
La inversión a gran escala en la economía y la infraestructura de la asistencia constituye un requisito para adoptar un enfoque transformador que aborde las brechas persistentes en este ámbito, generando potencialmente alrededor de 300 millones de puestos de trabajo de aquí a 2035, lo que potenciaría a su vez la igualdad de género y el acceso de las mujeres a los mercados laborales (5). |
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3.4 |
Aunque existen diversos modelos en los Estados miembros, unos servicios públicos eficientes, responsables y adecuadamente financiados siguen siendo esenciales para garantizar la igualdad de acceso a una asistencia de calidad, y para apoyar a los cuidadores no remunerados, en particular a las mujeres. El CESE hace hincapié en la necesidad de maximizar la complementariedad y la sinergia entre todos los proveedores de asistencia sanitaria, tanto en el sector público como en el privado (comerciales o sin ánimo de lucro), para lograr la cobertura de todos (6), teniendo en cuenta las mejores prácticas y los ejemplos positivos de los Estados miembros, aunque respetando al mismo tiempo las especificidades y diferencias nacionales. |
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3.5 |
Las tendencias de privatización y las prácticas impulsadas por el mercado, por ejemplo la selección de riesgos y la maximización de beneficios por encima de la atención y la salud, pueden exacerbar las desigualdades, afectando a los más vulnerables cuyas necesidades de atención se encuentran desatendidas. Sobre la base de la solidaridad, ateniéndose a las competencias nacionales y al principio de subsidiariedad, los cuidados de larga duración y la asistencia infantil a escala de la UE y de los Estados miembros necesitan unos sistemas de protección social y unos servicios públicos robustos, inversión social y agentes de la economía social, por ejemplo, mutuas, para proporcionar una asistencia comunitaria y domiciliaria óptima a cargo de cuidadores con la formación adecuada (7). |
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3.6 |
Los fondos estructurales y de inversión de la UE pueden utilizarse para apoyar la inversión en asistencia. En materia de asistencia sanitaria y cuidados de larga duración, la Comisión debe orientar mejor sus recomendaciones específicas por país en el marco del Semestre Europeo y, cuando sea necesario, ayudar a los Estados miembros a dar prioridad a una financiación adecuada como inversión productiva en lugar de como carga económica. |
4. Condiciones de trabajo, retos y potencial de empleo
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4.1 |
En torno a 6,3 millones de personas trabajan en el sector de los cuidados de larga duración en la Unión, mientras que 44 millones proporcionan cuidados de larga duración no profesionales de manera frecuente a familiares o amigos, en uno de los sectores de más rápido crecimiento en todo el mundo (8). Se prevé la creación de siete millones de puestos de trabajo para profesionales relacionados con la sanidad y cuidadores de aquí a 2030 (9). |
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4.2 |
Entre los retos más importantes para el sector asistencial se encuentran la escasez de personal, unas condiciones laborales poco atractivas y exigentes, una mano de obra que envejece y la infrafinanciación a causa de los recortes en los presupuestos sociales y sanitarios durante la crisis económica de 2008, retos que están presentes en diversos grados en todos los Estados miembros (10). En casi todos los Estados miembros de la UE el crecimiento del empleo va por detrás del aumento de la demanda a causa de las duras condiciones mentales y físicas que provocan que los cuidadores abandonen el sector, una tendencia exacerbada por la pandemia y que afecta directamente a la salud y la seguridad tanto de los que reciben cuidados como de los cuidadores. |
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4.3 |
Un enfoque transformador debe promover la igualdad de género, teniendo en cuenta que las mujeres representan más del 80 % del personal del sector asistencial, son las principales cuidadoras y beneficiarias de cuidados en entornos profesionales y no profesionales (11) y tienen una edad media superior a la de la población activa general de la UE. Dado que las mujeres asumen la inmensa mayoría de las responsabilidades relativas a la provisión de cuidados en el ámbito familiar, unos servicios de atención y educación de la primera infancia y cuidados de larga duración accesibles y asequibles propiciarían que un mayor número de mujeres se incorporara al mercado laboral. El derecho de los cuidadores a un permiso de al menos cinco días laborables al año, introducido por la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, proporcionará cierto apoyo a los cuidadores informales que intentan conciliar el trabajo y las responsabilidades asistenciales. Sin embargo, sin un permiso remunerado adecuado no es posible disfrutar plenamente de este derecho contemplado en la Directiva y se pueden exacerbar las desigualdades de género. |
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4.4 |
Los salarios en el sector se sitúan por debajo de la media en muchos Estados miembros de la Unión, a pesar de las arduas condiciones de trabajo, los requisitos específicos sobre capacidades, competencias y cualificaciones, y los elevados riesgos en lo que atañe a la salud y la seguridad en el trabajo (12). En varios Estados miembros, la sindicalización, la cobertura de la negociación colectiva, la satisfacción laboral y la proporción entre personal y usuarios se encuentran en niveles bajos; entre otras cosas, la pandemia dejó al descubierto el deficiente suministro de equipos de protección individual. |
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4.5 |
Los cuidados no remunerados en el entorno familiar, o la asistencia familiar, son una piedra angular de la prestación de cuidados de larga duración en Europa, pero la asistencia domiciliaria y los cuidados comunitarios en muchos países siguen estando poco desarrollados y es difícil acceder a ellos (13). Teniendo en cuenta el impacto de la prestación de cuidados en el entorno familiar en diversos aspectos fundamentales de la vida, el CESE recomienda encarecidamente instaurar políticas que fomenten la «profesionalización» de los cuidados en el entorno familiar, ayuden a los cuidadores no profesionales y contribuyan a una utilización eficiente de los recursos. |
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4.6 |
El CESE expresa su preocupación por el trabajo precario generalizado entre los cuidadores domésticos internos no declarados, que son en su mayoría mujeres pertenecientes a colectivos de migrantes o a determinadas categorías de ciudadanos móviles. Esta «zona gris», exacerbada por la falta de acceso a la asistencia formal y las necesidades económicas, exige un enfoque político coherente que preste la debida atención a los procedimientos de certificación de capacidades, regularización y concesión de permisos de residencia. |
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4.7 |
A medida que aumente la demanda de cuidados de larga duración, el sector se beneficiará de unos salarios más altos y más atractivos, una representación y una negociación colectivas eficaces y más formación. La financiación pública utilizada para mejorar las condiciones de trabajo (por ejemplo, mediante la imposición de requisitos en materia de contratación pública) puede ayudar a abordar las carencias de personal y a garantizar el acceso a unos cuidados de larga duración de alta calidad. La profesionalización, definir la calidad y elaborar normas para evaluarla o medirla, así como la armonización de las normas entre los Estados miembros, son esenciales para renovar el sector (14). |
5. Otras observaciones
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5.1 |
La pandemia ha puesto de manifiesto la fragmentación y la dispersión, en particular en lo que respecta a las responsabilidades de prestación y financiación en muchos Estados miembros, lo que indica la necesidad de una mejor integración entre los sistemas sanitarios y de cuidados nacionales (15), que son los más indicados para garantizar el acceso generalizado y la eficiencia. |
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5.2 |
Uno de los principales retos incipientes que requiere medidas concertadas en la nueva estrategia de cuidados se refiere a la prevención y el tratamiento de los problemas de salud mental, que son el resultado combinado de la pandemia y del aumento de los trastornos mentales (por ejemplo, la demencia) vinculados al envejecimiento de la población. |
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5.3 |
Como demuestra la experiencia de la prevención y el control de la COVID-19 en centros de atención de larga duración (16), es fundamental contar con procedimientos eficaces de evaluación, supervisión externa eficiente y racionalizada e inspección, tanto en los centros públicos de prestación de cuidados como en los privados, para evitar abusos y garantizar la seguridad y la calidad, especialmente para la población vulnerable, las personas de edad avanzada y los menores, aprovechando las buenas prácticas existentes en los Estados miembros. |
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5.4 |
El desarrollo de una recogida de datos normalizada en toda la UE y de indicadores de cuidados de larga duración es vital para el éxito de la estrategia de cuidados a nivel de los Estados miembros, con requisitos de información y revisiones periódicas que se lleven a cabo con procedimientos eficaces y racionalizados. En particular, la prestación de servicios de atención a la infancia requiere objetivos cuantitativos y cualitativos para medir los avances y cumplir e ir más allá de los objetivos de Barcelona. |
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5.5 |
El apoyo a la digitalización de los servicios de cuidados de larga duración es clave para abordar la brecha digital. Hay que prestar especial atención a la accesibilidad, los sistemas de asistencia, la mejora de la alfabetización digital y la digitalización para la calidad del empleo, la mejora de las competencias y los nuevos métodos de diagnóstico, seguimiento y tratamiento. |
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5.6 |
El CESE condena los crímenes de guerra cometidos por la Federación de Rusia en Ucrania, que tienen como objetivo al personal sanitario y de asistencia, a los pacientes, a los niños, a los hospitales y a otras instalaciones; además de los muertos y heridos, esta agresión está afectando gravemente al sistema sanitario y de asistencia de Ucrania, por lo que pide ayuda y medidas de apoyo específicas —teniendo también en cuenta que la crisis de Ucrania se está extendiendo por todas partes y afecta a muchos aspectos del entorno social y económico. |
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5.7 |
Un diálogo social en el que participen los gobiernos, los empleadores y los trabajadores con las organizaciones que los representan es clave para una estrategia de cuidados transformadora y unos sistemas sanitarios resilientes en la UE; debe incluirse a quienes prestan y reciben cuidados para diseñar un ecosistema sanitario y de cuidados inclusivo, resiliente y propicio para la igualdad de género, con la participación de la sociedad civil y otras partes interesadas, como la Iglesia y las organizaciones filantrópicas. |
6. Observaciones generales sobre el personal sanitario
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6.1 |
Una buena asistencia médica constituye un pilar de una sociedad estable, segura y próspera, y su organización es responsabilidad de los gobiernos. En muchos países es una práctica habitual recurrir a la contratación rápida y a bajo coste de personal sanitario de otros Estados miembros de Europa. Sencillamente se acepta que esto es así y no se aborda en absoluto. |
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6.2 |
El CESE respalda firmemente el principio de que unos sistemas sanitarios sólidos y resilientes solamente pueden fundamentarse y desarrollarse con personal sanitario formado, capacitado y motivado, el cual es fundamental para el éxito de la política sanitaria y, por tanto, esencial para lograr la cobertura sanitaria para todos y el derecho a la salud. Las propias recomendaciones de la Conferencia sobre el Futuro de Europa pretenden crear un «derecho a la salud» que garantice a todos los europeos un acceso igualitario y para todos a una asistencia sanitaria asequible, preventiva, curativa y de calidad. |
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6.3 |
La Unión Europea de la Salud debe mejorar la protección, la prevención, la preparación y la respuesta a escala de la Unión frente a las amenazas a la salud humana. En este contexto, el éxito de todas las iniciativas esenciales en el marco de la Unión Europea de la Salud depende en gran medida de un personal sanitario de alta calidad. |
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6.4 |
En varios Dictámenes (17), el CESE ha abordado la cuestión del personal sanitario en otros contextos y actividades diversos. Especialmente durante la pandemia, los trabajadores sanitarios se sitúan en primera línea, demostrando un nivel excepcional de solidaridad en los momentos más difíciles. |
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6.5 |
El CESE apoya las medidas que deben adoptarse para que el empleo en el sector de la asistencia sanitaria resulte más atractivo para la juventud. Se trata de uno de los requisitos previos más importantes para crear una capacidad suficiente en materia de recursos humanos en los sistemas sanitarios que satisfaga las necesidades sanitarias y permita abordar la promoción de la salud y la prevención de enfermedades. |
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6.6 |
Los datos sobre números, migración, competencias y otros aspectos específicos relacionados con el personal sanitario deben normalizarse y compartirse de manera continua entre los Estados miembros. Numerosos sucesos (pandemia de la COVID-19, terremotos, inundaciones, invasión rusa de Ucrania, etc.) ponen de relieve la importancia de una respuesta rápida, especialmente en situaciones de crisis. |
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6.7 |
El empleo en la sanidad y los servicios sociales aumentó en un 48 % en los países de la OCDE entre 2000 y 2017 (18). A medida que la población envejece y cambia, la demanda de servicios sanitarios también aumentará y se transformará: se estima que la demanda mundial de personal sanitario casi se duplicará de aquí a 2030 (19). |
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6.8 |
Incluso antes de la pandemia de COVID-19, la capacidad para prestar servicios sanitarios básicos era limitada en muchos países debido a la persistente escasez de personal sanitario y al déficit mundial previsto de dieciocho millones de profesionales sanitarios de aquí a 2030 (20). |
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6.9 |
Es importante definir claramente los principios de la posible transferencia o combinación de capacidades y tareas (cambio de tareas/combinación de capacidades). Es necesario coordinar las instituciones que forman al personal sanitario para responder adecuadamente a las necesidades del sistema nacional de salud mediante correcciones oportunas de las tasas de matriculación y los planes de estudio. |
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6.10 |
El desarrollo de los recursos humanos en el ámbito de la asistencia sanitaria y social debe atenerse al principio de coordinación, cooperación intersectorial e integración de la asistencia, con el objetivo común de lograr la continuidad de la asistencia a la ciudadanía en un modelo de prestación constante («24/7/365»). |
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6.11 |
Debe prestarse especial atención a la disponibilidad de tratamiento en las comunidades locales, especialmente en las zonas escasamente pobladas, las zonas rurales remotas o aisladas y las islas, donde deben utilizarse más activamente distintas soluciones modernas de transporte y telemedicina. |
7. Planificación del personal sanitario
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7.1 |
El CESE considera que la planificación del personal sanitario debe aspirar a crear condiciones para una práctica profesional que mejore la calidad de la asistencia y la seguridad de los pacientes. Al mismo tiempo, debe garantizarse la capacidad de formación de alta calidad a todas las escalas. |
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7.2 |
La gestión del personal sanitario debe considerarse una actividad de importancia estratégica a escala de toda la administración estatal, con la intervención esencial de la Administración de cada Estado miembro, y debe abordarse de manera multisectorial, teniendo en cuenta diferentes perspectivas y prioridades. |
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7.3 |
La gestión del personal sanitario debe abordar todas las fases del «ciclo vital de los profesionales», desde el reclutamiento de futuros alumnos hasta el empleo de jubilados. El proceso de selección de candidatos para la formación, el empleo y la promoción debería ser transparente y justo, sin ningún tipo de discriminación. |
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7.4 |
Al abordar la planificación en materia de personal sanitario, es importante considerar y representar claramente las necesidades de la ciudadanía y del personal sanitario. Los procesos de planificación y gestión deben establecer los métodos que permitan identificar todas las necesidades de los profesionales, desde las condiciones laborales a los derechos materiales, las oportunidades de progreso, el tiempo y los recursos adecuados asignados al aprendizaje y la investigación, y la consecución de un equilibrio sostenible entre la vida personal y profesional. |
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7.5 |
La planificación del personal sanitario debe reflejar la planificación de la estructura, pero también las acciones y los procesos para alcanzar los objetivos fijados, es decir, para definir lo que debe lograrse y de qué manera en concreto. |
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7.6 |
El CESE propone una actualización del Plan de Acción para el Personal Sanitario y de Asistencia en la Unión Europea (21). El desarrollo de una planificación y previsión integradas del personal sanitario y la adaptación de las competencias del personal sanitario y de cuidados de larga duración son esenciales para mejorar el acceso a estos servicios y su calidad. |
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7.7 |
Los interlocutores sociales y todas las organizaciones de la sociedad civil interesadas deben desempeñar un papel activo en el proceso de planificación del personal sanitario. Es necesario definir las relaciones entre los diferentes colectivos profesionales, las necesidades específicas de la población y el sistema para adquirir determinadas competencias. |
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7.8 |
La identificación de zonas geográficas poco atractivas o de ámbitos de actividad con escasez de recursos humanos es necesaria para salvaguardar los derechos y ofrecer los incentivos adecuados a los profesionales sanitarios. El CESE propone que la Comisión Europea formule recomendaciones sobre coeficientes mínimos de recursos por unidad de población respecto a la cobertura sanitaria universal de base y las emergencias, teniendo en cuenta la distribución geográfica y el perfil de edades (22). |
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7.9 |
Para fundamentar estas recomendaciones, es importante mejorar los ejercicios internacionales de recogida de datos para armonizar las categorías de datos siempre que sea posible, con el fin de detectar diferencias y evitar interpretaciones erróneas de esos datos. Es importante reflejar las desviaciones nacionales con respecto a las categorías armonizadas en toda Europa, para poder poner los datos en contexto (23). |
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7.10 |
La cuestión de los recursos financieros se abordará de manera diferente en función de las circunstancias económicas de cada Estado miembro. Los datos contrastados indican que los Estados miembros deben garantizar que la planificación del sistema en general, y del personal sanitario en particular, tenga en cuenta tanto el entorno en general como la capacidad relativa de la Administración para influir en él (24). |
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7.11 |
La planificación del personal debe tener en cuenta el desarrollo de las tecnologías digitales, ya que las innovaciones en estos ámbitos abren oportunidades para crear nuevos entornos y lugares de trabajo para la prestación de asistencia y exigen nuevas capacidades. |
8. Condiciones de trabajo
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8.1 |
La importancia de las condiciones de trabajo como un factor que los profesionales tienen en cuenta al tomar la decisión de emprender, permanecer o abandonar la carrera médica pone de relieve la relevancia de unas políticas coherentes en ámbitos como la educación, el empleo, la vida familiar, las finanzas y la migración. Aunque muchos debates sobre la planificación del personal sanitario se centran en la remuneración profesional como un factor clave en la contratación y la retención de trabajadores, el acceso a la enseñanza y la formación, incluido el desarrollo profesional y la capacidad para mantener las capacidades adquiridas, condiciones prácticas como la disponibilidad de asistencia, los horarios de trabajo oficiales, la dotación de personal en condiciones de seguridad, las oportunidades de desarrollo profesional significativas, y el equilibrio entre vida laboral y personal contribuyen a la consecución de un entorno de trabajo saludable en el que la medicina constituye una opción profesional atractiva y sostenible (25). |
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8.2 |
Las organizaciones médicas europeas e internacionales señalan que los médicos que trabajan en hospitales y consultorios generales y privados se enfrentan cada vez más a situaciones de violencia, en ocasiones extrema, en su práctica cotidiana, al margen de las zonas en conflicto (26). El CESE pide a la Comisión Europea y a todas las partes interesadas que muestren compromiso político y sean conscientes de la urgente necesidad de proteger al personal sanitario en el desempeño de su trabajo. |
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8.3 |
El personal sanitario corre el riesgo de contraer enfermedades infecciosas por exposición en el trabajo. La transmisión de enfermedades produce absentismo, morbilidad y, en algunos casos, mortalidad entre los trabajadores sanitarios. En última instancia, da lugar a la reducción de plantillas y, en consecuencia, afecta a la calidad de la asistencia y a la seguridad de los pacientes. |
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8.4 |
Los trabajadores sanitarios también pueden sufrir estrés psicológico y potencialmente discapacidades psíquicas que afectan tanto a su vida laboral como personal. En los últimos años han aumentado los casos de trabajadores sanitarios que reducen su práctica profesional o se jubilan prematuramente debido al agotamiento, la depresión u otros trastornos de la salud mental (27). El CESE aboga por que se invierta en servicios públicos de salud mental con el fin de garantizar un acceso pleno y gratuito a estos servicios a todos los profesionales sanitarios. |
9. Movilidad
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9.1 |
El CESE subraya que el derecho a la movilidad debe respetarse tanto dentro como fuera de la Unión. La movilidad transfronteriza debe facilitarse en beneficio del trabajador individual y de la profesión en su conjunto, ya que brinda una oportunidad para la transferencia de conocimientos y el aprendizaje mutuo, lo que beneficia a la atención al paciente y, en última instancia, a todo el sistema sanitario. En caso de migración por motivos económicos o como consecuencia de condiciones de trabajo desfavorables, resulta fundamental detectar y abordar las causas profundas de estas dinámicas y trabajar para mejorar la situación del personal sanitario (28). |
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9.2 |
La movilidad transfronteriza añade otra dimensión a la planificación del personal sanitario y la creación de un servicio europeo de vigilancia del personal sanitario para ayudar a los Estados miembros a establecer y mantener estructuras de planificación y a coordinar los aspectos transfronterizos de la planificación constituiría un elemento de infraestructura útil a largo plazo. Debería vincularse a procesos de la Unión, en particular el Semestre Europeo y la planificación frente a pandemias prevista en un futuro Reglamento de la Unión sobre amenazas transfronterizas graves para la salud (29). |
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9.3 |
Los Estados miembros deben aplicar políticas éticas de contratación de conformidad con el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud (30). La contratación de profesionales extranjeros no debe considerarse un medio sencillo de mitigar la escasez de personal sanitario nacional. Cuando existen flujos de movilidad asimétricos, es necesario esforzarse por crear mecanismos de equilibrio que procuren intercambios beneficiosos para todas las partes. |
10. Otras observaciones
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10.1 |
Un liderazgo eficaz es esencial para gestionar a los profesionales de la salud a todos los niveles; se trata de un componente complejo y altamente valorado de la educación sanitaria que cada vez se reconoce más como un elemento esencial para alcanzar niveles elevados de educación, investigación y práctica clínica. |
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10.2 |
En consecuencia, una formación y un desarrollo en materia de liderazgo suficientes y de alta calidad deben formar parte de los planes de estudio de todas las profesiones sanitarias (31). |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) La Comisión Europea publicó en 2012 su Plan de Acción para el Personal Sanitario de la Unión Europea.
(2) Comisión Europea. DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión. (2014). «Adequate social protection for long-term care needs in an ageing society: report jointly prepared by the Social Protection Committee and the European Commission», Oficina de Publicaciones, https://data.europa.eu/doi/10.2767/32352 p. 14.
(3) Resolución del Parlamento Europeo, de 15.11.2018, sobre los servicios de asistencia en la Unión para mejorar la igualdad de género https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-8-2018-0464_ES.html.
(4) DO C 129 de 11.4.2018, p. 44; DO C 487 de 28.12.2016, p. 7; DO C 204 de 9.8.2008, p. 103; el folleto y el Dictamen del CESE sobre «Transformación económica, tecnológica y social de los servicios avanzados de salud a las personas de la tercera edad» (DO C 240 de 16.7.2019, p. 10); el Dictamen del CESE «Hacia un nuevo modelo asistencial para las personas mayores: aprender de la COVID-19» (DO C 194 de 12.5.2022, p. 19).
(5) Addati, L., Cattaneo, U., y Pozzan, E.: «Los cuidados en el trabajo: Invertir en licencias y servicios de cuidados para una mayor igualdad en el mundo del trabajo», 2022, OIT, Ginebra https://www.ilo.org/global/topics/care-economy/WCMS_850638/lang--es/index.htm.
(6) https://www.who.int/publications/i/item/WHO-HIS-SDS-2018.53
(7) Véase el Dictamen del CESE sobre «El impacto de la inversión social en el empleo y en los presupuestos públicos» (DO C 226 de 16.7.2014, p. 21).
(8) Eurofound: «Long-term care workforce: Employment and working conditions», Oficina de Publicaciones de la EU, Luxemburgo. https://www.eurofound.europa.eu/es/publications/customised-report/2020/long-term-care-workforce-employment-and-working-conditions.
(9) Barslund, Mikkel et al.: «Policies for long-term Carers», Estudio del Parlamento Europeo, Bruselas, 2021 https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/STUD/2021/695476/IPOL_STU(2021)695476_EN.pdf.
(10) https://www.euro.who.int/__data/assets/pdf_file/0011/186932/12-Summary-Economic-crisis,-health-systems-and-health-in-Europe.pdf
(11) Comisión Europea, Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión: «Long-term care report: trends, challenges and opportunities in an ageing society», volumen I, capítulo 3, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2021, pp. 12-28, https://data.europa.eu/doi/10.2767/677726.
(12) Véase la nota a pie de página 11, pp. 68-70.
(13) Comisión Europea, DG de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, Zigante, V.: «Informal care in Europe: exploring formalisation, availability and quality», Oficina de Publicaciones, https://data.europa.eu/doi/10.2767/78836.
Spasova, S., et al.: «Challenges in long-term care in Europe. A study of national policies», Red Europea de Política Social (REPS), Comisión Europea, Bruselas. https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=738&langId=es&pubId=8128.
(14) Véase la nota a pie de página 11, capítulo 3.
(15) Comisión Europea. DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión. (2014). «Adequate social protection for long-term care needs in an ageing society: report jointly prepared by the Social Protection Committee and the European Commission», Oficina de Publicaciones, p. 36 https://data.europa.eu/doi/10.2767/32352 y Comisión paneuropea de salud y desarrollo sostenible: «Drawing light from the pandemic: a new strategy for health and sustainable development. A review of the evidence», 2021 https://www.euro.who.int/__data/assets/pdf_file/0015/511701/Pan-European-Commission-health-sustainable-development-eng.pdf.
(16) Danis, K., Fonteneau, L., et al.: «High impact of COVID-19 in long-term care facilities: suggestion for monitoring in the EU/EEA», Euro Surveillance: European Communicable Disease Bulletin, 25(22), 2020 https://doi.org/10.2807/1560-7917.ES.2020.25.22.2000956.
(17) DO C 286 de 16.7.2021, p. 109, DO C 429 de 11.12.2020, p. 251, DO C 242 de 23.7.2015, p. 48, DO C 143 de 22.5.2012, DO C 18 de 19.1.2011, p. 74, DO C 77 de 31.3.2009, p. 96.
(18) https://one.oecd.org/document/ECO/WKP(2021)43/en/pdf
(19) Liu JX, Goryakin Y, Maeda A, Bruckner T, Scheffler R.: «Global health workforce labor market projections for 2030», Human Resources for Health, vol. 15, art. 11, 2017 (https://human-resources-health.biomedcentral.com/articles/10.1186/s12960-017-0187-2).
(20) https://www.who.int/es/health-topics/health-workforce#tab=tab_1
(21) En 2012, la Comisión Europea publicó su Plan de Acción para el Personal Sanitario de la Unión Europea.
(22) Política de la Asociación Médica Europea sobre el personal sanitario (https://www.cpme.eu/policies-and-projects/professional-practice-and-patients-rights/health-systems-and-health-workforce).
(23) Véase la nota a pie de página 2.
(24) Russo G, Pavignani E, Guerreiro C.S., Neves C.: «Can we halt health workforce deterioration in failed states? Insights from Guinea Bissau on the nature, persistence and evolution of its HRH crisis», Human Resources for Health, vol. 15, art. 12, 2017.
(25) Véase la nota a pie de página 2.
(26) https://www.cpme.eu/api/documents/adopted/2020/3/EMOs.Joint_.Statement.on_.Violence.FINAL_.12.03.2020.pdf
(27) Dyrbye, L. N., T. D. Shanafelt, C. A. Sinsky, P. F. Cipriano, J. Bhatt, A. Ommaya, C. P. West y D. Meyers. 2017. «Burnout among health care professionals: A call to explore and address this underrecognised threat to safe, high-quality care», NAM Perspectives. Discussion Paper, National Academy of Medicine, Washington, DC.
(28) Comisión Europea. DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión. (2014). «Adequate social protection for long-term care needs in an ageing society: report jointly prepared by the Social Protection Committee and the European Commission», Oficina de Publicaciones, https://data.europa.eu/doi/10.2767/32352 p. 14.
(29) Comisión Europea. DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión. (2014). «Adequate social protection for long-term care needs in an ageing society: report jointly prepared by the Social Protection Committee and the European Commission», Oficina de Publicaciones, https://data.europa.eu/doi/10.2767/32352 p. 14.
(30) https://www.who.int/publications/m/item/migration-code
(31) Van Diggele, C., Burgess, A., Roberts, C. y Mellis, C.: «Leadership in healthcare education». BMC Medical Education», 20 (suplemento 2), 456. https://doi.org/10.1186/s12909-020-02288-x
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/46 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/07)
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Ponente: |
Katrīna LEITĀNE |
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Decisión de la Asamblea |
24.2.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 32, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
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Aprobado en la sección |
6.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
158/0/5 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
La participación política es la base del buen funcionamiento de la democracia. El principal activo de la Unión Europea (UE) para la juventud europea es el respeto de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho (1). Es crucial garantizar que los jóvenes tengan capacidad de opinar respecto a las decisiones que afectan a su futuro, ya que incluso un efecto indirecto puede seguir teniendo un fuerte impacto en los jóvenes y las generaciones venideras. Aquellas políticas no dirigidas directamente a la juventud o que no se consideren parte del ámbito tradicional de la política de juventud también pueden tener importantes repercusiones sobre la vida de la juventud. Es importante ofrecer mecanismos eficaces que complementen los mecanismos de participación existentes y que estén acordes con los principios democráticos y adaptados a las necesidades de la juventud. Esto puede contribuir a que se elaboren políticas de una forma mejor y más eficaz. |
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1.2. |
El Cómité Económico y Social Europeo (CESE) considera que la educación constituye una de las formas más eficaces de llegar a la juventud e informarla de todas las formas posibles de participación y de los valores que representa el proyecto europeo. Los programas existentes de apoyo a la educación formal y no formal, como Erasmus+ y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, han mejorado con éxito las opiniones de la juventud en lo que atañe a la participación democrática y a los valores y principios de la Unión Europea. |
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1.3. |
El CESE señala que existe una necesidad explícita de incluir a la juventud en la elaboración de políticas a través de su participación significativa en la forma más adaptada a la juventud, acompañada de un seguimiento, una evaluación y una valoración del impacto para garantizar que se han tenido en cuenta los puntos de vista de la juventud a la hora de tomar decisiones políticas. La participación a lo largo del proceso de formulación de políticas genera confianza entre las generaciones jóvenes y en otros grupos de edad, y hace que sean percibidos como pertinentes y relevantes durante ese proceso. Estos procesos deben incluir una comunicación visible y transparente de los resultados de su participación. Este elemento es crucial para generar confianza entre la juventud y la elaboración de políticas (2). Además, la integración social y el acercamiento a colectivos con necesidades diferentes revisten suma importancia. |
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1.4. |
El CESE coincide en que las organizaciones de la sociedad civil pueden desempeñar un papel fundamental a la hora de implicar a la juventud en los retos de la sociedad y, por tanto, en su participación en la elaboración de políticas y en el proceso democrático. Estas organizaciones pueden servir de puentes y redes de apoyo para ayudar a la juventud a colaborar con organismos públicos formales y permitir que la juventud se convierta en parte de la ciudadanía activa. El CESE apoya a estas organizaciones y a los jóvenes ciudadanos en su actuación y pide que se adopten medidas que les permitan hacerlo. |
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1.5. |
El CESE anima a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a implantar las medidas y los mecanismos que garanticen que la perspectiva de la juventud se tenga en cuenta en todos los ámbitos de la formulación de políticas, al tiempo que se crea un espacio para que los jóvenes aporten información coherente y experta sobre los retos a los que se enfrentan. Estas estructuras también deben incluir mecanismos de seguimiento y supervisión transparentes y visibles, y complementar los instrumentos existentes de participación de la juventud sin dar lugar a una reducción de la financiación. Deben ofrecerse recursos adecuados para procurar una participación de los jóvenes significativa en el proceso de formulación de políticas. |
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1.6. |
La participación de la juventud en los procesos políticos y de toma de decisiones puede contribuir a una mejora de la legislación y las políticas mediante la representación y la comprensión de las tendencias actuales y futuras que afectan a la vida de la juventud y de las generaciones futuras. Esto también puede facilitar la tarea del autor de una propuesta, ya que le permite recibir aportaciones cualitativas para complementar los datos secundarios. |
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1.7. |
El CESE desea subrayar que, aunque la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes se basa en los objetivos esenciales de la Estrategia de la UE para la juventud (3) y el Año Europeo de la Juventud, ambas iniciativas inciden en la importancia de normalizar la participación de la juventud en la formulación de políticas, lo que requiere un enfoque intersectorial. También es una de las medidas recogidas en el Informe sobre el resultado final (4) de la Conferencia sobre el Futuro de Europa que ha sido aprobado por todas las partes con derecho a voto en el pleno de la Conferencia y por los ciudadanos participantes. Para lograr un impacto duradero y un legado que vaya más allá del Año Europeo de la Juventud, la juventud debe estar capacitada para liderar el cambio y construir un futuro mejor. |
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1.8. |
El CESE reconoce la referencia a la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes en la Comunicación de la Comisión Europea sobre los resultados de la Conferencia sobre el Futuro de Europa (5). Sin embargo, subraya que la propuesta de la Comisión no está en consonancia con los objetivos y medios de la propuesta original: se echa en falta en ella un compromiso significativo con las organizaciones juveniles y los expertos, así como la integración de la juventud en todas las políticas, y no tiene en cuenta el impacto a largo plazo de las políticas en las generaciones futuras. El CESE considera que la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes debería formar parte de las herramientas para la mejora de la legislación como instrumento independiente, ya que las generaciones futuras y la juventud merecen una atención específica. |
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1.9. |
El CESE pide una mayor cooperación entre las instituciones para armonizar las iniciativas de éxito existentes —como el Diálogo de la UE con la Juventud, «¡Tu Europa, tu voz!» y el Evento Europeo de la Juventud— y vincularlas a futuras iniciativas como la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes, en consonancia con la Estrategia de la UE para la Juventud. Además, el CESE esboza una lista de propuestas sobre la participación de la juventud en el CESE y pretende introducir en la labor del Comité el concepto de la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes. |
2. Observaciones generales
2.1. El papel de la juventud en la construcción del proyecto europeo
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2.1.1. |
La juventud representa el motor del proyecto europeo, y su creatividad, energía y entusiasmo constituyen la fuerza motriz de su sostenibilidad. El año en curso de 2022 ha sido designado como Año Europeo de la Juventud, y la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha declarado que «Europa necesita a toda su juventud» y que «nuestra Unión necesita un alma y una visión con las que la juventud pueda conectar» (6). |
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2.1.2. |
El proyecto de la UE no puede realizarse de manera eficaz y adecuada en el actual entorno democrático sin reconocer el discurso sobre la participación política de la juventud (7) en el marco de las tradiciones democráticas y los contextos geopolíticos. El vicepresidente para la Promoción de nuestro Modo de Vida Europeo, Margaritis Schinas, ha declarado que «el Año Europeo de la Juventud debe conllevar un cambio de paradigma en la manera en que incluimos a la juventud en las políticas y la toma de decisiones». La justificación subyacente es procurar el acceso de (8) la juventud, y capacitarla para que participe de manera significativa en tales tareas. |
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2.1.3. |
Según las encuestas del Eurobarómetro (9), menos de la mitad (47 %) de los europeos confía en la Unión, y solo el 44 % tiene una imagen positiva de ella. El futuro del proyecto europeo depende en gran medida de lo sólida que sea la vinculación de la juventud con los valores europeos y de su voluntad de adoptar una identidad europea. La participación activa de la juventud en los procesos políticos y de toma de decisiones es crucial, ya que su futuro estará determinado por las decisiones de hoy. Por lo tanto, deben introducirse instrumentos de participación para garantizar que se tenga en cuenta la voz de este colectivo. La participación en la vida civil y democrática debe reforzarse a todas las escalas para garantizar la prosperidad futura de Europa, reconociendo que la madurez democrática influye (10) en los patrones de participación política de la juventud en la Unión. |
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2.1.5. |
La iniciativa de la UE de convocar una Conferencia sobre el Futuro de Europa sirvió de incentivo para promover el diálogo participativo con la ciudadanía de toda la Unión. Se considera que el camino a seguir consiste en la mejora de la eficacia de los mecanismos de participación de la juventud existentes y el desarrollo de otros nuevos. Tal y como se propone en los resultados finales de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, esto podría incluir una «Evaluación desde el punto de los jóvenes» (11) de la legislación, acompañada de una evaluación del impacto y un mecanismo de consulta que implique a los representantes de la juventud (12). |
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2.1.6. |
La Evaluación desde el punto de vista de los jóvenes actúa como método de prospectiva estratégica para la elaboración de políticas. La prospectiva estratégica es un concepto valioso que la Comisión Europea pretende utilizar en el proceso de formulación de políticas. Dado que se basa en principios como la exploración del horizonte, el análisis de megatendencias, el visionado y la planificación de escenarios, es inevitable considerar la perspectiva de la juventud y de las generaciones venideras en este marco. Aunque el proceso de prospectiva reconoce que el futuro no está predeterminado, recopila información sobre posibles escenarios y aspira a prepararse para los nuevos retos. El diálogo intergeneracional puede incluir herramientas valiosas que garanticen que las políticas elaboradas tienen en cuenta estas tendencias y posibles escenarios futuros. La realización de análisis que tengan en cuenta la perspectiva de la juventud y de las generaciones venideras puede y debe contribuir a unas políticas mejor y más adaptadas, capaces de abordar los retos de las generaciones futuras. |
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2.1.7. |
A fin de crear mejores políticas que se adapten a los retos futuros, estas deben reconocer y salvaguardar los derechos de la juventud y de las generaciones futuras, garantizando que no se produzcan efectos negativos en ningún grupo generacional y social específico. Actualmente se ignora a estos grupos o se los considera parte de otros grupos, algo que no refleja la realidad. Como consecuencia de ello, las políticas no abordan adecuadamente los retos y contribuyen a que disminuya la confianza en las instituciones formales y a que se produzca una desvinculación de las mismas. |
2.2. Necesidad de una participación significativa de la juventud
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2.2.1. |
Una participación significativa implica repartir el poder, tener la capacidad de tomar decisiones, con la participación de otras partes interesadas, en condiciones transparentes y conocidas por todos los agentes relevantes. Unos procesos de rendición de cuentas adecuadamente diseñados propician la confianza de todas las partes interesadas en los procesos políticos participativos, y las responsabilidades explícitas de los distintos agentes deben comunicarse a todas las partes interesadas. |
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2.2.2. |
La confianza de la juventud en las instituciones públicas se ha estancado desde la crisis financiera mundial de finales de la década de 2000 (13), y su percepción respecto al ejercicio de influencia política y capacidad de representación en la toma de decisiones se mantiene inalterada. La participación de la juventud en la vida democrática puede adoptar diversas formas. Sin embargo, votar en las elecciones locales, nacionales o europeas se considera la manera más eficaz de hacer que los responsables de la toma de decisiones escuchen su voz (39 %) (14), si bien la proporción de jóvenes que confían en este tipo de participación democrática sigue siendo muy baja. Al mismo tiempo, en el caso de aquellos que probablemente se mantengan alejados de la política, este distanciamiento se debe a la falta de compromiso y confianza significativos y a la sensación de que carece de sentido participar si su contribución no se tiene en cuenta. Una de las principales barreras para que la juventud participe es la creencia de que los responsables de la toma de decisiones «no escuchan a personas como yo» (15). Promover la confianza y reforzar el diálogo entre la juventud y las instituciones públicas resulta, por tanto, crucial al objeto de garantizar la preparación y la resiliencia de las sociedades para hacer frente a futuras crisis (16). |
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2.2.3. |
La mayoría (70 %) (17) de los jóvenes considera que su opinión apenas se tiene en cuenta, o no se considera en absoluto, en lo que atañe a las decisiones, leyes y políticas importantes que afectan a la UE en su conjunto. El 24,8 % (18) de los jóvenes cree que carece de toda influencia sobre los temas que se someten al debate público o político, y otro 40,8 % dice que no ejerce mucha influencia. Por otra parte, dos tercios de los encuestados consideran que una mayor sensibilización de los políticos respecto a las inquietudes de los jóvenes ayudaría a estos a influir más en las políticas públicas, mientras que más del 50 % de ellos creen que un mayor papel de las organizaciones juveniles en la política también serviría a este fin. |
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2.2.4. |
La juventud ha cambiado sus modos de participación, y ahora prefiere formas de compromiso político no institucionalizadas y, en particular, no electorales (19). Las investigaciones han puesto de manifiesto cada vez más que esto está relacionado con la disminución de los niveles de confianza en los organismos públicos y con el descontento con el funcionamiento de la democracia representativa. La participación política no convencional de los jóvenes se ha vuelto cada vez más fluida, individualizada y personalizada, dando preferencia a la participación en cuestiones y temas concretos, así como al activismo directo y la protesta en el sentido de «opciones individuales de estilo de vida» (20). En general, la juventud está muy motivada políticamente. Los expertos en participación política, al considerar la cuestión de la participación de la juventud, han trasladado su atención de su deseo de participación al lugar y la manera en que decide expresar sus opiniones políticas (21). Teniendo en cuenta la amplia gama de formas en que la juventud intenta influir actualmente en las medidas políticas y en la política, resulta claramente necesario tener en cuenta el carácter no convencional de la participación política, la toma de decisiones participativa, la mejora de los mecanismos de comunicación y transparencia en un marco institucional democrático. La elaboración de políticas en el seno de los organismos públicos debe ajustarse y diseñarse en consecuencia para garantizar su comunicación y la participación de todos los grupos de jóvenes a la hora de tomar decisiones políticas. De hecho, los mecanismos participativos deben ser inclusivos y comunicarse de forma que lleguen a un público diverso y a aquellos a los que resulta difícil llegar. |
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2.2.5. |
Las organizaciones dirigidas por jóvenes han adquirido conocimientos teóricos y prácticos especializados sobre una amplia gama de temas relacionados con los problemas a los que se enfrenta la juventud. Su inclusión en el proceso de formulación de políticas dará lugar a la adopción de normas y Reglamentos más coherentes y adaptados. Esto también se ve corroborado por el número cada vez mayor de jóvenes que se une a estas organizaciones (22). |
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2.2.6. |
El compromiso significativo con las personas jóvenes es crucial. Es necesario mejorar la participación de la juventud, abordando en particular la falta de representación democrática de la juventud y la ausencia de una perspectiva de este grupo de población fuera del ámbito tradicional de la política juvenil. La juventud desea que se la incluya en la formulación de políticas que repercutan en sus vidas. La justicia intergeneracional (23) atañe al modo en que se puede subsanar las desigualdades entre generaciones en unas sociedades que envejecen. |
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2.2.7. |
Las herramientas existentes para el análisis del impacto de la juventud —como la herramienta n.o 31 del conjunto de herramientas para la mejora de la legislación— no contemplan la integración de la perspectiva de la juventud ni la inclusión de organizaciones y jóvenes con conocimientos especializados pertinentes, que pueden llevar a cabo una revisión sistemática de las cuestiones desde una perspectiva juvenil. Además, y a tenor de las publicaciones disponibles, tales herramientas se aplican con una frecuencia menor de la que exigirían la pertinencia y la importancia de las propuestas. |
3. Observaciones específicas
3.1. Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes
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3.1.1. |
La propuesta se basa en tres pilares: consulta, evaluación de impacto y medidas de mitigación (24). Proporciona un marco para mejorar la eficacia y la eficiencia de las políticas, basado en una mayor participación de la juventud y en la integración de los jóvenes en la elaboración de políticas, teniendo en cuenta al mismo tiempo a los colectivos vulnerables de jóvenes, como los jóvenes con discapacidad, los ninis (25), los jóvenes que viven en zonas remotas, etc. Con los diferentes componentes de la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes, proporciona una estructura coherente para elaborar políticas de alta calidad y mejores que aborden los problemas a los que puedan tener que enfrentarse las generaciones futuras. |
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3.1.2. |
El primer paso de la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes consiste en determinar la pertinencia y el impacto de cualquier futuro borrador de propuesta política para la juventud y las generaciones futuras. Esto ayudará a determinar si debe llevarse a cabo una Evaluación completa desde el punto de vista de los jóvenes sobre dicha política futura. A través de una lista de verificación, los evaluadores determinan si el proyecto de propuesta es realmente pertinente para la juventud, así como el impacto directo e indirecto de la propuesta en los jóvenes y las generaciones futuras. Si se hace tal determinación, la Evaluación desde el punto de vista de los jóvenes pasa a las fases completas de consulta, evaluación de impacto y medidas de mitigación. Los indicadores de las listas de comprobación se desarrollarían con arreglo a las necesidades y las ideas de los jóvenes para garantizar que tengan en cuenta las propuestas que les atañen desde su perspectiva. |
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3.1.3. |
En el siguiente paso, se espera que los asesores respectivos consulten de manera significativa a las partes interesadas relacionadas con la juventud, con el fin de garantizar que se aportan conocimientos especializados sistemáticos para llevar a cabo un análisis exhaustivo. Sobre la base de este compromiso, los evaluadores procurarán identificar las preocupaciones de los jóvenes sobre las posibles repercusiones del proyecto de política que se está ensayando. Este componente participativo debe ser transparente y ofrecer espacio a una amplia gama de representantes de la juventud, organizaciones dirigidas por jóvenes y jóvenes con los conocimientos especializados pertinentes para realizar aportaciones. De este modo, puede garantizarse la adopción de un enfoque sistemático respecto a las cuestiones abordadas en los proyectos de propuesta de políticas. La inclusión de las organizaciones juveniles, los representantes de la juventud y los jóvenes con los conocimientos especializados pertinentes puede proporcionar un contexto muy diverso y único para la evaluación de impacto. Mediante un compromiso significativo, los evaluadores pueden obtener una visión global exhaustiva basada en los conocimientos teóricos y prácticos generales adquiridos por estos jóvenes. Sirviéndose de esta información, el análisis de impacto puede ser lo suficientemente detallado como para identificar los retos y los aspectos en los que las políticas podrían generar perturbaciones. |
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3.1.4. |
Sobre la base de los datos disponibles que deben recopilarse a lo largo de todo el proceso y de los resultados de las consultas, los evaluadores pueden elaborar el análisis de impacto ateniéndose a los temas mencionados en la lista de comprobación, y proporcionar además análisis prospectivos para las generaciones futuras. |
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3.1.5. |
Si se identifica un impacto negativo, el evaluador debe proponer medidas de mitigación centradas principalmente en los grupos que viven en situaciones vulnerables y la juventud desfavorecida. Es aconsejable que, durante la consulta, los evaluadores incluyan preguntas sobre posibles medidas de mitigación que podrían incluirse en el análisis. En los próximos años, se recomienda llevar a cabo una evaluación para llevar a cabo un seguimiento del impacto de las políticas y del modo en que las medidas de mitigación han abordado los efectos negativos. |
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3.1.6. |
La Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes no debe sustituir el compromiso significativo con la juventud en general, y debe complementar los mecanismos de participación existentes. |
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3.1.7. |
La propuesta fue el resultado de una serie de debates con las mayores redes juveniles de Europa, aunque también se mencionó específicamente en varias recomendaciones del Diálogo de la UE con la Juventud desde su establecimiento (y el de su predecesor, el diálogo estructurado). Estos expresaron su firme deseo de un procedimiento de formulación de políticas transparente que les permita contribuir a la elaboración y al seguimiento de los resultados. |
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3.1.8. |
La propuesta también se inspira en la prueba de las pymes, que es un ejemplo de una herramienta adecuada de evaluación de impacto a escala de la UE, basada en los tres pilares de la consulta, el análisis de impacto y las medidas de mitigación (26). Además, al igual que la prueba de las pymes, la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes también pretende formar parte de las herramientas para la mejora de la legislación como instrumento independiente para hacer hincapié en el papel de la juventud en el futuro de Europa, en consonancia con la Comunicación de la presidenta de la Comisión Europea. |
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3.1.9. |
La propuesta se basa en los ejemplos de herramientas de evaluación de impacto para la juventud que ya existen en varios Estados miembros, como Austria, Alemania, Bélgica (en el caso de Flandes) y Francia, así como en terceros países, como Nueva Zelanda y Canadá. |
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3.1.10. |
La evaluación de impacto propuesta proporciona una solución para garantizar que el efecto de las políticas tiene en cuenta las necesidades y expectativas de la juventud, y ofrece un ámbito de aplicación fuera del campo tradicional de la política de juventud. Solo una pequeña parte de las propuestas de la Comisión Europea se analiza desde la perspectiva de la juventud. Sin embargo, una parte significativa de estas propuestas afecta directa e indirectamente a la calidad de vida de la juventud. |
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3.1.11. |
Se propone incluir la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes en las evaluaciones de impacto del programa de «Mejora de la Legislación» a disposición del público y publicarla en el Portal Europeo de la Juventud. Sin embargo, debería examinarse más a fondo la forma de alcanzar el mayor impacto. No obstante, se anima a la Dirección General de Comunicación a que la promueva activamente para garantizar su visibilidad, mientras que la Secretaría General debe respaldar su adopción en las distintas direcciones generales. La Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes también podría ser publicada por las instituciones que decidan aplicarla, también en el sitio web del CESE. Al publicar la evaluación y la versión final de la propuesta, la juventud que participe en la consulta podrá comprobar cómo se ha tenido en cuenta su aportación. |
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3.1.12 |
. Se propone que la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes sea una estructura que pueda implantarse a escala local, regional y nacional, junto con las instituciones de la Unión Europea. |
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3.1.13. |
La Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes ofrece la posibilidad de mejorar las políticas, pero también debe basarse en mecanismos de participación significativos, ya que recurrir al conocimiento comunitario es una forma de garantizar la eficiencia y lograr mejoras. |
3.2. Participación de la juventud en el CESE
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3.2.1. |
El CESE reconoce la importancia de la participación de la juventud en la configuración del futuro de Europa (27) y, por ello, lleva a cabo varias iniciativas de éxito como «¡Tu Europa, tu voz!», las Mesas redondas sobre juventud, clima y sostenibilidad y la Cumbre Europea de la Juventud sobre el Clima organizada conjuntamente por el CESE y el Parlamento Europeo. Como seguimiento del Dictamen del CESE NAT/788 (28), el CESE incluyó a un delegado de la juventud en su delegación oficial en la reunión de la COP de la CMNUCC por primera vez en 2021, con ocasión de la COP26. Además, en el contexto del Año Europeo de la Juventud, el Premio Sociedad Civil 2022 del CESE reconocerá iniciativas eficaces, innovadoras y creativas destinadas a crear un futuro mejor tanto para la juventud europea como con ella. |
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3.2.2. |
El CESE se esforzará por potenciar las voces de la juventud y las organizaciones juveniles a través de mecanismos de participación juvenil más estructurados, significativos y específicos, con el fin de reforzar la participación interna de la juventud y las organizaciones juveniles en el trabajo del Comité. En consecuencia, el CESE debería adoptar las siguientes medidas:
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3.2.3. |
El CESE seguirá explorando y estudiando posibles maneras de aplicar el concepto de la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes en su labor para desarrollar un enfoque coherente sobre la participación de la juventud en el CESE. |
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3.2.4. |
El CESE invita a la Comisión Europea a que responda al presente Dictamen de iniciativa y a la propuesta sobre la Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes, y a que intercambie ideas sobre su aplicación. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Trabajo de documentación European Youth in 2021.
(2) Influencing and understanding political participation patterns of young people, Parlamento Europeo, 2021.
(3) Resolución del Consejo Europeo sobre la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027.
(4) Conferencia sobre el Futuro de Europa, Informe sobre el resultado final, mayo de 2022.
(5) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52022DC0404.
(6) https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/speech_21_4701.
(7) Deželan T., Moxon D., Influence and understanding political participation patterns of young people: The European perspective, estudio, 2021.
(8) Barta O., Boldt G., Lavizzari A., «Meaningful youth political participation in Europe: concepts, patterns and policy implications», estudio de investigación, 2021.
(9) Eurobarómetro 96 — Invierno 2021-2022.
(10) Kitanova, M., «Youth political participation in the EU: evidence from a cross-national analysis», Journal of Youth Studies, vol. 23, n.o 7, 2020 (informe recibido en 2018).
(11) https://www.youthforum.org/files/YFJ_EU_Youth_Test.pdf.
(12) Informe sobre el resultado final de la Conferencia sobre el Futuro de Europa.
(13) Governance for Youth, Trust and Intergenerational Justice Fit for all generations? Highlights.
(14) Eurobarómetro Flash sobre juventud y democracia, realizado entre el 22 de febrero y el 4 de marzo de 2022.
(15) Informe de la encuesta sobre la juventud del Parlamento Europeo (Parlamento Europeo, septiembre de 2021).
(16) Governance for Youth, Trust and Intergenerational Justice Fit for all generations? Highlights.
(17) Informe de la encuesta sobre la juventud del Parlamento Europeo (Parlamento Europeo, septiembre de 2021).
(18) Informe de la encuesta sobre la juventud (bajo el Trío de Presidencias de Alemania-Portugal-Eslovenia, enero de 2022).
(19) Informe de la encuesta sobre la juventud (bajo el Trío de Presidencias de Alemania-Portugal-Eslovenia, enero de 2022).
(20) Informe de la encuesta sobre la juventud (bajo el Trío de Presidencias de Alemania-Portugal-Eslovenia, enero de 2022).
(21) Deželan T., Moxon D., Influence and understanding political participation patterns of young people: The European perspective, estudio, 2021.
(22) Eurobarómetro sobre el Año Europeo de la Juventud: Young Europeans are increasingly engaged, Comisión Europea, 2022.
(23) Governance for Youth, Trust and Intergenerational Justice Fit for all generations? Highlights.
(24) https://www.youthforum.org/files/Concept-Note_final.pdf y https://www.youthforum.org/files/YFJ_EU_Youth_Test.pdf.
(25) DO C 152 de 6.4.2022, p. 27.
(26) Herramientas para la mejora de la legislación — Prueba de las pymes.
(27) SOC/706 «Año Europeo de la Juventud», DO C 152 de 6.4.2022, p. 122 y SOC/589 «Una nueva Estrategia de la UE para la juventud», DO C 62 de 15.2.2019, p. 142.
(28) DO C 429 de 11.12.2020, p. 44.
(29) Existe un estudio en curso del CESE sobre la participación estructurada de la juventud: un mapa de buenas prácticas locales, nacionales, de la UE e internacionales para desarrollar los mecanismos necesarios y apropiados para garantizar que se escuchen las voces de la juventud.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/53 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El papel de las tecnologías de eliminación de carbono en la descarbonización de la industria europea»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/08)
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Ponente: |
Andrés BARCELÓ DELGADO |
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Coponente: |
Monika SITÁROVÁ |
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Decisión del Pleno |
18.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Órgano competente |
Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI) |
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Aprobado en la sección |
24.6.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
229/0/7 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El CESE reitera su firme apoyo a los compromisos del Pacto Verde y al refuerzo de la autonomía estratégica en el suministro de energía y el liderazgo industrial. |
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1.2. |
No pueden pasarse por alto los efectos de la guerra en curso en Ucrania sobre la disponibilidad de energía y materias primas, y el Semestre Europeo debe supervisar la situación. |
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1.3. |
Para que la transición ecológica en la industria manufacturera tenga éxito, esta necesita una base consistente en una combinación suficiente y adecuada de energías renovables para la electrificación y para la producción de hidrógeno verde. Las tecnologías de eliminación del dióxido de carbono, la captura y almacenamiento de carbono (CAC) y la captura y utilización del carbono (CUC) ayudarán a la industria a lograr la neutralidad climática. La implantación de las energías renovables en toda Europa es necesaria para alcanzar los objetivos del Pacto Verde. |
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1.4. |
La descarbonización requerirá una profunda transformación de las actividades industriales (en los próximos treinta años). Aunque ya existen muchas tecnologías hipocarbónicas, sus niveles de preparación tecnológica (TRL (1)) son bajos. Se necesitarán ambiciosas hojas de ruta tecnológicas para ampliar e implantar a gran escala estas tecnologías de vanguardia, y la UE debe fomentar la innovación a través de los Fondos para el Clima y la Innovación. |
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1.5. |
Por lo tanto, el desarrollo de tecnologías y la educación y el reciclaje profesional de la mano de obra son vitales para la transición ecológica de la industria manufacturera. El diálogo social, a nivel tanto europeo como nacional y regional, debería apoyar una transición ecológica y justa en la industria, así como su aceptación y concienciación. El desarrollo de capacidades y unos proyectos que definan las competencias clave serán esenciales para garantizar una transición industrial eficaz que no deje a nadie atrás. |
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1.6. |
Aumentar el uso de materias primas alternativas, en particular la biomasa sostenible, puede contribuir a la eliminación sostenible del carbono de la atmósfera mediante el fomento de la gestión sostenible de las tierras productivas (tierras agrícolas y forestales) y el uso de biomasa en productos de larga duración que prolongan aún más los beneficios de la eliminación. Además, contribuiría a reducir la dependencia de la UE en cuanto a las materias primas y los recursos importados. |
|
1.7. |
El CESE pide que se preserve la competitividad de la industria europea: la UE es pionera en la reducción de las emisiones de CO2, pero necesita que otros actores se sumen a su ambición climática. Dado que la crisis climática es global, la diplomacia de la Unión Europea debe redoblar su empeño para convencer eficazmente a los terceros países de que aumenten sus esfuerzos para combatirla. Al margen de los ambiciosos objetivos políticos de la UE, esta se convertirá cada vez más en pionera en la descarbonización de las industrias, gracias a su apoyo político y a los conocimientos prácticos de las empresas y sus trabajadores sobre las capacidades industriales, las tecnologías necesarias y la forma de anticipar el cambio, permitiendo la adopción de medidas prácticas en consecuencia. |
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1.8. |
Mantener una base industrial sólida dentro de la UE garantizará la prosperidad, unos empleos de calidad y el compromiso de la sociedad europea con la lucha contra el cambio climático. La industria europea debe invertir en Europa contando con un marco regulador adecuado, tanto en I+D+i como en instalaciones y equipos, a fin de mantener su posición competitiva. |
2. Observaciones generales
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2.1. |
La Legislación Europea sobre el Clima ha establecido un ambicioso objetivo de reducción de emisiones para 2030, confirmando también el objetivo de neutralidad climática para 2050. Para alcanzar este objetivo, es necesario analizar todas las actividades relacionadas con las emisiones de gases de efecto invernadero e indicar las vías hacia el objetivo de cero emisiones en torno a 2050. |
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2.2. |
Las industrias manufactureras son responsables del 20 % (2) de las emisiones europeas. Las industrias manufactureras europeas intensivas en CO2 son las industrias del hierro y el acero, el cemento, la industria química y petroquímica, del papel y la pasta de papel, de los fertilizantes, el vidrio, la cerámica, las refinerías de petróleo y los metales no ferrosos (principalmente el aluminio). Las emisiones de gases de efecto invernadero del sector industrial incluyen el dióxido de carbono (CO2) procedente del consumo de energía, de los usos no energéticos de los combustibles fósiles y de las fuentes de combustibles no fósiles, así como de gases distintos del CO2. |
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2.3. |
La transición ecológica de la industria manufacturera es vital si se quiere cumplir la Legislación Europea sobre el Clima. Habrá una transición en las tecnologías y, posteriormente, cambios en los métodos de trabajo, las capacidades y las competencias en las industrias. Sin embargo, también serán necesarias medidas del lado de la demanda para promover la adopción de productos con bajas emisiones de carbono y nuevos modelos de negocio (simbiosis industrial, circularidad, respuesta a la demanda). |
3. La industria manufacturera en la senda hacia la neutralidad climática
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3.1. |
El presente Dictamen de iniciativa se centra en los sectores industriales en el marco del RCDE. Por lo tanto, no cubre los servicios energéticos, el transporte y los edificios. |
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3.2. |
Además del reto de la descarbonización, es imprescindible mejorar la eficiencia energética en todos los sectores industriales. Aunque no bastará con descarbonizar la industria europea, la eficiencia energética puede reducir significativamente las emisiones procedentes del consumo de energía. Se pasará de los combustibles fósiles a tecnologías que no emitan gases de efecto invernadero, sobre todo las energías renovables. Los servicios públicos y las autoridades públicas son responsables de la transición energética desde los combustibles fósiles a las tecnologías no emisoras. |
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3.3. |
En relación con el reto de la descarbonización, podría establecerse la siguiente clasificación para los sectores industriales:
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3.4. |
La producción combinada de calor y electricidad (PCCE (3)) industrial de alta eficiencia contribuirá sin duda a una mayor eficiencia energética, pero no puede descarbonizar la industria. Alternativamente, el uso del calor de baja entalpía procedente de la industria para la calefacción urbana sería otra manera de aumentar la eficiencia energética general y puede ser considerado durante el período transitorio hacia la plena descarbonización. |
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3.5. |
Las tecnologías de eliminación del dióxido de carbono eliminan el CO2 ya emitido por la atmósfera, creando así emisiones «negativas». Las tecnologías relacionadas con la CAC, como la bioenergía con captura y almacenamiento de dióxido de carbono (BECCS) y la captura directa de dióxido de carbono del aire y almacenamiento (DACCS), son una parte importante de la cartera de tecnologías de emisiones negativas. Sin embargo, pese a su potencial de mitigación del cambio climático, estas tecnologías se encuentran actualmente en fase de demostración. Otras tecnologías de eliminación del dióxido de carbono incluyen las actividades de mejora de los sumideros naturales de CO2, como la forestación y la reforestación, y quedan fuera del ámbito de aplicación del presente Dictamen. |
El futuro reto de las tecnologías de eliminación del dióxido de carbono en la industria manufacturera es encontrar un equilibrio en el que la captura y el almacenamiento de carbono sean una opción de mitigación junto con otras tecnologías de reducción y eliminación de carbono. Las reducciones y la eliminación de gases de efecto invernadero deben ajustarse al Acuerdo de París y a la Ley Europea del Clima. La CAC puede permitir a la UE avanzar al ritmo necesario en la eliminación de gases de efecto invernadero, pero el objetivo debe ser evitar el almacenamiento de carbono a largo plazo.
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3.6. |
El hidrógeno producido a partir de energías renovables (hidrógeno verde) parece ser la respuesta transversal a los procesos de descarbonización. Por ejemplo, en Suecia existe un proyecto cuyo objetivo es eliminar las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la producción de acero utilizando hidrógeno renovable. En Finlandia, un proyecto mostrará cómo producir hidrógeno azul —y más tarde verde—, capturar CO2 y almacenarlo permanentemente en el mar Báltico. |
4. La industria manufacturera en la senda hacia la descarbonización
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4.1. |
De todas las industrias europeas, dedicaremos nuestra atención a los sectores con un elevado potencial de mejora e impacto en la reducción de las emisiones europeas de CO2, En la industria manufacturera, la atención se centra en los sectores que tienen que más retos que superar para descarbonizarse. El presente Dictamen se centra en las industrias siderúrgica, del cemento, química y petroquímica, de refinerías de petróleo, pasta y papel, fertilizantes, vidrio y cerámica. |
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4.2. |
Antes de describir las tecnologías que podrían tener un impacto en la reducción y eliminación de las emisiones de dióxido de carbono, tenemos que considerar la posibilidad de pasar de las fuentes de energía derivadas de los combustibles fósiles a otras fuentes de energía no emisoras o renovables. Estas fuentes podrían ser la energía eólica, la energía fotovoltaica y termosolar, la energía hidráulica, la energía geotérmica, la biomasa y los biocombustibles. |
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4.3. |
Existen algunos sectores que tendrían que adoptar tecnologías nuevas o ya existentes en sus procesos para lograr anular las emisiones de gases de efecto invernadero con el fin de pasar a una sociedad climáticamente neutra. Cada sector, en función de sus emisiones actuales de gases de efecto invernadero, deberá adoptar una o varias medidas. |
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4.4. |
Este primer paso podría ser «solo» un cambio en la parte de producción o abastecimiento del proceso. En muchas otras situaciones, puede que sea necesario un mayor esfuerzo de investigación y desarrollo: por ejemplo, en la adaptación al hidrógeno de los actuales quemadores de gas natural o en el uso de las bombas de calor. Además, también hay que tener en cuenta la interacción entre el hidrógeno y los materiales o productos. |
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4.5. |
Industria siderúrgica:
El reto para la industria siderúrgica tradicional (de proceso integrado, que requiere la reducción del mineral de hierro) ya ha dado lugar a la introducción de varios enfoques tecnológicos nuevos, que ahora se centran en la sustitución de los altos hornos por hornos de arco eléctrico alimentados con hierro prerreducido (DRI, por sus siglas en inglés), producido a partir de hidrógeno verde. Otras alternativas ya estudiadas se basan en las tecnologías CAC, pero no permiten cumplir el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. La electrolisis del mineral de hierro podría emitir hasta un 87 % menos de CO2 que el actual proceso integrado (si el suministro de electricidad está totalmente descarbonizado). La reducción del plasma de hidrógeno tenía como objetivo anular las emisiones de CO2. De hecho, la fabricación de acero a base de hidrógeno podría emitir hasta un 95 % menos de CO2 que el actual proceso integrado (si usa electricidad totalmente descarbonizada), pero, debido a la energía perdida durante la producción de hidrógeno, aumentaría el consumo de energía del sector. El acero producido en hornos de arco eléctrico solo emite el 14 % de las emisiones de gases de efecto invernadero del proceso integrado; el principal reto que se plantea es sustituir el gas natural en los hornos de laminación por hidrógeno verde o electricidad de inducción. La captura y utilización del carbono (utilizando los gases residuales de los altos hornos) puede reducir las emisiones hasta en un 65 % si se implanta por completo (la reducción de CO2 depende también de todo el ciclo de vida de los productos químicos resultantes). Varios proyectos se encuentran en una fase de desarrollo más avanzada: la planta de demostración de Steelanol (actualmente en construcción — nivel 9 de madurez tecnológica: TRL 9, por sus siglas en inglés) utiliza gases residuales para producir bioetanol, y el proyecto Carbon2Chem (TRL 7-8) tiene como objetivo utilizar gases residuales como materia prima para productos químicos. |
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4.6. |
Industria del cemento:
Solo el 37 % de las emisiones de la industria del cemento proceden de los combustibles, mientras que el 63 % restante son el resultado de reacciones químicas de la materia prima (emisiones de proceso). Por lo tanto, el uso de combustibles derivados de fuentes renovables (biomasa o hidrógeno) reducirá la emisividad como máximo en un 35 %. Actualmente se están ensayando tecnologías que pueden permitir en el futuro la captura y la gestión o el almacenamiento de CO2 (método de aminas y circuito de calcio). Otra forma de reducir las emisiones es desarrollar lo que se conoce como cementos de bajo clínker, que actualmente tienen un TRL de entre 5 y 7. Estos cementos tienen una emisividad de hasta un 30 % inferior a la de los cementos Portland puros. |
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4.7. |
Industria química:
En la industria química, la electrificación de procesos de producción —por ejemplo, la electrificación del craqueador de vapor— tiene por objeto reducir en un 90 % las emisiones de CO2 por craqueador. El sector químico contribuye de manera importante al restablecimiento de ciclos de carbono sostenibles. Los productos químicos son un almacén masivo de carbono que puede fijar este elemento entre diez y cuarenta años. En la actualidad, el volumen de carbono presente en los productos químicos es comparable al de las emisiones totales de la industria para la producción de estos. Como la mayor parte de este carbono acaba en la atmósfera cuando los productos se incineran al final de su uso, el establecimiento de una estrategia ambiciosa de economía circular es un requisito previo si se quieren lograr ciclos de carbono sostenibles y resilientes al clima manteniendo el carbono «en bucle». El sector químico puede contribuir a la reducción de emisiones en otros sectores «absorbiendo» carbono y almacenándolo en productos. |
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4.8. |
Industria del papel:
En la industria del papel y de la pasta de papel, se espera que una combinación de mejoras en los procesos —entre ellos la transición a la industria 4.0, junto con inversiones en tecnologías de producción de última generación— conduzca a una reducción de 7 millones de toneladas de CO2 de aquí a 2050. Aprovechando sus instalaciones de cogeneración in situ, el sector tiene la capacidad de participar en el mercado de la energía utilizando los excedentes de energías renovables intermitentes. Los beneficios asociados a la descarbonización podrían alcanzar los 2 millones de toneladas. Se prevé que una mayor conversión de las instalaciones industriales hacia fuentes de energía con bajas o nulas emisiones de carbono logrará una reducción de las emisiones de 8 millones de toneladas de CO2. Junto a algunos de los conceptos revolucionarios señalados en el «Two team Project» (4) —como la tecnología de disolventes eutécticos profundos, actualmente en fase de desarrollo—, otras soluciones innovadoras y disruptivas podrían contribuir al esfuerzo de reducción de emisiones en unos 5 millones de toneladas de CO2. |
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4.9. |
Refinerías de petróleo:
Las refinerías de petróleo tienen potencial para contribuir a la transición energética y climática de la economía de la UE de dos maneras: i) reduciendo sustancialmente la huella de carbono de su proceso de fabricación, y ii) sustituyendo progresivamente los combustibles y otros productos de origen fósil por combustibles y otros productos basados en CO2 biogénico o reciclado. La sustitución gradual de la energía fósil por la bioenergía, junto con las tecnologías de captura y utilización del carbono y de CAC, dará lugar incluso a emisiones negativas de gases de efecto invernadero. Las emisiones netas de gases de efecto invernadero generadas durante el uso de combustibles y otros productos de refinería pueden reducirse radicalmente cambiando progresivamente la materia prima: del petróleo crudo a la biomasa sostenible y el CO2 reciclado. Los combustibles resultantes, una vez quemados, añadirán a la atmósfera cero o muy bajas emisiones netas de carbono, contribuyendo así a la descarbonización del transporte, especialmente en el caso de los modos más difíciles de electrificar. Se están realizando inversiones y nuevos proyectos en estos ámbitos. A modo de ejemplo, tres de las aproximadamente ochenta grandes refinerías de la UE se han convertido en biorrefinerías, sustituyendo completamente el crudo petrolífero por biomasa sostenible (5). Esta estrategia de transición climática requiere menos recursos financieros que otras soluciones, ya que las propias refinerías y el sistema logístico para la distribución de productos pueden adaptarse y reutilizarse en gran parte. |
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4.10. |
Fertilizantes:
La industria de los fertilizantes está explorando la posibilidad de sustituir el gas natural como materia prima por hidrógeno verde. Se están desarrollando varios proyectos piloto (6) en toda la UE, y una vez que el hidrógeno verde esté disponible y se haya fijado su coste, la industria avanzará hacia la plena descarbonización. |
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4.11. |
En conclusión, la industria manufacturera presenta un potencial para la descarbonización a través de la eficiencia energética, la optimización de los procesos y la conversión a las energías renovables. Se necesitarán inversiones en I+D+i para alcanzar el objetivo de neutralidad en carbono de aquí a 2050. Las tecnologías de CAC y de captura, almacenamiento y utilización de carbono también son importantes para las industrias manufactureras, como la industria del cemento o aquellas que usan la biomasa como fuente de energía. |
5. Capacidades y competencias de la futura industria manufacturera
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5.1. |
Los nuevos procesos industriales requerirán sin duda nuevos métodos de trabajo. Las industrias y los trabajadores tendrán que adaptar la forma en que desempeñan sus funciones en el sector, centrándose en la reducción de las emisiones de CO2 desde los primeros pasos del proceso de fabricación. |
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5.2. |
La transición ecológica de la industria manufacturera cambiará la producción de muy diversas maneras, gracias al pleno despliegue de las nuevas tecnologías de producción y al aprovechamiento de la digitalización. Se necesitarán nuevas capacidades, así como el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales, para lograr una transición justa en la que nadie se quede atrás. Debe prestarse especial atención en invitar a los ciudadanos y trabajadores de la UE, las pymes, las empresas sociales y los expertos regionales a que desempeñen un papel proactivo en el inevitable cambio de los lugares donde viven. |
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5.3. |
La UE debe garantizar que los conocimientos sobre las nuevas tecnologías y la manera de aplicarlos en los sectores actuales lleguen a los trabajadores de la industria. Las autoridades públicas y las empresas, en el marco del diálogo social, deben esforzarse por aprovechar las capacidades ya existentes también para cumplir los objetivos de descarbonización. |
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5.4. |
La plena implantación del hidrógeno verde en el sector será clave para muchas industrias. Por otro lado, sin embargo, la aplicación de las tecnologías de eliminación del dióxido de carbono influirá en las capacidades y competencias de la industria manufacturera, y en gran medida también en la cadena de suministro. |
6. Acción de la UE y condiciones marco
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6.1. |
El marco jurídico de la UE y las normativas nacionales tienen que ayudar a descarbonizar la industria, teniendo en cuenta que el abanico de posibilidades y recursos que deberán invertirse diferirá considerablemente tanto entre los Estados miembros como entre las regiones de Europa. |
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6.2. |
El Fondo de Transición Justa, dedicado a apoyar a las regiones que dependen en gran medida de industrias intensivas en carbono, es un primer paso positivo. Sin embargo, el ámbito de aplicación, que se limita a las regiones muy dependientes del carbón, el lignito, la turba, el esquisto bituminoso o las industrias intensivas en carbono, es demasiado reducido, El CESE, al igual que el Parlamento Europeo, propone aumentar drásticamente el presupuesto del Fondo de Transición Justa, con el fin de prestar apoyo a otros sectores que se verán afectados por la descarbonización de la industria. Deberían destinarse recursos presupuestarios adicionales para garantizar la transición entre empleos, la creación de puestos de trabajo alternativos de calidad en las mismas regiones y la formación y el reciclaje y perfeccionamiento profesional adecuados de los trabajadores. |
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6.3. |
La transición ecológica en la industria requerirá el acceso a abundantes fuentes de energía y materias primas neutras en carbono a un precio asequible, estable y competitivo. En Europa habrá que realizar importantes inversiones, también en infraestructuras energéticas, para satisfacer las necesidades de la industria de grandes cantidades de energía renovable. |
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6.4. |
El marco regulador de la UE debe llevar a la economía de la UE a cumplir el objetivo de neutralidad climática neta en 2050, creando las condiciones para desbloquear los enormes recursos —financieros, tecnológicos e intelectuales— que permitan poner en marcha rápidamente las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, incluidas las tecnologías de eliminación de carbono. |
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6.5. |
Se necesitan incentivos periódicos para fomentar la implantación de la captura de carbono en las industrias manufactureras, ya sea a nivel europeo—a través del Fondo de Innovación— o en cada Estado miembro, pero sin fragmentar el mercado único, que es una de las piedras angulares de la UE. Serán necesarias iniciativas adicionales de la UE para atraer y movilizar la inversión privada. |
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6.6. |
Es necesario forjar alianzas estratégicas a escala europea para acelerar el desarrollo de esta industria y permitir a la UE asumir el liderazgo en este ámbito. Las actuales normas sobre ayudas estatales podrían adaptarse en este sentido. |
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6.7. |
Debe prestarse especial atención a las actividades de I+D, estableciendo al respecto un diálogo a nivel europeo. El Fondo de Innovación debe ser el medio preferido para canalizar estas actividades. |
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6.8. |
Las políticas de contratación pública deberían utilizarse para impulsar los mercados de productos ecológicos —frente a los de línea «marrón»—, en los que los productores están reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero. |
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6.9. |
En vista del retraso constatado a la hora de abordar el reto climático y de la premura del tiempo, los informes y las recomendaciones del Semestre Europeo a cada Estado miembro deben incluir algunos indicadores clave de rendimiento, al objeto de ayudar a alcanzar la necesaria descarbonización de la industria. |
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6.10. |
El informe sobre prospectiva estratégica debería revisar periódicamente los progresos, los escenarios y opciones más prometedores y los puntos débiles en los intentos de alcanzar los objetivos climáticos. Este aspecto es aún más importante si se tiene en cuenta que puede proporcionar directrices no solo para las inversiones urgentes y de alto riesgo, sino también para una puesta en común razonable de los recursos, tanto vertical como horizontalmente. |
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6.11. |
Una serie de señales nos alertan de unas condiciones de competencia no equitativas y del riesgo de «fuga de carbono» hacia terceros países, lo que obstaculiza la transición una economía sin emisiones. Esto subraya una vez más la importancia de introducir el control de competitividad como herramienta de filtrado de riesgos y de orientación. |
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6.12. |
Existen diferencias bien cuantificadas en cuanto a las concentraciones de emisiones según los Estados miembros, las emisiones per cápita, los sectores económicos y las regiones. El tiempo acucia, por lo que debe darse prioridad a la consecución de los resultados más rápidos y de mayor envergadura que permitan dar pasos hacia la descarbonización. Por lo tanto, debe prestarse especial atención a los sectores de la metalurgia, las materias minerales, los productos químicos y los combustibles renovables.
Las innovaciones en fase inicial y el interés por utilizarlas y venderlas difieren en función del tamaño de las empresas: los grandes grupos tienen una ventaja con respecto al primer aspecto, y las pymes con respecto al segundo. Así pues, debería fomentarse y facilitarse la transferencia de conocimientos —tanto intersectorial como vertical— mediante la creación de un entorno empresarial favorable. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) El nivel de madurez o preparación tecnológica (TRL, por sus siglas en inglés) asigna un número de puntos dentro de una escala utilizada para medir el progreso o el nivel de madurez de una tecnología.
(2) Agencia Europea de Medio Ambiente.
(3) Cogeneración: producción combinada de calor y electricidad (PCCE).
(4) https://www.cepi.org/two-team-project-report/.
(5) Gela, biorefinería de Venecia (eni.com) y La Mède (TotalEnergies.com).
(6) Fertiberia ha puesto en marcha una planta de fertilizantes de impacto cero en Puertollano (España).
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/59 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La transición energética y digital en las zonas rurales»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/09)
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Ponente: |
John COMER |
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Coponente: |
Luís MIRA |
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Decisión del Pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Sección de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente |
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Aprobado en sección |
30.6.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
173/1/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera que no se ha prestado el nivel de atención y apoyo que cabría esperar a una estrategia combinada de transición energética y digital en las zonas rurales. El CESE pide que se ponga rápidamente en práctica la visión a largo plazo de la Comisión para las zonas rurales de la Unión Europea (UE) y se movilice a las partes interesadas a través del Pacto Rural de la UE. Las zonas rurales más vulnerables necesitan una atención especial para que nadie se quede atrás. Es fundamental centrarse en la pobreza energética y en las zonas de pobreza rural. |
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1.2. |
El CESE está convencido de que el éxito futuro de Europa dependerá en gran medida de cómo tratemos las zonas rurales de una manera equilibrada con las zonas urbanas. Las comunidades rurales no deben verse desfavorecidas en lo que se refiere a la digitalización y las opciones de uso de la energía (por ejemplo, la necesidad de utilizar automóviles privados debido a la falta de transporte público). |
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1.3. |
El papel de las comunidades locales debe aprovecharse para lograr una transición energética justa y promover al mismo tiempo el desarrollo comunitario mediante la creación y expansión de comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, que suponen una asociación voluntaria de ciudadanos, autoridades locales y pymes para lograr beneficios sociales y económicos. |
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1.4. |
El CESE pide que se refuercen las siguientes políticas e instrumentos:
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1.5. |
El CESE pide a la Comisión que proponga una Ley Rural Digital (Digital Rural Act) como tercer elemento de la estrategia digital de la UE, junto con la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales. La digitalización abrirá nuevas oportunidades (especialmente para la juventud), lo cual podría cambiar las tendencias demográficas al permitir a las personas trabajar desde casa y desde núcleos de trabajo rurales. |
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1.16. |
El CESE hace hincapié en que para que los planes de recuperación y resiliencia de la UE o nacionales se beneficien plenamente de la contribución de las zonas rurales es imprescindible que la conectividad a internet de alta velocidad esté garantizada en todo el territorio, incluidas las zonas poco pobladas. El CESE insta a los gobiernos a que, o bien creen las condiciones económicas para que los operadores privados presten este servicio, o bien recurran a una empresa pública para prestarlo. |
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1.7. |
El CESE considera que las autoridades públicas y los proveedores de servicios deben desarrollar aplicaciones fáciles de utilizar adaptadas específicamente a la realidad de los hábitos y actividades rurales. Por ejemplo, la aplicación de estas tecnologías reducirá la huella de carbono de la agricultura (agricultura de precisión) y contribuirá a mejorar la accesibilidad de las zonas remotas (drones). El sector público debe intervenir si el sector privado no proporciona estas soluciones. |
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1.8. |
El CESE subraya que hay que ofrecer a los usuarios rurales de distintas edades las posibilidades de formación y perfeccionamiento profesional adecuadas para utilizar estas nuevas tecnologías digitales. La inclusión en las zonas desfavorecidas también debe permitir el acceso a los dispositivos necesarios, ya sea mediante el uso compartido o mediante una subvención pública para su compra. |
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1.9. |
El CESE concluye que el despliegue de tecnologías digitales en las zonas rurales resulta necesario para apoyar la transición energética. El sistema energético rural debe descentralizarse: ello implica una gran necesidad de aumentar y mejorar la interconexión, lo que a su vez requiere el despliegue de tecnologías digitales para adaptar la oferta a la demanda y garantizar unos flujos energéticos eficientes. Las aplicaciones digitales en el ámbito rural deben ser muy eficientes desde el punto de vista energético debido a la menor tasa de utilización y la menor densidad de población. La conectividad informática de bajo consumo energético resulta imprescindible para las zonas rurales. |
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1.10. |
El CESE hace hincapié en que, dado que el 30 % de la población de la UE vive en zonas rurales, una transición energética rural justa constituye un elemento clave de la transición justa hacia una Unión Europea climáticamente neutra, sostenible y próspera, en consonancia con la Agenda Territorial 2030. |
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1.11. |
La Comisión ha propuesto que el 20 % de las inversiones de NextGenerationEU se destinen al sector digital. El CESE recomienda que todos los Estados miembros dediquen al menos el 10 % de estos fondos al sector digital rural, sin imponer una burocracia excesiva. |
2. La transición energética en las zonas rurales
Introducción
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2.1. |
Existe un consenso científico generalizado en que la influencia más probable de la humanidad en el cambio climático mundial reside en la liberación de dióxido de carbono procedente de la quema de combustibles fósiles. |
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2.2. |
El científico del clima Michael Mann afirma en su libro The New Climate War que nuestro planeta se ha calentado hasta llegar a la zona de peligro y que aún no estamos tomando las medidas necesarias para evitar la mayor crisis mundial a la que nos hemos enfrentado nunca. |
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2.3. |
El cambio climático ya resulta peligroso en algunos lugares debido a la subida del nivel del mar. Venecia y Miami se enfrentan a importantes retos en este sentido. La región del Amazonas ha sufrido talas masivas y una sequía inducida por el cambio climático. El derretimiento del casquete polar ártico, más rápido de lo previsto, es motivo de gran preocupación. |
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2.4. |
Es necesario que todas las partes interesadas actúen a escala mundial y emprendan acciones inmediatas ante el cambio climático con medidas de mitigación y adaptación para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). La rápida reducción del uso de combustibles fósiles debe ser una prioridad inmediata. |
Zonas rurales
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2.5. |
En las zonas rurales de la UE viven 130 millones de personas, lo que supone el 30 % de la población. Las zonas rurales son diversas y están muy influidas por su ubicación. En muchas zonas, especialmente en el sur de Europa, el cambio climático incrementará progresivamente la escasez de agua, agravará las inundaciones y aumentará la intensidad y frecuencia de los incendios forestales. En el norte de Europa, el aumento de las precipitaciones y las tormentas puede causar —y lo hará— daños importantes y costosos en las infraestructuras. El aumento de las temperaturas intensificará el ciclo del agua y hará que las tormentas fuertes sean más frecuentes. Esto demuestra la necesidad de llevar a cabo una transición energética y digital lo más rápida posible en las zonas rurales. |
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2.6. |
La idea de la transición energética rural no ha recibido el nivel de atención que cabría esperar. Esto es sorprendente, porque los recursos necesarios para producir energía renovable están muy ligados a las zonas rurales. La mayor parte de las infraestructuras de energías renovables, como los aerogeneradores y las plantas solares y de biogás, se encuentran en zonas rurales. Las redes de transporte de electricidad también son características del paisaje rural. Muchos habitantes de las zonas rurales consideran que estas estructuras se les imponen y que benefician más a las zonas urbanas. |
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2.7. |
Las zonas rurales tienen necesidades diversas y específicas según su ubicación. Las zonas rurales se pueden clasificar de la siguiente manera:
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2.8. |
Estas diferentes zonas rurales se enfrentan a muchos y variados retos a la hora de llevar a cabo una transición energética, lo que indica la importancia de una transición justa para lograr el objetivo deseado. |
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2.9. |
Muchas zonas rurales están físicamente aisladas, con poca diversidad económica y una baja densidad de población. En muchos casos, los bajos ingresos y el envejecimiento de la población aumentan la vulnerabilidad de las comunidades rurales. Las personas que viven solas en zonas rurales aisladas y con poca interacción social plantean enormes problemas a la hora de llevar a cabo una transición energética. La pobreza energética es un problema importante en esas zonas. |
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2.10. |
El despliegue de contadores inteligentes es una parte esencial de la transición energética rural. Hasta la fecha parece que el despliegue de los contadores inteligentes ha sido bastante lento en las zonas rurales. También debemos garantizar que los hogares con bajos ingresos y las personas con escasas destrezas informáticas puedan hacer el mejor uso posible de los contadores inteligentes como parte de una transición energética justa en la que nadie se quede atrás. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ha asignado 25 000 millones de euros para apoyar las capacidades digitales y la educación digital. Los Estados miembros deben reservar una parte adecuada de esos fondos a la formación en competencias digitales y la alfabetización digital para la población rural. El hecho de que algunas partes de Europa no dispongan de internet es una situación intolerable y debe remediarse lo antes posible. |
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2.11. |
El CESE ha destacado en su Dictamen Hacia una estrategia integral para un desarrollo urbano y rural sostenible (1) que las políticas agrícolas, alimentarias y rurales deben vincularse a las políticas relativas al cambio climático y a la biodiversidad. El aspecto multifuncional de la agricultura es tan importante como el fomento de las actividades no agrícolas, por ejemplo la creación de empresas en el sector de los servicios de energía limpia para generar oportunidades de empleo. Es necesario explorar el potencial del comercio electrónico. |
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2.12. |
La Comunicación Una Visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE (2) incluye un Pacto Rural dirigido, entre otras cosas, a fomentar la cohesión territorial y crear nuevas oportunidades para atraer a empresas innovadoras. La puesta en práctica de esta visión facilitaría enormemente una transición energética justa en las zonas rurales. El CESE acogió favorablemente este enfoque en su Dictamen Una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE (3). |
Transportes
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2.13. |
La provisión de transporte rural es un tema clave debido al transporte público deficiente, la escasa población y la lejanía de los comercios y servicios. Además, los habitantes de las zonas rurales que trabajan en los centros urbanos suelen recorrer largas distancias para llegar a sus lugares de trabajo. |
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2.14. |
Es necesario que la planificación local y nacional prevea un sistema de transporte multimodal para la transición a las energías renovables. Este sistema debe ofrecer opciones y alternativas para el transporte de personas y mercancías. |
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2.15. |
El transporte de mercancías en las zonas rurales requiere una atención específica en lo que respecta a la transición energética. Por ejemplo, las entregas de suministros agrícolas y la recogida de productos agrícolas deben ser una parte importante de la planificación de la transición energética. El objetivo que debe perseguirse son vehículos pesados de mercancías con propulsión eléctrica y de hidrógeno. A corto plazo, los biocombustibles sostenibles y los vehículos híbridos podrían contribuir a reducir las emisiones de GEI. |
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2.16. |
La gran expansión de las compras en línea, especialmente en las zonas rurales, indica la importancia de reducir las emisiones de GEI de las furgonetas de reparto. El uso de furgonetas con propulsión eléctrica sería adecuado para este fin en cuanto se disponga de una infraestructura de recarga adecuada. Además, las empresas de reparto necesitan financiar la compra de furgonetas eléctricas. La prioridad inmediata es empezar a reducir las emisiones de todas las maneras posibles. |
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2.17. |
Es necesario dar prioridad a la mejora de la oferta de transporte público en las zonas rurales, lo que implica una reducción de las emisiones de GEI, una mayor inclusión social y la facilitación de las oportunidades de desarrollo rural. El transporte público rural debe considerarse un bien público en el contexto de la transición energética, por lo que se requiere financiación pública para promover y facilitar el transporte público sostenible. |
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2.18. |
Los vehículos particulares se consideran un medio indispensable del transporte rural, ya que la vida rural sería impracticable en su ausencia. La prioridad debe ser ayudar y animar a los residentes rurales a reducir el uso de los coches particulares cuando sea posible y a cambiar a vehículos de bajas emisiones lo antes posible. Las ayudas financieras para promover la compra de vehículos eléctricos deben ser un objetivo clave para la transición energética en las zonas rurales. |
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2.19 |
El almacenamiento en baterías es un medio eficaz para aplanar la curva de demanda neta de electricidad renovable. El uso generalizado de vehículos eléctricos podría ayudar en este sentido. Cuando los vehículos eléctricos están habilitados para enviar electricidad a la red, la flota eléctrica puede actuar como un activo de almacenamiento en baterías complementario a otras formas de almacenamiento en baterías. Debe ser económicamente atractivo para los consumidores devolver la electricidad a la red a partir de los vehículos eléctricos, tal como se señala en el Dictamen del CESE sobre el Reglamento relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (4). |
Turismo
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2.20. |
Las zonas rurales suelen depender del turismo como importante fuente de ingresos. Por lo tanto, las zonas rurales deben contar con una infraestructura adecuada de combustibles alternativos para fomentar el sector turístico y reducir al mismo tiempo las emisiones de GEI. Hay que animar a las empresas de alquiler de coches a que pasen a utilizar vehículos de bajas emisiones y, preferiblemente, vehículos eléctricos. La transición energética en las zonas rurales requiere una actuación que facilite mayores ingresos procedentes del turismo. |
Electricidad renovable
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2.21. |
La electricidad renovable —como la de origen eólico o solar y la generada mediante biogás— es un componente importante del paisaje rural. La armonización de la legislación entre los Estados miembros debe promover y proteger los intereses de los prosumidores e incentivar las inversiones en infraestructuras de energías renovables. La venta de la energía producida a la red nacional debe hacerse posible en todos los Estados miembros. Deben existir sistemas de compensación adecuados entre la energía renovable generada por los prosumidores y la energía consumida a fin de garantizar la independencia energética de las zonas rurales. |
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2.22. |
Las recientes subastas para la adquisición centralizada de electricidad renovable se han extendido cada vez más y han conseguido reducir en muchos casos los costes de construcción de las instalaciones eólicas y solares. En general, el desarrollo de la electricidad rural está vinculado principalmente a la descarbonización del sector energético y no existen sinergias con los objetivos de desarrollo rural. Los habitantes de las zonas rurales suelen oponerse a estos desarrollos, ya que prevén pocos beneficios para la comunidad local. |
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2.23. |
Las cooperativas y otras organizaciones locales deben participar en la definición de las ubicaciones de las instalaciones de electricidad renovable, tanto tierra adentro como en las regiones costeras. Las comunidades locales deben tener una participación y obtener un beneficio local de dichas instalaciones. |
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2.24. |
En estos grandes proyectos, el desarrollo de las energías renovables está vinculado principalmente a la descarbonización del sector energético, con escasa preocupación por el desarrollo rural. En cambio, los parques eólicos de tamaño reducido, la energía solar a pequeña escala y los digestores anaeróbicos operados por cooperativas y población local pueden estar más orientados al desarrollo rural, así como a la inclusión social y económica de las comunidades rurales. Es necesario lograr un equilibrio en relación con estos dos sistemas. Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía ofrecen una manera de lograr una transición energética justa combinada con un desarrollo comunitario. |
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2.25. |
Un estudio de caso en la Suecia rural (Ejdemo y Söderholm, 2015) halló que, en ausencia de programas en beneficio de las comunidades, las oportunidades de empleo eran muy modestas en el contexto del desarrollo rural. |
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2.26 |
Una comunidad energética ciudadana es una entidad jurídica en la que ciudadanos, pymes y entes locales se reúnen como usuarios finales para cooperar en la generación de energía renovable. Un ejemplo de ello es el municipio de Feldheim (un pequeño pueblo al suroeste de Berlín), que ha pasado a ser autosuficiente en materia de energía. Ha instalado aerogeneradores en su territorio y creado una red eléctrica independiente. Los residentes pagan precios mínimos por la electricidad. La creación de una planta de biogás ha permitido al pueblo establecer una red de calefacción urbana. Se trata de un excelente ejemplo de una comunidad de energía renovable en funcionamiento. También demuestra que un enfoque ascendente es vital para el futuro de las zonas rurales (5). |
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2.27 |
La gestión de la demanda desplaza el consumo eléctrico a períodos de tiempo en los que el sistema pueda hacer frente a la demanda. Tenemos que aplanar la curva de demanda neta de electricidad durante los períodos de máxima demanda para evitar los cortes de suministro a medida que se produce más electricidad verde. El uso del almacenamiento en baterías, el almacenamiento hidráulico y la electrificación inteligente proporcionarán flexibilidad para aplanar la curva de demanda neta. |
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2.28 |
En su intervención en Dublín ante parlamentarios irlandeses, Kadri Simson, comisaria de Energía, afirmó que la guerra en Ucrania ha obligado a Bruselas a actuar con más intensidad y rapidez para poner fin a las importaciones de combustible ruso. Aseguró que, según las propuestas que aún deben acordarse, la UE aspirará a cubrir el 45 % de su consumo de energía con fuentes renovables de aquí a 2030. Esto supondría un aumento con respecto al actual objetivo del 32 % y duplicaría con creces el 22 % que existía en 2020. El CESE respalda este nuevo objetivo, pero advierte de que solo podrá alcanzarse avanzando rápidamente con nuevas y mayores inversiones en la transición energética rural. |
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2.29 |
El viento no siempre sopla, por lo que será necesario un sistema de reserva. El hidrógeno verde puede servir de reserva para responder a las variaciones en la demanda de electricidad y puede almacenarse hasta que sea necesario. |
Agricultura
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2.30 |
La actividad agrícola es fundamental para el desarrollo y la prosperidad de la mayoría de las zonas rurales. Este sector de la economía rural se enfrenta a enormes retos para lograr la transición energética. |
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2.31 |
No se ha hecho un trabajo importante para reducir la huella de carbono de la maquinaria agrícola. |
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2.32. |
En un futuro inmediato, parece que el uso de biocombustibles sostenibles ofrece la mejor posibilidad de reducir las emisiones, ya que se podría utilizar la maquinaria existente una vez modificada oportunamente. |
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2.33. |
Los biocombustibles sostenibles no son baratos de fabricar y pueden costar más del doble que el gasóleo, aunque los precios podrían reducirse ligeramente en el futuro. |
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2.34. |
Más adelante, cuando se generalice el uso de maquinaria agrícola eléctrica, será posible reducir considerablemente las emisiones. |
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2.35. |
La agricultura es, en su mayoría, una actividad poco rentable, por lo que los costes de capital para pasar a utilizar maquinaria eléctrica serían muy difíciles de financiar. Superar el problema de la financiación del cambio a la maquinaria eléctrica o de hidrógeno será una cuestión importante en la transición energética de las zonas rurales. |
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2.36. |
El uso de paneles solares en los edificios de las explotaciones agrícolas permitiría a los agricultores utilizar electricidad verde y, dado que la agricultura es un gran consumidor de electricidad, esto supondría una importante ganancia en la transición energética. Los posibles excedentes podrían venderse a la red. |
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2.37. |
La agricultura de precisión es un enfoque de la gestión agrícola basado en datos que puede mejorar la producción y el rendimiento y reducir la huella de carbono de la agricultura. Esto resulta posible gracias a los avances de la tecnología digital con la teledetección, el GPS y los sistemas de dirección por satélite para los tractores. Todo esto será importante en la transición energética de la agricultura, junto con la necesidad de inversión, formación y perfeccionamiento profesional. |
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2.38 |
Los agricultores podrán tener la oportunidad de vender el excedente de electricidad a la red, ya que los productores de leche y de carne de vacuno disponen de tejados extensos en sus explotaciones. Algunos agricultores podrán asociarse para establecer plantas de biomasa y vender gas a la red de gas. El uso de residuos forestales en las plantas de biomasa es importante para facilitar la gestión forestal en aquellas zonas en las que se dispone de estos materiales. |
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2.39. |
Las consecuencias de la guerra de Ucrania obligan a replantearse la seguridad alimentaria en la UE. La tierra debe destinarse prioritariamente a la producción de alimentos. Esto no debe competir con la instalación de paneles solares de escala industrial ni con la producción de biomasa para la obtención de energías renovables, usos que deben tener un carácter complementario. |
Biometano
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2.40 |
El biometano es un biogás al que se le ha eliminado el dióxido de carbono, el sulfuro de hidrógeno y el agua, tras lo cual puede inyectarse directamente en la red de gas o utilizarse en un vehículo con propulsión de gas. |
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2.41. |
Los digestores anaeróbicos deben establecerse en las proximidades de un suministro adecuado de purines. También pueden utilizarse los excedentes de hierba y maíz ensilados, siempre que ello no entre en conflicto con la producción de alimentos y forraje. |
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2.42 |
Es necesario seguir investigando para mejorar la eficiencia de los digestores anaeróbicos y reducir el coste asociado al proceso. |
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2.43. |
Hay que promover y financiar el uso de digestores anaeróbicos como parte de la transición energética en las zonas rurales. |
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2.44. |
La energía procedente de la biomasa puede utilizarse para producir calor o generar electricidad. La biomasa desempeñará un papel fundamental en la generación de electricidad renovable. |
Viviendas rurales
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2.45. |
Muchos hogares rurales pueden instalar tecnologías de microgeneración, como paneles solares y pequeños aerogeneradores, con la posibilidad de vender a la red el exceso de producción. |
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2.46. |
Los hogares con bajos ingresos necesitan ayuda financiera para instalar equipos de microgeneración, lo que supondría una importante transición energética en los hogares rurales. |
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2.47. |
En general, las viviendas rurales están peor aisladas y son menos eficientes energéticamente que las urbanas. Muchas viviendas rurales son casas independientes ubicadas en lugares expuestos a la intemperie. |
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2.48. |
En el marco de la transición energética, es necesario un importante programa de inversión para acondicionar las viviendas rurales con el fin de mejorar su aislamiento y eficiencia energética. Esta inversión supondrá un gran avance en la reducción del consumo energético y la descarbonización de la calefacción de los hogares rurales. Será necesario un régimen de ayudas, ya que los costes de capital de un plan de reacondicionamiento importante son muy elevados. Los hogares con bajos ingresos y los que sufren pobreza energética necesitarán una ayuda especial para lograr esa transición. |
3. La transición digital en las zonas rurales
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3.1. |
En 2021, la Comisión Europea presentó su visión de la transformación digital de Europa de aquí a 2030. En primer lugar, destacó la necesidad de que las propuestas legislativas de la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales garanticen un espacio digital más seguro, en el que se protejan los derechos fundamentales de los usuarios, y aseguren la igualdad de condiciones para las empresas europeas en el mundo digital. |
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3.2. |
Para alimentar a una población mundial creciente, con un impacto medioambiental mínimo y de forma que se promueva la neutralidad del carbono, se necesitan infraestructuras digitales y tecnológicas en las zonas rurales que faciliten el uso eficiente y preciso de los recursos en la agricultura. Sin embargo, a pesar de que el 30 % de la población europea vive en zonas rurales y de que estas representan el 80 % del territorio de los veintisiete Estados miembros, la digitalización se enfrenta a mayores dificultades en las zonas rurales que, si no se abordan, socavarán las ambiciones digitales de Europa. El marco legislativo europeo para la Ley Rural Digital está concebido para resolver estas dificultades impulsando los siguientes aspectos:
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3.3. |
La Ley Rural Digital, como mecanismo legislativo de la Comisión Europea, al igual que la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales, será un conjunto de normas, obligaciones y responsabilidades destinadas a garantizar que las zonas rurales europeas tengan acceso a un conjunto de iniciativas, herramientas y formas de acceso que, debido a la baja densidad de población, resultan económicamente desfavorables para la inversión privada. De este modo, la Ley Rural Digital garantizará que la digitalización se lleve a cabo en las zonas rurales, donde la necesidad de la misma es inversamente proporcional a los rendimientos financieros obtenidos. |
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3.4. |
Por último, la Ley Rural Digital será la mayor impulsora del Pacto Verde Europeo, de la Estrategia «De la Granja a la Mesa» y de la neutralidad del carbono en Europa de aquí a 2050, ya que la transición hacia un sistema alimentario justo, sano y respetuoso con el medio ambiente solo será posible si la tecnología y la digitalización están disponibles y son accesibles para el mundo agrícola y rural. |
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3.5. |
Como se subraya en el Dictamen del CESE Mejorar el nivel de inclusividad, seguridad y fiabilidad de la digitalización para todos (6), no puede subestimarse la importancia de la digitalización, ya que puede «propiciar una mayor movilidad en el mercado laboral, mejorar la productividad y la flexibilidad en el lugar de trabajo y permitir la conciliación de la vida privada y la vida laboral cuando los trabajadores teletrabajan desde casa». Para que esto ocurra, es necesario un conjunto completo de capacidades digitales, independientemente de si los trabajadores viven en zonas urbanas o rurales. Sin embargo, existen barreras múltiples adicionales en lugares remotos. Por lo tanto, el CESE pide que la agenda específica de capacidades digitales apoye a los ciudadanos europeos que viven en zonas rurales. Este enfoque, que debe estar presente en el núcleo de la Ley Rural Digital, debe contribuir simultáneamente a reducir la brecha digital y a aprovechar los beneficios de la transformación digital de la sociedad. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Dictamen del CESE Hacia una estrategia integral para un desarrollo urbano y rural sostenible (DO C 105 de 4.3.2022, p. 49).
(2) COM(2021) 345 final.
(3) Dictamen del CESE Una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE (DO C 290 de 29.7.2022, p. 137).
(4) Dictamen del CESE sobre el Reglamento relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (DO C 152 de 6.4.2022, p. 138).
(5) Informe de taller del Parlamento Rural Europeo — Taller 21.
(6) Dictamen del CESE Mejorar el nivel de inclusividad, seguridad y fiabilidad de la digitalización para todos (DO C 374 de 16.9.2021, p. 11).
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/67 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Inversión pública en infraestructuras energéticas como parte de la solución a las cuestiones climáticas»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/10)
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Ponente: |
Thomas KATTNIG |
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Coponente: |
Lutz RIBBE |
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Decisión del Pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en sección |
7.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
22.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
162/7/8 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
Las consecuencias de la crisis climática están afectando enormemente a Europa y al mundo. Aunque en los últimos años han aumentado las posibilidades de que se dispone para adaptarse eficazmente al cambio climático, los expertos señalan que la movilización de fondos es insuficiente, que el compromiso de la ciudadanía y el sector privado es demasiado escaso y que falta liderazgo político. |
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1.2. |
Para satisfacer la creciente demanda de electricidad y cumplir los objetivos climáticos es necesario duplicar las inversiones en la red eléctrica para alcanzar los 55 000 millones de euros al año y aumentar los fondos anuales para la construcción de capacidad de generación limpia hasta los 75 000 millones de euros (1). En este contexto, las inversiones públicas en sistemas inteligentes e infraestructuras de almacenamiento de energías renovables son de gran importancia de cara a garantizar la seguridad del suministro, luchar contra la pobreza energética, ofrecer precios asequibles y crear empleo. |
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1.3. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya las propuestas de la Comisión de acelerar y simplificar los procedimientos de autorización en el ámbito de las energías renovables y designar «zonas propicias» para este tipo de proyectos. Esto alberga un potencial significativo para acelerar la transición energética. Por ello es especialmente importante definir de la forma más concreta posible las simplificaciones que se aplican en las denominadas «zonas propicias». |
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1.4. |
La legislación europea en materia de energía no reconoce la protección del clima como un objetivo de la regulación de la red. Como consecuencia de ello, a las autoridades reguladoras nacionales también les resulta difícil establecer incentivos para una conversión, expansión y modernización de las redes de distribución de electricidad que se ajuste a los requisitos de neutralidad climática. |
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1.5. |
Por lo que se refiere a la futura organización de los sistemas e infraestructuras energéticos, el CESE ha subrayado reiteradamente la importancia de la participación activa de todos los consumidores (hogares, empresas y comunidades de energía) en el desarrollo de sistemas energéticos inteligentes y de que se establezcan incentivos para que la sociedad civil pueda participar en la transición energética, pero también para garantizar que contribuyan a la financiación. |
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1.6. |
En la Unión Europea (UE) el porcentaje de inversión pública en las tecnologías energéticas limpias necesarias para la descarbonización es el más bajo entre las grandes economías, lo que pone en riesgo la competitividad de la Unión. Desde el comienzo de la liberalización, las inversiones de las empresas eléctricas han experimentado una tendencia a la baja. Esta caída de la inversión ha provocado cuellos de botella en el suministro y dificulta una mayor expansión de las energías renovables. Por consiguiente, el CESE apoya la propuesta de la Comisión de emplear para la puesta en práctica del plan REPowerEU los planes de recuperación y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como fondos adicionales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de la política agrícola común de la UE. |
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1.7. |
La configuración y la regulación del mercado deben adaptarse a las nuevas realidades del futuro, donde las energías renovables que serán predominantes (por ejemplo, una producción más descentralizada y un aumento del consumo in situ). También deben crear las condiciones necesarias para los distintos agentes implicados y garantizar una protección adecuada de los consumidores. El CESE acoge con satisfacción la intención de la Comisión de estudiar diferentes opciones para optimizar la configuración del mercado de la electricidad y apoya firmemente las evaluaciones del mercado encaminadas a analizar el comportamiento de todos los agentes potenciales del mercado de la energía y la configuración de dicho mercado. En cualquier caso, el CESE subraya la importancia de una evaluación de impacto exhaustiva previa a cualquier propuesta. |
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1.8. |
El CESE recomienda una vez más que se aplique la «regla de oro» de la inversión pública para salvaguardar la productividad, así como la base social y ecológica para el bienestar de las generaciones futuras. |
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1.9. |
La financiación mixta con participación de inversores privados solo es una opción si se garantiza que la adjudicación sea transparente y que el sector público no incurra en costes adicionales injustificados en comparación con una financiación pública. Debe existir una transparencia plena en relación con los costes adicionales justificados. Por ello es especialmente importante que en estos modelos de financiación mixta se definan claramente los derechos y las obligaciones, se aclaren las cuestiones de responsabilidad y se prevea un sistema eficaz y rápido de resolución de conflictos con el fin de evitar costes adicionales a largo plazo y problemas relacionados con la responsabilidad. |
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1.10. |
El CESE subraya que la «transición justa» no es solo una cuestión de financiar la transición, también incluye el objetivo de crear empleo digno, puestos de trabajo de calidad y seguridad social, así como mantener la competitividad de las empresas europeas, y requiere medidas específicas a todos los niveles, especialmente a nivel regional. |
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1.11. |
El CESE cree firmemente que debe prestarse especial atención a la definición de la ampliación de las redes como de interés público superior, a la inclusión de la protección del clima como objetivo de la regulación y, en general, a una mayor sincronía en la planificación de las energías renovables y la red eléctrica. A este respecto, es absolutamente necesario establecer disposiciones reglamentarias concretas a nivel europeo. |
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1.12. |
Los acontecimientos de la última década, los retos que plantea el desarrollo de la red, el aumento masivo de los precios de la energía, el riesgo de ataques cibernéticos y, en particular, la guerra de Ucrania ponen claramente de manifiesto lo que está en juego, a saber, la cuestión de quién controlará en el futuro infraestructuras tan esenciales como la red energética. Por lo tanto, existe un interés público fundamental. Ello requeriría en consecuencia una propiedad pública comprometida con el bien común y que elimine las desigualdades existentes. |
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1.13. |
Las ventajas e inconvenientes de la propiedad pública y privada o de la financiación privada de las infraestructuras energéticas para el buen funcionamiento del mercado de la energía son un aspecto importante y deben examinarse en la evaluación prevista por la Comisión de las diferentes opciones para optimizar la configuración del mercado de la energía. Los resultados de este análisis pueden ser un valioso instrumento de toma de decisiones para los Estados miembros, que son responsables de decidir sobre la propiedad pública o privada de las infraestructuras energéticas. En opinión del CESE, la electricidad no es solo una mercancía estratégica clave para toda la economía de la UE, sino también un bien público. Por consiguiente, el CESE pide a la Comisión Europea que analice con detalle las implicaciones y consecuencias que todo el proceso de privatización y liberalización de la energía europea tiene para su estabilidad, la fiabilidad del suministro y el funcionamiento del mercado de la electricidad, y que refleje los resultados en una reestructuración de todo el sector energético, incluyendo opciones para reforzar las competencias de los sectores público y nacional. |
2. Antecedentes
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2.1. |
Las consecuencias de la crisis climática ya afectan a miles de millones de personas en todo el mundo, pero también a los ecosistemas, como ponen de relieve los últimos informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC), a pesar de que el aumento de la temperatura aún no ha alcanzado el umbral de 1,5 grados fijado en el Acuerdo de París. Es especialmente problemático que los sistemas y colectivos que se verán más duramente afectados por el calor, la sequía, las inundaciones, las enfermedades y la escasez de agua y alimentos son en general aquellos que disponen de menos recursos para hacer frente a estos problemas. |
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2.2. |
Las opciones disponibles para una adaptación efectiva al cambio climático han aumentado en los últimos años. Sin embargo, las medidas aplicadas y planificadas en muchas partes de Europa no son satisfactorias. Los expertos señalan que la movilización de fondos es insuficiente, que el compromiso de la ciudadanía y el sector privado es demasiado escaso y que falta liderazgo político. |
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2.3. |
El hecho de que actualmente en Europa se estén destinando rápidamente grandes cantidades de dinero a fines militares debido a la guerra en Ucrania hace temer que con ello queden bloqueados recursos financieros y, en consecuencia, se demore la acción por el clima. Por consiguiente, el CESE acoge con satisfacción las medidas e instrumentos anunciados por la Comisión en el plan REPowerEU (2) para reducir la dependencia de la UE de los combustibles fósiles —en particular los procedentes de Rusia— adoptando medidas de ahorro energético, acelerando la transición a energías renovables, promoviendo la diversificación de los proveedores y aunando fuerzas para lograr un sistema energético más resiliente y una auténtica Unión de la Energía. |
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2.4. |
Para cumplir los objetivos climáticos, la capacidad de las energías renovables debe ser más del doble de la actual. Ya en la actualidad, los costes de la electricidad verde cuya generación debe limitarse al no poderse utilizar o transportar ascienden a varios cientos de millones de euros al año en países grandes como Alemania. Esta pérdida económica se multiplicará si no se amplían rápidamente las redes eléctricas y las capacidades de almacenamiento a la vez que se mejoran las posibilidades de utilizar la electricidad directamente a nivel local. A la hora de planificar y regular la red es importante que el desarrollo de las redes energéticas se guíe por el objetivo de neutralidad climática. Las redes de distribución desempeñan un papel crucial a este respecto, puesto que la mayoría de las instalaciones de energías renovables se conectan a ellas. |
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2.5. |
Para cumplir estos requisitos es necesario duplicar las inversiones en la red eléctrica para alcanzar los 55 000 millones de euros al año y aumentar los fondos anuales para la construcción de capacidad de generación limpia hasta los 75 000 millones de euros (3). En este contexto, el CESE subraya la utilidad añadida de las propuestas de la Comisión relativas a los procedimientos rápidos de autorización para proyectos de energías renovables y al establecimiento de «zonas propicias» para dichos proyectos. El CESE apoya la aceleración y simplificación de los procedimientos de autorización en el ámbito de las energías renovables. En ese sentido debe prestarse especial atención a las redes de distribución, ya que es en ellas donde suelen verterse las energías renovables. |
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2.6. |
En este contexto, las inversiones públicas en sistemas inteligentes de energías renovables son de gran importancia de cara a garantizar la seguridad del suministro, luchar contra la pobreza energética, ofrecer precios asequibles y crear empleo. No cabe duda de que la transformación ecológica con arreglo al Pacto Verde Europeo tendrá un enorme impacto en la situación del empleo en los sectores energéticos con elevadas emisiones de carbono. Al mismo tiempo, un aumento adecuado de la inversión pública en sistemas energéticos climáticamente neutros creará múltiples nuevas oportunidades de empleo. Esto requiere márgenes de maniobra presupuestarios adecuados a través de una remodelación del marco presupuestario, como ya propuso el CESE en octubre de 2021 en su Dictamen de iniciativa titulado «Remodelar el marco presupuestario de la UE para una recuperación sostenible y una transición justa». |
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2.7. |
La legislación europea en materia de energía no reconoce por ahora la protección del clima como un objetivo de la regulación de la red. Como consecuencia de ello, a las autoridades reguladoras nacionales también les resulta difícil establecer incentivos para una conversión, expansión y modernización de las redes de distribución de electricidad que se ajuste a los requisitos de neutralidad climática. |
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2.8. |
Por lo que se refiere a la futura organización de los sistemas e infraestructuras energéticos, el CESE ha subrayado reiteradamente la importancia de la participación activa de todos los consumidores (hogares, empresas y comunidades de energía) en el desarrollo de sistemas energéticos inteligentes. Lamentablemente, en ese ámbito no se ha visto ninguna iniciativa, sino solamente promesas. El CESE pide que por fin se ofrezcan incentivos para activar a los prosumidores, a las comunidades de energías renovables o a las comunidades ciudadanas de energía para permitir a la sociedad civil participar en la transición energética y dar a los consumidores la posibilidad de tomar parte activa en el mercado. Esto también puede mitigar el problema de los costes cada vez mayores asociados a la limitación de la generación de energías renovables por congestión de la red. |
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2.9. |
El CESE es partidario de adaptar mejor las normas europeas sobre las redes transeuropeas de energía (RTE-E) a los objetivos del Pacto Verde Europeo, que incluyen en particular la descarbonización del sistema energético, la transición a la neutralidad climática, el desarrollo de fuentes de energía renovables, la eficiencia energética y la prevención del riesgo de pobreza energética. Dado que las redes energéticas cumplen una función esencial en cuanto al equilibrio, la resiliencia y el desarrollo del sistema energético, el CESE pide que el Reglamento se enmarque más claramente en una dinámica de integración del sistema energético, para fomentar todos los tipos de energía descarbonizada e imposibilitar cualquier forma de desintegración. En este contexto cabe celebrar la iniciativa emprendida por el Consejo y el Parlamento Europeo de definir como «interés público superior» no solo las energías renovables, sino también las redes de distribución. |
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2.10. |
Las actuales subidas de precios constituyen una carga para la ciudadanía y las empresas europeas. El CESE lamenta que, hasta ahora, su llamamiento (4) en favor de una reducción de la dependencia estratégica con respecto a terceros no fiables no haya llevado a los dirigentes políticos a actuar, sino que, por el contrario, dicha dependencia haya aumentado. Rusia es el mayor exportador de petróleo, gas natural y carbón a la UE y muchas centrales nucleares dependen de las barras de combustible y las tecnologías rusas. La actual crisis de los precios de la energía no habría golpeado de manera tan dura a los ciudadanos y empresas europeos si Europa hubiese reducido ya las importaciones de combustibles fósiles como había prometido. Por consiguiente, el CESE acoge con satisfacción los esfuerzos contemplados en el plan REPowerEU para reducir rápidamente esta dependencia, en particular con respecto a Rusia. El CESE apoya los esfuerzos de las instituciones de la UE y de los Estados miembros para abordar eficazmente el problema de los precios en consonancia con la Comunicación de octubre de 2021, la Comunicación sobre el mercado de la electricidad COM(2022) 236 final y los instrumentos previstos en el Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal. |
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2.11. |
En el contexto actual, el CESE vuelve a señalar que, sin embargo, no se trata principalmente de diversificar las dependencias, sino de alcanzar, en la medida de lo posible, una «independencia y autonomía estratégicas en materia de energía». Las energías renovables y el hidrógeno serán un motor que impulsará el proceso de descarbonización, y su producción debería ubicarse en la medida de lo posible dentro de la UE. |
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2.12. |
En algunas regiones, el gas natural licuado (GNL) se plantea actualmente —junto con importantes medidas de ahorro energético— como sustituto a corto y medio plazo del gas natural ruso. A largo plazo, el hidrógeno verde es una opción compatible con los objetivos climáticos siempre que esté disponible en cantidades suficientes y a un precio razonable. En la medida en que Europa no pueda producir por sí misma el volumen total de los gases necesarios —lo que ocurre claramente con el GNL, mientras que en el caso del hidrógeno aún es posible lograr una independencia de las importaciones— deben extraerse las lecciones adecuadas del desastre ruso. El CESE advierte que Europa debe ser especialmente cautelosa con los recursos utilizados para sustituir el gas ruso por su impacto en el medio ambiente y por las nuevas dependencias respecto de terceros países que no comparten valores europeos como la estabilidad democrática, el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho. |
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2.13. |
En la UE el porcentaje de inversión pública en las tecnologías energéticas limpias necesarias para la descarbonización es el más bajo entre las grandes economías, lo que pone en riesgo su competitividad mundial. Además, el Tribunal de Cuentas Europeo advierte de que la estrategia REPowerEU podría no movilizar los fondos suficientes. Por consiguiente, el CESE apoya la propuesta de la Comisión de emplear para la puesta en práctica del plan REPowerEU los planes de recuperación y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como fondos adicionales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de la política agrícola común de la UE. |
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2.14. |
En algunos Estados miembros, y a nivel de la UE, el impacto de la guerra de Ucrania se considera el impulso definitivo para una mayor independencia energética y neutralidad climática. El CESE lo celebra. Sin embargo, el panorama es contradictorio: el aumento del uso de gas licuado y la vuelta al carbón están sobre la mesa y podrían suponer un retroceso en la transición energética. El CESE se muestra crítico al respecto, pero es consciente de que, a corto plazo, la diversidad de opciones para la generación de energía contribuye como medida de emergencia a la seguridad del suministro energético. Por consiguiente, además de la energía eólica y solar, es importante aprovechar la amplia variedad de fuentes de energía con bajas emisiones de carbono, que sean económica y ecológicamente compatibles dentro de un sistema energético. Al mismo tiempo, pide que se redoblen los esfuerzos en la transformación ecológica del sistema energético. |
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2.15. |
La Federación Sindical Europea de Servicios Públicos (FSESP) publicó un informe (5) que confirma que la liberalización del sistema energético ha aportado pocas respuestas ante el avance de la crisis climática. El uso generalizado de alternativas viables a las fuentes de energía que emiten carbono se ha hecho posible en gran medida con la ayuda de importantes subvenciones públicas, y no gracias a la libre competencia del mercado. El informe indica que sin un cambio en el modelo actual del sistema energético europeo no se podrán cumplir los compromisos del Acuerdo de París. |
3. Observaciones generales
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3.1. |
El rápido avance del cambio climático y la actual crisis energética hacen necesario invertir sin demora en las infraestructuras para alcanzar el objetivo de neutralidad climática de aquí a 2050 y garantizar el suministro de energía. Al mismo tiempo, el aumento de los precios de la energía ha puesto de manifiesto las debilidades del mercado energético. Es necesario plantear cuestiones fundamentales sobre el futuro de la energía para garantizar un suministro energético respetuoso con el medio ambiente, asequible y fiable, así como el derecho a la energía. El CESE señala explícitamente la urgencia de las inversiones públicas para lograr la independencia energética respecto a las importaciones de gas ruso y apoya las medidas propuestas a ese respecto por la Comisión en el plan REPowerEU. |
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3.2. |
En ese sentido también se debe tener en cuenta la organización del mercado, así como su regulación, la creación de las condiciones necesarias para los diferentes agentes y el refuerzo de una protección adecuada de los consumidores. El CESE acoge con satisfacción la intención de la Comisión de estudiar opciones para optimizar la configuración del mercado de la electricidad y toma nota del análisis de la Comisión sobre los mercados del gas y la electricidad y de las medidas propuestas para hacer frente a los elevados precios de la energía, así como de las propuestas para mejorar las redes de energía y las capacidades de almacenamiento y de la reiteración de las promesas de mejorar el acceso al mercado para los pequeños operadores (prosumidores) y garantizar la seguridad del suministro. |
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3.3 |
La configuración y regulación del mercado deben adaptarse a las nuevas realidades del futuro, en el que las energías renovables que serán predominantes. Las claves: producción descentralizada y aumento del consumo in situ. Sin embargo, para ello aún es necesario establecer las condiciones necesarias para los distintos agentes y garantizar una protección adecuada de los consumidores. Hacen falta evaluaciones del mercado que analicen el comportamiento de todos los agentes potenciales en el mercado de la energía y la configuración de dicho mercado. En cualquier caso, el CESE subraya la importancia de una evaluación de impacto exhaustiva previa a cualquier propuesta. El CESE señala la urgente necesidad de combatir los elevados precios de la electricidad —en particular, su vinculación con los precios del gas—, que tienen un impacto negativo en las economías de los Estados miembros. |
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3.4. |
Durante mucho tiempo se ha dejado de lado la cuestión de hasta qué punto, y con qué configuración del mercado, se puede lograr la seguridad del suministro con los medios del mercado. En principio, un sistema energético basado en energías renovables (en gran parte de producción interna) promete un alto grado de seguridad de suministro. No obstante, esto no ocurrirá por sí solo: la condición necesaria es establecer un marco normativo adecuado. Las redes inteligentes son particularmente importantes, ya que envían señales claras a los muchos millones de productores y consumidores para que puedan actuar de un modo favorable al sistema y, de esa manera, contribuir a la seguridad del suministro. |
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3.5. |
En lo que respecta a la financiación de los proyectos de infraestructura, la rigidez de las normas presupuestarias ha demostrado repetidamente ser el mayor obstáculo para el sector público. Por tanto, el objetivo debe ser eximir a los proyectos relacionados con el Pacto Verde Europeo, la independencia energética y el sector digital de toda normativa que impida tales inversiones públicas. Así pues, en consonancia con su Dictamen sobre la remodelación del marco presupuestario de la UE (6), el CESE recomienda aplicar la «regla de oro» a las inversiones públicas con el fin de preservar la productividad y la base social y ecológica para el bienestar de las generaciones futuras. |
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3.6. |
La financiación mixta con participación de inversores privados solo es una opción si se garantiza que la adjudicación sea transparente y que el sector público no incurra en costes adicionales injustificados en comparación con una financiación pública. Debe existir una transparencia plena en relación con los costes adicionales justificados. Un informe del Banco Europeo de Inversiones (BEI) señaló que, por ejemplo, los contratos de colaboración público-privada en el sector europeo del transporte por carretera eran en promedio un 24 % más caros que otros proyectos comparables que utilizaban financiación tradicional (7). Por ello es especialmente importante que en estos modelos de financiación mixta se definan claramente los derechos y las obligaciones, se aclaren las cuestiones de responsabilidad y se prevea un sistema eficaz y rápido de resolución de conflictos con el fin de evitar costes adicionales a largo plazo y problemas relacionados con la responsabilidad. |
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3.7. |
La Comisión señala acertadamente que las inversiones públicas pueden y deben activar el dinero privado. Sin embargo, el plan REPowerEU no aborda la refinanciación de los fondos públicos correspondientes. Un posible enfoque para ello sería la eliminación de las subvenciones a los recursos fósiles; otro, la imposición de los beneficios extraordinarios obtenidos especialmente por las grandes empresas petroleras y por algunas empresas energéticas a raíz de la grave crisis del petróleo y del gas. Al CESE le preocupa que los beneficios extremadamente elevados de las empresas energéticas y el aumento de la pobreza energética causado por unos precios de la energía disparados supongan una combinación socialmente explosiva. El CESE propone que estos beneficios se reduzcan mediante impuestos y se transfieran como compensación financiera a los consumidores de energía, por ejemplo, hogares financieramente más vulnerables o empresas intensivas en energía, y se utilicen para la expansión de la producción de energía renovable y la infraestructura de red necesaria, especialmente porque estas medidas ya se están debatiendo o aplicando en algunos Estados miembros. El CESE considera que, para no disuadir a las empresas energéticas de invertir en soluciones hipocarbónicas, este tipo de imposición debería definirse como sensible. El CESE pide a la Comisión que proponga sin más demora medidas en ese sentido. |
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3.8. |
La finalidad de las infraestructuras es, ante todo, funcionar, y no transportar electricidad de A hacia B como un fin en sí mismo para generar beneficios constantes. Los acontecimientos de la última década, los retos que plantea el desarrollo de la red, el aumento masivo de los precios de la energía, el riesgo de ataques cibernéticos y, en particular, la guerra de Ucrania ponen claramente de manifiesto lo que está en juego, a saber, la cuestión de quién controlará en el futuro infraestructuras tan esenciales como la red energética. Por lo tanto, existe un interés público fundamental. Ello requeriría en consecuencia una propiedad pública comprometida con el bien común y que elimine las desigualdades existentes. |
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3.9. |
El CESE subraya que la «transición justa» no es solo una cuestión de financiar la transición, también incluye el objetivo de crear empleo digno, puestos de trabajo de calidad y seguridad social, así como mantener la competitividad de las empresas europeas, y requiere medidas específicas a todos los niveles, especialmente a nivel regional. Otros factores clave para una «transición justa» son el papel activo y organizador del sector público y la garantía de una participación democrática de los interlocutores sociales a todos los niveles. |
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3.10. |
La red energética forma parte de las infraestructuras críticas. Todo fallo o alteración de estas infraestructuras puede causar dificultades devastadoras para el suministro y poner en peligro la seguridad pública. En Europa, infraestructuras críticas como el transporte y el tráfico, los servicios sanitarios, las finanzas y la seguridad, por nombrar algunas, se encuentran cada vez más en manos de agentes privados debido a la ola de liberalización y privatización de las últimas décadas. Esta circunstancia es problemática porque los sectores están interconectados y la vulnerabilidad de un sector disminuye o impide la capacidad de funcionamiento de las demás infraestructuras críticas (efecto cascada). Por un lado, es difícil estimar estas dependencias mutuas; por otro, garantizar la capacidad de funcionamiento de estos sectores redunda en el interés público. Especialmente en caso de perturbaciones del mercado o de catástrofe resulta decisiva la importancia de la intervención de organismos públicos de coordinación que tengan poder de disposición sobre las infraestructuras para poder garantizar una resiliencia coordinada territorialmente. Estos riesgos son especialmente elevados en el caso de la electricidad, sin la cual el funcionamiento de una civilización avanzada del siglo XXI es prácticamente impensable, y apagones eléctricos generalizados provocarían la desestabilización de toda la sociedad. |
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3.11. |
Habida cuenta de que en Europa los edificios representan aproximadamente el 40 % del consumo de energía, una combinación inteligente de nuevas tecnologías, renovaciones eficaces y fomento de nuevos modelos de participación ciudadana es especialmente importante para la transición energética y el aumento de la eficiencia energética en el sector de la vivienda. La Directiva sobre el mercado interior de la electricidad promueve esta participación de los consumidores en la producción de electricidad renovable y constituye una base esencial para la aceptación de la producción descentralizada de energía. En este contexto, la armonización en todo el espacio europeo es importante para que el mayor número posible de hogares europeos pueda participar en la transición energética. Conceptos como el intercambio de energía y la energía comunitaria en general ofrecen perspectivas útiles a la hora de utilizar las redes energéticas para el suministro a pequeña escala orientado a la demanda y a la descongestión de la red. |
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3.12. |
El CESE reitera su posición de que el objetivo es reducir al máximo las emisiones con el menor coste socioeconómico posible. Recomienda combinar instrumentos compatibles con un mercado bien regulado y medidas reglamentarias cuando sea necesario, incluidos instrumentos financieros con el apoyo del marco financiero plurianual y NextGenerationEU para contribuir a un entorno energético más eficiente. Sin embargo, también debe quedar claro que, cuando existan indicios bien fundados de un fallo del mercado existente o inminente basados en un análisis minucioso, el sector público debe remediarlo, por ejemplo, mediante inversiones o intervenciones en el mercado. |
4. Observaciones específicas
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4.1. |
Con las inversiones en infraestructuras energéticas se pretende impulsar la seguridad del suministro y la expansión de las energías renovables de forma rápida, eficiente y rentable en interés de los consumidores y de la economía. En este contexto está en juego una cuestión muy importante: quién controlará en el futuro infraestructuras tan esenciales como la red energética y la infraestructura de almacenamiento. Desde el comienzo de la liberalización, las inversiones de las empresas eléctricas han experimentado una tendencia a la baja. Esta caída de la inversión, tanto en la red como en la producción, ha provocado cuellos de botella en el suministro y dificulta una mayor expansión de las energías renovables. |
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4.2. |
Desde un punto de vista económico cabe preguntarse por qué una red energética que representa una inversión atractiva para los inversores por su fiabilidad no debería ser también una inversión atractiva para el Estado. En manos del sector público, los dividendos distribuidos anualmente por las empresas privadas podrían reinvertirse en aras del bienestar común y aliviarían los presupuestos públicos. Y es que, además, con algunas privatizaciones parciales realizadas en el pasado ya ha quedado demostrado que aunque solo fuera por razones financieras la propiedad pública habría sido la decisión más acertada. Varios Estados miembros ya están volviendo a recurrir a estructuras públicas o semipúblicas. Al mismo tiempo se observa una tendencia hacia la remunicipalización. Las ventajas e inconvenientes de la propiedad pública y privada o de la financiación privada de las infraestructuras energéticas para el buen funcionamiento del mercado de la energía son un aspecto importante y deben examinarse en la evaluación prevista por la Comisión de las diferentes opciones para optimizar la configuración del mercado de la energía. Los resultados de este análisis pueden ser un valioso instrumento de toma de decisiones para los Estados miembros, que son responsables de decidir sobre la propiedad pública o privada de las infraestructuras energéticas. |
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4.3. |
En este contexto cobran importancia el suministro local y regional de energía y la remunicipalización de las empresas de suministros básicos, especialmente en relación con las estrategias de descentralización. En este sentido, las inversiones públicas en favor de la producción descentralizada de energía a nivel municipal desempeñan un papel fundamental. Deben examinarse otras opciones de financiación, como la aportación directa de recursos financieros a través de fondos. Las cubiertas de los edificios públicos son especialmente adecuadas para suministrar energía solar de bajo coste a barrios enteros. |
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4.4. |
En algunos Estados miembros se ofrecen incentivos financieros para impulsar la expansión de la energía fotovoltaica. En una carta dirigida a la Comisión, Austria, Bélgica, España, Lituania y Luxemburgo piden que, en determinadas circunstancias, exista obligación de instalar sistemas fotovoltaicos en los edificios administrativos, los supermercados, las cubiertas planas y las instalaciones industriales. Los sistemas fotovoltaicos también deberían ser la norma tanto en las viviendas nuevas como en las renovadas. Los Estados miembros citados solicitan a la Comisión que destine más dinero del presupuesto de la UE a la expansión de dichos sistemas. El CESE valora positivamente esta idea y pide a la Comisión que analice las inversiones, reglamentaciones y medidas de acompañamiento (por ejemplo, en el ámbito de la investigación y desarrollo) necesarias para impulsar la expansión de la energía fotovoltaica y la producción en el interior de la UE. |
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4.5. |
La energía como bien social: el CESE recuerda en este contexto la aplicación de los valores comunes de la Unión por lo que respecta a los servicios de interés económico general en el sentido del artículo 14 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), contemplados en el Protocolo n.o 26 anejo al Tratado de la Unión Europea y al TFUE, relativo a los servicios de interés general. Esto podría garantizar una mayor eficiencia y asequibilidad y evitar los fallos del mercado. |
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4.6. |
La actual crisis energética pone de manifiesto la especial importancia de la energía como bien socialmente relevante. Además de preservar puestos de trabajo y empleo de calidad, el vínculo entre los aspectos sociales y medioambientales se vuelve transparente. La propiedad pública puede garantizar el control democrático, la inversión pública, la seguridad del suministro y una distribución justa de los costes de la transición del sector energético hacia fuentes de energía renovables. |
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4.7. |
Para evitar inversiones incorrectas o fallidas se han de eliminar de inmediato las ambigüedades y contradicciones existentes en relación con las estructuras esenciales del nuevo sistema energético, la arquitectura del mercado, las funciones y las reglas del mercado y, sobre todo, las consecuencias sociales para los trabajadores y los consumidores. Un reparto equitativo de las cargas de la inversión desempeña un papel central, al igual que un reparto equitativo de los posibles beneficios. El modo de garantizar que se realicen las inversiones necesarias y que estas sean rentables es una de las cuestiones importantes que deben abordarse para garantizar un funcionamiento óptimo del mercado de la energía a largo plazo. El CESE toma nota de las conclusiones a este respecto contenidas en el estudio de la ACER y en la Comunicación sobre los mercados de la electricidad y acoge con satisfacción la intención de la Comisión de evaluar el mercado de la electricidad. |
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4.8. |
Un aspecto importante en la transición energética será la coordinación y organización entre importadores, operadores de redes regionales, empresas ciudadanas de energía, autoconsumidores y comunidades de energía que usan su electricidad localmente, empresas de almacenamiento y proveedores. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Esta es la conclusión a la que ha llegado la asociación de la industria eléctrica Eurelectric.
(2) Plan REPowerEU — COM(2022) 230 final.
(3) Esta es la conclusión a la que ha llegado la asociación de la industria eléctrica Eurelectric.
(4) Dictamen del CESE sobre los precios de la energía (DO C 275 de 18.7.2022, p. 80).
(5) A Decarbonised, Affordable and Democratic Energy System for Europe.
https://www.epsu.org/sites/default/files/article/files/Going%20Public_EPSU-PSIRU%20Report%202019%20-%20EN.pdf.
(6) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Remodelar el marco presupuestario de la UE para una recuperación sostenible y una transición justa» (DO C 105 de 4.3.2022, p. 11).
(7) BEI 2006. Ex ante construction costs in the European road sector: a comparison of public-private partnerships and traditional public procurement. Economic and Financial Report 2006/01, Blanc-Brude, F., Goldsmith, H. and Välilä, T., https://www.eib.org/attachments/efs/efr_2006_v01_en.pdf.
ANEXO
La enmienda siguiente, que obtuvo como mínimo un cuarto de los votos, fue rechazada en el transcurso de los debates:
Punto 2.9
Modifíquese de la manera siguiente:
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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El CESE es partidario de adaptar mejor las normas europeas sobre las redes transeuropeas de energía (RTE-E) a los objetivos del Pacto Verde Europeo, que incluyen en particular la descarbonización del sistema energético, la transición a la neutralidad climática, el desarrollo de fuentes de energía renovables, la eficiencia energética y la prevención del riesgo de pobreza energética. Dado que las redes energéticas cumplen una función esencial en cuanto al equilibrio, la resiliencia y el desarrollo del sistema energético, el CESE pide que el Reglamento se enmarque más claramente en una dinámica de integración del sistema energético, para fomentar todos los tipos de energía descarbonizada e imposibilitar cualquier forma de desintegración. En este contexto cabe celebrar la iniciativa emprendida por el Consejo y el Parlamento Europeo de definir como «interés público superior» no solo las energías renovables, sino también las redes de distribución. |
El CESE es partidario de adaptar mejor las normas europeas sobre las redes transeuropeas de energía (RTE-E) a los objetivos del Pacto Verde Europeo, que incluyen en particular la descarbonización del sistema energético, la transición a la neutralidad climática, el desarrollo de fuentes de energía renovables, la eficiencia energética y la prevención del riesgo de pobreza energética. Dado que las redes energéticas cumplen una función esencial en cuanto al equilibrio, la resiliencia y el desarrollo del sistema energético, el CESE pide que el Reglamento se enmarque más claramente en una dinámica de integración del sistema energético, para fomentar todos los tipos de energía descarbonizada , incluida la nuclear, e imposibilitar cualquier forma de desintegración. En este contexto cabe celebrar la iniciativa emprendida por el Consejo y el Parlamento Europeo de definir como «interés público superior» no solo las energías renovables, sino también las redes de distribución. |
Exposición de motivos
La generación de energía nuclear desempeña y seguirá desempeñando un papel importante en una amplia gama de tecnologías de bajas emisiones, como ha destacado, entre otros, la presidenta de la Comisión Europea Von der Leyen en recientes intervenciones.
Resultado de la votación:
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Votos a favor: |
44 |
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Votos en contra: |
109 |
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Abstenciones: |
14 |
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/76 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Creación conjunta de servicios de interés general como contribución a una democracia más participativa en la UE»
(Dictamen de iniciativa)
(2022/C 486/11)
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Ponente: |
Krzysztof Balon |
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Coponente: |
Thomas Kattnig |
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Decisión del pleno |
20.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Dictamen de iniciativa |
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Sección competente |
Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en la sección |
7.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
226/0/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
La creación conjunta de servicios de interés general por las organizaciones de la sociedad civil, y directamente por los ciudadanos, constituye una de las herramientas más eficaces para estimular la democracia participativa y reforzar así la integración europea. Esta es la razón por la que, en el presente Dictamen, el Comité Económico y Social Europeo (CESE) propone medidas concretas para mejorar las condiciones marco en este ámbito en la Unión Europea, con el fin de mejorar la protección de los derechos de la ciudadanía y las prestaciones que recibe. |
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1.2 |
Sobre todo las situaciones de crisis —como la reciente agresión rusa contra Ucrania y la consiguiente huida de millones de personas, en su mayoría mujeres y niños— ponen de relieve el papel crucial que desempeña la sociedad civil por su capacidad inmediata para combinar y poner en práctica de manera espontánea pero al mismo tiempo eficaz modelos y procedimientos de creación conjunta (en particular en lo que se refiere a servicios de interés general de carácter social y educativo) en ámbitos en los que ya existen experiencias de una auténtica creación conjunta. |
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1.3 |
Históricamente, los agentes de la sociedad civil siempre han ofrecido servicios de interés general sociales y de otro tipo cuando las autoridades públicas aún no habían detectado las necesidades o las empresas comerciales no consideraban rentable responder a ellas. En la mayoría de los casos, el Estado se incorporaba posteriormente como proveedor o entidad adjudicadora, además de como regulador y como garante de la calidad de los servicios. En este contexto, el principio de subsidiariedad entre los Estados miembros y la Unión Europea establecido en el artículo 5, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE) también debe aplicarse en relación con los servicios de interés general. Además, en lo que respecta a dichos servicios, el principio de subsidiariedad también debe ser un principio rector en la relación entre todos los niveles de la administración pública de los Estados miembros, así como entre las autoridades públicas y las organizaciones de la sociedad civil. |
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1.4 |
Aunque la responsabilidad jurídica y política de la prestación de los servicios de interés general sigue correspondiendo a los miembros —elegidos en las urnas— de los correspondientes órganos de representación, y se somete periódicamente a la evaluación de la ciudadanía en las elecciones, son las autoridades las que controlan la adecuada prestación de dichos servicios. El CESE aboga por una aplicación activa del principio de la creación conjunta: los servicios de interés general deberían diseñarse junto con los usuarios, las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil, ya que de esta manera puede garantizarse que, por una parte, respondan a las necesidades reales y, por otra, permitan la participación democrática. Esto es especialmente cierto en los casos en que los trabajadores asalariados cooperan con voluntarios o estructuras de autoayuda. |
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1.5 |
Por consiguiente, se pide a los Estados miembros que desarrollen instrumentos —o los mejoren— destinados a garantizar la participación de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil en todo el proceso de prestación de servicios públicos básicos. Esto también implica unas condiciones marco adecuadas para las actividades de la economía social sin ánimo de lucro —tal como se definen en el Dictamen del CESE de 18 de septiembre 2020«Fortalecer las empresas sociales sin ánimo de lucro como pilar esencial de una Europa social» (1)— y la aplicación del artículo 77 de la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública (2) de modo que los contratos para determinados servicios sociales, culturales y de salud, así como educativos, que figuran en ese artículo estén reservados a organizaciones sin ánimo de lucro. |
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1.6 |
El CESE señala que la prestación de unos servicios públicos básicos de calidad en interés de la ciudadanía y de la economía depende de la existencia de unos recursos adecuados, es decir, financiación y dotación de personal, que deben garantizarse. |
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1.7 |
Aunque las condiciones marco para la prestación de servicios de interés general —y, por tanto, para su creación conjunta— son principalmente competencia de los Estados miembros, las regiones y los municipios, también resulta urgente crear un conjunto de instrumentos que facilite el uso de modelos de creación conjunta con objeto de animar a los Estados miembros a utilizar tales modelos. Estas iniciativas deben animar a todos los agentes pertinentes de los Estados miembros a fomentar la creación conjunta y la prestación de servicios de interés general por organizaciones de la sociedad civil. |
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1.8 |
El CESE propone que la Comisión publique un documento de trabajo sobre este tema como base para futuros trabajos, con vistas a la creación de un «conjunto de herramientas» que aliente y oriente a las autoridades nacionales, regionales y locales hacia un mayor uso de los modelos de creación conjunta. Dicho documento debería incluir, entre otras cosas, las consideraciones respecto a la creación conjunta en relación con el artículo 14 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y con el Protocolo n.o 26 anejo al TUE y al TFUE, teniendo en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, el papel especial de la economía social sin ánimo de lucro en la creación conjunta y las condiciones marco necesarias para ello. El documento también debe contener propuestas para la promoción europea y nacional de proyectos innovadores de creación conjunta que tengan en cuenta los componentes de investigación, así como una recopilación de buenas prácticas. Sobre la base del conjunto de herramientas descrito anteriormente, y tras una consulta más amplia a escala de la UE, podrían ponerse en marcha un Libro Verde y posteriormente un Libro Blanco. |
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1.9 |
Por su parte, el CESE creará un foro de intercambio de ideas y buenas prácticas en este ámbito, en el que participarán organizaciones de la sociedad civil, los interlocutores sociales, universidades y proyectos de investigación, con el fin de mantener e impulsar el proceso de debate a escala europea. |
2. Contexto general
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2.1 |
El perfeccionamiento de la democracia participativa en la Unión Europea supone uno de los principales retos a la hora de reforzar la integración europea contra el populismo y el nacionalismo. Por su parte, la creación conjunta de servicios de interés general por las organizaciones de la sociedad civil, y directamente por los ciudadanos, es una de las herramientas más eficaces para estimular la democracia participativa. |
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2.2 |
Desde hace varios años, el CESE viene apoyando la modernización y el perfeccionamiento de los servicios de interés general en cooperación con diversos agentes de la sociedad civil y de los ámbitos de la ciencia y la investigación. Dentro del Comité, la responsabilidad de esta labor recae principalmente en el Grupo de Estudio Temático sobre los Servicios de Interés General. |
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2.3 |
En 2019 se inició una colaboración con el consorcio del proyecto «Creación conjunta de innovaciones en materia de servicios en Europa» (CoSIE) (3), compuesto por universidades, municipios y organizaciones de la sociedad civil de nueve Estados miembros (España, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Italia, Países Bajos, Polonia y Suecia) y del Reino Unido. El Grupo de Estudio Temático sobre los Servicios de Interés General analizó las experiencias y conclusiones innovadoras del proyecto CoSIE en el marco de dos seminarios: «Creación conjunta de servicios de interés general: el papel de las organizaciones de la sociedad civil», celebrado el 15 de abril de 2021 en Bruselas, y «Ciudadanos que sirven a otros ciudadanos: creación conjunta y prestación de servicios de interés general por organizaciones de la sociedad civil», celebrado los días 1 y 2 de diciembre de 2021 en Lublin (Polonia) en colaboración con el ayuntamiento de Lublin y con participación de socios de Ucrania. |
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2.4 |
La creación conjunta está intrínsecamente relacionada con debates más amplios sobre la reforma de la administración pública. La llamada «nueva gestión pública» (New Public Management o NPM) se centró en aumentar la eficacia, adoptar modelos de gestión procedentes del sector privado y establecer en los servicios públicos relaciones de tipo proveedor-cliente que partieran de las necesidades, demandas y decisiones de los usuarios de los servicios. Este fue un modelo dominante en las décadas de 1990 y 2000, pero recibió críticas por no ser tan eficaz y eficiente como se esperaba, así como por su limitado potencial innovador (4). Las tendencias posteriores a la «nueva gestión pública» («subparadigmas») (5) en cuanto a la innovación de los servicios públicos se basan en un ciudadano activo que produce de manera conjunta en lugar de un consumidor individual pasivo motivado por su propio interés atomizado, y también se centran en mejorar la integración y la coordinación entre redes de grupos de usuarios y partes interesadas, en lugar de fomentar la desintegración. La creación conjunta se considera un concepto clave en los modelos posteriores a la «nueva gestión pública» (6). |
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2.5 |
Los resultados de los trabajos realizados hasta ahora por el CESE en este ámbito muestran que la creación conjunta y la prestación de servicios de interés general por parte de la ciudadanía o de sus organizaciones conduce al fortalecimiento de la democracia participativa y al desarrollo de la economía social en la Unión Europea, entre otras funciones cruciales desempeñadas por los servicios de interés general como facilitadores indispensables de todas las demás actividades de la sociedad. |
3. Servicios de interés general
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3.1 |
En el curso de la integración europea, y dentro de la tensión entre «unidad» y «diversidad» que caracteriza dicha integración, se estableció un nuevo concepto en relación con determinados servicios regidos por reglas y normas específicas. El objetivo es garantizar que todos los ciudadanos y partes interesadas tengan acceso a aquellos servicios esenciales que, ahora y en el futuro, constituyen la base de una existencia digna y resultan imprescindibles para la participación en la vida de la sociedad: esto es, servicios de interés general. Dichos servicios pueden prestarse en diferentes entornos, ya sea como servicios de interés económico general en mercados de carácter competitivo o como servicios no económicos de interés general, excluidos de dichos mercados. La Comisión distingue en ese sentido (7) entre servicios de interés económico general, servicios no económicos y servicios sociales de interés general (económicos o no económicos). En el caso de los servicios de interés económico general (8) y los servicios económicos es de aplicación el artículo 106 del TFUE. |
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3.2 |
El concepto se ha ido reforzando y precisando progresivamente: |
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3.2.1 |
Los servicios de interés general forman parte de los valores europeos comunes y desempeñan un papel en la promoción de la cohesión social y territorial en la UE (9). En ese sentido, el CESE hace referencia a los valores comunes de la Unión por lo que respecta a los servicios de interés económico general en el sentido del artículo 14 del TFUE, contemplados en el Protocolo n.o 26 sobre los servicios de interés general anejo al TUE y al TFUE. El desarrollo ulterior de los principios allí establecidos puede dar lugar a una mayor eficiencia y a la eliminación de disfunciones. |
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3.2.2 |
Estos valores comunes abarcan tres dimensiones: el margen de discrecionalidad de que disponen las autoridades nacionales, regionales y locales para cubrir las necesidades de los usuarios; la toma en consideración de la diversidad de los servicios y de la disparidad de las necesidades, preferencias y decisiones democráticas de los usuarios, así como de las diferentes situaciones geográficas, sociales y culturales; un alto nivel de calidad, seguridad y accesibilidad económica, la igualdad de trato y la promoción del acceso universal y los derechos de los usuarios (10). |
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3.2.3 |
Estos servicios constituyen una parte esencial de los sistemas económicos y sociales de los Estados miembros de la UE y, en general, son un elemento sustancial del modelo social europeo. Los ciudadanos y las empresas europeos esperan legítimamente tener a su disposición una amplia gama de servicios de interés (económico) general fiables, estables y eficientes, con una calidad elevada y a precios asequibles. Estos servicios permiten satisfacer las necesidades e intereses colectivos (cometidos de interés general). El CESE señala explícitamente que la prestación con un alto grado de calidad de estos servicios esenciales para la ciudadanía y para la economía depende de la existencia de unos recursos adecuados, es decir, financiación y dotación de personal, que deben garantizarse. |
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3.2.4 |
El acceso a los servicios de interés económico general forma parte de los derechos fundamentales (11) y del pilar europeo de derechos sociales (12). En el principio 20 de dicho pilar se mencionan explícitamente los servicios de interés general «esenciales», mientras que en otros de los principios se esbozan ámbitos importantes de los servicios de interés general como son la educación, la vivienda y la asistencia a las personas sin hogar, los cuidados de larga duración, la inclusión de las personas con discapacidad y la asistencia sanitaria, por citar algunos. |
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3.2.5 |
Los servicios no económicos de interés general están exentos de las normas del mercado interior y de competencia, y solo están sujetos a los principios generales de la UE (transparencia, no discriminación, igualdad de trato y proporcionalidad) (13). |
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3.2.6 |
La Unión y los Estados miembros «velarán por que dichos servicios actúen con arreglo a principios y condiciones, en particular económicas y financieras, que les permitan cumplir su cometido» (14). |
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3.2.7 |
Los servicios de interés económico general están sujetos a las normas de los Tratados, en especial a las normas sobre competencia, en la medida en que la aplicación de dichas normas no impida, de hecho o de derecho, el cumplimiento de la misión específica a ellos confiada (15). |
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3.3 |
El objetivo de los servicios de interés general es satisfacer las necesidades de todos los ciudadanos y de todas las partes interesadas, teniendo en cuenta su evolución temporal y espacial. Pueden referirse, por ejemplo, a ámbitos como la seguridad, la salud, los servicios sociales (en particular, la inclusión de las personas con discapacidad), los cuidados de larga duración, la construcción de viviendas sociales o la educación (16), además de los servicios esenciales mencionados explícitamente en el principio 20 del pilar europeo de derechos sociales (17). |
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3.4 |
En relación con los servicios de interés general, el principio de subsidiariedad entre los Estados miembros y la Unión Europea se regula en el artículo 5, apartado 3, del TUE. La UE establece un marco general de principios orientado a las necesidades de todos los ciudadanos y de todos los agentes económicos y sociales, mientras que los Estados miembros y las autoridades regionales y locales establecen y ponen en práctica los servicios de interés general. Además, en lo que respecta a dichos servicios, el principio de subsidiariedad también debe ser un principio rector en la relación entre todos los niveles de la administración pública de los Estados miembros, así como entre las autoridades públicas y las organizaciones de la sociedad civil. |
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3.5 |
Los servicios de interés general están sometidos a tensiones entre diversos aspectos: garantizar los derechos fundamentales, cumplir los objetivos en materia de desarrollo sostenible, protección del medio ambiente y lucha contra el cambio climático, y aplicar la economía social de mercado, el mercado único y las normas de competencia. Con la participación de todas las partes interesadas debe encontrarse caso por caso un equilibrio pragmático que satisfaga las necesidades de los individuos y de la colectividad. |
4. Creación conjunta de servicios de interés general
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4.1 |
Desde siempre, los agentes de la sociedad civil han ofrecido servicios de interés general sociales y de otro tipo porque las autoridades públicas (estatales, regionales y locales) aún no habían detectado las necesidades o porque las empresas comerciales no consideraban rentable responder a ellas. En la mayoría de los casos, el Estado se incorporaba posteriormente como proveedor y regulador, y también como garante de la calidad de los servicios. |
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4.2 |
Los servicios de interés general son prestados por los propios entes territoriales o contratados por estos. Aunque la responsabilidad política recae en los miembros —elegidos en las urnas— de dichos entes y se somete periódicamente a la evaluación de la ciudadanía en las elecciones, son las autoridades las que controlan la adecuada prestación de dichos servicios. Pueden aplicarse dos modos de proceder distintos: el descendente (iniciativas de las autoridades nacionales, regionales o locales) o el ascendente (creación conjunta con la participación de la ciudadanía o las organizaciones de la sociedad civil). El presente Dictamen se refiere al segundo de ellos. El CESE aboga por una amplia aplicación del principio de la creación conjunta: los servicios de interés general deberían diseñarse en colaboración con los usuarios, las comunidades y con las organizaciones de la sociedad civil, ya que de esta manera puede garantizarse tanto que respondan a las necesidades reales como que permitan la participación democrática. |
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4.3 |
Sin embargo, los ámbitos y el grado de puesta en práctica de la creación conjunta dependen de las circunstancias de cada caso. No todos los servicios, comunidades y proveedores de servicios —en particular en ámbitos de infraestructura críticos como el suministro de energía y agua— se adaptan a una forma radicalmente nueva de abordar los servicios y compartir responsabilidades, pero cada paso dado para mejorar la capacidad de codecisión y fomentar soluciones eficaces de manera colaborativa resulta gratificante. Para maximizar la participación de los usuarios podría recomendarse la llamada «escalera de la creación conjunta» (18), con diferentes niveles de participación sistemática de los agentes públicos y privados pertinentes, desde un menor nivel de participación (cuando las agencias públicas buscan empoderar a los ciudadanos para mejorar su capacidad de controlar su propia vida y los animan a crear conjuntamente los servicios que les ofrece el sector público) hasta el nivel más alto (cuando se facilita la innovación colaborativa sobre la base de la definición de problemas y una fijación de objetivos conjunta, del diseño conjunto y del ensayo de soluciones nuevas y no probadas, así como de una puesta en práctica coordinada basada en soluciones públicas y privadas). |
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4.4 |
La creación conjunta implica la adopción de métodos de trabajo basados en los puntos fuertes o en los activos. Un enfoque basado en activos moviliza los recursos (materiales e inmateriales), las capacidades y las aspiraciones de los usuarios de los servicios en lugar de limitarse a registrar y satisfacer sus necesidades. Este enfoque parte de la premisa de que todos los ciudadanos cuentan con activos valiosos, a menudo no reconocidos (cultura, tiempo, experiencia vital y de aprendizaje, conocimientos prácticos, redes personales, capacidades, ideas), con los que pueden contribuir al desarrollo y la prestación de los servicios. El conjunto de herramientas metodológicas de creación conjunta abarca una serie de métodos, desde cuestionarios de satisfacción —como los empleados en el comercio electrónico— y encuestas hasta distintas formas de expresar opiniones mediante herramientas digitales, grupos temáticos y paneles, así como métodos participativos (por ejemplo, hackatones sociales, tecnologías de espacio abierto, laboratorios vivientes, cafés internacionales, modelos de servicios, pensamiento de diseño, recorrido de usuario y diversas herramientas participativas en línea). |
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4.5 |
Sin embargo, la creación conjunta no es una solución técnica y no puede lograrse mediante un ejercicio único. Se trata de un enfoque que influye en distintas etapas de los procesos de diseño y prestación de los servicios. En sus formas más radicales, el conjunto de instrumentos llega a incluir formas de cogobernanza que fomentan un desplazamiento de poder, y en ocasiones una transmisión de la propiedad de los servicios, hacia las personas y las comunidades. Esto abarca la participación formal de personas con experiencia vital práctica en acuerdos de gobernanza, acuerdos recíprocos, cooperativas y organizaciones comunitarias. |
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4.6 |
La condición previa para un proceso de creación conjunta eficaz es invitar a todos los grupos de usuarios potenciales para poder representar sus intereses. Una participación sesgada que favorezca a aquellos ciudadanos que disponen de más recursos y están más dispuestos a participar podría conducir a procesos no democráticos. |
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4.7 |
Otra condición sine qua non de la creación conjunta es la confianza entre los participantes en el proceso, que solo puede generarse entre los proveedores de servicios y las partes interesadas si existe transparencia sobre lo que debería lograr el servicio con sus procesos de creación conjunta y se comparte abiertamente con los creadores conjuntos el ámbito y alcance del servicio. (19) |
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4.8 |
La creación conjunta debe tener lugar siempre en el contexto de la planificación nacional, regional y local de las necesidades. Siempre deben tenerse en cuenta las contradicciones entre las distintas necesidades. Una vez determinadas estas es posible debatir en consultas públicas propuestas para su jerarquización que sirvan de base a las instancias de intermediación y decisión pertinentes con el fin de garantizar la calidad, la seguridad de prestación y acceso, la igualdad de trato y el respeto de los derechos de los usuarios. El objetivo último de los servicios de interés general debe ser en todo momento beneficiar a la sociedad en su conjunto. El proceso de creación conjunta no debe nunca conducir involuntariamente a una reducción de la calidad de los servicios, a incrementos injustificados de su precio o a un recorte del acceso a estos. |
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4.9 |
La creación conjunta es una interacción dinámica entre los proveedores de servicios, los usuarios de servicios y otras partes interesadas, que implica varias fases potenciales: |
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4.9.1 |
iniciación conjunta: determinar conjuntamente los objetivos y fines de cada servicio desde el comienzo mismo del proceso; |
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4.9.2 |
participación de las partes interesadas; involucrar a nuevos agentes (usuarios, clientes, prestadores de servicios) y mantener su participación durante el proceso; |
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4.9.3 |
diseño conjunto: diseñar el servicio conjuntamente; |
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4.9.4 |
puesta en práctica conjunta: prestar servicios conjuntamente; |
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4.9.5 |
gestión conjunta: organizar y gestionar los servicios conjuntamente; |
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4.9.6 |
gobernanza conjunta: formular políticas conjuntamente; |
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4.9.7 |
evaluación conjunta: evaluar conjuntamente la eficacia y la eficiencia de los servicios y las decisiones adoptadas sobre la base de un conjunto de criterios. |
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4.10 |
En este contexto cabe mencionar que, en la práctica, ya existen modelos innovadores en los que no cabe prestar un servicio público sin la participación activa de los usuarios (20). |
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4.11 |
Resulta esencial que los servicios de interés general se desarrollen en el marco de un esfuerzo colaborativo con los usuarios, las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil para garantizar que se genere valor en la oferta de servicios de interés general, es decir, que se cree mayor bienestar o se logre una comprensión compartida del bien común que pueda servir de base para el desarrollo de políticas, estrategias y servicios. En un proceso de desarrollo de servicios basado en la creación conjunta, los usuarios de los servicios trabajan con profesionales para diseñar, crear y prestar dichos servicios (21). Por lo tanto, las funciones de innovador, proveedor del servicio y usuario del servicio confluyen entre sí. |
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4.12 |
El valor añadido de la creación conjunta reside siempre en una cooperación activa entre las autoridades públicas (responsables jurídica o políticamente de la prestación de los servicios de interés general), los prestadores de los servicios y los usuarios, que deben participar en el proceso democrático de creación conjunta. De este modo, la creación conjunta refuerza la legitimidad democrática de las decisiones tomadas en el ámbito político. |
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4.13 |
Este valor añadido contribuye especialmente a reforzar la participación democrática cuando los proveedores de servicios proceden del ámbito de las organizaciones de la sociedad civil o de la economía social sin ánimo de lucro, en la que el personal profesional colabora con personal voluntario y estructuras de autoayuda, o cuando las organizaciones de la sociedad civil que representan los intereses de los usuarios pueden ejercer una influencia real en los proveedores —públicos o privados— de dichos servicios. Además de ello, la creación conjunta también presenta una dimensión moral: fortalece las comunidades, la cohesión y la confianza entre los agentes (22). |
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4.14 |
Esto también se percibe en situaciones de crisis. Un ejemplo de actualidad es la prestación por las organizaciones de la sociedad civil de servicios (especialmente en los ámbitos social y educativo) dirigidos a los refugiados de la guerra de Ucrania y con la participación de estos. La capacidad inmediata de la sociedad civil de poner en práctica modelos y procedimientos de creación conjunta de manera espontánea pero al mismo tiempo eficaz ha demostrado ser crucial, y resultó posible en territorios en los que ya se habían llevado a cabo con éxito procesos de creación conjunta. |
5. Iniciativas políticas a escala europea
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5.1 |
Aunque las condiciones marco para la prestación de servicios de interés general —y, por tanto, para su creación conjunta— son principalmente competencia de los Estados miembros, las regiones y los municipios, es necesario animar a las autoridades nacionales, regionales y locales a apoyar adecuadamente la prestación de servicios de interés general de alta calidad. A tal fin, es urgente crear un conjunto de instrumentos que facilite el uso de modelos de creación conjunta a fin de animar a los Estados miembros a utilizar tales modelos. Estas iniciativas deben animar a todas las partes interesadas pertinentes de los Estados miembros a promover la creación conjunta y la prestación de servicios de interés general por organizaciones de la sociedad civil, en parte porque el enfoque de creación conjunta ayuda en gran medida a adaptar los servicios a los cambios en las necesidades, a modernizarlos y a orientarlos hacia el futuro. |
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5.2 |
A tal fin, el CESE pide a la Comisión Europea que adopte un enfoque transversal que contemple los diferentes ámbitos de competencia y la totalidad de las partes interesadas con el fin de desarrollar un conjunto de herramientas que tenga en cuenta las diferentes formas de creación conjunta, los proyectos piloto realizados y las conclusiones que se extraen de ellos. |
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5.3 |
Más concretamente, el CESE propone que la Comisión publique un documento de trabajo sobre este tema como base para futuros trabajos, con vistas a la creación de un «conjunto de herramientas» que aliente y oriente a las autoridades nacionales, regionales y locales hacia un mayor uso de los modelos de creación conjunta. Dicho documento debería incluir, entre otras cosas, las consideraciones respecto a la creación conjunta en relación con el artículo 14 del TFUE y con el Protocolo n.o 26 anejo al TUE y al TFUE, teniendo en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, el papel especial de la economía social sin ánimo de lucro en la creación conjunta y las condiciones marco necesarias para ello, tal como se definen en el Dictamen del CESE «Fortalecer las empresas sociales sin ánimo de lucro como pilar esencial de una Europa social» de 18 de septiembre de 2020 (23). Además, el documento debe hacer referencia a la aplicación del artículo 77 de la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública (24), de manera que los contratos de servicios sociales, culturales y de salud, así como educativos, que figuran en ese artículo estén reservados a organizaciones sin ánimo de lucro. Asimismo, el documento también debe contener propuestas para la promoción europea y nacional de proyectos innovadores de creación conjunta que tengan en cuenta los componentes de investigación, así como una recopilación de buenas prácticas. Sobre la base del conjunto de herramientas descrito anteriormente, y tras una consulta más amplia a escala de la UE, podrían ponerse en marcha un Libro Verde y posteriormente un Libro Blanco. |
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5.4 |
Por su parte, el CESE crearía un foro de intercambio de ideas y buenas prácticas en este ámbito, en el que participarían organizaciones de la sociedad civil, universidades y proyectos de investigación, con el fin de mantener e impulsar el proceso de debate a escala europea. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) DO C 429 de 11.12.2020, p. 131.
(2) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014L0024&from=EN
(3) https://cosie.turkuamk.fi.
(4) Drechsler, W.: «Towards a Neo-Weberian European Union? Lisbon agenda and public administration», Halduskultuur — Administrative Culture, 2009, 10(1), pp. 6-21.
(5) Çolak, Ç. D.: «Why the new public management is obsolete: an analysis in the context of the post-new public management trends», Croatian and Comparative Public Administration, 2019, 19(4), pp. 517-536, https://doi.org/10.31297/hkju.19.4.1.
(6) Torfing, J., Sørensen, E., & Røiseland, A.: «Transforming the public sector into an arena for co-creation: Barriers, drivers, benefits and ways forward», Administration & Society, 2019, 51(5), pp. 795-825, https://doi.org/10.1177/0095399716680057.
(7) https://ec.europa.eu/info/topics/single-market/services-general-interest_es
(8) Ya contemplados en el Tratado de Roma, y actualmente en el artículo 106 del TFUE.
(9) TFUE: disposiciones generales, artículo 14.
(10) Protocolo n.o 26 anejo al TUE y al TFUE.
(11) Artículo 36 de la Carta de los Derechos Fundamentales.
(12) Principio 20 del pilar.
(13) Protocolo n.o 26 anejo al TUE y al TFUE.
(14) Artículo 14 del TFUE.
(15) Artículo 106 del TFUE.
(16) Ante el agravamiento de la crisis inmobiliaria en muchos Estados miembros, la vivienda asequible también cobra una importancia cada vez mayor como servicio esencial.
(17) «Agua, saneamiento, energía, transporte, servicios financieros y comunicaciones digitales».
(18) Torfing, J., Sørensen, E., & Røiseland, A. (2019) «Transforming the public sector into an arena for co-creation: Barriers, drivers, benefits and ways forward», Administration & Society 2019, 51(5), 795-825, https://journals.sagepub.com/doi/10.1177/0095399716680057.
(19) https://cosie.turkuamk.fi/arkisto/index.html
(20) Un ejemplo son los «servicios públicos compartidos» en Francia: https://service-public-partage.fr/.
(21) Social Care Institute of Excellence (2015) Co-production in social care: what it is and how to do it?, guía n.o 51 del SCIE.
(22) C. Fox et al.: «A New Agenda for Co-Creating Public Services», Turku University of Applied Sciences, 2021, https://julkaisut.turkuamk.fi/isbn9789522167842.pdf.
(23) DO C 429 de 11.12.2020, p. 131.
(24) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014L0024&from=EN
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/83 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Asociaciones temáticas en el marco del Acuerdo de Liubliana»
[Dictamen exploratorio]
(2022/C 486/12)
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Ponente: |
David SVENTEK |
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Coponente: |
Florian MARIN |
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Consulta |
Consejo — Presidencia checa, 26/1/2022 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social |
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Aprobado en sección |
9.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
190/1/4 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya con firmeza las declaraciones presentadas en el Acuerdo de Liubliana relativas a la agenda urbana para la Unión Europea (UE) y valora muy positivamente que se preste especial atención a la asociación y a los enfoques multinivel y multilaterales en materia de desarrollo urbano sostenible. |
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1.2. |
Las asociaciones temáticas deberían conducir a acciones y resultados tangibles y sostenibles que sean más duraderos que las propias asociaciones. Debería tenerse presente en todo momento la posibilidad de transmitir los resultados a otros Estados miembros, regiones, ciudades o sectores. Asimismo, debería supervisarse la distribución territorial y el equilibrio geográfico de estas oportunidades para que puedan beneficiar a las regiones y ciudades vulnerables. |
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1.3. |
Podría reforzarse el vínculo entre la agenda urbana para la UE y la política de cohesión. A pesar de tratarse de dos políticas e iniciativas distintas, con objetivos diferentes e integradas en marcos diferenciados, deberían existir sinergias. Se necesitan herramientas e instrumentos interconectados que permitan prestar un apoyo más coherente a las ciudades en el marco de la política de cohesión, así como una cooperación y una integración intersectoriales e interinstitucionales en los planos estratégico y operativo. Se debería conceder una mayor legitimidad a las asociaciones temáticas en el futuro. |
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1.4. |
Unos mecanismos de aplicación previsibles y con apoyo financiero que transformen los objetivos estratégicos europeos en acciones concretas, así como una financiación adecuada en el ámbito local, son fundamentales para los entes urbanos pequeños y medianos y para su participación continua en los procesos de la agenda urbana para la UE. |
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1.5. |
El CESE considera que los criterios utilizados para seleccionar a los socios para las asociaciones temáticas deben ser más específicos, abiertos e inclusivos. El proceso de selección no debería pasar por alto la oportunidad de que los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil participen en este proceso junto a los entes urbanos. Es importante tener en cuenta la evaluación ex ante realizada para la ecologización de las ciudades y el turismo sostenible. |
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1.6. |
Las condiciones laborales, la previsibilidad de la carrera profesional y el acceso a puestos de trabajo de alta calidad, la igualdad de oportunidades y los salarios adecuados deberían abordarse de forma transversal. También se debería tener en cuenta la posibilidad de garantizar todo tipo de diálogos y consultas con las partes interesadas, como el diálogo social, el diálogo cívico y las consultas a la ciudadanía. |
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1.7. |
El CESE propone que se tengan en cuenta el enfoque ascendente, los grupos temáticos, las redes temáticas y las redes para desarrollar soluciones a medida y de base local, así como la capacidad de utilizar las redes urbanas y temáticas existentes, especialmente en las ciudades pequeñas y medianas. |
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1.8. |
Se podría reforzar el papel del CESE en la gobernanza de la agenda urbana para la UE y en el Acuerdo de Liubliana. El CESE también debería formar parte del Grupo de Desarrollo Urbano y el Grupo Técnico Preparatorio de la Agenda Urbana, y participar en la reunión de directores generales sobre asuntos urbanos. |
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1.9. |
Las asociaciones temáticas podrían abordar temas adicionales como la democracia participativa, la economía del bienestar en las ciudades y las conexiones urbano-rurales, prestando especial atención a la juventud. |
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1.10. |
El CESE reitera su propuesta de crear una secretaría específica para mejorar la eficiencia y la eficacia de las asociaciones temáticas, con el fin de garantizar un vínculo con las políticas urbanas a escala local, asegurar la asistencia técnica y facilitar la creación de comunidades temáticas y el intercambio de buenas prácticas temáticas. Esto debería hacerse en estrecha cooperación con el Comité Europeo de las Regiones. |
2. Contexto general
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2.1. |
El 26 de noviembre de 2021, los ministros de la Unión Europea responsables de asuntos urbanos celebraron el Acuerdo de Liubliana y establecieron su programa de trabajo plurianual, que da inicio a una nueva fase de la agenda urbana para la UE. Este documento prevé medidas concretas destinadas a renovar la agenda urbana para la UE, con el objetivo común de aumentar su impacto su eficacia. El programa de trabajo plurianual complementa la declaración política y establece los parámetros operativos, el método de trabajo y los pasos para aplicar la siguiente fase de esta iniciativa de gobernanza multinivel y multilateral. |
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2.2. |
Los catorce temas prioritarios de la agenda (1) siguen siendo válidos: la inclusión de los migrantes y refugiados, la calidad del aire, la pobreza urbana, la vivienda, la economía circular, el empleo y las capacidades en la economía local, la adaptación climática (incluidas las soluciones de infraestructura ecológica), la transición energética, el uso sostenible del suelo y las soluciones basadas en la naturaleza, la movilidad urbana, la transición digital, la contratación pública innovadora y responsable, la cultura y el patrimonio cultural, y la seguridad en los espacios públicos. |
|
2.3. |
El Acuerdo de Liubliana añade los cuatro temas siguientes a dicha lista de temas prioritarios: ciudades por la igualdad, alimentación, ecologización de las ciudades y turismo sostenible. Estos temas se añadieron mediante procesos de creación conjunta y se vincularon a la Nueva Carta de Leipzig, a las políticas de la Unión, a otras tendencias emergentes de desarrollo urbano y a las necesidades de las ciudades. |
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2.4. |
La futura Presidencia checa del Consejo de la Unión Europea ha pedido al CESE que analice de qué forma podrían afectar los cambios introducidos por el nuevo Acuerdo de Liubliana a la creación de nuevas asociaciones temáticas. Dos de los cuatro temas acordados en Liubliana se seguirán desarrollando durante la Presidencia checa del Consejo de la Unión Europea, a saber: ecologización de las ciudades y turismo sostenible. |
3. Observaciones generales
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3.1. |
El CESE apoya con firmeza las declaraciones presentadas en el Acuerdo de Liubliana relativas a la agenda urbana para la UE y valora muy positivamente que se preste especial atención a la asociación y a los enfoques multinivel y multilaterales en materia de desarrollo urbano. |
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3.2. |
Al mismo tiempo, el CESE apoya la continuación y el desarrollo ulterior de la agenda urbana para la UE, respetando plenamente el principio de proporcionalidad. Por otra parte, el principio de adicionalidad debería gestionarse cuidadosamente a escala local. |
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3.3. |
El CESE celebra que el Acuerdo de Liubliana reconozca la importancia y el papel del CESE a la hora de apoyar la agenda urbana para la UE. Tal y como se menciona en el programa de trabajo plurianual de la agenda urbana para la UE, el CESE está capacitado y dispuesto a realizar aportaciones y a prestar su apoyo en relación con la vertiente territorial del desarrollo, las asociaciones y los aspectos económicos y sociales del desarrollo urbano, y con la difusión de las políticas urbanas de la Unión. |
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3.4. |
Los retos que plantean la diversidad, la complejidad y la sostenibilidad de las políticas de desarrollo urbano requieren enfoques multinivel y multilaterales que den prioridad a las asociaciones. El Acuerdo de Liubliana reconoce la importancia de la asociación a la hora de mejorar los conocimientos. Las asociaciones temáticas deberían conducir a acciones y resultados tangibles y sostenibles que sean más duraderos que las propias asociaciones. Debería tenerse presente en todo momento la posibilidad de transmitir los resultados a otras regiones, ciudades o sectores. Se debería supervisar la distribución territorial de estas oportunidades. Es preciso motivar e incentivar a las ciudades para que aprovechen las oportunidades de desarrollo europeas y sean activas a escala de la Unión. |
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3.5. |
La diversidad de las ciudades y de sus políticas de desarrollo es una cuestión difícil de gestionar y para la que no existe actualmente una solución general en las políticas de desarrollo urbano de la Unión. Se necesita un enfoque personalizado que valore la asociación, la sociedad civil y los interlocutores sociales. Las soluciones para el futuro de las estrategias de desarrollo deberían incluir diferentes perspectivas, competencias y disciplinas. En el Dictamen del CESE sobre el tema Revisión de la Agenda Territorial de la UE, la Carta de Leipzig y la agenda urbana para la UE (2), se recomienda utilizar los instrumentos de apoyo más adecuados para cada tipo de territorio, respetando el principio de subsidiariedad, lo que permitirá paliar los síntomas de privación, retraso y aislamiento en el caso de las regiones en riesgo. |
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3.6. |
Se debería garantizar una competencia leal entre todos los tipos de ciudades a la hora de financiar su desarrollo sostenible, lo que supondría un acceso igualitario a los fondos para las ciudades pequeñas y medianas. El principio de competencia también debería adaptarse a esta situación y tenerse siempre en cuenta. |
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3.7. |
Un nuevo elemento que se incluye en el Acuerdo de Liubliana es la evaluación ex ante de los temas. Estas evaluaciones tienen por objetivo poner en práctica un planteamiento pragmático, eficaz y orientado a los resultados, con el fin de aumentar la repercusión de los resultados futuros de la agenda urbana para la UE. También permitirán adaptar los criterios de selección de los socios. El CESE recomienda que las partes interesadas en la política urbana y las futuras asociaciones temáticas tengan presente en todo momento el intercambio de buenas prácticas, incluidos los modelos de asociación y cooperación. |
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3.8. |
Se deberían crear instrumentos adaptados financiados con fondos de la Unión y dinero público para aplicar los planes de acción de las asociaciones temáticas. Asimismo, se debería brindar un apoyo adaptado (instrumentos financieros, subvenciones y fondos) para garantizar que el proceso de puesta en práctica de las asociaciones temáticas se lleve a cabo de forma eficiente, sobre todo en lo que respecta a la ayuda para las ciudades y organizaciones pequeñas y medianas. El acceso a este apoyo también debería ser equitativo, velando por que las organizaciones y ciudades pequeñas no se queden atrás. |
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3.9. |
Instrumentos como las inversiones territoriales integradas o el desarrollo local participativo han tenido un gran éxito y deberían mantenerse y reforzarse a partir de mecanismos de aplicación estables y predecibles. El CESE considera que existe también margen de maniobra para el enfoque integrado (3) en cuanto a la posibilidad de combinar recursos financieros públicos y privados a fin de aumentar la capacidad y compartir el riesgo en beneficio del desarrollo territorial y urbano, sujeto al control democrático, la transparencia de la gobernanza y la rendición de cuentas. |
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3.10. |
La innovación debería tenerse en cuenta siempre a la hora de abordar los retos del desarrollo urbano sostenible. Se recomienda integrar transversalmente el acceso a la innovación, así como el intercambio y la expansión de las ideas de innovación, en la política de cohesión para 2021-2027 y en los acuerdos de asociación concluidos a escala de los Estados miembros. No se debería pasar por alto el ensayo de nuevas soluciones pertinentes e innovadoras, sobre todo en ámbitos como las tecnologías 4.0, la industria 5.0 o las tecnologías Web3, así como en la innovación social. La Iniciativa Urbana Europea desempeña un papel importante en el desarrollo de capacidades y en el apoyo a las acciones innovadoras. |
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3.11. |
Las regiones y ciudades marginadas y sus poblaciones vulnerables deberían ser objeto de una preocupación constante en las políticas de desarrollo, a fin de mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos. La reducción de la pobreza también debería ser una prioridad principal. El acceso a una enseñanza inclusiva de calidad, a servicios sociales, a asistencia sanitaria y a otros servicios públicos inclusivos es esencial para garantizar a las ciudades una recuperación justa después de la pandemia. A la hora de desarrollar e implantar las asociaciones temáticas, se debe prestar especial atención a los colectivos vulnerables de habitantes de las ciudades, en particular, las personas mayores, las personas con discapacidad, las minorías, los inmigrantes, los refugiados y las personas desfavorecidas en términos sociales, económicos y culturales, entre otros. Se debería garantizar su participación mediante el desarrollo de capacidades en el marco del proceso. El CESE recomienda encarecidamente que se considere prioritaria la reducción de las nuevas formas de desigualdades sociales, económicas, medioambientales y territoriales, y que, para ello, se garantice la participación equitativa y diversa de las distintas partes interesadas. |
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3.12. |
El Acuerdo de Liubliana identifica las necesidades de apoyo organizativo y de competencias, así como algunas necesidades de apoyo para las ciudades más pequeñas. Dado que la agenda urbana para la UE continúa siendo una iniciativa informal y facultativa, los miembros también deberían contribuir a apoyar las asociaciones y a aplicar las acciones. El CESE considera que el apoyo técnico que se requiere en el marco de las asociaciones debería tener en cuenta la sostenibilidad de los resultados finales de las mismas. Asimismo, debería tenerse presente en todo momento la adopción de un enfoque reforzado, integrado y participativo, así como la recopilación y el uso de datos para las inversiones empíricamente contrastadas. |
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3.13. |
No obstante, unos mecanismos de aplicación previsibles y con apoyo financiero que transformen las estrategias europeas en acciones concretas, así como una financiación adecuada a escala local, son fundamentales para los entes urbanos pequeños y medianos y para su participación continua en los procesos de la agenda urbana para la UE. Además, este principio debería gestionarse cuidadosamente en la puesta en práctica de las asociaciones temáticas. |
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3.14. |
La política de cohesión ofrece una serie de herramientas e instrumentos para el desarrollo urbano sostenible en el período de programación 2021-2027. El nuevo objetivo político 5, «Una Europa más próxima a sus ciudadanos», pretende desarrollar herramientas específicas para la ejecución de estrategias de desarrollo local en ciudades y pueblos de todos los tamaños. La asignación urbana mínima del FEDER en cada Estado miembro dirigida a prioridades y proyectos seleccionados por las ciudades a partir de estas estrategias se ha incrementado del 5 % al 8 %. Además, se creó la Iniciativa Urbana Europea para ofrecer un apoyo más coherente a las ciudades. El CESE recomienda que las oportunidades de asociaciones temáticas se den a conocer continuamente a escala local y que en ellas participen todas las partes interesadas pertinentes, incluido el CESE. En el futuro, debería incrementarse la asignación urbana. |
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3.15. |
Debido al aumento de la volatilidad y a la diversidad de los riesgos, las asociaciones temáticas han de contribuir a reforzar la resiliencia y la capacidad de respuesta frente a choques asimétricos, como la crisis de la COVID-19 y otras situaciones similares. La condenable guerra de Ucrania está influyendo en el desarrollo urbano de los países fronterizos. Las asociaciones temáticas deberían adaptarse para hacer frente a las crisis a corto plazo e ir acompañadas de enfoques estratégicos a largo plazo. |
4. Observaciones específicas
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4.1. |
El CESE considera que los criterios utilizados para seleccionar a los socios en las asociaciones temáticas deben ser más específicos. El proceso de selección no debería pasar por alto la oportunidad de que los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil participen en este proceso junto a los entes urbanos, incluidos quienes representan a colectivos vulnerables como las personas mayores, las personas con discapacidad, las minorías, los inmigrantes, los refugiados y las personas desfavorecidas en términos sociales, económicos y culturales, entre otros. Es necesario animar y motivar a estas organizaciones para que participen en asociaciones en el marco de la agenda urbana para la UE. |
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4.2. |
Según lo dispuesto en el Pacto de Ámsterdam, el CESE está invitado, como una de sus partes interesadas, a contribuir, en el marco de sus atribuciones, al desarrollo ulterior de la agenda urbana para la UE. La validez del Pacto de Ámsterdam quedó conformada en el documento de ejecución de la Nueva Carta de Leipzig y en el Acuerdo de Liubliana. Debería reforzarse el papel del CESE en la agenda urbana para la UE y en el Acuerdo de Liubliana. El CESE es una de las principales partes interesadas europeas responsables de las variables económicas y sociales de las políticas de desarrollo, y tiene la capacidad, la experiencia y la legitimidad necesarias para contribuir a los tres pilares del Acuerdo de Liubliana: una mejor financiación, una mejor regulación y mejores conocimientos. El CESE debería ser reconocido formalmente y desempeñar un papel en los principales órganos de gobernanza del Acuerdo de Liubliana, así como formar parte del Grupo de Desarrollo Urbano y el Grupo Técnico Preparatorio de la Agenda Urbana, y participar en la reunión de directores generales sobre asuntos urbanos. |
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4.3. |
El CESE considera que las futuras asociaciones temáticas deberían incluir temas como la democracia participativa o la economía del bienestar en las ciudades y las conexiones urbano-rurales (4), que están en consonancia con el concepto de desarrollo territorial utilizado en el marco estratégico europeo. El CESE recomienda que se mantenga un vínculo claro entre el proceso de selección de los socios, la selección de los temas y los ODS, y las contribuciones de las asociaciones con vistas a la consecución de los ODS. |
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4.4. |
En el futuro, las asociaciones temáticas podrían organizarse en grupos temáticos, redes temáticas existentes y redes para desarrollar soluciones a medida y de base local para las ciudades. Hay que tener presente el aumento del acceso a las redes, sobre todo en las ciudades pequeñas y medianas. Las ciudades deberían estar en el centro del enfoque ascendente de las asociaciones temáticas para garantizar la sinergia entre las situaciones locales y las asociaciones temáticas existentes. |
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4.5. |
El proceso de consulta utilizado por las asociaciones temáticas debería incluir todas las formas de diálogo y consulta, como el diálogo social, el diálogo con los ciudadanos y el diálogo cívico, e incluir todos los tipos de partes interesadas cívicas, como los interlocutores sociales, las ONG y la ciudadanía. |
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4.6. |
El CESE propone que se cree una secretaría para las asociaciones temáticas con la Comisión y otras partes interesadas pertinentes, a fin de apoyar las asociaciones temáticas, garantizar el vínculo con las políticas urbanas a escala local, asegurar la asistencia técnica y facilitar la creación de comunidades temáticas y el intercambio de buenas prácticas temáticas. Deberían asignarse recursos suficientes para garantizar una administración eficiente y asociaciones temáticas eficaces, especialmente para ejecutar los planes de acción. |
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4.7. |
El CESE recomienda que se refuerce el vínculo entre la agenda urbana para la UE y la política de cohesión. tratarse de dos políticas e iniciativas distintas, con objetivos diferentes e integradas en marcos diferenciados, deberían existir sinergias, sobre todo en el ámbito de la Plataforma de Intercambio de Conocimientos (5) y en las actividades de capitalización que deberán desarrollarse en el marco de la Iniciativa Urbana Europea. Las acciones ya emprendidas para la puesta en práctica de las asociaciones temáticas podrían mencionarse en los programas operativos, en las diferentes convocatorias de propuestas o en los criterios de evaluación de los proyectos. Los resultados del trabajo de las asociaciones temáticas deberían incorporarse a la planificación de los nuevos programas operativos de cohesión. |
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4.8. |
Se requiere una mayor coherencia, así como un vínculo más sólido, entre las políticas urbanas aplicadas a escala local y las políticas de la UE, en particular la política de cohesión. Se necesitan herramientas e instrumentos interconectados que permitan prestar un apoyo más coherente a las ciudades en el marco de la política de cohesión, así como una cooperación y una integración intersectoriales e interinstitucionales en los planos estratégico y operativo. Asimismo, la competitividad regional debe completarse mediante la complementariedad entre las zonas urbanas y rurales, y con una fuerte cohesión social en el marco de la política de cohesión para el período 2021-2027. |
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4.9. |
Las condiciones laborales, la previsibilidad de la carrera profesional y el acceso a puestos de trabajo de alta calidad, las oportunidades y los salarios adecuados son variables importantes para la justicia y la equidad de los procesos de desarrollo urbano, y deberían abordarse de forma transversal en lo que respecta a la ecologización de las ciudades, la sostenibilidad de la cadena de suministro de alimentos, la economía circular y el turismo sostenible. La inversión en las personas debe seguir siendo una de las principales prioridades de las estrategias de desarrollo. El acceso justo y la igualdad de oportunidades, así como la capacidad para hacer valer los derechos fundamentales, son fundamentales para el éxito de las asociaciones temáticas. |
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4.10. |
Debido a la concentración de recursos y necesidades en las zonas urbanas, el Semestre Europeo debería adoptar un enfoque más individual con respecto a la eficacia de las políticas de desarrollo urbano, de modo que nadie ni ningún lugar se quede atrás. Debe tenerse presente en todo momento la coherencia con otros instrumentos europeos, como el pilar europeo de derechos sociales. |
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4.11. |
Las estrategias y proyectos de desarrollo de carácter muy complejo suscitan una demanda cada vez mayor. El CESE propone que, para este tipo de inversiones, los entes locales y regionales refuercen su capacidad en los ámbitos de la participación ciudadana, la prospectiva estratégica y la simulación de hipótesis diversas, la planificación estratégica y la realización de las inversiones públicas. Esto es esencial para el éxito del desarrollo sostenible de las ciudades europeas y para reorientar las ciudades a las personas. Hay que tener en cuenta la convergencia de datos de diferentes asociaciones y el acceso a los datos mediante plataformas de datos abiertos, así como la justicia y la democracia digitales. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) https://ec.europa.eu/regional_policy/en/policy/themes/urban-development/agenda.
(2) DO C 429 de 11.12.2020, p. 145.
(3) Véase el Dictamen del CESE sobre el tema Revisión de la Agenda Territorial de la UE, la Carta de Leipzig y la agenda urbana para la UE (DO C 429 de 11.12.2020, p. 145).
(4) Véase el Dictamen del CESE titulado Hacia una estrategia integral para un desarrollo urbano y rural sostenible (DO C 105 de 4.3.2022, p. 49).
(5) https://ec.europa.eu/info/research-and-innovation/strategy/strategy-2020-2024/our-digital-future/era/knowledge-exchange-platform-kep_en.
|
21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/88 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Abordar la pobreza energética y la resiliencia de la UE: retos desde una perspectiva económica y social»
(Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia checa)
(2022/C 486/13)
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Ponente: |
Ioannis VARDAKASTANIS |
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Solicitud de la Presidencia checa del Consejo |
Carta, 26.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Dictamen exploratorio |
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Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
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Aprobado en la sección |
22.6.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
|
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
137/2/5 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Garantizar la igualdad de acceso a la energía y la seguridad del suministro energético con un coste asequible debe ser una prioridad absoluta para la Unión Europea (UE) y sus Estados miembros. Ante la subida de los precios de la energía, cada vez más ciudadanos y consumidores de la UE se ven afectados por la pobreza energética en toda Europa. Quienes ya se enfrentaban a la pobreza energética están viendo cómo su situación empeora, y consumidores que en el pasado no tenían problemas para pagar sus facturas energéticas corren el riesgo de caer en la pobreza. Esta situación se ha visto afectada por las actuales tensiones geopolíticas, como la guerra en Ucrania, y por la dependencia de los Estados miembros de las importaciones de energía. Es necesario adoptar medidas urgentes para prevenir y combatir la pobreza energética que afrontan los ciudadanos y consumidores de la UE. |
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1.2 |
El CESE reconoce la importancia otorgada a la pobreza energética en iniciativas de la UE de carácter legislativo y político, y en particular en el paquete de medidas «Objetivo 55», en la puesta en práctica del Pacto Verde Europeo y en la oleada de renovación Estas medidas son esenciales para abordar la pobreza energética a largo plazo y garantizar la sostenibilidad. Sin embargo, la resiliencia de la UE solo se medirá por la forma en que la UE y los Estados miembros aborden los retos sociales, medioambientales y económicos críticos a los que se enfrentan sus ciudadanos y empresas. |
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1.3 |
Para hacer frente a la actual crisis de pobreza energética, el CESE pide que se establezca una amplia y ambiciosa coalición política que analice y aborde la pobreza energética desde un enfoque integral con el objetivo de reducirla a un nivel mínimo de aquí a 2030 y eliminarla por completo a largo plazo. La coalición debería incluir a la Comisión Europea y a su Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética, al Parlamento Europeo, al Consejo, a los Estados miembros, al Comité Europeo de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo, al Pacto de las Alcaldías y a las organizaciones de la sociedad civil organizada, incluidos los representantes de las empresas, las organizaciones de consumidores y las organizaciones que representan a los grupos de población más expuestos a la pobreza energética. Las acciones de la coalición deberían definirse en más detalle en una estrategia de la UE contra la pobreza energética y la Comisión debería animar a los Estados miembros a elaborar planes o políticas nacionales para erradicar la pobreza energética, integrando y dando coherencia a todos los instrumentos políticos y financieros a escala de la UE y nacional. |
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1.4 |
Dada la importancia de la cuestión, el CESE insta a la UE a que promueva un enfoque común en relación con la pobreza energética que permita una comprensión clara y compartida de este fenómeno y la recopilación de datos estadísticos al respecto, teniendo en cuenta las diferencias y particularidades de cada Estado miembro. Este enfoque también es necesario para mantener un seguimiento de la situación y del impacto de las medidas adoptadas en toda la Unión. |
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1.5 |
El CESE señala que la Comisión ya ha empezado a proponer acciones inmediatas y a largo plazo para proteger a los consumidores y luchar contra la pobreza energética; por ejemplo, a través de su Recomendación sobre la pobreza energética, su conjunto de herramientas relativas a los precios de la energía, su Comunicación REPowerEU y la propuesta de Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática. Si bien las acciones de los Estados miembros pueden depender de las particularidades nacionales y locales, es esencial para la resiliencia de la UE que, en momentos de urgencia, los Estados miembros activen diversas medidas (como ayuda financiera directa y políticas sociales, así como incentivos y ayudas para reducir el consumo de energía) para mitigar los efectos negativos del aumento de los precios en los consumidores y las empresas más vulnerables. |
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1.6 |
El CESE subraya la importancia de invertir en una energía justa y eficiente para paliar la pobreza energética a largo plazo. Esto significa garantizar que la financiación disponible se invierta en energías renovables, eficiencia energética y renovación a gran escala de edificios de una manera que apoye a los colectivos con ingresos más bajos asegurándose de que las personas vulnerables dispongan de dinero para invertir en eficiencia energética y dando prioridad a los edificios menos eficientes. La Comisión debe colaborar estrechamente con los Estados miembros para evaluar si el presupuesto disponible satisface las necesidades y demandas y qué opciones existen para prestar apoyo adicional a los Estados miembros. |
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1.7 |
Dado que la pobreza energética tiene su origen en la pobreza general, también es esencial que la Comisión y los Estados miembros sigan centrándose en reducir la pobreza en general. Esta crisis nos recuerda la necesidad permanente de mejorar el acceso al empleo, a la inclusión social y a un nivel de vida digno, prestar especial atención a quienes viven en zonas rurales y remotas y apoyar el crecimiento económico de los Estados miembros. |
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1.8 |
La UE y los Estados miembros deben garantizar que en Europa exista un entorno favorable a la inversión en energías con cero emisiones de carbono o con bajas emisiones de carbono. Por otra parte, el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades desempeñarán un papel importante en la transición ecológica, la oleada de renovación y la eficiencia energética. Otras medidas útiles podrían incluir proporcionar información, consejo y asesoramiento en materia de energía, que deben estar ampliamente disponibles, ser accesibles a escala local (por ejemplo, a través de ventanillas únicas). |
2. Observaciones generales
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2.1 |
La pobreza energética es un problema y una preocupación creciente para los ciudadanos y las empresas de la UE. En 2020, el 8 % de la población de la UE afirmaba que no podía calentar su hogar adecuadamente (1). Hoy en día es probable que esa cifra haya aumentado, ya que los precios de la energía se han incrementado considerablemente desde mediados de 2021. En marzo de 2022, la inflación anual de la energía en la UE alcanzó el 40,2 %: la mayor tasa de variación anual de los precios de la energía fue del 99,6 % y la menor, del 0 % (2). Los precios de la energía también se ven afectados por las tensiones geopolíticas, como la guerra en Ucrania, y por la dependencia de los Estados miembros de la UE de las importaciones de energía (3). La combinación de unos precios más elevados de la energía, del transporte y de los alimentos está agravando la presión sobre todos los consumidores, pero especialmente sobre los hogares de bajos ingresos que presentan mayores tasas de pobreza energética. Por consiguiente, la pobreza energética sigue siendo un reto destacado con un impacto social significativo. Sacar de ella a los ciudadanos vulnerables es una tarea urgente para la UE y sus Estados miembros. |
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2.2 |
La pobreza energética se debe a una combinación de factores, como los bajos ingresos, los edificios y aparatos ineficientes y la falta de información y de acceso en relación con los incentivos para reducir el consumo de energía. Los elevados precios de la energía también afectan a los ciudadanos y a las empresas, ya que incrementan las facturas de los suministros básicos y sitúan a las microempresas y las pymes en un entorno muy precario (4) y en riesgo de quiebra, lo que conlleva una posible pérdida de puestos de trabajo, que contribuye a la pobreza. Las «microempresas vulnerables» también se ven muy afectadas por los costes derivados de la inclusión de los edificios en el ámbito de aplicación de la Directiva 2003/87/CE y carecen de medios para renovar los edificios que ocupan. La subida de los precios de la energía tiene un efecto cascada y se traduce en un aumento de los costes de todo tipo de bienes y servicios. Europa se enfrenta al riesgo de estanflación, menor crecimiento económico y alta inflación, que constituyen factores de pobreza adicionales (5). |
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2.3 |
Los más afectados por la pobreza energética son los europeos con bajos ingresos, como los trabajadores más pobres, los pensionistas con bajos ingresos, los estudiantes, los adultos jóvenes, las familias numerosas, las familias monoparentales y los grupos de población desfavorecidos con tasas de pobreza ya elevadas, entre los que se cuentan las personas con discapacidad, las personas mayores, los migrantes y las minorías gitanas. Las mujeres corren un mayor riesgo de padecer pobreza energética y sus repercusiones porque reciben salarios más bajos por término medio y dependen en mayor medida de la calefacción y la refrigeración domésticas, ya que pasan más tiempo en casa para desempeñar tareas relacionadas con los cuidados. Además, en promedio, las personas de los Estados miembros orientales y meridionales se ven más afectadas por la pobreza energética (6). |
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2.4 |
Garantizar la igualdad de acceso a la energía limpia y asequible para toda la ciudadanía de la UE es un compromiso importante para la UE y sus Estados miembros. El pilar europeo de derechos sociales incluye la energía entre los servicios esenciales a los que toda persona tiene derecho a acceder (principio 20). «Garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos» es también uno de los objetivos establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ODS 7). La calefacción, la climatización y la iluminación adecuadas, así como la energía para hacer funcionar los aparatos, son servicios esenciales para garantizar un nivel de vida digno y la salud de los ciudadanos. El acceso a los servicios energéticos también es esencial para la inclusión social. En conjunto, los múltiples beneficios de la lucha contra la pobreza energética pueden impulsar directamente el crecimiento económico y la prosperidad en la UE. |
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2.5 |
En el último decenio, la UE ha abordado la pobreza energética en varios documentos legislativos y políticos, como el tercer paquete energético (2009-2014), la Estrategia de la Unión de la Energía de 2015 y el paquete de medidas «Energía limpia para todos los europeos» de 2019 destinado a facilitar una transición energética justa. También es un elemento importante de iniciativas más recientes como el Pacto Verde Europeo, que incluye la oleada de renovación y el paquete de medidas «Objetivo 55». El paquete «Objetivo 55» tiene en cuenta la pobreza energética en varias de sus propuestas, entre ellas la propuesta de un nuevo Fondo Social para el Clima, que debería mitigar el impacto social negativo del precio del carbono previsto en el transporte y los edificios, y la propuesta de refundición de la Directiva de eficiencia energética, que propone una definición de la pobreza energética (7). El paquete también incluye una propuesta de Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, en la cual se establecen orientaciones específicas para los Estados miembros sobre el modo de abordar los principales aspectos sociales y de empleo de la transición ecológica, algo que ahora ha cobrado especial relevancia ante la aceleración de dicha transición a causa del aumento de los precios de la energía y del contexto geopolítico. |
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2.6 |
En 2020, la Comisión Europea adoptó una Recomendación sobre la pobreza energética, que proporciona orientaciones indicativas sobre los indicadores adecuados para medir la pobreza energética y sobre la definición de lo que constituye un «número significativo de hogares en situación de pobreza energética». También contribuye al intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros y enumera el apoyo disponible a nivel de la UE a través de una combinación de fuentes de financiación que permite a las autoridades nacionales, regionales y locales utilizar toda su capacidad financiera, incluidas las subvenciones y las subvenciones a la renovación para limitar la inversión inicial. Otras iniciativas importantes son el apoyo de la Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética a proyectos locales —que actualmente se encuentra en su primer año de prestación de apoyo técnico—, el conjunto de herramientas sobre los precios de la energía —que ha estado ayudando a los Estados miembros a utilizar instrumentos adecuados para apoyar a los ciudadanos y a las empresas a la hora de hacer frente a los elevados precios de la energía—, el apoyo a los hogares y empresas vulnerables ampliado en el marco de REPowerEU (8) y la reciente creación del Grupo de Coordinación sobre Pobreza Energética y Consumidores Vulnerables (9). |
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2.7 |
Sin embargo, el CESE señala que si los Estados miembros no actúan con rapidez, no asumen compromisos firmes y no toman medidas concretas —en particular adoptando un enfoque común de la UE para comprender y abordar la pobreza energética que pueda llevar a una definición común, dejando no obstante que cada Estado miembro encuentre soluciones específicas—, las iniciativas presentadas hasta ahora por la Comisión no serán suficientes para hacer frente a la crisis actual, que afecta cada vez a más consumidores. |
3. Abordar la pobreza energética desde una perspectiva integral: llamamiento a una coalición política y a una estrategia contra la pobreza energética
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3.1 |
Dado que la pobreza energética es el resultado de factores sociales, medioambientales, económicos y geopolíticos, exige una perspectiva integral que implique un análisis global del problema y la participación de diversas partes interesadas, desde los consumidores, las organizaciones de la sociedad civil y las empresas hasta las autoridades europeas, nacionales, regionales y locales. El CESE pide que se cree una coalición política amplia y ambiciosa con ese fin. La coalición debería incluir a la Comisión Europea y a su Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética, al Parlamento Europeo, al Consejo, a los Estados miembros, al Comité Europeo de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo, al Pacto de las Alcaldías y a las organizaciones de la sociedad civil organizada, incluidos los representantes de las empresas, las organizaciones de consumidores y las organizaciones que representan a los grupos de población más expuestos a la pobreza energética. |
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3.2 |
Los Estados miembros deben mantener un contacto permanente con los consumidores y las autoridades locales y municipales que trabajan en este tema. Las ciudades y las regiones son con frecuencia las instancias mejor situadas para determinar los hogares en riesgo de pobreza energética y de este modo combatir el fenómeno de la manera más eficaz. Las empresas locales y nacionales, junto con las autoridades nacionales y locales (incluidos los ayuntamientos y los servicios municipales) (10), también pueden ser agentes importantes en las actividades destinadas a reducir la pobreza energética, en particular mediante su contribución a la oleada de renovación. Dado que, por lo general, es menos probable que los consumidores vulnerables puedan adaptar rápidamente sus patrones de consumo, es preciso consultarlos e impulsar su participación en todos los niveles. Es fundamental incorporar sus experiencias y actitudes de comportamiento en el diseño y la aplicación de las medidas. |
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3.3 |
Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel fundamental a la hora de facilitar el diálogo entre los ciudadanos, las empresas, los trabajadores, los consumidores y los responsables de la toma de decisiones. Dada su experiencia y sus redes sobre el terreno, las organizaciones de la sociedad civil deben participar en el desarrollo de las medidas para abordar la pobreza energética, en particular en relación con el diseño, la aplicación y el seguimiento de las estrategias para acabar con la pobreza energética. |
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3.4 |
El CESE recomienda que la coalición elabore una estrategia de la UE contra la pobreza energética a iniciativa de la Comisión. La estrategia debe basarse en el reconocimiento del derecho a la energía, establecer metas ambiciosas pero realistas en relación con los objetivos establecidos en el plan de acción del pilar europeo de derechos sociales y aspirar a poner fin a la pobreza energética a largo plazo. Debe incluir medidas energéticas y no energéticas para abordar las causas fundamentales de la pobreza energética y aliviar las condiciones de los consumidores en situación de pobreza y vulnerabilidad energéticas. Esta estrategia también es necesaria para garantizar que las transiciones climática y energética se diseñen y apliquen de forma justa, equitativa e inclusiva, sin dejar a nadie atrás. Podría incluir una reunión anual (para seguir los avances y sensibilizar sobre las acciones conjuntas), requisitos de diálogos estructurados regulares y actividades de sensibilización con los Estados miembros y todas las partes interesadas pertinentes y crear incentivos adicionales para invertir en transiciones energéticas. La Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética podría desempeñar un papel más importante en la aplicación y el seguimiento de la estrategia. |
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3.5 |
Paralelamente, la Comisión Europea, el Consejo, el Parlamento y los Estados miembros a nivel nacional deben seguir garantizando que las iniciativas legislativas y políticas existentes y nuevas aborden adecuadamente la pobreza energética. Esto debería hacerse, por ejemplo, en el curso de la puesta en práctica del Pacto Verde Europeo y la oleada de renovación, examinando y comunicando los avances de los planes nacionales de energía y clima y las estrategias de renovación de edificios a largo plazo, así como dedicando mayor atención a la pobreza energética en el proceso del Semestre Europeo. Las iniciativas y revisiones legislativas también constituyen oportunidades importantes para abordar la pobreza energética; algunos ejemplos son las próximas revisiones de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, la Directiva sobre fuentes de energía renovables y la Directiva de eficiencia energética, así como la propuesta de un Fondo Social para el Clima. Además, la Unión Europea debe garantizar que todas las nuevas iniciativas para suministrar energía asequible, segura y sostenible sigan prestando especial atención a las repercusiones en los consumidores más vulnerables para mitigar el impacto de los altos precios de la energía. Esto incluye las iniciativas para una economía baja en carbono y las destinadas a acabar con la dependencia de Europa de los combustibles fósiles rusos, como la Comunicación sobre REPowerEU. |
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3.6 |
La Comisión debería animar a los Estados miembros a elaborar planes o políticas nacionales para erradicar la pobreza energética, integrando y dando coherencia a todos los instrumentos políticos y de financiación a nivel de la UE y nacional. El CESE pide a los Estados miembros que muestran una falta de compromiso en la lucha contra la pobreza energética en el marco de sus planes nacionales de energía y clima que intensifiquen sus esfuerzos con marcos claros de seguimiento y evaluación La presentación de informes precisos y mejorados resulta crucial, ya que se dispone de pocos datos de alta calidad sobre el mejor modo de llevar a cabo la cuantificación y el seguimiento de la pobreza energética. |
4. Abordar la pobreza energética adoptando medidas inmediatas y a largo plazo para medir el fenómeno y proteger a los consumidores
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4.1 |
El CESE insta a la UE a que promueva un enfoque común de la UE para comprender y abordar la pobreza energética, que pueda llevar a una definición común. Aunque cada Estado miembro pueda decidir sus propios criterios para definir la pobreza energética, la falta de un enfoque común puede obstaculizar la capacidad de la Comisión para evaluar adecuadamente la situación e impedir que los Estados miembros tengan una comprensión común del problema y una respuesta coordinada. La definición que se ofrece en la propuesta de refundición de la Directiva de eficiencia energética y los indicadores anteriormente establecidos por el Observatorio Europeo de la Pobreza Energética (11) son un comienzo. Dada la urgencia de la cuestión, el CESE considera que la Comisión y los Estados miembros deben promover un enfoque común que permita una comprensión clara y compartida de la pobreza energética y la recopilación de datos estadísticos al respecto (12). |
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4.2 |
En su conjunto de instrumentos sobre los precios de la energía, la Comisión propuso varias medidas inmediatas que los Estados miembros podrían adoptar para aliviar los costes de la energía para los consumidores, como topes de precios, desgravaciones fiscales y subvenciones para consumidores y empresas, además de medidas sociales como pagos sociales específicos y aplazamientos temporales del pago de las facturas energéticas que tengan en cuenta la situación y las necesidades de las personas vulnerables, como las personas con discapacidad, las familias monoparentales y las familias numerosas. Para febrero de 2022, los Estados miembros habían adoptado muchas de las medidas recomendadas en el conjunto de herramientas. Por ejemplo, dieciocho Estados miembros transfirieron fondos a colectivos vulnerables y once Estados miembros redujeron el impuesto sobre la energía (13). Dadas las diferentes situaciones en cada Estado miembro (y en cada región) y las distintas medidas adoptadas, el número de ciudadanos de la UE vulnerables a la pobreza energética varía en las diferentes partes de la Unión. |
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4.3 |
El CESE pide a los Estados miembros que sigan adoptando medidas inmediatas siempre que sea necesario para proteger a los consumidores en situación de pobreza energética o en riesgo de padecerla, teniendo en cuenta al mismo tiempo las necesidades y particularidades nacionales, regionales y locales. Si bien no existe una solución única, ya que los precios de la energía varían mucho en la UE debido, entre otras cosas, a que en la actualidad los Estados miembros intervienen en los mercados de manera muy diferente (por ejemplo, con impuestos y tributos, exenciones o cargas que a menudo solo afectan a algunos consumidores) (14), los Estados miembros deben garantizar que no se deje sin apoyo a los más vulnerables. Es preciso implantar ayudas financieras directas y políticas sociales para mitigar los efectos negativos del aumento de los precios en los colectivos más vulnerables. |
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4.4 |
La asistencia directa a las personas necesitadas debe ser específica y no general, reflejar la dimensión social y no obstaculizar la transición ecológica. Se podría plantear una subvención limitada en el tiempo (por ejemplo, para los primeros 300 kWh de electricidad por persona y hogar) hasta un límite de renta por definir. También debe concederse asistencia directa por debajo de un límite máximo de ingresos que deberá definirse, siempre que no se disponga de una solución alternativa asequible en la situación de que se trate (15). |
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4.5 |
Además, los Estados miembros deben aumentar los incentivos para que los consumidores reduzcan su consumo de energía y lleven a cabo una renovación inteligente y sostenible a escala nacional, regional y local con el fin de garantizar la eficiencia energética y disminuir el importe de sus facturas energéticas. La Comisión debe promover tales medidas, que han de considerarse adicionales en el sentido de que no pueden sustituir a ayudas financieras y sociales que deben actuar como red de seguridad inmediata en los casos en que los consumidores se vean afectados momentáneamente de manera grave por la volatilidad de los precios. |
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4.6 |
Otras medidas útiles podrían incluir proporcionar información, consejo y asesoramiento en materia de energía, que deben estar ampliamente disponibles, ser accesibles a escala local (por ejemplo, a través de ventanillas únicas) y contar con el respaldo de subvenciones. Medidas como los pasaportes de renovación de edificios (16), los pasaportes energéticos y los contadores inteligentes también pueden ayudar a los consumidores en el proceso, ya sean propietarios de inmuebles o inquilinos. El asesoramiento energético debe adaptarse a las necesidades de los consumidores, ya que la respuesta es muy individual. Las organizaciones de consumidores y los entes locales y regionales, en particular, deberían participar en el proceso de elaboración de medidas y de información a los consumidores. |
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4.7 |
Dado que la pobreza energética también tiene su origen en la pobreza general, es esencial que la Comisión y los Estados miembros sigan trabajando en reducir la pobreza en general y presten atención a la población que ya sufre pobreza energética y a las personas que corren el riesgo de caer en la pobreza debido a su incapacidad para pagar los precios más altos de la energía. Esta crisis nos recuerda la necesidad permanente de mejorar el acceso al empleo, a la inclusión social y a un nivel de vida digno, prestar especial atención a quienes viven en zonas rurales y remotas y apoyar de manera más general el crecimiento económico de los Estados miembros. Es necesario cambiar de enfoque para mejorar las infraestructuras de interés general, los servicios esenciales y el transporte. Debe prestarse apoyo al empleo y a las pymes, especialmente en las zonas desfavorecidas y rurales. |
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4.8 |
Los procesos de revisión por pares en los Estados miembros y el intercambio de buenas prácticas pueden dar lugar a proyectos de éxito en el sector social y en el sector energético, que pueden extenderse por toda la Unión. Entre ellos se cuentan proyectos en materia de eficiencia energética, alfabetización energética y energías limpias (para proveer a la población de energías renovables), pero también medidas sociales que pueden contribuir a reducir la factura energética y la pobreza en general. |
5. Abordar la pobreza energética invirtiendo en energía justa y eficiente
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5.1 |
El CESE subraya la importancia de invertir en una energía justa y eficiente para paliar la pobreza energética a largo plazo. Invertir en el desarrollo de energías limpias renovables y en la renovación a gran escala de los edificios de la Unión es una necesidad, dada la subinversión estructural a largo plazo en estos ámbitos y las consecuencias climáticas, medioambientales, económicas y sociales que conlleva. También tendrá efectos positivos adicionales para la economía en términos de creación de empleo e innovación, por lo que beneficiará a la ciudadanía de la UE a corto, medio y largo plazo. |
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5.2 |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de crear un Fondo Social para el Clima de la UE con el fin de hacer frente a los retos sociales y distributivos de la transición ecológica (crucial para luchar contra el cambio climático), e incentivar las medidas destinadas a paliar las consecuencias sociales del comercio de emisiones para los sectores de los edificios y el transporte por carretera. Sin embargo, el CESE señala que dicho Fondo por sí solo tal vez no sea suficiente para satisfacer todas las demandas de eficiencia y transición energéticas y podría reforzarse mediante actuaciones pertinentes en el marco de los planes de recuperación y resiliencia y de los acuerdos de asociación nacionales. |
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5.3 |
La pobreza energética puede reducirse facilitando las inversiones y destinando financiación a las energías renovables. La Comisión debe colaborar estrechamente con los Estados miembros para evaluar si el presupuesto actual satisface las necesidades y demandas y cuáles son las opciones disponibles para prestar apoyo adicional a los Estados miembros (por ejemplo, la propuesta, respaldada por varios diputados al Parlamento Europeo (17) y el CESE, de un nuevo Fondo de adaptación al cambio climático que podría utilizarse para reforzar la capacidad de la UE de apoyar a los Estados miembros a la hora de responder a las emergencias climáticas, medioambientales y energéticas). Dicho Fondo debe tener en cuenta la recuperación económica y la necesidad de proteger la sostenibilidad de las finanzas públicas en los Estados miembros y la UE. |
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5.4 |
El nuevo marco financiero plurianual y el instrumento de recuperación NextGenerationEU se deberían seguir utilizando para hacer frente a la pobreza energética en el período posterior a la COVID-19. El CESE señala que la invasión rusa de Ucrania ha acelerado incluso la necesidad de que la UE garantice una rápida transición hacia las energías limpias para independizarse de los combustibles fósiles importados, aumentar la resiliencia del sistema energético y garantizar el acceso a una energía justa y eficiente para toda la ciudadanía de la UE, cumpliendo al mismo tiempo los objetivos climáticos de la Unión. El CESE señala que la guerra en Ucrania y el actual contexto geopolítico no deberían llevar a la UE a descuidar su misión de cumplir los objetivos sociales y medioambientales, que son la base para construir la fortaleza económica a largo plazo. |
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5.5 |
La UE y los Estados miembros deben garantizar que los fondos disponibles apoyen las inversiones a gran escala en energías renovables y eficiencia energética, las renovaciones de edificios, las subvenciones para el aislamiento de las viviendas, y en viviendas sociales asequibles y energéticamente eficientes, así como en proyectos de viviendas comunitarias. Es evidente que se necesita un gran volumen de inversión privada. Esto requiere un marco normativo y un entorno de inversión incentivadores. Los Estados miembros, en colaboración con los entes locales y regionales, deben dar prioridad a una renovación en profundidad que conduzca a un ahorro de energía superior al 60 % (18) y apoyar el desarrollo de mano de obra cualificada. |
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5.6 |
El Fondo de Cohesión y el Mecanismo para una Transición Justa podrían proporcionar recursos a las regiones y comunidades más afectadas por la transición hacia las energías limpias. La Comisión también debería seguir financiando proyectos contra la pobreza energética en el marco de Horizonte Europa y del subprograma de transición hacia las energías limpias del programa LIFE. Por ejemplo, los fondos de investigación de Horizonte Europa podrían utilizarse para desarrollar dispositivos y tecnología asequibles que puedan emplearse para reducir el consumo de energía de los hogares. La Comisión y los Estados miembros deberían, a través de los fondos de la UE, animar a las empresas a desarrollar innovaciones y las tecnologías adecuadas para la eficiencia energética. |
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5.7 |
El CESE también pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que la estrategia de la oleada de renovación se aplique de forma que apoye a los colectivos con menos ingresos, asegurándose de que las personas vulnerables tengan dinero para invertir en eficiencia energética, dando prioridad a los edificios con peor rendimiento y abordando al mismo tiempo la exclusión en materia de vivienda. Debería aumentarse sustancialmente la financiación de la UE, especialmente la destinada a los agentes sobre el terreno, para la renovación de edificios y la producción descentralizada de energía renovable. Los beneficiarios prioritarios deberían ser los hogares vulnerables que ya se encuentran en situación de pobreza o en riesgo de pobreza energética. Para ello, es necesario dotar al Fondo Social del Clima de fondos suficientes para compensar la ampliación del régimen de comercio de derechos de emisión. Además, los Estados miembros deberían aumentar la inversión en energías renovables y en eficiencia energética. Por ejemplo, con unos costes variables cercanos a cero, las energías renovables como la eólica y la solar podrían traducirse en precios más bajos en el mercado mayorista (19). |
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5.8 |
El reciclaje profesional y la mejora de las capacidades desempeñarán un papel importante en la transición ecológica, la oleada de renovación y la eficiencia energética. Con el fin de elaborar estrategias concretas para el seguimiento y la anticipación de las necesidades de capacitación, mejora y reciclaje profesional de los trabajadores de los sectores afectados, el CESE se remite a los resultados de los proyectos de los interlocutores sociales en este ámbito (20). |
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5.9 |
El sector privado tiene también un papel clave que desempeñar en la promoción del espíritu empresarial y la inversión necesarios, en particular para fomentar el desarrollo de competencias ecológicas con el fin de acelerar la transición ecológica y reducir la pobreza energética. Debería haber un aumento significativo de las asociaciones público-privadas y de la financiación de la investigación y el desarrollo, así como una mayor prestación de asistencia técnica a las pymes para ayudarlas a cumplir las normas medioambientales, como las auditorías energéticas. También deberían compartirse las buenas prácticas entre los Estados miembros para fomentar su propagación. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) https://ec.europa.eu/eurostat/web/products-eurostat-news/-/ddn-20211105-1
(2) Fuente de los datos: prc_hicp_manr.
(3) https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Energy_production_and_imports
(4) REPowerEU: Acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible (8 de marzo de 2022).
(5) La Comisión ha reconocido las consecuencias negativas de los altos precios de la energía en la economía, en particular en la competitividad de las empresas, y el Banco Central Europeo estimaba (antes de la invasión rusa) que las crisis de los precios de la energía reducirían el crecimiento del PIB en unos 0,5 puntos porcentuales en 2022. Véase REPowerEU: Acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible (8 de marzo de 2022).
(6) Estadísticas EU-SILC 2020, que utilizan variables relativas a la capacidad de las personas —referida por ellas mismas— para mantener su hogar adecuadamente caliente, la presencia de condiciones de vivienda deficientes y la morosidad en las facturas de energía. Se ha observado que, aunque la pobreza energética se da en toda la UE, es especialmente prevalente en los Estados del este y del sur de Europa.
(7) El artículo 2, apartado 49, de la propuesta de refundición de la Directiva de eficiencia energética define la pobreza energética como «toda situación en la que un hogar no puede acceder a los servicios energéticos esenciales para preservar un nivel de vida y salud digno, como una calefacción, refrigeración e iluminación adecuadas y la energía para hacer funcionar los aparatos, dados el contexto nacional pertinente, la política social existente y otras políticas pertinentes».
(8) https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_22_1511
(9) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:32022D0589
(10) COM/2020/662 final.
(11) https://energy-poverty.ec.europa.eu/energy-poverty-observatory/indicators_en
(12) Por ejemplo, durante las negociaciones en el Parlamento Europeo sobre la propuesta de un Fondo Social para el Clima se propuso definir los hogares en situación de pobreza energética como «los hogares de los deciles de renta más bajos cuyos costes energéticos superan el doble de la relación mediana entre los costes energéticos y la renta disponible una vez deducidos los costes de la vivienda».
(13) Giovanni Sgaravatti, Simone Tagliapietra y Georg Zachmann. National fiscal policy responses to the energy crisis. Bruegel, 8 de febrero de 2022.
(14) Dictamen del CESE sobre los precios de la energía (DO C 275 de 18.7.2022, pp. 80).
(15) Dictamen del CESE sobre los precios de la energía (DO C 275 de 18.7.2022, pp. 80).
(16) https://www.bpie.eu/publication/renovation-passports/.
(17) Regional development MEPs suggest to set-up a Climate Change Adaptation Fund | Noticias | Parlamento Europeo (europa.eu).
(18) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32019H0786&from=EN.
(19) Se estima que el aumento de la electricidad renovable fue responsable (en igualdad de circunstancias) de una disminución del 24 % de los precios al contado de la electricidad en Alemania entre 2008 y 2015 y del 35 % en Suecia entre 2010 y 2015 (Hirth, 2018).
(20) Dictamen del CESE sobre los precios de la energía
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/95 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Diálogo social en el marco de la transición ecológica»
(Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia checa)
(2022/C 486/14)
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Ponente: |
Lucie STUDNIČNÁ |
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Consulta |
Presidencia checa del Consejo, 26.1.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente |
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Aprobado en la sección |
05.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
162/1/7 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Abordar la emergencia climática se ha convertido en una prioridad política primordial. El modelo económico establecido desde la revolución industrial debe ser objeto de una renovación fundamental. La colosal transformación hacia una economía circular climáticamente neutra y digitalizada exige esfuerzos de adaptación considerables. La agresión rusa contra Ucrania no ha hecho sino reforzar la necesidad de esta transición, a la vez que plantea enormes costes y cargas para la sociedad. |
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1.2 |
Como parte integrante del modelo social europeo y fuente de competitividad para Europa, el diálogo social debe ser significativo a todos los niveles: en la UE, los Estados miembros, los sectores, las regiones y los lugares de trabajo. Los Estados miembros deben reconocer el valor del diálogo social: el hecho de que constituye un valor añadido y una parte importante del proceso de toma de decisiones. El CESE subraya que el diálogo social debe reforzarse y promoverse activamente. Esto significa asimismo que los interlocutores sociales deben tener las competencias adecuadas y también han de tener acceso al apoyo de expertos. |
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1.3 |
Por lo tanto, todo el marco de políticas de acción por el clima debe incorporar como parte integrante una intensa participación de los sindicatos y las organizaciones patronales mediante un diálogo social sólido, así como la participación de la sociedad civil. Los Estados miembros deben hacer un mayor esfuerzo a la hora de promover la participación de los trabajadores y garantizar su apoyo para avanzar hacia una sociedad sostenible. Y esto no solo afecta a los Estados miembros, sino también a las instituciones de la UE. |
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1.4 |
Los sindicatos desempeñan un papel fundamental en la preparación y la representación de los trabajadores en el proceso de transformación social y ecológica, por lo que debe asegurarse un diálogo social activo y coherente que garantice que la acción por el clima redunde en beneficio de los trabajadores, haga que la transición sea justa y no deje a nadie atrás. |
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1.5 |
El diálogo social debe ir acompañado de un diálogo civil continuo y sólido, sobre todo con la sociedad civil organizada, y de la participación de las partes interesadas. Para lograr una transición justa hacia una economía con cero emisiones netas es importante construir sociedades más justas erradicando la pobreza y abordando los problemas de ajuste inherentes a la transición ecológica. Las organizaciones de la sociedad civil representan a millones de personas en situaciones vulnerables y a las que se excluye sistemáticamente, por lo que constituyen una voz importante que debe incluirse en las decisiones sobre la transición. Cooperar estrechamente con el Comité Europeo de las Regiones en esta cuestión añadiría la dimensión regional. |
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1.6 |
Se debe dar la máxima importancia a priorizar la justicia social y aplicar el pilar europeo de derechos sociales. Además, la UE debe promover y apoyar activamente la negociación colectiva para que los trabajadores puedan configurar lugares de trabajo sostenibles y empleos ecológicos, competitivos y dignos. Esto hará que la UE no solo sea más justa e igualitaria, sino también más competitiva y resiliente. |
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1.7 |
Es fundamental que todos los puestos de trabajo creados durante la transición respeten la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, que incluye el derecho a un empleo digno, a la libertad de asociación y a la negociación colectiva, la ausencia de discriminación, la prohibición del trabajo infantil y forzoso y la ausencia de violencia y acoso en el trabajo. |
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1.8 |
El CESE propone una catalogación sistemática del funcionamiento del diálogo social en los Estados miembros, y se necesitan nuevos estudios comparativos para examinar el papel del diálogo social en los planes nacionales de energía y clima, como los planes nacionales de recuperación y resiliencia. |
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1.9 |
En el marco del esfuerzo global por reforzar la dimensión social del Pacto Verde Europeo deben apoyarse y reforzarse activamente las estructuras del diálogo social mediante incentivos y financiación, prestando especial atención a aquellos Estados miembros y sectores en los que estas instituciones son débiles. |
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1.10 |
En consonancia con la Recomendación no vinculante del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, el CESE subraya que deben facilitarse orientaciones a los Estados miembros sobre la manera de abordar los efectos sociales y en el empleo de la transición. Deben tenerse en cuenta las propuestas dirigidas a fomentar la creación de «comisiones de transición justa» por parte de los Estados miembros, entre ellas la contenida en el Dictamen del CESE sobre el tema «Objetivo 55»: cumplimiento del objetivo climático de la UE para 2030 en el camino hacia la neutralidad climática (1). |
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1.11 |
El CESE subraya la importancia de una información y consulta oportunas durante el proceso de reestructuración. En consonancia con la Directiva relativa a los derechos de consulta y participación (2), los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores deben reforzarse en todos los niveles de la administración de la UE, nacional y local. Deben evitarse las decisiones adoptadas sin consulta y debe ser obligatorio facilitar información por adelantado. |
2. Observaciones generales
Contexto general
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2.1 |
La Presidencia checa de la UE solicitó el presente Dictamen exploratorio como parte de la evaluación de la dimensión social del Pacto Verde Europeo y, en particular, del papel del diálogo social. |
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2.2 |
Abordar la emergencia climática se ha convertido en una prioridad política primordial. Todo el sistema de producción y consumo debe someterse a una renovación fundamental. Aunque los beneficios de esta transformación hacia una economía circular climáticamente neutra y digitalizada son incuestionables, dicha transformación conlleva considerables esfuerzos de adaptación y enormes costes para la sociedad. |
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2.3 |
Este proceso de reestructuración fundamental que deben llevar a cabo las economías en unas pocas décadas para alcanzar las cero emisiones en términos netos estará impulsado por las políticas y tendrá efectos dispares en las personas según sus diferentes características socioeconómicas, así como en las empresas, especialmente las pymes. Los responsables de la formulación de políticas tienen una responsabilidad significativa a la hora de abordar estas cuestiones. |
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2.4 |
Sin duda, el cambio climático crea nuevas desigualdades, y las medidas de mitigación y adaptación podrían crear ganadores y perdedores si se aplican sin políticas de transición justa. Reconociendo esto, el anuncio del Pacto Verde Europeo en 2019 incluía compromisos de «no dejar a nadie atrás». |
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2.5 |
Este proceso de transición en curso se ha visto agravado además por dos acontecimientos extraordinarios: la crisis de la COVID-19 y un cambio fundamental en la situación geopolítica de Europa debido al ataque de Rusia a Ucrania. Ambos factores han aumentado la carga sobre la sociedad a corto plazo, aunque al mismo tiempo podrían contribuir a acelerar la transformación. |
Diálogo social
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2.6 |
En las últimas décadas, los grandes cambios en los medios de producción han planteado a menudo problemas de adaptación o transición, especialmente cuando estos cambios han generado puestos de trabajo menos seguros y escasamente remunerados, dejando a muchas personas, como las mujeres y las comunidades vulnerables, excluidas del trabajo digno. Por lo tanto, debemos abordar una serie de problemas transitorios, como la contractualización, las formas de trabajo precarias, la privatización y la reestructuración con el fin de generar una economía justa en la que se erradique la pobreza. Este problema también se aborda en la Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, aprobada en el Consejo de Asuntos Sociales del 16 de junio de 2022. |
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2.7 |
La promoción del diálogo social está consagrada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En la iniciativa «Un nuevo comienzo del diálogo social» (2016) se reconoció la importancia de esta herramienta para la recuperación y la competitividad. Varios Dictámenes (3) y una Resolución (4) del CESE han subrayado recientemente la importancia del diálogo social en las correspondientes transformaciones. |
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2.8 |
El diálogo social también ha demostrado su contribución positiva a un proceso de reestructuración satisfactorio; las empresas con un diálogo social que funciona correctamente obtienen mejores resultados, son más competitivas y resilientes y pagan salarios más altos. |
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2.9 |
El CESE subraya que todos los niveles del diálogo social —en Europa, los Estados miembros, los sectores, las regiones y los lugares de trabajo— tienen funciones cruciales, aunque distintas, en la gestión y facilitación de la transformación ecológica. No obstante, las estructuras e instituciones de cada nivel tienen fortalezas muy diferentes. |
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2.10 |
El diálogo social debe ir acompañado de un diálogo civil continuo y sólido, sobre todo con la sociedad civil organizada, y de la participación de las partes interesadas. Para lograr una transición justa hacia una economía con cero emisiones netas es importante construir sociedades más justas erradicando la pobreza y abordando los problemas de ajuste inherentes a la transición ecológica. Las organizaciones de la sociedad civil representan a millones de personas en situaciones vulnerables y a las que se excluye sistemáticamente, por lo que constituyen una voz importante que debe incluirse en las decisiones sobre la transición. Cooperar estrechamente con el Comité Europeo de las Regiones en esta cuestión añadiría la dimensión regional. |
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2.11 |
Las instituciones y agentes del diálogo social tienen diferentes niveles de capacidad e influencia en los distintos Estados miembros, en parte debido a los diversos modelos de relaciones sociales y laborales de los Estados miembros, pero, en algunos casos, las políticas y recomendaciones de descentralización tras la crisis financiera y la crisis de la zona del euro han contribuido activamente a su debilitamiento. El CESE subraya que un diálogo social que funcione correctamente es una característica importante de la economía social de mercado europea y celebra que la Comisión Europea así lo haya reconocido, en particular en sus recientes Recomendaciones al Consejo. |
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2.12 |
En el marco del esfuerzo global por reforzar la dimensión social del Pacto Verde Europeo deben apoyarse y reforzarse activamente las estructuras del diálogo social, prestando especial atención a aquellos Estados miembros y sectores en los que estas instituciones son débiles. |
Transición justa
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2.13 |
Una transición justa significa que abordar tanto los efectos en el empleo como los efectos distributivos de un cambio a una economía con cero emisiones netas debe considerarse una parte integral del marco de política climática (por ejemplo, el paquete Objetivo 55) y no solo una serie de medidas correctivas complementarias. Estas cuestiones abarcan numerosas dimensiones, como los efectos distributivos de las políticas de descarbonización, las pérdidas de puestos de trabajo y las transiciones laborales, la protección de los derechos sociales básicos y la inclusión de la ciudadanía y la sociedad civil organizada en la toma de decisiones. |
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2.14 |
El Fondo de Transición Justa y el Fondo Social para el Clima (FSC) propuesto como parte del paquete Objetivo 55 son algunas de las principales medidas de la UE anunciadas hasta la fecha para mitigar el impacto de la transición en las regiones más afectadas y en las personas y empresas vulnerables. El CESE acoge favorablemente que la Comisión también haya propuesto una Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, no vinculante, con el fin de ofrecer orientación a los Estados miembros sobre la manera de abordar los efectos sociales y en el empleo de la transición. |
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2.15 |
La prueba de fuego de una «transición justa» debe ser la eficiencia a la hora de abordar los problemas de adaptación de las empresas, los trabajadores y la ciudadanía, fomentando, por ejemplo, la reestructuración de las actividades empresariales, la mejora de las capacidades y el reciclaje profesional de los empleados y la prevención de la pobreza energética y de movilidad, con vistas a garantizar que nadie se quede atrás; en particular, el grado en que se implique a las mujeres y los hombres concretos cuyos puestos de trabajo desaparecerán —o se verán degradados o amenazados de algún otro modo—, se les garantice un futuro útil, gratificante y seguro con un empleo de buena calidad, y se los ayude a desarrollarse para que puedan desempeñar esas funciones. |
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2.16 |
La magnitud del reto no debe subestimarse. Conllevará la elaboración de objetivos económicos y sociales integrados a medio y largo plazo adecuadamente concebidos, con vistas a garantizar la productividad y la inclusión, teniendo debidamente en cuenta las particularidades de los distintos Estados miembros, así como la participación de los interlocutores sociales a escala nacional, regional y local en todas las etapas de la elaboración de políticas, también a través del diálogo social y la negociación colectiva, cuando proceda. Estos planes implican una reorientación deliberada y consciente de los recursos a nivel nacional y central hacia las zonas y regiones afectadas. Además de incentivar las nuevas inversiones mediante subvenciones, préstamos y asesoramiento especializado y contribuir al funcionamiento de las microempresas y pymes, se puede ayudar a las empresas emergentes participando en su capital, y también se podrían crear nuevas empresas públicas. Además de comprometer recursos públicos, será necesario optimizar la flexibilidad de las normas sobre ayudas estatales e incluso suspender dichas normas en algunas circunstancias. |
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2.17 |
Es fundamental que esta reestructuración a gran escala, que incluye la transformación de decenas de millones de puestos de trabajo en Europa, se lleve a cabo de un modo equilibrado y gestionado y esté orientada hacia el futuro, para lo cual resulta clave un diálogo social que funcione adecuadamente. El Fondo de Transición Justa destinado a apoyar a los trabajadores en su transición a nuevos puestos de trabajo debe ampliarse tanto en términos de recursos como de alcance, con medidas dirigidas a sectores específicos. |
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2.18 |
Las tres dimensiones del desarrollo sostenible (económica, social y medioambiental) están estrechamente interrelacionadas y deben abordarse mediante un marco político global y coherente. Las Directrices de la OIT de 2015 para una transición justa facilitan una serie de herramientas prácticas para la gestión de este proceso de transformación por parte de los Gobiernos y los interlocutores sociales. |
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2.19 |
Las Directrices de la OIT de 2015 establecen que «es preciso contar con un consenso social sólido sobre el objetivo de la sostenibilidad y las vías para alcanzarlo». El diálogo social debe formar parte integrante del marco institucional para la formulación y la aplicación de políticas a todos los niveles. Deben realizarse consultas adecuadas, informadas y continuas con todas las partes interesadas pertinentes. |
Diálogo social en el marco de la transición ecológica
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2.20 |
El diálogo social no debe reducirse a una mera formalidad, sino que debe ser significativo a todos los niveles: en la UE, los Estados miembros, los sectores, las regiones y los lugares de trabajo. Esto significa asimismo que los interlocutores sociales deben tener las competencias adecuadas y también han de tener acceso al apoyo de expertos. |
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2.21 |
El CESE reconoce que las instituciones de diálogo social tienen una naturaleza muy dispar en toda la UE, debido a los diversos modelos y tradiciones nacionales y de relaciones laborales existentes en los distintos Estados miembros. |
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2.22 |
El CESE propone una catalogación y supervisión sistemáticas del funcionamiento del diálogo social en los Estados miembros (5), y se necesitan nuevos estudios comparativos para examinar el papel del diálogo social en los planes nacionales de energía y clima, como los planes nacionales de recuperación y resiliencia. |
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2.23 |
El CESE considera que las iniciativas existentes para abordar los retos sociales de la transformación ecológica siguen estando fragmentadas. El Mecanismo de Transición Justa es limitado y aborda una parte reducida del proceso de transición. El Fondo Social para el Clima propuesto tendrá un alcance y una finalidad limitados, y sobre todo equilibrará los efectos distributivos regresivos del RCDE 2 previsto para el transporte y los edificios (véase en particular el Dictamen del CESE sobre el Fondo Social para el Clima (6)). Aunque el CESE acoge favorablemente la Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, señala al mismo tiempo que la Recomendación no proporciona la plataforma integral de políticas que la UE necesita para abordar los efectos de la transición en los trabajadores, las regiones y las personas vulnerables que se verán afectados. |
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2.24 |
El CESE subraya que la UE necesita contar con un marco eficaz para gestionar la transición que garantice la igualdad de condiciones. Tal marco sólido de transición justa de la UE debería abordar, entre otras cosas, la anticipación y la gestión del cambio en el marco de la transformación ecológica mediante una participación significativa de los trabajadores, las empresas y los ciudadanos. |
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2.25 |
El CESE subraya la importancia de una información y consulta oportunas durante el proceso de reestructuración. Deben evitarse las decisiones adoptadas sin consulta y debe ser obligatorio facilitar información por adelantado. |
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2.26 |
El CESE pide que se promueva el diálogo social y la participación de las partes interesadas a todos los niveles, y que se garantice que los nuevos empleos verdes sean empleos de calidad, de conformidad con el Programa de Trabajo Decente de la OIT y el pilar europeo de derechos sociales. Siguiendo el espíritu de la Recomendación del Consejo para garantizar una transición equitativa hacia la neutralidad climática, y haciendo también referencia al Dictamen del CESE sobre el Fondo Social para el Clima, dicho Fondo debería abordar una gama más amplia de los efectos distributivos de las políticas climáticas, con medidas específicas contra la pobreza energética y de transporte que apoyen y faciliten la asequibilidad y accesibilidad de las tecnologías bajas en carbono para los hogares de bajos ingresos. |
3. Observaciones específicas
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3.1 |
El CESE considera esencial reconocer la complementariedad entre las políticas climática, medioambiental y social. La dimensión social debe formar parte integral de un marco global de política climática que abarque desde el diseño de dicha política hasta su aplicación. Esto incluye el Pacto Verde Europeo en su totalidad y todas las políticas de ejecución concretas en el marco del paquete Objetivo 55. |
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3.2 |
El CESE reconoce asimismo que este proceso de reestructuración tendrá enormes efectos sobre el empleo, las relaciones laborales y la distribución de la renta. Todos los niveles de la sociedad y la economía se verán afectados, desde el nivel transnacional al del lugar de trabajo, y el diálogo social debe desempeñar un papel clave en la gestión de este proceso de manera orientada hacia el futuro. |
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3.3 |
El CESE acoge con satisfacción el sólido y ambicioso marco de política climática que la Comisión Europea ha establecido en el Pacto Verde Europeo, respaldado por las medidas legislativas correspondientes, pero también subraya que, a pesar de todas las declaraciones positivas, su dimensión social sigue estando insuficientemente desarrollada. |
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3.4 |
La dimensión social del Pacto Verde Europeo sigue estando principalmente en manos de los Estados miembros de la UE y de los interlocutores sociales nacionales, ya que son los mejor situados para comprender la situación y proponer medidas a escala local, regional y nacional. Sin embargo, los retos sociales y relacionados con el empleo de la transición ecológica abarcan numerosas dimensiones, como la pérdida de puestos de trabajo y las transiciones laborales, la actualización y mejora de las capacidades de la población activa, los efectos distributivos de las políticas de descarbonización y también la protección de los derechos sociales y la participación ciudadana. Por consiguiente, se necesitan acciones y medidas coordinadas a escala de la UE para acompañar y apoyar las iniciativas nacionales. Si no se abordan adecuadamente, es probable que las medidas para mitigar el cambio climático aumenten y exacerben las desigualdades sociales. |
Hacer realidad la transición justa: requisitos en materia de gobernanza y regulación para reforzar el diálogo social
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3.5 |
Las transiciones en el mercado laboral, los planes sociales y las vías para lograr nuevos empleos sostenibles y dignos con un compromiso a largo plazo con el desarrollo regional y comunitario son elementos esenciales de una hoja de ruta para la transición justa. |
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3.6 |
Deben fomentarse programas de formación adaptados a las necesidades individuales y del mercado laboral e impartidos por centros específicos para la transición laboral. Para ello es necesario entablar un diálogo social proactivo a escala comunitaria y regional, en cooperación con todas las partes interesadas. Los sindicatos y las organizaciones patronales deben actuar concertadamente para apoyar los programas de transición laboral. |
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3.7 |
A diferencia del conjunto —coordinado y de gran alcance— de medidas medioambientales de Derecho imperativo, los elementos sociales del paquete Objetivo 55 están fragmentados, y la propuesta de Recomendación del Consejo no tiene efectos jurídicos vinculantes. |
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3.8 |
Estas características deben fortalecerse y el diálogo social debe convertirse en un elemento obligatorio de las principales políticas nacionales establecidas para alcanzar los objetivos de política climática para 2050, incluidos los planes nacionales integrados de energía y clima, los planes nacionales de recuperación y resiliencia y los planes de transición justa. |
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3.9 |
Para que el diálogo social genere resultados son importantes la confianza mutua y la ambición compartida de obtener resultados que aporten valor añadido a todas las partes interesadas. |
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3.10 |
En algunos Estados miembros ya existe este tipo de diálogo social, en otros no. En este último caso debe fomentarse activamente el diálogo social, por ejemplo imponiendo un intercambio oportuno de determinada información y ofreciendo el diálogo social como medio para resolver diversas cuestiones administrativas y de Derecho laboral, facilitando el acceso a la financiación, facilitando las decisiones de planificación, las licencias de obra, etc. Para evitar abusos, tales beneficios deben vincularse a la obligación de obtener resultados. |
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3.11 |
El CESE es consciente de que en algunos Estados miembros esto supondrá un cambio de cultura que puede llevar algún tiempo. No obstante, está convencido de que el tiempo y el esfuerzo invertidos merecerán la pena. |
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3.12 |
La dimensión social del Pacto Verde Europeo debe vincularse al pilar europeo de derechos sociales y reflejarse en el proceso del Semestre Europeo. |
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3.13 |
En febrero de 2021, la Comisión publicó un informe (7) sobre el fortalecimiento del diálogo social que se incorporó al Plan de Acción por el que se aplica el pilar europeo de derechos sociales, presentado en marzo de 2021. El plan de acción contiene un compromiso de la Comisión de presentar una iniciativa de apoyo al diálogo social a escala nacional y de la UE en 2022. El CESE cree firmemente que estas futuras recomendaciones de la Comisión contribuirán en gran medida a la consecución de este objetivo. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) DO C 275 de 18.7.2022, p. 101.
(2) DO L 80 de 23.3.2002, p. 29.
(3) Dictamen del CESE «La transición industrial hacia una economía verde y digital europea: los requisitos reglamentarios y el papel de los interlocutores sociales y la sociedad civil» (DO C 56 de 16.2.2021, p. 10). Dictamen del CESE «No debe haber Pacto Verde sin un pacto social» (DO C 341 de 24.8.2021, p. 23). Dictamen del CESE «El diálogo social como pilar importante de la sostenibilidad económica y la resiliencia de las economías» (DO C 10 de 11.1.2021, p. 14).
(4) Resolución sobre las propuestas del CESE para la reconstrucción y la recuperación tras la crisis de la COVID-19: «La UE debe guiarse por el principio de ser considerada como una comunidad con un destino común», sobre la base del trabajo del Subcomité sobre la Recuperación y reconstrucción después de la COVID-19 (DO C 311 de 18.9.2020, p. 1).
(5) Resolución del CESE (DO C 155 de 30.4.2021, p. 1) y Dictamen del CESE (DO C 220 de 9.6.2021, p. 38).
(6) DO C 152 de 6.4.2022, p. 158.
(7) Report on strengthening EU social dialogue, informe de Andrea Nahles.
ANEXO
La enmienda siguiente, que obtuvo como mínimo un cuarto de los votos, fue rechazada en el transcurso de los debates:
Punto 2.25
Modifíquese de la manera siguiente:
|
Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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El CESE subraya la importancia de una información y consulta oportunas durante el proceso de reestructuración. Deben evitarse las decisiones adoptadas sin consulta y debe ser obligatorio facilitar información por adelantado. |
El CESE subraya la importancia de una información y consulta oportunas durante el proceso de reestructuración. Deben evitarse las decisiones adoptadas sin consulta, y facilitar información por adelantado debe convertirse en una práctica habitual, de acuerdo con la mencionada Recomendación del Consejo . |
Resultado de la votación
|
(a favor/en contra/abstenciones) |
55/95/0 |
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/102 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El papel de la energía nuclear en la estabilidad de los precios de la energía en la UE»
(Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia checa del Consejo de la UE)
(2022/C 486/15)
|
Ponente: |
Alena MASTANTUONO |
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Consulta |
Presidencia checa del Consejo de la UE carta de 26.1.2022 |
|
Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Dictamen exploratorio |
|
Decisión de la Asamblea |
21.9.2022 |
|
Sección competente |
Transporte, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
|
Aprobado en sección |
7.9.2022 |
|
Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
|
Pleno n.o |
572 |
|
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
143/73/42 (votación nominal: véase el anexo II) |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
La estabilidad y la asequibilidad de los precios de la energía son esenciales para preservar tanto el poder adquisitivo de los hogares como la competitividad y la resiliencia del tejido industrial europeo. Tras una década de relativa estabilidad de los precios de las importaciones de energía y el incremento anual relativamente bajo de los precios nacionales a la producción de la energía del 0,9 % entre 2010 y 2019, Europa ha asistido a un acusado aumento de los precios de la energía desde la segunda mitad de 2021. La volatilidad de estos precios y la incertidumbre del suministro de energía se multiplicaron con la guerra en Ucrania. |
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1.2 |
El reto al que se enfrenta actualmente Europa es doble: la necesidad de combatir el cambio climático y la de garantizar un suministro estable de energía a un precio asequible. Como señala la Comisión en su plan REPowerEU, el reto es reducir rápidamente nuestra dependencia de los combustibles fósiles rusos mediante la aceleración de la transición limpia y aunar fuerzas para lograr un sistema energético más resiliente y una verdadera Unión de la Energía. La solución presenta tres dimensiones temporales. La perspectiva a corto plazo consiste esencialmente en resolver la situación del suministro de energía, ya que una posible escasez puede agravar el incremento de los precios. En estos momentos, la situación del mercado se ve influida por factores actuales y previstos en cuanto a la oferta. Por lo tanto, es necesario utilizar todas las fuentes de energía disponibles en la UE, tal como se expone en el plan REPowerEU. Se trata de un escenario de crisis cuyo objetivo principal es garantizar el suministro de energía. La perspectiva a medio plazo permite prestar mayor atención a la sostenibilidad y al equilibrio entre las fuentes de energía, y la perspectiva a largo plazo, siempre que disminuyan los riesgos geopolíticos para la seguridad, implicará centrarse en objetivos ecológicos. |
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1.3 |
Los costes adicionales para la seguridad y la protección causados por la guerra amenazan con contribuir sustancialmente al incremento de los precios de la energía. A corto plazo, las centrales nucleares existentes en los Estados miembros de la UE que decidieron incluir la energía nuclear en su combinación energética contribuirán —cuando sea técnicamente viable— a la estabilidad del abastecimiento energético, lo que influye en gran medida en la estabilidad de los precios. Sin la capacidad nuclear existente, la perturbación del sistema energético derivada de la invasión rusa de Ucrania sería sin duda mayor. |
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1.4 |
La energía nuclear, como fuente de electricidad de bajas emisiones, está disponible cuando se precisa para complementar el papel primordial de las energías renovables, como la eólica y la solar, en la transición hacia sistemas eléctricos con cero emisiones netas. El CESE señala que, en este momento, las centrales nucleares pueden contribuir a la estabilidad del suministro como centrales de base fiables. Los costes marginales de la energía nuclear son estables y muy inferiores a los de las centrales de gas y carbón. Las centrales nucleares no emiten cantidades significativas de CO2 en su funcionamiento, por lo que sus costes marginales —como los de las renovables— no incluyen costes asociados al CO2 y no se ven afectados por la volatilidad de los precios del carbono que pudimos observar en 2021, cuando se elevaron más del 200 %. La volatilidad del RCDE UE afecta significativamente al precio del gas y del carbón en el mercado de la Unión. |
|
1.5 |
Desde un punto de vista reglamentario, los precios de la electricidad en el mercado mayorista de la UE se determinan por un orden de mérito en el que la última central eléctrica fija el precio. En la mayoría de las situaciones de comportamiento estándar del mercado, el precio en los mercados al contado viene determinado por el gas o el carbón. Esto significa que la energía nuclear no influye en los precios de la energía en el mercado al contado, excepto cuando la combinación energética incluye una elevada proporción de fuentes de bajas emisiones. No obstante, el mercado al contado representa solo una parte de las ventas en el mercado. Las empresas energéticas venden a menudo suministros físicos de electricidad sobre la base de contratos bilaterales. En este caso, los diferentes modelos de financiación y de contratos bilaterales utilizados en los Estados miembros de la UE cuya combinación energética incluye la energía nuclear contribuyen a estabilizar el precio de la energía para el cliente. |
|
1.6 |
La actual crisis energética ha afectado al funcionamiento del mercado de la electricidad de la UE al distorsionar sus normas básicas debido a las numerosas intervenciones destinadas a mitigar los elevados precios de la energía o reducir significativamente la demanda. Esta situación muestra la importante correlación entre el descenso de la oferta y el aumento de la demanda, que empuja al alza los precios de la energía. Con una mayor solidez del suministro procedente de fuentes de energía hipocarbónicas estables, los precios de la energía serán menos volátiles y, gracias a la interconexión de los mercados nacionales de la energía, los beneficios podrán compartirse en toda la UE. |
|
1.7 |
El CESE considera que la prolongación de la vida útil del parque actual de centrales nucleares tiene sentido en esta situación concreta y, al mismo tiempo, contribuirá a la transición hacia una economía neutra en carbono. Tiene potencial para responder a las preocupaciones actuales sobre el suministro de energía y para reducir el consumo de gas en el sector eléctrico disminuyendo así el riesgo de escasez de gas. También puede ayudar a atenuar la volatilidad sin precedentes de los precios causada por factores no económicos y a responder a las expectativas actuales en relación con el suministro de energía. El CESE recomienda a los Estados miembros que busquen soluciones respecto a la capacidad de almacenamiento y refuercen las interconexiones de transporte para responder eficazmente a las interrupciones de suministro de las energías renovables (a largo plazo) y del gas (a corto plazo). |
|
1.8 |
El CESE propone a la Presidencia checa que debata, en el seno del Foro Europeo de la Energía Nuclear (ENEF), la estabilidad de los precios en el sector nuclear y el papel de la energía nuclear a la hora de estabilizar el suministro ante la reducción de la dependencia de la Unión del gas ruso. El CESE desea participar activamente en este debate. |
|
1.9 |
El CESE propone que se refuerce la cooperación bilateral con socios internacionales en el sector nuclear con el fin de compartir los resultados en materia de innovación y los avances en el terreno de las nuevas tecnologías. El CESE recomienda que la Presidencia checa del Consejo de la Unión organice una conferencia sobre reactores modulares pequeños —que podría adoptar la forma de un foro de alto nivel de la Unión y los Estados Unidos sobre este tipo de reactores— y que explore esta investigación prometedora. |
2. Antecedentes y notas explicativas
|
2.1 |
El artículo 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) constituye la base jurídica de la política energética en la Unión. Se establecen disposiciones específicas en otros artículos del TFUE, como el artículo 122 (seguridad del suministro), los artículos 170-172 (redes energéticas), el artículo 114 (mercado interior de la energía) y los artículos 216-218 (política energética exterior). El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Tratado Euratom) constituye la base jurídica de la mayoría de las acciones europeas en el ámbito de la energía nuclear. |
|
2.2 |
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea también garantiza a los Estados miembros su derecho a determinar las condiciones para explotar sus recursos energéticos, su elección entre diferentes fuentes de energía y la estructura general de su suministro energético (1). |
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2.3 |
El plan de la Unión de convertirse en el primer continente climáticamente neutro de aquí a 2050 requiere una transición energética hacia fuentes de energía de emisión cero y de baja emisión. El aumento de las energías renovables en la combinación energética no puede producirse sin disponer de un respaldo constituido por las fuentes de energía actualmente estables que se encuentran a nuestra disposición, como la energía fósil y la nuclear; además, es necesario invertir en centrales de gas no fósil para hacer frente a las fluctuaciones de las energías renovables. Asimismo, existe una gran necesidad de disponer de capacidad de almacenamiento con el fin de evitar los cortes de suministro y satisfacer el consumo de energía creciente impulsado por la electrificación. Entre las actuales fuentes de energía estables, la energía nuclear es la única fuente con bajas emisiones que permitiría reducir la dependencia respecto al gas ruso. |
|
2.4 |
La energía nuclear, con sus 413 gigavatios (GW) de capacidad en funcionamiento en 32 países, contribuye a la descarbonización y reduce la dependencia de los combustibles fósiles importados al evitar anualmente 1,5 gigatoneladas (Gt) de emisiones mundiales y 180 000 millones de metros cúbicos de demanda mundial de gas (2). La energía nuclear, como fuente de electricidad de bajas emisiones, está disponible cuando se precisa para complementar el papel primordial de energías renovables volátiles como la eólica y la solar en la transición hacia sistemas eléctricos con cero emisiones netas. Según la Agencia Internacional de la Energía, disminuir la energía nuclear haría que el objetivo de cero emisiones netas fuera más difícil y más caro de alcanzar, y se prevé que la capacidad mundial de generación nuclear se duplique de aquí a 2050. |
|
2.5 |
El Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 de la Comisión (3) reconoce el potencial de la energía nuclear para contribuir a la descarbonización de la economía de la Unión y considera que la energía nuclear constituye una actividad con bajas emisiones de carbono. En el Informe final del grupo de expertos técnicos sobre finanzas sostenibles de marzo de 2020 (4) se afirma que «la generación de energía nuclear produce emisiones de gases de efecto invernadero próximas a cero en la fase de generación de energía» y que «los datos acreditativos sobre la posible contribución sustancial de la energía nuclear a la consecución de los objetivos de mitigación del cambio climático son amplios y claros». La taxonomía establece requisitos adicionales y más estrictos en materia de eliminación de residuos, financiación y planificación del desmantelamiento. |
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2.6 |
La estabilidad y la asequibilidad de los precios de la energía son esenciales para preservar tanto el poder adquisitivo de los hogares como la competitividad y la resiliencia del tejido industrial europeo. Tras la estabilidad relativa de los precios de las importaciones de energía en la última década (salvo en la caída del 31 % registrada en 2020) y el incremento anual relativamente bajo de los precios nacionales a la producción de energía del 0,9 % entre 2010 y 2019 (en 2020, los precios a la producción de energía cayeron casi en un 10 %), Europa ha asistido a un acusado aumento de los precios de la energía desde otoño de 2021 (5). |
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2.7 |
Por primera vez en su historia, la Unión Europea se enfrenta a varios riesgos graves relacionados con el suministro de energía, la seguridad energética y la escalada de los precios de la energía. Una de las razones es que algunos Estados miembros no actuaron con prudencia, o sucumbieron a la presión externa, y redujeron demasiado rápidamente todos los recursos de reserva, al tiempo que la injerencia extranjera desempeñó ciertamente un papel en este sentido. |
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2.8 |
La agitada y volátil evolución de los precios de la energía se manifestó ya antes de la guerra, desde el otoño de 2021, debido a varias interrupciones del suministro y al aumento mundial de la demanda de gas. El motivo de los precios excepcionalmente elevados de la energía desde el pasado otoño es el fuerte aumento mundial de la demanda de gas, debido a una serie de factores clave: la intensificación de la recuperación económica, las restricciones en el suministro a la UE, la falta de inversión, así como las malas condiciones meteorológicas que han causado una reducción de la producción de energía de fuentes renovables. En algunos casos, la especulación ha llevado al vaciado de las instalaciones de almacenamiento de gas (6). La volatilidad actual de los precios de la energía viene determinada principalmente por los efectos de la agresión rusa contra Ucrania, la incertidumbre sobre una posible escalada en otros países y el esfuerzo por reducir la dependencia energética de la Unión respecto a Rusia lo antes posible. |
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2.9 |
Los costes adicionales para la seguridad y la protección causados por la guerra amenazan con contribuir sustancialmente al incremento de los precios de la energía. El próximo período de diversificación de los insumos energéticos de la Unión, relacionado con inversiones de enorme cuantía en nuevas infraestructuras (por ejemplo, terminales de GNL, gasoductos de hidrógeno) y reordenaciones de la red de suministro de energía existente, podría ir acompañado de un incremento adicional de los precios. La situación también se ve agravada por un declive significativo de la generación nuclear, que se prevé que disminuya un 12 % (más de 100 TWh) en 2022. En su informe de julio de 2022 sobre el mercado de la electricidad, la Agencia Internacional de la Energía explica que esta disminución se debe a la disminución de la disponibilidad temporal de centrales en Francia, a la retirada de 4 GW de energía nuclear en Alemania y al impacto de la invasión rusa en las centrales nucleares ucranianas. |
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2.10 |
En las circunstancias actuales, al menos hasta que avance la transición energética fundamental de la Unión, la utilización de fuentes de energía ya existentes y disponibles en todo el territorio de la Unión y utilizables de inmediato, sin impedimentos y en el marco de la infraestructura ya instalada, constituye la máxima prioridad. Al mismo tiempo, reducir los suministros rusos de productos energéticos básicos —proceso ya en curso que conlleva el riesgo de que se limiten las entregas de barras de combustible para centrales nucleares— y garantizar un suministro energético estable para todos los europeos se convierte por tanto en un reto para el cumplimiento de los objetivos climáticos. |
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2.11 |
Hasta cierto punto, la energía nuclear permite la adaptación de la generación de electricidad en función de la cantidad de energía producida a partir de fuentes renovables. Las centrales nucleares son menos flexibles que las de gas, pero aportan un elemento de estabilidad al sistema, ya que contribuyen notablemente a la generación de base y la normativa vigente en algunos Estados miembros de la UE permite regímenes flexibles para las operaciones de las centrales nucleares. |
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2.12 |
Las fuentes nucleares ya instaladas pueden satisfacer de inmediato una mayor demanda de electricidad y se caracterizan por unos costes de explotación moderados. Es cierto que los costes globales ajustados de la energía en el caso de las fuentes nucleares son bastante elevados, especialmente a causa de los enormes costes de inversión que reflejan unas medidas de seguridad rigurosas; sin embargo, en el caso del gas, los costes de la energía ajustados son aún mayores (7). Al mismo tiempo, ante la guerra en Ucrania no tenemos la certeza de que seguiremos recibiendo gas o barras de combustible de Rusia hasta encontrar suministros alternativos. |
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2.13 |
La energía nuclear es la tecnología hipocarbónica despachable cuyos costes previstos para 2025 son los más bajos. Solo los grandes embalses hidroeléctricos pueden aportar una contribución similar con costes comparables, pero siguen dependiendo en gran medida de las singularidades naturales de cada país. En comparación con la generación basada en combustibles fósiles, se prevé que las centrales nucleares sean más asequibles que las centrales de carbón. Si bien las turbinas de gas de ciclo combinado (TGCC) son competitivas en algunas regiones, el coste normalizado de la energía que producen depende en gran medida de los precios del gas natural y de las emisiones de carbono en cada región. La electricidad producida a partir de la explotación nuclear a largo plazo mediante la prolongación de la vida útil es altamente competitiva y sigue siendo no solo la opción menos costosa para la generación hipocarbónica (en comparación con la construcción de nuevas centrales eléctricas), sino también para la generación de electricidad en general (8). |
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2.14 |
De manera similar a las fuentes renovables, los costes de explotación de la energía nuclear son bajos. Los costes variables son prácticamente independientes del mercado mundial de materias primas energéticas. Por este motivo, las centrales nucleares ofrecen su producto en el mercado eléctrico a un precio estable. El precio de los combustibles y la fijación del precio del carbono ejercen actualmente el mayor impacto en los costes de producción de electricidad. Estos costes variables o marginales varían en gran medida de una tecnología a otra. El coste marginal de las centrales nucleares depende del precio del combustible nuclear, que es mucho menor que el del gas o el carbón. Dado que la producción nuclear es sustancial, el precio del combustible puede dividirse entre un gran volumen de producción, una gran cantidad de MWh. Dado que las centrales nucleares no emiten CO2, sus costes marginales no incluyen ningún coste asociado a los derechos de emisión de CO2, como tampoco ocurre en el caso de las energías renovables. |
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2.15 |
Desde un punto de vista reglamentario, los precios de la electricidad en el mercado mayorista de la UE se determinan por un orden de mérito en el que la última central eléctrica fija el precio. En la mayoría de las situaciones de comportamiento estándar, el precio en los mercados al contado viene determinado por el gas o el carbón. Esto significa que la energía nuclear no influye en los precios de la energía en el mercado al contado, excepto cuando la combinación energética incluye una elevada proporción de fuentes de bajas emisiones, lo cual se considera el futuro modelo europeo. En la actualidad, el modelo estándar de mercado ha sido destruido por la perturbación de la oferta, especialmente en cuanto al gas, lo cual requiere el acompañamiento de las otras fuentes disponibles para contribuir al equilibrio del mercado y a la estabilidad de precios, además de intervenciones reguladoras como la reducción de la demanda en toda la Unión (9). |
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2.16 |
El mercado al contado representa solo parte de las ventas en el mercado. Las empresas energéticas venden a menudo suministros físicos de electricidad sobre la base de contratos bilaterales. En este caso, los diferentes modelos de financiación y de contratos bilaterales utilizados en los Estados miembros de la UE cuya combinación energética incluye la energía nuclear contribuyen a estabilizar el precio de la energía para el cliente, pero no necesariamente a reducirlo. También tenemos que distinguir entre los distintos niveles del mercado de la electricidad (mayorista frente a minorista). Los mercados minoristas de la UE dependen de muchos factores, como el nivel de competencia, pero también de otros factores que determinan el precio final. Los precios de la electricidad pagados por los consumidores domésticos en la UE incluyen impuestos y gravámenes. Según las cifras de Eurostat, el porcentaje medio de impuestos y gravámenes que los consumidores domésticos pagan por la electricidad en la UE es del 36 %. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
El CESE es plenamente consciente de la gravedad de la situación y la tiene en cuenta. En las circunstancias actuales, en el marco de la gestión de crisis y emergencias, los suministros fiables de energía a un precio aceptable constituyen la forma de sobrevivir. Por este motivo, cualquier fuente disponible que pueda resultar fiable debe utilizarse no solo para satisfacer la demanda, sino también para contribuir a la estabilidad de precios en este período de tanta incertidumbre. |
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3.2 |
El CESE apoya plenamente el Pacto Verde Europeo y la transición de la economía europea a la neutralidad climática de aquí a 2050. Al mismo tiempo, la transición climática debe ir de la mano de los cinco pilares de la Unión de la Energía, en particular los relativos a la seguridad del suministro y la asequibilidad de los precios de la energía. Las políticas futuras deben fijarse como objetivo reducir la elevada dependencia respecto a las importaciones, como ha puesto de relieve el CESE en varios Dictámenes. |
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3.3 |
A la luz de los principales objetivos de la Comunicación de la Comisión Europea titulada «REPowerEU», pueden establecerse dos fases del esfuerzo por la estabilidad de los precios de la energía en la Unión: la primera, hasta que se den algunos primeros pasos hacia la reducción de la dependencia de la Unión respecto a Rusia, con resultados visibles, y la segunda, cuando la dependencia energética de la Unión respecto a Rusia sea nula. El CESE admite que, para la primera fase, en la que la estabilidad y la seguridad desempeñarán un papel fundamental, la energía nuclear obtenida de fuentes existentes de la Unión, tal como se pone de relieve en el plan REPowerEU (10), también desempeña un papel, teniendo en cuenta que la preparación del sistema energético de la Unión para el próximo invierno no será fácil (crear almacenamiento y reservas de gas suficientes, iniciar la diversificación de los suministros, utilizar más hidrógeno y metano, realizar inversiones adicionales de gran cuantía en proyectos de energías renovables y eficiencia energética), como indica la Agencia Internacional de la Energía en sus recomendaciones de marzo de 2022 (11). En la segunda fase, podría recuperarse la integración del Pacto Verde en las políticas cuando se eliminen los riesgos relacionados con la seguridad del suministro. |
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3.4 |
El CESE señala que el suministro de barras de combustible a las centrales nucleares con reactores de tipo VVER situadas en el territorio de la UE (Bulgaria, República Checa, Hungría, Finlandia y Eslovaquia) podría estar en peligro debido a la guerra en Ucrania. Al mismo tiempo, se congratula de que existan suministros alternativos (12) y anima a los Estados miembros en cuestión a encontrar proveedores alternativos lo antes posible. Las centrales nucleares no requieren una gran capacidad de almacenamiento y pueden almacenar fácilmente combustible para un período de tres a cinco años, por lo que es posible cambiar a otro proveedor o comprar combustible a un precio favorable. |
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3.5 |
El CESE destaca que la estabilidad del mercado energético de la Unión constituye una prioridad absoluta en la actualidad, ya que puede eliminar la volatilidad de los precios de la energía. La energía nuclear, como fuente de generación de base de gran estabilidad (que sirve de respaldo a las energías renovables, más volátiles), puede contribuir sustancialmente a la estabilidad del suministro en períodos de riesgos extraordinarios. |
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3.6 |
El CESE señala que la energía nuclear no está sujeta al riesgo de la volatilidad de los precios del RCDE UE, que alcanzaron un máximo histórico de 100 EUR por tonelada de CO2 a principios de febrero de 2022. Dado que las centrales nucleares no emiten CO2, sus costes marginales no incluyen ningún coste asociado a tales emisiones, como tampoco ocurre en el caso de las energías renovables. La volatilidad del RCDE UE afecta significativamente al precio del gas en el mercado de la Unión. |
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3.7 |
En términos generales, la energía nuclear presenta unos costes de inversión elevados, pero genera unos costes de explotación relativamente baratos. Sin embargo, no partimos de cero, y las capacidades nucleares existentes (optimizadas) pueden utilizarse para estabilizar el mercado. Las políticas deben permitir a los Estados miembros prolongar la explotación del parque de centrales existente, ya que el funcionamiento a largo plazo de las centrales nucleares constituye, con diferencia, la solución más asequible de aquí a 2030 y en años posteriores, lo que permitirá una transición fluida hacia la neutralidad climática. Es necesario evitar las medidas que puedan repercutir negativamente en la capacidad existente con bajas emisiones de carbono, o que disuadan a los inversores de invertir en las tecnologías necesarias. |
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3.8 |
El CESE propone que se tenga en cuenta el papel de la energía nuclear en el futuro diseño de las normas del mercado de la electricidad. Las centrales nucleares pueden ofrecer electricidad a los consumidores finales a un precio fijo, ya que varios países europeos utilizan diferentes modelos de contratos que garantizan estabilidad a los consumidores. Un precio fijo de compra garantiza una rentabilidad de la inversión y menores costes de capital, y fija parcialmente el precio de la electricidad para los consumidores finales. |
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3.9 |
La energía nuclear representó alrededor del 25 % de la electricidad producida en la UE en 2020. Una mayor solidaridad y unas mejores interconexiones de transporte en el mercado energético contribuirán a responder eficazmente a la volatilidad de las fuentes de energía renovables (a largo plazo) y a los cortes de suministro de gas (a corto plazo). El CESE también pide a los Estados miembros que trabajen en la capacidad de almacenamiento y sustituyan las centrales de gas por energía procedente de fuentes hipocarbónicas. Toda disposición relativa a la revisión del diseño del mercado de la electricidad debe incentivar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas necesarias para descarbonizar el sector eléctrico de manera segura y asequible. |
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3.10 |
El CESE destaca el otro elemento de la estabilidad de precios de la energía nuclear que garantiza la estabilidad de los suministros. En comparación con el gas, las centrales nucleares no requieren grandes capacidades de almacenamiento y pueden almacenar fácilmente combustible para tres años (13). La mayor capacidad de repostaje y almacenamiento facilita la adquisición del combustible en condiciones más favorables, así como el cambio a otros proveedores. Por este motivo, anima a los cinco Estados miembros con tecnologías VVER a buscar proveedores alternativos. |
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3.11 |
Cuando disminuya la dependencia energética de la UE respecto a Rusia, será un buen punto de partida no solo para reflexionar, sino también para aplicar y materializar el potencial de innovación asociado a la energía nuclear, a saber, la utilización de fuentes nucleares para la producción de hidrógeno y el reciclado de residuos como parte de una cadena de economía circular. Según la Agencia Internacional de la Energía, utilizar la electricidad procedente de la energía nuclear para producir hidrógeno y calor ofrece nuevas oportunidades. El excedente de electricidad nuclear podría utilizarse para producir aproximadamente 20 millones de toneladas de hidrógeno en 2050 y el calor cogenerado procedente de centrales nucleares podría sustituir a la calefacción urbana y otros usos de alta temperatura (14), aunque los costes de construcción tendrían que disminuir para hacerla competitiva. |
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3.12 |
El CESE propone a la Presidencia checa que debata, en el seno del Foro Europeo de la Energía Nuclear (ENEF), la estabilidad de los precios en el sector nuclear, así como el papel de la energía nuclear en la estabilidad del suministro ante la reducción de la dependencia de la Unión del gas ruso. El CESE desea participar activamente en este debate. |
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3.13 |
El CESE propone que se refuerce la cooperación bilateral con socios internacionales en el sector nuclear, fundamentalmente con los Estados Unidos, con el fin de compartir los resultados en materia de innovación y los avances en el terreno de las nuevas tecnologías. El CESE recomienda que la Presidencia checa del Consejo de la Unión organice una conferencia sobre reactores modulares pequeños —que podría adoptar la forma de un foro de alto nivel de la Unión y los Estados Unidos sobre este tipo de reactores— y que explore esta investigación prometedora. |
4. Observaciones específicas
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4.1 |
El CESE es plenamente consciente de algunos riesgos relacionados con la utilización de la energía nuclear y conviene en que es necesario seguir investigando para hacerla aún más segura. Sería insensato creer que estos riesgos no existen. La energía nuclear se ha utilizado para producir energía desde la década de 1950, y desde entonces se ha reforzado el nivel de seguridad y protección, en particular, para soportar sucesos externos extremos, tanto naturales como artificiales, como un accidente de aviación o una explosión. El CESE invita a los Estados miembros a no detener la investigación y la innovación en este ámbito y a cumplir requisitos estrictos en materia de seguridad y eliminación de residuos. |
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4.2 |
La situación actual en el mercado de la energía también afecta a los precios del uranio, que pueden estabilizarse mediante una mejor diversificación de los proveedores o, a largo plazo, mediante la construcción de centrales eléctricas que requieran un repostaje menos frecuente. Las centrales eléctricas basadas en reactores modulares pequeños (RMP) pueden requerir una recarga de combustible menos frecuente: cada tres a siete años en comparación frente a uno a dos años en el caso de las centrales convencionales. Algunos RMP se han diseñado incluso para funcionar hasta treinta años sin repostar. Además, la construcción de centrales eléctricas de tercera generación satisface las necesidades de países con grandes requerimientos de energía y redes desarrolladas (como demuestran los programas en curso o previstos en diversos países). |
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4.3 |
Los diseños de los reactores modulares pequeños suelen ser más sencillos y, a menudo, el concepto de seguridad de estos RMP se basa más en sistemas pasivos y en las características de seguridad inherentes del reactor, como la baja potencia y presión de funcionamiento. Los RMP permiten ahorrar en costes y tiempo de construcción, y pueden desplegarse gradualmente para adaptarse a la creciente demanda de energía. |
|
4.4 |
El volumen de combustible que requieren las centrales nucleares es más bien reducido en comparación con las necesidades de las centrales eléctricas que utilizan combustibles fósiles. Un pequeño pellet de dióxido de uranio de cinco gramos produce la misma cantidad de energía que una tonelada de carbón o unos 480 metros cúbicos de gas natural. Las centrales nucleares no requieren grandes capacidades de almacenamiento y pueden almacenar fácilmente combustible para tres a cinco años. La capacidad de almacenamiento puede considerarse un factor de estabilidad para la central, ya que reduce la dependencia respecto a proveedores concretos y brinda la posibilidad de adquirir combustible cuando los precios son favorables. |
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4.5 |
Las inversiones realizadas en este sector también propician que cualquier mejora puede utilizarse en beneficio de la transición ecológica. Las tecnologías y los métodos nucleares se utilizan para contribuir a la transición a un sistema energético cada vez más basado en el hidrógeno en dos ámbitos principales: i) la producción de hidrógeno a partir de la disociación térmica/química del agua asistida con energía nuclear, y ii) la contribución de los métodos y técnicas nucleares a la mejora de la comprensión de los materiales para cumplir mejor con los requisitos de almacenamiento y conversión del hidrógeno, y a la ulterior adaptación de dichos materiales con el mismo fin (15). |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Artículo 194, apartado 2, del TFUE.
(2) https://iea.blob.core.windows.net/assets/0498c8b8-e17f-4346-9bde-dad2ad4458c4/NuclearPowerandSecureEnergyTransitions.pdf
(3) Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 de la Comisión, de 9 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 en lo que respecta a las actividades económicas en determinados sectores energéticos y el Reglamento Delegado (UE) 2021/2178 en lo que respecta a la divulgación pública de información específica sobre esas actividades económicas (DO L 188 de 15.7.2022, p. 1).
(4) El Informe del grupo de expertos técnicos está disponible en: Informe final del grupo de expertos técnicos sobre la taxonomía de la UE | Comisión Europea (europa.eu)
(5) Datos de Eurostat de febrero de 2022: https://ec.europa.eu/eurostat/web/products-eurostat-news/-/edn-20220210-2.
(6) Para más información, véase el dictamen TEN/761 (DO C 275 de 18.7.2022, p. 80).
(7) AIE/NEA, 2020.
(8) https://iea.blob.core.windows.net/assets/ae17da3d-e8a5-4163-a3ec-2e6fb0b5677d/Projected-Costs-of-Generating-Electricity-2020.pdf
(9) Reglamento (UE) 2022/1369 del Consejo, de 5 de agosto de 2022, sobre medidas coordinadas para la reducción de la demanda de gas (DO L 206 de 8.8.2022, p. 1).
(10) Plan REPowerEU — COM(2022) 230 final.
(11) AIE, Plan de 10 puntos dirigido a la Unión Europea para reducir la dependencia respecto a los suministros rusos en más de un tercio, y apoyar al mismo tiempo el Pacto Verde Europeo, con opciones de emergencia de cara al futuro, marzo de 2022.
(12) La central nuclear de Temelín, situada en la República Checa, ha encontrado proveedores alternativos.
(13) Según el informe anual de 2020 de la Agencia de Abastecimiento de Euratom, «los inventarios de uranio pueden alimentar los reactores de energía nuclear que atienden los suministros públicos básicos de la Unión» durante un promedio de 2,75 años.
(14) https://iea.blob.core.windows.net/assets/0498c8b8-e17f-4346-9bde-dad2ad4458c4/NuclearPowerandSecureEnergyTransitions.pdf
(15) IAEA-TECDOC-1676
ANEXO I
La enmienda a la totalidad siguiente, que obtuvo al menos una cuarta parte de los votos emitidos, fue rechazada en el transcurso de los debates (artículo 71, apartado 7, del Reglamento interno):
|
ENMIENDA 7 TEN/776 El papel de la energía nuclear en la estabilidad de los precios de la energía en la UE Sustitúyase todo el Dictamen presentado en la Sección TEN por el texto siguiente (la exposición de motivos figura al final del documento): |
Presentada por: DIRX, Jan HERNÁNDEZ BATALLER, Bernardo IZVERNICEANU, Ileana KATTNIG, Thomas KUPŠYS, Kęstutis LOHAN, Cillian MOSTACCIO, Alessandro NABAIS, João NIKOLOPOULOU, Maria RIBBE, Lutz SCHMIDT, Peter SCHWARTZ, Arnaud |
|
Enmienda |
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1. Conclusión y recomendación
2. Notas introductorias
3. La respuesta a la cuestión
3.5 A: centrales nucleares actuales con la configuración actual del mercado
3.6 B: centrales nucleares actuales con una nueva configuración del mercado
Esto quiere decir que esa nueva configuración del mercado consiste en dos elementos: un segmento de mercado donde rige la antigua configuración del mercado (esto es, orden de mérito basado en los costes marginales) y otro segmento de mercado donde de hecho solo hay contratos por diferencias. Como consecuencia de ello, la electricidad generada en el marco de los contratos por diferencias tiene un precio estable y, por tanto, se refleja en un precio más estable para el consumidor, aunque el precio para el consumidor seguirá fluctuando, ya que una parte de la electricidad sigue fijando su precio por orden de mérito. 3.7 C: centrales nucleares nuevas con la configuración actual del mercado
3.8 D: centrales nucleares nuevas con una nueva configuración del mercado
4. Resumen
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Exposición de motivos |
|
En su declaración del 8 de septiembre, la presidenta del CESE, Christa Schweng, y la presidenta de la Sección TEN, Baiba Miltoviča, escribieron: «El CESE pide una acción europea conjunta para garantizar la estabilidad de los precios de la electricidad y para reformar con urgencia el mercado de la energía». Y esa es precisamente la esencia de esta enmienda que hemos redactado para dar una respuesta clara y franca a la pregunta formulada por la Presidencia checa. El proyecto de Dictamen TEN/776 actualmente planteado no se centra en la pregunta de la Presidencia checa, a saber, el papel de la energía nuclear en la estabilidad del precio de la electricidad, sino que, en primer lugar, trata de la seguridad del suministro y, en segundo lugar, es un mensaje publicitario en favor de la energía nuclear. Por supuesto, la seguridad del suministro también es muy importante, pero la pregunta de la Presidencia no se refería a eso. Y, por desgracia, la ponente también ha incluido muchas inexactitudes y puntos cuestionables en su Dictamen. Hemos descrito una selección de veinte de estos puntos en un memorándum antes de la reunión de la Sección TEN a principios de este mes. Queremos subrayar que lograr la estabilidad de los precios es una de las condiciones previas para ofrecer a los clientes de electricidad, empresas y consumidores, seguridad sobre sus costes a corto y medio plazo. Por eso unos precios de la energía estables desempeñan un papel esencial para el rendimiento de las empresas europeas y la creación y el mantenimiento del empleo. Por lo tanto, hemos preparado esta enmienda y pedimos a la Mesa del CESE que la acepte como enmienda a la totalidad. En esta enmienda proporcionamos una respuesta clara e inequívoca a lo que debería ser el tema de este Dictamen: cuál es el papel de la energía nuclear en la estabilidad de los precios de la energía en la UE. Por lo tanto, NO hablamos de las ventajas e inconvenientes de la energía nuclear, ni del nivel de precios, ya que se puede tener estabilidad o no con cualquier nivel de precios. Es importante entender que, si se quiere actuar sobre los precios de la electricidad, es necesario cambiar el sistema actual de precios de la energía. Es una conclusión a la que se ha llegado en muchos lugares de Europa, incluyendo a Ursula von der Leyen y el Consejo de Energía del 9 de septiembre. Una conclusión que hemos presentado repetidamente en el proceso del presente Dictamen. Por lo tanto, en esta enmienda esbozamos cuatro hipótesis para investigar en qué situación de configuración del mercado la energía nuclear puede tener un efecto estabilizador de los precios de la energía y en qué situación no puede tenerlo. Nuestra conclusión es que la energía nuclear no puede tener un efecto estabilizador en dos de las situaciones, pero en determinadas condiciones puede tener un efecto estabilizador en las otras dos situaciones. Nuestro punto de vista contó con el apoyo de los tres expertos invitados por el presidente del grupo de estudio y la ponente a una reunión del Grupo de Estudio: Sr. Keppler: «La energía nuclear no tiene un efecto real sobre los precios de la electricidad, ni siquiera aunque su producción aumente un 10 o un 20 %». Sr. Cometto (Organismo Internacional de Energía Atómica, OIEA): «A corto plazo la energía nuclear tiene un efecto limitado en la reducción de los precios de la electricidad». Sr. Goicea (FORATOM): «La energía nuclear puede, en teoría, proporcionar estabilidad a los precios finales de la energía, pero sigue siendo una cuestión de la configuración del mercado». |
|
Resultado de la votación: |
||||||
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(1) https://sweden.se/climate/sustainability/energy-use-in-sweden
(2) https://www.gov.uk/government/collections/hinkley-point-c
ANEXO II
|
|
MIEMBRO |
GRUPO |
VOTO |
Delegación de voto |
|
1 |
ANDERSEN, Dorthe |
II |
A |
SORGENFREY, Bente |
|
2 |
ANDERSSON, Jan Torsten |
III |
N |
|
|
3 |
ANDERSSON, Krister |
I |
Y |
|
|
4 |
ANGELOVA, Milena |
I |
Y |
|
|
5 |
ANTONIOU, Michalis |
I |
Y |
|
|
6 |
ARDHE, Christian |
I |
Y |
|
|
7 |
ATS, Kerli |
III |
Y |
|
|
8 |
BABRAUSKIENE, Tatjana |
II |
A |
|
|
9 |
BACK, Thord Stefan |
I |
Y |
|
|
10 |
BALDZENS, Egils |
II |
Y |
|
|
11 |
BARBUCCI, Giulia |
II |
A |
|
|
12 |
BARCELÓ DELGADO, Andrés |
I |
Y |
|
|
13 |
BARRERA CHAMORRO, Maria Del Carmen |
II |
N |
|
|
14 |
BARTELS, Holger |
II |
N |
|
|
15 |
BÄUMLER, Christian |
II |
N |
|
|
16 |
BERNIS CASTELLS, Jaume |
III |
Y |
|
|
17 |
BERTOLINI, Silvestre |
II |
Y |
|
|
18 |
BIEGON, Dominika |
II |
N |
|
|
19 |
BLANC, Patricia |
III |
Y |
|
|
20 |
BLIJLEVENS, Réné |
I |
A |
|
|
21 |
BOGUSZ, Malgorzata Anna |
III |
N |
|
|
22 |
BOLAND, Séamus |
III |
N |
|
|
23 |
BOLLON, Pierre |
I |
Y |
|
|
24 |
BORSANI, Matteo Carlo |
I |
Y |
|
|
25 |
BRISHOUAL, Rachel |
III |
A |
|
|
26 |
BRONIARZ, Wincenty Slawomir |
II |
A |
|
|
27 |
BRZOBOHATÁ, Zuzana |
III |
N |
|
|
28 |
BYRNE, Peter |
I |
Y |
|
|
29 |
CABRA DE LUNA, Miguel Ángel |
III |
Y |
|
|
30 |
CALDERONE, Marina Elvira |
III |
N |
|
|
31 |
CALISTRU, Elena-Alexandra |
III |
A |
|
|
32 |
CAÑO AGUILAR, Isabel |
II |
N |
|
|
33 |
CATSAMBIS, Constantine |
I |
Y |
|
|
34 |
CHAMPAS, Panagiotis |
III |
Y |
|
|
35 |
CHARRY, Philippe |
II |
Y |
DESIANO, Carole |
|
36 |
CHOIX, Bruno |
I |
Y |
|
|
37 |
CLEVER, Peter |
I |
Y |
HEMMERLING, Udo |
|
38 |
COMER, John |
III |
Y |
|
|
39 |
CORAZZA, Chiara |
III |
Y |
|
|
40 |
COULON, Pierre Jean |
II |
Y |
|
|
41 |
COUMONT, Raymond |
II |
Y |
|
|
42 |
CSER, Ágnes |
III |
Y |
|
|
43 |
DE FELIPE LEHTONEN, Helena |
I |
Y |
|
|
44 |
DE LEEUW, Rudy |
II |
N |
ULENS, Miranda |
|
45 |
DE LOTTO, Pietro Francesco |
I |
Y |
|
|
46 |
DE MELLO, Vasco |
I |
Y |
|
|
47 |
DE MÛELENAERE, Robert |
I |
Y |
|
|
48 |
DEGUARA, Jason |
II |
N |
|
|
49 |
DEL RIO, Cinzia |
II |
N |
|
|
50 |
DESTOM, Joël |
III |
Y |
|
|
51 |
DIAMANTOUROS, Konstantinos |
I |
Y |
|
|
52 |
DIMITRIADOU, Stavroula |
II |
N |
|
|
53 |
DIRX, Jan |
III |
N |
NEISINGH, Ody |
|
54 |
DOZ ORRIT, Javier |
II |
Y |
|
|
55 |
DROBINSKI-WEIß, Elvira |
III |
N |
|
|
56 |
DUFEK, Bohumír |
II |
Y |
|
|
57 |
DULEVSKI, Lalko |
III |
N |
|
|
58 |
DUTTO, Diego |
III |
N |
|
|
59 |
EDELÉNYI, András |
I |
Y |
|
|
60 |
FELSZEGHI, Sára |
II |
Y |
|
|
61 |
FORNEA, Dumitru |
II |
Y |
|
|
62 |
GARAT PÉREZ, Francisco Javier |
III |
Y |
|
|
63 |
GARCÍA DEL RIEGO, Antonio |
I |
Y |
SABATINI, Giovanni |
|
64 |
GARCÍA SALGADO, Manuel |
II |
Y |
|
|
65 |
GARDIAS, Dorota |
II |
Y |
|
|
66 |
GAVRILOVS, Vitalijs |
I |
Y |
|
|
67 |
GEISEN, Norbert |
III |
Y |
|
|
68 |
GKOFAS, Panagiotis |
III |
Y |
|
|
69 |
GOBINŠ, Andris |
III |
N |
|
|
70 |
GONDARD-ARGENTI, Marie-Françoise |
I |
Y |
|
|
71 |
GRABO, Louise |
III |
Y |
KILIM, Irma |
|
72 |
HÄGGLUND, Sam |
II |
A |
|
|
73 |
HÄGGMAN, Maria |
II |
A |
|
|
74 |
HAJNOŠ, Miroslav |
II |
Y |
|
|
75 |
HAUKANÕMM, Monika |
III |
N |
|
|
76 |
HEALY, Joe |
III |
Y |
|
|
77 |
HERNÁNDEZ BATALLER, Bernardo |
III |
N |
|
|
78 |
HOFFMANN, Reiner Gerd |
II |
N |
|
|
79 |
HOLST, Sif |
III |
A |
|
|
80 |
IOANNIDIS, Athanasios |
III |
Y |
|
|
81 |
IZVERNICEANU DE LA IGLESIA, Ileana |
III |
N |
|
|
82 |
JAHIER, Luca |
III |
N |
|
|
83 |
JOHANSSON, Benny |
II |
A |
|
|
84 |
JONUŠKA, Alfredas |
I |
Y |
|
|
85 |
JOÓ, Kinga |
III |
Y |
|
|
86 |
JUODKAITE, Dovile |
III |
N |
|
|
87 |
KÁLLAY, Piroska |
II |
A |
|
|
88 |
KATTNIG, Thomas |
II |
N |
BUZEK, Tanja |
|
89 |
KIUKAS, Vertti |
III |
Y |
|
|
90 |
KLIMEK, Jan |
I |
Y |
|
|
91 |
KOKALOV, Ivan |
II |
Y |
|
|
92 |
KOLBE, Rudolf |
III |
N |
|
|
93 |
KOLYVAS, Ioannis |
III |
N |
|
|
94 |
KOMORÓCZKI, István |
I |
Y |
|
|
95 |
KONTKANEN, Mira-Maria |
I |
Y |
|
|
96 |
KOUTSIOUMPELIS, Stavros |
II |
Y |
|
|
97 |
KROPIL, Rudolf |
III |
Y |
|
|
98 |
KROPP, Thomas |
I |
Y |
GERSTEIN, Antje |
|
99 |
KRUPAVICIENE, Kristina |
II |
Y |
|
|
100 |
KÜKEDI, Zsolt |
III |
Y |
|
|
101 |
KUNYSZ, Maciej Dawid |
III |
A |
|
|
102 |
LADEFOGED, Anders |
I |
Y |
|
|
103 |
LE BRETON, Marie-Pierre |
I |
Y |
|
|
104 |
LEFÈVRE, Christophe |
II |
Y |
|
|
105 |
LEITANE, Katrina |
III |
A |
|
|
106 |
LOBO XAVIER, Gonçalo |
I |
A |
|
|
107 |
LOHAN, Cillian |
III |
N |
|
|
108 |
LUSTENHOUWER, Colin |
I |
N |
|
|
109 |
MACHYNA, Emil |
II |
Y |
|
|
110 |
MADSEN, Niels |
I |
Y |
|
|
111 |
MALLIA, Stefano |
I |
Y |
|
|
112 |
MANOLOV, Dimitar |
II |
Y |
|
|
113 |
MARCHIORI, Alberto |
I |
Y |
|
|
114 |
MARIN, Florian |
II |
N |
|
|
115 |
MARTINOVIC DŽAMONJA, Dragica |
I |
Y |
|
|
116 |
MASCIA, Sandro |
I |
Y |
|
|
117 |
MASTANTUONO, Alena |
I |
Y |
LEMCKE, Freya |
|
118 |
MATSAS, Andreas |
II |
Y |
|
|
119 |
MAVROMMATIS, Manthos |
I |
Y |
|
|
120 |
MEDINA, Felipe |
I |
Y |
|
|
121 |
MENSI, Maurizio |
III |
A |
|
|
122 |
MERLO, Nicoletta |
II |
Y |
|
|
123 |
MESKER, August Pierre |
I |
N |
|
|
124 |
MEYNENT, Denis |
II |
N |
|
|
125 |
MILTOVICA, Baiba |
III |
Y |
|
|
126 |
MINCHEVA, Mariya |
I |
Y |
PANGL, Andreas |
|
127 |
MIRA, Luís |
I |
Y |
|
|
128 |
MISSLBECK-WINBERG, Christiane |
I |
Y |
|
|
129 |
MITOV, Veselin |
II |
Y |
|
|
130 |
MONE, Andrea |
II |
A |
|
|
131 |
MOOS, Christian |
III |
A |
|
|
132 |
MORENO DÍAZ, José Antonio |
II |
A |
|
|
133 |
MORKIS, Gintaras |
I |
Y |
|
|
134 |
MOSTACCIO, Alessandro |
III |
N |
|
|
135 |
MUREŞAN, Marinel Dănuț |
I |
Y |
|
|
136 |
MURGUÍA ESTEVE, Aitor |
II |
N |
|
|
137 |
NIKOLOPOULOU, Maria |
II |
N |
|
|
138 |
NIKOLOV, Bogomil |
III |
N |
|
|
139 |
NOWACKI, Marcin |
I |
Y |
|
|
140 |
NYGREN, Ellen |
II |
A |
|
|
141 |
OCHEDZAN, Justyna Kalina |
III |
A |
|
|
142 |
O'CONNOR, Jack |
II |
A |
|
|
143 |
ÖNGÖRUR, Berivan |
II |
A |
|
|
144 |
OSTROWSKI, Krzysztof |
I |
A |
|
|
145 |
PADURE, Decebal-Ștefăniță |
I |
Y |
HAUNERT, Nora |
|
146 |
PAIDAS, Ioannis |
II |
Y |
|
|
147 |
PALMIERI, Stefano |
II |
A |
|
|
148 |
PARTHIE, Sandra |
I |
A |
|
|
149 |
PATER, Krzysztof |
III |
Y |
|
|
150 |
PAVIĆ-ROGOŠIĆ, Lidija |
III |
A |
|
|
151 |
PENTTINEN, Markus |
II |
Y |
|
|
152 |
PETRAITIENE, Irena |
II |
Y |
|
|
153 |
PIETKIEWICZ, Janusz |
I |
Y |
|
|
154 |
PILAWSKI, Lech |
I |
Y |
|
|
155 |
PLOSCEANU, Aurel Laurentiu |
I |
N |
|
|
156 |
POCIVAVŠEK, Jakob Krištof |
II |
A |
|
|
157 |
POPELKOVÁ, Hana |
II |
Y |
VAN KELLE, Lottie |
|
158 |
POTTIER, Jean-Michel |
I |
Y |
|
|
159 |
POTYRALA, Dariusz Miroslaw |
II |
Y |
|
|
160 |
PREDA, Bogdan |
I |
Y |
VUORI, Timo |
|
161 |
PROUZET, Emilie |
I |
Y |
|
|
162 |
PUECH d'ALISSAC, Arnold |
I |
Y |
|
|
163 |
PUXEU ROCAMORA, Josep |
I |
Y |
|
|
164 |
QUAREZ, Christophe |
II |
Y |
|
|
165 |
RAMMO, Alari |
III |
Y |
|
|
166 |
RAVNIK, Branko |
III |
Y |
|
|
167 |
REALE, Maurizio |
I |
Y |
|
|
168 |
REDING, Jean-Claude |
II |
N |
|
|
169 |
REISECKER, Sophia |
II |
A |
RUSU, Sabin |
|
170 |
RELIC, Danko |
III |
A |
|
|
171 |
REPANŠEK, Neža |
III |
N |
|
|
172 |
RIBBE, Lutz |
III |
N |
|
|
173 |
RISTELÄ, Pekka |
II |
A |
|
|
174 |
ROBYNS, Wautier |
I |
Y |
|
|
175 |
ROCHE RAMO, José Manuel |
III |
N |
|
|
176 |
RÖPKE, Oliver |
II |
N |
KLUGE, Norbert |
|
177 |
SAKAROVÁ, Dana |
II |
Y |
|
|
178 |
SALIS-MADINIER, Franca |
II |
N |
|
|
179 |
SAMMUT BONNICI, Dolores |
I |
A |
|
|
180 |
SCHAFFENRATH, Martin Josef |
III |
N |
|
|
181 |
SCHLÜTER, Bernd |
III |
A |
|
|
182 |
SCHMIDT, Peter |
II |
N |
|
|
183 |
SCHWARTZ, Arnaud |
III |
N |
|
|
184 |
SCHWENG, Christa |
I |
A |
|
|
185 |
SERRA ARIAS, Ricardo |
III |
Y |
|
|
186 |
SIBIAN, Ionut |
III |
N |
|
|
187 |
SILVA, Carlos |
II |
N |
|
|
188 |
SILVA, Francisco |
III |
N |
|
|
189 |
SILVA, João |
II |
N |
|
|
190 |
SINKEVICIUTE, Elena |
III |
Y |
|
|
191 |
SIPKO, Juraj |
III |
A |
|
|
192 |
ŠIRHALOVÁ, Martina |
I |
Y |
|
|
193 |
SMOLE, Jože |
I |
N |
|
|
194 |
SÕBER, Kristi |
I |
Y |
|
|
195 |
SOETE, Paul |
I |
Y |
|
|
196 |
STOEV, Georgi |
I |
Y |
|
|
197 |
STUDNICNÁ, Lucie |
II |
A |
MILIĆEVIĆ-PEZELJ, Anica |
|
198 |
SÜLE, Katalin Elza |
I |
Y |
|
|
199 |
SVENTEK, David |
I |
Y |
|
|
200 |
SZALAY, Anton |
II |
Y |
|
|
201 |
SZYMANSKI, Mateusz |
II |
Y |
|
|
202 |
TCHOUKANOV, Stoyan |
III |
N |
|
|
203 |
TEDER, Reet |
I |
Y |
MAJETIĆ, Davor |
|
204 |
THURNER, Andreas |
III |
N |
|
|
205 |
TIAINEN, Simo |
III |
Y |
|
|
206 |
TOPOLÁNSZKY, Ákos |
III |
A |
|
|
207 |
TRINDADE, Carlos Manuel |
II |
N |
MAURICIO DE CARVALHO, Fernando |
|
208 |
TUPILUȘI, Tudorel |
III |
Y |
|
|
209 |
TZOTZE-LANARA, Zoe |
II |
N |
|
|
210 |
ULGIATI, Luigi |
no inscrito |
Y |
|
|
211 |
UNGERMAN, Jaroslav |
no inscrito |
Y |
|
|
212 |
VADÁSZ, Borbála |
I |
Y |
|
|
213 |
VARDAKASTANIS, Ioannis |
III |
N |
|
|
214 |
VASK, Kaia |
II |
Y |
|
|
215 |
VERNICOS, George |
I |
Y |
|
|
216 |
VIIES, Mare |
II |
Y |
|
|
217 |
VILARES DIOGO, Edgar |
III |
N |
|
|
218 |
VON BROCKDORFF, Philip |
II |
N |
|
|
219 |
VORBACH, Judith |
II |
N |
|
|
220 |
VYYRYLÄINEN, Tiina |
III |
Y |
|
|
221 |
WAGENER, Marco |
II |
N |
WOLFF, Romain |
|
222 |
WAGNSONNER, Thomas |
II |
N |
|
|
223 |
WILLEMS, Heiko |
I |
Y |
|
|
224 |
WILLEMS, Marie Josiane |
III |
A |
|
|
225 |
WRÓBLEWSKI, Tomasz Andrzej |
I |
Y |
|
|
226 |
WYCKMANS, Ferdinand |
II |
N |
|
|
227 |
YIAPANIS, Anastasis |
III |
Y |
|
|
228 |
YILDIRIM, Ozlem |
II |
Y |
|
|
229 |
YLIKARJULA, Janica |
I |
Y |
|
|
230 |
ZARINA, Katrina |
I |
Y |
|
|
231 |
ZIELENIECKI, Marcin Antoni |
II |
Y |
|
|
232 |
ZORKO, Andrej |
II |
N |
|
|
233 |
ZVOLSKÁ, Marie |
I |
Y |
HARTMAN RADOVÁ, Jana |
|
234 |
ZYCH, Tymoteusz Adam |
III |
N |
|
III Actos preparatorios
Comité Económico y Social Europeo
572.o pleno del Comité Económico y Social Europeo, 21.9.2022 – 22.9.2022
|
21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/123 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo — Un espacio europeo de datos sanitarios: aprovechar el potencial de los datos sanitarios en beneficio de las personas, los pacientes y la innovación»
[COM(2022) 196 final]
sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo — Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al espacio europeo de datos sanitarios»
[COM(2022) 197 final — 2022/0140 (COD)]
(2022/C 486/16)
|
Ponente: |
Gonçalo LOBO XAVIER |
|
Consulta |
Parlamento Europeo, 6.6.2022 Consejo, 13.6.2022 |
|
Base jurídica |
Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
|
Órgano competente |
Sección de Mercado Único, Producción y Consumo |
|
Aprobado en la Sección |
8.9.2022 |
|
Aprobación en el pleno |
22.9.2022 |
|
Pleno n.o |
572 |
|
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
198/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
|
1.1 |
El CESE acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre el espacio europeo de datos sanitarios. Tras una crisis de la COVID-19 en la que se dieron buenos ejemplos de cooperación —como el certificado COVID europeo—, la UE y su ciudadanía pueden beneficiarse de datos seguros, armonizados y compartidos que podrían impulsar los sistemas sanitarios de los Estados miembros en todas sus dimensiones. El CESE se muestra de acuerdo en que la transformación digital es esencial para prestar una mejor asistencia sanitaria a los ciudadanos, construir sistemas sanitarios más sólidos y resilientes, apoyar la competitividad y la innovación a largo plazo del ecosistema médico de la UE y ayudar a la UE a recuperarse de la pandemia. |
|
1.2 |
Desde el punto de vista del CESE, es fundamental aprovechar las oportunidades que brindan la innovación y la digitalización para impulsar el bienestar de la ciudadanía y mejorar la calidad de los servicios sanitarios. Al mismo tiempo, la sociedad civil organizada y los interlocutores sociales llaman la atención sobre el hecho de que, entre los Estados miembros de la UE, existen diferentes niveles de alfabetización digital, cuestión que debe abordarse como parte del proceso de aplicación de la estrategia. En lo que respecta a esta cuestión, el lema de «no dejar a nadie atrás» es más pertinente que nunca. |
|
1.3 |
Para el CESE, la propuesta relativa al espacio europeo de datos sanitarios ofrece una excelente oportunidad para permitir a las personas acceder a sus datos sanitarios personales y controlarlos. Al mismo nivel, el CESE considera que esta estrategia garantizaría un marco coherente para el uso de los datos sanitarios de las personas en el contexto de las políticas de I+D. Para alcanzar ambos objetivos, es muy importante garantizar la fiabilidad y la seguridad del proceso. Por este motivo, el CESE respalda que se lleve a cabo una campaña de comunicación a gran escala para ayudar a generar confianza entre los ciudadanos. La ciudadanía debe ser consciente de los beneficios asociados al proceso de puesta en común. Para el CESE, sería interesante destacar los beneficios directos para la ciudadanía y los consumidores, como se ha hecho para otras partes interesadas, pero debe quedar claro que existen requisitos de calidad obligatorios, especialmente a efectos de autorización y anonimato. |
|
1.4 |
El CESE considera que, como tal, el espacio europeo de datos sanitarios tendrá un impacto positivo significativo en los derechos fundamentales en lo que respecta a la protección y la libre circulación de los datos personales. Si se vincula debidamente con el espacio de datos de la Nube Europea de la Ciencia Abierta (EOSC) y con las correspondientes infraestructuras europeas de datos sobre ciencias de la vida (1), permitirá a los investigadores, los innovadores y los responsables políticos utilizar los datos de forma más eficaz y segura, salvaguardando la privacidad. Según esta idea, el CESE está de acuerdo en que esta propuesta es una buena medida adicional para impulsar el mercado interior y su potencial para mejorar la vida de la ciudadanía europea. |
|
1.5 |
A pesar de apoyar este plan, el CESE llama la atención sobre el hecho de que la UE no puede pedir a la ciudadanía que apoyen un espacio europeo para el intercambio de datos sanitarios si la financiación de la asistencia sanitaria es escasa. La COVID-19 ha supuesto un duro golpe para los sistemas de salud pública y la UE debe ser consciente de que debe reparar el daño y reforzar los sistemas de salud pública con un presupuesto adecuado antes de dar pasos hacia este proyecto, que sin duda es positivo. En opinión del CESE, si hay un presupuesto para un «plan», la UE debe asignar fondos para reforzar los sistemas sanitarios y solo entonces avanzar hacia este interesante proyecto. |
|
1.6 |
El CESE subraya la necesidad de aclarar el uso de los datos primarios y secundarios para la ciudadanía. Las personas deben confiar en el sistema para cooperar y comprender los beneficios, tanto para las personas como para toda la comunidad. El CESE considera que los principales temores están relacionados con el uso secundario de los datos. Debe quedar muy claro cuál es el uso, cuáles son los límites, qué organismo controlará y validará los datos y qué sanciones existen en caso de incumplimiento. El CESE está firmemente convencido de que las organizaciones de la sociedad civil y los interlocutores sociales pueden ayudar a explicar y promover estos mensajes si se les implica adecuadamente. Las organizaciones de la sociedad civil sobre el terreno pueden ayudar realmente a los Estados miembros a apoyar a las comunidades en estas cuestiones, a fin de garantizar que este progreso no suponga una pérdida para nadie. En la misma línea, los médicos de cabecera y los especialistas elegidos por los pacientes son eslabones clave en la cadena de confianza entre pacientes y usuarios de datos sanitarios. El CESE recomienda que se incluya especialmente a estos profesionales en la estrategia de comunicación. |
|
1.7 |
El CESE, aunque en general está a favor de esta propuesta, pide a la Comisión que reflexione claramente sobre los pros y los contras de la iniciativa para reducir los riesgos antes de avanzar. Hay que darse cuenta de que existe una gran cantidad de retos que afrontar cuando hablamos de los sistemas sanitarios de los Estados miembros. Existen diferentes ritmos, diferentes puntos de vista sobre los sistemas sanitarios públicos y privados y la ciudadanía debe darse cuenta de que esta propuesta implica inversiones y decisiones de política pública. La ciudadanía debe tener claro que forma parte de una estrategia y un progreso que aportará valor añadido en lugar de socavar el sistema. La comunicación es necesaria para evitar malentendidos por parte del público en general. |
|
1.8 |
Con el fin de promover un mejor acceso a los seguros para todo el mundo, algo que requiere una mejor comprensión por parte de las aseguradoras de los datos disponibles, el CESE pide que se reflexione sobre la pertinencia de revisar la prohibición absoluta de que las aseguradoras utilicen datos secundarios. No obstante, teniendo en cuenta el riesgo concomitante que conlleva la individualización de las primas de seguro y la selección de riesgos, considera preferible atenerse a la posición de la Comisión Europea, que consiste en que el uso secundario de los datos sanitarios electrónicos debe limitarse a los objetivos únicos y perfectamente legítimos de mejora y ejecución de las políticas e investigación en materia de salud pública. El Comité también pide que se estudie la posibilidad de abrir estos datos a las aseguradoras con fines de investigación, siempre que sean plenamente compatibles con el RGPD y los objetivos de interés público mencionados anteriormente y sean objeto de supervisión por las autoridades competentes en colaboración con la sociedad civil. |
|
1.9 |
El CESE está firmemente convencido de que el espacio europeo de datos sanitarios beneficiará a las personas, los profesionales de la salud, los proveedores de asistencia sanitaria, los investigadores, los reguladores y los responsables políticos, pero esto solo ocurrirá si, en el contexto de esta estrategia, la ciudadanía y las partes interesadas participan en la inversión continua en los sistemas sanitarios nacionales. No se podrá hacer que la ciudadanía participe si no siente que está en el centro del proceso. El CESE recomienda que la Comisión y los Estados miembros impliquen a las organizaciones de la sociedad civil para que la aplicación de la estrategia sea un éxito y para beneficiarse de la experiencia de estas organizaciones, que pueden informar sobre la transparencia y fiabilidad de la iniciativa. La inversión en estos ámbitos es crucial. |
|
1.10 |
El CESE apoya la idea de que una combinación de inversiones del programa Europa Digital, el Mecanismo «Conectar Europa» y Horizonte Europa pueden ser utilizados por los Estados miembros y los organismos que participan en el espacio europeo de datos sanitarios para aplicar la estrategia. Además, el programa Europa Digital apoyará el despliegue de la infraestructura necesarias para que los datos sanitarios sean accesibles de forma segura a través de las fronteras de la UE y desarrollar espacios comunes de datos. Sin embargo, el CESE también llama la atención sobre el hecho de que estas inversiones llevarán tiempo y de que no están directamente vinculadas al calendario de la estrategia. Por lo tanto, las expectativas de la ciudadanía deben equilibrarse dentro del calendario de estas inversiones, a fin de no correr el riesgo de defraudar dichas expectativas y de no lograr su aceptación de la estrategia y del intercambio de datos en general. |
|
1.11 |
Por último, el CESE insta a la Comisión a que invierta sistemáticamente en sistemas de ciberseguridad, algo que podría evitar enormes problemas en todos los Estados miembros. Las personas deben poder confiar en estas cuestiones y todos los problemas y ejemplos recientes en muchas partes de la UE han generado un sentimiento de inseguridad y miedo en relación con la protección de datos y la seguridad de los sistemas. La UE debe abordar esta cuestión de manera coordinada, algo que puede marcar la diferencia a la hora de abordar este tipo de inversiones sensibles. |
2. Marco general
|
2.1 |
La Comisión Europea ha puesto en marcha el espacio europeo de datos sanitarios, uno de los pilares centrales de una Unión Europea de la Salud fuerte. El espacio europeo de datos sanitarios es un marco de intercambio de datos sanitarios específicos que establece normas y prácticas claras, infraestructuras y un marco de gobernanza para el uso de datos sanitarios electrónicos por parte de los pacientes, así como para la investigación, la innovación, la elaboración de políticas y las actividades reguladoras, garantizando al mismo tiempo el pleno cumplimiento de las estrictas normas de protección de datos de la UE. |
|
2.2 |
Ayudará a la UE a lograr un salto cualitativo en la forma en que se presta la asistencia sanitaria a las personas de toda Europa. Permitirá a las personas controlar y utilizar sus datos sanitarios en su país de origen o en otros Estados miembros. Fomenta un auténtico mercado único de servicios y productos sanitarios digitales. |
|
2.3 |
Los Estados miembros velarán por que los historiales resumidos de los pacientes, las recetas electrónicas, los resultados de laboratorio y los informes de alta se emitan y acepten en un formato europeo común. La interoperabilidad y la seguridad pasarán a ser requisitos obligatorios. Para garantizar la protección de los derechos de la ciudadanía, todos los Estados miembros deben designar autoridades sanitarias digitales. Estas autoridades participarán en la infraestructura digital transfronteriza (MyHealth@EU), que ayudará a los pacientes a compartir sus datos a través de las fronteras. |
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2.4 |
El espacio europeo de datos sanitarios se basa en el RGPD, la propuesta de Ley de Gobernanza de Datos, el proyecto de Ley de Datos y la Directiva SRI. Complementa estas iniciativas y proporciona normas más adaptadas al sector sanitario. |
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2.5 |
La utilización primaria de los datos sanitarios electrónicos se refiere a la utilización de los datos para una mejor asistencia sanitaria, a escala nacional y transfronteriza. Los datos médicos suelen almacenarse en historiales médicos electrónicos que contienen partes del historial médico de un paciente (a nivel central o con la participación de varios proveedores de asistencia sanitaria). El Espacio Europeo de Datos Sanitarios permitirá a las personas acceder a sus datos sanitarios y ponerlos a disposición de un profesional sanitario de su elección, en particular en el extranjero y en la lengua del profesional sanitario. Así, el paciente puede obtener un mejor diagnóstico y tratamiento con menos errores médicos y evitar diagnósticos innecesarios. |
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2.6 |
La utilización secundaria de los datos sanitarios electrónicos tiene lugar cuando se tratan los datos sanitarios para que sirvan de base a las políticas de salud pública y evaluarlas, o para llevar a cabo investigaciones. Esto puede mejorar la seguridad de los pacientes e impulsar el desarrollo de nuevos medicamentos y productos sanitarios, así como medicamentos personalizados y productos basados en la inteligencia artificial. En el marco del espacio europeo de datos sanitarios, los resultados de dicha investigación se publican de forma agregada preservando debidamente la privacidad de los datos. |
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2.7 |
El espacio europeo de datos sanitarios es un ecosistema específico para la salud formado por reglas, normas y prácticas comunes, infraestructuras y un marco de gobernanza cuyo objetivo es:
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3. El poder de los datos sanitarios: la confianza como centro de la estrategia
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3.1 |
El CESE acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión sobre un «espacio europeo de datos sanitarios», que tiene el potencial de aumentar la calidad de vida de la ciudadanía, impulsar la innovación y crear un entorno seguro para la protección y el intercambio de datos. |
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3.2 |
Tras la crisis de la COVID-19, todos los Estados miembros han sufrido la presión a la que se han visto sometidos sus sistemas nacionales de salud, y esta iniciativa de la Comisión llega en el momento oportuno. |
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3.3 |
El CESE está convencido de que existe una desconfianza general en cuanto a la solidez del sistema, a pesar de ciertos resultados positivos observados en muchos países diferentes. Los médicos de cabecera y los especialistas elegidos por los pacientes son eslabones clave en la cadena de confianza entre pacientes y usuarios de datos sanitarios. El CESE recomienda que se les implique activamente en la información a la ciudadanía sobre el valor de los intercambios de datos sanitarios para ellos como personas y para todo el mundo. |
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3.4 |
Para liberar el potencial de los datos sanitarios, la Comisión ha presentado una propuesta legislativa para la creación de un Espacio Europeo de Datos Sanitarios, que permita a las personas tomar el control de sus propios datos sanitarios y autorice su uso para garantizar la prestación de una mejor asistencia sanitaria, así como para que la UE pueda aprovechar plenamente el potencial que ofrece un intercambio, uso y reutilización seguros y protegidos de los datos sanitarios, sin los obstáculos existentes. El CESE apoya esta idea general. |
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3.5 |
Los ciudadanos de la UE podrán acceder a sus datos y compartirlos en tiempo real, al tiempo que mantienen un mayor control sobre ellos. El espacio europeo de datos sanitarios permitirá una asistencia sanitaria más eficaz, accesible y resiliente y ofrecerá una mejor calidad de vida, al tiempo que dará a las personas el control de sus datos sanitarios y liberará el potencial de la economía de los datos. Una vez más, el CESE y la sociedad civil organizada consideran que la UE debe aprovechar el hecho de que las personas están abiertas a una iniciativa de este tipo siempre que comprendan el proyecto y los beneficios del concepto. |
4. Retos vinculados al uso de los datos sanitarios: riesgos y oportunidades
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4.1 |
El CESE considera fundamental que los Estados miembros se den cuenta de que son necesarias inversiones para promover este proyecto y que actualmente existen otras prioridades estratégicas que compiten entre sí. |
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4.2 |
El hecho de que el espacio europeo de datos sanitarios se base en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (2), en la Ley de Gobernanza de Datos (3), en el proyecto de Ley de Datos (4) y en la Directiva SRI (5) ofrece a la ciudadanía un cierto nivel de fiabilidad y transparencia. En tanto que marcos horizontales, proporcionan normas (en particular, medidas de seguridad) aplicables al sector sanitario. Sin embargo, el carácter especialmente sensible de los datos sanitarios es una cuestión que debe abordarse adecuadamente. |
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4.3 |
Más de la mitad de los Estados miembros no disponen de legislación específica sobre la reutilización de datos sanitarios electrónicos, por ejemplo con fines de investigación, formulación de políticas o reglamentación y dependen de las disposiciones generales del RGPD, por lo que a menudo utilizan el consentimiento para el tratamiento de datos sanitarios (6). Esta situación da lugar a una reutilización limitada de los datos sanitarios. No todos los Estados miembros disponen de un organismo de acceso a los datos sanitarios, pero, en aquellos casos en los que existe, el número de solicitudes de utilización de datos sanitarios para proyectos de investigación o de formulación de políticas está aumentando rápidamente (7), lo que demuestra el interés en un sistema de este tipo y la demanda desatendida. El CESE entiende y considera que este concepto también respalda la necesidad de una estrategia de este tipo. |
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4.4 |
El Espacio Europeo de Datos Sanitarios facilitará enfoques innovadores para el registro del cáncer, con posibles alternativas para recopilar información oportuna y geolocalizada sobre distintos tipos de cánceres. Esto podría ofrecer información en tiempo real sobre la situación de los cánceres en toda la UE. Al mismo tiempo, podría detectar tendencias, disparidades y desigualdades entre los Estados miembros y las regiones. |
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4.5 |
Es importante destacar que esto podría facilitar la detección de los retos y los ámbitos específicos de actuación que requieren inversión y otras medidas a escala regional, nacional y de la UE. También hará que el cribado del cáncer y la atención oncológica sean más específicos, más eficaces y más accesibles, por poner un ejemplo. |
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4.6 |
La ciberseguridad es fundamental para la vida de las personas. Los beneficios de la tecnología son enormes y el potencial es aún mayor cuando están relacionados con los datos de las personas, pero también lo es el riesgo de perder información importante y valiosa. El CESE es consciente de los riesgos que entraña y ejemplos recientes en los distintos Estados miembros exigen la adopción de medidas. Es muy importante contar con una estrategia coordinada para luchar contra la «ciberpiratería» y aumentar los niveles de ciberseguridad. La propuesta es inútil sin este tipo de inversión. |
5. Gobernanza, financiación e interacción con otras políticas sanitarias
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5.1 |
El CESE está firmemente convencido de que este proyecto constituye una oportunidad para otorgar competencias a la UE y beneficiarse de unos derechos y salvaguardias más sólidos sobre los datos sanitarios de la UE. Se supone que será más fácil acceder a los datos sanitarios y compartirlos con otros profesionales sanitarios, sin tener que repetir innecesariamente las mismas pruebas. Al mismo tiempo, un acceso más fácil a datos interoperables de gran calidad también facilitará la innovación y el desarrollo de nuevos tratamientos, nuevas vacunas y medicamentos personalizados. Por lo tanto, es necesaria una coordinación adecuada entre todas las partes interesadas (sistemas de salud pública, gobiernos, ciudadanía, responsables políticos y comunicadores) para alcanzar estos objetivos. |
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5.2 |
El CESE está de acuerdo en que invertir en digitalización implica invertir en una mejor asistencia sanitaria y en la resiliencia de los sistemas sanitarios de los Estados Miembros. Sin embargo, el CESE también entiende que existe la oportunidad de que los Estados miembros hagan un mejor uso de los recursos proporcionados por los regímenes financieros europeos, en particular el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), como principal pilar del Plan de Recuperación para Europa, NextGenerationEU, destinado a proporcionar ayuda financiera a los Estados miembros para luchar contra los efectos económicos y sociales de la pandemia de COVID-19 y hacer que la economía europea sea más resistente a futuras perturbaciones. |
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5.3 |
El CESE llama la atención sobre los beneficios de combinar inversiones en infraestructuras que permitan la digitalización y el progreso para todas las regiones. Es inútil iniciar un proyecto de tales dimensiones sin la red o infraestructura adecuadas o sin invertir en la mejora de la formación y la alfabetización digital de la ciudadanía. |
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5.4 |
El CESE apoya la idea de que más de 480 millones EUR del programa Europa Digital, el Mecanismo «Conectar Europa» y Horizonte Europa pueden ser utilizados por los Estados miembros y los organismos que participan en el espacio europeo de datos sanitarios, junto con otros sectores. El programa Europa Digital también apoyará el despliegue de la infraestructura necesarias para que los datos sanitarios sean accesibles de forma segura a través de las fronteras de la UE y desarrollar espacios comunes de datos. El CESE afirma que estas inversiones llevarán tiempo y que las expectativas de la ciudadanía deben equilibrarse dentro del calendario de estas inversiones. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) El Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructura de Investigación, a través de sus hojas de ruta estratégicas, facilitó la creación de las infraestructuras de investigación europeas dedicadas a los datos de investigación sanitaria, las colecciones de biobancos, los datos de imágenes médicas y otros. Detalles disponibles en: https://roadmap2021.esfri.eu/.
(2) DO L 119 de 4.5.2016, p. 1.
(3) DO L 152 de 3.6.2022, p. 1.
(4) Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Ley de Datos), COM(2022) 68 final.
(5) DO L 194 de 19.7.2016, p. 1.
(6) Hansen J. et al, Assessment of the EU Member States’ rules on health data in the light of GDPR [«Evaluación de las normas de los Estados miembros de la UE sobre datos sanitarios en el marco del RGPD», documento en inglés], disponible en https://ec.europa.eu/health/system/files/2021-02/ms_rules_health-data_en_0.pdf.
(7) Según la evaluación de impacto que acompaña a la propuesta (p. 15), pendiente de publicación.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/129 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1001 y (UE) 2019/1753 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión (UE) 2019/1754 del Consejo
[COM(2022) 174 final — 2022/0115 (COD)]
(2022/C 486/17)
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Ponente: |
Paulo BARROS VALE |
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Consulta |
Consejo de la Unión Europea, 11.5.22 |
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Base jurídica |
Artículo 118, apartado 1, y artículo 207, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Sección de Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en la Sección |
8.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
227/2/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos industriales y artesanales a escala de la UE, que colma el vacío legislativo para estos tipos de productos. La identidad regional y las técnicas tradicionales deben protegerse y la legislación en este ámbito es un instrumento importante para el desarrollo de las regiones, ya que la protección de las indicaciones geográficas protege a los productores y consumidores. |
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1.2. |
El CESE considera que la protección de las indicaciones geográficas favorece el desarrollo de las regiones —en particular las menos desarrolladas—, incentivando a los productores, garantizando el reconocimiento de sus productos y la protección contra las imitaciones, atrayendo y reteniendo a la población mediante oportunidades de trabajo más cualificado y mejor remunerado e impulsando el turismo sostenible, especialmente el turismo especializado basado en la reputación de la región. |
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1.3. |
La Comisión presenta una propuesta de Reglamento relativo a la protección de las indicaciones geográficas de los productos artesanales e industriales. El CESE se pregunta si esta opción es preferible a ampliar el marco existente para los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas alcohólicas a los productos industriales y artesanales. Esta segunda opción podría evitar la dispersión de la legislación, los procedimientos y las autoridades mediante la creación de un sistema único de protección por indicación geográfica aplicable a cualquier tipo de productos. |
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1.4. |
El CESE considera esencial que el símbolo de indicación geográfica que se utilice sea atractivo y se adapte a las nuevas formas de comunicación, desde los rótulos tradicionales hasta la comunicación digital más avanzada. Debe transmitir al consumidor una sensación de calidad y confianza y ayudar a los productores a comunicarse. El CESE considera que podría estudiarse la actualización del símbolo de indicación geográfica protegida recogido en el anexo del Reglamento Delegado (UE) n.o 664/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (1), así como la creación de un manual de marca. |
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1.5. |
El CESE considera fundamental que la transición de la protección de las indicaciones geográficas de la escala nacional a la de la Unión Europea (UE) sea rápida y sencilla. Es importante no prolongar el uso de los dos sistemas en paralelo, ya que confunde a consumidores y productores. Por otra parte, los Estados miembros que ya emplean la protección geográfica en virtud del Arreglo de Lisboa deben poder mostrar rápidamente el símbolo de la UE y, de este modo, añadir una percepción de calidad a sus productos. |
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1.6. |
El CESE recomienda a la Comisión que supervise de cerca los conflictos que puedan surgir en los procesos de certificación, en particular con terceros países, y que haga uso de su capacidad negociadora. Está claro que la decisión de concesión de la certificación debe adoptarla la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), entidad reconocida como competente en materia de propiedad industrial, pero debe establecerse un canal de comunicación entre las dos para examinar los casos de duda que puedan dar lugar a litigios. Las regiones transfronterizas (dentro y fuera de la UE) pueden suponer un reto especial a la hora de lograr un consenso esencial para la protección de los productores y los consumidores. |
2. Observaciones generales
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2.1. |
El objetivo de la propuesta de la Comisión es garantizar una protección de las indicaciones geográficas (IG (2)) para los productos artesanales e industriales directamente aplicable a escala de la Unión. Los productos artesanales e industriales están excluidos del actual mecanismo de protección de las indicaciones geográficas, que solo cubre los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas alcohólicas. En la UE existen muchos productos de origen artesanal e industrial —con características únicas vinculadas a su región de origen— que son a menudo objeto de imitación y falsificación y que es necesario proteger. |
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2.2. |
La ausencia de un mecanismo de protección a escala de la UE y la inseguridad jurídica derivada de legislaciones nacionales diferentes o inexistentes dificultan la protección de los productos artesanales e industriales con características únicas asociadas a su región de origen. Estas lagunas pueden dar lugar a la desaparición de los productos y de las competencias asociadas. Los productos con identidad regional, que tienen características únicas y que forman parte de la tradición y la identidad de las regiones, deben preservarse y aprovecharse para impulsar el desarrollo de las regiones, transmitir los conocimientos técnicos inherentes y atraer y retener a las poblaciones. |
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2.3. |
La UE se adhirió en noviembre de 2019 al Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas (3). Ahora es necesario establecer un marco legislativo que permita a la Unión presentar una lista de sus indicaciones geográficas incluidas en la protección del sistema que permita a los productores europeos disfrutar de dicha protección. |
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2.4. |
Como ya se ha señalado (4), el CESE considera que la protección mediante indicación geográfica es un recurso valioso para los productores europeos y apoya la creación de un sistema armonizado de protección de las indicaciones geográficas de los productos no agrícolas. El CESE considera que este sistema ayuda a los productores a presentar sus productos de calidad de manera más eficaz en un mercado globalizado, liberalizado y competitivo, algo que se deja notar de manera aún más positiva en las regiones menos desarrolladas. |
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2.5. |
Esta posición ya la defendió el CESE en 2015 en su Dictamen sobre las indicaciones geográficas de la UE/productos no agrícolas (5) Además de acoger favorablemente la ampliación de la protección de las indicaciones geográficas a los productos no agrícolas mediante la regulación a escala de la UE, el CESE recomienda que el nuevo sistema reproduzca, en la medida de lo posible, el marco existente para los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas alcohólicas. |
|
2.6. |
El CESE considera que la protección de los productos artesanales e industriales mediante indicaciones geográficas puede generar varios efectos positivos: sobre la calidad de los productos, necesaria para cumplir los criterios de protección de las indicaciones geográficas, lo que ofrece seguridad a los consumidores; a la hora de atraer y retener a las personas de la región para crear empleos más cualificados y mejor remunerados, así como el orgullo y la notoriedad resultantes del sentimiento de pertenencia a una región con características únicas; en el desarrollo del turismo sostenible y la protección contra los daños causados por la imitación y la falsificación. |
3. Observaciones específicas
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3.1. |
La propuesta de la Comisión se basa en las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) relativas a la propiedad intelectual y a la política comercial común (6). Su objetivo es establecer un sistema común de protección de los productos artesanales e industriales (legislación unitaria europea en materia de propiedad intelectual) y establecer mecanismos centralizados de autorización, coordinación y supervisión, adaptados al sistema de Lisboa y que apliquen el acuerdo celebrado con la firma del Acta de Ginebra. El instrumento elegido es un Reglamento autónomo, en consonancia con el vigente para los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas alcohólicas. Se ha consultado a las partes interesadas que, en general, apoyan la creación de un sistema específico de indicaciones geográficas. |
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3.2. |
En la evaluación de impacto se analizaron tres opciones estratégicas, además del mantenimiento del marco regulador actual (fragmentado y con escasa protección a nivel internacional). Opción 1: ampliar el sistema de protección de las IG de los productos agrícolas a las IG de productos artesanales e industriales; opción 2: Reglamento autónoma de la UE para crear una protección sui generis de las IG; opción 3: reforma del sistema de marcas. |
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3.3. |
Se terminó escogiendo la opción 2, con una propuesta de Reglamento relativo a la protección de las indicaciones geográficas de los productos artesanales e industriales. El CESE no está seguro de que esta sea la mejor opción, ya que si se propone adoptar el mismo régimen que para los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas alcohólicas, podría resultar más sencillo ampliar el marco existente a los productos artesanales e industriales (opción 1). Se incluiría esta nueva clase de productos como parte de la revisión actual en el sector agroalimentario, armonizando los procedimientos para el reconocimiento de las IG sin dispersión de la legislación, los procedimientos y las autoridades. |
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3.4. |
Por lo que se refiere al vínculo territorial, el CESE respalda la elección de una indicación geográfica protegida (IGP) en lugar de una denominación de origen protegida (DOP). De hecho, no resulta esencial que la protección de este tipo de productos se limite a aquellos en los que todas las fases de producción, transformación o preparación sean originarias de la región definida. La identidad de un producto artesanal o industrial puede mantenerse incluso si una de estas etapas transcurre en otra región, ya que su identidad se deriva de la historia o del método de producción. |
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3.5. |
El CESE considera que la opción de disponer de un sistema en dos fases, primero a escala nacional y después a escala de la UE, es la más adecuada. Los Estados miembros son los que mejor conocen las características de su territorio y de los productos que pueden beneficiarse del sistema de protección de las indicaciones geográficas y no existe así barrera lingüística. Se limita a llamar la atención sobre el hecho de que el sistema nacional debe ser ágil, poco costoso y garantizar la igualdad de condiciones para todos los productores, independientemente de su origen. |
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3.6. |
El CESE apoya la elección de la OPIUE (7) como responsable de la fase de registro a escala de la UE. La OPIUE es una entidad con una amplia experiencia en materia de propiedad intelectual, con capacidad y competencia demostradas para ejercer sus responsabilidades y que dispone de las herramientas necesarias para estos registros. Esta elección reviste una gran importancia, ya que permite comprobar las incompatibilidades de los registros de indicaciones geográficas con el registro de marcas y patentes. |
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3.7. |
El CESE apoya la posibilidad de que una agrupación de productores pueda presentar solicitudes de registro, cancelación o modificación del pliego de condiciones de las indicaciones geográficas directamente a la OPIUE cuando procedan de un Estado miembro que solicite una exención a la hora de designar una autoridad competente para la gestión de la fase nacional de registro y otros procedimientos relativos a esta categoría de productos. De hecho, ningún productor debe quedar excluido del sistema de protección de indicaciones geográficas cuando pueda estar incluido en el mismo, aunque su país de origen no reconozca la importancia de invertir en este instrumento. |
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3.8. |
El CESE acoge con satisfacción la existencia de una opción de autodeclaración para verificar el cumplimiento del pliego de condiciones de la indicación geográfica. En estos casos, está previsto que los Estados miembros lleven a cabo controles aleatorios. El CESE llama la atención sobre la dificultad que entrañan estos controles, así como también los conflictos de jurisdicción que pueden surgir cuando la delimitación de la indicación geográfica abarque más de un Estado miembro o, en particular, un tercer país. |
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3.9. |
El CESE acoge con satisfacción el hecho de que los productos artesanales e industriales estén protegidos por una distinción europea que sustituya a los sistemas nacionales existentes. Esta opción evita la coexistencia de dos sistemas (europeo y nacional) y ofrece un enfoque uniforme, Es especialmente importante para facilitar el procedimiento de protección en las regiones transfronterizas, mediante la normalización de los procedimientos. |
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3.10. |
El CESE subraya la importancia de definir qué es un producto artesanal e industrial, como se indica en el artículo 3 de la propuesta de Reglamento. Esta definición debería recabar un amplio consenso entre las partes interesadas para que no quepa duda de qué productos pueden estar protegidos por indicaciones geográficas. |
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3.11. |
El CESE considera que debe incluirse el factor de innovación en el pliego de condiciones, ya que puede contribuir a salvaguardar y desarrollar el patrimonio cultural. Un cambio en un método de producción en cuanto a la innovación, la tecnología o el procedimiento, que no ponga en entredicho la calidad, autenticidad, reputación o características del producto atribuibles a su origen geográfico, no dará lugar a la retirada de la protección ni a un nuevo proceso de solicitud. |
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3.12. |
El CESE manifiesta su preocupación por los posibles conflictos en la elección o el uso del nombre de una región, así como en los controles posteriores a la certificación, entre los Estados miembros y, en particular, con terceros países. Una indicación geográfica transfronteriza puede carecer de consenso en lo que respecta a la nomenclatura que debe adoptarse e impedir que algunos productores accedan a esta protección, por lo que la Comisión debería tener la capacidad política de negociar para llegar a un consenso. Esta competencia de la Comisión reviste especial importancia en lo que respecta al seguimiento posterior a la certificación para definir criterios de evaluación del cumplimiento justos a ambos lados de la frontera. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) DO L 179 de 19.6.2014, p. 112.
(2) Por indicación geográfica (IG) se entiende toda indicación que referida a un producto originario de una zona geográfica determinada cuya calidad específica, reputación u otra característica esté relacionada fundamentalmente con su origen geográfico.
(3) El Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa, administrada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), permite a las partes beneficiarse de una protección rápida e indefinida de las indicaciones geográficas. El Acta de Ginebra actualiza el Arreglo de Lisboa y amplía su ámbito de aplicación a todas las indicaciones geográficas.
(4) DO C 286 de 16.7.2021, p. 1.
(5) DO C 251 de 31.7.2015, p. 1.
(6) Artículos 188 y 207 del TFUE.
(7) OPIUE — Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/133 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual de los menores»
[COM(2022) 209 final — 2022/0155 (COD)]
y sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Una década digital para los niños y los jóvenes: la nueva estrategia europea para una internet más adecuada para los niños (BIK+)»
[COM(2022) 212 final]
(2022/C 486/18)
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Ponente: |
Veselin MITOV |
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Consulta |
Consejo de la Unión Europea, 22.7.2022 Parlamento Europeo, 12.9.2022 Comisión Europea, 28.6.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Sección de Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en la sección |
8.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
233/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge con satisfacción la propuesta de Reglamento por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual de los menores (1) y la Comunicación «Una década digital para los niños y los jóvenes: la nueva estrategia europea para una internet mejor para los niños (BIK+)» (2), que resultan muy oportunas ante el uso más precoz y casi cotidiano de internet por parte de los menores y el aumento de la demanda de material de pornografía infantil señalado por Europol. |
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1.2. |
Apoya la vertiente educativa de la estrategia, ya que es esencial reforzar las competencias, la alfabetización digital y la concienciación sobre el uso de los datos personales, para que todos los niños, con independencia de su situación, utilicen internet con conocimiento de causa para protegerse de sus peligros potenciales. |
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1.3. |
La formación de los tutores legales y el entorno escolar, educativo, deportivo, etc. también es primordial, dado que muchos adultos no poseen las capacidades necesarias. El CESE se congratula de la intención de la Comisión de organizar campañas educativas en los medios de comunicación para los niños y sus tutores legales, a través de las redes y los agentes de difusión antes mencionados. Exhorta encarecidamente a que se amplíen a otras organizaciones de la sociedad civil organizada para aumentar su impacto y desarrollar soluciones creativas, ya que en algunos Estados miembros tienen una dilatada experiencia de campo y en primera línea. Por lo tanto, también deben recibir apoyo financiero en sus actividades. |
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1.4. |
Apoya en principio el Reglamento propuesto, pero expresa sus reservas respecto a la naturaleza desproporcionada de las medidas previstas y al riesgo de vulneración de la presunción de inocencia, ya que pretende obligar a las empresas tecnológicas a examinar mensajes, fotos o vídeos publicados en línea para detectar posibles abusos contra menores y luego, en caso de «certeza», a solicitar a posteriori la intervención de una «autoridad de coordinación» designada por el Estado miembro y facultada para solicitar a un tribunal nacional o una autoridad administrativa competente que emitan una orden de detección. |
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1.5. |
La lucha contra la pornografía infantil en el entorno digital es legítima y necesaria, pero imponer un sistema privado de detección a primera vista de cierto tipo de contenido, por ilícito, ilegal y peligroso que sea, conlleva el riesgo de una vigilancia generalizada de todas las interacciones virtuales. |
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1.6. |
El Reglamento propuesto prevé que las empresas deban detectar los modelos de lenguaje relacionados con el abuso sexual de menores, utilizando la inteligencia artificial para analizar las interacciones en las que personas adultas se dedican a la captación de menores con fines sexuales. Sin embargo, en nuestra vida digital se constata fácilmente que las exploraciones algorítmicas no son infalibles, por lo que resulta fundamental utilizarlas con control y prudencia. |
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1.7. |
El objetivo del CESE es salvaguardar los intereses de todos, como el secreto de la correspondencia y el respeto a la vida privada, que son requisitos constitucionales (3). Sin embargo, una exploración de los servicios de alojamiento y comunicación conlleva un riesgo, en particular para el cifrado de extremo a extremo de las interacciones en línea. Pide a la Comisión que mejore y precise el texto para preservar el secreto de la correspondencia y el respeto de la vida privada. |
|
1.8. |
El CESE apoya la creación de una nueva agencia europea cuyas competencias abarquen dos ámbitos esenciales: un centro operativo y un centro de investigación y análisis, ya que la lucha contra la pornografía infantil y la pederastia en internet exige la coordinación de las operaciones y los análisis debido a su escala internacional. |
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1.9. |
El CESE vería con buenos ojos la implicación de Eurojust en la arquitectura prevista por la Comisión, ya que hablar de investigaciones coordinadas significa hablar de instrucciones judiciales coordinadas. |
2. Resumen de las medidas contempladas por la Comisión
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2.1. |
El 11 de mayo de 2022, la Comisión presentó una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual de los menores (4) y una Comunicación titulada «Una década digital para los niños y los jóvenes: la nueva estrategia europea para una internet más adecuada para los niños (BIK+)» (5). |
|
2.2. |
Este paquete se basa en la Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2019, sobre los derechos del niño con ocasión de la celebración del 30.o aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (6), las Conclusiones del Consejo sobre la alfabetización mediática y la Recomendación del Consejo, de 14 de junio de 2021, por la que se establece una Garantía Infantil Europea (7). |
La estrategia contenida en la Comunicación
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2.3. |
La Estrategia Europea para una Internet Mejor para los Niños de 2012 ha desempeñado un papel fundamental en la protección y la capacitación de los menores en el entorno digital, en particular gracias a la red de Centros de Seguridad en Internet y al portal betterinternetforkids.eu, pero se ha quedado obsoleta debido a que los menores utilizan de forma más precoz y con mayor frecuencia su teléfono inteligente u ordenador y dependen de ellos cada vez más para sus actividades escolares o recreativas. |
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2.4. |
La pandemia de COVID-19 y el confinamiento han puesto de relieve los desafíos de la formación digital de los niños, profesores y cuidadores frente a los peligros potenciales de internet. Según Europol, la demanda de pornografía infantil ha aumentado en un 25 % en algunos Estados miembros. Las denuncias de menores afectados por captación con fines sexuales aumentaron en más de un 16 % entre 2020 y 2021. |
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2.5. |
La Estrategia propuesta por la Comisión en mayo de 2022 se basa en tres pilares:
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2.6. |
Se basa en la amplia consulta (8) #DigitalDecade4YOUth, llevada a cabo de marzo a agosto de 2021 por European Schoolnet, con el apoyo de la red Insafe de Centros de Seguridad en Internet europeos, complementada por otras consultas igualmente amplias, y tiene como fundamento el derecho de los niños a ser oídos en cualquier proceso de toma de decisiones que les afecte (9). |
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2.7. |
A ello se añadió un curso masivo abierto en línea (MOOC) para profesores en abril y mayo de 2021 sobre el tema «Alfabetización digital y seguridad en línea: ¿cómo ha puesto a prueba nuestras capacidades la pandemia?» en el marco de la iniciativa «Una internet mejor para los niños». |
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2.8. |
Además, los ciudadanos de la Unión Europea (UE) (progenitores, profesores, cuidadores, etc.) pudieron responder a una encuesta en línea basada en las mismas preguntas que la consulta #DigitalDecade4YOUth. |
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2.9. |
Las conclusiones de la encuesta EU Kids Online (10) de 2020 muestran que la mayoría de los niños utilizan su dispositivo digital casi «a diario», de forma más precoz y durante más tiempo. |
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2.10. |
La pandemia de COVID-19 y el confinamiento han sacado a la luz los desafíos de la formación digital de los niños y de los tutores legales adultos (véase el Plan de Acción de Educación Digital para el período 2021-2027 (11)). |
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2.11. |
De hecho, los datos recogidos muestran que los niños se ven frecuentemente expuestos a contenidos, comportamientos y contactos nocivos, ilícitos e incluso ilegales. El uso de los medios sociales o los juegos interactivos comporta riesgos como la exposición a contenidos inadecuados, la intimidación, la captación y el abuso sexual de menores. |
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2.12. |
Según Europol (12), durante los primeros meses de la crisis de la COVID-19, la demanda de pornografía infantil aumentó hasta en un 25 % en los Estados miembros. El National Center for Missing and Exploited Children de los Estados Unidos recibió casi treinta millones de denuncias por sospecha de explotación sexual infantil en 2021, y las fuerzas del orden fueron alertadas de más de cuatro mil nuevas víctimas infantiles. Las denuncias de menores objeto de captación con fines sexuales aumentaron en más de un 16 % entre 2020 y 2021. Asimismo, los niños con discapacidad se ven especialmente afectados: hasta el 68 % de las niñas y el 30 % de los niños con discapacidad mental o física serán víctimas de violencia sexual antes de cumplir 18 años (13). |
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2.13. |
Sin embargo, en el Derecho de la Unión vigente (Directiva de servicios de comunicación audiovisual y RGPD), los mecanismos de verificación de la edad y de consentimiento parental son ineficaces en muchos casos, ya que en general los usuarios solo tienen que introducir su fecha de nacimiento en el momento de crear su perfil en línea. |
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2.14. |
El Reglamento propuesto impone a los prestadores de servicios de alojamiento de datos o de comunicación en internet la obligación de detectar, denunciar y retirar cualquier material relacionado con el abuso sexual de menores en línea. |
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2.15. |
También prevé la creación de una agencia europea para prevenir y luchar contra el abuso sexual de menores, facilitar la detección, denuncia y retirada de contenidos de abusos sexuales de menores en línea, prestar apoyo a las víctimas y establecer un centro de conocimientos, experiencia e investigación sobre la prevención y la lucha contra el abuso sexual de menores. |
Comentarios generales sobre la propuesta de Reglamento
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2.16. |
La propuesta se basa en obligaciones de evaluación y mitigación de riesgos para los prestadores de servicios de alojamiento de datos y servicios de comunicaciones interpersonales anteriores a la emisión de una orden de detección por parte de un tribunal nacional o una autoridad administrativa independiente designada por el Estado miembro. |
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2.17. |
El CESE apoya este principio, que complementa las medidas existentes y las hace más eficaces, mediante sanciones contra los prestadores de servicios de alojamiento y de comunicaciones interpersonales, al tiempo que los hace responsables de la localización prima facie de las fotos y vídeos de maltrato infantil. |
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2.18. |
Sin embargo, expresa sus reservas en cuanto a los riesgos para el respeto a la vida privada y el cifrado de las conversaciones. La posible vigilancia de las interacciones virtuales por parte de operadores privados y las potenciales acusaciones infundadas podrían vulnerar la presunción de inocencia. |
3. Observaciones específicas
La vertiente educativa prevista en la estrategia
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3.1. |
Educar a los niños y a sus tutores legales sobre el uso de las redes sociales y otras herramientas digitales es fundamental, ya que los niños suelen utilizar productos y servicios digitales diseñados para adultos, en los que la segmentación mediante técnicas de comercialización y los algoritmos pueden inducir a abrir contenido destinado a aprovecharse de su ingenuidad y desconocimiento de las herramientas digitales, o incluso a comunicarse con personas peligrosas ocultas tras aplicaciones lúdicas u otras herramientas empleadas por los menores. |
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3.2. |
A menudo, ni los niños ni los progenitores se dan cuenta de la cantidad de datos personales que comparten en los medios sociales. Las competencias y la alfabetización digitales y la concienciación sobre el uso de los datos personales son esenciales para que los niños utilicen el mundo virtual con conocimiento de causa. |
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3.3. |
Los progenitores, cuidadores, profesores, responsables de clubes, instalaciones de ocio, etc. también necesitan estas competencias para orientar a los niños. |
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3.4. |
El CESE considera que esta vertiente educativa es primordial para proteger a los niños en su vida digital y hacerlos autónomos en el mundo virtual. |
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3.5. |
De hecho, muchos profesores, padres y cuidadores no poseen las capacidades necesarias y les resulta difícil seguir el ritmo del desarrollo tecnológico.
Estos cursos también deben incluir un módulo sobre los derechos del niño en internet, ya que estos son idénticos tanto dentro como fuera del entorno digital. |
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3.6. |
Esta vertiente de la estrategia debe basarse en una estrecha cooperación a escala europea e internacional, un refuerzo del trabajo con la sociedad civil organizada y sobre todo con las escuelas.
Es esencial que los planes de estudio nacionales incluyan cursos prácticos y obligatorios sobre la navegación en internet y sus riesgos, que al mismo tiempo sean inclusivos y respeten la diversidad en general y la accesibilidad en particular. |
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3.7. |
El CESE aprecia la intención de la Comisión de organizar campañas educativas en los medios de comunicación para los niños y sus tutores legales, a través de las redes mencionadas y de los agentes de difusión. Exhorta encarecidamente a que se amplíen a otras organizaciones de la sociedad civil organizada para aumentar su impacto y desarrollar soluciones creativas, ya que en algunos Estados miembros tienen experiencia de campo y en primera línea desde hace mucho tiempo. El CESE considera que la educación desempeña un papel crucial en este contexto, ya que constituye el pilar complementario de la prevención del abuso sexual de menores en línea. |
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3.8. |
El CESE se suma a la Comisión a la hora de fomentar un papel activo de los menores en los debates estratégicos que les afectan, concediéndoles un derecho de reunión y asociación en plataformas sociales en línea, y de asociarlos a la elaboración de la Agenda Digital. Por lo tanto, acoge con satisfacción la creación de la nueva plataforma de participación infantil de la UE y pide que la voz de los menores no solo se escuche sino se atienda. |
4. Sanciones previstas en la propuesta de Reglamento
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4.1. |
Hasta el momento, los proveedores de servicios de alojamiento y de comunicaciones interpersonales detectan el contenido ilegal de forma voluntaria. Lamentando implícitamente el fracaso de la autorregulación, la Comisión propone obligarlos a actuar, so pena de sanción tras un procedimiento de investigación emprendido por las autoridades nacionales. Concretamente, esto significa que los proveedores y prestadores de alojamiento deberán explorar prima facie todo lo que circula por sus servidores. |
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4.2. |
El CESE entiende que el objetivo de la Comisión no es privar a los ciudadanos del secreto de la correspondencia, pero expresa su preocupación por el uso potencialmente inadecuado de tecnologías intrusivas que podrían socavar la protección de la intimidad si no están suficientemente bien concebidas y reguladas. El objetivo es doble: recurrir a la tecnología para impedir el abuso sexual de menores y evitar una vigilancia generalizada de la correspondencia por parte de los operadores privados a través de algoritmos. |
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4.3. |
El CESE considera que hace falta regular las prácticas de desarrollo, ensayo y uso de los algoritmos, alentando e incluso obligando a los agentes a establecer una gobernanza algorítmica pertinente y eficaz para garantizar el buen funcionamiento de sus herramientas. Considera necesario que los métodos de cálculo de la explicabilidad permitan comprender mejor las herramientas con el fin de destacar sus sesgos y disfunciones y, por tanto, reparar el mal a los usuarios antes de que se produzca. |
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4.4. |
El CESE destaca que la propuesta prevé investigaciones coordinadas bajo el control de un tribunal nacional, pero insta a la Comisión a mejorarla para salvaguardar las libertades individuales. |
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4.5. |
El CESE subraya la importancia de un enfoque equilibrado, ya que el sistema previsto consiste en analizar mensajes, fotos o vídeos para detectar posibles abusos de menores y, en caso de «certeza», alertar a las autoridades competentes. Es necesario que el mecanismo de alerta abarque la necesidad, la eficacia, la proporcionalidad y el equilibrio de las medidas previstas. |
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4.6. |
Recuerda que, en el caso Schrems I (14), el Tribunal de Justicia dictaminó que la legislación que permite a las autoridades públicas tener acceso general al contenido de las comunicaciones pone en peligro la esencia del derecho a la vida privada garantizado por la Carta de los Derechos Fundamentales. Por lo tanto, la digitalización del contenido grabado en un servidor que implica el análisis de todas las comunicaciones que pasan a través de un servidor hace que surjan dudas. |
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4.7. |
La responsabilidad del rastreo recaerá sobre las plataformas y los medios sociales a los que, por lo tanto, se les podría solicitar que localizaran los materiales de abuso de menores, so pena de multas correspondientes al 6 % de su volumen de negocios mundial. Deberían utilizar la inteligencia artificial y detectar modelos de lenguaje para poder bloquear las interacciones en las que los adultos practican la captación de menores con fines sexuales. Por lo tanto, el uso adecuado de los exploradores algorítmicos es esencial para evitar errores que den lugar a acusaciones infundadas, ya que dichos exploradores no son infalibles. |
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4.8. |
La Comisión también tiene previsto obligar a las plataformas a evaluar el riesgo de que sus servicios se utilicen para la difusión de imágenes de pornografía infantil o la captación de menores con fines sexuales, así como facilitar un «código de conducta general de la UE sobre un diseño adaptado a la edad» (15) cuyas condiciones generales causan perplejidad al CESE. |
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4.9. |
La Comisión especifica que los Estados miembros deberán designar una autoridad independiente encargada de vigilar que las plataformas cumplan sus obligaciones, la cual estará facultada para solicitar a un tribunal nacional o una autoridad administrativa que emita una orden de detección, por tiempo limitado, dirigida a un tipo de contenido específico en un servicio determinado, y que solicite a la empresa en cuestión la búsqueda de cualquier material relacionado con abusos sexuales de menores o con la captación de menores con fines sexuales, o incluso la corrupción de menores. |
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4.10. |
Si dichas autoridades independientes consideran que un servicio es demasiado arriesgado para los menores, podrán pedir a los prestadores de servicios de alojamiento y de comunicaciones interpersonales que digitalicen sus contenidos e intercambios durante un período de tiempo determinado. El CESE preferiría que la aplicación de este sistema se sometiera al control efectivo y previo de los tribunales nacionales, en su calidad de garantes de las libertades individuales, y considera que la compatibilidad de este tipo de orden con la Carta de los Derechos Fundamentales es cuestionable. |
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4.11. |
Si la propuesta se aprobara tal como está, el Reglamento obligaría a las empresas tecnológicas a vigilar sus plataformas para detectar los abusos de menores mediante algoritmos. |
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4.12. |
Aunque el objetivo perseguido sea loable, el CESE considera que existe el riesgo de obstaculizar el respeto de la correspondencia privada en línea, el derecho a la intimidad y la protección de los datos personales, y que debe hacerse todo lo posible por evitarlo. |
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4.13. |
El propósito del CESE es salvaguardar los intereses de todas las personas, ya que algunos de ellos son requisitos constitucionales, como es el caso del secreto de la correspondencia y el respeto a la vida privada (16). |
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4.14. |
Subraya que la perspectiva de una obligación de barrido general de los servicios de alojamiento de datos y comunicación supone un riesgo para todas las técnicas destinadas a garantizar el secreto de la correspondencia, como el cifrado de extremo a extremo. |
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4.15. |
La Comisión reconoce además que la obligación de encontrar interacciones en las que los adultos practiquen la captación de menores con fines sexuales es de forma general la más intrusiva para los usuarios, ya que requiere leer automáticamente las comunicaciones interpersonales. |
5. Creación de una nueva agencia europea
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5.1. |
La propuesta de Reglamento prevé la creación de una agencia europea independiente con sede en La Haya, con el apoyo de Europol, y dotada con un presupuesto de veintiséis millones de euros, que se encargará de analizar las denuncias de material ilegal, coordinar las bases de datos de huellas digitales y material ilegal y ayudar a las empresas a encontrar tecnologías fiables.
También actuaría como intermediaria entre las empresas tecnológicas, las fuerzas del orden y las víctimas. |
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5.2. |
El CESE expresa su satisfacción por que las competencias de esta agencia se organicen en dos ámbitos esenciales: un centro operativo y un centro de investigación y análisis, ya que la importancia de luchar contra la pornografía infantil y la pederastia en el entorno digital exige la coordinación de las operaciones y los análisis. |
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5.3. |
El aspecto operativo es fundamental y justifica su estrecha cooperación con Europol, cuya eficacia está más que demostrada. La escala europea e internacional de la delincuencia sexual contra menores en internet justifica su existencia. |
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5.4. |
El CESE vería con buenos ojos la implicación de Eurojust en la arquitectura prevista por la Comisión, ya que hablar de investigaciones coordinadas significa hablar de instrucciones judiciales coordinadas. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) COM(2022) 209 final.
(2) COM(2022) 212 final.
(3) La constitutionnalisation du droit au respect de la vie privée.
(4) COM(2022) 209 final — 2022/0155 (COD).
(5) COM(2022) 212 final.
(6) DO C 232 de 16.6.2021, p. 2.
(7) DO L 223 de 22.6.2021, p. 14.
(8) https://europa.eu/!XXv6kx.
(9) Artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
(10) EU Kids Online.
(11) COM(2020) 624 final.
(12) https://europa.eu/!Jh78ux.
(13) Children with disabilities.
(14) Asunto C-362/14, apartado 94.
(15) COM(2022) 212 final.
(16) La consitutionnalisation du droit au respect de la vie privée.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/139 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2011/83/UE en lo relativo a los contratos de servicios financieros celebrados a distancia y se deroga la Directiva 2002/65/CE»
[COM(2022) 204 final — 2022/0147 (COD)]
(2022/C 486/19)
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Ponente: |
Gonçalo LOBO XAVIER |
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Consulta |
Parlamento Europeo, 18.5.2022 Consejo de la Unión Europea, 23.5.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en la sección |
8.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
229/0/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de modificar la Directiva 2011/83/UE en lo relativo a los contratos de servicios financieros celebrados a distancia y derogar la Directiva 2002/65/CE. La evolución de la sociedad y su comportamiento, las nuevas soluciones técnicas que están surgiendo y el fortalecimiento del mercado único como medio para garantizar la libre circulación de los servicios financieros y las normas de protección de los consumidores así lo requieren. La crisis de la COVID-19 ha puesto sin duda a prueba la resiliencia de la UE y ha impuesto nuevas tendencias e ideas que es necesario abordar. El CESE también apoya esta propuesta desde esta perspectiva. |
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1.2 |
A pesar de respaldar la propuesta, el CESE insiste en la necesidad de invertir en la alfabetización digital y financiera de las personas para que los consumidores puedan comprender correctamente sus derechos y obligaciones en relación con los contratos financieros celebrados a distancia, en particular el derecho a desistir de un contrato y el derecho a obtener más información en una fase precontractual. Los Estados miembros deben invertir en un programa estratégico de comunicación para impulsar el potencial del mercado único, en consonancia con los derechos fundamentales de los consumidores. |
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1.3 |
El CESE considera esencial un enfoque que mantenga un equilibrio adecuado entre la experiencia digital y la experiencia física. El CESE apoya los avances derivados de la innovación tecnológica, pero también destaca que el contacto humano sigue siendo esencial para cuestiones de esclarecimiento y protección de datos. Teniendo en cuenta que la digitalización y la modernización son muy importantes a la hora de mejorar el bienestar de la ciudadanía, el CESE señala al mismo tiempo que sigue habiendo muchas diferencias entre los Estados miembros e incluso entre las regiones, y algunos piden que se mantengan diversas infraestructuras «físicas» para apoyar a la comunidad local. El CESE considera que la participación de los entes locales en los procesos de toma de decisiones de las empresas financieras, especialmente por lo que respecta a la existencia de infraestructuras físicas en las zonas rurales, podría contribuir a apoyar a las comunidades locales. El CESE pide que se garantice la «intervención humana» en los servicios financieros a distancia. |
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1.4 |
El CESE y las organizaciones de la sociedad civil en él representadas creen en el potencial del mercado único como herramienta para reforzar el proyecto europeo. Aumentar la confianza en nuestros sistemas financieros es un principio fundamental que apoya a la sociedad en el ámbito de los servicios financieros al consumidor. En este sentido, el CESE también llama la atención sobre la necesidad de invertir en ciberseguridad de manera coherente. Los ciudadanos deben ser conscientes de los riesgos asociados a la celebración de contratos a distancia. Pero, sobre todo, necesitan confiar en el sistema si queremos impulsar el mercado único y la libre circulación de servicios financieros, que son cada vez más relevantes, especialmente después de la COVID-19, y en particular con el desarrollo de las actividades de comercio electrónico y los servicios digitales. |
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1.5 |
El CESE recuerda a la Comisión la necesidad de armonizar esta propuesta con la Directiva sobre los derechos de los consumidores. Después de tantos logros relacionados con la Directiva sobre los derechos de los consumidores, y teniendo en cuenta la puesta en marcha de la Nueva Agenda del Consumidor (1), este proyecto concreto sobre los servicios financieros a distancia representa el momento perfecto para reforzar el respeto por los derechos de los consumidores e impulsar las inversiones de las empresas en este ámbito. El CESE pide la participación de las organizaciones de la sociedad civil para preparar y supervisar mejor la futura aplicación de la Directiva. Es un buen ejemplo de un ámbito en el que las organizaciones de la sociedad civil pueden prestar apoyo y contribuir a mejorar el entorno y ayudar a garantizar un enfoque positivo. |
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1.6 |
Los mecanismos de inteligencia artificial (IA) pueden aportar un entorno seguro y fiable para esta propuesta de Directiva. El CESE comprende el poder de la innovación para la sociedad y aboga por utilizar todos los medios posibles para ofrecer una experiencia segura y moderna a los consumidores y las empresas en este ámbito en concreto. El CESE ha estado trabajando en este ámbito y recomienda encarecidamente que la IA se utilice para construir un mercado único mejor y más integrado que apoye a los ciudadanos y garantice operaciones seguras dentro del sistema financiero (2). |
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1.7 |
El CESE sostiene que, teniendo en cuenta los objetivos y principios del mercado único, la UE puede establecer buenas prácticas en relación con la regulación de los servicios financieros a distancia. Esta propuesta aborda medidas pertinentes para las empresas y los consumidores, pero el CESE insiste en la necesidad de esclarecer las actividades de las empresas radicadas fuera de la UE, que pueden repercutir en los ciudadanos europeos. Para el CESE, la necesidad de armonización también debe abordarse y respetarse en consecuencia. |
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1.8 |
El CESE pide que se actúe en relación con las «normas de publicidad» vinculadas al delicado proceso de prestación de servicios financieros a distancia. Es fundamental armonizar las normas que regulan la publicidad de estos servicios para evitar la competencia desleal y socavar el sistema. En la medida en que el mensaje sea sólido, se espera que los resultados beneficien a las empresas y a los ciudadanos y ejerzan un impacto positivo en el comportamiento de los consumidores, también en lo que atañe a la sostenibilidad. El CESE insiste asimismo en la necesidad de la participación de las organizaciones de consumidores para mejorar el diálogo entre las empresas y los ciudadanos. |
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1.9 |
Por último, el CESE considera que, para aplicar mejor la Directiva y beneficiarse realmente de sus principios, la inversión en infraestructuras es vital para lograr mejores resultados. No cabe duda de que la ciudadanía puede beneficiarse de unos servicios mejores y más transparentes, pero en consonancia con ello es necesario tener acceso a la 5G, a una plena cobertura de red y a otras infraestructuras en todos los ámbitos, lo que dista mucho de ser una realidad generalizada. El CESE pide un uso mejor y más eficiente de los recursos financieros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para abordar estas inversiones y garantizar que nadie se quede atrás. |
2. Observaciones generales
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2.1 |
La Directiva 2002/65/CE relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (Directiva sobre la comercialización a distancia de servicios financieros) tiene por objeto garantizar la libre circulación de servicios financieros en el mercado único mediante la armonización de determinadas normas de protección de los consumidores en este ámbito, y garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores. Es importante destacar que ya hay varias directivas y reglamentos recientes que establecen altos niveles de protección de los consumidores, y el valor de la propuesta de una nueva Directiva es proporcionar una red de seguridad en los casos en que esta protección no exista o pueda no existir. Cuando no haya legislación sobre productos específicos de la UE o normas horizontales de la UE que regulen el servicio financiero destinado al consumidor, la Directiva se aplicará horizontalmente a cualquier servicio actual o futuro de carácter bancario, de crédito, de seguros, de pensiones individuales, de inversión o de pago contratado mediante una técnica de comunicación a distancia (es decir, sin la presencia física simultánea del comerciante y del consumidor). La Directiva establece la información que debe facilitarse al consumidor antes de la celebración del contrato a distancia (información precontractual), concede al consumidor un derecho de desistimiento para determinados servicios financieros y establece normas sobre los servicios no solicitados y las comunicaciones no solicitadas. |
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2.2 |
En los últimos veinte años, la comercialización a distancia de servicios financieros destinados al consumidor ha cambiado rápidamente. Los proveedores de servicios financieros y los consumidores han abandonado el fax y han surgido nuevos agentes (como las empresas de tecnología financiera) con nuevos modelos de negocio y nuevos canales de distribución (por ejemplo, servicios financieros vendidos en línea). |
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2.3 |
La propuesta de la Comisión tiene por objeto simplificar y modernizar el marco legislativo mediante la derogación de la Directiva sobre la comercialización a distancia de servicios financieros vigente, incluyendo al mismo tiempo aspectos pertinentes de los derechos de los consumidores en relación con los contratos de servicios financieros celebrados a distancia en el ámbito de la aplicación horizontal de la Directiva sobre los derechos de los consumidores. |
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2.4 |
El objetivo general de la legislación se mantiene invariado, a saber, promover la prestación de servicios financieros en el mercado único garantizando al mismo tiempo un elevado nivel de protección de los consumidores. Este objetivo se obtiene de cinco maneras distintas:
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3. Servicios financieros y mercado único
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3.1 |
El CESE cree que la UE en su conjunto se enfrenta a graves retos tras la crisis de la COVID-19, con la agresión rusa en Ucrania y una crisis financiera en el horizonte. Es un hecho que la confianza de los consumidores se ha visto sacudida. Por otra parte, deben abordarse los altos niveles de deuda de los hogares, que distan mucho de haberse superado. Esto debe tenerse en cuenta en el contexto de todas las medidas relativas a las políticas financieras. Los consumidores deben confiar en el sistema: esto resulta crucial para generar confianza y garantizar la recuperación de nuestras economías y nuestra sociedad. |
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3.2 |
El CESE coincide en la necesidad de armonización. No obstante, esto no debe debilitar ni perjudicar a la ciudadanía. Es necesario entender que, por lo que respecta a la digitalización, no todos los ciudadanos avanzan al mismo ritmo, y este proceso no debe dejar a nadie atrás. El CESE considera que la inversión en educación financiera debe ser una prioridad estrechamente alineada con la propuesta. |
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3.3 |
Es importante garantizar que la protección de datos se sitúe en el centro de este proceso. Los ciudadanos europeos deben tener la confianza necesaria para compartir datos a efectos jurídicos y de los derechos de los consumidores, y esto solo puede lograrse con un sistema sólido y fiable. En la actualidad, la protección de datos es una de las principales preocupaciones de la ciudadanía, y la ciberseguridad es clave para impulsar el proceso de comunicación por lo que respecta a los servicios financieros a distancia. |
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3.4 |
Es fundamental garantizar la armonización de esta propuesta con la Directiva sobre los derechos de los consumidores. También es esencial garantizar que los principios de la Nueva Agenda del Consumidor (3) estén en el centro de este concepto. El CESE considera que la sociedad civil organizada y los interlocutores sociales pueden desempeñar un papel positivo en el proceso, principalmente ayudando a los ciudadanos a defender sus derechos, pero también creando un entorno adecuado en el que las empresas puedan competir y crear servicios mejores y más transparentes para los consumidores. |
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3.5 |
Los mecanismos de inteligencia artificial son clave en esta propuesta. Podrían facilitar las operaciones de los consumidores facilitando los procesos y los requisitos asociados, especialmente en el caso de los ciudadanos menos preparados o «digitalizados». El CESE pide que se aclaren y utilicen estas herramientas para que el futuro proceso de aplicación sea más satisfactorio. |
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3.6 |
El CESE aboga por garantizar la igualdad de condiciones en este ámbito para que todos los agentes (empresas) puedan prestar un servicio fiable a los ciudadanos. Por lo tanto, es esencial invertir en transparencia y en ofrecer mensajes claros para evitar la competencia desleal procedente de fuera de Europa, que puede socavar el impacto positivo previsto en esta propuesta de Directiva. |
4. Impacto sobre los consumidores y las empresas: operaciones en línea y fuera de línea
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4.1 |
La digitalización es necesaria para impulsar la competitividad y facilitar la vida de las personas. El CESE considera esencial garantizar que todo el mundo disponga de las condiciones adecuadas para operar con el mismo nivel de conocimientos. No obstante, esto dista mucho de ser una realidad. |
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4.2 |
El CESE aboga por una «digitalización inteligente», en la que la tecnología esté al servicio de la ciudadanía, facilite la comunicación y promueva el bienestar de las personas. Sin embargo, la digitalización en sí misma no es la solución a todos los problemas y debe estar en consonancia con otras prioridades. El nivel de conocimientos de los ciudadanos en relación con el uso de la tecnología sigue siendo muy dispar en el conjunto de la UE, por lo que deben hacerse inversiones teniendo esto en cuenta. Por último, el CESE recuerda a la Comisión que, aunque el uso de la tecnología es importante, también lo es el derecho a la «desconexión», que debe tenerse en cuenta en el proceso de formulación de políticas. |
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4.3 |
Las empresas financieras deben asegurarse de que todos los cambios sean bien percibidos por el mercado. Por lo tanto, la comunicación es esencial para lograr resultados y liderar el proceso de transformación. |
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4.4 |
El CESE está a favor de la tecnología y la innovación que puedan ofrecer una mejor experiencia al consumidor y facilitar la vida de los ciudadanos. La evolución del comportamiento de los consumidores es una oportunidad de cambio positivo y brinda la posibilidad de impulsar operaciones más resilientes y sostenibles en el ámbito de los contratos financieros celebrados a distancia. Para el CESE, las normas que regulan la publicidad deben ser claras y estar armonizadas con otras operaciones relacionadas que puedan afectar a los consumidores. Deben garantizarse los derechos y obligaciones de los consumidores. |
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4.5 |
El CESE considera que esta propuesta es conforme con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, por lo tanto, con el principio de proporcionalidad respecto a las sanciones impuestas a empresas y consumidores en este ámbito. El CESE considera que se trata de un aspecto muy positivo que debe destacarse. El CESE considera fundamental que la gravedad de las sanciones refleje la gravedad del delito, en este caso la infracción de la protección de los consumidores tal y como se define en la propuesta de Directiva. |
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4.6 |
Para el CESE, la necesidad de garantizar un enfoque equilibrado del derecho a solicitar asistencia humana en relación con los contratos financieros celebrados a distancia es primordial. Gran parte de la población todavía necesita este tipo de apoyo, y los bancos e instituciones deben ser conscientes de estas limitaciones. Esto debe abordarse cuando las instituciones toman decisiones relativas a la inversión y al mantenimiento de determinados servicios «físicos». |
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4.7 |
El CESE considera que no solo los bancos, sino todas las entidades financieras, deben invertir en sistemas de educación y formación para apoyar a sus empleados en la prestación de asistencia al cliente. Los servicios financieros a distancia son muy importantes, pero también lo son los recursos humanos que prestan apoyo en este ámbito. Los empleados deben tener las habilidades y la capacitación adecuadas para guiar a los clientes. Por último, incluso cuando se utiliza IA para dar apoyo a los servicios, es necesario un «toque humano» para interactuar con los clientes de manera más eficaz. |
5. Evaluación de impacto: el papel de la sociedad civil
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5.1 |
El CESE vuelve a llamar la atención de la Comisión y de los Estados miembros sobre la oportunidad de implicar a los interlocutores sociales y a la sociedad civil organizada en el proceso de comunicación y aplicación de la presente Directiva. Teniendo en cuenta no solo sus conocimientos, sino, sobre todo, su presencia «sobre el terreno», las organizaciones de la sociedad civil pueden contribuir a garantizar una comunicación adecuada, por ejemplo para llegar a partes fundamentales de la sociedad que viven en zonas rurales o tienen dificultades para acceder a canales de información masivos. Las organizaciones de la sociedad civil representadas en el CESE pueden apoyar la correcta aplicación de la propuesta para lograr mejores resultados e impulsar la participación ciudadana en el proceso. |
6. Los servicios financieros y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia: el camino a seguir
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6.1 |
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) es el pilar principal del plan europeo de recuperación Next Generation EU, diseñado para proporcionar ayuda financiera a los Estados miembros con el fin de combatir los efectos económicos y sociales de la pandemia de COVID-19 y hacer que la economía europea sea más resistente frente a futuras crisis. El CESE considera también que, a la hora de mejorar el sistema, los Estados miembros podrían hacer un uso adecuado de este mecanismo para facilitar la vida de las personas en este ámbito. |
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6.2 |
La necesidad de invertir en alfabetización digital y financiera para impulsar la educación y la protección de los consumidores es primordial. El desarrollo de las capacidades digitales y financieras de los consumidores es esencial para alcanzar los objetivos de la Agenda Digital, entre ellos el desarrollo de un mercado que funcione adecuadamente y el aumento de la protección de los consumidores. El CESE comprende el valor de la protección de datos y apoya el derecho de los consumidores a que dicha protección esté plenamente garantizada. El CESE está convencido de que un desarrollo equilibrado de la comercialización a distancia de productos financieros solo podrá lograrse si los Estados miembros prevén recursos suficientes para hacer frente a estos retos y promover la confianza en el comercio en línea de servicios financieros, y si miden los avances en este ámbito e informan a la Comisión, que evaluará los resultados y recomendará buenas prácticas. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) DO C 286 de 16.7.2021, p. 45.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/144 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica los Reglamentos (UE) n.o 1303/2013 y (UE) 2021/1060 por lo que respecta a una mayor flexibilidad para hacer frente a las consecuencias de la agresión militar por parte de la Federación de Rusia — Asistencia Flexible para los Territorios (FAST-CARE)
[COM(2022) 325 final — 2022/0208 (COD)]
(2022/C 486/20)
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Ponente: |
Elena-Alexandra CALISTRU |
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Consulta |
Parlamento Europeo, 4.7.2022 Consejo de la Unión Europea, 15.7.2022 |
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Base jurídica |
Artículos 177 y 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social |
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Aprobado en sección |
9.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
189/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
A través de su propuesta FAST-CARE, la Comisión ha adoptado medidas adicionales muy necesarias para ayudar a los Estados miembros, las autoridades locales y los interlocutores de la sociedad civil a abordar las consecuencias de la agresión de Rusia contra Ucrania. El CESE acoge con gran satisfacción este nuevo paquete global de medidas que amplía el apoyo ya prestado en el marco de CARE mediante la provisión de nuevas ayudas y una mayor flexibilidad en la financiación de la política de cohesión. |
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1.2 |
El CESE reconoce, asimismo, que los efectos directos e indirectos de la invasión no provocada iniciada el 24 de febrero han dado lugar a un aumento continuo del número de refugiados que llegan a todos los Estados miembros y, en particular, a las fronteras de la Unión, por lo que es necesario seguir actuando. La situación actual no tiene precedentes y exige adoptar todas las medidas posibles y adaptadas que puedan aplicarse en estas circunstancias específicas. A tal efecto, el CESE considera que FAST-CARE ofrece una respuesta a estas circunstancias puesto que no solo ofrece financiación adicional para afrontar los retos migratorios que se derivan de la agresión militar rusa, sino que ayuda a mitigar el retraso en la ejecución de proyectos debido a los efectos combinados de la crisis de la COVID-19 y de los elevados costes energéticos y la escasez de materias primas y mano de obra causados por la guerra. |
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1.3 |
El CESE ha subrayado una y otra vez la necesidad de dar una respuesta inmediata y eficaz por todos los medios posibles. Los continuos esfuerzos por mantener la flexibilidad de la financiación deben garantizar la ejecución más eficiente de las inversiones de la política de cohesión en el marco del MFP 2014-2020, así como la puesta en marcha sin contratiempos de los programas de 2021-2027. El CESE acoge con satisfacción la posibilidad de aplicar temporalmente un porcentaje de cofinanciación del 100 %, con cargo al presupuesto de la UE, para la ejecución de los programas de la política de cohesión. También se acoge con la misma satisfacción la posibilidad de efectuar transferencias adicionales entre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo de Cohesión, así como entre categorías de regiones. |
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1.4 |
El CESE acoge muy favorablemente el reconocimiento por parte de la Comisión de la pesada carga que ha recaído sobre las autoridades locales y las organizaciones de la sociedad civil que actúan en las comunidades locales para hacer frente a los desafíos migratorios derivados de la agresión militar rusa. El CESE también acoge con satisfacción la disposición de reservar un nivel mínimo de ayuda del 30 %, en el marco de las prioridades pertinentes, para las autoridades locales, los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil, a fin de garantizar que este tipo de beneficiarios reciba una parte adecuada de los recursos, dado su papel activo en las acciones de acogida e integración de los refugiados. Sin embargo, este porcentaje podría ser demasiado bajo para los países que acogen a un gran número de refugiados, por lo que debería considerarse con mayor detenimiento la posibilidad de elevar este nivel en el caso de los países limítrofes con Ucrania. |
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1.5 |
El CESE considera que las ONG y los interlocutores sociales están llamados a desempeñar un papel fundamental, como organizaciones encargadas de llevar las medidas a la práctica y como socios valiosos en el seguimiento de la ejecución de los programas, y está dispuesto a facilitar un nuevo diálogo sobre esta participación de las organizaciones de la sociedad civil y los interlocutores sociales, tanto en la UE como en Ucrania. La sociedad civil ha demostrado su eficacia a la hora de ofrecer una respuesta inmediata al inicio de la guerra y, si cuenta con recursos suficientes, servirá de enlace imprescindible entre las necesidades sobre el terreno y su integración en las políticas de alto nivel. El CESE sigue abogando por una implicación más plena en la respuesta inmediata y una mayor inclusión a largo plazo en la formulación del programa de integración mientras la guerra continúa. |
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1.6 |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de eximir a los Estados miembros de la necesidad de cumplir los requisitos de concentración temática para el marco financiero plurianual 2014-2020, brindándoles la posibilidad de reorientar los fondos entre objetivos temáticos dentro de la misma prioridad y el mismo Fondo y categoría de región, dada la rápida evolución de los cambios en la situación sobre el terreno. Asimismo, el CESE acoge favorablemente la disposición que permite a título excepcional la subvencionalidad de los gastos en caso de operaciones concluidas o plenamente ejecutadas a partir de la fecha de la invasión. |
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1.7 |
El CESE toma nota de la combinación de medidas exhaustivas que tienen en cuenta las necesidades a nivel microeconómico o individual (por ejemplo, la ampliación de plazo y el aumento del coste unitario recientemente establecido para cubrir las necesidades básicas y ayudar a las personas a las que se conceda protección temporal), así como las necesidades a nivel macroeconómico o de los Estados miembros (por ejemplo, facilitar el escalonamiento de las operaciones de los programas de 2014-2020 a los del período de programación de 2021-2027, con el fin de dar cabida a otras operaciones que están sufriendo retrasos, sin afectar a las obligaciones de los Estados miembros de cumplir los requisitos de concentración temática y los objetivos de contribución a la acción por el clima). |
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1.8 |
Asimismo, se toman debidamente en consideración las disposiciones destinadas a aliviar la carga administrativa de los Estados miembros, así como los compromisos contraídos por la Comisión Europea para ayudar a los beneficiarios y las partes interesadas mediante la oferta de apoyo y orientación adicionales, por ejemplo, en lo que se refiere a la gestión de contratos públicos que generan sobrecostes, y a otras medidas y orientaciones no legislativas. El CESE insta a la Comisión a que colabore con los Estados miembros, las autoridades locales y la sociedad civil para eliminar todas las posibles cargas administrativas innecesarias, y actúe al mismo tiempo con total transparencia a la hora de asignar y ejecutar medidas para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania. En este contexto, el CESE también subraya la necesidad de una participación más activa de la sociedad civil y los interlocutores sociales de la UE y Ucrania para garantizar la planificación, la gestión y el control efectivos de los recursos y velar por que estos lleguen a quienes más los necesitan, donde más los necesitan. |
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1.9 |
El CESE reconoce que deben adoptarse todas las medidas posibles con arreglo al actual marco financiero plurianual (MFP). En este contexto, el Comité valora positivamente la intención de la Comisión de modificar el Reglamento del MFP con el fin de optimizar los recursos restantes de 2014-2020 y facilitar una transición fluida al programa de 2021-2027. No obstante, cabe señalar que, si bien el CESE siempre ha abogado por la máxima flexibilidad (1) a todos los niveles, desde el inicio hasta el cierre de los programas, para garantizar que los recursos disponibles se utilicen en la mayor medida posible, considera que también puede que sea necesario recurrir a nuevas herramientas financieras innovadoras para hacer frente a la acumulación de consecuencias directas e indirectas de la guerra en Ucrania (2). Una posible solución que el CESE ha recomendado anteriormente consiste en un fondo separado de la Unión Europea para la reconstrucción y el desarrollo de Ucrania, que complemente los esfuerzos realizados para apoyar a los Estados miembros afectados por la guerra (3). |
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1.10 |
El CESE hace un llamamiento al Consejo y al Parlamento Europeo para que aprueben rápidamente el Reglamento a fin de que pueda aplicarse lo antes posible. La magnitud del desafío requiere una respuesta colectiva y más coordinada, teniendo en cuenta en particular que se acercan rápidamente los meses de invierno. |
2. Observaciones generales
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2.1 |
Desde el 24 de febrero, la Comisión ha presentado una serie de propuestas, en el marco de la Acción de Cohesión para los Refugiados en Europa (CARE), con el fin de garantizar que la financiación disponible con arreglo a la política de cohesión de 2014-2020 y el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD), así como la prefinanciación correspondiente a los programas REACT-UE, se movilicen rápidamente para abordar las consecuencias inmediatas de la guerra de agresión rusa contra Ucrania, permitiendo al mismo tiempo a los Estados miembros continuar con sus esfuerzos por garantizar una recuperación ecológica, digital y resiliente de sus economías tras la crisis derivada de la pandemia de COVID-19. |
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2.2 |
No obstante, dado que las necesidades siguen aumentando, el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y las regiones de la UE han pedido a la Comisión que presente nuevas iniciativas dentro del marco financiero plurianual para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en este sentido. Actualmente, se requiere apoyo para atender a las necesidades más a largo plazo de los civiles desplazados, a los que hay que ayudar a integrarse mediante la provisión de alojamiento, asistencia sanitaria, acceso al empleo y educación mientras se encuentran en los Estados miembros de la Unión. Cabe señalar que esta cuestión de satisfacer las necesidades a largo plazo de los refugiados no solo repercute en comunidades que ya se han visto gravemente afectadas por la pandemia de COVID-19 (por ejemplo, en lo que atañe a la carga que pesa sobre el sistema sanitario), sino que plantea nuevos problemas, como los aspectos relacionados con el género de las intervenciones políticas (por ejemplo, el escaso número de niños escolarizados, lo que dificulta de manera significativa la integración profesional de las mujeres). |
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2.3 |
La guerra ha causado cuellos de botella en la cadena de suministro y escasez de mano de obra. Además, ha exacerbado los aumentos de los precios de las materias primas, incluidos los de la energía y los materiales. Esta situación viene a sumarse a las consecuencias de la pandemia, generando una tensión adicional para los presupuestos públicos y nuevos retrasos en las inversiones, especialmente en infraestructuras. |
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2.4 |
El paquete de medidas FAST-CARE introduce varios cambios significativos en la legislación sobre la política de cohesión de 2014-2020 y de 2021-2027, con el fin de agilizar y simplificar aún más el apoyo de los Estados miembros a la integración de los nacionales de terceros países, al tiempo que se mantiene la ayuda a la recuperación de las regiones tras la pandemia de COVID-19. |
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2.5 |
Se garantizará un mayor apoyo a los que se encargan de acoger a las personas desplazadas (Estados miembros, autoridades locales y organizaciones de la sociedad civil) por medio de las siguientes medidas:
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2.6 |
Con el fin de garantizar que las inversiones se realizan donde más se necesitan, FAST-CARE introduce dos cambios importantes:
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2.7 |
En lo que atañe al apoyo práctico para resolver el problema del retraso en la ejecución, los proyectos por importe superior a 1 millón EUR (especialmente los de infraestructuras) que se subvencionaron en el marco de los programas del período 2014-2020, pero que no pudieron completarse a tiempo debido a los aumentos de precios y la escasez de materias primas y mano de obra, podrán seguir recibiendo ayuda en el marco de los programas del período 2021-2027, aunque no sean subvencionables con arreglo a los criterios aplicables durante este último período. |
3. Observaciones específicas
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3.1 |
El CESE encomia los esfuerzos realizados por la Comisión Europea para establecer medios adecuados y eficaces de provisión de apoyo financiero que aborden las consecuencias de la agresión militar rusa, que ahora tiene un alcance más amplio y un impacto mayor. Como consecuencia de ello, los Estados miembros se enfrentan a una afluencia continua y sustancial de personas que huyen de dicha agresión. Esta situación viene a sumarse a las consecuencias de la pandemia de COVID-19, en particular a la perturbación de las cadenas de valor, lo que supone un reto para los presupuestos públicos que estaban centrados en la recuperación de la economía, pero también plantea el riesgo de retrasar las inversiones, especialmente en infraestructuras. |
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3.2 |
Asimismo, el CESE reconoce que, dado el continuo aumento de los efectos directos e indirectos de la guerra en Ucrania en todos los Estados miembros, resulta esencial garantizar los medios para hacer frente a los retos migratorios y las perturbaciones del mercado mediante una combinación de financiación, procedimientos y asistencia técnica, todo ello acompañado de flexibilidad, agilidad y una reacción rápida. |
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3.3 |
El CESE está totalmente de acuerdo en que la financiación ha de facilitarse mediante una revisión específica del actual marco financiero, a fin de evitar toda interrupción de la financiación necesaria para las medidas clave de mitigación de la crisis y de apoyo a las personas necesitadas. El CESE ya ha recomendado en dictámenes anteriores (4) que se asignen recursos adicionales a los Estados miembros a modo de prefinanciación inmediata. |
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3.4 |
El CESE celebra que se haya ampliado para estas medidas la posibilidad de utilizar hasta el 100 % de la cofinanciación hasta el ejercicio contable que finalizó el 30 de junio de 2022, a fin de contribuir a aliviar la carga que pesa sobre las finanzas públicas de los Estados miembros, y que el aumento sustancial de la prefinanciación (5) procedente de los recursos REACT-UE haya proporcionado a los Estados miembros la liquidez necesaria para cubrir las necesidades más acuciantes. |
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3.5 |
El CESE también se congratula de que la Comisión haya propuesto que se establezca un porcentaje de cofinanciación de hasta el 100 % para las prioridades que promuevan la integración socioeconómica de los nacionales de terceros países en el marco de los programas del período 2021-2027. Aunque la fecha límite para la aplicación de este porcentaje sea el 30 de junio de 2024, la posibilidad de revisarlo en función de cómo se haya utilizado y de prorrogarlo si se demuestra su eficiencia proporciona una hoja de ruta que permita disponer de una mayor flexibilidad y liquidez cuando surjan necesidades urgentes de financiación. |
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3.6 |
El CESE acoge con gran satisfacción la disposición en virtud de la cual al menos el 30 % de la ayuda en el marco de las prioridades pertinentes debe concederse a beneficiarios que sean autoridades locales, interlocutores sociales y organizaciones de la sociedad civil que operen en comunidades locales, a fin de garantizar que este tipo de beneficiarios reciba una parte adecuada de dichos recursos, habida cuenta de su papel activo en las acciones de acogida e integración de los refugiados. No obstante, este porcentaje podría ser demasiado bajo para los países limítrofes con Ucrania que acogen a un número mucho más alto de refugiados. Por lo tanto, aunque se trate de un porcentaje mínimo, debería alentarse una asignación mayor, reservando al menos el 50 % de la ayuda en el marco de una prioridad determinada a los beneficiarios que sean autoridades locales y organizaciones de la sociedad civil que operen en comunidades locales. |
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3.7 |
El CESE comprende la necesidad de preservar los objetivos originales de la política de cohesión y el hecho de que esta no pueda convertirse en un remiendo universal para todas las emergencias que puedan surgir. A tal efecto, se consideran comprensibles las disposiciones que limitan el importe total programado en el marco de las prioridades de integración de los refugiados en un Estado miembro al 5 % de la asignación nacional inicial de dicho Estado miembro procedente del FEDER y el FSE+ combinados. Sin embargo, estos umbrales deben someterse a una revisión previa para dejar un margen de maniobra suficiente en caso necesario, especialmente para los países limítrofes. Es evidente que los países que acogen a la gran mayoría de refugiados que huyen de Ucrania tienen más dificultades que otros Estados miembros de la UE. Así pues, los límites porcentuales deben tener en cuenta las realidades sobre el terreno y las disparidades entre los retos a los que se enfrentan los distintos Estados miembros. |
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3.8 |
El CESE insta a la Comisión Europea a colaborar estrechamente con los Estados miembros, las autoridades locales y las organizaciones de la sociedad civil para que aprovechen de la manera más eficaz y rápida posible las oportunidades de ayuda a los refugiados ucranianos creadas por FAST-CARE. Aunque el Reglamento pide a los Estados miembros que informen sobre el cumplimiento del requisito del 30 % en el informe final de ejecución, el CESE abogaría por que se informe continuamente, así como por la participación de la sociedad civil en el seguimiento de la aplicación de estas disposiciones. |
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3.9 |
Las consideraciones anteriores también se aplican a la planificación, la ejecución y el seguimiento de los programas vinculados a la aplicación de la política de cohesión, así como al proceso de selección de los proyectos que vayan a llevarse a cabo. En este contexto, debe prestarse atención al riesgo de transformar la política de cohesión en un conjunto de respuestas fragmentadas a las emergencias que han sacudido nuestro continente. |
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3.10 |
La creación de una sinergia inequívoca entre los principios de cohesión y los objetivos esenciales de la política y las nuevas realidades sociales, económicas y medioambientales relativas a la escasez de mano de obra, las dificultades en la cadena de suministro y el aumento de los precios y los costes de la energía debería constituir una preocupación clave en lo que atañe a la consecución de una tasa de absorción adecuada que refleje el uso más eficaz de los recursos existentes. |
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4. |
El CESE toma nota de la decisión de la Comisión de no prorrogar un año más la regla n+3 para el período 2014-2020, así como de su opinión de que, independientemente de la concentración anticipada de los créditos de pago para 2022 y 2023 (debida principalmente a la prefinanciación), FAST-CARE es neutral desde un punto de vista presupuestario durante el período 2021-2027 y no requiere cambios en los límites máximos anuales del marco financiero plurianual para compromisos y pagos. No obstante, el CESE anima encarecidamente a la Comisión a que supervise el impacto de los cambios y prevea un margen de maniobra para hacer frente a las necesidades o prioridades emergentes o crecientes. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Véase el documento de posición del CESE sobre el tema COVID-19: Fondos Estructurales y de Inversión Europeos — Una flexibilidad excepcional.
(2) En sus dictámenes anteriores, el CESE ha insistido una y otra vez en la necesidad de garantizar que el MFP de 2021-2027 ofrezca la posibilidad de añadir nuevos instrumentos financieros innovadores, que vayan más allá del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (FRR) (DO C 364 de 28.10.2020); COVID-19: Fondos Estructurales y de Inversión Europeos — Una flexibilidad excepcional; el Reglamento sobre la Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus; o el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD)/Crisis de la COVID-19.
(3) Véase el Dictamen del CESE sobre el Octavo informe sobre la cohesión (DO C 323 de 26.8.2022, p. 54).
(4) Documento de posición del CESE sobre REACT-UE.
(5) El CESE ha sido coherente en sus dictámenes anteriores al valorar positivamente el incremento porcentual de los pagos anticipados o la prefinanciación, si bien ha abogado por un mayor esfuerzo para garantizar que los recursos financieros se movilicen lo antes posible. A este respecto, véase el documento de posición del CESE sobre la Ayuda financiera a los Estados miembros afectados por una emergencia grave de salud pública.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/149 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Trabajo digno en todo el mundo»
[COM(2022) 66 final]
(2022/C 486/21)
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Ponente: |
Maria del Carmen BARRERA CHAMORRO |
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Consulta |
Comisión Europea, 2.5.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
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Aprobado en sección |
6.9.2022 |
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Aprobación en el pleno |
22.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
132/23/33 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El CESE subraya la importancia de que la Comisión establezca una estrategia para promover el trabajo digno no solo en la UE, sino también en todo el mundo. El CESE destaca que la Comisión presente, junto con una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, una Comunicación sobre el trabajo digno en todo el mundo para una transición justa y una recuperación sostenible, que reafirma el compromiso de la UE de defender el trabajo digno de forma más eficaz, a través de normas, políticas comerciales y de inversión, así como un instrumento para prohibir la entrada en la Unión Europea de productos fabricados, incluso fuera del mercado interior, con trabajo forzoso. El CESE acoge con satisfacción el hecho de que el nuevo marco combine la prohibición con un sistema de garantías de cumplimiento, basado en normas internacionales y obligaciones de diligencia debida y transparencia. Sin embargo, considera adecuado que la Comisión lleve a cabo una evaluación de su impacto económico, social y medioambiental, especialmente en lo que respecta a las pymes. |
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1.2 |
El CESE observa que, a pesar de las mejoras, el trabajo digno sigue sin ser una realidad para muchas personas en todo el mundo. En este preocupante escenario, la Comisión señala que la pandemia de la COVID-19 y las transformaciones en el mundo del trabajo, por los avances tecnológicos, el cambio climático, la transición demográfica y la globalización, están sometiendo a las empresas a serios desafíos. Estos desafíos también pueden impactar negativamente en el cumplimiento efectivo de las normas laborales y de protección social para las personas trabajadoras de todo el mundo. El CESE está convencido de que la UE debe seguir reforzando su papel de líder socialmente responsable en el mundo utilizando y desarrollando todos los instrumentos disponibles, incluidos los legislativos. Al igual que la Comisión, el CESE observa que los consumidores exigen cada vez más bienes y servicios producidos y distribuidos de manera inclusiva, sostenible y justa, abordando y garantizando el trabajo digno para las personas que los producen y distribuyen, también para quienes trabajan en la economía informal. |
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1.3 |
El CESE se congratula de que la Comunicación, adoptada por la Comisión para promover el trabajo digno en todos los sectores y ámbitos de actuación, ofrezca un enfoque global dirigido a todos los trabajadores de los mercados nacionales, de los países no pertenecientes a la Unión y de las cadenas de suministro mundiales. El CESE destaca que la UE debe utilizar todas sus políticas, tanto internas como externas (incluida la política comercial), para promover y garantizar el trabajo digno en todo el mundo, situando este objetivo en el centro de una recuperación sostenible e inclusiva y de la transición digital. |
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1.4 |
El CESE acoge con satisfacción que la UE proponga un paquete global de acciones e instrumentos que repercutan en la promoción de los cuatro pilares del concepto universal de trabajo digno, desarrollado por la Declaración de la OIT sobre la Justicia social para una Globalización Justa de 2008, modificada en 2022 y reflejada en los ODS: fomento del empleo; estándares que garanticen los derechos laborales, incluyendo la eliminación del trabajo forzoso e infantil, la protección social adecuada, el diálogo social y el tripartismo, con la igualdad de género como objetivo transversal. |
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1.5 |
El CESE insta a la Comisión a desarrollar determinados aspectos del principio del trabajo digno que hoy en día tienen un valor particular, tanto social como económico. Como ejemplo, el CESE destaca, junto a la igualdad de género y la no discriminación (promoción de una perspectiva de igualdad de género en el objetivo del trabajo digno), la lucha contra el riesgo de exclusión de los colectivos más vulnerables —como las personas con discapacidad— en los mercados de trabajo, la salud y seguridad en el trabajo, así como el carácter sostenible del empleo en el escenario de la transición ecológica. Todos ellos constituyen objetivos transversales de la OIT y de la Agenda 2030. En este contexto, el CESE acoge con satisfacción la modificación de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo para incluir el derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable. |
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1.6 |
El CESE valora que la Comunicación de la Comisión proponga tanto reforzar el cumplimiento de los instrumentos existentes como adoptar futuros instrumentos, incluidos los normativos, en los cuatro pilares del Programa de Trabajo Decente. En el primero, el de las políticas de la UE con ámbito de aplicación fuera de la UE, el CESE acoge con satisfacción la promoción por parte de la UE de normas pioneras a escala mundial en favor de la responsabilidad social, la transparencia y la sostenibilidad de la actividad empresarial. El CESE también acoge con satisfacción que el Parlamento Europeo haya adoptado la Resolución sobre un nuevo instrumento comercial para prohibir los productos fabricados mediante trabajo forzoso (1). |
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1.7 |
Como parte de su paquete «Economía justa y sostenible», la Comisión también presentó una propuesta de Directiva sobre la debida diligencia en materia de sostenibilidad empresarial (véase el Dictamen INT/973). El CESE considera esta propuesta como un paso importante en la promoción del respeto de los derechos humanos como un deber de las empresas y su personal directivo. No obstante, considera que aún existen muchas carencias en la propuesta, (por ejemplo, el reducido alcance personal, ya que solo se aplica directamente a las grandes empresas, y solo indirectamente a las pymes; la escasa presencia de representación de los trabajadores) y conceptos legales poco claros (ejemplo: el requisito de relaciones comerciales «establecidas»), que pueden ser aplicados de manera diferente por las autoridades nacionales y los tribunales creando inseguridad jurídica tanto para los trabajadores como para las empresas. En consecuencia, el CESE aboga por un proceso equilibrado de diálogo entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo para corregir estas carencias y mejorar la eficacia del instrumento normativo que finalmente se apruebe. |
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1.8 |
El CESE toma nota de las dificultades a las que se enfrentan algunas empresas para controlar toda su cadena de valor y garantizar el trabajo digno. Sin embargo, considera que la forma de conseguirlo no debe ser reduciendo las garantías para este fin, porque esto debilita la eficacia de la medida, crea inseguridad jurídica para las empresas y abre la puerta a la competencia desleal. En cambio, el CESE está convencido de que la forma adecuada de abordar estas dificultades de control global sin generar tales efectos negativos es establecer instrumentos de apoyo y colaboración adecuados para garantizar la eficacia de los instrumentos propuestos. Para ello, además de los instrumentos públicos de apoyo y orientación, los canales de participación de los representantes de los trabajadores a lo largo de la cadena de valor y en el diálogo social, en los diferentes niveles correspondientes, pueden jugar un papel crucial. El CESE está convencido de que esta mejora en la eficacia de la gobernanza de la diligencia debida en toda la cadena de valor, facilitando el trabajo de las empresas, es un motivo poderoso para reconocer y garantizar la participación de los representantes de los trabajadores. |
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1.9 |
En el ámbito de las relaciones bilaterales y regionales de la UE, el CESE valora especialmente la propuesta de la UE de utilizar la política comercial como instrumento para promover el cumplimiento de las normas laborales internacionales por parte de las empresas de terceros países, fomentando el trabajo digno en todas las empresas y países, incluidos los países vecinos. En este sentido, el CESE destaca la propuesta de reforma del Reglamento de Preferencias Comerciales de la UE. El CESE destaca que uno de sus objetivos es facilitar las importaciones de países cuyas empresas respeten los requisitos sociales, laborales y medioambientales, incluido el trabajo digno. El CESE está convencido de que esto mejorará un modelo de competitividad global basado no solo en la justicia social, sino también en la competencia leal entre todas las empresas. |
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1.10 |
El CESE apoya la decisión de la UE de participar activamente en la reforma de la Organización Mundial del Comercio (OMC) para integrar la dimensión social en el crecimiento económico mundial ante los enormes desafíos a los que se enfrenta (las transiciones digital y ecológica, el envejecimiento, la prevención de futuras pandemias, etc.). Optimizar el crecimiento, la competitividad y los beneficios, en términos de generar más riqueza, empleo y bienestar, pasa por establecer marcos y políticas de transición justa, que incluyan la garantía y promoción del trabajo digno y sostenible en el mundo, y con una transición justa basada en un enfoque a través del diálogo social, como ya se ha logrado anteriormente. |
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1.11 |
El CESE valora la propuesta de inclusión de mecanismos para evaluar y controlar el grado de cumplimiento de la Directiva de diligencia debida. Sin embargo, observa con preocupación que estos mecanismos no contemplan el diálogo social con los interlocutores sociales. En consecuencia, el CESE pide a la Comisión que los establezca de forma precisa en el texto normativo propuesto. |
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1.12 |
Además, el CESE pide el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, así como la consideración de un convenio de la OIT sobre el trabajo digno en las cadenas de suministro. |
2. Introducción y contexto
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2.1 |
La garantía y promoción del trabajo decente y la justicia social están en el centro de los marcos normativos y las políticas acordados de manera tripartita por el Programa de Trabajo Decente de la OIT, en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo adoptada en 1998 (enmendada en 2022) y reiterada en la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo (2019). Asimismo, asegurar que el trabajo digno se convierta en la norma en todo el mundo es esencial en los compromisos adoptados por toda la comunidad internacional en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, en especial, no únicamente, en el Objetivo número 8. Este objetivo promueve un crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible que genere empleo productivo y trabajo digno para todos. |
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2.2 |
El CESE comparte la opinión de la Comisión de que esta estrategia de defensa y promoción del trabajo digno en todo el mundo no solo es adecuada, sino también necesaria, dentro del modelo de recuperación sostenible establecido y financiado como parte de Next Generation EU. Las cifras facilitadas por la Comisión y la OIT han puesto de manifiesto el hecho de que, a pesar de las mejoras, el trabajo digno sigue sin ser una realidad para muchas personas en todo el mundo. Según estimaciones de la OIT, hay 4 mil millones de personas sin acceso a la protección social y 205 millones de personas sin trabajo. Uno de cada diez niños de todo el mundo (160 millones) trabaja, y 25 millones de personas se encuentran en situación de trabajo forzoso. En promedio, casi una de cada cuatro víctimas de trabajo forzoso es explotada fuera de su país de origen, con una marcada diferencia según el tipo de situación. Además, aunque la salud y la seguridad en el trabajo es un aspecto fundamental del trabajo digno, más de cinco trabajadores mueren cada minuto en algún lugar del mundo, a causa de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, según la OIT. |
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2.3 |
El CESE acoge con satisfacción que la UE haya decidido dar un nuevo impulso a un modelo de recuperación económica que concilie la creación de riqueza y oportunidades de empleo en todo el mundo con la garantía y promoción del respeto por los derechos humanos, el trabajo digno y el medio ambiente. La Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el refuerzo de la contribución de la UE al multilateralismo basado en normas señalaba las dificultades para avanzar en estos objetivos tras la crisis pandémica, que han sufrido las personas, empresas y Estados. Por ello, propuso, para avanzar, regulaciones, políticas e inversiones que garanticen y promuevan una recuperación económica digital, verde e inclusiva. |
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2.4 |
En este contexto, la Comisión ha presentado (1) una Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo sobre trabajo digno en todo el mundo para una transición global justa y una recuperación sostenible [COM(2022) 66 final de 23 de febrero de 2022], y (2) una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas, objeto de un Dictamen separado del CESE, el Dictamen INT/973, que está en fase de tramitación. |
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2.5 |
El CESE ya ha declarado que las empresas operan cada vez más a través de las fronteras. Las empresas multinacionales, con sus cadenas mundiales de suministro son sus principales protagonistas, y las pequeñas y medianas empresas (pymes) son una parte importante de ellas. El CESE ha estado proponiendo iniciativas normativas y políticas para mejorar la sostenibilidad, garantizar el respeto de los derechos humanos y promover el trabajo digno en las cadenas de valor de las empresas (2). |
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2.6 |
El CESE reconoce la importancia de los instrumentos basados en la responsabilidad social empresarial (RSC) para lograr un desarrollo justo, ya que la RSC incentiva cambios de conductas positivas hacia la sostenibilidad ambiental y social. Sin embargo, el Comité también ha advertido una necesidad de mejora. Por lo tanto, pide a la UE y a sus Estados miembros que garanticen una aplicación más eficiente de los instrumentos internacionales ya existentes para el crecimiento y la recuperación sostenibles, justos y resilientes, posteriores a la COVID-19, con el trabajo digno en su centro. El CESE ha pedido tanto el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos (3) como la consideración del establecimiento de un convenio de la OIT sobre el trabajo digno en las cadenas de suministro. El CESE también ha expresado su apoyo a un marco obligatorio comunitario eficaz y coherente sobre la diligencia debida y la responsabilidad empresarial, basado en el diálogo social con los interlocutores sociales y un enfoque de múltiples partes interesadas. |
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2.7 |
El CESE reconoce las ventajas de un marco normativo armonizado en la UE en materia de diligencia debida y sostenibilidad. Entre otras ventajas, exige una competencia leal a todas las empresas, incluyendo a las de países no comunitarios que operan en la UE, ya que están sujetas a igualdad de condiciones y ofrecen mayor seguridad jurídica. Este marco regulatorio armonizado facilitará la transición de empresas y trabajadores hacia una economía climáticamente neutra en condiciones de justicia social y laboral para todas las cadenas globales. En consecuencia, el CESE aboga por un marco normativo comunitario coherente y equilibrado en materia de diligencia debida empresarial: eficaz y proporcionado. |
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2.8 |
El CESE es plenamente consciente de la necesidad urgente de implementar un mecanismo de recuperación financiera pospandemia en todos los Estados miembros y apoyar todos los procesos de recuperación pospandemia a nivel mundial, así como las diversas transiciones hacia una economía verde (neutra en carbono y circular) e innovadora (digital), en condiciones integrales de sostenibilidad, social y ambiental, en el marco del diálogo social con los agentes sociales y modelos de gobernanza tripartita. Esto es lo que el CESE espera ver en la nueva comunicación y recomendación sobre el futuro del diálogo social. |
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2.9 |
El CESE toma nota de las investigaciones realizadas por observadores internacionales de derechos humanos, incluida la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo de Europa y el Congreso Sindical Internacional (Índice de Derechos Globales) en los que se confirma que la falta de garantías para los derechos humanos, incluidos los laborales, individuales y colectivos, así como los incumplimientos ambientales, siguen creciendo en todo el mundo. La pandemia no ha hecho más que agravar la situación en varios de países del mundo donde han empeorado las condiciones de vida precarias y abusivas. El trabajo infantil y el trabajo forzado también han aumentado. |
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2.10 |
El CESE reconoce que la evidencia científica actual muestra que las empresas están incorporando cada vez más sistemas de gestión basados en la RSC y desarrollando sus modelos de negocio en línea con la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y los ODS. Sin embargo, al igual que la Comisión, el CESE entiende que hay margen de mejora. Además, el avance no solo ha sido más lento, sino también de forma muy desigual. El CESE está convencido de que el avance hacia marcos normativos comunitarios armonizados, complementados con el apoyo técnico y la orientación práctica de la Comisión, es positivo, en particular para las pymes. De esta forma, los compromisos serán más efectivos y beneficiarán a las empresas que operan en el mercado de la UE, brindándoles una mayor seguridad jurídica y unas condiciones equitativas. |
3. Principales acciones propuestas por la Comisión para promover el trabajo digno
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3.1 |
El seguimiento del progreso hacia el trabajo digno ha sido una preocupación presente desde hace tiempo para la OIT, que ha estado promoviendo indicadores para medir este progreso real. El CESE lo considera relevante porque la Comisión ya emitió hace años una Comunicación (4). El CESE insta a la Comisión a que aplique mejor una ambiciosa e innovadora agenda y a que garantice eficazmente que este progreso vincule la competitividad con la justicia social. El CESE subraya además que el trabajo digno no es solo una cuestión de empleo y protección social, sino también de gobernanza, que debe incluir el diálogo social con los interlocutores sociales en todos los niveles de la cadena global y en todas las etapas de los procesos productivos. |
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3.2 |
El CESE valora positivamente que la UE siga impulsando su propia agenda de creación de una comunidad de trabajo que conduzca a la consecución real de todos los elementos que componen el concepto universal de trabajo digno de la OIT y que sea algo más que una simple declaración formal. Esta visión es coherente con la inclusión de todos los componentes del estándar internacional de trabajo digno en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) (5). |
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3.3 |
El CESE considera inaceptable que el trabajo digno diste aún de ser una realidad para cientos de millones de personas en todo el mundo, lo que dificulta la realización efectiva por parte de la comunidad internacional de los ODS de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Si bien los ODS se incorporan al concepto de trabajo digno, la reciente serie de crisis, junto con los enormes desafíos económicos y sociales de nuestro tiempo, amenazan a diario el trabajo digno para todos (ODS 8 y otros relacionados). |
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3.4 |
La eliminación del trabajo infantil y el trabajo forzoso está en el centro de este esfuerzo. El número de personas menores en situación de trabajo infantil ha aumentado en más de ocho millones entre 2016 y 2020, invirtiendo la tendencia anterior de reducción. El CESE acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de desarrollar medidas legales y no legales nuevas y más eficaces en la política de tolerancia cero con el trabajo infantil, incluida la prohibición de que los productos fabricados o distribuidos mediante trabajo forzoso o trabajo infantil se introduzcan en el mercado de la UE. En este sentido, el CESE considera necesario complementar el nuevo marco con una evaluación del impacto económico, social y ambiental de las diferentes medidas legislativas y no legislativas. El CESE también pide que se intensifique la nueva política comercial de la UE como uno de los motores del crecimiento económico, de manera que se cumpla el compromiso de respetar los derechos humanos internacionales, sus instrumentos y la lucha contra el trabajo infantil y el trabajo forzoso en toda la cadena de suministro. De este modo, las nuevas medidas se armonizarán con un modelo de recuperación económica y competitividad global e inclusiva. |
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3.5 |
El CESE acoge con satisfacción tanto la propuesta de Directiva sobre la diligencia debida obligatoria, así como las nuevas garantías jurídicas para una lucha más eficaz contra el trabajo forzoso y el trabajo infantil en toda la cadena de valor global. El CESE participa de la convicción de la Comisión Europea sobre la insuficiencia de las autoridades para poder ganar por sí solas la batalla contra el trabajo forzoso. El CESE también acoge con satisfacción que el Parlamento Europeo haya adoptado la Resolución sobre un nuevo instrumento comercial para prohibir los productos fabricados mediante trabajo forzoso (6). Muchas empresas privadas ya están comprometidas con estos objetivos, pero deben ir más allá, en línea con la propuesta de la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial, que debería promover que este marco coherente de la UE sea eficaz y proporcionado para mejorar la competitividad. |
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3.6 |
El CESE acoge con satisfacción que la Comisión esté promoviendo el uso de un marco legal coherente de la UE y la política de contratación pública socialmente responsable como herramientas poderosas para luchar por el trabajo digno y contra el trabajo forzoso e infantil. No obstante, el CESE considera que para avanzar en esta dirección es necesaria una aplicación más eficaz del marco normativo que aumente la eficacia real de las cláusulas sociales y medioambientales, tanto en la contratación pública de la UE como en el comercio justo. |
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3.7 |
El CESE valora la propuesta de un nuevo Reglamento de la UE sobre el Sistema de Preferencias Generalizadas (Reglamento SPG) para promover el desarrollo sostenible en los países de renta baja para 2024-2034. El CESE valora positivamente que el nuevo SPG aumente las oportunidades de la UE de utilizar las preferencias comerciales para crear oportunidades económicas y promover el desarrollo sostenible bajo el estándar de trabajo digno. La incorporación de convenios de gobernanza, como el relativo a la consulta tripartita mejorará el papel del diálogo social con los interlocutores sociales. |
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3.8 |
El CESE toma nota del compromiso, en el área de acción 2, de considerar el trabajo digno una prioridad del nuevo «IVCDCI- Europa global» (7). Este programa sobre derechos humanos y democracia prevé acciones específicas para promover el trabajo digno para todas las personas, incluida la lucha contra el trabajo infantil y el trabajo forzoso, en particular a nivel nacional y regional. El CESE acoge con satisfacción el hecho de que las nuevas acciones de NDICI-GE incluyan la promoción del diálogo social y una mayor autonomía de los interlocutores sociales, así como el diálogo con los países socios que ayudan a ratificar y aplicar de manera efectiva los convenios actualizados de la OIT, en particular los convenios fundamentales y de gobernanza. |
4. Observaciones generales
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4.1 |
Coincide en la preocupación de la OIT respecto de la perspectiva de que las empresas y las personas trabajadoras más afectadas por las sucesivas crisis que vienen encadenándose, desde 2008 hasta nuestros días, se benefician menos de la mejora de las condiciones, económicas y tecnológicas, ya que algunos sectores de la economía o del mercado laboral se ven mucho más favorecidos por la recuperación, mientras que otros se quedan atrás. |
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4.2 |
El CESE reitera que la protección del trabajo digno en todo el mundo es una exigencia del respeto debido a la dignidad humana y por ello considera esta propuesta como un paso importante en el respeto y la promoción de los derechos humanos en las empresas y espera que suponga un impulso significativo para seguir avanzando. |
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4.3 |
Sin embargo, considera que aún existen muchas deficiencias y conceptos jurídicos poco claros que están abiertos a interpretación, que las autoridades y los tribunales nacionales pueden aplicar de manera diferente, genera inseguridad jurídica tanto para los trabajadores como para las empresas. Por ejemplo, el uso de conceptos difusos como el de «relación comercial establecida» o las meras «garantías contractuales de cumplimiento de los códigos de conducta» ponen el riesgo el efecto útil de la Directiva. El CESE propone a la Comisión que, de un lado, aclare con rigor estos conceptos jurídicos, incluidas las deficiencias del régimen de responsabilidad civil previsto y, de otro, integre vías para la representación sindical de las empresas al nivel adecuado para hacer más efectivo su cumplimiento. |
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4.4 |
El CESE toma nota del enfoque de participación de las partes interesadas que constituye la base de toda la propuesta. La participación efectiva de los sindicatos y los representantes de los trabajadores es un factor de éxito. Sin embargo, el Comité lamenta que esta condición no se refleje suficientemente en la propuesta. El CESE considera que una laguna de protección de este tipo, por su impacto colectivo, perjudica tanto a las personas trabajadoras como a las empresas. En este contexto, la participación existente de los representantes de los trabajadores organizados, por ejemplo, basada en el trabajo de los Comités de Empresa Europeos (CEE) o en los AMI (Acuerdos Marco Internacionales), debería ofrecer una orientación adecuada y apoyo al nuevo marco regulatorio. |
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4.5 |
El CESE observa con satisfacción el enfoque global del trabajo digno adoptado por la Comunicación de la Comisión. El enfoque tiene en cuenta el deseo de los consumidores de favorecer modelos de producción y distribución de bienes y servicios más respetuosos con las condiciones de sostenibilidad social y medioambiental. La Comisión ha constatado que la mayoría de los consumidores prefieren modos de consumo, también en el comercio electrónico, que den preferencia a los productos que respetan el trabajo digno y el equilibrio medioambiental. En consecuencia, el CESE pide que se promueva este papel socialmente responsable de los consumidores a través de una mejor información y formación, con el fin de mejorar la eficacia de las medidas propuestas por la Comisión para garantizar y promover el trabajo digno en el mundo. |
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4.6 |
El CESE valora positivamente que la Comisión haya aceptado la solicitud del Parlamento Europeo de presentar una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (INT/973). El CESE observa que la propuesta de la Comisión restringe el número de empresas incluidas en la propuesta de Directiva, limitando así el alcance de la solicitud del Parlamento Europeo. El CESE pide un proceso de diálogo entre las tres instituciones europeas para llegar a un acuerdo sobre este marco normativo y coherente de la UE, entre otros aspectos, la ampliación adecuada del ámbito de aplicación de la futura Directiva, lo que mejorará su eficacia, también en términos de competencia leal entre todas las empresas, y solventará algunas de las carencias normativas que presenta el texto propuesto, con el fin de dotar a las empresas de mayor seguridad jurídica. |
5. Observaciones específicas
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5.1 |
El CESE toma nota del esfuerzo propuesto por la Comisión en la UE para utilizar todos y cada uno de los instrumentos, políticas y recursos de su competencia (contratación pública, acuerdos comerciales, política de desarrollo, política de inversiones, fondos, etc.) para promover el trabajo digno en todo el mundo. El CESE pide, en particular, un desarrollo y una aplicación más eficaces del conjunto de instrumentos destinados a garantizar y promover condiciones de trabajo dignas y la ratificación de las normas internacionales del trabajo, incluidas las reformas necesarias para apoyar la recuperación de la economía, la competitividad de las empresas europeas y su capacidad para crear empleos dignos en el mundo. |
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5.2 |
El CESE observa que la propuesta de Directiva sobre la diligencia debida en las empresas sostenibles otorga un gran valor a las técnicas de RSE, como los códigos de conducta unilaterales. Estos instrumentos no tienen en cuenta la posición de los trabajadores. El CESE considera oportuno incluir también técnicas de gobernanza colectiva para promover canales útiles para la participación de los representantes de los trabajadores en la elaboración y seguimiento de los compromisos de trabajo digno a lo largo de la cadena de valor. Como se ejemplifica en el punto 4.4, los AMI (Acuerdos Marco Internacionales) deben ofrecer orientación y apoyo adecuados. |
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5.3 |
El CESE coincide con la Comisión en la necesidad de más y mejores medidas para luchar eficazmente contra el trabajo forzoso. Con este fin, el CESE apoya a la Comisión para que implemente lo antes posible una prohibición de la comercialización en los mercados de la UE de productos (tanto nacionales como importados) que hayan sido fabricados utilizando trabajo forzoso, incluido el trabajo infantil. Al mismo tiempo, el CESE recomienda un análisis de las diferentes medidas y una evaluación completa de los impactos económicos, sociales y ambientales de los diferentes escenarios. Esta prohibición debe ser coherente tanto con las condiciones de comercio justo como con los compromisos de la UE con la política comercial común y la competitividad global de Europa. |
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5.4 |
El CESE coincide con la Comisión al expresar que la lucha eficaz contra el trabajo infantil exige medidas adicionales, ante la gran complejidad de los factores de los que trae causa (dificultades económicas, falta de las oportunidades educativas más adecuadas, costumbres locales relacionadas con el papel de los niños en la sociedad). Al mismo tiempo, el CESE pide que se apliquen y ejecuten de forma coherente los instrumentos internacionales existentes. De ahí, la necesidad, para su erradicación, también de un enfoque integral (holístico) de desarrollo económico sostenible asentado en el estándar del trabajo digno: recursos para una educación de calidad, ingresos y protección social adecuada para todos. |
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5.5 |
El CESE considera también especialmente importante la revisión de la Directiva de la UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos (8), que exige a los Estados miembros su prohibición por ley también con fines de protección frente al trabajo forzoso (que afecta desproporcionadamente a mujeres y niñas, en particular inmigrantes, entre otras poblaciones vulnerables). El CESE ya ha expresado su satisfacción por el enfoque global e integrado de la protección de las personas víctimas de la trata de seres humanos (9). |
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5.6 |
El CESE destaca la relevancia de la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los bonos verdes europeos [COM/2021/391 final], cuyo objetivo es aprovechar mejor el potencial del mercado único y de la Unión de los Mercados de Capitales para contribuir a la consecución de los objetivos climáticos y medioambientales de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), del Acuerdo de París de 2016 sobre el Cambio Climático y el Pacto Verde Europeo. El CESE ha defendido desde el principio que el Pacto Verde solo tendrá éxito si se configura también como un pacto social que defina con mayor precisión el concepto de «inversión social» con el objetivo de ofrecer una mayor seguridad jurídica a los mercados y las empresas (10). |
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5.7 |
El CESE apoya el trabajo de la Comisión para un nuevo Reglamento de la UE sobre el Sistema de Preferencias Generalizadas (Reglamento SPG) para el período 2024-2034. El CESE toma nota de que la Comisión ha aumentado su apoyo al fomento del cumplimiento de las normas laborales internacionales en los países beneficiarios del SGP, añadiendo dos nuevos convenios sobre derechos laborales (el Convenio 81 de la OIT sobre la inspección del trabajo y el Convenio 144 sobre la consulta tripartita) y reconoce que la exportación de productos fabricados con trabajo infantil y trabajo forzoso es una causa de retirada de las preferencias comerciales. El CESE recomienda que el proyecto de Reglamento SPG para 2024-2034 incluya la Declaración de la OIT de 1998, y su modificación de 2022. |
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5.8 |
Además, el CESE acoge favorablemente la intención de la Comisión de apoyar la reforma de la OMC para seguir contribuyendo al desarrollo sostenible, integrar la dimensión social de la globalización y fomentar acuerdos en la OMC que promuevan el trabajo digno y la justicia social. El CESE espera que en los procesos de negociación abiertos se logre un equilibrio adecuado entre los objetivos sociales y los de mejora de la competitividad económica mundial. |
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5.9 |
El CESE valora la propuesta de incluir mecanismos para evaluar y supervisar el grado de cumplimiento de la Directiva de diligencia debida, incluida una Red Europea de Autoridades de Control para ayudar a su aplicación. Sin embargo, el CESE observa con preocupación que, en primer lugar, el mandato (jurisdicción) de este órgano de supervisión no está claramente definido y, en segundo lugar, que estos mecanismos no prevén el diálogo social con los interlocutores sociales. En consecuencia, el CESE pide a la Comisión que los establezca de forma precisa en el texto normativo propuesto. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2022-0245_ES.html
(2) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Cadenas de suministro sostenibles y trabajo digno en el comercio internacional», 2020/02161 (DO C 429 de 11.12.2020, p. 197).
(3) El CESE ya ha tratado en detalle esta cuestión en el Dictamen «Tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos», (DO C 97 de 24.3.2020, p. 9).
(4) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52006DC0249
(5) www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:62:0::NO:62:P62_LIST_ENTRIE_ID:2453911:NO
(6) https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2022-0245_ES.html
(7) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX%3A32021R0947
(8) Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión Marco 2002/629/JAI del Consejo. (DO L 101, 15.4.2011, p. 1)
(9) DO C 51 de 17.2.2011, p. 50.
(10) El CESE está elaborando un Dictamen de iniciativa en la materia: ECO/581 «Taxonomía social: retos y oportunidades» (véase la página 15 del presente Diario Oficial).
ANEXO
Las enmiendas siguientes, que obtuvieron al menos una cuarta parte de los votos emitidos, fueron rechazadas en el transcurso del debate (artículo 43, apartado 2, del Reglamento interno):
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ENMIENDA 3 SOC/727 Trabajo digno en todo el mundo Punto 2.6 Modifíquese de la manera siguiente: |
Presentada por: BLIJLEVENS René GERSTEIN Antje Sabine KONTKANEN Mira-Maria MINCHEVA Mariya MURESAN Marinel Dănuț POTTIER Jean-Michel |
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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El CESE reconoce la importancia de los instrumentos basados en la responsabilidad social empresarial (RSC) para lograr un desarrollo justo, ya que la RSC incentiva cambios de conductas positivas hacia la sostenibilidad ambiental y social. Sin embargo, el Comité también ha advertido una necesidad de mejora. Por lo tanto, pide a la UE y a sus Estados miembros que garanticen una aplicación más eficiente de los instrumentos internacionales ya existentes para el crecimiento y la recuperación sostenibles, justos y resilientes, posteriores a la COVID-19, con el trabajo digno en su centro. El CESE ha pedido tanto el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos (1) como la consideración del establecimiento de un convenio de la OIT sobre el trabajo digno en las cadenas de suministro. El CESE también ha expresado su apoyo a un marco obligatorio comunitario eficaz y coherente sobre la diligencia debida y la responsabilidad empresarial, basado en el diálogo social con los interlocutores sociales y un enfoque de múltiples partes interesadas. |
El CESE reconoce la importancia de los instrumentos basados en la responsabilidad social empresarial (RSC) para lograr un desarrollo justo, ya que la RSC incentiva cambios de conductas positivas hacia la sostenibilidad ambiental y social. Sin embargo, el Comité también ha advertido una necesidad de mejora. Por lo tanto, pide a la UE y a sus Estados miembros que garanticen una aplicación más eficiente de los instrumentos internacionales ya existentes para el crecimiento y la recuperación sostenibles, justos y resilientes, posteriores a la COVID-19, con el trabajo digno en su centro. El CESE ha pedido tanto el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos (1) como una reflexión por parte de la OIT sobre la puesta a punto y la adopción ulterior de instrumentos pertinentes y adecuados (2) relacionados con el trabajo digno en las cadenas de suministro. El CESE también ha expresado su apoyo a un marco obligatorio comunitario eficaz y coherente sobre la diligencia debida y la responsabilidad empresarial, basado en el diálogo social con los interlocutores sociales y un enfoque de múltiples partes interesadas. |
Resultado de la votación:
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Votos a favor: |
65 |
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Votos en contra: |
97 |
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Abstenciones: |
13 |
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ENMIENDA 4 SOC/727 Trabajo digno en todo el mundo Punto 2.7 Modifíquese de la manera siguiente: |
Presentada por: BLIJLEVENS René GERSTEIN Antje Sabine KONTKANEN Mira-Maria MINCHEVA Mariya MURESAN Marinel Dănuț POTTIER Jean-Michel |
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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El CESE reconoce las ventajas de un marco normativo armonizado en la UE en materia de diligencia debida y sostenibilidad. Entre otras ventajas, exige una competencia leal a todas las empresas, incluyendo a las de países no comunitarios que operan en la UE, ya que están sujetas a igualdad de condiciones y ofrecen mayor seguridad jurídica. Este marco regulatorio armonizado facilitará la transición de empresas y trabajadores hacia una economía climáticamente neutra en condiciones de justicia social y laboral para todas las cadenas globales. En consecuencia, el CESE aboga por un marco normativo comunitario coherente y equilibrado en materia de diligencia debida empresarial: eficaz y proporcionado. |
El CESE reconoce las ventajas de un marco normativo armonizado en la UE en materia de diligencia debida y sostenibilidad. Entre otras ventajas, exige una competencia leal a todas las empresas que entren en su ámbito de aplicación , incluyendo a las de países no comunitarios que operan en la UE, ya que están sujetas a igualdad de condiciones y ofrecen mayor seguridad jurídica. Este marco regulatorio armonizado facilitará la transición de empresas y trabajadores hacia una economía climáticamente neutra en condiciones de justicia social y laboral para todas las cadenas globales. En consecuencia, el CESE aboga por un marco normativo comunitario coherente y equilibrado en materia de diligencia debida empresarial: eficaz y proporcionado. |
Resultado de la votación:
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Votos a favor: |
73 |
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Votos en contra: |
100 |
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Abstenciones: |
14 |
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ENMIENDA 5 SOC/727 Trabajo digno en todo el mundo Punto 4.6 Modifíquese de la manera siguiente: |
Presentada por: BLIJLEVENS René GERSTEIN Antje Sabine KONTKANEN Mira-Maria MINCHEVA Mariya MURESAN Marinel Dănuț POTTIER Jean-Michel |
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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El CESE valora positivamente que la Comisión haya aceptado la solicitud del Parlamento Europeo de presentar una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (INT/973). El CESE observa que la propuesta de la Comisión restringe el número de empresas incluidas en la propuesta de Directiva, limitando así el alcance de la solicitud del Parlamento Europeo. El CESE pide un proceso de diálogo entre las tres instituciones europeas para llegar a un acuerdo sobre este marco normativo y coherente de la UE, entre otros aspectos, la ampliación adecuada del ámbito de aplicación de la futura Directiva , lo que mejorará su eficacia, también en términos de competencia leal entre todas las empresas, y solventará algunas de las carencias normativas que presenta el texto propuesto, con el fin de dotar a las empresas de mayor seguridad jurídica. |
El CESE valora positivamente que la Comisión haya aceptado la solicitud del Parlamento Europeo de presentar una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (INT/973). El CESE observa que la propuesta de la Comisión restringe el número de empresas incluidas en la propuesta de Directiva, limitando así el alcance de la solicitud del Parlamento Europeo. El CESE pide un proceso de diálogo entre las tres instituciones europeas para llegar a un acuerdo sobre este marco normativo y coherente de la UE, entre otros aspectos, la necesidad de que los responsables políticos tengan presente la difícil situación de las pymes y garanticen que haya instrumentos de apoyo disponibles a escala europea y nacional cuando entre en vigor la legislación sobre diligencia debida (1), lo que mejorará su eficacia, también en términos de competencia leal entre todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la futura Directiva , y solventará algunas de las carencias normativas que presenta el texto propuesto, con el fin de dotar a las empresas de mayor seguridad jurídica. |
Resultado de la votación:
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Votos a favor: |
68 |
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Votos en contra: |
97 |
|
Abstenciones: |
15 |
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ENMIENDA 1 SOC/727 Trabajo digno en todo el mundo Punto 1.7 Modifíquese de la manera siguiente: |
Presentada por: BLIJLEVENS René GERSTEIN Antje Sabine KONTKANEN Mira-Maria MINCHEVA Mariya MURESAN Marinel Dănuț POTTIER Jean-Michel |
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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Como parte de su paquete «Economía justa y sostenible», la Comisión también presentó una propuesta de Directiva sobre la debida diligencia en materia de sostenibilidad empresarial (véase el Dictamen INT/973). El CESE considera esta propuesta como un paso importante en la promoción del respeto de los derechos humanos como un deber de las empresas y su personal directivo. No obstante, considera que aún existen muchas carencias en la propuesta, (por ejemplo, el reducido alcance personal, ya que solo se aplica directamente a las grandes empresas, y solo indirectamente a las pymes ; la escasa presencia de representación de los trabajadores) y conceptos legales poco claros (ejemplo: el requisito de relaciones comerciales «establecidas»), que pueden ser aplicados de manera diferente por las autoridades nacionales y los tribunales creando inseguridad jurídica tanto para los trabajadores como para las empresas. En consecuencia, el CESE aboga por un proceso equilibrado de diálogo entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo para corregir estas carencias y mejorar la eficacia del instrumento normativo que finalmente se apruebe. |
Como parte de su paquete «Economía justa y sostenible», la Comisión también presentó una propuesta de Directiva sobre la debida diligencia en materia de sostenibilidad empresarial (véase el Dictamen INT/973). El CESE considera esta propuesta como un paso importante en la promoción del respeto de los derechos humanos como un deber de las empresas y su personal directivo. No obstante, considera que aún existen muchas carencias en la propuesta, (por ejemplo, cabe temer que las disposiciones de la Directiva, que no incluyen explícitamente a las pymes, se extiendan indirectamente a estas de facto (1); la escasa presencia de representación de los trabajadores) y conceptos legales poco claros (ejemplo: el requisito de relaciones comerciales «establecidas»), que pueden ser aplicados de manera diferente por las autoridades nacionales y los tribunales creando inseguridad jurídica tanto para los trabajadores como para las empresas. En consecuencia, el CESE aboga por un proceso equilibrado de diálogo entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo para corregir estas carencias y mejorar la eficacia del instrumento normativo que finalmente se apruebe. |
Resultado de la votación:
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Votos a favor: |
72 |
|
Votos en contra: |
107 |
|
Abstenciones: |
12 |
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ENMIENDA 2 SOC/727 Trabajo digno en todo el mundo Punto 1.12 Modifíquese de la manera siguiente: |
Presentada por: BLIJLEVENS René GERSTEIN Antje Sabine KONTKANEN Mira-Maria MINCHEVA Mariya MURESAN Marinel Dănuț POTTIER Jean-Michel |
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Dictamen de la Sección |
Enmienda |
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Además, el CESE pide el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, así como la consideración de un convenio de la OIT sobre el trabajo digno en las cadenas de suministro. |
Además, el CESE pide el apoyo de la UE para un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, así como una reflexión por parte de la OIT sobre la puesta a punto y la adopción ulterior de instrumentos pertinentes y adecuados (1) relacionados con el trabajo digno en las cadenas de suministro. |
Resultado de la votación: no se votó la enmienda, ya que es exactamente la misma que el punto 2.6 anterior.
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A favor: |
no aplicable |
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Contra: |
no aplicable |
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Abstenciones: |
no aplicable |
(1) El CESE ya ha tratado en detalle esta cuestión en el Dictamen REX/518: Tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, https://webapi2016.EESC.europa.eu/v1/documents/eesc-2019-01278-00-01-ac-tra-en.docx/content
(1) El CESE ya ha tratado en detalle esta cuestión en el Dictamen REX/518: Tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, https://webapi2016.EESC.europa.eu/v1/documents/eesc-2019-01278-00-01-ac-tra-en.docx/content
(2) REX/462 — El trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro, punto 1.9 https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/decent-work-global-supply-chains-own-initiative-opinion
(1) INT/973 — Gobernanza empresarial sostenible (https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/sustainable-corporate-governance), punto 1.6.
(1) INT/973 — Gobernanza empresarial sostenible (https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/sustainable-corporate-governance), punto 4.9.
(1) REX/462 — El trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro, punto 1.9 https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/decent-work-global-supply-chains-own-initiative-opinion
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/161 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros»
[COM(2022) 241 final]
(2022/C 486/22)
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Ponente: |
Mariya MINCHEVA |
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Consulta |
Consejo de la Unión Europea, 14.6.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 148, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
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Aprobado en sección |
6.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
22.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
146/0/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico social y Europeo (CESE) considera adecuadas las orientaciones propuestas para las políticas de empleo de los Estados miembros, puesto que abordan las cuestiones más urgentes que se plantean en el mercado laboral. |
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1.2. |
El CESE llama la atención sobre la creciente incertidumbre en torno a la situación geopolítica actual, cuyo impacto en la demanda futura no solo incidirá en las decisiones de inversión de las empresas y la seguridad del empleo, sino que demorará la aplicación de los planes de inversión por parte tanto del sector público como del privado. Habida cuenta de la elevada inflación y el aumento de los precios de la energía, que tienen graves consecuencias para el poder adquisitivo, además de la recesión prevista, se considera aún más necesario garantizar una base competitiva para las inversiones sostenibles. Los Estados miembros deben avanzar hacia un mercado único verdaderamente integrado y ayudar a las pymes a crecer. |
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1.3. |
En estos tiempos turbulentos, deben adoptarse medidas para reforzar tanto el papel de los interlocutores sociales como su participación en la concepción y aplicación de las reformas y políticas laborales, sociales y económicas, también mediante el desarrollo de sus capacidades. Esto también es importante desde el punto de vista de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y los planes nacionales de recuperación y resiliencia. Las organizaciones de la sociedad civil que operan en el ámbito del empleo y las cuestiones sociales, los proveedores de educación y servicios sociales, las empresas sociales y las organizaciones de asistencia social necesitan un entorno propicio para prestar sus servicios a los grupos vulnerables. |
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1.4. |
Dado que la escasez de mano de obra está aumentando de nuevo, deben aplicarse medidas eficaces para animar a los interlocutores sociales a centrarse en las necesidades de capacidades a escala nacional, con iniciativas adaptadas a los distintos sectores y situaciones locales. Habida cuenta del rápido cambio tecnológico y la doble transición, la «vida útil» de las capacidades y competencias adquiridas anteriormente es cada vez más corta y la adquisición de las capacidades y competencias pertinentes a lo largo de la vida es cada vez más importante tanto para los trabajadores como las empresas. Es necesario fomentar la movilidad laboral dentro de la Unión Europea (UE) y la migración laboral legal. |
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1.5. |
El CESE considera necesaria una acción que combine diferentes instrumentos políticos y medidas negociadas por los interlocutores sociales para reducir la pobreza de las personas con empleo. Aparte del salario digno, incluido el salario mínimo adecuado, estos instrumentos políticos pueden incluir incentivos financieros bien diseñados y de carácter temporal, acompañados de medidas específicas y eficaces de capacitación y mejora de las capacidades. Hay que alentar y apoyar a los Estados miembros para que apliquen estos instrumentos y medidas de manera coordinada. |
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1.6. |
La prestación de un apoyo específico es especialmente importante para los desempleados de larga duración o las personas inactivas, ya que aumenta sus posibilidades de reinserción en el mercado laboral y es un factor importante para la conservación del puesto de trabajo. Dado que la pandemia ha afectado a los jóvenes de manera especialmente dura, las medidas políticas específicas para la juventud, inclusivas y orientadas al futuro, son esenciales para garantizar que los jóvenes no se queden rezagados. |
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1.7. |
Es necesario realizar un esfuerzo para reintegrar a las personas más alejadas del mercado laboral, a fin de reducir la tasa de inactividad. Si se regulan adecuadamente a través de la legislación o la negociación colectiva a escala nacional, las distintas formas de trabajo, la flexibilidad laboral y el teletrabajo podrían ser factores importantes para ayudar a las personas de grupos vulnerables a encontrar trabajo. Deben reforzarse los servicios públicos de empleo, en particular mediante la digitalización de sus servicios y el fomento de la cooperación con los servicios de empleo privados y otros agentes pertinentes del mercado laboral. |
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1.8. |
Se debe animar a los Estados miembros, especialmente aquellos que presentan los peores resultados en el cuadro de indicadores sociales, a facilitar un marco que permita a los empleadores contratar personas con discapacidad o crear oportunidades de trabajo por cuenta propia cuando sea posible, también mediante un uso coherente de los recursos de la UE. A este respecto, los operadores de la economía social son fundamentales a la hora de apoyar y ejecutar proyectos de empleo. |
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1.9. |
Las medidas destinadas a reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres siguen siendo importantes y es necesario abordar las causas profundas de este problema. La propuesta de Directiva sobre transparencia salarial, que se está debatiendo actualmente, debería reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un trabajo del mismo valor, como una de las medidas para abordar la brecha salarial entre hombres y mujeres, al tiempo que sigue siendo sensible a las preocupaciones sobre las cargas adicionales para las empresas y, en particular, para las pymes. |
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1.10. |
Habida cuenta de una población mayor cada vez más numerosa, el aumento de la esperanza de vida y una mano de obra decreciente, será necesario considerar atentamente los retos que plantean los sistemas de seguridad social y de atención sanitaria de los Estados miembros si se quiere mantener la adecuación y la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensiones. Asimismo, deben adoptarse medidas para incrementar la población activa mediante mercados de trabajo más inclusivos, en particular activando a los grupos que actualmente están excluidos o infrarrepresentados en el mercado laboral. |
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1.11. |
Tras la entrada en vigor de la Directiva de protección temporal, los Estados miembros actuaron rápidamente para adaptar sus marcos reglamentarios nacionales con el fin de apoyar a los refugiados ucranianos y a los nacionales de terceros países que vivían en Ucrania y huyeron a Europa como consecuencia de la guerra. También deben abordarse los posibles cuellos de botella. |
2. Observaciones generales y contexto
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2.1. |
Durante su ciclo de 2022, el Semestre Europeo ha reanudado su amplia coordinación de las políticas económicas y de empleo, al tiempo que ha seguido adaptándose en consonancia con los requisitos de ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Los informes por país publicados en mayo de 2022 (1) incluyen una evaluación de los avances realizados en la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y su Plan de Acción, que establece objetivos e indicadores sociales que forman parte integrante del Semestre Europeo y de los planes nacionales de recuperación y resiliencia. El enlace al cuadro de indicadores sociales ofrece una revisión específica de la aplicación del Plan de Acción. Además, se han racionalizado las recomendaciones específicas por país. |
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2.2. |
En 2021, se mantuvieron inalteradas las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros que figuran en el anexo de la Decisión (UE) 2020/1512 del Consejo. En 2022, la Comisión Europea ha propuesto una serie de modificaciones, que reflejan iniciativas políticas recientes y aportan nuevos elementos relacionados con la invasión rusa de Ucrania. El CESE celebra que la Comisión ponga el acento en el contexto posterior a la crisis de la COVID-19 al objeto de garantizar un crecimiento sostenible. |
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2.3. |
La guerra en Ucrania ha exacerbado las perturbaciones en el suministro y ha aumentado la incertidumbre. La economía de la UE también está expuesta indirectamente a la situación sanitaria relacionada con la pandemia en otras regiones. Las perspectivas económicas de la UE prevén un menor crecimiento y un aumento de la inflación, especialmente en 2022 (2). Las elevadas tasas de inflación y el fuerte aumento de los precios de la energía y el gas están ejerciendo una mayor presión sobre las empresas (y su competitividad) y los hogares (y su poder adquisitivo). Esto afectará inevitablemente a la capacidad de algunas empresas para crear nuevos puestos de trabajo y supondrá un reto para los sistemas de protección social en los próximos meses, lo que requerirá políticas específicas para respaldar las transiciones en el mercado laboral. |
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2.4. |
Las políticas de empleo de los Estados miembros también deben reflejar la evolución económica y social, procurando garantizar al mismo tiempo la inclusividad y la equidad. Es preciso evaluar cuidadosamente el impacto de las políticas del mercado de trabajo para asegurarse de que estimulan una recuperación sostenible en lugar de reducir las tasas de empleo, crear empleos de menor calidad y disminuir el poder adquisitivo de las personas. La escasez de mano de obra y de capacidades debe ser objeto de mayor atención, así como de recomendaciones e iniciativas políticas específicas en consonancia con el Plan de Acción del pilar europeo de derechos sociales. |
3. Observaciones específicas
3.1. Orientación n.o 5: Impulsar la demanda de mano de obra
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3.1.1. |
El crecimiento sostenible, la creación de puestos de trabajo de calidad y la participación en el empleo (incluidas las personas jóvenes y las de más edad, las mujeres, las personas más alejadas del mercado laboral, las personas inactivas, etc.) siguen siendo retos económicos y sociales clave en Europa. Para hacer frente a estos retos, debe garantizarse una base competitiva para las inversiones, aprovechando el potencial de la doble transición ecológica y digital. El CESE celebra que la Comisión Europea anime a los Estados miembros a crear un entorno empresarial capaz de fomentar un emprendimiento responsable y una auténtica actividad autónoma, reducir la burocracia, avanzar hacia un mercado único verdaderamente integrado y que funcione correctamente, y ayudar a las pymes a crecer. El CESE recomienda encarecidamente que las microempresas sigan estando cubiertas por la orientación n.o 5. |
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3.1.2. |
La demanda de mano de obra puede impulsarse en toda la UE aumentando las inversiones, especialmente las de carácter productivo, en sectores clave de la economía; el impacto considerable de los impuestos sobre el trabajo debe abordarse cuando sea necesario, sin debilitar la protección social y asegurando ingresos que permitan garantizar la sostenibilidad de los sistemas de protección social; intensificar la lucha contra la evasión fiscal, el fraude fiscal y la economía informal; ofrecer a empleadores y trabajadores distintas formas de trabajo, reguladas por la legislación o la negociación colectiva, procurando mejorar las condiciones de trabajo en las nuevas formas de trabajo para que sean más atractivas para los trabajadores. |
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3.1.3. |
La creciente incertidumbre en torno a la situación geopolítica y su impacto en la demanda futura no solo incidirán en las decisiones de inversión de las empresas y la seguridad del empleo, sino que demorarán la aplicación de los planes de inversión por parte tanto del sector público como del privado. Debido a la inflación, las tasas de crecimiento están disminuyendo y se prevé una reducción de los salarios reales, que irá seguida de un aumento moderado el año próximo. El CESE toma nota de la opinión de la Comisión de que en algunos sectores es probable que la preocupación por la seguridad en el empleo prevalezca sobre los aumentos de sueldo en los acuerdos salariales (3). La inflación está ejerciendo presión sobre los aumentos salariales y el poder adquisitivo. A fin de evitar una espiral inflacionista muy peligrosa y aumentar la productividad, resulta esencial que los interlocutores sociales dispongan de margen para mejorar el alcance de la negociación colectiva y las prácticas a nivel sectorial y empresarial, ámbitos en los que podrían adoptarse medidas concretas. |
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3.1.4. |
Al mismo tiempo, se necesitan medidas estructurales aplicables al mercado laboral para crear oportunidades de empleo de calidad. Es necesario fomentar la movilidad laboral dentro de la UE y la migración laboral legal. El CESE espera que el paquete de medidas de la Comisión, de 27 de abril de 2022, sobre Inmigración legal — Atraer capacidades y talento a la UE proporcione un apoyo importante al mercado laboral de la UE. |
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3.1.5. |
El CESE celebra tanto el énfasis que se pone en la economía circular por tratarse de un sector con potencial de creación de empleo, como el apoyo a los sectores o regiones que se ven especialmente afectados por la transición ecológica debido a una especialización sectorial o a la concentración regional de una actividad industrial específica. |
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3.1.6. |
El CESE también llama la atención sobre la Resolución aprobada por la 110.a Conferencia Internacional del Trabajo, que preconiza la inclusión del principio de un entorno de trabajo seguro y saludable en los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, y subraya la necesidad constante de invertir en la cultura de prevención de accidentes, enfermedades profesionales y riesgos en el lugar de trabajo. |
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3.1.7. |
El CESE considera que un salario mínimo adecuado, establecido por ley o por convenios colectivos, constituye un instrumento valioso para hacer frente a la pobreza de las personas con empleo. Sin embargo, no es suficiente por sí solo, por lo que es necesaria una acción combinada mediante diferentes instrumentos políticos. Estos instrumentos políticos pueden incluir la creación de incentivos financieros bien diseñados y de carácter temporal, la remodelación del efecto redistributivo del sistema fiscal, cuando proceda, etc. Los instrumentos financieros deben combinarse con medidas específicas y eficaces de capacitación y mejora de las capacidades, ya que los trabajadores poco cualificados se enfrentan a un mayor riesgo de pobreza en el empleo que los trabajadores altamente cualificados (un 19 % frente a un 4,9 %) (4). Hay que alentar y apoyar a los Estados miembros para que apliquen estos instrumentos y medidas de manera coordinada. |
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3.1.8. |
Deben respetarse tanto la autonomía de los interlocutores sociales como su libertad para negociar colectivamente de forma voluntaria. En lo que respecta a la equidad y la capacidad de respuesta de la remuneración a la evolución de la productividad, la negociación colectiva y la ampliación de su alcance siguen siendo las mejores herramientas para lograr un equilibrio adecuado en la fijación de los salarios, mejorando las condiciones de trabajo y las cotizaciones a la seguridad social. Cuando existe un salario mínimo legal, la participación efectiva de los interlocutores sociales es igualmente importante a la hora de encontrar soluciones adecuadas para lograr una convergencia socioeconómica al alza adaptada a la situación nacional. En caso de que el alcance de la negociación colectiva sea insuficiente, los Estados miembros deberían esforzarse por crear condiciones favorables para que los interlocutores sociales puedan ampliarlo. |
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3.1.9. |
La participación de los interlocutores sociales ha demostrado ser muy valiosa durante la crisis de la COVID-19. En estos tiempos turbulentos, deben adoptarse medidas para reforzar tanto el papel de los interlocutores sociales como su participación en la concepción y aplicación de las reformas y políticas laborales, sociales y económicas, también mediante el desarrollo de sus capacidades. Esto también es importante desde el punto de vista de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y los planes nacionales de recuperación y resiliencia. Asimismo, debe tenerse en cuenta el papel de las organizaciones de la sociedad civil, en relación con sus respectivos ámbitos políticos. |
3.2. Orientación n.o 6: Aumentar la oferta de mano de obra y mejorar el acceso al empleo, la adquisición de capacidades a lo largo de la vida y las competencias
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3.2.1. |
El CESE se congratula de que el título de esta orientación se haya modificado para incorporar el concepto de aprendizaje a lo largo de la vida. Habida cuenta del rápido cambio tecnológico y la doble transición ecológica y digital, la «vida útil» de las capacidades y competencias adquiridas anteriormente es cada vez más corta y la adquisición de las capacidades y competencias pertinentes a lo largo de la vida es cada vez más importante tanto para los trabajadores como las empresas. Por esta razón, es importante evaluar la responsabilidad compartida del aprendizaje permanente en el lugar de trabajo. |
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3.2.2. |
El CESE acoge favorablemente el enfoque propuesto, que ofrece medidas globales de apoyo para facilitar la gestión de los cambios en el mercado laboral. Las oportunidades de reciclaje y perfeccionamiento profesional (5) no solo son cruciales para que las personas puedan seguir el ritmo de los cambios en el mercado laboral, sino que deben garantizarse y ser accesibles a lo largo de toda la vida profesional de las personas (principio n.o 1 del pilar europeo de derechos sociales). Sin embargo, la falta de motivación para participar en la formación sigue siendo un problema significativo, por lo que deben explorarse nuevas soluciones. Los interlocutores sociales desempeñan un papel importante en la evaluación de las necesidades de capacidades. Los fondos de formación desempeñan un papel importante en la financiación de la formación relacionada con el trabajo y los Estados miembros deben promover y compartir las buenas prácticas nacionales (6). |
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3.2.3. |
La prestación de un apoyo específico es especialmente importante para los desempleados de larga duración o las personas inactivas, ya que aumenta sus posibilidades de reinserción en el mercado laboral y es un factor importante para la conservación del puesto de trabajo. Es necesario animar a los Estados miembros a reducir el período de referencia de dieciocho meses al término del cual se prevén medidas de apoyo a los desempleados de larga duración. Urge adoptar medidas específicas para atraer a personas jóvenes con carreras profesionales. |
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3.2.4. |
La escasez de mano de obra, que había sido menor durante la crisis de la COVID-19, está aumentando de nuevo (7). La falta de previsiones eficaces sobre las capacidades representa un problema fundamental para los empleadores de toda la UE. La realización de inversiones en la educación de adultos y el desarrollo de capacidades, de manera estrechamente relacionada con las necesidades del mercado laboral, puede desempeñar un papel crucial en la recuperación económica y la construcción de una Europa social. |
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3.2.5. |
Este planteamiento también es válido para los refugiados que huyen de la guerra en Ucrania. Además de ofrecerles formación lingüística, deben tomarse medidas para agilizar el proceso de reconocimiento de las cualificaciones que ya hayan adquirido y que sean necesarias para su integración en el mercado laboral. Por consiguiente, el CESE acoge favorablemente las orientaciones de la Comisión sobre el acceso al mercado laboral, la educación y formación profesionales y la educación de adultos para las personas que huyen de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania (8). |
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3.2.6. |
Las inversiones necesarias para aplicar la iniciativa RePowerEU estarán estrechamente vinculadas a la necesidad de contar con una mano de obra formada. Por lo que se refiere a las cuentas de aprendizaje individuales (9), el CESE reitera su punto de vista de que la decisión de adoptarlas o no como uno de los mecanismos de oferta y financiación de la formación debe seguir siendo competencia exclusiva de los Estados miembros. En cualquier caso, estas cuentas deben apoyar el acceso a cursos de formación reconocidos y validados. El papel de los interlocutores sociales en el diseño o la gestión de los fondos de formación pertinentes es muy importante. |
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3.2.7. |
El CESE está de acuerdo en que debe realizarse un esfuerzo para elevar el nivel de cualificación general en todos los Estados miembros. Esto es especialmente pertinente al principio del proceso de aprendizaje, pero también a lo largo de toda la vida profesional de las personas. Como se señala acertadamente en el Informe conjunto sobre el empleo de 2022 (10), se ha ralentizado la tendencia positiva de reducción del índice de abandono escolar prematuro, que solo ha descendido en 1,1 puntos porcentuales entre 2015 y 2020. Es importante reforzar los sistemas de educación y formación profesionales (EFP) basados en el trabajo en los Estados miembros y garantizar la adecuación de la educación superior al mercado laboral, como también lo es aumentar, en particular entre las mujeres, el número de titulados en ciencias, tecnologías, ingenierías y matemáticas (CTIM), tanto en la EFP como en la educación superior. |
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3.2.8. |
La pandemia ha golpeado de manera especialmente dura a la juventud, que constituye uno de los grupos más afectados por la consiguiente crisis económica y social. La crisis de la COVID-19 ha revertido diez años de avances en el ámbito del empleo juvenil. A fin de prepararse adecuadamente para un mundo laboral en constante transformación (globalización, crisis climática, cambio demográfico y avances tecnológicos), los gobiernos y las instituciones deben tener en cuenta el impacto de cada una de las megatendencias. Resulta esencial proceder a intervenciones políticas específicas para la juventud, que sean de carácter inclusivo y estén orientadas al futuro, a fin de garantizar que los jóvenes no se queden rezagados (11). |
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3.2.9. |
La brecha salarial entre hombres y mujeres sigue siendo un problema en la UE. Dado que varía mucho de un país a otro, deben abordarse sus causas profundas, como la segregación en el mercado laboral y la educación, los estereotipos de género, la falta de servicios de atención a la infancia accesibles y de otras infraestructuras asistenciales, así como el reparto desigual de las tareas domésticas y asistenciales. Hay que acabar con cualquier tipo de discriminación salarial (en particular por motivos de edad). La propuesta de la Comisión Europea de una Directiva sobre transparencia salarial, que se está debatiendo actualmente, debería ayudar a los Estados miembros a reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor, como una de las medidas para abordar la brecha salarial entre hombres y mujeres, al tiempo que se mantienen sensibles a las preocupaciones sobre las cargas adicionales para las empresas y, en particular, para las pymes. |
3.3. Orientación n.o 7: Mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social
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3.3.1. |
Si se quiere mejorar el funcionamiento de los mercados laborales, es necesario actualizar las funciones y responsabilidades de los distintos agentes [los servicios públicos de empleo (SPE) y los servicios sociales]. Debe tenerse en cuenta la posibilidad de establecer asociaciones entre los servicios sociales (para llegar a las personas más alejadas del mercado laboral y prepararlas para participar en programas de formación), los SPE (para aplicar políticas activas del mercado de trabajo adaptadas, con un componente de conservación del puesto de trabajo, y servicios de orientación y asesoramiento) y los servicios de empleo privados (para emprender acciones conjuntas o complementarias, como la puesta en común de la base de datos sobre ofertas de empleo). Es necesario evaluar la eficacia de las medidas estratégicas y, en su caso, plantearlas o formularlas nuevamente. Debe mejorarse la capacidad de los SPE, en particular mediante una digitalización de sus servicios. Asimismo, hay que fomentar la cooperación con los servicios privados de empleo y otros agentes pertinentes del mercado laboral. |
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3.3.2. |
A este respecto. los interlocutores sociales están llamados a desempeñar un papel clave, especialmente en el contexto de los mercados laborales locales y los sectores en transición, en los que pueden contribuir a facilitar la transición entre sectores, empleos u ocupaciones. Las organizaciones de la sociedad civil también desempeñan un papel importante, con sus conocimientos específicos sobre diversas formas de empleo (especialmente para los grupos vulnerables) y cuestiones sociales. Además, prestan servicios educativos y sociales de interés general. |
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3.3.3. |
La tasa de inactividad sigue siendo relativamente elevada en toda la UE (12). Ahora es el momento de reintegrar a las personas más alejadas del mercado laboral. Si se regulan adecuadamente mediante la legislación o la negociación colectiva a escala nacional con el fin de garantizar unas condiciones de trabajo justas, las distintas formas de trabajo, la flexibilidad laboral y el teletrabajo podrían ser factores importantes para ayudar a las personas, especialmente las que pertenecen a grupos vulnerables, a encontrar trabajo. Las infraestructuras y servicios sociales, como la atención a la infancia o los cuidados de larga duración, permiten a las personas con responsabilidades asistenciales plantearse la posibilidad de incorporarse al mercado laboral. |
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3.3.4. |
La colaboración con los interlocutores sociales es fundamental a la hora de promover unas condiciones de trabajo justas, transparentes y previsibles, que establezcan un equilibrio entre los derechos y las obligaciones. El CESE comparte la opinión de que hay que evitar las relaciones laborales que den lugar a condiciones de trabajo informales e inseguras, incluido el trabajo en plataformas digitales, para el que se está debatiendo un proyecto de Directiva. El CESE señala que cualquier medida que regule los nuevos patrones de trabajo, incluido el trabajo en plataformas digitales, debe regular las fórmulas de trabajo flexibles, a los niveles europeo y nacional adecuados, proporcionando al mismo tiempo salvaguardias esenciales para una protección adecuada de los trabajadores. Además, debe respetarse el papel de los interlocutores sociales. |
3.4. Orientación n.o 8: Promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza
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3.4.1. |
Ahora que Europa está atravesando una serie de crisis, resulta especialmente importante promover la igualdad de oportunidades para todas las personas y la inclusividad de los mercados laborales, por un lado, para alcanzar el objetivo del 78 % de personas con trabajo establecido en el Plan de Acción para la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y, por otro, para hacer frente a la escasez de mano de obra. Esto es aplicable no solo a todas las personas que están infrarrepresentadas en el mercado laboral, sino también a la enorme oleada de personas que han huido de la guerra en Ucrania. Tras la entrada en vigor de la Directiva de protección temporal, los Estados miembros actuaron rápidamente para adaptar sus marcos reglamentarios nacionales con el fin de apoyar a los refugiados ucranianos y a los nacionales de terceros países que vivían en Ucrania y huyeron a Europa como consecuencia de la guerra. También deben abordarse los posibles cuellos de botella. |
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3.4.2. |
Es necesario adoptar un enfoque adaptado a los distintos grupos de personas vulnerables [es decir, los trabajadores de más edad, las personas (jóvenes) con discapacidad, las personas con responsabilidades asistenciales, los desempleados de larga duración y las personas con un historial laboral fragmentado, los ninis, los migrantes, etc.]. Asimismo, deben tenerse en cuenta las divergencias en materia de empleo entre las zonas rurales y las urbanas. Los fondos de la UE deben utilizarse como palanca para animar a los Estados miembros, especialmente aquellos que presentan los peores resultados en el cuadro de indicadores sociales, a ofrecer incentivos para que los empleadores contraten a personas con discapacidad o para promover el trabajo por cuenta propia. El trabajo digno es la mejor herramienta para reducir la pobreza y preservar la dignidad humana. |
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3.4.3. |
Las prestaciones temporales y las medidas de ayuda a la renta deben proporcionarse durante el tiempo necesario para orientar a los desempleados o las personas con salarios bajos hacia nuevas y mejores oportunidades de empleo. Las prestaciones vinculadas al ejercicio de una actividad profesional (13), junto con medidas estructurales destinadas a facilitar la inclusión de los grupos vulnerables, pueden facilitar la entrada de estos últimos en el mercado laboral, pero deben constituir medidas de emergencia transitorias y complementarias ya que es preciso fomentar y apoyar una política salarial que contribuya a un nivel de vida digno. |
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3.4.4. |
Las empresas de la economía social desempeñan un importante papel, en particular ofreciendo empleos de nivel inicial a las personas más vulnerables y prestando servicios a escala regional. El CESE acoge favorablemente el plan de acción para la economía social e insta a la Comisión a que emprenda iniciativas de evaluación de los mejores proyectos a escala nacional. |
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3.4.5. |
Se valora de manera especialmente positiva que se haga hincapié en la infancia. Es preciso abordar la pobreza infantil con medidas globales e integradas, y fomentar la aplicación de la Garantía Infantil Europea. El Comité comparte plenamente la opinión de que la existencia de unos servicios asequibles, accesibles y de calidad, como la atención y educación infantiles, la asistencia extraescolar, la educación, la formación, la vivienda, y los servicios sanitarios y los cuidados de larga duración, es fundamental a la hora de reducir la pobreza infantil y garantizar la igualdad de oportunidades. En términos más generales, debe reforzarse el acceso efectivo a servicios sociales de calidad relacionados con las necesidades de las personas; la crisis de la COVID-19 ha puesto de relieve las carencias en este ámbito, que no deben caer en el olvido una vez que la pandemia haya llegado a su fin. |
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3.4.6. |
Paralelamente, la transición ecológica y la consiguiente transición energética y, en particular, las recientes subidas de los precios de la energía están complicando aún más la situación de los grupos vulnerables (14). A pesar de los compromisos políticos, aún queda trabajo por hacer para abordar la pobreza energética y garantizar que las medidas adoptadas estén bien orientadas y sean eficaces. |
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3.4.7. |
La combinación de una población que envejece cada vez más numerosa, la mayor esperanza de vida y una mano de obra decreciente implica que un número cada vez más amplio de personas mayores será económicamente dependiente a menos que se consiga incrementar la población activa gracias a mercados laborales más inclusivos, lo que incluye la activación de grupos que en la actualidad están excluidos o infrarrepresentados en el mercado laboral. Es necesario actuar para abordar los retos a los que se enfrentan los sistemas sanitarios y de seguridad social en los Estados miembros. La adecuación y la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensiones universales constituyen una política crucial en todos los Estados miembros. El CESE acoge favorablemente el enfoque global en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres que propone la Comisión en lo que se refiere a la adquisición de derechos de pensión y las estrategias de envejecimiento activo que se consideran necesarias para facilitar la participación de las personas mayores en el mercado laboral y reducir la brecha de género en materia de pensiones. El CESE destaca la importancia de evitar períodos de trabajo fragmentados durante la vida laboral activa de las personas, con el fin de apoyar los sistemas de seguridad social mediante cotizaciones y garantizar que las personas tengan derecho a unos ingresos por pensión adecuados en el momento de la jubilación. |
Bruselas, 22 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Semestre Europeo 2022 — Informes por país.
(2) Previsiones económicas europeas.Primavera de 2022.
(3) Previsiones económicas de primavera de 2022: La invasión rusa pone a prueba la resiliencia económica de la UE.
(4) Informe Conjunto sobre el Empleo de 2022.
(5) Véase, asimismo, el informe del OMT titulado The work of the future: ensuring lifelong learning and training of employees.
(6) Dictamen del CESE sobre el «Paquete de aprendizaje y empleabilidad» (DO C 323 de 26.8.2022, p. 62).
(7) Informe Conjunto sobre el Empleo de 2022.
(8) C(2022) 4050 final.
(9) Propuesta de Recomendación del Consejo relativa a las cuentas de aprendizaje individuales.
(10) Adoptado por el Consejo el 14 de marzo de 2022.
(11) El CESE está elaborando actualmente un Documento informativo sobre La igualdad de trato de la juventud en el mercado laboral.
(12) La tasa de inactividad más elevada se ha registrado en Italia (más del 37 % en 2021). También se observa una tasa de inactividad superior al 30 % en Croacia, Rumanía, Grecia y Bélgica. Para más información sobre la población económicamente inactiva en Europa pulse aquí.
(13) Según la definición de la OCDE, «las prestaciones vinculadas al ejercicio de una actividad profesional son créditos fiscales permanentes vinculados al trabajo, deducciones fiscales o regímenes de prestaciones equivalentes vinculados al trabajo, concebidos con el doble objetivo de aliviar la pobreza de las personas con empleo y aumentar los incentivos al trabajo para los trabajadores con ingresos bajos».
(14) Véase también el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Fondo Social para el Clima» (DO C 152 de 6.4.2022, p. 158).
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/168 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el refuerzo de la industria europea de defensa mediante la Ley de adquisición común»
[COM(2022) 349 final]
(2022/C 486/23)
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Ponente general: |
Maurizio MENSI |
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Coponente: |
Jan Pie |
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Consulta |
Consejo, 22.7.2022 Parlamento Europeo, 12.9.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 173, apartado 3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
155/1/13 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de Reglamento por el que se establece un instrumento para el refuerzo de la industria europea de defensa mediante la Ley de adquisición común (en lo sucesivo, «el instrumento») al objeto de fortalecer rápidamente los sectores y las capacidades de defensa de Europa en el contexto de los retos inmediatos que plantea la invasión rusa de Ucrania. |
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1.2 |
El CESE apoya los objetivos del instrumento de mejorar la base industrial y tecnológica de la defensa europea (BITDE) en términos de eficiencia y respuesta rápida ante emergencias en aras de una Unión más resiliente, y de fomentar la cooperación y la interacción de los Estados miembros en la adquisición de equipos de defensa. Ambos objetivos son más importantes que nunca dada la irrupción de una nueva guerra en Europa y la necesidad de proteger adecuadamente a la sociedad en general ante la perspectiva de posibles tensiones futuras en el plano estratégico. |
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1.3 |
El CESE considera que el instrumento es útil para estructurar y gestionar mejor el actual pico de demanda de equipos urgentes disponibles en el mercado, pero no puede considerarse un precursor de un futuro Programa Europeo de Inversión en Defensa, puesto que carece de ambición en términos de política industrial. |
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1.4 |
El CESE concuerda en que es necesario actuar para acelerar, de manera colaborativa, la adaptación de la industria a los cambios estructurales, incluido el aumento de sus capacidades de fabricación, a fin de ayudar a la industria europea a satisfacer de manera oportuna la creciente demanda de los Estados miembros. |
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1.5 |
El CESE considera, asimismo, que la adquisición conjunta es necesaria para evitar que el aumento de las inversiones nacionales en defensa agrave la fragmentación del sector europeo de la defensa, limite el potencial de cooperación, agudice la dependencia externa y dificulte la interoperabilidad, lo que permitirá garantizar que todos los Estados miembros satisfagan rápidamente sus necesidades de capacidades más urgentes, puestas de manifiesto o exacerbadas por la respuesta a la agresión de Rusia contra Ucrania. |
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1.6 |
Al mismo tiempo, el CESE considera que el reabastecimiento de las existencias de material implica a menudo la sustitución de los productos enviados a Ucrania por productos idénticos. Estas adquisiciones podrían no tener un impacto estructurador importante en la industria, ni impulsar la innovación tecnológica. Por consiguiente, el CESE se pregunta si la lógica del instrumento debe ampliarse directamente a un futuro Programa Europeo de Inversión en Defensa. |
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1.7 |
El CESE acoge con satisfacción el enfoque de incentivar la adquisición conjunta mediante ayuda financiera directa con cargo al presupuesto de la UE, pero duda de que la dotación financiera de 500 millones EUR sea suficiente para influir en las decisiones de los Estados miembros en materia de adquisición. |
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1.8 |
El CESE se interroga, asimismo, sobre la eficacia no solo de la utilización del apoyo financiero a la asistencia técnica y administrativa para la aplicación del instrumento, sino también de la concesión de subvenciones en forma de financiación no vinculada a los costes, por lo que pide a los colegisladores que aclaren este método para garantizar la eficiencia del gasto de la UE. |
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1.9 |
El CESE celebra que el apoyo financiero de la UE se limite a la adquisición de productos de defensa fabricados en la UE o en países asociados, y valora positivamente las condiciones específicas aplicables a las empresas de la UE bajo el control de terceros países. Esta limitación redunda en interés de los contribuyentes europeos y, además de estar en consonancia con el objetivo de autonomía estratégica, es necesaria para alcanzar el objetivo de reforzar las capacidades industriales europeas de defensa. |
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1.10 |
Al mismo tiempo, el CESE aboga por una interpretación flexible del requisito de que el producto de defensa no esté sujeto a una restricción por parte de un tercer país no asociado (o una entidad de un tercer país no asociado). Dado que el instrumento cubre la adquisición de equipos disponibles en el mercado y está destinado a satisfacer las necesidades de productos más urgentes, el CESE considera que este requisito es menos pertinente para el instrumento que para el Fondo Europeo de Defensa (FED), que tiene por objeto desarrollar las futuras capacidades. Por lo tanto, debe aplicarse cuidadosamente, procurando encontrar un equilibrio entre la búsqueda de una mayor autonomía, la urgencia de la adquisición y la necesidad de interoperabilidad con los equipos existentes. |
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1.11 |
El CESE apoya la aplicación prevista en régimen de gestión directa, pero subraya la necesidad de garantizar que los servicios competentes de la Comisión obtengan a tiempo los recursos humanos necesarios para hacer frente a la carga de trabajo que ello implica. |
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1.12 |
El CESE pide a los Estados miembros que cooperen estrechamente con el grupo de trabajo para la adquisición conjunta de equipos de defensa, creado por la Comisión Europea y el Alto Representante, en su calidad de director de la Agencia Europea de Defensa, con el fin de garantizar la aplicación correcta del instrumento. |
2. Antecedentes
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2.1 |
En su reunión de Versalles del 11 de marzo de 2022, los jefes de Estado o de Gobierno de la UE se comprometieron a «reforzar las capacidades de defensa de Europa» en vista de la agresión militar de Rusia contra Ucrania. La declaración de Versalles afirma que los Estados miembros deben aumentar el gasto en defensa, intensificar la cooperación mediante proyectos conjuntos, colmar las deficiencias y cumplir los objetivos de capacidad, estimular la innovación, en particular mediante sinergias civiles y militares, y reforzar la industria de defensa de la UE. Además, el Consejo Europeo invitó «a la Comisión a que, en coordinación con la Agencia Europea de Defensa, [presentara] un análisis de los déficits de inversión en materia de defensa a mediados de mayo a más tardar y [propusiera] cualquier otra iniciativa necesaria para reforzar la base industrial y tecnológica de la defensa europea». |
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2.2 |
En respuesta a esta invitación, la Comisión Europea y el Alto Representante presentaron el 18 de mayo de 2022 una Comunicación conjunta sobre el análisis de los déficits de inversión en materia de defensa y el camino a seguir. En la Comunicación conjunta se observa que los años de grave falta de inversión en defensa han dado lugar a déficits industriales y de capacidades en la UE y a los bajos niveles actuales de existencias de material de defensa. Las transferencias de material de defensa a Ucrania, combinadas con un nivel de existencias adaptado a tiempos de paz, han dado lugar a la aparición de déficits urgentes y críticos en términos de material de defensa. |
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2.3 |
La Comunicación conjunta recuerda que los Estados miembros deben restablecer urgentemente la preparación en materia de defensa para el combate, habida cuenta de la situación de seguridad y de las transferencias ya efectuadas a Ucrania. El reabastecimiento de las existencias de material también les permitiría prestar más asistencia a Ucrania. Al mismo tiempo, la Comunicación conjunta pide a los Estados miembros que adquieran el material y los equipos de defensa necesarios de manera colaborativa. La adquisición conjunta de productos de urgente necesidad aportaría una mayor rentabilidad, mejoraría la interoperabilidad y evitaría que los Estados miembros expuestos se enfrenten a la imposibilidad de obtener lo que necesitan debido al conflicto de demandas a la industria de la defensa, que no puede responder a tal aumento de la demanda a corto plazo. |
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2.4 |
En este contexto, la Comunicación conjunta propone incentivar la adquisición común a través del presupuesto de la UE mediante un instrumento específico a corto plazo. El apoyo financiero de la UE aportado a través de este instrumento debe estimular la adquisición cooperativa en materia de defensa de los Estados miembros y beneficiar a la BITDE, garantizando al mismo tiempo la capacidad de las fuerzas armadas europeas para actuar, la seguridad del suministro y una mayor interoperabilidad. |
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2.5 |
El 19 de julio de 2022, en respuesta a la urgencia de la situación, la Comisión presentó una propuesta de instrumento de este tipo en forma de Reglamento por el que se establece el refuerzo de la industria europea de defensa mediante la Ley de adquisición común. La Comisión confía en que el Reglamento se adopte rápidamente y entre en vigor a finales de 2022. |
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2.6 |
Tras la creación del instrumento, la Comisión tiene previsto proponer un Reglamento sobre el Programa Europeo de Inversión en Defensa. Según la Comisión, el Reglamento del Programa Europeo de Inversión en Defensa podría afianzar futuros proyectos conjuntos de desarrollo y adquisición de gran interés común para la seguridad de los Estados miembros y de la Unión y, por extensión de la lógica del instrumento a corto plazo, una posible intervención financiera relacionada de la Unión para reforzar la base industrial de la defensa europea, en particular para proyectos que ningún Estado miembro podría desarrollar o adquirir de forma individual. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
El contexto geopolítico de la Unión ha cambiado radicalmente a la luz de la agresión militar de Rusia contra Ucrania El retorno de los conflictos territoriales y la guerra de alta intensidad en suelo europeo requiere que los Estados miembros reconsideren sus planes y capacidades de defensa. Para ello, es necesaria una adecuación de la base industrial y tecnológica, que debe estar en disposición de apoyar y reforzar las fuerzas armadas de los Estados miembros, que constituyen una herramienta fundamental de una democracia madura y protegen la libertad de la ciudadanía europea. |
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3.2 |
El CESE acoge con satisfacción el anunciado aumento del gasto en defensa de los Estados miembros para colmar rápidamente las lagunas militares urgentes. No obstante, sin coordinación ni cooperación, este aumento podría agravar la fragmentación del sector europeo de la defensa, limitar el potencial de cooperación a lo largo del ciclo de vida de los equipos adquiridos y dificultar la interoperabilidad. Además, las decisiones tomadas en relación con las adquisiciones a corto plazo a menudo tienen un impacto a más largo plazo en la fortaleza del mercado de la BITDE y en las oportunidades para las próximas décadas. |
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3.3 |
Por consiguiente, el CESE apoya la iniciativa de incentivar la adquisición conjunta para las necesidades más urgentes de productos de defensa. La adquisición conjunta parece especialmente importante en la situación actual, en la que la demanda de este tipo de productos está aumentando repentinamente, mientras que la oferta industrial sigue estando diseñada para tiempos de paz, lo que dificulta la tarea de satisfacer la demanda. Así pues, la cooperación en materia de adquisición de equipos de defensa es necesaria para garantizar la solidaridad entre los Estados miembros, mejorar la interoperabilidad, prevenir los efectos de exclusión y aumentar la eficacia del gasto público. |
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3.4 |
Es igualmente importante ayudar a la industria a adaptarse a los cambios estructurales del nuevo entorno de seguridad. Dado que el necesario fortalecimiento de las capacidades militares de Europa es un esfuerzo a largo plazo y que la necesidad de apoyar a Ucrania puede prolongarse en el tiempo, tendrán que reforzarse las capacidades de producción de la BITDE. Esto es necesario, entre otras cosas, para hacer frente al actual pico de demanda. |
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3.5 |
A este respecto, el CESE considera que el instrumento propuesto es demasiado limitado en cuanto a su enfoque, alcance y dotación financiera para marcar la diferencia en el fortalecimiento de las capacidades industriales de Europa. El reabastecimiento de las existencias limita necesariamente la elección de productos y proveedores, y la dotación de 500 millones EUR para veintisiete Estados miembros a lo largo de dos años es una inversión más bien modesta. |
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3.6 |
En definitiva, el CESE considera que la propuesta de Reglamento puede contribuir de manera provechosa a estructurar y gestionar mejor el actual pico de demanda de equipos urgentes disponibles en el mercado, si bien se trata de un instrumento poco ambicioso en términos de política industrial. Por consiguiente, el CESE no cree que el instrumento deba considerarse necesariamente un precursor del futuro Programa Europeo de Inversión en Defensa, que se anuncia como una herramienta de apoyo a la adquisición conjunta y al desarrollo conjunto de sistemas a lo largo de su vida útil. |
4. Observaciones específicas
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4.1 |
Según la propuesta, el instrumento tendrá en cuenta la labor del grupo de trabajo para la adquisición conjunta de equipos de defensa creado por la Comisión y el Alto Representante, en su calidad de director de la Agencia Europea de Defensa. Se supone que el grupo de trabajo facilitará la coordinación de las necesidades de adquisición a muy corto plazo de los Estados miembros y colaborará con estos últimos y los fabricantes de equipos de defensa de la UE para favorecer la adquisición conjunta a fin de reabastecer las existencias. Por lo tanto, la labor de este grupo de trabajo se considera fundamental para el éxito del instrumento, y el CESE pide a los Estados miembros que hagan pleno uso de él. |
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4.2 |
El CESE duda de que la dotación presupuestaria propuesta sea lo suficientemente amplia como para influir de manera sustancial en las decisiones de los Estados miembros en materia de adquisición. Al mismo tiempo, el Comité es plenamente consciente de la presión financiera a la que está sometido el actual MFP y de la necesidad de contar con financiación adicional para un futuro Programa Europeo de Inversión en Defensa. En este contexto, será especialmente importante destinar los limitados fondos del instrumento a las adquisiciones conjuntas más pertinentes. |
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4.3 |
Habida cuenta de las restricciones presupuestarias y la selección de proyectos, el CESE se pregunta cómo puede aplicarse en la práctica el concepto de financiación no vinculada a los costes a las adquisiciones previstas en el marco del instrumento. El CESE también se interroga sobre la eficacia de la utilización del presupuesto de asistencia técnica y administrativa para la aplicación del instrumento. |
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4.4 |
El CESE apoya la aplicación prevista en régimen de gestión directa, pero subraya la necesidad de garantizar que los servicios competentes de la Comisión obtengan a tiempo los recursos humanos necesarios para hacer frente a la carga de trabajo que ello implica. |
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4.5 |
El CESE está de acuerdo con los criterios de admisibilidad de la propuesta de Reglamento, en particular la posibilidad de ampliar los contratos de adquisición ya existentes. |
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4.6 |
El CESE también apoya la condición adicional de limitar la financiación de la UE a la adquisición de equipos fabricados en la UE o en países asociados, también por empresas bajo el control de terceros países (o entidades de terceros países no asociados) que puedan ofrecer garantías de seguridad por parte del Estado miembro en cuyo territorio estén situadas. Esta condición reproduce las disposiciones pertinentes del FED y garantiza la consecución del objetivo de reforzar la BITDE. |
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4.7 |
Al mismo tiempo, el CESE cuestiona la importancia del requisito de que el producto de defensa no esté sujeto a una restricción por parte de un tercer país no asociado (o una entidad de un tercer país no asociado). Dado que el instrumento propuesto cubre la adquisición de equipos disponibles en el mercado y está destinado a satisfacer las necesidades de productos más urgentes, este requisito parece menos pertinente para el instrumento que para el FED, cuya finalidad es desarrollar las futuras capacidades y para el cual la soberanía tecnológica es un objetivo declarado. Por consiguiente, el CESE aboga por una interpretación flexible de esta disposición, dejando que los Estados miembros encuentren un equilibrio entre la búsqueda de la libertad operativa, la urgencia de la adquisición y la interoperabilidad con los equipos existentes. |
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4.8 |
Por último, el CESE se interroga sobre la idoneidad de algunos de los criterios de adjudicación propuestos, en particular los relacionados con el impacto positivo de la adquisición en la BITDE. Dada la atención prestada a las necesidades más urgentes y a la adquisición de equipos disponibles rápidamente en el mercado, es probable que dicho impacto no sea un criterio importante para los Estados miembros, a menos que el contratista se encuentre en su territorio. Además, es probable que los Estados miembros compradores tengan dificultades para demostrar el impacto positivo en la BITDE, sobre todo cuando la urgencia sea la principal preocupación. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/172 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Conectividad Segura de la Unión para el período 2023-2027
[COM(2022) 57 final — 2022/0039 (COD)]
y sobre la
Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo: Un enfoque de la UE en materia de gestión del tráfico espacial — Una contribución de la UE para hacer frente a un desafío mundial
[JOIN(2022) 4 final]
(2022/C 486/24)
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Ponente: |
Pierre Jean COULON |
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Consulta |
Comisión Europea, 2.5.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 189, apartado 2, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en la sección |
7.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
222/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera que la Comunicación y la propuesta, que marcan el inicio de la elaboración de un paquete espacial europeo, son necesarias e indispensables en la época actual. Recomienda que la Comunicación conjunta promueva firmemente, en el contexto de una diplomacia activa, la gestión multilateral del tráfico espacial en el marco de las Naciones Unidas, en particular en el seno de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS, por sus siglas en inglés) y de la Conferencia de Desarme, ya que no disponemos de normas suficientes en la materia. |
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1.2 |
Gestionar el tráfico espacial, incluidos los desechos, es la máxima prioridad y requiere que todos los agentes apliquen un enfoque europeo. Como señala la Comunicación conjunta y muestra el presente Dictamen, el principal problema relacionado con el entramado de los programas de gestión del tráfico espacial es la falta de normalización internacional. Por lo tanto, es evidente la necesidad de elaborar normas y directrices e impulsar las buenas prácticas internacionales. |
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1.3 |
El CESE pide la implantación práctica de un sistema de conocimiento del medio espacial que garantice la sostenibilidad a largo plazo del espacio para todos los Estados miembros.
En efecto, el segundo principio central del Derecho espacial es la responsabilidad de los distintos agentes por sus actividades espaciales. Se trata de una responsabilidad internacional por el control de las actividades y una responsabilidad por daños derivados de estas actividades en el espacio ultraterrestre. La Comunicación conjunta se enmarca en el contexto de la responsabilidad internacional del control de las actividades. |
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1.4 |
El CESE lamenta la falta de normalización internacional y recomienda adoptar normas (también sobre gestión de los desechos de satélites) y directrices a escala europea en cuya elaboración participe la sociedad civil organizada.
La lucha entre agentes espaciales, hasta ahora esencialmente estatales, y aquellos que aspiran a convertirse en agentes importantes (privados o públicos), requiere una reforma en profundidad de las normas internacionales que se adoptaron en un momento en que el espacio estaba acotado a un puñado de potencias tecnológicas e industriales. |
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1.5 |
Como se destaca en el Dictamen complementario CCMI/196 «Nuevo Espacio»:
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2. Contexto
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2.1 |
El espacio es hoy en día, en muchos aspectos, un territorio económico más. La aceleración de las inversiones públicas y privadas densifica las actividades espaciales y transforma el espacio en una cuestión geoestratégica de primer orden. La competencia tecnológica y la aparición de empresas emergentes dedicadas al sector espacial, la apertura de nuevos mercados y servicios y la voluntad de los Estados y de los operadores privados de reforzar las actividades en órbita exacerban la explotación del espacio. |
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2.2 |
A pesar de la importancia estratégica del espacio, no existe una autoridad global ni leyes vinculantes aplicables a las órbitas bajas y geoestacionarias, ni tampoco un sistema de regulación o gestión del tráfico espacial, mientras que el número de satélites en órbita va en aumento. |
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2.3 |
Hasta la fecha, la gestión del tráfico espacial se basa únicamente en buenas prácticas voluntarias y no vinculantes, no siempre bien gestionadas o aplicadas, que tratan de limitar el riesgo estadístico de colisión entre satélites y desechos. Prevén que no se generen desechos deliberados en órbita y exigen que los satélites permanezcan pasivos al final de su vida útil consumiendo el combustible residual, que la «regla de los veinticinco años» para los satélites en órbita baja se respete (los satélites al final de su vida útil deben volver a entrar en la atmósfera en un plazo de veinticinco años) y que los satélites geoestacionarios inservibles se sitúen en una «órbita cementerio». Sin embargo, estas normas ya no son suficientes para limitar el riesgo de colisión. |
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2.4 |
Están surgiendo nuevos conceptos operativos: vigilancia espacial y seguimiento de los objetos en órbita (Space Surveillance and Tracking, SST), coordinación del tráfico espacial (Space Traffic Coordination, STC), coordinación y gestión del tráfico espacial (Space Traffic Coordination and Management, STCM) (1). |
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2.5 |
Por lo tanto, contar con una legislación eficaz sobre las actividades espaciales y el tráfico de satélites que garantice la sostenibilidad del espacio a largo plazo es urgente y tiene carácter estratégico, al igual que fomentar el uso de la inteligencia artificial para evitar el riesgo de colisión. |
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2.6 |
A principios de este año, la Comisión Europea puso en marcha el proyecto Spaceways, cuyo objetivo es diseñar un sistema de gestión del tráfico espacial para «definir un código de circulación y determinar las condiciones en las que podrían expedirse licencias y permisos de vuelo». |
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2.7 |
El objetivo del proyecto Spaceways y del proyecto EUSTM, lanzado en enero de 2021, es proporcionar, a más tardar en junio y agosto de 2022 respectivamente, recomendaciones y orientaciones a la Comisión Europea sobre la «gestión del tráfico espacial y una evaluación jurídica, política y económica que conduzca a recomendaciones finales y directrices de aplicación» (2). |
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2.8 |
La Comunicación conjunta de la Comisión y el Alto Representante reconoce que es necesario un enfoque de la Unión y prevé consultas, debates y diálogos periódicos con todas las partes interesadas de la UE, civiles y militares, en el ámbito del transporte, en particular la aviación, y la industria espacial europea, teniendo en cuenta al mismo tiempo las necesidades de defensa y seguridad, con el apoyo de la Agencia Europea de Defensa. El CESE desea que toda la sociedad, y no solo la industria, participe en este proceso. |
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2.9 |
La Comunicación prevé utilizar el consorcio VSE (3) de la UE para poner en pie la capacidad operativa esencial para la futura gestión del tráfico espacial de la Unión, lo que supone mejorar su rendimiento, desarrollar servicios de vigilancia y seguimiento espacial (VSE) y nuevas tecnologías gracias a la inteligencia artificial y las tecnologías cuánticas, apoyar las operaciones de reducción de desechos y mantenimiento en órbita y establecer sinergias de financiación entre la UE, los fondos nacionales, la Agencia Espacial Europea (ESA), Horizonte Europa y el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa (PEDID). |
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2.10 |
Reforzar la cobertura espacial fuera del continente europeo es un aspecto importante del Programa de Conectividad Segura de la Unión para el período 2023-2027. En efecto, la UE deberá apoyarse, en particular, en la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de las Naciones Unidas (UNOOSA), y también en los organismos nacionales para desarrollar las normas aplicables a la gestión del territorio espacial, fomentando al mismo tiempo la elaboración de normas comunes en el marco de un foro específico, y promover un enfoque integrado en las organizaciones internacionales de normalización. |
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2.11 |
Las ambiciones expuestas suponen, a corto plazo, que la industria asume determinadas obligaciones y, a medio plazo, que los Estados miembros elaboren una propuesta legislativa para remediar la fragmentación de los enfoques nacionales y evitar las distorsiones de la competencia con los operadores establecidos fuera de la Unión imponiendo el principio de igualdad de trato entre los operadores. También se prevén medidas no vinculantes, como las directrices.
La propuesta legislativa sería el primer paso; a continuación, las organizaciones europeas deberán adoptar requisitos técnicos, ya sean normas o directrices aplicables a todos. |
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2.12 |
La Comunicación afirma que la UE dará preferencia a un enfoque multilateral en el marco de las Naciones Unidas, fomentando el diálogo con la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS) y la Conferencia de Desarme. Por lo tanto, tendrá que designar a los organismos de las Naciones Unidas competentes para llevar a cabo su acción, sin olvidar la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ya que se trata del futuro de la humanidad.
El método previsto en la Comunicación tiene carácter ascendente: se partirá de las aportaciones nacionales y regionales, con el objetivo de consensuar las reglas y normas previstas, para después integrar los componentes regionales en la gestión global, cuya gobernanza está por definir. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
La Comunicación de la Comisión evalúa las necesidades en materia de gestión del tráfico espacial y propone un enfoque europeo del uso (también civil) del espacio aplicable a escala mundial. El desarrollo de las actividades espaciales, la multiplicación y diversificación de los agentes implicados en la explotación del espacio ultraterrestre y la dependencia de todos los sectores de actividad de las tecnologías y servicios de los satélites han conducido a una sobreexplotación progresiva de las órbitas y una saturación del espectro de frecuencias, lo que hace necesaria su racionalización. |
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3.2 |
Las órbitas terrestres se consideran recursos naturales limitados con arreglo al Derecho internacional (Unión Internacional de Telecomunicaciones, UIT). Los principios de libertad y no apropiación que rigen el empleo de órbitas terrestres están siendo cuestionados por las solicitudes de asignación de frecuencias y la proliferación de sistemas de satélites de países y empresas que a veces eluden las normas de la UIT. |
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3.3 |
La lucha entre agentes espaciales, hasta ahora esencialmente estatales, y los que aspiran a ese rango, incluidos los agentes privados, requiere una reforma en profundidad de las normas internacionales que se adoptaron en un momento en que el espacio estaba acotado a un puñado de potencias tecnológicas e industriales. |
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3.4 |
Más allá de las cuestiones jurídicas, el uso del territorio espacial se inscribe en un contexto marcado por el retorno de las tensiones geopolíticas internacionales, como demuestran los acontecimientos actuales: este es el caso, en particular, de las operaciones coorbitales de intimidación, las demostraciones de superioridad tecnológica o los ensayos de armas antisatélite, que han instalado un clima de desconfianza entre los países. |
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3.5 |
Los retos que supone la saturación de las órbitas y del espectro de frecuencias y la amenaza que presenta la proliferación de desechos espaciales han llevado a los Estados miembros, a la ESA y al consorcio VSE (4) de la UE a plantearse una mejor coordinación de las herramientas y las tecnologías de vigilancia. El CESE pide una regulación estricta frente a la proliferación de constelaciones privadas y de posibles zonas no autorizadas. |
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3.6 |
La Comunicación conjunta ilustra la delicada reactivación del diálogo internacional en favor de un código de conducta y de medidas (incluidas las legislativas) destinadas a garantizar el uso sostenible del espacio ultraterrestre. |
Consideraciones jurídicas y políticas
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3.7 |
El CESE apoya los objetivos operativos enunciados en la Comunicación y en la propuesta de Reglamento y desea llamar la atención sobre algunas consideraciones jurídicas y políticas que no deben pasarse por alto, habida cuenta de los problemas que se plantean. |
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3.8 |
El concepto de Derecho espacial no es fácil de definir. No hay consenso sobre la cuestión de la delimitación del espacio, pero se acepta que el Derecho espacial se caracteriza, en particular, por sus principios rectores. |
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3.9 |
Si bien se adoptaron principios fundamentales, tras cinco tratados internacionales y ocho resoluciones internacionales (5), la cuestión de la definición del Derecho espacial ha quedado sin resolver, ya que las preocupaciones al inicio de la exploración del espacio eran principalmente impedir que las primeras potencias espaciales se apropiaran de los cuerpos celestes, más que definir explícitamente el objeto de este Derecho. |
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3.10 |
Los principios del Derecho espacial se establecieron en la Resolución 1962 (XVIII) de las Naciones Unidas, de 13 de diciembre de 1963, y se reiteraron en el primer tratado espacial de 1967.
Incluyen los siguientes componentes:
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3.11 |
Otros dos principios del Derecho espacial atestiguan su orientación pacífica.
El primero es la obligación de cooperación y asistencia mutua impuesta a todos los Estados que participan en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, lo que implica mantener un diálogo efectivo y transparente entre las potencias espaciales para garantizar la sostenibilidad y la seguridad de las actividades realizadas. En la actualidad, este diálogo se centra, en particular, en la cuestión de los desechos espaciales, como ilustra la Comunicación. |
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3.12 |
El segundo principio central del Derecho espacial es la responsabilidad de los Estados y de los nuevos agentes por sus actividades espaciales. Se trata de una responsabilidad internacional por el control de las actividades y una responsabilidad por daños derivados de estas actividades en el espacio ultraterrestre. La Comunicación conjunta se enmarca en el contexto de la responsabilidad internacional del control de las actividades. |
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3.13 |
Cuando se elaboraron los principales tratados espaciales, la cuestión de los desechos espaciales y la saturación de órbitas y frecuencias no estaban en el orden del día, pero actualmente la dependencia de nuestras sociedades de los recursos satelitales ha dado lugar a un fuerte aumento del lanzamiento de objetos al espacio, hasta el punto de que la cuestión de las órbitas y las asignaciones de frecuencias se ha convertido en un verdadero reto estratégico. |
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3.14 |
Así pues, tras sesenta años de explotación espacial, hemos asistido a un aumento sin precedentes de los retos en materia de seguridad relacionados con las órbitas. Desde la prueba del programa ASAT de China en enero de 2007, las demostraciones de fuerza en el espacio se han multiplicado en diversas formas. También se plantea la cuestión del problema de la «arsenalización» del espacio.
En el Derecho internacional, esta cuestión es una zona gris, ya que aún no existe una definición de lo que constituye un medio de ataque en el espacio o una agresión, mientras que los métodos de ataque desde el espacio son diversos y variados: ataques con misiles, cegamiento con rayos láser, ciberataques contra los canales de comunicación, maniobras coorbitales, etc. |
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3.15 |
Por su parte, la órbita geoestacionaria se enfrenta a una dificultad de naturaleza diferente: la congestión del espectro y el riesgo de interferencias. La órbita geoestacionaria es una zona crucial para la continuidad de los servicios de telecomunicaciones para todos los países del mundo. Esta evolución plantea una serie de dificultades jurídicas, ya que el desarrollo de la órbita geoestacionaria ha conducido a la creación de un mercado económico, e incluso al nacimiento de la especulación. |
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3.16 |
Habida cuenta de lo anterior, el CESE considera que la Comunicación conjunta debe promover firmemente, en el contexto de una diplomacia activa, la gestión multilateral del tráfico espacial en el marco de las Naciones Unidas, en particular en el seno de la COPUOS y de la Conferencia de Desarme, ya que no disponemos de normas suficientes en la materia. |
La gestión del tráfico espacial, una cuestión de gobernanza europea
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3.17 |
La gestión del tráfico espacial no es un nuevo concepto. Sin embargo, debido a la naturaleza e importancia de los retos para la seguridad y la sostenibilidad de las actividades espaciales, la gestión del tráfico espacial ha adquirido un grado de prioridad sin precedentes entre los agentes espaciales y los Estados, conscientes de su dependencia de los recursos espaciales. Ahora bien, solo los Estados con capacidades tecnológicas ya disponen de programas de vigilancia y seguimiento espaciales (VSE) y de conocimiento del medio espacial («Conocimiento del Medio Espacial», SSA por sus siglas en inglés). |
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3.18 |
El Departamento de Defensa de Estados Unidos opera actualmente el sistema más avanzado. Su Red de Vigilancia Espacial (Space Surveillance Network, SSN), que se basa en radares terrestres y espaciales, proporciona a Estados Unidos una capacidad única de detección e identificación, que también utiliza como instrumento de influencia en sus aliados y socios.
Otros Estados como Rusia, China, Japón, India y algunos países europeos (Francia, Alemania) también han desarrollado programas de vigilancia espacial. Habida cuenta de su función estratégica, la gran mayoría de estos programas están sujetos a control militar, con el apoyo de las agencias espaciales. En la UE, Francia, Alemania, Italia, Polonia, Portugal, Rumanía y España han creado el consorcio VSE de la UE para evaluar de forma gratuita el riesgo de colisiones en órbita y de reentrada incontrolada de desechos espaciales en la atmósfera terrestre y detectan la fragmentación en órbita. En 2023, la VSE de la UE se convertirá en una asociación que incluirá a más Estados miembros para prestar a los operadores de satélites europeos y mundiales un servicio de evaluación del riesgo de colisión. Algunas empresas privadas también han establecido sus propios sistemas de VSE/SSA para proporcionar datos y servicios comerciales. |
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3.19 |
Como señala la Comunicación conjunta y muestra el presente Dictamen, el principal problema relacionado con el entramado de los programas de gestión del tráfico espacial es la falta de normalización internacional. Sin embargo, es evidente la necesidad de elaborar normas y directrices e impulsar las buenas prácticas internacionales. |
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3.20 |
Las iniciativas y decisiones globales sobre la gestión del tráfico espacial pueden crear un entorno difícil para Europa y sus agentes espaciales. La política estadounidense ha tomado la iniciativa al afirmar que Estados Unidos debe liderar el mundo elaborando mejores normas en materia de datos y conocimiento de la situación espacial, desarrollar un conjunto de técnicas normalizadas para mitigar los riesgos de colisión y promover a escala internacional una serie de normas técnicas, prácticas y reglas de seguridad de las operaciones espaciales. |
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3.21 |
La UE ha tomado conciencia de las dimensiones estratégicas, comerciales y geopolíticas de la gestión del tráfico espacial, que no se limita a la sostenibilidad del espacio ultraterrestre sino que también aborda la futura autonomía de Europa en materia de acceso y uso del espacio.
Los agentes espaciales europeos ya han desarrollado algunas políticas e iniciativas para abordar directa o indirectamente los problemas de la gestión del tráfico espacial. Sin embargo, el retraso de Europa a la hora de afrontar la cuestión mediante proyectos conjuntos acarrea consecuencias. |
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3.22 |
De hecho, la futura competitividad de la fabricación europea de satélites podría verse amenazada si las empresas se vieran obligadas a recurrir a los datos de gestión del tráfico espacial de EE. UU. o solicitar de EE. UU. una licencia de gestión del tráfico espacial, dado que podría ser denegada. También existen riesgos considerables para los proveedores europeos de servicios de lanzamiento.
Muchos agentes europeos dependen en gran medida de los acuerdos de intercambio de datos firmados con Estados Unidos en relación con el nuevo sistema europeo de conocimiento del medio espacial de 2021 («Conocimiento del Medio Espacial», SSA). Entre ellos figuran ministerios y ejércitos (6), organizaciones intergubernamentales europeas (ESA, EUMETSAT), operadores comerciales de satélites y proveedores de servicios de lanzamiento. |
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3.23 |
En opinión del CESE, la UE debe adoptar disposiciones que garanticen no solo un nivel de rendimiento certificado sino también la disponibilidad a largo plazo de los servicios espaciales. Además, en un momento en que Europa trata de poner en marcha una política común de seguridad y defensa creíble, a la que los recursos espaciales contribuyen de forma esencial o incluso vital, Europa debe cumplir los requisitos más estrictos en materia de seguridad para los usuarios gubernamentales y de defensa. |
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3.24 |
El CESE señala que, si bien el enfoque de la UE en el pasado se ha orientado principalmente hacia la protección física de los recursos espaciales —que se basa en una estrategia rígida y costosa—, las recientes iniciativas de la UE apuntan a una transición hacia un enfoque más centrado en la resiliencia. La UE aboga hoy por una estrategia de anticipación en materia de seguridad de las infraestructuras espaciales. Con este fin, la Comisión ha puesto en marcha dos iniciativas importantes: la propuesta de establecer un código internacional de conducta para las actividades espaciales y el programa europeo de conocimiento del medio espacial. |
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3.25 |
Sin embargo, el CESE lamenta que la primera carencia sea la dificultad de coordinar las capacidades de algunos Estados miembros que disponen de medios propios de vigilancia y control. Hoy en día es difícil llegar a un consenso sobre los objetivos que deben alcanzarse en el marco de un programa europeo de gestión del tráfico espacial. La cuestión de la gestión del tráfico espacial es, en gran medida, un ejemplo perfecto de la dificultad de crear una verdadera gobernanza europea en el sector espacial, aunque las cuestiones de la sostenibilidad del espacio y de la seguridad del espacio ultraterrestre son comunes a todos los Estados miembros, ya sea porque tienen capacidades espaciales o porque utilizan recursos espaciales. |
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3.26 |
Todos estos escollos dificultan la competitividad internacional de la industria espacial europea. A largo plazo, la falta de normas europeas y la ausencia de compatibilidad con el resto de normas podrían poner en peligro la libertad de acceso al espacio. Tener su propia capacidad de lanzamiento no es suficiente. También es necesario poder desplegar satélites independientemente de las normas establecidas fuera de Europa a fin de mantener la competitividad espacial europea, como ilustra el éxito de la primera misión del año de Ariane 5 el 22 de junio de 2022, cuyo objetivo era poner en órbita dos satélites, uno malasio y otro indio. Además, Ariane 6, el siguiente paso, no tardará en hacerse realidad, ya que su primer vuelo está previsto para 2023 y este cohete es más flexible y menos costoso que Ariane 5 (y, por lo tanto, más competitivo frente a la estadounidense SpaceX). |
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3.27 |
El CESE aprovecha la oportunidad que le brinda esta Comunicación para recordar:
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3.28 |
Si bien las normas elaboradas a escala nacional por algunos Estados miembros pueden resultar útiles a la hora de desarrollar disposiciones comunes, será imprescindible que Europa se erija en árbitro final de las medidas de normalización. Esto exige que los Estados miembros de la UE y de la ESA lleguen a un acuerdo sobre los objetivos y principios de los esfuerzos europeos en el ámbito de la gestión del tráfico espacial, definan mecanismos de consulta y coordinación, delimiten claramente las funciones, atribuyan de modo inequívoco las responsabilidades y repartan con transparencia las actividades entre los Estados miembros y las partes interesadas europeas, sin entrar en conflicto con los sistemas existentes en otros países. |
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3.29 |
En opinión del CESE, la Comunicación conjunta es un reconocimiento tardío, aunque positivo, de la importancia de dar respuesta a los múltiples retos que surgen de la intensificación de las actividades espaciales y que, en ausencia de un marco jurídicamente vinculante, podrían socavar el equilibrio mundial. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) JOIN(2022) 4 final.
(2) El proyecto Spaceways, financiado por el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 de la Unión Europea, está compuesto por trece importantes agentes europeos: fabricantes y lanzadores de satélites, operadores y proveedores de servicios y centros e institutos de investigación en el ámbito político y jurídico.
El proyecto EUSTM está compuesto por veinte importantes agentes europeos.
(3) Francia, Alemania, Italia, Polonia, Portugal, Rumanía y España.
(4) https://www.eusst.eu
(5) I. Chalaye, Le statut des orbites terrestres et leur utilisation à la lumière des principes du droit spatial, Instituto de Estudios de Geopolítica Aplicada (IEGA), París, octubre de 2021.
(6) https://www.esa.int/Safety_Security/SSA_Programme_overview
ANEXO
En las páginas siguientes figura el anexo del presente documento (Dictamen complementario de la Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales — CCMI/196 — Nuevo Espacio — EESC-2022-01498-00-00-AS-TRA).
«Dictamen de la Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales sobre “Conectividad segura espacial y Nuevo Espacio: un itinerario industrial europeo hacia la soberanía y la innovación”
(Dictamen complementario al Dictamen TEN/775)
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Ponente: |
Maurizio MENSI |
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Coponente: |
Franck UHLIG |
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Decisión de la Asamblea |
22.2.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 56, apartado 1, del Reglamento interno |
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Dictamen complementario |
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Sección competente |
Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales |
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Aprobado en la sección |
24.6.2022 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
21/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El CESE apoya las iniciativas de la Comisión Europea en materia de conectividad segura espacial y “Nuevo Espacio” para reforzar la soberanía industrial y operativa de los Estados miembros. Garantizar la autonomía es crucial no solo para impulsar la futura competitividad industrial sino también para asegurar la independencia y la resiliencia estratégicas (1) , como ha demostrado recientemente la escasez de componentes electrónicos, en particular tras la crisis de la COVID-19 y la guerra de Ucrania, que han afectado gravemente a la industria espacial europea. |
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1.2 |
El CESE considera que una conectividad segura, accesible y asequible no es solo un instrumento esencial para el funcionamiento de la democracia participativa sino también un requisito previo para la correcta aplicación de los derechos fundamentales y que, además, brinda la oportunidad de aumentar el empoderamiento de la ciudadanía y la sociedad civil. |
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1.3 |
El CESE reconoce la importancia del espacio para nuestra economía y nuestra sociedad y su pertinencia estratégica desde el punto de vista de la seguridad y la defensa, como demuestra la guerra entre Rusia y Ucrania. Además, la seguridad física y la ciberseguridad de las infraestructuras terrestres y espaciales y de los datos conexos son esenciales para garantizar la continuidad del servicio y el correcto funcionamiento de los sistemas. |
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1.4 |
El CESE considera que estimular el ecosistema espacial europeo es fundamental para impulsar la doble transición y hacer frente a los principales retos mundiales, como el cambio climático. Asimismo, reconoce las ventajas potenciales de la participación de las empresas emergentes y las pymes espaciales en los programas espaciales de la UE, incluida su contribución a la resiliencia y la autonomía estratégica de la UE. |
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1.5 |
El CESE cree firmemente que, dado que la gobernanza de un sistema de conectividad espacial seguro y autónomo (“el Programa”) requiere la colaboración de diversos organismos, es preciso garantizar un grado eficiente y adecuado de coordinación. |
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1.6 |
El CESE considera que el programa marco Horizonte Europa, que ya está en pie, debe utilizarse para estimular el mercado espacial, apoyar la creación de soluciones comerciales innovadoras en las diversas fases de actividad de los sectores espaciales de la UE y acelerar la disponibilidad de las tecnologías clave necesarias para el Programa en conjunción con las iniciativas EuroQCI (2) y ENTRUSTED (3). En particular, un sistema de componentes, sistemas y subsistemas con sede en Europa requeriría enormes esfuerzos a largo plazo para restaurar una industria europea fuerte. |
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1.7 |
El CESE recomienda que se generen sinergias con el Fondo Europeo de Defensa y a través del plan de acción de la Comisión sobre las sinergias entre las industrias civil, de la defensa y espacial. |
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1.8 |
El CESE considera que, a fin de velar por la competitividad de la industria espacial europea, las iniciativas de la Comisión deben contribuir al desarrollo de capacidades avanzadas en los ámbitos relacionados con el espacio y debe apoyar las actividades de educación y formación, con el fin de aprovechar plenamente el potencial de la ciudadanía de la Unión en ese terreno. Esto mejoraría la importante dimensión social del programa. |
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1.9 |
El CESE subraya la necesidad de tener en cuenta todas las capacidades espaciales para impulsar la modernización de los activos espaciales actuales [Galileo (4), Copernicus (5)] y desarrollar futuras constelaciones y servicios. Esto mejorará la resiliencia de los activos espaciales de la UE y fomentará la competitividad de su industria. Asignar responsabilidades con arreglo a la competencia demostrada debe garantizar la ejecución efectiva del Programa. |
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1.10 |
El CESE considera que la UE debe fomentar el progreso científico y técnico y apoyar la competitividad y la capacidad de innovación del sector espacial, en particular en lo que respecta a las pymes y las empresas emergentes e innovadoras, estimulando así las actividades económicas en las fases iniciales y posteriores de la cadena de valor. De hecho, los programas de investigación e innovación desempeñan un papel fundamental a la hora de aumentar las capacidades tecnológicas de la Unión y sus miembros. |
2. Antecedentes del Dictamen, incluido el paquete legislativo sometido a examen
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2.1 |
La propuesta de la Comisión Europea tiene por objeto desarrollar un programa para la prestación de servicios de comunicación por satélite garantizados y resilientes. La Comisión se ha comprometido a fomentar la innovación en el sector espacial y seguir contribuyendo al desarrollo de un próspero ecosistema de la UE bajo el nombre de “Nuevo Espacio”, y ha incluido este compromiso en las prioridades clave de su programa espacial. Con este fin, la Comisión ha puesto en marcha la iniciativa CASSINI (6). En particular, garantizaría a los usuarios gubernamentales la disponibilidad a largo plazo de servicios de comunicación por satélite fiables, seguros y rentables en todo el mundo que contribuyan a la protección de las infraestructuras críticas, la vigilancia, las acciones exteriores y la gestión de crisis, aumentando así la resiliencia de los Estados miembros. |
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2.2 |
Se supone que la iniciativa se beneficiará del conocimiento técnico especializado acumulado por la industria espacial europea, tanto por los agentes industriales consolidados como por el ecosistema del Nuevo Espacio. En este sentido, la conectividad mundial por satélite se ha convertido actualmente en un activo estratégico para la seguridad, la integridad y la resiliencia de la Unión y sus Estados miembros. La propuesta también busca garantizar la disponibilidad de la banda ancha comercial de alta velocidad en toda Europa, eliminando las zonas muertas y asegurando la cohesión entre los territorios de los Estados miembros, así como proporcionar conectividad a zonas geográficas de interés estratégico, como África y la región del Ártico. Después de Galileo y Copernicus, la tercera constelación propuesta se basará en tres nuevos diferenciadores: la seguridad desde el diseño (mediante el uso de nuevas tecnologías, como la cuántica) para las comunicaciones sensibles (defensa), una constelación multiorbital y una arquitectura basada en asociaciones público-privadas (para seguir impulsando la dimensión comercial). |
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2.3 |
La propuesta es coherente con otras políticas e iniciativas legislativas de la UE en curso en materia de datos (por ejemplo la Directiva sobre Inspire (7) y la Directiva sobre datos abiertos (8)), computación en la nube y ciberseguridad. En particular, la prestación de servicios gubernamentales garantizaría una mayor cohesión, en consonancia con la estrategia digital y la estrategia en materia de ciberseguridad de la UE, al asegurar la integridad y la resiliencia de infraestructuras, redes, comunicaciones y datos europeos. La propuesta también apoyará la competitividad y la capacidad de innovación de las industrias del sector espacial en la Unión y contribuirá en gran medida a garantizar el acceso autónomo y asequible de Europa al espacio en los próximos años, al tiempo que ejercerá un impacto positivo esencial y profundo en la competitividad de los modelos de explotación de los lanzadores europeos (9). |
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2.4 |
En las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 21 y 22 de marzo de 2019, se hizo hincapié en que la Unión debía avanzar más en el desarrollo de una economía digital competitiva, segura, inclusiva y ética, con una conectividad de primera categoría mundial (10). En particular, el plan de acción de la Comisión sobre las sinergias entre las industrias civil, de la defensa y espacial, de 22 de febrero de 2021, afirma que su objetivo es “[facilitar] el acceso generalizado a conectividad de alta velocidad en Europa y [proporcionar] un sistema de conectividad resiliente que permitirá a Europa mantenerse conectada en cualquier circunstancia” (11). |
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2.5 |
El Programa complementaría los acuerdos de Govsatcom (12) de la UE para poner en común y compartir la actual capacidad de comunicación por satélite de los Gobiernos. Debido a la limitada vida útil de un satélite, varias de las infraestructuras de propiedad gubernamental que formarán parte de la puesta en común y el uso compartido de Govsatcom tendrán que ser renovadas en la próxima década (13). |
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2.6 |
Los niveles crecientes de amenazas híbridas y ciberamenazas y la propensión a los desastres naturales hacen que las necesidades cambiantes de los agentes gubernamentales se orienten hacia una mayor seguridad, fiabilidad y disponibilidad de soluciones de comunicación por satélite adecuadas. Además, el auge de los ordenadores cuánticos añade una amenaza adicional, ya que estos ordenadores serán capaces de descifrar contenidos que actualmente están cifrados. |
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2.7 |
Han surgido varias megaconstelaciones no pertenecientes a la Unión y financiadas o subvencionadas por el sector público en los Estados Unidos, China y Rusia. Esto, unido a la escasez de notificaciones de frecuencia y posiciones orbitales disponibles, y a la limitada vida útil de la capacidad de Govsatcom, hace urgente la creación de un sistema de conectividad segura espacial de la Unión. El Programa cubriría las carencias en materia de capacidad y competencia de los servicios de comunicación gubernamental por satélite. |
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2.8 |
También debería permitir la prestación de servicios comerciales de comunicación por satélite por parte del sector privado. En la evaluación de impacto se consideró que una asociación público-privada era el modelo de ejecución más adecuado para garantizar la consecución de los objetivos del Programa, Estimularía especialmente la innovación en todos los componentes de la industria espacial europea (grandes integradores de sistemas, empresas independientes de mediana capitalización, pymes y empresas emergentes). |
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2.9 |
Dado que los Gobiernos, la ciudadanía y las instituciones de la UE dependen cada vez más de la conectividad, sus necesidades exigen soluciones de mayor seguridad, baja latencia (14) y mayor ancho de banda, de ahí que sea necesario contar con un acceso garantizado a soluciones resilientes a través de tecnologías innovadoras, nuevas tendencias y enfoques industriales. El sistema previsto constituirá, por lo tanto, un referente tecnológico, como se destaca en la propuesta. |
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2.10 |
Para ser rentable y aprovechar las economías de escala, el Programa debe optimizar la adecuación entre la oferta y la demanda de servicios gubernamentales. |
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2.11 |
De hecho, las comunicaciones por satélite proporcionan una cobertura ubicua, complementaria a la de las redes terrestres. Se consideran cada vez más un activo estratégico, lo que pone de relieve la creciente necesidad mundial de contar con servicios gubernamentales que garanticen una conectividad resiliente no solo para apoyar sus operaciones de seguridad sino también para conectar infraestructuras críticas, facilitar una interacción electrónica transfronteriza o intersectorial eficiente y eficaz entre las administraciones públicas, las empresas y los ciudadanos europeos, contribuir al desarrollo de una administración electrónica más eficaz, simplificada y fácil de usar por parte de la administración nacional, regional y local (15), gestionar las crisis y apoyar la vigilancia marítima y fronteriza. |
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2.12 |
El establecimiento del Programa seguirá un enfoque gradual que busque la calidad. El desarrollo y la implantación iniciales podrían comenzar en 2023; la provisión de los servicios iniciales y las pruebas en órbita de la criptografía cuántica, en 2025; y la plena implantación con la criptografía cuántica integrada permitiría la prestación de servicios completos antes de 2028. Su coste total se estima en 6 000 millones EUR, y la financiación procederá de distintas fuentes del sector público (presupuesto de la UE, Estados miembros y contribuciones de la ESA), así como de inversiones del sector privado. En lo que respecta a la financiación de la UE, no menoscaba la aplicación de los componentes espaciales actuales del Reglamento sobre el espacio de la UE, en particular Galileo y Copernicus. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
El CESE considera que en el mundo digital actual, la conectividad espacial es un activo esencial y estratégico para las sociedades modernas. Propicia el poder económico, el liderazgo digital y la soberanía tecnológica, así como la competitividad económica y el progreso social. Al otorgar a los agentes espaciales un papel más destacado, el Programa tiene por objeto garantizar unos datos y unos servicios de alta calidad y seguros en el ámbito espacial, que puedan aportar beneficios socioeconómicos a la ciudadanía y las empresas de Europa, reforzar la seguridad y la autonomía de la Unión y consolidar el papel de esta como líder en el sector espacial, permitiéndole competir con otras economías espaciales líderes y países emergentes activos en el sector espacial. Además, constituye una importante herramienta técnica que favorece la libertad de expresión y la libre circulación de ideas. |
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3.2 |
El CESE considera que una conectividad segura, accesible y asequible es un requisito previo no solo para el funcionamiento de la democracia participativa sino también para la aplicación resiliente de los derechos fundamentales y que, además, brinda la oportunidad de aumentar el empoderamiento de la ciudadanía y la sociedad civil. Los ciudadanos europeos dependen cada vez más de la tecnología, los datos y los servicios espaciales, lo que supone, en particular, cumplir las normas sobre protección de datos personales. Además, el espacio desempeña un papel cada vez más importante en el crecimiento económico, la seguridad y el peso geopolítico de la UE. En este sentido, una conectividad fiable y segura puede considerarse un bien público para los Gobiernos y la ciudadanía. |
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3.3 |
El CESE anima a que se utilice una asociación público-privada como modelo de ejecución adecuado para garantizar la consecución de los objetivos del Programa. La participación directa del sector privado crea un entorno favorable al desarrollo de la banda ancha de alta velocidad y una conectividad sin fisuras en toda Europa. Esto se consigue a través de la eliminación de las zonas muertas de comunicación y la garantía de la cohesión entre los territorios de los Estados miembros, así como ofreciendo conectividad en zonas geográficas de interés estratégico. |
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3.4 |
A través de un proceso de contratación competitivo, la Comisión puede celebrar un contrato de concesión para ofrecer la solución requerida y proteger los intereses de la UE y de los Estados miembros. La participación de la industria a través de una concesión de este tipo debe permitir al socio privado complementar la infraestructura del Programa con capacidades adicionales mediante inversiones propias suplementarias. |
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3.5 |
A este respecto, el CESE subraya que el papel del sector público debe reflejarse adecuadamente en la futura gobernanza del Programa, prestando especial atención a la seguridad de la infraestructura y al control exhaustivo de los costes, el calendario y el rendimiento. La Comisión será la gestora del Programa para el establecimiento y la supervisión de la concesión. La Agencia de la UE para el Programa Espacial se encargará de prestar los servicios gubernamentales, y la Agencia Espacial Europea, de supervisar las actividades de desarrollo y validación. El CESE cree que las pymes también son cruciales para la innovación y el ecosistema en la nueva economía espacial emergente. En este sentido, debe fomentarse activamente el desarrollo de los servicios espaciales de estas empresas, así como su contratación por parte de las autoridades públicas y el sector privado. Esto ayudaría a crear puestos de trabajo, mejorar las competencias tecnológicas e impulsar la competitividad de Europa, lo que reviste cada vez más importancia para la doble transición de la Unión hacia una economía sostenible y digital. De este modo se garantizaría una competencia efectiva y transparente, que refuerce la autonomía tecnológica de la Unión mediante la formulación de requisitos específicos relacionados con la seguridad, la continuidad del servicio y la fiabilidad. |
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3.6 |
El CESE considera que, en el procedimiento de contratación pública, deben elaborarse criterios específicos respecto a la adjudicación de concesiones que garanticen la participación de empresas emergentes y pymes en toda la cadena de valor de la concesión, incentivando así el desarrollo de tecnologías innovadoras y disruptivas. Cuando contratar a proveedores de fuera de la UE pueda plantear problemas desde el punto de vista de la seguridad y la estrategia, deberán establecerse normas de participación adecuadas. |
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3.7 |
El CESE cree que se debe animar a las pymes a que aprovechen las múltiples herramientas de financiación de que dispone la Unión para dinamizar el ecosistema espacial, ya que así contribuirían a crear empleo, mejorar las competencias tecnológicas e impulsar la competitividad industrial de Europa. |
4. Observaciones específicas
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4.1 |
El CESE considera que la soberanía estratégica de la Unión y de los Estados miembros se basa fundamentalmente en la autonomía y la capacidad tecnológicas de la industria europea y en la seguridad de las comunicaciones por satélite, especialmente en un contexto de tensiones geopolíticas crecientes. Por ello, el CESE apoya firmemente las iniciativas destinadas a reforzar la soberanía industrial y tecnológica de los Estados miembros de la Unión. |
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4.2 |
El CESE respalda la propuesta y considera las posibles sinergias entre las actividades gubernamentales y las actividades civiles comerciales como una oportunidad importante desde un punto de vista económico, también en lo que respecta a los servicios adicionales ofrecidos a la ciudadanía europea, en el contexto de un incremento mundial de las inversiones públicas y privadas en actividades espaciales. |
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4.3 |
El CESE subraya la importancia de promover la competitividad y la capacidad de innovación de las industrias del sector espacial en la Unión. Esto contribuirá en gran medida a garantizar el acceso autónomo y asequible de Europa al espacio en los próximos años, al tiempo que ejercerá un impacto positivo esencial y profundo en la competitividad de los modelos de explotación de los lanzadores europeos. |
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4.4 |
El CESE incide en que el Programa debería permitir a los operadores de telecomunicaciones beneficiarse de una mayor capacidad y de servicios fiables y seguros. Además, la dimensión comercial permitiría que los servicios al por menor lleguen a más usuarios privados en toda la UE. |
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4.5 |
En cuanto a la gobernanza del Programa (capítulo V de la propuesta de Reglamento), está claro que las funciones fundamentales las desempeñarán cuatro agentes principales; a saber, la Comisión, la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial (“la Agencia”), los Estados miembros y la Agencia Espacial Europea (ESA). |
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4.6 |
A este respecto, el CESE está firmemente convencido de que es indispensable contar con una clara división de tareas, funciones y responsabilidades, junto con una adecuada coordinación de los distintos agentes, para el correcto funcionamiento del Programa. Por ello, una asignación precisa de responsabilidades con arreglo a las competencias demostradas también debe garantizar la ejecución eficaz del Programa en lo que se refiere a costes y plazos. Asimismo, la gestión eficiente del tráfico espacial es esencial para mejorar la seguridad, dada la creciente cantidad de desechos espaciales. |
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4.7 |
El CESE subraya que la ciberseguridad de las infraestructuras, tanto terrestres como espaciales, es clave para garantizar el funcionamiento y la resiliencia de los sistemas. |
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4.8 |
El CESE destaca que, a fin de velar por la competitividad de la industria espacial europea, el Programa debe apoyar el desarrollo de capacidades avanzadas en los ámbitos relacionados con el espacio, así como las actividades de educación y formación, promoviendo la igualdad de oportunidades, incluida la igualdad de género, para poder explotar todo el potencial de los ciudadanos de la Unión en ese terreno. |
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4.9 |
El CESE subraya que el establecimiento y el perfeccionamiento de las infraestructuras puede requerir la participación de numerosos operadores industriales en varios países, cuyo trabajo ha de coordinarse eficazmente para desarrollar sistemas fiables y plenamente integrados, en particular en el ámbito de la seguridad y la ciberseguridad. |
Bruselas, 24 de junio de 2022.
El Presidente de la Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales
Pietro Francesco DE LOTTO»
(1) Europa cuenta con la segunda mayor industria espacial del mundo, que emplea a más de 231 000 profesionales y cuyo valor se estima entre 53 000 y 62 000 millones EUR (Estudio “Mercado espacial”, Parlamento Europeo, noviembre de 2021).
(2) Iniciativa de infraestructura europea de comunicación cuántica (EuroQCI).
(3) Proyecto de investigación en el ámbito de las comunicaciones por satélite seguras (SatCom) para los agentes gubernamentales de la UE. ENTRUSTED: “European Networking for satellite Telecommunication Roadmap for the governmental Users requiring Secure, inTeroperable, innovativE and standardiseD services” (hoja de ruta para la creación de redes europeas de telecomunicación por satélite para los usuarios gubernamentales que requieran servicios seguros, interoperables, innovadores y normalizados).
(4) Sistema global europeo de navegación por satélite, operativo desde diciembre de 2016, momento en el que empezó a ofrecer servicios a las autoridades públicas, las empresas y la ciudadanía.
(5) Programa de la Unión de observación y vigilancia de la Tierra, que proporciona datos de observación de la Tierra y es utilizado por proveedores de servicios, autoridades públicas y organizaciones internacionales.
(6) “Empresas emergentes espaciales para la innovación” (CASSINI) es la iniciativa de emprendimiento espacial de la Comisión Europea, cuyo principal objetivo es apoyar, con un conjunto de herramientas y financiación, a las empresas emergentes y las pymes en las diferentes fases de su crecimiento.
(7) Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE) (DO L 108 de 25.4.2007, p. 1).
(8) Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público (DO L 172 de 26.6.2019, p. 56).
(9) Con dieciocho satélites actualmente en órbita y más de treinta previstos en los próximos diez o quince años, la UE también es el mayor cliente institucional de servicios de lanzamiento en Europa. Los lanzadores son el segundo sector de actividad de fabricación espacial en Europa, después de los satélites comerciales, lo que impulsa la industria europea. La Comisión agrupará las necesidades de servicios de lanzamiento de los programas de la UE y actuará como cliente inteligente de soluciones europeas de lanzamiento fiables y rentables. Resulta fundamental que la UE siga disponiendo de infraestructuras de lanzamiento modernas, eficientes y flexibles.
(10) En junio de 2019 los Estados miembros firmaron la Declaración de la infraestructura europea de comunicación cuántica (EuroQCI), en la que acordaron trabajar juntos, con la Comisión y con el apoyo de la Agencia Espacial Europea (ESA), en pro del desarrollo de una infraestructura de comunicación cuántica que abarque toda la UE.
(11) COM(2021) 70 final.
(12) La UE adoptó el componente Govsatcom del Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, a fin de garantizar la disponibilidad a largo plazo de unos servicios de comunicación por satélite fiables, seguros y rentables para los usuarios de Govsatcom. Según el Reglamento (UE) 2021/696, en una primera fase del componente Govsatcom, aproximadamente hasta 2025, se utilizarían las capacidades existentes. En este contexto, la Comisión debe adquirir capacidades para la iniciativa europea Govsatcom de los Estados miembros que dispongan de sistemas y capacidades espaciales nacionales y de proveedores comerciales de comunicaciones o servicios por satélite, teniendo en cuenta los intereses de seguridad esenciales de la Unión.
(13) En efecto, la iniciativa Govsatcom es un activo estratégico estrechamente vinculado a la seguridad nacional utilizado por la mayoría de los Estados miembros. Los usuarios públicos tienden a favorecer las soluciones de titularidad pública (entre los propietarios de servicios públicos de comunicación por satélite figuran Francia, Alemania, Grecia, Italia, Luxemburgo y España) o público-privadas (como Satcom BW de Alemania o GovSat de Luxemburgo), o hacen uso de proveedores privados acreditados específicos. La comunicación gubernamental por satélite (Govsatcom) se identificó ya en 2013 (Conclusiones del Consejo Europeo de 19 y 20 de diciembre de 2013) como un ámbito prometedor, con la posibilidad de contribuir de manera tangible a la consecución de los objetivos de una Unión Europea fuerte, segura y resiliente. Actualmente es parte integrante de la estrategia espacial para Europa [Estrategia Espacial para Europa, COM(2016) 705 final], del plan de acción europeo en materia de defensa [Plan de Acción Europeo de la Defensa, COM(2016) 950 final] y de la Estrategia Global de la Unión Europea.
(14) La baja latencia se refiere a un retardo mínimo en el procesamiento de los datos informáticos a través de una conexión de red. Cuanto menor sea la latencia de procesamiento, más se acercará al acceso en tiempo real. Una conexión de red de baja latencia es aquella que registra tiempos de retardo muy cortos.
(15) Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo. Resultados de la evaluación intermedia del programa ISA (soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas europeas), 23 de septiembre de 2019, COM (2019) 615 final.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/185 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan REPowerEU
[COM(2022) 230 final]
y sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241 en lo relativo a los capítulos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia y se modifican el Reglamento (UE) 2021/1060, el Reglamento (UE) 2021/2115, la Directiva 2003/87/CE y la Decisión (UE) 2015/1814
[COM(2022) 231 final — 2022/0164(COD)]
(2022/C 486/25)
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Ponente: |
Stefan BACK Thomas KATTNIG Lutz RIBBE |
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Consulta |
Parlamento Europeo, 6.6.2022 Consejo Europeo, 3.6.2022 Comisión Europea, 28.6.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 194, apartado 2, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Decisión de la Asamblea |
21.9.2022 |
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Sección competente |
Sección de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en sección |
7.9.2022 |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
220/01/07 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
Antes de entrar en el contenido del documento de la Comisión, el CESE, en su calidad de representante de la sociedad civil, que se ve excesivamente afectada por los espectaculares aumentos de precios actuales, señala que muchos de los problemas que deben resolverse ahora podrían haberse evitado, o al menos limitado, si se hubiera reducido la dependencia de las importaciones de energía, como propuso la Comisión en los últimos años. El CESE recuerda las afirmaciones contenidas en la Estrategia Europea de Seguridad Energética de 2014 y en la Estrategia de la Unión de la Energía de 2015, según las cuales la UE sigue siendo vulnerable a las perturbaciones energéticas externas y se pide a los responsables políticos a escala nacional y de la UE que aclaren a los ciudadanos las decisiones que se toman para reducir nuestra dependencia de determinados combustibles, proveedores de energía y rutas de suministro. Sin embargo, la mayoría de los políticos y grandes sectores de nuestra sociedad quedaron cegados por el suministro barato de combustibles fósiles y no aplicaron ninguna política de precaución. La situación actual es la consecuencia de esa negligencia. El CESE lamenta que haya sido la guerra en Ucrania y las consiguientes distorsiones en el suministro energético ruso lo que haya atraído la atención sobre esta cuestión básica de seguridad energética y haya puesto en marcha las medidas propuestas en el plan REPowerEU para garantizar la independencia de la importación de energía rusa. |
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1.2 |
El CESE acoge con satisfacción el objetivo del plan REPowerEU de hacer que la UE sea independiente del suministro de gas y petróleo rusos, y está de acuerdo con el enfoque de cuatro pilares centrado en el ahorro de energía, la diversificación de las importaciones de gas, la sustitución de los combustibles fósiles mediante la aceleración de la transición a energías renovables y soluciones de financiación. El CESE toma nota de la distinción entre medidas a corto y medio plazo. |
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1.3 |
El CESE subraya la necesidad de garantizar la seguridad del suministro a un coste «tan barato como sea posible» tanto para los consumidores como para la industria, y señala que un suministro energético basado esencialmente en energías renovables europeas y en fuentes de energía con bajas emisiones de carbono contribuiría significativamente a una mejor seguridad energética. |
|
1.4 |
En este contexto, el CESE llama la atención sobre las posibilidades de apoyo que ofrecen el Fondo Social para el Clima previsto y, por lo que respecta a las empresas, las directrices temporales sobre ayudas estatales en caso de crisis. El objetivo debe ser facilitar la transición. |
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1.5 |
El CESE considera que el nivel de esfuerzo del plan debe considerarse adecuado, teniendo en cuenta la urgencia de la situación del suministro, por lo que está de acuerdo con la necesidad de flexibilidad en el uso transitorio de combustibles fósiles y con bajas emisiones de carbono, del carbón y de la energía nuclear. Este período debe ser lo más breve posible, no debe dar lugar a nuevas dependencias y no debe ir contra los esfuerzos por lograr la neutralidad climática lo antes posible, a más tardar en 2050, teniendo en cuenta que sigue abierta la cuestión del estatuto de la energía nuclear, que actualmente se deja al criterio de cada Estado miembro. |
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1.6 |
Habida cuenta de la urgencia de la situación y del riesgo de perturbaciones imprevistas en el suministro energético ruso, el CESE considera importante disponer de medidas que puedan aplicarse inmediatamente, en particular un gran ahorro energético, respaldadas por acuerdos de asociación y la pronta aplicación de nuevas iniciativas. El CESE llama la atención sobre el riesgo de que los efectos económicos y sociales combinados de la crisis actual pongan bajo presión el sistema democrático, a menos que se encuentren soluciones adecuadas. |
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1.7 |
El CESE apoya la propuesta de aumentar el objetivo de eficiencia energética del 9 % propuesto en el paquete de medidas «Objetivo 55» al 14 % para 2030, y los esfuerzos generales de ahorro de gas estimados en un 30 % para 2030. El CESE también acoge con satisfacción el Reglamento del Consejo recientemente adoptado sobre una reducción coordinada del 15 % del consumo de gas durante el invierno de 2022-2023, y subraya que la capacidad de ahorro varía de un Estado miembro a otro. El aumento del nivel de las nuevas propuestas también demuestra que ha sido la urgencia causada por la guerra en Ucrania la que ha provocado el nuevo nivel de ambición. El CESE apoya especialmente las medidas tempranas de ahorro energético, como el ahorro de energía a través de usuarios individuales, iniciadas por la Comisión en colaboración con la AIE, las medidas impulsadas por el mercado, como subastas inversas, y las medidas de respuesta a la demanda. |
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1.8 |
El CESE también insta a los colegisladores a que atiendan la petición de la Comisión de incluir el objetivo de ahorro energético mejorado que propuso como parte del plan en el paquete de medidas «Objetivo 55» para ganar tiempo, algo esencial en la situación actual. |
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1.9 |
En cuanto a la diversificación de las importaciones, el CESE llama la atención sobre las perspectivas que ofrecen las compras conjuntas voluntarias a través de la Plataforma Energética de la UE y las nuevas asociaciones energéticas, que son opciones que pueden aplicarse inmediatamente. No obstante, el CESE pide a la Comisión que desarrolle una estrategia geopolítica de importación de energía, teniendo también en cuenta las necesidades energéticas y climáticas urgentes, antes de celebrar asociaciones con países no democráticos o políticamente inestables. |
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1.10 |
El CESE apoya el aumento de la cuota de energías renovables en la combinación energética de la UE y apoya firmemente la petición de la Comisión de incluir la cuota del 45 % propuesta en el plan en el paquete de medidas «Objetivo 55». |
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1.11 |
Para alcanzar estos objetivos más ambiciosos, es necesario importar una serie de equipos técnicos, ya que la UE ya no dispone de capacidades de producción. Por ejemplo, los paneles solares se importan principalmente de China. Así pues, las energías fósiles no solo dependen de las importaciones, sino también de los equipos necesarios. El CESE pide a todos los responsables políticos que promuevan masivamente la expansión de los centros de producción de equipos de energías renovables en Europa, incluido el almacenamiento en baterías. La Alianza de la Industria Solar de la UE podría considerarse un primer paso. |
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1.12 |
Sin embargo, son necesarias inversiones masivas para aumentar la cuota de energías renovables en la combinación energética de la UE. Dicho esto, el porcentaje de inversión pública en investigación y desarrollo de tecnologías de descarbonización es menor en la UE que en otras grandes economías, lo que pone en peligro la competitividad de la UE en tecnologías futuras esenciales. El CESE señala que la transición ecológica y la seguridad del suministro necesitan la combinación adecuada de energías renovables para la electrificación y para que la producción de hidrógeno verde funcione, para que se desarrollen tecnologías de almacenamiento y se aprovechen plenamente las oportunidades que ofrece la digitalización. Por lo tanto, sigue existiendo una necesidad importante de inversión en investigación y desarrollo. |
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1.13 |
El CESE subraya el valor añadido de las propuestas relativas a los procedimientos rápidos de concesión de permisos para proyectos de energías renovables y a la definición de las denominadas «zonas propicias» para tales proyectos. Asimismo, el CESE subraya el valor añadido de seguir las recomendaciones para aplicar estos principios en una fase temprana. |
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1.14 |
En este contexto, el CESE llama la atención sobre la importancia de la producción nacional de energías renovables, incluido el hidrógeno, pero también subraya que algunas de las energías renovables prioritarias, como el mismo hidrógeno, pueden no estar disponibles inmediatamente en cantidad suficiente o a precios asequibles. Para poder prescindir a medio plazo de las soluciones de transición expuestas en el punto 1.3 es importante diseñar una política europea de descarbonización que preste especial atención a los sectores con dificultades para reducir emisiones (industrias dependientes de un alto nivel de calor, pero también los inquilinos de edificios de apartamentos y el transporte). Ya se dispone de instrumentos adecuados (por ejemplo, contratos por diferencias para el carbono y autoconsumo colectivo). Estos instrumentos deben utilizarse lo más rápidamente posible teniendo en cuenta los efectos sociales y la necesidad de garantizar la competitividad internacional de las empresas. |
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1.15 |
En cuanto al potencial de desarrollo de las energías renovables, el CESE llama la atención sobre el potencial del autoconsumo, las comunidades de energías renovables y el uso compartido de la energía, que están reflejados en el plan, pero desgraciadamente sin explicar cómo deben eliminarse los obstáculos que les afectan. |
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1.16 |
El CESE también subraya la importancia de los modelos de comportamiento y las tradiciones nacionales que influyen en las decisiones relativas a las combinaciones energéticas sostenibles. El CESE apoya un mayor uso de los recursos disponibles para el desarrollo de las energías renovables. Habida cuenta de las divergencias entre las opciones nacionales, debe fomentarse la versatilidad y, por lo tanto, debe utilizarse una amplia variedad de fuentes de energía renovables y con bajas emisiones de carbono que se adapten económica y ecológicamente a un nuevo sistema energético basado principalmente en fuentes de energía europeas. El CESE toma nota de que por el momento sigue abierta la cuestión del estatuto de la energía nuclear, que en la actualidad se deja al criterio de cada Estado miembro. |
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1.17 |
El CESE está de acuerdo en que las energías renovables y sus redes de almacenamiento y distribución deben considerarse de interés público superior, pero habría deseado que se explicaran mejor las consecuencias concretas que esto conlleva. En dictámenes anteriores, el CESE ya ha señalado el elevado potencial de los vehículos eléctricos como «almacenamiento estratégico de electricidad». Lamentablemente, el plan tampoco aborda esta cuestión. |
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1.18 |
En cuanto a la inversión, el CESE señala la necesidad de centrarse más en los posibles efectos positivos sobre el empleo y las economías regionales, así como en la importancia de vincular los aspectos relacionados con la energía y el clima con la cohesión social y regional. |
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1.19 |
El CESE lamenta que el plan no aborde adecuadamente la refinanciación de la financiación pública, que podría actuar como capital inicial para atraer inversión privada en independencia energética. Una posibilidad podría ser un impuesto específico sobre los denominados «beneficios inesperados» derivados de los elevados precios del petróleo y del gas. El CESE toma nota del carácter sensible de esta medida, dada la necesidad de evitar desincentivar la inversión en fuentes de energía renovables e hipocarbónicas. |
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1.20 |
Si bien el reciente Reglamento del Consejo sobre medidas coordinadas de reducción de la demanda de gas y la Comunicación que la acompaña titulada «Ahorrar gas para un invierno seguro» constituyen un paso en la dirección correcta para mejorar la preparación frente a las crisis, el CESE desearía ver un marco de crisis más general adecuado para hacer frente a una crisis de la magnitud que hoy tiene la UE debido a la guerra en Ucrania. |
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1.21 |
El CESE toma nota de las recientes observaciones de la presidenta de la Comisión sobre la inadecuación de la estructura actual del mercado de la energía de la UE y la necesidad de reformar el mercado de la electricidad. El CESE acoge favorablemente la intención de explorar opciones para optimizar el mercado de la electricidad, pero subraya que cualquier propuesta debe ir precedida de una evaluación de impacto exhaustiva. |
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1.22 |
El plan, que en cualquier caso requerirá recursos sustanciales, será muy difícil de financiar dentro del marco financiero actual. A este respecto, el CESE subraya la importancia de introducir una regla de oro para las inversiones en el comportamiento socioecológico de nuestra sociedad (1). |
2. Contexto general
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2.1 |
En su plan REPowerEU (2), la Comisión Europea propone un conjunto exhaustivo de medidas encaminadas a reducir la dependencia de la UE de los combustibles fósiles rusos mediante la aceleración de la transición limpia, así como a aunar fuerzas para lograr un sistema energético más resiliente y una auténtica Unión de la Energía. El plan consta de cuatro pilares. |
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2.2 |
El primer pilar es el ahorro de energía: una reducción adicional del 5 % en el consumo de energía de aquí a 2030, añadida al 9 % propuesto en el paquete de medidas «Objetivo 55» mediante la mejora de la eficiencia energética (3). En cuanto al consumo de gas, dicho paquete dará lugar a una disminución global del 30 % de aquí a 2030. La Comisión ha pedido a los colegisladores que incluyan esta propuesta en el paquete de medidas «Objetivo 55» antes de su adopción. Como medida inmediata a corto plazo, la Comisión pondrá en marcha una campaña de ahorro de energía con la Agencia Internacional de la Energía (AIE) orientada a las decisiones de particulares y empresas con la propuesta de que los Estados miembros hagan pleno uso de las herramientas disponibles, incluida la mejora de la aplicación de los planes nacionales integrados de energía y clima y su actualización (4). El CESE toma nota de la reciente adopción de un Reglamento del Consejo por el que se establece una reducción colectiva del 15 % del consumo de gas durante el invierno de 2022-2023 sobre la base del consumo medio de los últimos cinco años (5). El Reglamento va acompañado de una Comunicación con propuestas para su aplicación (6). |
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2.3 |
El segundo pilar pretende reducir la dependencia del gas ruso en dos tercios de aquí a finales del presente año y eliminarla en 2027 mediante la diversificación de las importaciones de gas: importaciones de GNL (+50 000 millones de m3) procedentes de los Estados Unidos, Egipto, Israel y los países del África subsahariana e importaciones a través de gasoductos de proveedores no rusos (+10 000 millones de m3). Además, la Plataforma Energética de la UE, creada en abril, agrupará la demanda, facilitará la adquisición común voluntaria, optimizará el uso de la infraestructura de gas y establecerá alianzas internacionales a largo plazo. Se aumentará la producción de gas natural en la Unión y, a medio plazo, se implantarán alternativas como el biometano y el hidrógeno renovable. La diversificación también incluye el combustible nuclear, para el que algunos Estados miembros dependen actualmente de fuentes rusas. |
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2.4 |
El tercer pilar propone sustituir los combustibles fósiles y acelerar la transición de Europa a energías limpias: en primer lugar, el objetivo de la Directiva sobre fuentes de energía renovables se incrementa del 40 al 45 % de aquí a 2030. Se centra en tecnologías fundamentales como la solar (objetivo de más de 320 GW de capacidad solar fotovoltaica instalada de aquí a 2025, el doble de la capacidad instalada en 2022, y 600GW de aquí a 2030; estrategia de la UE en materia de energía solar, nueva Iniciativa europea sobre tejados solares), la eólica (agilización de los permisos, por ejemplo a través de las denominadas «zonas propicias»), la duplicación de la implantación de bombas de calor hasta alcanzar los diez millones de unidades en los próximos cinco años y los electrolizadores. Se pide a los colegisladores que coordinen los subobjetivos relativos a los combustibles renovables de origen no biológico en el marco de la DFER (75 % industria, 5 % transporte), que fomenten el hidrógeno duplicando el número de «valles de hidrógeno» y que finalicen la evaluación de los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE) sobre H2 de aquí al verano con el fin de construir la infraestructura respectiva para producir, importar y transportar veinte millones de toneladas de H2 de aquí a 2030 (7). Deben establecerse nuevas asociaciones en materia de hidrógeno (con el Mediterráneo, Ucrania). La producción de biometano se aumentará a 35 000 millones de m3 en 2030. La reconversión de las instalaciones de biogás existentes requerirá inversiones por valor de 37 000 millones EUR durante ese período. Para impulsar la electrificación y el despliegue de H2 en la industria, la Comisión se servirá de los contratos por diferencias para el carbono y de las ventanas específicas del plan REPowerEU en el marco del Fondo de Innovación y la creación de la Alianza de la Industria Solar de la UE. También se presta atención a la biomasa y a los residuos agrícolas y forestales. La Comisión· pide a los colegisladores que adopten rápidamente las propuestas pendientes sobre combustibles alternativos y otros expedientes relacionados con el transporte que respalden la movilidad ecológica. Está previsto acordar la iniciativa sobre ecologización del transporte de mercancías en 2023. La Comisión señala la necesidad de acelerar los procedimientos de autorización también mediante la pronta aplicación de las propuestas pendientes. |
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2.5 |
El último pilar aborda las inversiones inteligentes: son necesarios otros 210 000 millones EUR de aquí a 2027, además de las necesidades del paquete de medidas «Objetivo 55». La financiación del GNL y del gas de gasoducto procedente de otros proveedores requiere 10 000 millones EUR de aquí a 2030. Se necesitan otros 29 000 millones EUR de inversiones en la red eléctrica de aquí a 2030. Para ayudar a financiar estas inversiones, la Comisión se centra en los planes de recuperación y resiliencia, la subasta de certificados del sistema de comercio de derechos de emisión, los fondos de la política de cohesión, la política agrícola común, el Mecanismo «Conectar Europa», el programa InvestEU, el Fondo de Innovación y diversas medidas fiscales. |
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2.6 |
La Comisión ha presentado un Reglamento por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Decisión (UE) 2015/1814, la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) 2021/1060, con el fin de propiciar el uso del Mecanismo para lograr los objetivos del plan REPowerEU. |
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2.7 |
En general, puede ser necesario seguir utilizando petróleo, otros combustibles fósiles y carbón durante un período transitorio. La energía nuclear también estará presente. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
Antes de entrar en el contenido del documento de la Comisión, el CESE, en su calidad de representante de la sociedad civil, que se ve excesivamente afectada por los espectaculares aumentos de precios actuales, señala que muchos de los problemas que deben resolverse ahora podrían haberse evitado, o al menos limitado, si se hubiera reducido la dependencia de las importaciones de energía, como propuso la Comisión en los últimos años. El CESE recuerda las afirmaciones contenidas en la Estrategia Europea de Seguridad Energética de 2014 y en la Estrategia de la Unión de la Energía de 2015, según las cuales la UE sigue siendo vulnerable a las perturbaciones energéticas externas y se pide a los responsables políticos a escala nacional y de la UE que aclaren a los ciudadanos las decisiones que se toman para reducir nuestra dependencia de determinados combustibles, proveedores de energía y rutas de suministro. Sin embargo, la mayoría de los políticos y grandes sectores de nuestra sociedad quedaron cegados por el suministro barato de combustibles fósiles y no aplicaron ninguna política de precaución. La situación actual es la consecuencia de esa negligencia. El CESE lamenta que haya sido la guerra en Ucrania y las consiguientes distorsiones en el suministro energético ruso lo que haya atraído la atención sobre esta cuestión básica de seguridad energética y haya puesto en marcha las medidas propuestas en el plan REPowerEU para garantizar la independencia de la importación de energía rusa. |
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3.2 |
Uno de los efectos de las atrocidades cometidas por Rusia contra el pueblo ucraniano son las sanciones contra las importaciones de petróleo y gas ruso y los recortes en las exportaciones rusas de energía a algunos Estados miembros de la UE. Por tanto, es necesario reducir rápidamente las importaciones de energía de Rusia. El CESE apoya plenamente todas las iniciativas que persigan este objetivo. La finalidad debe ser eliminar gradualmente todas las importaciones de energía procedentes de Rusia lo antes posible, idealmente durante los próximos tres años. |
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3.3 |
Por lo tanto, en principio el CESE apoya plenamente el plan REPowerEU, ya que establece el objetivo adecuado: poner fin a la dependencia de Europa de las importaciones de energía rusa lo antes posible, incluido un conjunto adecuado de medidas a corto y medio plazo para promover este objetivo. |
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3.4 |
La situación es muy dramática, especialmente en la perspectiva internacional. Mientras Europa importe gas y petróleo de Rusia, contribuirá a la guerra de agresión de Putin. Europa necesita gas ruso para mantener su industria en funcionamiento y calentar los hogares de los ciudadanos de la UE: la posición diplomática de la Unión queda debilitada. Mientras Rusia pueda utilizar el suministro que concede a Europa para manipular los precios al por mayor del gas, los ciudadanos y la industria europeos sufrirán unos precios elevados y cabe temer repercusiones económicas fundamentales en caso de que el suministro de gas ruso se corte por completo. Por tanto, la situación actual tiene efectos negativos tanto en los precios como en la seguridad del suministro y empresas y consumidores se convierten en rehenes. De hecho, algunas empresas ya se han visto obligadas a restringir o detener la producción debido a los elevados precios de la energía, con un efecto negativo también en el empleo. Al mismo tiempo, los hogares a menudo no saben cómo pagar sus facturas de energía. Esta situación compleja también ejerce una presión sobre el sistema democrático de la UE y debe resolverse lo antes posible. |
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3.5 |
Cabe preguntarse si el plan REPowerEU es suficientemente ambicioso. El esfuerzo debe considerarse adecuado, teniendo en cuenta que el principal objetivo es eliminar progresivamente la dependencia de las importaciones de gas y petróleo rusos y alcanzar la independencia energética de la UE con respecto a Rusia, fundamentalmente aumentando la cuota de energías renovables, mejorando la eficiencia energética y utilizando importaciones alternativas, pero también, en caso necesario, recurriendo a energías fósiles, hipocarbónicas y al carbón como soluciones transitorias durante un período muy breve. Sin embargo, cabe preguntarse si Europa —especialmente los Estados miembros— está haciendo todo lo posible para poner fin al suministro de gas ruso lo antes posible. Teniendo en cuenta únicamente REPowerEU, y considerando lo que sabemos hasta la fecha sobre los resultados del proceso legislativo relativo al paquete de medidas «Objetivo 55», no parece que la respuesta a tales preguntas deba ser afirmativa. |
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3.6 |
Solo dos opciones plenamente convincentes contribuirán de manera inmediata a sustituir el gas natural a largo plazo y estarán plenamente en consonancia con los fines estratégicos del paquete de medidas «Objetivo 55»: la implantación a gran escala de las energías renovables y una drástica reducción de la demanda. |
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3.7 |
Debido al coste y al tiempo necesarios para desarrollar las principales soluciones a medio y largo plazo, el CESE subraya la importancia de las medidas que pueden aplicarse inmediatamente, como las decisiones de los particulares y las empresas, las compras comunes voluntarias a través de la Plataforma Energética de la UE, la creación de nuevas asociaciones energéticas con apoyos fiables, el almacenamiento de gas, siguiendo las recomendaciones para la rápida aplicación de procedimientos de autorización rápida, la introducción de «zonas propicias» y el aumento de la producción de biometanol. Los colegisladores podrían llevar a cabo inmediatamente la petición de la Comisión de incluir en el paquete de medidas «Objetivo 55» los objetivos de aumentar los niveles de energías renovables del 40 al 45 %, aumentar la eficiencia energética en un 5 % adicional y mejorar la eficiencia energética de los edificios, que están establecidos en propuestas separadas. Los colegisladores también podrían dar curso a la solicitud de adoptar rápidamente las propuestas pertinentes. |
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3.8 |
El CESE también acoge favorablemente el reciente Reglamento del Consejo sobre la reducción coordinada del consumo de gas durante el invierno de 2022-2023. |
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3.9 |
Dada la extrema urgencia de la situación, el CESE también apoya la manera en que el plan REPowerEU responde a la posible necesidad de recurrir a combustibles fósiles y con bajas emisiones de carbono y al carbón durante un período de transición, que debe ser lo más breve posible para evitar agotar estas fuentes. El CESE también valora positivamente que, hasta ahora, la cuestión de la energía nuclear se deje al criterio de cada Estado miembro. |
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3.10 |
El CESE acoge favorablemente la creación de un Fondo Social para el Clima con el fin de atenuar los efectos económicos y sociales negativos y proporcionar financiación a los Estados miembros para respaldar sus medidas dirigidas a abordar el impacto social de este comercio de derechos de emisión en los hogares con menos recursos económicos, las microempresas y los usuarios del transporte por carretera. Al mismo tiempo, el CESE señala que la dotación financiera propuesta para el Fondo Social para el Clima no prestará apoyo financiero suficiente para abordar de manera responsable las repercusiones socioeconómicas que se producirán en el curso del cumplimiento de los objetivos climáticos y de movilidad. Por consiguiente, se necesita un presupuesto elevado en consonancia. El CESE también señala que los Estados miembros difieren en cuanto a la capacidad para atraer y gestionar fondos privados. |
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3.11 |
Los Estados miembros también deben apoyar a los ciudadanos y, en particular, a los hogares con menos recursos, tanto a corto plazo, para los dos próximos inviernos, como a largo plazo. |
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3.12 |
Por lo que se refiere al ahorro de energía, la Comisión se propone alcanzar una reducción inmediata del 5 % en el consumo de gas (unos 13 000 millones de m3) y de petróleo (unos 16 millones de toneladas). Estas cifran distan mucho de ser ambiciosas y no corresponden a la dimensión de la crisis desencadenada por la guerra contra Ucrania. Sin embargo, la realidad política es que el Consejo de Energía de 27 de junio de 2022 aceptó el nivel de reducción del 9 % propuesto por la Comisión en 2021, sin prestar atención a las propuestas del plan REPowerEU de incluir la propuesta en el paquete «Objetivo 55». |
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3.13 |
En Alemania, ya entre enero y mayo de 2022, el consumo de gas se redujo casi un 15 % (8), aunque, según diversos estudios de mercado, los consumidores residenciales podrían ahorrar incluso más. Esto demuestra claramente que la situación y la voluntad o capacidad de actuación pueden ser muy diferentes en los distintos Estados miembros y que posiblemente sean las medidas que dejan un margen de actuación las que tengan mayores posibilidades de éxito, como demuestra el Reglamento del Consejo sobre medidas coordinadas de reducción de la demanda de gas, adoptado el 26 de julio de 2022, que también tiene debidamente en cuenta las necesidades de la industria. |
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3.14 |
Las campañas energéticas no deben reducirse a llamamientos a favor del ahorro de energía, sino que deben incluir medidas que ejerzan un impacto directo, como las subastas inversas, que consisten en que una autoridad central —ya sea la autoridad reguladora o el gestor de red— organiza una licitación para los consumidores industriales que pueden presentar su oferta respecto a una reducción voluntaria del gas en función de sus costes específicos. Esto podría facilitar la consecución de los respectivos niveles de llenado de almacenamiento de gas y hacer más probable que, en un escenario sin suministro de gas ruso, la UE pasara el invierno sin padecer demasiados daños sociales y económicos. El CESE llama la atención sobre el potencial de la respuesta a la demanda como medio para reducir la demanda. |
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3.15 |
En lo que atañe a las energías renovables, el objetivo general establecido por la Comisión de un nivel mejorado del 45 % respecto a este tipo de fuentes de energía, en lugar del 40 % propuesto en 2021, parece haber quedado hasta la fecha desatendido, al menos por el Consejo de Energía de 27 de junio de 2022, a pesar de la petición de la Comisión de incluirlo en el paquete de medidas «Objetivo 55». El CESE lamenta esta situación, ya que retrasa el efecto del cambio deseado. No obstante, el CESE acoge con satisfacción la propuesta separada presentada en mayo de 2022 de acelerar los procedimientos de autorización para los proyectos de energías renovables e introducir «zonas propicias» específicas para tales proyectos con el fin de eliminar un obstáculo importante al rápido despliegue de las energías renovables, en particular proyectos de energía solar y eólica. Por lo tanto, el CESE también acoge favorablemente como tal la recomendación formulada en la Comunicación REPowerEU de que los procedimientos de autorización rápidos y las «zonas propicias» se implanten inmediatamente, a la espera de la aceptación de la propuesta de la Comisión. |
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3.16 |
Con el fin de alcanzar estos objetivos más ambiciosos, será necesario importar una serie de equipos tecnológicos, ya que la UE ya no tiene capacidades de producción: por ejemplo, los paneles solares se importan principalmente de China. Así pues, las energías fósiles no solo dependen de las importaciones, sino también de los equipos necesarios. El CESE pide a todos los responsables políticos que promuevan masivamente la expansión de los centros de producción de equipos de energías renovables en Europa. La Alianza de la Industria Solar de la UE podría considerarse un primer paso. |
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3.17 |
Sin embargo, son necesarias inversiones masivas para aumentar la cuota de energías renovables en la combinación energética de la UE. Dicho esto, el porcentaje de inversión pública en investigación y desarrollo de tecnologías de descarbonización es menor en la UE que en otras grandes economías, lo que pone en peligro la competitividad de la UE en tecnologías futuras esenciales. El CESE señala que la transición ecológica y la seguridad del suministro necesitan la combinación adecuada de energías renovables para la electrificación y la producción de hidrógeno verde, el desarrollo de tecnologías de almacenamiento y el pleno aprovechamiento de las oportunidades que ofrece la digitalización, implantando finalmente conceptos como las centrales eléctricas virtuales. Por lo tanto, sigue existiendo una necesidad importante de inversión en investigación y desarrollo. |
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3.18 |
Conceptos como el autoconsumo, las comunidades de energías renovables y el reparto de energía, reconocidos ampliamente en el paquete de medidas sobre energía limpia y que el CESE siempre ha apoyado, son importantes para la implantación de las fuentes de energía renovables. Habrá que cubrir inversiones masivas. Los ciudadanos estarán dispuestos a invertir en consumo propio o comunitario si entienden que esto también les beneficia. Deben sentirse alentados en lugar de disuadidos, lo que sigue ocurriendo en muchos Estados miembros. La estrategia solar de la UE asociada al plan REPowerEU lo reconoce y replica en este sentido la DFER II sin detallar cómo obligar a los Estados miembros a suprimir finalmente los obstáculos correspondientes. |
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3.19 |
Definir las energías renovables y su almacenamiento como de interés público superior tiene sentido, pero las consecuencias directas siguen sin estar claras. La red de distribución que conecta las instalaciones respectivas con el consumidor también debe ser reconocida como de interés público superior. |
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3.20 |
Incluso con mejoras generalizadas en la reducción de la demanda energética (véanse los apartados 3.7 a 3.9) y la implantación de energías renovables (véanse los apartados 3.10 a 3.12), resulta evidente que la UE no podrá alcanzar la autarquía energética ni a corto ni a medio plazo. Tal autarquía parece posible a largo plazo, pero si se desea o no sigue siendo una cuestión abierta al debate. La mala experiencia con la dependencia rusa requiere un enfoque bien meditado para decidir con qué países/regiones conviene asociarse en el futuro. Si bien la urgencia requiere decisiones rápidas con respecto a las importaciones de GNL y H2 (ecológico), las decisiones vinculantes para mucho tiempo deben evitarse si no media un análisis de riesgo exhaustivo. El CESE pide a la Comisión que formule una estrategia geopolítica de importación de energía antes de proponer alianzas energéticas con países no democráticos o políticamente inestables, teniendo en cuenta la mitigación del cambio climático y las urgencias en materia de energía. |
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3.21 |
El GNL parece una solución para muchos Estados miembros, pero su huella de CO2 hace que sea una tecnología «puente» y ese puente debe ser lo más corto posible. En los próximos veinte años, toda la infraestructura de GNL de nueva construcción deberá retirarse o habilitarse para transportar y distribuir H2 ecológico. Esto debe constituir un principio fundamental para todas las decisiones de inversión que se adopten en los próximos meses. La preparación para el H2 se utiliza a menudo como clasificación, pero en realidad su significado no está nada claro. Como en el caso de la definición de H2 ecológico en el acto delegado correspondiente, la Comisión debe definir la preparación para el H2, con el fin de combinar la seguridad de la inversión con un objetivo climático claro. La taxonomía debe modificarse en consecuencia. |
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3.22 |
Esto muestra la importancia de tener en cuenta las pautas de conducta y los enfoques nacionales a la hora de considerar las combinaciones energéticas sostenibles. El CESE señala que la Comisión menciona brevemente el papel de la energía nuclear en su plan REPowerEU, teniendo en cuenta que esta opción es responsabilidad exclusiva de los Estados miembros. El CESE apoya un mayor uso de los recursos disponibles en la UE, incluida, con carácter prioritario, como propone la Comisión, una expansión rápida y masiva de las energías renovables. Las opciones de producción de energía versátil contribuyen a la seguridad del abastecimiento energético. Por lo tanto, además de la energía eólica y solar, debe utilizarse la variedad de fuentes de energía con bajas emisiones de carbono que encajan en un nuevo sistema energético basado principalmente en la fluctuación de las fuentes de energía europeas. |
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3.23 |
El pilar de las inversiones inteligentes permite establecer las prioridades correctas. No obstante, el CESE reitera que, con el enfoque correcto, una estructura de suministro de energía sin emisiones de carbono, descentralizada y digitalizada puede tener enormes efectos positivos en el empleo y en las economías regionales (véase el Dictamen TEN/660). En la crisis actual, la Unión Europea necesita un enfoque energético general que combine los temas específicos relacionados con la energía y el clima con los objetivos de la política de cohesión social y regional. De este aspecto se hace caso omiso en la Estrategia Solar que la Comisión presentó junto con el plan REPowerEU. |
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3.24 |
La Comisión señala acertadamente que las inversiones públicas pueden y deben activar el dinero privado. Sin embargo, el plan REPowerEU no aborda la refinanciación de los respectivos fondos públicos. La supresión de los subsidios a los recursos fósiles constituiría un enfoque para organizarla; la imposición de los beneficios imprevistos, que tienen su origen en la importante crisis del petróleo y el gas y encuentran su expresión en enormes beneficios adicionales, especialmente para las grandes compañías petroleras, sería otro. El CESE propone que estos beneficios se reduzcan mediante impuestos y se transfieran como compensación financiera a los consumidores de energía, por ejemplo, hogares financieramente más vulnerables o empresas intensivas en energía, y se utilicen para la expansión de la producción de energía renovable y la necesaria infraestructura de red, especialmente porque estas medidas ya se están debatiendo o aplicando en algunos Estados miembros. El CESE considera que, para no disuadir a las empresas energéticas de invertir en soluciones hipocarbónicas, este tipo de imposición debería definirse como sensible. El CESE pide a la Comisión que proponga las medidas correspondientes sin más demora. |
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3.25 |
En consonancia con la probable utilidad de promover soluciones adaptadas a las circunstancias locales, el CESE apoya plenamente la propuesta de la Comisión de utilizar los planes de recuperación y resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para contribuir a la ejecución del plan REPowerEU. |
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3.26 |
El plan, que en cualquier caso requerirá recursos sustanciales, será muy difícil de financiar dentro del marco financiero actual. A este respecto, el CESE subraya la importancia de introducir una regla de oro para las inversiones en el comportamiento socioecológico de nuestra sociedad (9). |
4. Observaciones específicas
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4.1 |
El biometano puede desempeñar un papel en la reducción o el fin de la dependencia europea del gas ruso. No obstante, para su producción, incluso con el fin de evitar conflictos en materia de biodiversidad, deben mejorarse las instalaciones de biogás existentes. En la actualidad, las plantas de biogás solo se utilizan para producir electricidad en el intervalo de carga básica, es decir, de forma ininterrumpida. El calor resultante rara vez se utiliza. Estos conceptos son ineficientes. O bien el biogás obtenido debe transformarse e inyectarse directamente en la red de gas, o bien debe utilizarse también para el suministro de calor en forma de centrales locales combinadas de calor y electricidad. Instalaciones de almacenamiento de gas más pequeñas podrían ayudar a producir electricidad cuando falta viento o sol. Son necesarias inversiones en sistemas de adaptación. La Comunicación menciona los incentivos respectivos, pero faltan detalles que deben darse de forma inmediata. |
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4.2 |
Como se señala en el apartado 3.14, el GNL deberá desempeñar un papel a corto y medio plazo. El plan REPowerEU promete evaluaciones y planificación, compras conjuntas voluntarias y una mayor coordinación. Mientras tanto, sin embargo, los Estados miembros ya están activos a título individual. La solidaridad europea es necesaria, y la Comisión debe asegurarse de que ningún Estado miembro actúe en contra del interés de ningún otro conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/1938 sobre la seguridad del suministro de gas. |
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4.3 |
El Reglamento sobre la seguridad del suministro de gas también establece un amplio régimen europeo de solidaridad en caso de emergencia relativa al gas. Si bien el reciente Reglamento del Consejo sobre medidas coordinadas de reducción de la demanda de gas y la Comunicación que lo acompaña titulada «Ahorrar gas para un invierno seguro» constituyen un paso en la dirección correcta para mejorar la preparación frente a las crisis, el CESE desearía ver un marco de crisis más general adecuado para hacer frente a una crisis de la magnitud que hoy tiene la UE debido a la guerra en Ucrania. |
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4.4 |
La electricidad para calefacción y las bombas de calor, también en el contexto de la calefacción urbana, parecen convertirse en el enfoque más prometedor para sustituir al gas natural en el sector de la calefacción. Sin embargo, existen numerosas barreras (empezando por los trabajadores cualificados que se necesitan y terminando con cuestiones sociales, especialmente en barrios con una elevada proporción de inquilinos). La Comunicación no tiene en cuenta estos asuntos. Es necesario un enfoque más detallado y también más crítico en el que participe la sociedad civil. |
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4.5 |
El aumento masivo de los precios de la energía ha expuesto las debilidades del mercado energético. La propia presidenta de la Comisión, Von der Leyen, afirmó que el actual sistema de mercado eléctrico ya no funciona y que debe reformarse. Hay que formular preguntas fundamentales sobre el futuro de la energía, garantizando un suministro de energía respetuoso con el medio ambiente, asequible y fiable, así como el derecho a la energía. El diseño y su regulación deben adaptarse a las nuevas realidades de las energías renovables predominantes, y crear las condiciones necesarias para los distintos agentes, así como reforzar una protección adecuada de los consumidores. El CESE acoge con satisfacción la intención de la Comisión de explorar opciones para optimizar el diseño del mercado de la electricidad y apoya firmemente las evaluaciones del mercado que analicen el comportamiento de todos los agentes potenciales en el mercado de la energía y el diseño de ese mercado. En cualquier caso, el CESE subraya la importancia de una evaluación de impacto exhaustiva previa a cualquier propuesta y llama la atención sobre la urgente necesidad de hacer frente a los elevados precios de la electricidad, incluida la agrupación de los precios de la electricidad y del gas, que está teniendo un impacto negativo en las economías de los Estados miembros. |
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4.6 |
Por otra parte, el CESE señala que es cada vez más necesaria una previsión sistemática de la creciente demanda energética por zona y tipo de energía, teniendo en cuenta la transformación de los tipos de energía, así como una planificación conceptual de la arquitectura del futuro sistema energético, con el fin de asegurarse de que las inversiones se asignan adecuadamente y que queda garantizada la seguridad del suministro. La Comisión debe elaborar la síntesis correspondiente y difundirla ampliamente, ya que a menudo falta claridad en la sociedad respecto a la medida en que Europa puede abastecerse de energía por sí misma. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Véase el Dictamen del CESE DO C 105 de 4.3.2022, p. 11.
(2) COM(2022) 230 final.
(3) COM(2022) 222 final.
(4) COM(2022) 240 final.
(5) Documento 11625/22 del Consejo.
(6) COM(2022) 360 final.
(7) COM(2022) 230 final, p. 7, y SWD(2022) 230, p. 26.
(8) Industrie spart Gas, Sparpotenzial bei Verbrauchern nicht gehoben (handelsblatt.com).
(9) Véase el Dictamen del CESE DO C 105 de 4.3.2022, p. 11.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/194 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Reducción temporal de las franjas horarias en los aeropuertos debida a la COVID-19»
[COM(2022) 334 final]
(2022/C 486/26)
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Ponente general: |
Thomas KROPP |
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Consulta |
Comisión Europea, 12.7.2022 Parlamento Europeo, 19.7.2022 Consejo, 4.8.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 100, apartado 2, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
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Pleno n.o |
572 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
143/1/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1 |
El CESE señala que la aviación proporciona conectividad tanto dentro de la Unión como a escala internacional, lo que constituye un requisito previo esencial para el comercio y el turismo y, por tanto, también para la prosperidad económica europea. El sector de la aviación sigue sufriendo los efectos combinados de varias crisis mundiales, como la pandemia de COVID-19, el cierre del espacio aéreo de varios socios comerciales europeos (en particular China), la guerra que está teniendo lugar en Ucrania, el aumento de la inflación, la creciente probabilidad de una recesión mundial y la falta de mano de obra en varios sectores económicos, especialmente en la propia aviación. Otras regiones del mundo están supervisando atentamente la manera en que la aviación europea gestiona estos retos. Los centros de operaciones vecinos de Estambul, Dubai, Doha y Londres se beneficiarán de la merma de competitividad de los centros de operaciones europeos y de las aerolíneas internacionales europeas. Así pues, el CESE ha mantenido reiteradamente que ninguna medida normativa que afecte a la aviación debe repercutir en la competitividad internacional de Europa. Sería perjudicial para el medio ambiente y para la mano de obra empleada en Europa que los flujos de pasajeros se desviaran de las conexiones internacionales en Europa y volaran a destinos internacionales a través de centros de operaciones no pertenecientes a la Unión. Las modificaciones propuestas del Reglamento sobre las franjas horarias también se han de tener en cuenta en este contexto más amplio. |
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1.2 |
El Reglamento (CEE) n.o 95/93 (1) establece los procedimientos y las normas para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos de la UE. El artículo 10 de dicho Reglamento especifica que las compañías aéreas deben utilizar como mínimo el 80 % de las franjas horarias que se les hayan asignado durante un determinado período de programación para mantener la precedencia con respecto a la misma serie de franjas horarias dentro del período de programación correspondiente del año siguiente (Reglamento sobre las franjas horarias). |
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1.3 |
A la luz del alcance y la duración inesperados de la pandemia, la Comisión ha modificado el Reglamento sobre las franjas horarias dos veces desde el comienzo de esta para suspender de manera efectiva la norma «se usa o se pierde», así como para otorgar a la Comisión poderes delegados con los que hacer frente a nuevos imprevistos. Estas medidas de alivio de las franjas horarias expirarán el 29 de octubre de 2022; los poderes delegados de la Comisión ya lo hicieron el 21 de febrero de 2022. Ahora se requiere una nueva revisión, además de ajustes adicionales con carácter de urgencia que reflejen la realidad del mercado. |
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1.4 |
Basándose en las previsiones de Eurocontrol, la Comisión parte del supuesto que el mercado de la aviación se recuperará gradualmente hasta alcanzar los niveles anteriores a la pandemia, aunque esta hipótesis podría ser excesivamente optimista (2). El CESE considera que la propuesta, aún estando bien concebida, carece de las salvaguardias necesarias para evitar reveses involuntarios para la competitividad de Europa. |
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1.5 |
El CESE acoge con satisfacción el impulso de esta nueva propuesta de la Comisión para mantener la mayor competitividad posible en el mercado de la aviación. Sin embargo, el análisis de mercado de la Comisión y la evolución que prevé de este en las tres próximas temporadas no son lo suficientemente sólidos como para explicar o tan siquiera justificar el retorno propuesto a la norma 80:20. El CESE no comparte el razonamiento de la Comisión según el cual el mercado de la aviación ha regresado a la «normalidad». A la luz de los datos de la Comisión, un umbral más bajo, como por ejemplo 70:30, resultaría más adecuado hasta que se estabilice el mercado. |
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1.6 |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de ampliar el ámbito de aplicación de la no utilización justificada de franjas horarias (JNUS) para incluir también la agitación política y las catástrofes naturales si estas circunstancias dan lugar a restricciones de la aviación descritas con claridad. Sin embargo, el CESE no está convencido de que las modificaciones propuestas a las actuales excepciones JNUS estén justificadas. Los procedimientos previstos por la Comisión añaden un nivel innecesario de complejidad. De hecho, las desviaciones con respecto a los procedimientos actuales ya no pueden calificarse de medidas de emergencia, por lo que generan inseguridad jurídica en un momento en que todo el sector necesita urgentemente un marco regulador estable. |
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1.7 |
El CESE apoya la propuesta de aumentar la transparencia de la asignación de franjas horarias reforzando el papel de la Asociación Europea de Coordinadores de Aeropuertos e introduciendo la obligación de que los coordinadores publiquen los destinos a los que se aplican las excepciones. |
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1.8 |
El CESE acoge favorablemente las medidas propuestas para mitigar los efectos actuales y previsibles de la agresión militar rusa en Ucrania en la aviación europea. Sin embargo, la hipótesis de la Comisión de que se puedan aplicar las disposiciones normales cuatro meses después del fin de las hostilidades parecen demasiado optimistas. |
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1.9 |
Si bien el CESE respalda plenamente las intenciones de la Comisión, considera que, a pesar de las limitaciones de tiempo evidentes, habría sido necesaria una evaluación de impacto para evaluar mejor las implicaciones de los cambios propuestos en el actual Reglamento sobre las franjas horarias. A falta de tal justificación a través de una evaluación de impacto, la Comisión se basa en las previsiones de Eurocontrol, que no reflejan necesariamente la complejidad de la evolución actual del mercado. |
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1.10 |
Una evaluación de impacto no solo es necesaria para justificar cambios en el actual Reglamento sobre las franjas horarias. Como ya ha señalado el CESE (3), las medidas de la Unión deberían coordinarse estrechamente con el Worldwide Airport Slot Board (WASB, órgano de la IATA compuesto por compañías aéreas, aeropuertos y coordinadores de franjas horarias) con el fin de evitar planteamientos diferentes en torno a la misma cuestión en diferentes regiones del mundo. |
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1.11 |
Las crisis mundiales en curso deben considerarse en el contexto de sus efectos acumulados sobre la aviación internacional. Habida cuenta de las dificultades existentes para contener estos efectos por el momento, el CESE considera que la Comisión debería revisar la propuesta con el objetivo de minimizar las modificaciones de las disposiciones existentes a fin de preservar su carácter de «legislación de emergencia». La emergencia actual no se ha reducido en modo alguno, por lo que las disposiciones de emergencia deberían prorrogarse al menos durante el período previsto por la Comisión, si bien parece prematuro proyectar modificaciones como las que propone la Comisión. |
2. Observaciones generales
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2.1 |
Como señala la Comisión en su exposición de motivos, el reto normativo en el contexto del Reglamento sobre las franjas horarias es el de garantizar que se utilicen las franjas horarias en régimen de anterioridad. La Comisión modificó el Reglamento en dos ocasiones para ajustar la norma «se usa o se pierde». La Comisión también recibió poderes delegados para modificar el umbral de utilización de franjas horarias a tenor de la persistente disminución de la demanda. |
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2.2 |
Estas medidas de alivio de las franjas horarias expirarán el 29 de octubre de 2022; los poderes delegados de la Comisión ya lo hicieron el 21 de febrero de 2022. Con respecto a la norma básica «se usa o se pierde», la Comisión propone ahora restablecer la tasa estándar de utilización de las franjas horarias del 80 % a partir del 29 de octubre de 2022. El razonamiento aducido fue que, en junio de 2022, Eurocontrol preveía que, en la temporada de invierno 2022/2023, los volúmenes de tráfico volverían al 90 % de los niveles de 2019. |
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2.3 |
El CESE no está convencido de este razonamiento. Como consecuencia de la agresión militar rusa contra Ucrania, los vuelos militares han aumentado de manera significativa, al igual que los sobrevuelos desviados, ninguno de los cuales es pertinente de cara a la asignación de las franjas horarias. Además, es necesario distinguir entre el tráfico carga aérea, que no ha disminuido significativamente durante el período de crisis, y el de pasajeros, que sí lo ha hecho. Dentro del mercado de pasajeros, es necesario hacer una diferenciación más: como resultado del pasaporte COVID-19 establecido por la Unión, el tráfico intraeuropeo se ha recuperado mucho más rápidamente hasta los niveles anteriores a la pandemia; sin embargo, el tráfico aéreo nacional y el de larga distancia se encuentran en diferentes fases de recuperación. Se espera que el tráfico de negocios se recupere mucho más lentamente que el tráfico de ocio (4). No se puede dar por sentado en absoluto que el tráfico de ocio se vaya a recuperar de forma constante; parte de este crecimiento puede atribuirse a la demanda reprimida de vacaciones tras dos años de COVID-19. Las principales aerolíneas europeas aún no han reintroducido los grandes aviones de larga distancia Airbus 380 en sus respectivas flotas, precisamente porque las compañías aéreas se enfrentan a un elevado coste del combustible y porque no esperan un aumento significativo y constante de la demanda de tráfico. Los datos facilitados por las partes interesadas indican que se espera que los movimientos del tráfico aumenten hasta el 90 % de los niveles de 2019, pero que la demanda de pasajeros solo alcance el 78 %. Si la tasa de ocupación de las aeronaves es inferior, cabe esperar que las compañías aéreas, por ejemplo, combinen varios vuelos diarios para mantener la rentabilidad de los mismos (5). La demanda se verá afectada por el aumento de las tasas de inflación y el creciente riesgo de recesión en varios países. Por lo tanto, las previsiones no deberían basarse en las regiones que presentan los mejores índices de recuperación, sino que también deberían reflejar los submercados especialmente afectados. |
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2.4 |
Estos factores llevan al CESE a pensar que la recuperación del mercado de la aviación puede resultar más ardua de lo que supone la Comisión. Los segmentos del mercado siguen recuperándose a ritmos diferentes: la carga, un 6 % en relación con los niveles de 2019; las compañías de bajo coste, un - 9 %; y las compañías de vuelos regulares, un 21 %. Lo anterior cobra aún mayor relevancia si se considera que los umbrales se refieren a series completas de franjas horarias, lo que significa que las series de franjas horarias (como los vuelos en períodos punta) necesitan estar por encima del umbral del 80 %. En los períodos anteriores a la pandemia, la tasa de utilización de franjas horarias fue del 95 %, siendo la tasa más baja de utilización de franjas horarias del 80 %. Si Eurocontrol prevé una tasa media de utilización de franjas horarias del 90 %, debe partirse del presupuesto de que la serie de franjas horarias no alcanzará (por término medio) el 80 %. Por estas razones, es demasiado prematuro volver a los umbrales de 80:20. Parece más apropiado adoptar una ratio de 70:30 hasta que se disponga de datos más sólidos que confirmen una recuperación sostenible del mercado. También cabe señalar que los problemas a los que se enfrentan los aeropuertos europeos muestran claramente que aún no se han absorbido los efectos de la pandemia de COVID-19. Los principales centros de operaciones de la Unión, como Fráncfort, y de fuera de la Unión, como Londres Heathrow, han limitado los vuelos hacia y desde estos aeropuertos, lo que ha dado lugar a cancelaciones masivas de vuelos en un intento de aliviar la presión sobre las operaciones de las compañías aéreas en estos aeropuertos. Estas tensiones han sido causadas por diferentes variables, como la escasez de personal, lo que es indicativo del hecho de que todavía no pueden alcanzarse los umbrales anteriores a la pandemia para la tasa de utilización de las franjas horarias (6). |
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2.5 |
Un nivel de 70:30 estaría en consonancia con los umbrales y la justificación adoptados por el Gobierno del Reino Unido (7). Pese a haber sido muy criticado por el sector aéreo, el CESE considera que se alcanzaría un equilibrio justificado con respecto a un escenario de regreso a la situación anterior, al tiempo que reconoce que sigue siendo necesario un nivel de protección de las franjas horarias (aunque reducido) habida cuenta de los graves retos a los que se enfrenta el sector. Además, alinea el umbral del Reglamento de la Unión sobre las franjas horarias al de las políticas de los países vecinos, y establece unas condiciones de competencia equitativas para los centros de operaciones de transporte aéreo de la Unión y el aeropuerto de Londres Heathrow, el mayor centro de operaciones internacional de Europa. |
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2.6 |
Además, la Comisión propone que, durante el período comprendido entre el 29 de octubre de 2022 y el 26 de marzo de 2024, pueda, en cualquier momento, ajustar de forma independiente, mediante un acto delegado, la tasa de utilización de las franjas horarias entre el 0 % y el 70 %, a condición de que los datos de Eurocontrol muestren que el tráfico aéreo semanal durante cuatro semanas consecutivas se sitúa por debajo del 80 % en comparación con las semanas correspondientes de 2019, y que es probable que persista la reducción del tráfico. La Comisión también propone que, si las autoridades públicas introducen restricciones destinadas a hacer frente a cualquier situación epidemiológica, agitación política o catástrofes naturales, y solo en el caso de que estas tengan un efecto perjudicial en el tráfico aéreo, las compañías aéreas puedan beneficiarse de una «no utilización justificada de las franjas horarias» (JNUS). |
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2.7 |
El CESE apoya a la Comisión en sus esfuerzos por garantizar que pueda utilizar con flexibilidad y transparencia los actos delegados en circunstancias excepcionales claramente definidas para adaptar el cálculo de las tasas de utilización de las franjas horarias y, de este modo, ajustar los umbrales para la protección de las franjas horarias. Sin embargo, el proyecto objeto de examen no alcanza este objetivo en varios aspectos. |
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2.7.1 |
A diferencia de la Comisión, el CESE considera que las compañías aéreas deberían poder beneficiarse de excepciones de no utilización justificada de franjas horarias en casos en los que exista una recomendación pública de no viajar. Aunque las advertencias sobre viajes no tienen efectos jurídicos inmediatos, podrían afectar a la demanda de viajes en avión, lo que debería reflejarse adecuadamente. |
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2.7.2 |
Además, el CESE considera que el requisito de supervisar los flujos semanales de tránsito aéreo durante cuatro semanas consecutivas antes de que se pueda adoptar cualquier medida correctora es excesivamente gravoso y podría retrasar innecesariamente las intervenciones reguladoras. Una fase de seguimiento injustificada de cuatro semanas se antoja arbitraria. Es mucho más importante garantizar la transparencia del proceso de toma de decisiones. |
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2.7.3 |
El CESE recomienda que las excepciones de no utilización justificada de franjas horarias se apliquen en el aeropuerto de salida y en el de llegada; ambos están vinculados de forma intrínseca como pareja a la hora de restablecer la cartera de franjas horarias anterior en determinadas rutas. En la actualidad, la Comisión no establece este requisito como obligatorio. |
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2.7.4 |
La Comisión no ha justificado suficientemente por qué debería modificarse el cálculo de la tasa de uso de las franjas horarias: el artículo 10, apartado 4, del Reglamento de las franjas horarias prevé que las franjas protegidas se calculen como franjas utilizadas, mientras que la Comisión propone ahora que se ignoren estas. La Comisión asume, sin más pruebas, que las normas generales de utilización de las franjas horarias pueden restablecerse dieciséis semanas después de la reapertura del espacio aéreo ucraniano. Esto parece excesivamente optimista a la vista de las hostilidades en curso, el grado de destrucción de las infraestructuras y la incertidumbre relativa al contenido y la solidez de un acuerdo entre ambas partes. Dieciséis semanas parece una cifra arbitraria que no debería constituir la base de una decisión normativa sobre la «vuelta a la normalidad». |
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2.8 |
El CESE ha defendido reiteradamente que la Comisión trate de armonizar, en la mayor medida posible, el Reglamento sobre las franjas horarias con las prácticas y políticas internacionales. Todas las partes interesadas pertinentes participan en consultas sobre cómo adaptar la normativa aplicable a las franjas horarias a las crisis a las que se enfrenta el mercado. |
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2.9 |
El CESE acoge favorablemente las mejoras propuestas por la Comisión sobre el modo de cooperación de los coordinadores de franjas horarias. Una mayor transparencia en el proceso evita confusiones innecesarias entre todos los agentes del mercado. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Reglamento (CEE) n.o 95/93 del Consejo, de 18 de enero de 1993, relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios, (DO L 14 de 22.1.1993, p. 1).
(2) Noticia relativa a la intención de la aerolínea alemana Lufthansa de reducir aún más su capacidad en vista de la crisis actual: https://www.airliners.de/lufthansa-streicht-winterflugplan/65956.
(3) DO C 123 de 9.4.2021, p. 37, véase el punto 1.5.
(4) https://www.airliners.de/prognose-globaler-geschaeftsreiseverkehr-erholt-deutlich/65958
(5) Publicación de las cifras y previsiones de pasajeros en el aeropuerto de Múnich, que indican que la recuperación de los volúmenes de tráfico anteriores a la pandemia tardará más de lo previsto: https://www.airliners.de/wachsendes-passagieraufkommen-bayerns-flughaefen-weit-entfernt-corona-niveau/65950.
(6) En la exposición de motivos, la Comisión menciona la escasez de mano de obra en aeropuertos clave; sin embargo, la Comisión considera que se trata de un fenómeno a corto plazo. Este razonamiento es cuestionable, puesto que la escasez de mano de obra afecta a muchos sectores económicos y no solo a la aviación. No hay ninguna razón para creer que esta situación se resolverá en el sector de la aviación en un futuro próximo.
(7) El 24 de enero de 2022, el Gobierno del Reino Unido ajustó la tasa de utilización de franjas horarias a 70:30 a partir del 27 de marzo de 2022 como paso previo a las normas habituales, protegiendo al mismo tiempo al sector frente a la futura incertidumbre, tal y como declaró el secretario británico de Transportes, Grant Shapps.
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21.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 486/198 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Repercusiones geopolíticas de la transición energética»
[JOIN(2022) 23 final]
(2022/C 486/27)
|
Ponente: |
Tomasz Andrzej WRÓBLEWSKI (PL-I) |
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Coponente: |
Ioannis VARDAKASTANIS (EL-III) |
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Consulta |
28.6.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Decisión de la Asamblea |
21.9.2022 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Consulta |
|
Sección competente |
Relaciones Exteriores |
|
Aprobación en sección |
14.9.2022 |
|
Aprobado en el pleno |
21.9.2022 |
|
Pleno n.o |
572 |
|
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
229/1/6 |
1. Conclusiones y recomendaciones
|
1.1 |
El año 2022 pasará a la historia por los profundos cambios geopolíticos y energéticos acaecidos en todo el mundo. El CESE elogia los esfuerzos de la Comisión Europea y de los distintos Estados miembros, que han acelerado el proceso de independencia respecto del suministro energético ruso. El CESE considera que, habida cuenta de la dinámica de la guerra en Ucrania, es necesario, no obstante, acelerar el proceso imponiendo un embargo estricto, que debe conllevar el rápido desarrollo de fuentes alternativas de energía limpia. |
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1.2 |
El presente Dictamen tiene en cuenta la consulta relativa a la Comunicación JOIN(2022) 23: Compromiso energético de la UE en un mundo cambiante, publicada conjuntamente el 18 de mayo de 2022 por la Dirección General de Energía de la Comisión Europea y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. |
|
1.3 |
El CESE acoge con satisfacción que Europa siga estando a la vanguardia de la transición energética, pero señala que los cambios dentro de la UE no son suficientes para compensar los efectos de las emisiones mundiales y que redunda claramente en nuestro interés, tanto en términos de cambio climático como de expansión económica, que se garantice un desarrollo mundial sostenible y se actúe a escala internacional. |
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1.4 |
El CESE acoge con satisfacción una serie de iniciativas de la UE que refuerzan la resiliencia interna de la Unión, como REPowerEU, o facilitan la estabilidad política, como la Asociación para una Transición Energética Justa, la Global Gateway o la Agenda Verde para los Balcanes Occidentales. |
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1.5 |
Al mismo tiempo, el CESE llama la atención sobre el hecho de que las tensiones políticas actuales requerirían una cooperación aún más activa con algunos países capaces de suministrar gas y petróleo a Europa. Entre otros, Estados Unidos y, en distinta medida, los países de América del Sur y África, cuyas exportaciones de combustibles fósiles deberían complementarse con transferencias de conocimientos y tecnologías renovables que puedan acelerar su transición climática. |
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1.6 |
El CESE acoge con satisfacción la iniciativa de conectar Moldavia y Ucrania a la red energética europea, pero también pide que se realicen revisiones periódicas de la situación geopolítica resultante de los cambios dinámicos en la estructura energética en países como Armenia, Georgia y Kazajistán. |
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1.7 |
El CESE llama la atención sobre la necesidad de establecer relaciones especiales con los países que son proveedores importantes de metales pesados y materias primas necesarias para producir tecnologías energéticas limpias y que pueden verse amenazados. Esto requiere desarrollar toda una nueva rama en las relaciones internacionales: la diplomacia energética europea. |
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1.8 |
Dada la reciente experiencia de la excesiva dependencia europea de materias primas procedentes de fuentes inciertas, el CESE insta a la UE a que sea lo más flexible posible en sus ambiciosos planes sobre la transición energética y dé tiempo para analizar el impacto geopolítico de determinadas decisiones y ajustarlas si causan en el mundo tensiones indeseadas e imprevistas. |
2. Introducción
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2.1 |
Durante muchos años, las cuestiones relacionadas con la transición energética han ocupado un lugar destacado en la agenda política de todo el mundo. La Unión Europea, con el Pacto Verde Europeo, es pionera en la transición energética y se basa en sus valores de sostenibilidad, solidaridad y cooperación internacional. Sin embargo, dado que la UE solo es responsable de alrededor del 8 % de las emisiones mundiales (y el porcentaje tiende a disminuir), su política interna, por muy ambiciosa que sea, resulta insuficiente. |
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2.2 |
Tal y como se expuso en las conclusiones de la conferencia «La geopolítica del Pacto Verde Europeo», (1) el multilateralismo es un elemento clave para afrontar estas amenazas climáticas comunes y transfronterizas, y a través del multilateralismo —en lugar de la geopolítica divisoria— se puede abordar la crisis planetaria. Lo anterior también se reflejó en el Dictamen del CESE Nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE (2), en el que el CESE respalda la necesidad de «intensificar la acción internacional para la resiliencia frente al cambio climático», tal como afirma la Comisión, ya que está de acuerdo con la declaración de la Comisión de que «nuestra ambición en materia de adaptación al cambio climático debe coincidir con nuestro liderazgo mundial respecto de la mitigación del cambio climático». |
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2.3 |
Dado que el cambio climático y las medidas conexas adoptadas están provocando enormes cambios en la geopolítica y la industria, encabezados por un auge de las energías renovables, que tienen una gran repercusión en las relaciones internacionales, el CESE ha llegado al convencimiento de que centrarse en los efectos geopolíticos sería fundamental para elaborar un dictamen global sobre la crisis climática. |
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2.4 |
Si bien existe un consenso científico sobre la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera, la política climática no puede ignorar los crecientes vínculos positivos y negativos entre los retos económicos, sociales y medioambientales asociados. |
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2.5 |
El funcionamiento y los parámetros del mercado energético están directamente relacionados con la situación política de cada región. A lo anterior contribuye el hecho de que el suministro de combustibles fósiles se caracteriza por una gran dependencia de unos pocos países productores. |
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2.6 |
Tal y como se desprende del Dictamen del CESE La dimensión exterior de la política energética de la UE (3), el predominio de ciertas fuentes de importación, que no en todos los casos cumplen las mismas normas políticas y de mercado que la UE, determina que la seguridad energética ocupe un lugar prioritario en la agenda de la UE. En aquel momento, se aludió a las consecuencias de la agresión militar perpetrada contra Georgia en 2008, pero el contexto sigue presentando notable interés dada la situación actual en Ucrania, que determina claramente la percepción de las cuestiones relacionadas con la seguridad energética y la geopolítica. |
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2.7 |
A medio plazo, el panorama energético mundial no se parecerá en nada al actual. La transición energética tendrá un impacto fundamental en la geopolítica y traerá consigo amenazas y oportunidades. La naturaleza de este impacto dependerá de muchos factores. Un ejemplo es que la descarbonización puede provocar una mayor dependencia de las importaciones de gas, lo que podría complicar aún más las relaciones entre la UE y Rusia. |
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2.8 |
A medida que el sistema energético cambie, también lo hará la política energética. En el mundo de las energías limpias surgirá un nuevo conjunto de ganadores y perdedores. Algunos lo comparan a la «carrera espacial», esta vez respecto de la energía limpia. Los países o regiones que dominan las tecnologías limpias exportan energía verde o importan menos combustibles fósiles saldrán ganando con el nuevo sistema, mientras que los que dependen de la exportación de combustibles fósiles podrían ver cómo disminuye su poder. |
3. Observaciones generales
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3.1 |
Si la transformación energética se entiende como la adopción de acciones y medidas sistémicas destinadas a reducir la emisión de compuestos de carbono a la atmósfera que aceleran los procesos de cambio climático, entonces, además de la transformación energética, también deben buscarse y aplicarse soluciones óptimas en el ámbito de la agricultura y la gestión forestal sostenibles, la captura biológica, la cría o uso de ganado y las oportunidades que ofrece el desarrollo de la tecnología de captura o el almacenamiento de dióxido de carbono. |
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3.2 |
Teniendo en cuenta el nivel de emisiones de gases de efecto invernadero que generan los Estados miembros de la UE, en comparación con otras economías mundiales, para lograr los resultados requeridos es necesario hacer esfuerzos para que otros países se sumen a la coalición para contrarrestar el cambio climático. Es preciso que la UE preste una atención especial a la cooperación internacional en sus diversas formas, entre ellas, las asociaciones de inversión, comercio e innovación, con el objetivo de reforzar las medidas de adaptación a escala mundial, y especialmente en los países en desarrollo. |
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3.3 |
Las actividades comerciales de los Estados miembros de la UE dejan una importante huella de carbono en el resto del mundo. Es responsabilidad de la UE abordar esta dimensión externa de la puesta en práctica del Pacto Verde Europeo, entre otras cosas, promoviendo la transición en la cooperación para el desarrollo bilateral y regional y afrontando los efectos indirectos negativos en sus políticas comerciales. |
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3.4 |
La geopolítica es crucial para garantizar el éxito de dicho Pacto, ya que la transición ecológica tendrá evidentemente un impacto drástico en las relaciones internacionales. Las prioridades divergentes entre los países desarrollados y los países en desarrollo constituirán un reto importante, ya que el Pacto Verde Europeo afectará a los Estados de forma desproporcionada. Al abordar estos retos, el mundo desarrollado debe hacer todo lo posible por combatir el impacto en los países de renta baja a fin de demostrar que el Pacto Verde Europeo no los dejará atrás. |
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3.5 |
Un ejemplo de las actividades centradas en la participación de los socios mundiales es la Asociación para una Transición Energética Justa, lanzada en la Cumbre de Dirigentes Mundiales COP26 por los gobiernos de Sudáfrica, Francia, Alemania, Reino Unido, Estados Unidos y los Estados miembros de la UE. El objetivo de la iniciativa es ayudar a Sudáfrica a descarbonizar su economía, a dejar de lado el carbón y a avanzar hacia una economía de bajas emisiones y resistente al clima, basada en energías y tecnologías limpias y ecológicas. |
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3.6 |
Otro ejemplo es la Global Gateway, es decir la nueva estrategia europea centrada en impulsar las conexiones inteligentes, limpias y seguras en el ámbito digital, la energía y el transporte y en reforzar los sistemas de salud, educación e investigación en todo el mundo. Mediante la Global Gateway se pretende movilizar hasta 300 000 millones de euros en inversiones entre 2021 y 2027 para apuntalar una recuperación mundial duradera, teniendo en cuenta las necesidades de nuestros socios y los propios intereses de la UE. |
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3.7 |
Otro ejemplo de especial importancia en el contexto de la geopolítica es la Agenda Verde para los Balcanes Occidentales, cuyo objetivo es apoyar una amplia transformación ecológica hacia una economía circular de bajas emisiones y sostenible en los Balcanes Occidentales. En particular, la Agenda Verde para los Balcanes Occidentales puede liberar el potencial de la economía circular, creando más puestos de trabajo y abriendo perspectivas de nuevo crecimiento. Una financiación adecuada de la UE, los gobiernos nacionales y el sector privado será esencial para apoyar esta transición ecológica. Según el Dictamen del CESE La energía, factor de desarrollo y consolidación del proceso de adhesión en los Balcanes Occidentales (4), la energía debe ser un factor de desarrollo e interconectividad de la región, y la ciudadanía de los Balcanes Occidentales ha de tener una idea clara de las ventajas económicas y medioambientales que aporta la adhesión a la UE. |
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3.8 |
Tal y como se expuso en las conclusiones de la mencionada conferencia Geopolítica del Pacto Verde Europeo , la transición energética irá acompañada de una considerable volatilidad en los precios de la energía. Lo anterior constituye un reto geopolítico que la UE y sus socios mundiales deben contribuir a mitigar disminuyendo los riesgos asociados a la promoción y expansión del uso de energías limpias y evitando exacerbar las desigualdades ya existentes. |
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3.9 |
Lo anterior ya se expresó en el Dictamen del CESE La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE (5), en el que el CESE pedía a la Comisión que buscara una mayor adecuación de las políticas de adaptación al cambio climático a la justicia climática en la futura elaboración de políticas de adaptación. El CESE ha reconocido que el cambio climático puede tener diferentes repercusiones sociales, económicos y en la salud pública, además de otros efectos adversos en las comunidades, y ha abogado por abordar con decisión las desigualdades existentes mediante estrategias de mitigación y adaptación a largo plazo para que nadie se quede atrás. El CESE ha instado a la Comisión a que aclare de forma precisa cómo eliminará los obstáculos para acceder a la financiación de los países, las comunidades y los sectores más vulnerables a escala mundial y cómo incluirá propuestas para la integración de las cuestiones de género y la lucha contra las desigualdades a nivel regional y local. |
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3.10 |
La política exterior de la UE para luchar contra el cambio climático debe apoyarse no solo en los Estados miembros de la UE para aportar argumentos «externos» y secundar la ejecución de una estrategia de transformación climática exigente, sino también en la obtención de conocimientos técnicos de países ajenos a la UE (por ejemplo, el Servicio de Conservación de Recursos Naturales (NCRS) estadounidense y otras organizaciones similares). Hay que recordar que no es menos importante cuidar el intercambio interno de buenas prácticas y el desarrollo de un enfoque sistémico de los retos relacionados con la transformación, en el marco de iniciativas como la construcción del mercado común de la energía. |
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3.11 |
El desarrollo dinámico de las fuentes de energía renovables exige paralelamente una modernización de las infraestructuras de transmisión y la integración del sistema energético, así como el abandono del método centralizado de generación y suministro de electricidad. Es necesario promover sistemáticamente las iniciativas locales para satisfacer las necesidades energéticas de acuerdo con el principio de subsidiariedad. Como se indica en el Dictamen del CESE Una Estrategia de la UE para la Integración del Sistema Energético (6), la Comisión debe promover que países vecinos de la Unión Europea, en particular los países de la Asociación Oriental, sigan este plan de integración del sistema, que es importante no solo para lograr la neutralidad climática sino también para garantizar la estabilidad del suministro y unos precios asequibles para los consumidores privados y para la economía, y lo asuman en su propia política. Es preciso estudiar más a fondo si un impuesto sobre el carbono en frontera podría servir para este fin. |
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3.12 |
Resulta imposible ejecutar de forma creíble y eficaz la estrategia de presentar la necesidad de aplicar la política climática fuera de la UE si no se abordan adecuadamente los retos sociales inherentes a los procesos de transformación dentro de los Estados miembros de la UE. Como se indica en el Dictamen del CESE No dejar a nadie atrás al aplicar la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 (7), «no dejar a nadie atrás significa que todos los miembros de la sociedad y especialmente los más rezagados tienen una posibilidad real de aprovechar las oportunidades y están bien preparados para afrontar los riesgos». En este contexto, los colectivos más vulnerables de la sociedad y las regiones y territorios más desfavorecidos requieren una consideración especial. |
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3.13 |
Un tratamiento eficaz y socialmente aceptable de las cuestiones relacionadas con el impacto diversificado de la política climática en los distintos Estados miembros de la UE le daría la credibilidad necesaria para actuar como líder mundial en materia de sostenibilidad. Al mismo tiempo, el compromiso con la sostenibilidad a nivel mundial ayuda a cumplir objetivos políticos de la UE en otros ámbitos (por ejemplo, atajar las causas de la migración, fomentar el comercio justo mundial y reducir la dependencia de los países productores de petróleo desde una perspectiva de política exterior). |
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3.14 |
Como se indica en el Dictamen mencionado anteriormente, la Comisión Europea ya ha adoptado un enfoque de internalización más sistemática de los efectos externos, reconociendo, por ejemplo, que las energías renovables se encontrarán en desventaja mientras los costes externos de los combustibles fósiles no se reflejen plenamente en el precio de mercado o haciendo esfuerzos por incluir las externalidades negativas en el sector del transporte. |
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3.15 |
La formación y la transferencia de conocimientos son esenciales tanto en el ámbito de la enseñanza obligatoria universal como en la esfera de la comunicación dirigida al público en general, con especial énfasis en los grupos sociales directamente afectados por la transformación. Es necesario presentar con claridad la alternativa que se nos presenta como civilización para defender eficazmente la tesis según la cual el actual esfuerzo de transformación de una parte de la sociedad evitará costes mucho mayores de los que, en caso de inacción, deberá asumir la comunidad internacional en su conjunto. |
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3.16 |
La transformación energética y el desarrollo de nuevas tecnologías ecológicas contribuyen al desarrollo de conocimientos y competencias únicas, y a la creación de puestos de trabajo altamente cualificados. Esta vía constituye una oportunidad única para desarrollar las economías europeas y permite a los Estados miembros de la UE reforzar su posición como líder tecnológico en el ámbito de la transformación entendida como reducción de emisiones. La adhesión de más países no pertenecientes a la UE a la alianza para contrarrestar los efectos negativos del cambio climático permitirá la creación de mercados para las tecnologías derivadas de las economías europeas. |
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3.17 |
La eliminación gradual de los combustibles fósiles fomentará la escalada de tensiones entre los Estados miembros de la UE (como importadores de estas materias primas) y los países no pertenecientes a la UE (como proveedores). En este caso particular, hay que tener en cuenta a Rusia como proveedor local de combustibles, cuyos ingresos procedentes de la venta de estas materias primas constituyen una parte importante de sus ingresos presupuestarios. Además, los países de Oriente Medio y Norte de África y del África subsahariana cuyos ingresos dependen en gran medida de las exportaciones de combustibles fósiles pueden sufrir importantes repercusiones políticas y sociales que podrían desencadenar oleadas de refugiados y migraciones hacia Europa. El cambio de modelo de cooperación puede considerarse ciertamente, desde un punto de vista político, como una amenaza para la posición de un país cuya economía y gobernanza dependen de los ingresos procedentes del suministro de combustibles fósiles. La inversión y las soluciones colaborativas dirigidas a promover la energía ecológica podrían concebirse como una oportunidad para contribuir a la transición de estas economías. |
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3.18 |
La experiencia de la guerra que tiene lugar en el siglo XXI en Europa invita a reflexionar sobre el uso responsable de la energía nuclear y a revisar las normas de taxonomía que no contribuyen a los efectos negativos del cambio climático. |
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3.19 |
El posible embargo de las importaciones de petróleo, gas y carbón rusos como sanción impuesta a Rusia en el contexto de la agresión a Ucrania o la retirada de las importaciones por la necesidad de suspender las transferencias financieras que apoyan al régimen de Putin contribuirán a acelerar los efectos geopolíticos previstos de la suspensión de las importaciones de combustible procedentes de Rusia. Al mismo tiempo, puede ser necesario reconsiderar el ritmo de abandono de los combustibles disponibles en los Estados miembros de la UE. |
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3.20 |
La integración para crear una unión del gas de los Estados miembros de la UE parece justificada. Este enfoque haría posibles procesos de compra conjuntos y contribuiría a conseguir condiciones económicas favorables, al tiempo que permitiría coordinar las decisiones de suspensión de la importación de esta materia prima procedente del Este, lo que, ante la dimensión política de tal decisión, se traduciría en una política exterior coherente de los Estados miembros de la UE. |
4. Retos y oportunidades
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4.1 |
La política climática de la Unión Europea tendrá un impacto asimétrico según la región de que se trate y en función de las actividades que se realicen en el ámbito de la política exterior para mitigar los riesgos detectados y potenciar los procesos de transición. |
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4.2 |
En cuanto a los Balcanes Occidentales, se albergan grandes esperanzas en el ámbito de las actividades del mercado energético en relación con su proceso de adhesión a la UE. Lo antedicho podrá desempeñar un papel importante y positivo en la configuración de las condiciones geopolíticas de esta región. Al firmar la Declaración de Sofía sobre la Agenda Verde, los gobiernos de los países de los Balcanes Occidentales se han comprometido a alcanzar la neutralidad climática en 2050 y a alinearse plenamente con el Pacto Verde Europeo. En particular, la Agenda Verde para los Balcanes Occidentales podría liberar el potencial de la economía circular, creando más puestos de trabajo y abriendo nuevas perspectivas de crecimiento. Una financiación adecuada de la UE, los gobiernos nacionales y el sector privado será esencial para apoyar esta transición ecológica. |
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4.3 |
Por lo que respecta a África, en primer lugar hay que destacar que las políticas de mitigación del cambio climático no figuran entre las prioridades de los países de este continente. Por ello, la UE debería colaborar con África, al igual que con otros países en desarrollo, para garantizar que todas las iniciativas sean aceptadas localmente y resulten coherentes respecto de las prioridades de los países socios, aplicando un enfoque ascendente. De lo contrario, las medidas adoptadas en el ámbito de la política climática podrán encontrarse con la incomprensión y la oposición de las comunidades locales que luchan para solventar problemas fundamentales. Como se indica en el Dictamen del CESE La UE y África — Hacer realidad una asociación para el desarrollo en condiciones de igualdad basada en la sostenibilidad y los valores comunes (8), los retos que afrontan los países en desarrollo de África son muy complejos y debemos abordarlos con un enfoque sensible y multidimensional. Además, se prevé que la demanda de energía del continente se duplique de aquí a 2050 y los índices de pobreza seguirán siendo obstinadamente altos. Así se perpetuarían, por no decir exacerbarían, los problemas de sostenibilidad en cuanto a los aspectos medioambientales y socioeconómicos. No obstante, podrían surgir oportunidades, ya que los países africanos pueden desempeñar un papel destacado en la energía solar fotovoltaica y en la producción a gran escala de combustibles sintéticos. Las posibilidades concretas de desarrollar proyectos, actividades empresariales y políticas conjuntas podrían suscitar un nuevo enfoque socioecológico de economía de mercado. |
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4.4 |
En lo que respecta a la Asociación Oriental, la estrecha cooperación con países que, como los Estados miembros de la UE, dependen en gran medida de los combustibles fósiles y, por lo tanto, están expuestos a una fuerte volatilidad de los precios reviste particular importancia, sobre todo teniendo en cuenta las hostilidades actuales en Ucrania. Por lo que respecta a Ucrania, Moldavia y Georgia, hay que esforzarse por ayudar a estos países en su proceso de independización del suministro de combustibles fósiles procedentes de Rusia y hacer posible la integración de sus redes eléctricas en la red europea. Las actividades mencionadas se reflejan en la reciente declaración a favor de una rápida integración en la red eléctrica de la UE, para lo que es necesario un esfuerzo conjunto de los órganos decisorios y de los operadores de la red de transporte. |
Bruselas, 21 de septiembre de 2022.
La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) https://www.eesc.europa.eu/es/agenda/our-events/events/geopolitics-european-green-deal
(2) DO C 374 de 16.9.2021, p. 84.
(3) DO C 264 de 20.7.2016, p. 28.
(4) DO C 32 de 28.1.2016, p. 8.
(5) DO C 374 de 16.9.2021, p. 84.
(6) DO C 123 de 9.4.2021, p. 22.