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Documento BOE-A-2025-2402

Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésima, de 4 de junio de 2018, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2025, páginas 17898 a 17898 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2025-2402

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria,

Esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésima, de fecha 4 de junio de 2018, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 129/2018, seguido ante la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésima, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, representada por la Abogacía del Estado, contra la sentencia, de fecha 31 de octubre de 2017, dictada en los autos de juicio verbal número 97/2016, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 32 de Madrid, que estimó la demanda presentada por doña E. M. M. C., procuradora de los tribunales, en nombre y representación de la mercantil «Bankia, SA», frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 11 de septiembre de 2015, por la que se desestimaba el recurso interpuesto por don J. M. L. G, en nombre y representación de la citada entidad demandante, contra la negativa del registrador de la Propiedad de Móstoles número 2, don José Luis Aragón Aparicio, a inscribir un decreto de adjudicación y el correspondiente mandamiento de cancelación de cargas dictados en un procedimiento de ejecución hipotecaria, fallamos:

«Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas contra la Sentencia de 31 de octubre de 2017 dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 32 de Madrid en el Juicio Verbal n.º 97/16, condenando a la recurrente al pago de las costas causadas en esta alzada.»

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Juan Vicente Gutiérrez Sánchez, Rafael de los Reyes Sainz de la Maza y María del Carmen Rodilla Rodilla, magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid.

Madrid, 12 de diciembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

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