Visto el texto del Acuerdo de prórroga, hasta el 31 de diciembre 2025, del Convenio colectivo de la empresa Renault España, SA (código de convenio n.º 90002092011981), que fue suscrito con fecha 12 de noviembre de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la mayoría de los miembros de los comités de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de enero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
En Valladolid, siendo las 10:00 horas del día 12 de noviembre dos mil veinticuatro, se reúnen las representaciones de la Dirección de la Empresa Renault España, SA, y de los trabajadores de la misma, que se relacionan a continuación, al objeto de suscribir el acuerdo definitivo.
Representación dirección empresa:
Señora Alegre Arribas.
Señora Arroyo Villoria.
Señor Bardisa López.
Señora Bayo González.
Señor Benallas Hernando.
Señor Echarren Llorente.
Señora Gálvez Galindo.
Señor De Lamo Sutil.
Señor Ortiz Jiménez.
Señor Rivero Lumbreras.
Señora Rodríguez Herrero.
Señora Torres Vicent.
Secretaría: Señor Farto Bezos.
Representación trabajadores:
Señor López Torrebejano (miembro Comité de Empresa Sevilla UGT).
Señora Martínez Toquero (miembro Comité de Empresa Palencia UGT).
Señora García-Asenjo (miembro Comité de Empresa Madrid UGT).
Señor Medina Viñuela (miembro Comité de Empresa Valladolid SCP).
Señor Chamorro Sánchez (miembro Comité de Empresa Palencia SCP).
Secretaría: Señor Revenga Ortega (miembro Comité de Empresa Valladolid UGT).
La Dirección de la Empresa y la mayoría de la representación de los trabajadores que conforman la Comisión Negociadora del convenio colectivo para el año 2025 llegan a los siguientes acuerdos con efectos del próximo día 1 de enero de 2025:
Prorrogar desde el 1 de enero 2025 hasta el 31 de diciembre 2025 el Convenio colectivo Interprovincial de Renault España, SA 2021-2024 y sus anexos, a excepción de la movilidad definitiva entre los centros de trabajo de Palencia y Valladolid durante el año 2025, recogida en el convenio colectivo en el anexo VII, capítulo I, apartado III.H. Solicitud de cambio de centro de trabajo por parte de los trabajadores.
Para el año 2025, se actualizarán las tablas salariales con un incremento del 1 % sobre el IPC.
Se acuerda por las partes el mantenimiento del resto de conceptos y primas establecidas en el convenio colectivo.
En el caso de que el índice de precios al consumo (IPC) del mes de diciembre 2025, respecto del referido al mes de diciembre de 2024 registrara un aumento superior a la previsión hecha por el Gobierno y que sirvió de base para la actualización salarial aplicada al 1 de enero de 2025 se efectuará, tan pronto se constate oficialmente dicha circunstancia, una revisión salarial referida únicamente a los meses concretos en los que efectivamente se supere la previsión del Gobierno, por la diferencia entre la previsión oficial y el IPC real.
El incremento a que pudiera dar origen esta revisión se abonará referido únicamente a los meses del año 2025 en que el IPC acumulado de dicho año haya sobrepasado la previsión oficial del Gobierno y para llevarla a cabo se tomarán como referencia las tablas salariales de 2024 que resultarán una vez realizadas las revisiones salariales a que hubiera habido lugar.
Esta revisión se abonará de una sola vez durante el primer trimestre de 2026.
Se realizarán 100 contratos indefinidos durante el periodo de prórroga del convenio en el año 2025.
Se acuerda facultar expresamente a doña Felisa Arroyo Villoria y doña Judith Alegre Arribas, indistintamente, para que proceda a realizar los trámites necesarios para la presentación y registro ante la Autoridad Laboral y publicación en el BOE del presente acuerdo.
Y en prueba de conformidad y aceptación, ambas partes se afirman y ratifican en el contenido íntegro de lo pactado y convenido, firmando la presente, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.
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