BDNS(Identif.):813437
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/813437)
Primero: Objeto.
Ayudas a las productoras para la participación de películas españolas en los festivales y en las ceremonias de entrega de premios cinematográficos de reconocido prestigio, certámenes en adelante, que se finalicen entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 que se relacionan en la norma tercera siempre que dichas películas:
a) Tengan nacionalidad española o esté en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre y se esté tramitando su reconocimiento cuando se solicite esta ayuda, y
b) Cuenten con una invitación previa o hayan sido seleccionadas por parte del promotor del festival o entidad convocante del premio.
Segundo: Beneficiarios.
Empresas productoras españolas que cumplan los siguientes requisitos:
Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la OrdenCUD/769/2018, en la redacción dada por el artículo Segundo.Uno de la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril
Tener participación efectiva de carácter creativo, técnico y/o de servicios en la producción de la película española objeto de la ayuda;
Haber realizado efectivamente todos o parte de los gastos subvencionables inherentes a la participación de su película en alguno de los certámenes relacionados en la norma tercera.
Tercero: Bases reguladoras.
Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Cuarto: Cuantía.
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 800.000 euros.
La cuantía individual de cada ayuda equivaldrá al importe total de los gastos subvencionables efectivamente realizados con ocasión del certamen y expresados en la solicitud con el límite máximo previsto en la dotación indicada en las relaciones de certámenes y, en su caso, teniendo en cuenta ciertas correcciones.
Quinto: Plazos de presentación de solicitudes.
Los plazos de presentación de solicitudes serán:
a) para el primer periodo:
1 certámenes que finalizaron antes del día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, diez días naturales a contar desde el día siguiente a dicha publicación;
2 certámenes que finalicen entre el día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y el 28 de febrero de 2025, diez días naturales desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;
b) para el segundo periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025, diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;
c) para el tercer periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2025: diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen.
Madrid, 4 de febrero de 2025.- Ignasi Camós Victoria. El Director General.
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