Sistema de Información de Consulta Externa 1
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE LA ATENCIÓN EN LA
CONSULTA EXTERNA
Sistema de Información HIS
ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE SALUD OCULAR
Y PREVENCIÓN DE LA CEGUERA
2015
Sistema de Información de Consulta Externa 2
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
ESTRATEGIA SANITARIA DE SALUD OCULAR Y PREVENCIÓN DE LA CEGUERA
DIAGNÓSTICOS Y ACTIVIDADES MÁS FRECUENTES
Código Diagnóstico / Actividad
H000 Orzuelo y otras Inflamaciones Profundas del
Parpado
H001 Chalazión
H010 Blefaritis
H011 Dermatosis no Infecciosa del Parpado
H018 Otras Inflamaciones Especificadas del Parpado
H019 Inflamación del Parpado, no Especificada
H020 Entropión y Triquiasis Palpebral
H021 Ectropión del Parpado
H023 Blefarocalasia
H024 Blefaroptosis
H101 Conjuntivitis Atópica Aguda
H102 Otras Conjuntivitis Agudas
H103 Conjuntivitis Aguda, no Especificada
H104 Conjuntivitis Crónica
H105 Blefaroconjuntivitis
H108 Otras Conjuntivitis
H109 Conjuntivitis, no Especificada
H110 Pterigion
H113 Hemorragia Conjuntival
H114 Otros Trastornos Vasculares y Quistes
Conjuntivales
H118 Otros Trastornos Especificados de la Conjuntiva
H119 Trastorno de la Conjuntiva, no Especificado
H150 Escleritis
H151 Episcleritis
H158 Otros Trastornos de la Esclerótica
H159 Trastorno de la Esclerótica, no Especificado
H160 Ulcera de la Cornea
H161 Otras Queratitis Superficiales sin Conjuntivitis
H162 Queratoconjuntivitis
H163 Queratitis Intersticial y Profunda
H164 Neovascularización de la Cornea
H168 Otras Queratitis
H169 Queratitis, no Especificada
H170 Leucoma Adherente
H171 Otras Opacidades Centrales de la Cornea
H179 Cicatriz u Opacidad de la Córnea, no Especificada
H180 Pigmentaciones y depósitos en la Cornea
H181 Queratopatía Vesicular
H182 Otros Edemas de la Cornea
H250 Catarata Senil Incipiente
H251 Catarata Senil Nuclear
H252 Catarata Senil, Tipo Morgagnian
H258 Otras Cataratas Seniles
H259 Catarata Senil, no Especificada
H260 Catarata Infantil, Juvenil y Presenil
H261 Catarata Traumática
H262 Catarata Complicada
H263 Catarata Inducida por drogas
H264 Catarata Residual
H268 Otras Formas Especificadas de Catarata
H269 Catarata, no Especificada
H330 Desprendimiento de la Retina con Ruptura
H331 Retinosquisis y Quistes de la Retina
H332 Desprendimiento Seroso de la Retina
Código Diagnóstico / Actividad
H333 Desgarro de la Retina sin desprendimiento
H334 Desprendimiento de la Retina por tracción
H335 Otros desprendimientos de la Retina
H350 Retinopatías del Fondo y Cambios Vasculares
Retinianos
H351 Retinopatía de la Prematuridad
H352 Otras Retinopatías Proliferativas
H353 Degeneración de la Macula y del Polo Posterior
del Ojo
H360 Retinopatía diabética
H523 Anisometropía y Aniseiconia
H400 Sospecha de Glaucoma (Hipertensión ocular)
H409 Glaucoma, no Especificado
H498 Otros Estrabismos Paralíticos
H499 Estrabismo Paralitico, no Especificado
H500 Estrabismo Concomitante Convergente
H501 Estrabismo Concomitante divergente
H502 Estrabismo Vertical
H503 Heterotropía Intermitente
H504 Otras Heterotropías o las no Especificadas
H506 Estrabismo Mecánico
H508 Otros Estrabismos Especificados
H509 Estrabismo, no Especificado
H510 Parálisis de la Conjugación de la Mirada
H520 Hipermetropía
H521 Miopía
H522 Astigmatismo
H524 Presbicia
H525 Trastornos de la Acomodación
H526 Otros Trastornos de la Refracción
H527 Trastorno de la Refracción, no Especificado
H530 Ambliopía Ex Anopsia
H539 Alteración Visual no Especificada
H540 Ceguera binocular
H541 Discapacidad visual grave, binocular
H542 Discapacidad visual moderada, binocular
H543 Discapacidad visual leve o inexistente, binocular
H544 Ceguera monocular
H545 Discapacidad visual grave, monocular
H546 Discapacidad visual moderada, monocular
H547 Disminución de la Agudeza Visual sin
Especificación
H55X Nistagmo y otros Movimientos Oculares
Irregulares
H570 Anomalías de la Función Pupilar
H59X Trastornos del ojo y sus anexos consecutivos a
procedimientos, no clasificados en otra parte
H590 Síndrome vítreo consecutivo a cirugía de catarata
H598 Otros trastornos del ojo y sus anexos,
consecutivos a procedimientos.
Z006 Normal
Z010 Examen de Ojos y de la Visión
Z488 Otros Cuidados especificados posteriores a la
Cirugía (personal no médico)
Z489 Cuidados Posteriores a la Cirugía (Médico)
Z961 Presencia de Lentes Intraoculares
Sistema de Información de Consulta Externa 3
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Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Código Diagnóstico / Actividad
65855 Trabeculoplastía por laser
66761 Iridotomía/Iridectomía por cirugía láser
66821 Cirugía láser para escisión de catarata (Residual)
66850 Facofragmentación con aspiración
66982 Extracción de catarata extracapsular con implante
de lente intraocular
66170 Trabeculectomía
66820 Discisión (Incisión) de Catarata Membranosa
Secundaria (Opacidad Capsular Posterior y/o
Hialoideanterior); Técnica con Instrumento
Cortante (Cuchillo de Ziegler o Wheeler)
66180 Drenaje acuoso a reservorio extraocular
67005 Vitrectomía anterior
67227 Destrucción de retinopatía extensa
71010 Examen radiológico de tórax; vista única frontal
76510 Ecografía oftálmica
76516 Biometría Ocular por Ultrasonido
84345 Tiempo de Coagulación
Código Diagnóstico / Actividad
85002 Tiempo de Sangría
80063 Perfil de coagulación básico
82565 Creatinina en sangre
82947 Glucosa en sangre
85027 Hemograma completo
92100 Determinación de la presión intraocular bilateral
99201 Consulta ambulatoria I nivel de atención
99203 Consulta ambulatoria II-III nivel de atención
92225 Oftalmoscopia Indirecta
92250 Examen de fondo de ojo (Oftalmoscopia Directa)
92275 Electroretinograma
92235 Angiografía con fluoresceína
99283 Atención de emergencia prioridad II
93000 Electrocardiograma
92015 Refracción
99173 Determinación de la Agudeza Visual
99401 Consejería Integral
Otros de acuerdo a CPT
INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA ESTRATEGIA
SANITARIA NACIONAL DE SALUD OCULAR
Esta Estrategia desarrolla dos (02) tipos de actividades: Atenciones de Salud y Actividades Preventivo Promociónales
(APP); orientadas principalmente a la promoción, prevención y control de los daños a la salud ocular.
El registro de los datos generales se hace siguiendo las indicaciones pertinentes y no presenta características especiales.
A. ATENCIÓN DE SALUD
Los ítems referidos al día, historia clínica, DNI, financiador, pertenencia étnica, distrito de procedencia, edad, sexo,
establecimiento y servicio se registran siguiendo las indicaciones planteadas en el capítulo de aspectos generales del
presente documento técnico.
En el ítem: Tipo de diagnóstico se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones al momento de registrar: Marcar
con un aspa (X)
P: (Diagnóstico presuntivo) Únicamente cuando no existe certeza del diagnóstico y/o éste requiere de algún resultado de
laboratorio. Su carácter es provisional.
D: (Diagnóstico definitivo) Cuando se tiene certeza del diagnóstico por evaluación clínica y/o por exámenes auxiliares y
debe ser escrito una sola vez para el mismo evento (episodio de la enfermedad cuando se trate de enfermedades
agudas y solo una vez para el caso de enfermedades crónicas) en un mismo paciente.
R: (Diagnóstico repetido) Cuando el paciente vuelve a ser atendido para el seguimiento de un mismo episodio o evento de
la enfermedad en cualquier otra oportunidad posterior a aquella en que estableció el diagnóstico Definitivo “D”.
Si son más de tres (03) los diagnósticos y/o actividades los que se van a registrar, continúe en el siguiente registro y trace
una línea oblicua entre los casilleros de los ítems Día y Servicio, luego utilice los siguientes tres (03) ítems del campo
“diagnósticos y/o actividades” para completar el registro de la atención.
Los ítems diagnóstico motivo de consulta, tipo de diagnóstico y laboratorio presentan algunas particularidades que se
revisará en detalle a continuación.
Sistema de Información de Consulta Externa 4
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
TAMIZAJE Y DETECCIÓN DE CATARATA MEDIANTE EXAMEN DE AGUDEZA VISUAL
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad que se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4,
excepcionalmente de la categoría II-1 siempre que tenga población asignada, con la finalidad de efectuar la valoración de
la agudeza visual y detectar algún nivel de disminución de la agudeza visual o presencia de ceguera.
Actividad realizada por personal técnico de salud capacitado
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Resultado del Procedimiento realizado:
o H547 Disminución de la Agudeza Visual sin Especificación
o Z006 Normal
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D"
 En el 2º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Lab anote:
 En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de
Salud Ocular.
 En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
EDAD DIAGNÓSTICO LAB
P D R
10
15212
1
80 Moquegua
53
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173
95248752 F
R R 3. P D R 25
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
EDAD DIAGNÓSTICO LAB
P D R
15
18976
1
80 Puno
70
A
M
N N
1. Disminución de la Agudeza Visual sin
especificación
P D R H547
C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 200 99173
91248955 F
R R 3. P D R 70
Actividad realizada por personal profesional no médico capacitado:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o Z006 Normal
o H543 Discapacidad visual leve
o H546 Discapacidad visual moderada, monocular
o H542 Discapacidad visual moderada, binocular
o H545 Discapacidad visual grave, monocular
o H541 Discapacidad visual grave, binocular
o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular)
o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
Sistema de Información de Consulta Externa 5
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico:
Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente
manera:
1/ No percepción de luz
Fuente: OMS
 En el 2º casillero Consejería Integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D"
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de
Salud Ocular.
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
ÉTNICA P D R
23
56245
1
80 Tacna
58
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
08456279 F
R R 3 Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173
C C 2. P D R 25
F
R R 3. P D R
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
ÉTNICA P D R
23
45645
1
80 Otuzco
83
A
M
N N
1. Discapacidad visual moderada,
monocular
P D R H546
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
36646348 F
R R 3. Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173
C C 2. P D R 200
F
R R 3. P D R
Cualquier tipo de examen o procedimiento se registra SIEMPRE con tipo de diagnóstico Definitivo “D”
Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV
Z006 Normal 20/20 a 20/30
H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60
H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200
H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400
H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL
1/
Sistema de Información de Consulta Externa 6
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Actividad realizada por personal médico capacitado:
Cuando el Diagnóstico es Sin Patología:
Cuando se evalúan los resultados del paciente y este no tiene ningún daño solo se registra la evaluación realizada y el
diagnóstico normal consignando la codificación correspondiente.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Normal
 En el 2º casillero Consejería Integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico en ambos marque SIEMPRE "D"
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular (SO)
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
10
15212
1
80 Huancayo
52
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
10070662 F
R R 3. Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 25 99173
C C 2. P D R 30
F
R R 3. P D R
Si se realiza más diagnósticos y/o procedimientos de los que puede registrar en un registro de 06 ítems, utilice el
siguiente registro.
Cuando el Diagnóstico es con patología
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o Z006 Normal
o H543 Discapacidad visual leve
o H546 Discapacidad visual moderada, monocular
o H542 Discapacidad visual moderada, binocular
o H545 Discapacidad visual grave, monocular
o H541 Discapacidad visual grave, binocular
o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular)
o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico:
1/ No percepción de luz
Fuente: OMS
Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV
Z006 Normal 20/20 a 20/30
H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60
H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200
H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400
H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL
1/
Sistema de Información de Consulta Externa 7
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente
manera:
 En el 1º casillero el diagnóstico
 En el 2º casillero Consejería Integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico en ambos casos marque SIEMPRE "D"
En el ítem: Lab, anote:
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
6
569898
1
80 Callao
64
A
M
N N 1. Ceguera de un ojo P D R H544
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
36507115 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 800 99173
C C 2. P D R 25
F
R R 3. P D R
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
EDAD
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
LAB.
CÓDIGO
CIE / CPTDÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DIAGNÓSTICO
P D R
22
31456
1
80
Jesús
María 54
A
M
N N 1. Discapacidad visual grave, monocular P D R H545
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
22498817 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 200 99173
C C 2. P D R 20
F
R R 3. P D R
EVALUACIÓN Y DESPISTAJE DE CATARATA
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad, que luego de ser evaluados mediante la atención integral, presenta disminución de la agudeza visual y/o
ceguera con la finalidad de establecer si la alteración visual encontrada es compatible con un probable caso de catarata.
Se brinda en establecimientos de salud donde se cuenta con médico capacitado.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el Diagnóstico
 En el 2º casillero Consejería Integral
 En el 3º casillero Examen de Fondo de Ojo (Oftalmoscopia Directa)
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
Sistema de Información de Consulta Externa 8
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “P”
 En el 1º casillero “P”
 En los siguientes SIEMPRE “D”
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
EDAD
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
LAB.
CÓDIGO
CIE / CPTDÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DIAGNÓSTICO
P D R
23
483438
2
76 Camaná
64
A
M
N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
72541482 F
R R
3. Examen de fondo de ojo
(Oftalmoscopia Directa)
P D R 92250
Para el registro de la Determinación de la Presión Intraocular se deberá utilizar un registro separado para poder
identificar el resultado ojo por ojo:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico
 En el 1º casillero Sospecha de Glaucoma
 En el 2º casillero Determinación de la presión intraocular bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque siempre "D".
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA
 En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o N = Normal 10 – 20 mm Hg
o A = Anormal > 20 mm H
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
10
15212
1
62 Otuzco
64
A
M
N N 1. Sospecha de Glaucoma P D R DVR H400
C C
2. Determinación de la presión
intraocular bilateral
P D R A 92100
10070662 F
R R 3. P D R N
Los pacientes con Determinación de Presión Intraocular Anormal se deben referir al Establecimiento de Salud que
cuente con servicio de Oftalmología.
CONSEJERÍA PARA CONTROL Y DETECCIÓN OPORTUNA DE CATARATA
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad con diagnóstico presuntivo o confirmado de ceguera y/o disminución de la agudeza visual por catarata.
Se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4, excepcionalmente II-1,
siempre que tenga población asignada. A cargo de personal de salud capacitado, quien desarrolla una sesión de
consejerías a pacientes y familiares sobre medidas preventivas en salud ocular (Lavado de Manos, Control de Diabetes,
Hipertensión Arterial, Protección Solar, Evaluación oftalmológica por lo menos 1 vez al año entre otros) y beneficios del
diagnóstico y tratamiento oportuno de la ceguera por catarata, incluye entrega de material educativo. El desarrollo de
este procedimiento toma en promedio veinte (20) minutos. Es una actividad que se realiza en los diferentes procesos de
atención.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico
 En el 2º casillero Consejería Integral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “P”
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA según corresponda.
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
Sistema de Información de Consulta Externa 9
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
534950
1
79 Lima
61
A
M
N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259
C C 2. Consejería integral P D R SO 99401
57984262 F
R R 3. P D R
REFERENCIA PARA DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CEGUERA POR CATARATA
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad con diagnóstico Presuntivo “P” o Confirmado “D” de ceguera y/o disminución de la agudeza visual y/o
catarata, que son referidos a establecimientos con capacidad resolutiva III-1 o III-2 o a un establecimiento intermedio
donde concurre la oferta móvil con la finalidad de recibir diagnóstico y tratamiento especializado. Se brinda en
establecimientos de salud con población asignada (categoría I-1, I-2, I-3, I-4, excepcionalmente de la categoría II-1)
quieres programan un primer traslado para diagnóstico, tratamiento y 1er post operatorio, un segundo traslado a la
semana para el 2do control post operatorio, un tercer traslado para el 3er control post operatorio y un cuarto traslado
para el 4to control post operatorio. Incluye movilidad, hospedaje y alimentación para paciente y familiar acompañante.
En el Establecimiento de Salud que refiere (de origen)
Registre:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:
 En el 1º casillero la morbilidad, motivo de la derivación (si es el primer nivel el tipo de diagnóstico es Presuntivo (P))
En el ítem Lab, registre:
 En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA
DÍA
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
EDAD
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
LAB.
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DIAGNÓSTICO
P D R
23
1541
2
80 Kimbiri
68
A
M
N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259
C C 2. P D R
98822417 F
R R 3. P D R
En el Establecimiento de Salud con capacidad resolutiva que recibe al paciente (de destino)
En el ítem Lab, registre:
 En el 1º casillero “DVC” para indicar la derivación CONFIRMADA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
10
2147852
2
80 Cusco
68
A
M
N N 1. Ceguera de un ojo P D R DVC H544
C C 2. P D R
98822417 F
R R 3. P D R
DIAGNÓSTICO DE CEGUERA POR CATARATA
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad con diagnóstico Presuntivo “P” o Confirmado “D” de ceguera y/o disminución de la agudeza visual y/o
catarata que fueron referidas de Establecimientos de Salud que no cuentan con capacidad resolutiva para realizar el
diagnóstico Definitivo “D”.
Se brinda en establecimientos de salud con categoría II-2, III-1 o III-2, que cuenten con servicio oftalmológico con
capacidad resolutiva médico-quirúrgica de la especialidad, (excepcionalmente de las categorías I-4 y II-1) con la finalidad
de establecer de manera definitiva si el diagnóstico de ceguera o disminución de la agudeza visual se debe a la presencia
de catarata.
Incluye el desarrollo de los siguientes procedimientos, ya sea a través de la oferta fija o móvil:
Sistema de Información de Consulta Externa 10
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
 Diagnóstico de Ceguera por Catarata: Tiene por propósito establecer el diagnóstico definitivo de la catarata y
determinar el grado de dificultad de la cirugía, es realizada por profesional médico oftalmólogo capacitado, incluye
los procedimientos de determinación de agudeza visual y presión intraocular bilateral, consulta de paciente
ambulatorio para historia clínica, evaluación detallada, determinación del manejo clínico quirúrgico, biometría
oftálmica por ecografía de ultrasonido - modo A, tiempo de coagulación, tiempo de sangría, glucosa cuantitativa
(revisar anexo 6 – Guía de Práctica Clínica para tamizaje, detección, diagnóstico y tratamiento de catarata Resolución
Ministerial N° 537-2009/MINSA).
PARA EL DIAGNOSTICO
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Examen de Ojos y de la Visión
 En el 2º casillero procedimiento realizado para el diagnóstico
 En el 3º casillero Diagnóstico
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 3º casillero para el diagnóstico "D" cuando se diagnóstica por 1º vez, en los controles es “R”
 En los casilleros donde se registran los procedimientos siempre “D”
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
945530
1
80 Lima
61
A
M
N N 1. Catarata Senil, Tipo Morganian P D R H252
C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
84257962 F
R R
3. Examen de fondo de ojo
(Oftalmoscopia Directa)
P D R 92250
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
22
124456
1
80 Lima
67
A
M
N N 1. Catarata infantil, juvenil y presenil P D R H260
C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
10025474 F
R R
3. Examen de fondo de ojo
(Oftalmoscopia Directa)
P D R 92250
PARA EL TRATAMIENTO
 Tratamiento Quirúrgico Especializado:
o 66850 Facofragmentación
o 66982 Extracción de catarata extracapsular con implante de lente intraocular
En el ítem Lab, registre el grado de dificultad de la cirugía:
1 = Baja Dificultad
2 = Mediana Dificultad
3 = Alta Dificultad
Grado de Dificultad en las Intervenciones Quirúrgicas de Cataratas
Grado de Dificultad Puntaje Facilidad de la Cirugía
1 = BAJO 20 Potencialmente Fácil
2 = MODERADO 21 – 40 Potencialmente Difícil
3 = ALTO 41 – 60 Potencialmente Muy Difícil
Sistema de Información de Consulta Externa 11
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
945530
1
80 Lima
61
A
M
N N
1. Extracción de catarata extracapsular
con implante de lente intraocular
P D R 1 66982
C C 2. P D R
84257962 F
R R 3. P D R
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
254786
1
80 San Juan
58
A
M
N N
1. Facofragmentación (mecánica o
ultrasonido) con aspiración
P D R 2 66850
C C 2. P D R
22485571 F
R R 3. P D R
En el Registro de las Intervenciones Quirúrgicas de Ceguera por Catarata:
Todas las intervenciones quirúrgicas por Catarata deben de ser registradas en el HIS teniendo en cuenta las siguientes
consideraciones:
 Las intervenciones y procedimientos de los equipos móviles (Locales, Regionales y del INO) deben ser registradas en
HIS y entregadas a los establecimientos donde se realiza la atención especializada. Estos registros deben ser
procesados y asignados a la población de la influencia del establecimiento donde se realiza la atención.
 Los establecimientos de salud deberán realizar el ingreso de los datos generales del personal de los equipos móviles
(Locales, Regionales y del INO) para su identificación en la base de datos.
 Los establecimientos de salud donde se realice la atención de equipos móviles (Locales, Regionales y del INO) deben
remitir el reporte de las actividades en el mes, al coordinador de la estrategia de su región para la remisión
correspondiente a la institución responsable de la atención.
CONTROL POST OPERATORIO DE CIRUGÍA DE CATARATA
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad que luego de ser intervenidas quirúrgicamente son evaluados en la consulta médica. Se brinda en
establecimientos de salud de las categorías II-1, II-2, III-1 y III-2 dependiendo del tipo de control a ser realizado, asimismo
en aquellos establecimientos con capacidad resolutiva quirúrgica y en aquellos casos donde se realizó la intervención por
oferta móvil.
EN EL CONTROL POST OPERATORIO:
Controles Periodicidad Procedimientos Responsabilidad
1º Control Al día siguiente
 Agudeza visual
 Edema corneal
 Uveítis
 Lente intraocular
Médico Cirujano de oferta fija como
flexible (móvil).
2º Control A la semana
 Agudeza visual
 Presión Intraocular - PIO
 Edema corneal
 Uveítis
 Lente intraocular
El Médico Oftalmólogo del II o III nivel
de atención, de no haber servicio de
oftalmología deberá ser realizado por
Médico de I nivel capacitado.
3º Control Al mes
 Agudeza visual
 Presión Intraocular - PIO
 Edema corneal
 Uveítis
 Lente intraocular
El Médico Oftalmólogo del II o III nivel
de atención, de no haber servicio de
oftalmología deberá ser realizado por
Médico de I nivel capacitado.
4º Control A los dos meses
 Capsulotomía posterior con YAG LASER en los casos que se
opacifique la Cápsula Posterior: se realizará en el 15 al 70%
de los pacientes operados de catarata.
 Presión Intraocular - PIO
 Refracción.
 En niños sin lente intraocular, lentes de contacto.
El Médico Oftalmólogo del II o III nivel
de atención, de no haber servicio de
oftalmología deberá ser referido por
Médico del I nivel capacitado.
Sistema de Información de Consulta Externa 12
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Cuando personal de salud no médico realiza procedimientos para el control:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:
 En el 1º casillero Otros cuidados especificados posteriores a la Cirugía
 En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta.
En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque:
 Para todas las actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”.
En el ítem Lab, registre:
 En el 1º casillero registre el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda.
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
23
485682
2
84 Moyobamba
64
A
M
N N
1. Otros cuidado especificados
posteriores a la Cirugía
P D R 2 Z488
C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 70 99173
85421548 F
R R 3. P D R 50
Cuando el Médico realiza todos los procedimientos:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:
 En el 1º casillero la morbilidad
 En el 2º casillero Cuidado Posterior a la Cirugía
 En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta.
En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque:
 SIEMPRE Repetido “R” para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado
anteriormente.
 Para las demás actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”.
En el ítem Lab, registre:
 En el 2º casillero registre el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda.
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
349550
1
84 Ferreñafe
61
A
M
N N 1. Catarata Senil tipo Morganian P D R H252
C C 2. Cuidado Posterior a la Cirugía P D R 3 Z489
56412256 F
R R 3. Presencia de Lentes Intraoculares P D R Z961
M
N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 70 99173
C C 2. P D R 50
F
R R 3. P D R
Para el registro de la Determinación de la Presión Intraocular se deberá utilizar un registro separado para poder
identificar el resultado ojo por ojo:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico
 En el 1º casillero Determinación de la presión intraocular bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque siempre "D".
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o N = Normal 10 – 20 mm Hg
o A = Anormal > 20 mm Hg
Sistema de Información de Consulta Externa 13
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
14
349550
1
84 Ferreñafe
61
A
M
N N
1. Determinación de la presión
intraocular bilateral
P D R A 92100
C C 2. P D R N
56412256 F
R R 3. P D R
CONTROL Y TRATAMIENTO ESPECIALIZADO DE COMPLICACIONES POST QUIRÚRGICAS
Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50)
años de edad que luego de ser intervenidas quirúrgicamente son evaluados en la consulta médica y diagnosticados con
complicaciones post quirúrgicas. Se brinda en establecimientos de salud con oftalmólogo.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:
 En el 1º casillero Morbilidad (Complicación post quirúrgica)
 En el 2º casillero Cuidado Posterior a la Cirugía
 En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta.
En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque
 En el 1º casillero “D” la primera vez que se diagnóstica
 En el 2º casillero siempre “D”
En el ítem Lab, registre:
 En el 2º casillero SIEMPRE el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda.
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
349550
1
80 Piura
59
A
M
N N
1. Síndrome vítreo consecutivo a cirugía
de catarata
P D R H590
C C 2. Cuidados posteriores a la cirugía P D R 3 Z489
56412256 F
R R 3. P D R
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
15426
1
80 Piura
61
A
M
N N
1. Otros trastornos del ojo y sus anexos,
consecutivos a procedimientos
P D R H598
C C 2. Cuidados posteriores a la cirugía P D R 2 Z489
21456451 F
R R 3. P D R
RECUERDE:
Respecto a las actividades de: Determinación de la Agudeza Visual y la Determinación de la Presión Intraocular Bilateral;
estas se realizan tanto en el momento de la evaluación y despistaje, el diagnóstico y en los controles post intervención
quirúrgica, para poder identificar en qué momento se han realizado estas actividades, es necesario diferenciarlos en el
registro de acuerdo a lo que se ha descrito en el presente manual a fin de establecer los indicadores respectivos.
TAMIZAJE Y DIAGNOSTICO DEL RECIÉN NACIDO CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD
Definición Operacional.- Actividad que se realiza en establecimientos de salud de categoría II-2, III-1 y III-2 con servicio de
oftalmología y está orientada a la prevención secundaria de la ROP. Debe ser realizado al 100% de los neonatos
prematuros hospitalizados con factores de riesgo de desarrollar retinopatía. El tamizaje debe ser realizado por el
profesional médico oftalmólogo, con experiencia en el examen de oftalmoscopia indirecta a prematuros y en el
diagnóstico de R.O.P., y cuando el neonato se encuentra estable.
Sistema de Información de Consulta Externa 14
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Factores de riesgo de RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD (ROP):
 Recién nacido con < 37 semanas de edad gestacional
 Recién nacido con peso < 2000 gramos
 Recién nacido que recibe oxigenoterapia.
TAMIZAJE Y DIAGNÓSTICO DE RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD (ROP):
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad o Normal.
 En el 2º casillero el procedimiento realizado: Oftalmoscopia Indirecta.
 En el 3º casillero el diagnóstico: (Factor de Riesgo) según corresponda
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero para el diagnóstico "D" siempre y cuando se la 1º vez que se diagnóstica.
 En el 2º casillero para las actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”
 En el 3º casillero se registra “R” para el diagnóstico (Factor de Riesgo)
En ítem Lab: Registrar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular (SO)
En el Tamizaje
H.C. / F.F.
FINANC.
DE
SALUD
PERTE-
NENCIA
ÉTNICA
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
P D R
13
945530
1
80 Piura
3
D
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Oftalmoscopia Indirecta P D R 92225
24516842 F
R R 3. RN de Muy Bajo Peso al Nacer P D R P0711
Cuando se confirma el diagnóstico:
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
17
562541
1
80 Piura
7
D
M
N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351
C C 2. Oftalmoscopia Indirecta P D R 92225
23596547 F
R R 3. RN prematuro P D R P073
TRATAMIENTO DE RECIÉN NACIDO CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD
Definición Operacional: Acto quirúrgico dirigido a resolver el daño, la primera elección es la cirugía láser dentro de las 48
horas de confirmación diagnóstica, al 100% de los niños que la requieran luego del proceso de tamizaje. Realizada por el
oftalmólogo entrenado en Retinopatía de la Prematuridad y en cirugía láser. Se brinda en establecimientos de salud de
categoría III-1 y III-2.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad.
 En el 2º casillero el procedimiento realizado: Destrucción de la retinopatía extensa.
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero para el diagnóstico "R" cuando el paciente ya haya sido diagnosticado anteriormente.
 En el 2º casillero donde se registra el procedimiento siempre “D”
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
235674
1
80 Piura
10
D
M
N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351
C C 2. Destrucción de retinopatía extensa P D R 67227
85421063 F
R R 3. P D R
Sistema de Información de Consulta Externa 15
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
CONTROL POST OPERATORIO DE RECIÉN NACIDOS CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD
Definición Operacional: Intervención dirigida a la rehabilitación, control y seguimiento de los RN con Retinopatía de la
prematuridad (ROP), está a cargo de los oftalmólogos entrenados en ROP y cirugía láser, se realiza tanto al tratamiento
como a la maduración de la retina, el control y seguimiento debe hacerse de preferencia en establecimientos de salud del
tercer nivel.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad.
 En el 2º casillero Cuidados Posterior a la Cirugía
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero para el diagnóstico "R" ya que el paciente fue diagnosticado anteriormente
 En el 2º casillero donde se registra la actividad siempre “D”
 Para las demás actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”.
En el ítem Lab, registre:
 En el 2º casillero SIEMPRE el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda.
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
562451
1
80 Piura
10
D
M
N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351
C C 2. Cuidado Posterior a la Cirugía P D R 1 Z489
25485691 F
R R 3. P D R
Si se registra con tipo de diagnóstico Definitivo (D) se genera en el registro un nuevo caso, durante todos los controles
post operatorios el diagnóstico de “Retinopatía de la Prematuridad” debe ser Repetido (R)
Evaluación Visual en Niños menores de 3 años en Establecimientos De Salud
Definición Operacional: Actividad que se realiza en todos los establecimientos de salud que realizan Control de
Crecimiento y Desarrollo, como parte de la atención integral, a cargo de personal de salud capacitado; con la finalidad de
realizar la evaluación visual en niños menores de 03 años de edad (hasta 2 años, 11 meses y 29 días) y acuden al
establecimiento de salud para recibir Control de Crecimiento y Desarrollo (CRED); se realiza mediante el examen del
Reflejo Rojo de la Pupila, Inspección externa de ojos, fijación monocular y evaluación del seguimiento de acuerdo a la
edad del niño.
Edad
Reflejo
Rojo
Inspección
externa
Fijación
Monocular
Seguimiento
Recién Nacido X X
02 Meses X X X
06 Meses X X X X
12 Meses X X X X
03 Años X X X X
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico: Control de Crecimiento y Desarrollo
 En el 2º casillero: Alteración visual no especificada.
 En el 3º casillero si el diagnóstico es un hallazgo patológico: Examen de los Ojos y de la Visión
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º y 3º casillero consignar siempre “D”
 En el 2º casillero “P” presuntivo y realizar la derivación para la evaluación médica.
En el ítem: Lab, registre:
 En el 1º casillero: Consignar el número de control correspondiente.
Sistema de Información de Consulta Externa 16
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DÍA
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
85426
1
80 Huanta
6
M
M
N N 1. Control de crecimiento y desarrollo P D R 6 Z001
C C 2. Alteración Visual no especificada P D R H539
84225164 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
Actividad realizada por personal profesional médico capacitado:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote el diagnóstico
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” y realizar la derivación a un Establecimiento de Salud de mayor complejidad
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
36524
1
80 Yauyos
1
A
M
N N 1. Alteración visual no especificada P D R DVR H539
C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
96524158 F
R R 3. P D R
Tamizaje de Errores Refractivos en Niños de 3 años a más en Establecimientos de Salud
Definición Operacional: Actividad que se realiza en todos los EE.SS que realizan Control de Crecimiento y Desarrollo,
como parte de la atención integral, a cargo de personal de salud capacitado; con la finalidad de detectar niños de 03 años
de edad a más con agudeza visual disminuida, mediante los exámenes de agudeza visual binocular.
Los ejemplos son referenciales, el orden y las actividades deben adecuarse a las situaciones presentadas en la atención
de acuerdo a la normatividad vigente.
Si el diagnóstico es normal, registre:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Control de Crecimiento y Desarrollo
 En el 2º casillero Normal
 En el 3º casillero Consejería integral
 En el 4º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 5º casillero Determinación de la agudeza visual
En el ítem: Lab, registre:
 En el 1º casillero consignar el número de control correspondiente.
 En el 2º casillero si el resultado es Normal la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud
Ocular.
 En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 6º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado
encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
Sistema de Información de Consulta Externa 17
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Niño con Tamizaje y Hallazgo Normal
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
54680
1
80 Trujillo
4
A
M
N N 1. Control de Crecimiento y Desarrollo P D R 2 Z001
C C 2. Normal P D R SO Z006
59416528 F
R R 3. Consejería integral P D R SO 99401
M
N N 1. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173
F
R R 3. P D R 25
Si tiene alguna probable patología, registre:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Control de Crecimiento y Desarrollo
 En el 2º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o H543 Discapacidad visual leve
o H546 Discapacidad visual moderada, monocular
o H542 Discapacidad visual moderada, binocular
o H545 Discapacidad visual grave, monocular
o H541 Discapacidad visual grave, binocular
o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular)
o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
 En el 3º casillero Consejería integral
 En el 4º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 5º casillero Determinación de la agudeza visual
Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico:
Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente
manera:
1/ No percepción de luz
Fuente: OMS
En el ítem: Lab, registre:
 En el 1º casillero el número de control CRED correspondiente
 En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 6º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado
encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV
Z006 Normal 20/20 a 20/30
H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60
H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200
H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400
H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL
1/
Sistema de Información de Consulta Externa 18
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
54680
1
80 Trujillo
4
A
M
N N 1. Control de crecimiento y desarrollo P D R 2 Z001
C C
2. Discapacidad visual moderada,
monocular
P D R H546
59416528 F
R R 3. Consejería Integral P D R SO 99401
M
N N 1. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 70 99173
F
R R 3. P D R 50
Actividad realizada por médico capacitado:
Cuando el Diagnóstico es con patología
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote el diagnóstico:
 En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o H543 Discapacidad visual leve
o H546 Disminución Indeterminada de la Agudeza Visual de un ojo (Discapacidad visual moderada, monocular)
o H542 Disminución Indeterminada de la Agudeza Visual en ambos ojos (Discapacidad visual moderada, binocular)
o H545 Discapacidad visual grave, monocular
o H541 Discapacidad visual grave, binocular
o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular)
o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
 En el 2º casillero Consejería integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Determinación de la agudeza visual
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” y realizar la derivación a un Establecimiento de Salud de mayor complejidad
En el ítem: Lab, registre:
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado
encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
Utilice siguiente cuadro para el diagnóstico:
Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente
manera:
1/ No percepción de luz
Fuente: OMS
Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV
Z006 Normal 20/20 a 20/30
H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60
H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200
H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400
H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL
1/
Sistema de Información de Consulta Externa 19
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
54680
1
80 Trujillo
4
A
M
N N
1. Discapacidad visual moderada,
monocular
P D R H546
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
59416528 F
R R 3 Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 70 99173
C C 2. P D R 50
F
R R 3. P D R
En el caso de presentar un diagnóstico diferente en cada ojo evaluado, consignar el diagnóstico de mayor
discapacidad
Tamizaje de Errores Refractivos en Instituciones Educativas en niños de 03 a 11 años.
Definición Operacional: Actividad que se realiza en instituciones educativas públicas de nivel primaria, a cargo de
personal capacitado del establecimiento de salud; con la finalidad de detectar niños con agudeza visual disminuida, a
través de la medición de la agudeza visual binocular; otorgando prioridad de atención a los escolares en situación de
pobreza y pobreza extrema.
Actividad realizada por personal técnico de salud capacitado:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Resultado del Procedimiento realizado:
o H547 Disminución de la Agudeza Visual sin Especificación
o Z006 Normal
 En el 2º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D"
En el ítem: Lab anote:
 En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de
Salud Ocular.
 En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
Niño con Tamizaje
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
445670
1
80 Cajamarca
7
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173
94516528 F
R R 3. P D R 25
Sistema de Información de Consulta Externa 20
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Actividad realizada por personal profesional no médico capacitado:
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o Z006 Normal
o H543 Discapacidad visual leve
o H546 Discapacidad visual moderada, monocular
o H542 Discapacidad visual moderada, binocular
o H545 Discapacidad visual grave, monocular
o H541 Discapacidad visual grave, binocular
o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular)
o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico:
Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente
manera:
1/ No percepción de luz
Fuente: OMS
 En el 2º casillero Consejería Integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D"
En el ítem: Lab, anote:
 En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de
Salud Ocular.
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda
 En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda:
o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20
o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25
o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30
o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40
o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50
o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70
o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100
o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200
o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400
o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
Niño con Disminución de la Agudeza Visual
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
34244
1
80 Trujillo
8
A
M
N N
1. Discapacidad visual moderada,
monocular
P D R H546
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
23423758 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 50 99173
C C 2. P D R 70
F
R R 3. P D R
Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV
Z006 Normal 20/20 a 20/30
H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60
H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200
H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400
H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL
1/
Sistema de Información de Consulta Externa 21
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Niño con Tamizaje y Hallazgo Normal
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
34244
1
80 Trujillo
8
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
23423758 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173
C C 2. P D R 25
F
R R 3. P D R
En el caso de hallazgo de alteración o discapacidad visual se debe realizar la derivación al Establecimiento de Salud,
para la evaluación y despistaje de Errores de Refracción
Evaluación y Despistaje de Errores Refractivos en niños
Definición Operacional: Actividad que se realiza en establecimientos de salud de categorías I-2, I-3, I-4, y II-1; a cargo de
Médico General capacitado con la finalidad de evaluar y hacer despistaje de la alteración visual o error refractivo en niños
de 0 a 11 años del mismo establecimiento o aquellos que llegan referidos. La evaluación se realiza mediante el examen
del Reflejo Rojo de la Pupila, Inspección externa de ojos, fijación monocular, evaluación del seguimiento, oclusión
alternante, reflejo corneal y agudeza visual de acuerdo a la edad del niño.
Cuando el Diagnóstico es con patología
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico
 En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos:
o Z006 Normal
o H538 Otras alteraciones visuales: Leucocoria, anormalidades en la inspección, no fijación
o H509 Estrabismo
o H530 Ambliopía
o H359 Patologías retinales
o H179 Cicatriz corneal
o H029, H028 Enfermedad del parpado
o H527 Ametropía (Trastorno de la Refracción, no Especificado)
 En el 2º casillero consejería integral
 En el 3º casillero Examen de Ojos y de La Visión
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero para el diagnóstico "D" cuando el diagnóstico sea confirmado por primera vez, en los controles “R” y
“P” cuando se trate de una presunción por descartar.
 En el 2º y 3º casillero SIEMPRE “D”
En el ítem: Lab, registre:
 En el 2º casillero: “DVR” de derivación [si fuera el caso de derivación a un establecimiento de mayor complejidad]
 En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
Cuando el niño tiene patología visual
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
24767
1
80 Iquitos
3
A
M
N N 1. Ametropía P D R DVR H527
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
54433334 F
R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010
Sistema de Información de Consulta Externa 22
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
65463
1
80 Callao
4
A
M
N N 1. Estrabismo P D R RF H509
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
67490334 F
R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010
Cuando el niño no tiene patología visual
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
23977
1
80 Belén
5
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
54609246 F
R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010
Diagnóstico de Errores Refractivos
Definición Operacional: Actividad que se realiza en EE.SS de categoría II-1, II-2, III-1 y III-2 u oferta móvil a cargo de
Médico Oftalmólogo y/o Tecnólogo Médico en Optometría con la finalidad de establecer el diagnóstico de patologías
visuales y errores refractivos en niños hasta los 11 años, mediante la realización de los siguientes exámenes y
procedimientos:
 Dilatación Pupilar
 Oftalmoscopia indirecta
 Oftalmoscopia directa
 Inspección con lámpara de hendidura
 Fondo de ojo con dilatación
 Refracción automatizada
 Refracción manual
 Refracción con cicloplejía
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico identificado
o Miopía (H521)
o Hipermetropía (H520)
o Astigmatismo (H522)
o Otros Trastornos de la Refracción (H526)
o Trastorno de la Refracción, no Especificado (H527)
 En el 2º casillero consejería integral
 En el 3º casillero: Examen de Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Refracción
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero para el diagnóstico "D" cuando el diagnóstico sea confirmado por primera vez y en los controles “R”
cuando el diagnóstico sea repetido.
 En el 2º, 3º y 4º casillero SIEMPRE “D”
En el ítem: Lab, registre:
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
Cuando el niño tiene patología visual de Error Refractivo
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
45361
1
80 Ocoña
5
A
M
N N 1. Miopía P D R H521
C C 2. Consejería integral P D R SO 99401
02546946 F
R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010
M
N N 1. Refracción P D R 92015
C C 2. P D R
F
R R 3. P D R
Sistema de Información de Consulta Externa 23
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Cuando el niño no tiene patología visual de Error Refractivo
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero Normal
 En el 2º casillero consejería integral
 En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión
 En el 4º casillero Refracción
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” para el diagnóstico y procedimientos.
En el ítem: Lab, registre:
 En el 1º casillero la sigla “SO” para indicar normal para Salud Ocular
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
Niño Sin Patología Visual:
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
13
23977
1
80 Belén
5
A
M
N N 1. Normal P D R SO Z006
C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401
54609246 F
R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010
M
N N 1. Refracción P D R 92015
C C 2. P D R
F
R R 3. P D R
Tratamiento de Errores Refractivos
Definición Operacional: Conjunto de actividades destinadas a garantizar la entrega de lentes correctores a los niños con
diagnóstico de error refractivo, se realiza en EE.SS de categoría II-1, II-2, III-1 y III-2, u oferta móvil, según prescripción
hecha por el médico oftalmólogo y/o tecnólogo médico en optometría con la supervisión de oftalmólogo, con la finalidad
de dar tratamiento al error refractivo diagnosticado.
Adicionalmente una consejería en la cual se informa sobre el uso de los correctores, controles y temas de Salud Ocular.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico identificado:
o Miopía (H521)
o Hipermetropía (H520)
o Astigmatismo (H522)
 En el 2º casillero Consejería integral
 En el 3º casillero Prueba y ajuste de anteojos
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero Repetido "R" para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado
anteriormente.
 Para las demás actividades SIEMPRE “D”.
En el ítem: Lab, registre:
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
5
45361
1
80 Ocoña
5
A
M
N N 1. Miopía P D R H521
C C 2. Consejería integral P D R SO 99401
02546946 F
R R 3. Prueba y ajuste de anteojos P D R Z460
Sistema de Información de Consulta Externa 24
Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera
Control de Pacientes con Errores Refractivos
Definición Operacional: Actividad dirigida a niños que iniciaron tratamiento por error refractivo con lentes correctores,
realizado por médico oftalmólogo y/o tecnólogo médico en optometría en EE.SS de categoría I-4, II-1, II-2, III-1 y III-2 u
oferta móvil, con la finalidad de disminuir los años de discapacidad y mejorar el rendimiento escolar a través de la
evaluación de la adherencia a los lentes correctores y determinar el desarrollo del error refractivo. Los controles se
realizan a los 03 meses, 06 meses, al año de iniciado el tratamiento y luego 01 control anual.
El 3º y 6º control es realizado en el establecimiento de salud de procedencia del niño, y el control anual debe ser
realizado por el establecimiento de salud que hizo el diagnóstico.
En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:
 En el 1º casillero el diagnóstico identificado:
o Miopía (H521)
o Hipermetropía (H520)
o Astigmatismo (H522)
 En el 2º casillero: Consejería integral
 En el 3º casillero: Prueba y ajuste de anteojos
En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:
 En el 1º casillero Repetido "R" para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado
anteriormente
 En el 2º casillero SIEMPRE “D”
 En el 3º casillero Repetido “R” por ser control, solo se registra con “D” cuando se inicia el tratamiento
En el ítem: Lab, registre:
 En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
 En el 3º casillero el número de control según corresponda
DÍA
H.C. / F.F. FINANC. PERTE-
DISTRITO DE
PROCEDENCIA
S
E
X
O
ES
TA
BLE
SER
VI
CIO
DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA
Y/O ACTIVIDAD DE SALUD
TIPO DE
CÓDIGO
CIE / CPT
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB.
SALUD ÉTNICA P D R
5
86787
1
80 Sara
5
A
M
N N 1. Miopía P D R H521
C C 2. Consejería integral P D R SO 99401
25434155 F
R R 3. Prueba y ajuste de anteojos P D R 2 Z460

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  • 1. Sistema de Información de Consulta Externa 1 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE LA ATENCIÓN EN LA CONSULTA EXTERNA Sistema de Información HIS ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE SALUD OCULAR Y PREVENCIÓN DE LA CEGUERA 2015
  • 2. Sistema de Información de Consulta Externa 2 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera ESTRATEGIA SANITARIA DE SALUD OCULAR Y PREVENCIÓN DE LA CEGUERA DIAGNÓSTICOS Y ACTIVIDADES MÁS FRECUENTES Código Diagnóstico / Actividad H000 Orzuelo y otras Inflamaciones Profundas del Parpado H001 Chalazión H010 Blefaritis H011 Dermatosis no Infecciosa del Parpado H018 Otras Inflamaciones Especificadas del Parpado H019 Inflamación del Parpado, no Especificada H020 Entropión y Triquiasis Palpebral H021 Ectropión del Parpado H023 Blefarocalasia H024 Blefaroptosis H101 Conjuntivitis Atópica Aguda H102 Otras Conjuntivitis Agudas H103 Conjuntivitis Aguda, no Especificada H104 Conjuntivitis Crónica H105 Blefaroconjuntivitis H108 Otras Conjuntivitis H109 Conjuntivitis, no Especificada H110 Pterigion H113 Hemorragia Conjuntival H114 Otros Trastornos Vasculares y Quistes Conjuntivales H118 Otros Trastornos Especificados de la Conjuntiva H119 Trastorno de la Conjuntiva, no Especificado H150 Escleritis H151 Episcleritis H158 Otros Trastornos de la Esclerótica H159 Trastorno de la Esclerótica, no Especificado H160 Ulcera de la Cornea H161 Otras Queratitis Superficiales sin Conjuntivitis H162 Queratoconjuntivitis H163 Queratitis Intersticial y Profunda H164 Neovascularización de la Cornea H168 Otras Queratitis H169 Queratitis, no Especificada H170 Leucoma Adherente H171 Otras Opacidades Centrales de la Cornea H179 Cicatriz u Opacidad de la Córnea, no Especificada H180 Pigmentaciones y depósitos en la Cornea H181 Queratopatía Vesicular H182 Otros Edemas de la Cornea H250 Catarata Senil Incipiente H251 Catarata Senil Nuclear H252 Catarata Senil, Tipo Morgagnian H258 Otras Cataratas Seniles H259 Catarata Senil, no Especificada H260 Catarata Infantil, Juvenil y Presenil H261 Catarata Traumática H262 Catarata Complicada H263 Catarata Inducida por drogas H264 Catarata Residual H268 Otras Formas Especificadas de Catarata H269 Catarata, no Especificada H330 Desprendimiento de la Retina con Ruptura H331 Retinosquisis y Quistes de la Retina H332 Desprendimiento Seroso de la Retina Código Diagnóstico / Actividad H333 Desgarro de la Retina sin desprendimiento H334 Desprendimiento de la Retina por tracción H335 Otros desprendimientos de la Retina H350 Retinopatías del Fondo y Cambios Vasculares Retinianos H351 Retinopatía de la Prematuridad H352 Otras Retinopatías Proliferativas H353 Degeneración de la Macula y del Polo Posterior del Ojo H360 Retinopatía diabética H523 Anisometropía y Aniseiconia H400 Sospecha de Glaucoma (Hipertensión ocular) H409 Glaucoma, no Especificado H498 Otros Estrabismos Paralíticos H499 Estrabismo Paralitico, no Especificado H500 Estrabismo Concomitante Convergente H501 Estrabismo Concomitante divergente H502 Estrabismo Vertical H503 Heterotropía Intermitente H504 Otras Heterotropías o las no Especificadas H506 Estrabismo Mecánico H508 Otros Estrabismos Especificados H509 Estrabismo, no Especificado H510 Parálisis de la Conjugación de la Mirada H520 Hipermetropía H521 Miopía H522 Astigmatismo H524 Presbicia H525 Trastornos de la Acomodación H526 Otros Trastornos de la Refracción H527 Trastorno de la Refracción, no Especificado H530 Ambliopía Ex Anopsia H539 Alteración Visual no Especificada H540 Ceguera binocular H541 Discapacidad visual grave, binocular H542 Discapacidad visual moderada, binocular H543 Discapacidad visual leve o inexistente, binocular H544 Ceguera monocular H545 Discapacidad visual grave, monocular H546 Discapacidad visual moderada, monocular H547 Disminución de la Agudeza Visual sin Especificación H55X Nistagmo y otros Movimientos Oculares Irregulares H570 Anomalías de la Función Pupilar H59X Trastornos del ojo y sus anexos consecutivos a procedimientos, no clasificados en otra parte H590 Síndrome vítreo consecutivo a cirugía de catarata H598 Otros trastornos del ojo y sus anexos, consecutivos a procedimientos. Z006 Normal Z010 Examen de Ojos y de la Visión Z488 Otros Cuidados especificados posteriores a la Cirugía (personal no médico) Z489 Cuidados Posteriores a la Cirugía (Médico) Z961 Presencia de Lentes Intraoculares
  • 3. Sistema de Información de Consulta Externa 3 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Código Diagnóstico / Actividad 65855 Trabeculoplastía por laser 66761 Iridotomía/Iridectomía por cirugía láser 66821 Cirugía láser para escisión de catarata (Residual) 66850 Facofragmentación con aspiración 66982 Extracción de catarata extracapsular con implante de lente intraocular 66170 Trabeculectomía 66820 Discisión (Incisión) de Catarata Membranosa Secundaria (Opacidad Capsular Posterior y/o Hialoideanterior); Técnica con Instrumento Cortante (Cuchillo de Ziegler o Wheeler) 66180 Drenaje acuoso a reservorio extraocular 67005 Vitrectomía anterior 67227 Destrucción de retinopatía extensa 71010 Examen radiológico de tórax; vista única frontal 76510 Ecografía oftálmica 76516 Biometría Ocular por Ultrasonido 84345 Tiempo de Coagulación Código Diagnóstico / Actividad 85002 Tiempo de Sangría 80063 Perfil de coagulación básico 82565 Creatinina en sangre 82947 Glucosa en sangre 85027 Hemograma completo 92100 Determinación de la presión intraocular bilateral 99201 Consulta ambulatoria I nivel de atención 99203 Consulta ambulatoria II-III nivel de atención 92225 Oftalmoscopia Indirecta 92250 Examen de fondo de ojo (Oftalmoscopia Directa) 92275 Electroretinograma 92235 Angiografía con fluoresceína 99283 Atención de emergencia prioridad II 93000 Electrocardiograma 92015 Refracción 99173 Determinación de la Agudeza Visual 99401 Consejería Integral Otros de acuerdo a CPT INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE SALUD OCULAR Esta Estrategia desarrolla dos (02) tipos de actividades: Atenciones de Salud y Actividades Preventivo Promociónales (APP); orientadas principalmente a la promoción, prevención y control de los daños a la salud ocular. El registro de los datos generales se hace siguiendo las indicaciones pertinentes y no presenta características especiales. A. ATENCIÓN DE SALUD Los ítems referidos al día, historia clínica, DNI, financiador, pertenencia étnica, distrito de procedencia, edad, sexo, establecimiento y servicio se registran siguiendo las indicaciones planteadas en el capítulo de aspectos generales del presente documento técnico. En el ítem: Tipo de diagnóstico se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones al momento de registrar: Marcar con un aspa (X) P: (Diagnóstico presuntivo) Únicamente cuando no existe certeza del diagnóstico y/o éste requiere de algún resultado de laboratorio. Su carácter es provisional. D: (Diagnóstico definitivo) Cuando se tiene certeza del diagnóstico por evaluación clínica y/o por exámenes auxiliares y debe ser escrito una sola vez para el mismo evento (episodio de la enfermedad cuando se trate de enfermedades agudas y solo una vez para el caso de enfermedades crónicas) en un mismo paciente. R: (Diagnóstico repetido) Cuando el paciente vuelve a ser atendido para el seguimiento de un mismo episodio o evento de la enfermedad en cualquier otra oportunidad posterior a aquella en que estableció el diagnóstico Definitivo “D”. Si son más de tres (03) los diagnósticos y/o actividades los que se van a registrar, continúe en el siguiente registro y trace una línea oblicua entre los casilleros de los ítems Día y Servicio, luego utilice los siguientes tres (03) ítems del campo “diagnósticos y/o actividades” para completar el registro de la atención. Los ítems diagnóstico motivo de consulta, tipo de diagnóstico y laboratorio presentan algunas particularidades que se revisará en detalle a continuación.
  • 4. Sistema de Información de Consulta Externa 4 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera TAMIZAJE Y DETECCIÓN DE CATARATA MEDIANTE EXAMEN DE AGUDEZA VISUAL Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad que se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4, excepcionalmente de la categoría II-1 siempre que tenga población asignada, con la finalidad de efectuar la valoración de la agudeza visual y detectar algún nivel de disminución de la agudeza visual o presencia de ceguera. Actividad realizada por personal técnico de salud capacitado En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Resultado del Procedimiento realizado: o H547 Disminución de la Agudeza Visual sin Especificación o Z006 Normal En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D"  En el 2º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Lab anote:  En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular.  En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD EDAD DIAGNÓSTICO LAB P D R 10 15212 1 80 Moquegua 53 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173 95248752 F R R 3. P D R 25 H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD EDAD DIAGNÓSTICO LAB P D R 15 18976 1 80 Puno 70 A M N N 1. Disminución de la Agudeza Visual sin especificación P D R H547 C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 200 99173 91248955 F R R 3. P D R 70 Actividad realizada por personal profesional no médico capacitado: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o Z006 Normal o H543 Discapacidad visual leve o H546 Discapacidad visual moderada, monocular o H542 Discapacidad visual moderada, binocular o H545 Discapacidad visual grave, monocular o H541 Discapacidad visual grave, binocular o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular) o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)
  • 5. Sistema de Información de Consulta Externa 5 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico: Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente manera: 1/ No percepción de luz Fuente: OMS  En el 2º casillero Consejería Integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D" En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular.  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. ÉTNICA P D R 23 56245 1 80 Tacna 58 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 08456279 F R R 3 Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173 C C 2. P D R 25 F R R 3. P D R H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. ÉTNICA P D R 23 45645 1 80 Otuzco 83 A M N N 1. Discapacidad visual moderada, monocular P D R H546 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 36646348 F R R 3. Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 30 99173 C C 2. P D R 200 F R R 3. P D R Cualquier tipo de examen o procedimiento se registra SIEMPRE con tipo de diagnóstico Definitivo “D” Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV Z006 Normal 20/20 a 20/30 H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60 H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200 H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400 H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL 1/
  • 6. Sistema de Información de Consulta Externa 6 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Actividad realizada por personal médico capacitado: Cuando el Diagnóstico es Sin Patología: Cuando se evalúan los resultados del paciente y este no tiene ningún daño solo se registra la evaluación realizada y el diagnóstico normal consignando la codificación correspondiente. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Normal  En el 2º casillero Consejería Integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico en ambos marque SIEMPRE "D" En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular (SO)  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 10 15212 1 80 Huancayo 52 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 10070662 F R R 3. Examen de los Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 25 99173 C C 2. P D R 30 F R R 3. P D R Si se realiza más diagnósticos y/o procedimientos de los que puede registrar en un registro de 06 ítems, utilice el siguiente registro. Cuando el Diagnóstico es con patología En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o Z006 Normal o H543 Discapacidad visual leve o H546 Discapacidad visual moderada, monocular o H542 Discapacidad visual moderada, binocular o H545 Discapacidad visual grave, monocular o H541 Discapacidad visual grave, binocular o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular) o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular) Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico: 1/ No percepción de luz Fuente: OMS Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV Z006 Normal 20/20 a 20/30 H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60 H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200 H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400 H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL 1/
  • 7. Sistema de Información de Consulta Externa 7 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente manera:  En el 1º casillero el diagnóstico  En el 2º casillero Consejería Integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico en ambos casos marque SIEMPRE "D" En el ítem: Lab, anote:  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 6 569898 1 80 Callao 64 A M N N 1. Ceguera de un ojo P D R H544 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 36507115 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 800 99173 C C 2. P D R 25 F R R 3. P D R H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA EDAD S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE LAB. CÓDIGO CIE / CPTDÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DIAGNÓSTICO P D R 22 31456 1 80 Jesús María 54 A M N N 1. Discapacidad visual grave, monocular P D R H545 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 22498817 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 200 99173 C C 2. P D R 20 F R R 3. P D R EVALUACIÓN Y DESPISTAJE DE CATARATA Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad, que luego de ser evaluados mediante la atención integral, presenta disminución de la agudeza visual y/o ceguera con la finalidad de establecer si la alteración visual encontrada es compatible con un probable caso de catarata. Se brinda en establecimientos de salud donde se cuenta con médico capacitado. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el Diagnóstico  En el 2º casillero Consejería Integral  En el 3º casillero Examen de Fondo de Ojo (Oftalmoscopia Directa) En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
  • 8. Sistema de Información de Consulta Externa 8 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “P”  En el 1º casillero “P”  En los siguientes SIEMPRE “D” H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA EDAD S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE LAB. CÓDIGO CIE / CPTDÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DIAGNÓSTICO P D R 23 483438 2 76 Camaná 64 A M N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 72541482 F R R 3. Examen de fondo de ojo (Oftalmoscopia Directa) P D R 92250 Para el registro de la Determinación de la Presión Intraocular se deberá utilizar un registro separado para poder identificar el resultado ojo por ojo: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico  En el 1º casillero Sospecha de Glaucoma  En el 2º casillero Determinación de la presión intraocular bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque siempre "D". En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA  En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o N = Normal 10 – 20 mm Hg o A = Anormal > 20 mm H H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 10 15212 1 62 Otuzco 64 A M N N 1. Sospecha de Glaucoma P D R DVR H400 C C 2. Determinación de la presión intraocular bilateral P D R A 92100 10070662 F R R 3. P D R N Los pacientes con Determinación de Presión Intraocular Anormal se deben referir al Establecimiento de Salud que cuente con servicio de Oftalmología. CONSEJERÍA PARA CONTROL Y DETECCIÓN OPORTUNA DE CATARATA Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad con diagnóstico presuntivo o confirmado de ceguera y/o disminución de la agudeza visual por catarata. Se brinda en establecimientos de salud con población asignada de las categorías I-1, I-2, I-3, I-4, excepcionalmente II-1, siempre que tenga población asignada. A cargo de personal de salud capacitado, quien desarrolla una sesión de consejerías a pacientes y familiares sobre medidas preventivas en salud ocular (Lavado de Manos, Control de Diabetes, Hipertensión Arterial, Protección Solar, Evaluación oftalmológica por lo menos 1 vez al año entre otros) y beneficios del diagnóstico y tratamiento oportuno de la ceguera por catarata, incluye entrega de material educativo. El desarrollo de este procedimiento toma en promedio veinte (20) minutos. Es una actividad que se realiza en los diferentes procesos de atención. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico  En el 2º casillero Consejería Integral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “P” En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA según corresponda.  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular
  • 9. Sistema de Información de Consulta Externa 9 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 534950 1 79 Lima 61 A M N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259 C C 2. Consejería integral P D R SO 99401 57984262 F R R 3. P D R REFERENCIA PARA DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CEGUERA POR CATARATA Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad con diagnóstico Presuntivo “P” o Confirmado “D” de ceguera y/o disminución de la agudeza visual y/o catarata, que son referidos a establecimientos con capacidad resolutiva III-1 o III-2 o a un establecimiento intermedio donde concurre la oferta móvil con la finalidad de recibir diagnóstico y tratamiento especializado. Se brinda en establecimientos de salud con población asignada (categoría I-1, I-2, I-3, I-4, excepcionalmente de la categoría II-1) quieres programan un primer traslado para diagnóstico, tratamiento y 1er post operatorio, un segundo traslado a la semana para el 2do control post operatorio, un tercer traslado para el 3er control post operatorio y un cuarto traslado para el 4to control post operatorio. Incluye movilidad, hospedaje y alimentación para paciente y familiar acompañante. En el Establecimiento de Salud que refiere (de origen) Registre: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:  En el 1º casillero la morbilidad, motivo de la derivación (si es el primer nivel el tipo de diagnóstico es Presuntivo (P)) En el ítem Lab, registre:  En el 1º casillero “DVR” para indicar la derivación REALIZADA DÍA H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA EDAD S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE LAB. CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DIAGNÓSTICO P D R 23 1541 2 80 Kimbiri 68 A M N N 1. Catarata Senil, no especificada P D R DVR H259 C C 2. P D R 98822417 F R R 3. P D R En el Establecimiento de Salud con capacidad resolutiva que recibe al paciente (de destino) En el ítem Lab, registre:  En el 1º casillero “DVC” para indicar la derivación CONFIRMADA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 10 2147852 2 80 Cusco 68 A M N N 1. Ceguera de un ojo P D R DVC H544 C C 2. P D R 98822417 F R R 3. P D R DIAGNÓSTICO DE CEGUERA POR CATARATA Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad con diagnóstico Presuntivo “P” o Confirmado “D” de ceguera y/o disminución de la agudeza visual y/o catarata que fueron referidas de Establecimientos de Salud que no cuentan con capacidad resolutiva para realizar el diagnóstico Definitivo “D”. Se brinda en establecimientos de salud con categoría II-2, III-1 o III-2, que cuenten con servicio oftalmológico con capacidad resolutiva médico-quirúrgica de la especialidad, (excepcionalmente de las categorías I-4 y II-1) con la finalidad de establecer de manera definitiva si el diagnóstico de ceguera o disminución de la agudeza visual se debe a la presencia de catarata. Incluye el desarrollo de los siguientes procedimientos, ya sea a través de la oferta fija o móvil:
  • 10. Sistema de Información de Consulta Externa 10 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera  Diagnóstico de Ceguera por Catarata: Tiene por propósito establecer el diagnóstico definitivo de la catarata y determinar el grado de dificultad de la cirugía, es realizada por profesional médico oftalmólogo capacitado, incluye los procedimientos de determinación de agudeza visual y presión intraocular bilateral, consulta de paciente ambulatorio para historia clínica, evaluación detallada, determinación del manejo clínico quirúrgico, biometría oftálmica por ecografía de ultrasonido - modo A, tiempo de coagulación, tiempo de sangría, glucosa cuantitativa (revisar anexo 6 – Guía de Práctica Clínica para tamizaje, detección, diagnóstico y tratamiento de catarata Resolución Ministerial N° 537-2009/MINSA). PARA EL DIAGNOSTICO En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Examen de Ojos y de la Visión  En el 2º casillero procedimiento realizado para el diagnóstico  En el 3º casillero Diagnóstico En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 3º casillero para el diagnóstico "D" cuando se diagnóstica por 1º vez, en los controles es “R”  En los casilleros donde se registran los procedimientos siempre “D” H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 945530 1 80 Lima 61 A M N N 1. Catarata Senil, Tipo Morganian P D R H252 C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 84257962 F R R 3. Examen de fondo de ojo (Oftalmoscopia Directa) P D R 92250 H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 22 124456 1 80 Lima 67 A M N N 1. Catarata infantil, juvenil y presenil P D R H260 C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 10025474 F R R 3. Examen de fondo de ojo (Oftalmoscopia Directa) P D R 92250 PARA EL TRATAMIENTO  Tratamiento Quirúrgico Especializado: o 66850 Facofragmentación o 66982 Extracción de catarata extracapsular con implante de lente intraocular En el ítem Lab, registre el grado de dificultad de la cirugía: 1 = Baja Dificultad 2 = Mediana Dificultad 3 = Alta Dificultad Grado de Dificultad en las Intervenciones Quirúrgicas de Cataratas Grado de Dificultad Puntaje Facilidad de la Cirugía 1 = BAJO 20 Potencialmente Fácil 2 = MODERADO 21 – 40 Potencialmente Difícil 3 = ALTO 41 – 60 Potencialmente Muy Difícil
  • 11. Sistema de Información de Consulta Externa 11 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 945530 1 80 Lima 61 A M N N 1. Extracción de catarata extracapsular con implante de lente intraocular P D R 1 66982 C C 2. P D R 84257962 F R R 3. P D R H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 254786 1 80 San Juan 58 A M N N 1. Facofragmentación (mecánica o ultrasonido) con aspiración P D R 2 66850 C C 2. P D R 22485571 F R R 3. P D R En el Registro de las Intervenciones Quirúrgicas de Ceguera por Catarata: Todas las intervenciones quirúrgicas por Catarata deben de ser registradas en el HIS teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:  Las intervenciones y procedimientos de los equipos móviles (Locales, Regionales y del INO) deben ser registradas en HIS y entregadas a los establecimientos donde se realiza la atención especializada. Estos registros deben ser procesados y asignados a la población de la influencia del establecimiento donde se realiza la atención.  Los establecimientos de salud deberán realizar el ingreso de los datos generales del personal de los equipos móviles (Locales, Regionales y del INO) para su identificación en la base de datos.  Los establecimientos de salud donde se realice la atención de equipos móviles (Locales, Regionales y del INO) deben remitir el reporte de las actividades en el mes, al coordinador de la estrategia de su región para la remisión correspondiente a la institución responsable de la atención. CONTROL POST OPERATORIO DE CIRUGÍA DE CATARATA Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad que luego de ser intervenidas quirúrgicamente son evaluados en la consulta médica. Se brinda en establecimientos de salud de las categorías II-1, II-2, III-1 y III-2 dependiendo del tipo de control a ser realizado, asimismo en aquellos establecimientos con capacidad resolutiva quirúrgica y en aquellos casos donde se realizó la intervención por oferta móvil. EN EL CONTROL POST OPERATORIO: Controles Periodicidad Procedimientos Responsabilidad 1º Control Al día siguiente  Agudeza visual  Edema corneal  Uveítis  Lente intraocular Médico Cirujano de oferta fija como flexible (móvil). 2º Control A la semana  Agudeza visual  Presión Intraocular - PIO  Edema corneal  Uveítis  Lente intraocular El Médico Oftalmólogo del II o III nivel de atención, de no haber servicio de oftalmología deberá ser realizado por Médico de I nivel capacitado. 3º Control Al mes  Agudeza visual  Presión Intraocular - PIO  Edema corneal  Uveítis  Lente intraocular El Médico Oftalmólogo del II o III nivel de atención, de no haber servicio de oftalmología deberá ser realizado por Médico de I nivel capacitado. 4º Control A los dos meses  Capsulotomía posterior con YAG LASER en los casos que se opacifique la Cápsula Posterior: se realizará en el 15 al 70% de los pacientes operados de catarata.  Presión Intraocular - PIO  Refracción.  En niños sin lente intraocular, lentes de contacto. El Médico Oftalmólogo del II o III nivel de atención, de no haber servicio de oftalmología deberá ser referido por Médico del I nivel capacitado.
  • 12. Sistema de Información de Consulta Externa 12 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Cuando personal de salud no médico realiza procedimientos para el control: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:  En el 1º casillero Otros cuidados especificados posteriores a la Cirugía  En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta. En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque:  Para todas las actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”. En el ítem Lab, registre:  En el 1º casillero registre el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda. H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 23 485682 2 84 Moyobamba 64 A M N N 1. Otros cuidado especificados posteriores a la Cirugía P D R 2 Z488 C C 2. Determinación de la Agudeza Visual P D R 70 99173 85421548 F R R 3. P D R 50 Cuando el Médico realiza todos los procedimientos: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:  En el 1º casillero la morbilidad  En el 2º casillero Cuidado Posterior a la Cirugía  En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta. En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque:  SIEMPRE Repetido “R” para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado anteriormente.  Para las demás actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”. En el ítem Lab, registre:  En el 2º casillero registre el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda. H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 349550 1 84 Ferreñafe 61 A M N N 1. Catarata Senil tipo Morganian P D R H252 C C 2. Cuidado Posterior a la Cirugía P D R 3 Z489 56412256 F R R 3. Presencia de Lentes Intraoculares P D R Z961 M N N 1. Determinación de la Agudeza Visual P D R 70 99173 C C 2. P D R 50 F R R 3. P D R Para el registro de la Determinación de la Presión Intraocular se deberá utilizar un registro separado para poder identificar el resultado ojo por ojo: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico  En el 1º casillero Determinación de la presión intraocular bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque siempre "D". En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o N = Normal 10 – 20 mm Hg o A = Anormal > 20 mm Hg
  • 13. Sistema de Información de Consulta Externa 13 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 14 349550 1 84 Ferreñafe 61 A M N N 1. Determinación de la presión intraocular bilateral P D R A 92100 C C 2. P D R N 56412256 F R R 3. P D R CONTROL Y TRATAMIENTO ESPECIALIZADO DE COMPLICACIONES POST QUIRÚRGICAS Definición Operacional: Intervención dirigida a personas pobres y extremadamente pobres mayores de cincuenta (50) años de edad que luego de ser intervenidas quirúrgicamente son evaluados en la consulta médica y diagnosticados con complicaciones post quirúrgicas. Se brinda en establecimientos de salud con oftalmólogo. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o actividad de salud, anote:  En el 1º casillero Morbilidad (Complicación post quirúrgica)  En el 2º casillero Cuidado Posterior a la Cirugía  En los siguientes casilleros deberá registrar los procedimientos realizados durante la consulta. En el ítem: Tipo de diagnóstico, marque  En el 1º casillero “D” la primera vez que se diagnóstica  En el 2º casillero siempre “D” En el ítem Lab, registre:  En el 2º casillero SIEMPRE el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda. H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 349550 1 80 Piura 59 A M N N 1. Síndrome vítreo consecutivo a cirugía de catarata P D R H590 C C 2. Cuidados posteriores a la cirugía P D R 3 Z489 56412256 F R R 3. P D R H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 15426 1 80 Piura 61 A M N N 1. Otros trastornos del ojo y sus anexos, consecutivos a procedimientos P D R H598 C C 2. Cuidados posteriores a la cirugía P D R 2 Z489 21456451 F R R 3. P D R RECUERDE: Respecto a las actividades de: Determinación de la Agudeza Visual y la Determinación de la Presión Intraocular Bilateral; estas se realizan tanto en el momento de la evaluación y despistaje, el diagnóstico y en los controles post intervención quirúrgica, para poder identificar en qué momento se han realizado estas actividades, es necesario diferenciarlos en el registro de acuerdo a lo que se ha descrito en el presente manual a fin de establecer los indicadores respectivos. TAMIZAJE Y DIAGNOSTICO DEL RECIÉN NACIDO CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD Definición Operacional.- Actividad que se realiza en establecimientos de salud de categoría II-2, III-1 y III-2 con servicio de oftalmología y está orientada a la prevención secundaria de la ROP. Debe ser realizado al 100% de los neonatos prematuros hospitalizados con factores de riesgo de desarrollar retinopatía. El tamizaje debe ser realizado por el profesional médico oftalmólogo, con experiencia en el examen de oftalmoscopia indirecta a prematuros y en el diagnóstico de R.O.P., y cuando el neonato se encuentra estable.
  • 14. Sistema de Información de Consulta Externa 14 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Factores de riesgo de RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD (ROP):  Recién nacido con < 37 semanas de edad gestacional  Recién nacido con peso < 2000 gramos  Recién nacido que recibe oxigenoterapia. TAMIZAJE Y DIAGNÓSTICO DE RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD (ROP): En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad o Normal.  En el 2º casillero el procedimiento realizado: Oftalmoscopia Indirecta.  En el 3º casillero el diagnóstico: (Factor de Riesgo) según corresponda En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero para el diagnóstico "D" siempre y cuando se la 1º vez que se diagnóstica.  En el 2º casillero para las actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”  En el 3º casillero se registra “R” para el diagnóstico (Factor de Riesgo) En ítem Lab: Registrar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular (SO) En el Tamizaje H.C. / F.F. FINANC. DE SALUD PERTE- NENCIA ÉTNICA DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD EDAD DIAGNÓSTICO LAB. P D R 13 945530 1 80 Piura 3 D M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Oftalmoscopia Indirecta P D R 92225 24516842 F R R 3. RN de Muy Bajo Peso al Nacer P D R P0711 Cuando se confirma el diagnóstico: H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 17 562541 1 80 Piura 7 D M N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351 C C 2. Oftalmoscopia Indirecta P D R 92225 23596547 F R R 3. RN prematuro P D R P073 TRATAMIENTO DE RECIÉN NACIDO CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD Definición Operacional: Acto quirúrgico dirigido a resolver el daño, la primera elección es la cirugía láser dentro de las 48 horas de confirmación diagnóstica, al 100% de los niños que la requieran luego del proceso de tamizaje. Realizada por el oftalmólogo entrenado en Retinopatía de la Prematuridad y en cirugía láser. Se brinda en establecimientos de salud de categoría III-1 y III-2. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad.  En el 2º casillero el procedimiento realizado: Destrucción de la retinopatía extensa. En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero para el diagnóstico "R" cuando el paciente ya haya sido diagnosticado anteriormente.  En el 2º casillero donde se registra el procedimiento siempre “D” H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 235674 1 80 Piura 10 D M N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351 C C 2. Destrucción de retinopatía extensa P D R 67227 85421063 F R R 3. P D R
  • 15. Sistema de Información de Consulta Externa 15 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera CONTROL POST OPERATORIO DE RECIÉN NACIDOS CON RETINOPATÍA DE LA PREMATURIDAD Definición Operacional: Intervención dirigida a la rehabilitación, control y seguimiento de los RN con Retinopatía de la prematuridad (ROP), está a cargo de los oftalmólogos entrenados en ROP y cirugía láser, se realiza tanto al tratamiento como a la maduración de la retina, el control y seguimiento debe hacerse de preferencia en establecimientos de salud del tercer nivel. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico: Retinopatía de la prematuridad.  En el 2º casillero Cuidados Posterior a la Cirugía En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero para el diagnóstico "R" ya que el paciente fue diagnosticado anteriormente  En el 2º casillero donde se registra la actividad siempre “D”  Para las demás actividades y/o procedimientos colocar siempre Definitivo “D”. En el ítem Lab, registre:  En el 2º casillero SIEMPRE el número de control post-operatorio 1, 2, 3, 4… según corresponda. H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 562451 1 80 Piura 10 D M N N 1. Retinopatía de la prematuridad P D R H351 C C 2. Cuidado Posterior a la Cirugía P D R 1 Z489 25485691 F R R 3. P D R Si se registra con tipo de diagnóstico Definitivo (D) se genera en el registro un nuevo caso, durante todos los controles post operatorios el diagnóstico de “Retinopatía de la Prematuridad” debe ser Repetido (R) Evaluación Visual en Niños menores de 3 años en Establecimientos De Salud Definición Operacional: Actividad que se realiza en todos los establecimientos de salud que realizan Control de Crecimiento y Desarrollo, como parte de la atención integral, a cargo de personal de salud capacitado; con la finalidad de realizar la evaluación visual en niños menores de 03 años de edad (hasta 2 años, 11 meses y 29 días) y acuden al establecimiento de salud para recibir Control de Crecimiento y Desarrollo (CRED); se realiza mediante el examen del Reflejo Rojo de la Pupila, Inspección externa de ojos, fijación monocular y evaluación del seguimiento de acuerdo a la edad del niño. Edad Reflejo Rojo Inspección externa Fijación Monocular Seguimiento Recién Nacido X X 02 Meses X X X 06 Meses X X X X 12 Meses X X X X 03 Años X X X X En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico: Control de Crecimiento y Desarrollo  En el 2º casillero: Alteración visual no especificada.  En el 3º casillero si el diagnóstico es un hallazgo patológico: Examen de los Ojos y de la Visión En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º y 3º casillero consignar siempre “D”  En el 2º casillero “P” presuntivo y realizar la derivación para la evaluación médica. En el ítem: Lab, registre:  En el 1º casillero: Consignar el número de control correspondiente.
  • 16. Sistema de Información de Consulta Externa 16 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DÍA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 85426 1 80 Huanta 6 M M N N 1. Control de crecimiento y desarrollo P D R 6 Z001 C C 2. Alteración Visual no especificada P D R H539 84225164 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 Actividad realizada por personal profesional médico capacitado: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote el diagnóstico En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” y realizar la derivación a un Establecimiento de Salud de mayor complejidad DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 36524 1 80 Yauyos 1 A M N N 1. Alteración visual no especificada P D R DVR H539 C C 2. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 96524158 F R R 3. P D R Tamizaje de Errores Refractivos en Niños de 3 años a más en Establecimientos de Salud Definición Operacional: Actividad que se realiza en todos los EE.SS que realizan Control de Crecimiento y Desarrollo, como parte de la atención integral, a cargo de personal de salud capacitado; con la finalidad de detectar niños de 03 años de edad a más con agudeza visual disminuida, mediante los exámenes de agudeza visual binocular. Los ejemplos son referenciales, el orden y las actividades deben adecuarse a las situaciones presentadas en la atención de acuerdo a la normatividad vigente. Si el diagnóstico es normal, registre: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Control de Crecimiento y Desarrollo  En el 2º casillero Normal  En el 3º casillero Consejería integral  En el 4º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 5º casillero Determinación de la agudeza visual En el ítem: Lab, registre:  En el 1º casillero consignar el número de control correspondiente.  En el 2º casillero si el resultado es Normal la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular.  En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 6º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800
  • 17. Sistema de Información de Consulta Externa 17 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Niño con Tamizaje y Hallazgo Normal DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 54680 1 80 Trujillo 4 A M N N 1. Control de Crecimiento y Desarrollo P D R 2 Z001 C C 2. Normal P D R SO Z006 59416528 F R R 3. Consejería integral P D R SO 99401 M N N 1. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173 F R R 3. P D R 25 Si tiene alguna probable patología, registre: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Control de Crecimiento y Desarrollo  En el 2º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o H543 Discapacidad visual leve o H546 Discapacidad visual moderada, monocular o H542 Discapacidad visual moderada, binocular o H545 Discapacidad visual grave, monocular o H541 Discapacidad visual grave, binocular o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular) o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)  En el 3º casillero Consejería integral  En el 4º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 5º casillero Determinación de la agudeza visual Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico: Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente manera: 1/ No percepción de luz Fuente: OMS En el ítem: Lab, registre:  En el 1º casillero el número de control CRED correspondiente  En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 6º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV Z006 Normal 20/20 a 20/30 H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60 H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200 H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400 H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL 1/
  • 18. Sistema de Información de Consulta Externa 18 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 54680 1 80 Trujillo 4 A M N N 1. Control de crecimiento y desarrollo P D R 2 Z001 C C 2. Discapacidad visual moderada, monocular P D R H546 59416528 F R R 3. Consejería Integral P D R SO 99401 M N N 1. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 70 99173 F R R 3. P D R 50 Actividad realizada por médico capacitado: Cuando el Diagnóstico es con patología En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote el diagnóstico:  En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o H543 Discapacidad visual leve o H546 Disminución Indeterminada de la Agudeza Visual de un ojo (Discapacidad visual moderada, monocular) o H542 Disminución Indeterminada de la Agudeza Visual en ambos ojos (Discapacidad visual moderada, binocular) o H545 Discapacidad visual grave, monocular o H541 Discapacidad visual grave, binocular o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular) o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular)  En el 2º casillero Consejería integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Determinación de la agudeza visual En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” y realizar la derivación a un Establecimiento de Salud de mayor complejidad En el ítem: Lab, registre:  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda, colocar el resultado encontrado (sin correctores, sin agujero estenopeico), usando la siguiente nomenclatura: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar: 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar: 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar: 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar: 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 Utilice siguiente cuadro para el diagnóstico: Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente manera: 1/ No percepción de luz Fuente: OMS Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV Z006 Normal 20/20 a 20/30 H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60 H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200 H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400 H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL 1/
  • 19. Sistema de Información de Consulta Externa 19 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 54680 1 80 Trujillo 4 A M N N 1. Discapacidad visual moderada, monocular P D R H546 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 59416528 F R R 3 Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 70 99173 C C 2. P D R 50 F R R 3. P D R En el caso de presentar un diagnóstico diferente en cada ojo evaluado, consignar el diagnóstico de mayor discapacidad Tamizaje de Errores Refractivos en Instituciones Educativas en niños de 03 a 11 años. Definición Operacional: Actividad que se realiza en instituciones educativas públicas de nivel primaria, a cargo de personal capacitado del establecimiento de salud; con la finalidad de detectar niños con agudeza visual disminuida, a través de la medición de la agudeza visual binocular; otorgando prioridad de atención a los escolares en situación de pobreza y pobreza extrema. Actividad realizada por personal técnico de salud capacitado: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Resultado del Procedimiento realizado: o H547 Disminución de la Agudeza Visual sin Especificación o Z006 Normal  En el 2º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D" En el ítem: Lab anote:  En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular.  En el 2º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 3º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 Niño con Tamizaje DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 445670 1 80 Cajamarca 7 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173 94516528 F R R 3. P D R 25
  • 20. Sistema de Información de Consulta Externa 20 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Actividad realizada por personal profesional no médico capacitado: En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o Z006 Normal o H543 Discapacidad visual leve o H546 Discapacidad visual moderada, monocular o H542 Discapacidad visual moderada, binocular o H545 Discapacidad visual grave, monocular o H541 Discapacidad visual grave, binocular o H544 Ceguera de un ojo (ceguera monocular) o H540 Ceguera en ambos ojos (ceguera binocular) Utilice siguiente cuadro de referencia para el diagnóstico: Clasificación de Agudeza visual.- Según la Organización Mundial de la Salud la agudeza visual se clasifica de la siguiente manera: 1/ No percepción de luz Fuente: OMS  En el 2º casillero Consejería Integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Determinación de la Agudeza Visual Bilateral En el ítem: Tipo de diagnóstico marque SIEMPRE "D" En el ítem: Lab, anote:  En el 1º casillero si el resultado es Normal colocar la sigla “SO” para indicar que el resultado de la evaluación es de Salud Ocular.  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 4º casillero el resultado de la evaluación del OJO DERECHO según corresponda  En el 5º casillero el resultado de la evaluación del OJO IZQUIERDO según corresponda: o Agudeza Visual 20/20 registrar: 20 o Agudeza Visual 20/25 registrar: 25 o Agudeza Visual 20/30 registrar: 30 o Agudeza Visual 20/40 registrar: 40 o Agudeza Visual 20/50 registrar: 50 o Agudeza Visual 20/70 registrar : 70 o Agudeza Visual 20/100 registrar : 100 o Agudeza Visual 20/200 registrar : 200 o Agudeza Visual 20/400 registrar : 400 o Agudeza Visual < 20/400, registrar: 800 Niño con Disminución de la Agudeza Visual DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 34244 1 80 Trujillo 8 A M N N 1. Discapacidad visual moderada, monocular P D R H546 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 23423758 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 50 99173 C C 2. P D R 70 F R R 3. P D R Código Categoría de Discapacidad Visual Rangos de AV Z006 Normal 20/20 a 20/30 H543 Limitación visual leve 20/40 a 20/60 H546 / H542 Limitación visual moderada 20/70 a 20/200 H545 / H541 Limitación visual severa < 20/200 a 20/400 H544 / H540 Ceguera < 20/400 a NPL 1/
  • 21. Sistema de Información de Consulta Externa 21 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Niño con Tamizaje y Hallazgo Normal DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 34244 1 80 Trujillo 8 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 23423758 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Determinación de la agudeza visual P D R 20 99173 C C 2. P D R 25 F R R 3. P D R En el caso de hallazgo de alteración o discapacidad visual se debe realizar la derivación al Establecimiento de Salud, para la evaluación y despistaje de Errores de Refracción Evaluación y Despistaje de Errores Refractivos en niños Definición Operacional: Actividad que se realiza en establecimientos de salud de categorías I-2, I-3, I-4, y II-1; a cargo de Médico General capacitado con la finalidad de evaluar y hacer despistaje de la alteración visual o error refractivo en niños de 0 a 11 años del mismo establecimiento o aquellos que llegan referidos. La evaluación se realiza mediante el examen del Reflejo Rojo de la Pupila, Inspección externa de ojos, fijación monocular, evaluación del seguimiento, oclusión alternante, reflejo corneal y agudeza visual de acuerdo a la edad del niño. Cuando el Diagnóstico es con patología En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud para el diagnóstico  En el 1º casillero puede utilizarse los siguientes diagnósticos: o Z006 Normal o H538 Otras alteraciones visuales: Leucocoria, anormalidades en la inspección, no fijación o H509 Estrabismo o H530 Ambliopía o H359 Patologías retinales o H179 Cicatriz corneal o H029, H028 Enfermedad del parpado o H527 Ametropía (Trastorno de la Refracción, no Especificado)  En el 2º casillero consejería integral  En el 3º casillero Examen de Ojos y de La Visión En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero para el diagnóstico "D" cuando el diagnóstico sea confirmado por primera vez, en los controles “R” y “P” cuando se trate de una presunción por descartar.  En el 2º y 3º casillero SIEMPRE “D” En el ítem: Lab, registre:  En el 2º casillero: “DVR” de derivación [si fuera el caso de derivación a un establecimiento de mayor complejidad]  En el 3º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular Cuando el niño tiene patología visual DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 24767 1 80 Iquitos 3 A M N N 1. Ametropía P D R DVR H527 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 54433334 F R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010
  • 22. Sistema de Información de Consulta Externa 22 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 65463 1 80 Callao 4 A M N N 1. Estrabismo P D R RF H509 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 67490334 F R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010 Cuando el niño no tiene patología visual DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 23977 1 80 Belén 5 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 54609246 F R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010 Diagnóstico de Errores Refractivos Definición Operacional: Actividad que se realiza en EE.SS de categoría II-1, II-2, III-1 y III-2 u oferta móvil a cargo de Médico Oftalmólogo y/o Tecnólogo Médico en Optometría con la finalidad de establecer el diagnóstico de patologías visuales y errores refractivos en niños hasta los 11 años, mediante la realización de los siguientes exámenes y procedimientos:  Dilatación Pupilar  Oftalmoscopia indirecta  Oftalmoscopia directa  Inspección con lámpara de hendidura  Fondo de ojo con dilatación  Refracción automatizada  Refracción manual  Refracción con cicloplejía En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico identificado o Miopía (H521) o Hipermetropía (H520) o Astigmatismo (H522) o Otros Trastornos de la Refracción (H526) o Trastorno de la Refracción, no Especificado (H527)  En el 2º casillero consejería integral  En el 3º casillero: Examen de Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Refracción En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero para el diagnóstico "D" cuando el diagnóstico sea confirmado por primera vez y en los controles “R” cuando el diagnóstico sea repetido.  En el 2º, 3º y 4º casillero SIEMPRE “D” En el ítem: Lab, registre:  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular Cuando el niño tiene patología visual de Error Refractivo DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 45361 1 80 Ocoña 5 A M N N 1. Miopía P D R H521 C C 2. Consejería integral P D R SO 99401 02546946 F R R 3. Examen de Ojos y de la Visión P D R Z010 M N N 1. Refracción P D R 92015 C C 2. P D R F R R 3. P D R
  • 23. Sistema de Información de Consulta Externa 23 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Cuando el niño no tiene patología visual de Error Refractivo En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero Normal  En el 2º casillero consejería integral  En el 3º casillero Examen de los Ojos y de la Visión  En el 4º casillero Refracción En el ítem: Tipo de diagnóstico marque “D” para el diagnóstico y procedimientos. En el ítem: Lab, registre:  En el 1º casillero la sigla “SO” para indicar normal para Salud Ocular  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular Niño Sin Patología Visual: DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 13 23977 1 80 Belén 5 A M N N 1. Normal P D R SO Z006 C C 2. Consejería Integral P D R SO 99401 54609246 F R R 3. Examen de los ojos y de la visión P D R Z010 M N N 1. Refracción P D R 92015 C C 2. P D R F R R 3. P D R Tratamiento de Errores Refractivos Definición Operacional: Conjunto de actividades destinadas a garantizar la entrega de lentes correctores a los niños con diagnóstico de error refractivo, se realiza en EE.SS de categoría II-1, II-2, III-1 y III-2, u oferta móvil, según prescripción hecha por el médico oftalmólogo y/o tecnólogo médico en optometría con la supervisión de oftalmólogo, con la finalidad de dar tratamiento al error refractivo diagnosticado. Adicionalmente una consejería en la cual se informa sobre el uso de los correctores, controles y temas de Salud Ocular. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico identificado: o Miopía (H521) o Hipermetropía (H520) o Astigmatismo (H522)  En el 2º casillero Consejería integral  En el 3º casillero Prueba y ajuste de anteojos En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero Repetido "R" para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado anteriormente.  Para las demás actividades SIEMPRE “D”. En el ítem: Lab, registre:  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 5 45361 1 80 Ocoña 5 A M N N 1. Miopía P D R H521 C C 2. Consejería integral P D R SO 99401 02546946 F R R 3. Prueba y ajuste de anteojos P D R Z460
  • 24. Sistema de Información de Consulta Externa 24 Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Control de Pacientes con Errores Refractivos Definición Operacional: Actividad dirigida a niños que iniciaron tratamiento por error refractivo con lentes correctores, realizado por médico oftalmólogo y/o tecnólogo médico en optometría en EE.SS de categoría I-4, II-1, II-2, III-1 y III-2 u oferta móvil, con la finalidad de disminuir los años de discapacidad y mejorar el rendimiento escolar a través de la evaluación de la adherencia a los lentes correctores y determinar el desarrollo del error refractivo. Los controles se realizan a los 03 meses, 06 meses, al año de iniciado el tratamiento y luego 01 control anual. El 3º y 6º control es realizado en el establecimiento de salud de procedencia del niño, y el control anual debe ser realizado por el establecimiento de salud que hizo el diagnóstico. En el ítem: Diagnóstico motivo de consulta y/o Actividad de Salud, anote:  En el 1º casillero el diagnóstico identificado: o Miopía (H521) o Hipermetropía (H520) o Astigmatismo (H522)  En el 2º casillero: Consejería integral  En el 3º casillero: Prueba y ajuste de anteojos En el ítem: Tipo de diagnóstico marque:  En el 1º casillero Repetido "R" para el diagnóstico de la morbilidad ya que este paciente ya ha sido diagnosticado anteriormente  En el 2º casillero SIEMPRE “D”  En el 3º casillero Repetido “R” por ser control, solo se registra con “D” cuando se inicia el tratamiento En el ítem: Lab, registre:  En el 2º casillero la sigla “SO” para indicar que se trata de una consejería en salud ocular  En el 3º casillero el número de control según corresponda DÍA H.C. / F.F. FINANC. PERTE- DISTRITO DE PROCEDENCIA S E X O ES TA BLE SER VI CIO DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD TIPO DE CÓDIGO CIE / CPT DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE NENCIA EDAD DIAGNÓSTICO LAB. SALUD ÉTNICA P D R 5 86787 1 80 Sara 5 A M N N 1. Miopía P D R H521 C C 2. Consejería integral P D R SO 99401 25434155 F R R 3. Prueba y ajuste de anteojos P D R 2 Z460