TODAS LAS PREGUNTAS FRECUENTES
La Ley Vasca de Transición Energética y Cambio Climático supone un marco regulatorio estable que proporciona nuevas oportunidades e implica nuevos requerimientos. A continuación, Ihobe ha recopilado las principales implicaciones de la Ley 1/2024 para el grupo de interés que conforman las empresas..png)
Preguntas frecuentes de las empresas sobre la Ley Vasca de Transición Energética y Cambio Climático
La atmósfera está calentándose, con graves consecuencias para nuestro medio ambiente y nuestras sociedades. Para limitar el aumento de la temperatura mundial a 1,5 °C con respecto a la época preindustrial y reducir los efectos negativos del cambio climático, el Planeta debe disminuir rápidamente sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que calientan el clima, a fin de alcanzar un nivel de cero emisiones netas de CO2 de aquí a 2050.
A la luz de los datos científicos, de los efectos negativos cada vez más evidentes y graves del cambio climático y de las demandas de la ciudadanía en favor de una actuación más decidida, es urgente adoptar medidas adicionales, tanto en mitigación como en adaptación climática.
Europa ha establecido normas climáticas ambiciosas y ha empezado a transformar la economía en consonancia con los objetivos climáticos. Euskadi, en línea con Europa, establece en esta Ley 1/2024 el objetivo de alcanzar para 2050 un nivel de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero, realizándose los esfuerzos necesarios para alcanzar dicha neutralidad climática en el año 2045.
Los principales objetivos establecidos por la Ley son:
- Alcanzar la neutralidad climática en Euskadi a más tardar en 2050, realizando los esfuerzos necesarios para alcanzarla en 2045
- Reducir las emisiones de GEIs el 45% en el año 2030 respecto a 2005
- Ahorrar en el consumo final de energía al menos un 12% en el año 2030 respecto a 2021
- Lograr para el año 2030 que la participación de las energías renovables en el consumo final energético represente al menos el 32%
- Aumentar la resiliencia del territorio al cambio climático
La Ley impulsa el proceso de descarbonización utilizando la transición energética en todos los sectores socioeconómicos vascos. Promueve la descarbonización aumentando la actividad económica, la competitividad empresarial, la calidad del empleo y el bienestar de la sociedad, en el marco de un modelo de desarrollo sostenible desde los puntos de vista ambiental, social y económico.
Este proceso de descarbonización debe avanzar hacia una economía circular aprovechando las oportunidades empresariales que se generan para impulsar la competitividad de la empresa vasca basada en el desarrollo tecnológico e industrial.
En definitiva, esta Ley supone el compromiso firme y voluntario que va a permitir a las empresas acelerar las políticas de mitigación a través de la reducción de emisiones, la transición energética y el impulso a la economía circular.
Las emisiones directas de Gases de Efecto Invernadero del sector industrial, junto con las asociadas a la electricidad, representan el 30% del total, destacando que desde el año 2005 ha conseguido reducir sus emisiones por encima del 35%.
El impulso de la economía circular en los procesos industriales permitirá la reducción del consumo energético, la disminución de la utilización de nuevas materias primas y en definitiva de su huella ambiental. Las medidas de economía circular en la empresa contribuyen a una reducción del consumo de materias primas por encima del 7% y a una reducción de las emisiones de GEI entre el 30 y el 50%.
La Ley, en su Artículo 32, obliga a las instalaciones industriales a calcular su Huella de carbono y elaborar un plan dirigido a reducirla. Reglamentariamente se establecerán las instalaciones afectadas por dicha obligación, el alcance del cálculo de la huella de carbono, el contenido mínimo del plan, el plazo en el que deberá estar redactado y la frecuencia de su actualización.
Desde Ihobe, Sociedad Pública de Gestión Ambiental del Gobierno Vasco, se pone a disposición de las empresas vascas una herramienta simplificada que facilitará el cálculo de esta Huella de carbono.
La nueva Ley establece que desde la administración vasca se impulsen medidas para la descarbonización de procesos industriales como, por ejemplo: el fomento de la eficiencia energética, la electrificación, el hidrógeno verde y el uso de fuentes de energía alternativa; la incorporación de la economía circular en sus procesos, orientada a la reducción del consumo energético y la disminución de la utilización de las materias primas y de su huella de carbono, el fomento de certificaciones ambientales, específicamente la Huella de carbono para organizaciones, y la Huella ambiental para productos y servicios.
La Huella de carbono calcula la totalidad de las emisiones de gases de efecto invernadero asociada a una organización o al ciclo de vida de un producto o servicio. Su cálculo permite establecer un plan de reducción de emisiones, contribuyendo a la mitigación del cambio climático y a la reducción de impactos ambientales negativos y además, se traduce en una ventaja competitiva al mejorar la eficiencia, fortalecer la reputación de la marca y facilitar el cumplimiento normativo y la adaptación a un entorno empresarial en evolución hacia la sostenibilidad.
La ley establece la creación de este Registro donde titulares de actividades públicas o privadas se inscribirán de forma gratuita, a fin de que consten públicamente los compromisos asumidos por las mismas en relación con la adopción de actuaciones en acción climática. Tendrá carácter voluntario, salvo para aquellas actividades que se establezca en el desarrollo del reglamento correspondiente.
El registro contendrá, entre otras, secciones para inscribir acciones de compensación de huella de carbono mediante absorciones realizadas por las organizaciones inscritas o para acciones desarrolladas en materia de adaptación al cambio climático.
Los órganos de contratación de las administraciones públicas vascas y de las demás entidades del sector público incluirán en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas de sus contratos la obligación de disponer de la Huella de carbono de los productos, servicios y suministros, siempre que dicha obligación se vincule con el objeto del contrato.
Además, la entidad licitadora para la administración pública podrá justificar la disposición de la Huella de carbono de productos, servicios y suministros mediante la acreditación de inscripción en el Registro Vasco de Iniciativas de Transición Energética y Cambio Climático.
Esta obligación entrara en vigor en el plazo que se fije reglamentariamente.
El Artículo 59 la Ley destaca que las administraciones públicas vascas promoverán la fiscalidad en materia de transición energética y cambio climático. Para ello se impulsarán, por un lado, los incentivos fiscales para las actuaciones que favorezcan la mitigación, la reducción y la absorción de emisiones, así como la adaptación al cambio climático, por ejemplo, promoviendo e impulsando las deducciones fiscales de los procesos y tecnologías limpias. Por otro lado, se valorará el establecimiento de determinados gravámenes sobre las actuaciones que aumenten las emisiones de gases de efecto invernadero.
Esta fiscalidad energético-climática perseguirá el fomento de las energías renovables, la descentralización de redes y el autoconsumo energético, los edificios y viviendas energéticamente eficientes, la movilidad sostenible, el ahorro de agua, los equipamientos más eficientes, la modificación de los procesos de producción, el impulso de los modelos de economía circular, la prevención en la generación de residuos y su valorización, y la gestión forestal y agrícola sostenible.
Euskadi lidera esta transición energético-climática y la convierte en una palanca de transformación hacia una economía más competitiva y climáticamente neutra. Informes internacionales sobre una economía neutra en carbono cifran el impacto positivo sobre el PIB de 2050 entre el 1,5 y el 2,9%.
Es cierto que la Ley establece nuevas obligaciones para las empresas, como el cálculo de la huella de carbono y la elaboración de un plan dirigido a minimizarla, pero de cara a avanzar en el proceso de descarbonización de la economía, desde las administraciones públicas vascas se apoyará la generación de combustibles alternativos de procedencia renovable y se promoverán medidas para mitigar el impacto de las necesidades de inversión y de los elevados incrementos en el coste de la energía.
La transición hacia la neutralidad climática ofrece oportunidades para el desarrollo de sectores industriales estratégicos como las energías renovables, el hidrógeno verde y el almacenamiento energético a lo largo de toda su cadena de valor.
En definitiva, la transición energética y climática, aun comportando riesgos, dará paso a notables oportunidades para impulsar la competitividad de las empresas vascas a través de una transformación basada en el desarrollo tecnológico y la innovación para generar nueva actividad empresarial y económica de alto valor añadido.

