REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-ESTADO LARA
MOTIVOS DE CASACIÓN
ESTUDIANTE: ANALICIA PAREDES
C.I. 19818281
ABOGADA LORENZ CEBALLOS
BARQUISIMETO-ESTADO LARA
MOTIVOS DE CASACIÓN
Errores relativos al Orden del proceso (errores
in procediendo).
Estos ocurren cuando la sala declara la nulidad y
la reposición de la causa al estado que se
considere necesario para que así se pueda
restablecer el orden vulnerado.
Cuando se viola una norma procesal.
En los siguientes casos
*Cuando se cometen errores en el Inter Procesal
que conduce a sentencia definitivamente firme.
*Cuando se omiten requisitos de la sentencia
(tipificado en el art. 243 CPCV)
*Cuando hay indefensión que es ocasionada por
la defensa recurrida.
MOTIVOS DE CASACIÓN
Errores relativos al Orden del proceso (errores
in procediendo).
Estos ocurren cuando la sala declara la nulidad y
la reposición de la causa al estado que se
considere necesario para que así se pueda
restablecer el orden vulnerado.
Cuando se viola una norma procesal.
En los siguientes casos
*Cuando se cometen errores en el Inter Procesal
que conduce a sentencia definitivamente firme.
*Cuando se omiten requisitos de la sentencia
(tipificado en el art. 243 CPCV)
*Cuando hay indefensión que es ocasionada por
la defensa recurrida.
*Cuando hay comisión de vicios tipificados
en el Art.244 CPCV
-Toda sentencia será nula sinó cumple con los
requisitos anteriores.
-Por haber absuelto de la instancia
-Por resultar contradictoria.
Cuando esta sea condicional o contenga
ultrapetita.
*Cuando hay comisión de vicios tipificados
en el Art.244 CPCV
-Toda sentencia será nula sinó cumple con los
requisitos anteriores.
-Por haber absuelto de la instancia
-Por resultar contradictoria.
Cuando esta sea condicional o contenga
ultrapetita.
*Cuando hay indefensión que es ocasionada por la
defensa recurrida
*Hay indefensión cuando el Juez limita el ejercicio por las
partes, de los medios y recursos que el Proceso le concede
atendiendo a la ley. Esto por supuesto para la defensa de sus
derechos, pero no cuando se haya ejercido este y es declarado
improcedente.
*Cuando hay indefensión que es ocasionada por la
defensa recurrida
*Hay indefensión cuando el Juez limita el ejercicio por las
partes, de los medios y recursos que el Proceso le concede
atendiendo a la ley. Esto por supuesto para la defensa de sus
derechos, pero no cuando se haya ejercido este y es declarado
improcedente.
Errores cometidos al resolver la
controversia.
* Cuando durante el proceso se palique una norma
que ya no tenga vigencia.
* Cuando le sea negado la aplicación de una norma
vigente.
*Cuando incurran en error en la interpretación de
una norma que está expresada en Ley.
El Juez deberá interpretar el recurso de legalidad
para poder resolver la controversia.
*Cuando se aplique falsamente una norma jurídica
*Cuando sea violada una norma de máxima de
experiencia
Errores cometidos al resolver la
controversia.
* Cuando durante el proceso se palique una norma
que ya no tenga vigencia.
* Cuando le sea negado la aplicación de una norma
vigente.
*Cuando incurran en error en la interpretación de
una norma que está expresada en Ley.
El Juez deberá interpretar el recurso de legalidad
para poder resolver la controversia.
*Cuando se aplique falsamente una norma jurídica
*Cuando sea violada una norma de máxima de
experiencia
Errores cometidos al Establecer
hechos (Casación sobre los hechos)
En el caso, en que las partes dispositivas del
fallo sea consecuencia de una suposición
falsa y esta es por parte del Juez , que
atribuyó a las actas del expediente
menciones que estas no contenían.
*Cuando la suposición falsa debe referirse
a un hecho concreto que el Juez establece
falsamente en su sentencia.
*Cuando el Juez tiene un error de
percepción de los hechos
*Cuando se da por demostrado un hecho
con pruebas que no constan en auto.
En el caso, en que las partes dispositivas del
fallo sea consecuencia de una suposición
falsa y esta es por parte del Juez , que
atribuyó a las actas del expediente
menciones que estas no contenían.
*Cuando la suposición falsa debe referirse
a un hecho concreto que el Juez establece
falsamente en su sentencia.
*Cuando el Juez tiene un error de
percepción de los hechos
*Cuando se da por demostrado un hecho
con pruebas que no constan en auto.
Formalización del recurso de casación
Requisitos del abogado para actuar en casación :
 Abogado
 Venezolano
Mayor de 30 años
Doctor en Derecho, o
ejercicio de la profesión no menor de 5 años, o
ejercicio de la judicatura no menor de 5 años, o
Ejercicio de la docencia universitaria no menor de 5 años,
acreditados por el Colegio de Abogados respectivo.
 No se requiere poder especial
Si el abogado no acredita estos requisitos se tendrá por no
presentado el escrito
En el caso de la formalización se declarará perecido el recurso
El escrito puede ser presentado por la parte del mismo, asistido
por un abogado que haya acreditado los requisitos
El cumplimiento de los requisitos puede ser acreditado durante
el lapso de sustanciación, pero la constancia del Colegio de
Abogados debe estar expedida para la fecha de la fecha de la
actuación
Requisitos del abogado para actuar en casación :
 Abogado
 Venezolano
Mayor de 30 años
Doctor en Derecho, o
ejercicio de la profesión no menor de 5 años, o
ejercicio de la judicatura no menor de 5 años, o
Ejercicio de la docencia universitaria no menor de 5 años,
acreditados por el Colegio de Abogados respectivo.
 No se requiere poder especial
Si el abogado no acredita estos requisitos se tendrá por no
presentado el escrito
En el caso de la formalización se declarará perecido el recurso
El escrito puede ser presentado por la parte del mismo, asistido
por un abogado que haya acreditado los requisitos
El cumplimiento de los requisitos puede ser acreditado durante
el lapso de sustanciación, pero la constancia del Colegio de
Abogados debe estar expedida para la fecha de la fecha de la
actuación
Lugar, tiempo y modo de presentación del Escrito de
Formalización
Tiempo
40 días continuos contados a partir del dia siguiente del vencimiento del
lapso para el nuncio mas del termino de distancia fijado por la sala de
casación civil
40 dias continuos contados a partir de la declaratoria con lugar del recurso
hecho
Lugar
en el tribunal que admitió el recurso, si lo efectúa antes del
envió del expediente
En la secretaria de casación civil
Por organo de cualquier juez que la autentifique
Perecimiento del recurso
Se declara perecido
cuando:
No se presente en el
lapso indicado del art
317 CPC
No llene los requisitos
exigidos por este articulo
Contestación, réplica y
contrarréplica.
Para contestar el recurso de casación así como
para intervenir en los actos de replica y contra
replica ante la corte Suprema de Justicia, el
abogado deben cumplir con lo dispuesto en el
art 324 del CPC
Sentencia de casación
Al primer día el Tribunal competente podrá oír el anuncio del recurso de casación lo admitirá
o negará
En caso de
negativa
razonará en
dicho auto
los motivos
del
rechazo,.
En caso de
admisión hará
constar en el auto
el día del
calendario que
correspondió al
último de los diez
(10) que se dan
para el anuncio.
Si no hubiere habido
pronunciamiento
oportuno sobre
admisión o negativa
del recurso
el anunciante
consignará su
escrito de
formalización en
la Corte Suprema
de Justicia
Requiera el expediente e
imponga al Juez una multa
entre diez mil y veinte mil
bolívares
Se pronuncie la admisión o
negativa del recurso.
Dentro de los
cuarenta (40)
días continuos,
más el término
de la distancia si
tal fuere el caso
EL tribunal supremo
de justicia después
del anuncio en 10
dias
En caso de
negativa de admisión
del recurso de
casación, el Tribunal
que lo negó
conservará el
expediente durante
cinco (5) días, a fin
de que el interesado
pueda ocurrir de
hecho para ante la
Corte Suprema de
Justicia
Pasados los diez
(10) días que se
dan para anunciar
el recurso sin que
éste haya sido
propuesto, se
remitirá el
expediente al
Tribunal a quien
corresponda la
ejecución
Este recurso se propondrá por
ante el Tribunal que negó la
admisión del recurso en el
mismo expediente del asunto,
quien lo remitirá en primera
oportunidad a la Corte Suprema
de Justicia
Decidirá dentro de los cinco
(5) días siguientes al recibo
de las actuaciones
Art. 316 CPC
Vencido los 10 días
para el anuncio.
Lapsos
para
sentenciar
DECLARACION CON LUGAR DELRECURSO DE CASACION POR DEFECTO DE
ACTIVIDAD Y INFRACCION DE LA LEY
DECLARACION CON LUGAR DELRECURSO DE CASACION POR DEFECTO DE
ACTIVIDAD Y INFRACCION DE LA LEY
 Cuando en el proceso se hayan
quebrantado u omitido formas sustanciales
de los actos que menoscaben el derecho
de defensa
 cuando en la sentencia no se hubieren
cumplido los requisitos del artículo 243,
Adoleciere de los vicios enumerados en
el artículo 244;
Establecido en el Código de Procedimiento Civil, articulo 313
Se declarará con lugar el recurso de casación:
Cuando se haya incurrido en un error de
interpretación acerca del contenido y
alcance de una disposición expresa de la
ley,
Aplicado falsamente una norma jurídica
 cuando se aplique una norma que no
esté vigente, o se le niegue aplicación y
vigencia a una que lo esté
 cuando se haya violado una máxima de
experiencia.
Dichos quebrantamientos u omisiones se
hayan agotado todos los recursos, o que la
omisión o quebrantamiento lesionen el
orden público.
En los casos de este ordinal la infracción
tiene que haber sido determinante de lo
dispositivo en la sentencia.
EFECTOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA DE CASACION:
REPOSICION Y REENVIO
EFECTOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA DE CASACION:
REPOSICION Y REENVIO
Si el recurso fuere declarado con lugar por las infracciones descritas en
el ordinal 2° del artículo 313, el Juez de reenvío se limitará a dictar
nueva sentencia sometiéndose completamente a lo decidido por la
Corte Suprema de Justicia
el fallo de casación, tanto estimatoria como desestimatoria, es
vinculante para el Juez de reenvío, quien dictará nueva sentencia
con base en las disposiciones de la ley que la Corte Suprema de
Justicia haya declarado aplicables al caso resuelto
La Corte Suprema de Justicia podrá casar un fallo sin reenvío, cuando su
decisión sobre el recurso haga innecesario un nuevo pronunciamiento sobre
el fondo
La Corte Suprema de Justicia prescindir del reenvío, y
poner término al litigio, cada vez que los hechos que han
sido soberanamente establecidos y apreciados por los
jueces del fondo, le permitan aplicar la apropiada regla de
derecho.
El fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia
que no requiriese decisión de reenvío, se remitirá
directamente al Tribunal al cual corresponda la
ejecución,
En estos casos, la Corte Suprema de
Justicia hará pronunciamiento expreso
sobre las costas del juicio, de acuerdo
con las disposiciones del Título VI, Libro
Primero
Después de sentenciado el recurso de casación, el
expediente se remitirá al Tribunal de Reenvío por el
primer correo si el recurso fuere declarado con lugar
o al de la ejecución en caso contrario, participándole
dicha remisión al Tribunal que envió el expediente a
la Corte
DECLARACION SIN LUGAR
Si el Juez de reenvío fallara contra lo decidido por la Corte Suprema de Justicia
DECLARACION SIN LUGAR
Si el Juez de reenvío fallara contra lo decidido por la Corte Suprema de Justicia
Dentro de
los diez días
siguientes a
su
publicación
Las partes
interesadas
podrán
proponer
recurso de
nulidad
contra la
nueva
sentencia.
Propuesto este
recurso, el
Tribunal de
Reenvío remitirá
en primer
oportunidad el
expediente a la
Corte Suprema
de Justicia
certificándol
o de oficio
luego como lo
reciba leerá la
sentencia que
dictó y la del Juez
de reenvío y las
demás actas del
expediente que
fuere necesario
para formarse
criterio
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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO-ESTADO LARA MOTIVOS DE CASACIÓN ESTUDIANTE: ANALICIA PAREDES C.I. 19818281 ABOGADA LORENZ CEBALLOS BARQUISIMETO-ESTADO LARA
  • 2. MOTIVOS DE CASACIÓN Errores relativos al Orden del proceso (errores in procediendo). Estos ocurren cuando la sala declara la nulidad y la reposición de la causa al estado que se considere necesario para que así se pueda restablecer el orden vulnerado. Cuando se viola una norma procesal. En los siguientes casos *Cuando se cometen errores en el Inter Procesal que conduce a sentencia definitivamente firme. *Cuando se omiten requisitos de la sentencia (tipificado en el art. 243 CPCV) *Cuando hay indefensión que es ocasionada por la defensa recurrida. MOTIVOS DE CASACIÓN Errores relativos al Orden del proceso (errores in procediendo). Estos ocurren cuando la sala declara la nulidad y la reposición de la causa al estado que se considere necesario para que así se pueda restablecer el orden vulnerado. Cuando se viola una norma procesal. En los siguientes casos *Cuando se cometen errores en el Inter Procesal que conduce a sentencia definitivamente firme. *Cuando se omiten requisitos de la sentencia (tipificado en el art. 243 CPCV) *Cuando hay indefensión que es ocasionada por la defensa recurrida.
  • 3. *Cuando hay comisión de vicios tipificados en el Art.244 CPCV -Toda sentencia será nula sinó cumple con los requisitos anteriores. -Por haber absuelto de la instancia -Por resultar contradictoria. Cuando esta sea condicional o contenga ultrapetita. *Cuando hay comisión de vicios tipificados en el Art.244 CPCV -Toda sentencia será nula sinó cumple con los requisitos anteriores. -Por haber absuelto de la instancia -Por resultar contradictoria. Cuando esta sea condicional o contenga ultrapetita. *Cuando hay indefensión que es ocasionada por la defensa recurrida *Hay indefensión cuando el Juez limita el ejercicio por las partes, de los medios y recursos que el Proceso le concede atendiendo a la ley. Esto por supuesto para la defensa de sus derechos, pero no cuando se haya ejercido este y es declarado improcedente. *Cuando hay indefensión que es ocasionada por la defensa recurrida *Hay indefensión cuando el Juez limita el ejercicio por las partes, de los medios y recursos que el Proceso le concede atendiendo a la ley. Esto por supuesto para la defensa de sus derechos, pero no cuando se haya ejercido este y es declarado improcedente.
  • 4. Errores cometidos al resolver la controversia. * Cuando durante el proceso se palique una norma que ya no tenga vigencia. * Cuando le sea negado la aplicación de una norma vigente. *Cuando incurran en error en la interpretación de una norma que está expresada en Ley. El Juez deberá interpretar el recurso de legalidad para poder resolver la controversia. *Cuando se aplique falsamente una norma jurídica *Cuando sea violada una norma de máxima de experiencia Errores cometidos al resolver la controversia. * Cuando durante el proceso se palique una norma que ya no tenga vigencia. * Cuando le sea negado la aplicación de una norma vigente. *Cuando incurran en error en la interpretación de una norma que está expresada en Ley. El Juez deberá interpretar el recurso de legalidad para poder resolver la controversia. *Cuando se aplique falsamente una norma jurídica *Cuando sea violada una norma de máxima de experiencia
  • 5. Errores cometidos al Establecer hechos (Casación sobre los hechos) En el caso, en que las partes dispositivas del fallo sea consecuencia de una suposición falsa y esta es por parte del Juez , que atribuyó a las actas del expediente menciones que estas no contenían. *Cuando la suposición falsa debe referirse a un hecho concreto que el Juez establece falsamente en su sentencia. *Cuando el Juez tiene un error de percepción de los hechos *Cuando se da por demostrado un hecho con pruebas que no constan en auto. En el caso, en que las partes dispositivas del fallo sea consecuencia de una suposición falsa y esta es por parte del Juez , que atribuyó a las actas del expediente menciones que estas no contenían. *Cuando la suposición falsa debe referirse a un hecho concreto que el Juez establece falsamente en su sentencia. *Cuando el Juez tiene un error de percepción de los hechos *Cuando se da por demostrado un hecho con pruebas que no constan en auto.
  • 6. Formalización del recurso de casación Requisitos del abogado para actuar en casación :  Abogado  Venezolano Mayor de 30 años Doctor en Derecho, o ejercicio de la profesión no menor de 5 años, o ejercicio de la judicatura no menor de 5 años, o Ejercicio de la docencia universitaria no menor de 5 años, acreditados por el Colegio de Abogados respectivo.  No se requiere poder especial Si el abogado no acredita estos requisitos se tendrá por no presentado el escrito En el caso de la formalización se declarará perecido el recurso El escrito puede ser presentado por la parte del mismo, asistido por un abogado que haya acreditado los requisitos El cumplimiento de los requisitos puede ser acreditado durante el lapso de sustanciación, pero la constancia del Colegio de Abogados debe estar expedida para la fecha de la fecha de la actuación Requisitos del abogado para actuar en casación :  Abogado  Venezolano Mayor de 30 años Doctor en Derecho, o ejercicio de la profesión no menor de 5 años, o ejercicio de la judicatura no menor de 5 años, o Ejercicio de la docencia universitaria no menor de 5 años, acreditados por el Colegio de Abogados respectivo.  No se requiere poder especial Si el abogado no acredita estos requisitos se tendrá por no presentado el escrito En el caso de la formalización se declarará perecido el recurso El escrito puede ser presentado por la parte del mismo, asistido por un abogado que haya acreditado los requisitos El cumplimiento de los requisitos puede ser acreditado durante el lapso de sustanciación, pero la constancia del Colegio de Abogados debe estar expedida para la fecha de la fecha de la actuación
  • 7. Lugar, tiempo y modo de presentación del Escrito de Formalización Tiempo 40 días continuos contados a partir del dia siguiente del vencimiento del lapso para el nuncio mas del termino de distancia fijado por la sala de casación civil 40 dias continuos contados a partir de la declaratoria con lugar del recurso hecho Lugar en el tribunal que admitió el recurso, si lo efectúa antes del envió del expediente En la secretaria de casación civil Por organo de cualquier juez que la autentifique
  • 8. Perecimiento del recurso Se declara perecido cuando: No se presente en el lapso indicado del art 317 CPC No llene los requisitos exigidos por este articulo
  • 9. Contestación, réplica y contrarréplica. Para contestar el recurso de casación así como para intervenir en los actos de replica y contra replica ante la corte Suprema de Justicia, el abogado deben cumplir con lo dispuesto en el art 324 del CPC
  • 10. Sentencia de casación Al primer día el Tribunal competente podrá oír el anuncio del recurso de casación lo admitirá o negará En caso de negativa razonará en dicho auto los motivos del rechazo,. En caso de admisión hará constar en el auto el día del calendario que correspondió al último de los diez (10) que se dan para el anuncio. Si no hubiere habido pronunciamiento oportuno sobre admisión o negativa del recurso el anunciante consignará su escrito de formalización en la Corte Suprema de Justicia Requiera el expediente e imponga al Juez una multa entre diez mil y veinte mil bolívares Se pronuncie la admisión o negativa del recurso. Dentro de los cuarenta (40) días continuos, más el término de la distancia si tal fuere el caso EL tribunal supremo de justicia después del anuncio en 10 dias En caso de negativa de admisión del recurso de casación, el Tribunal que lo negó conservará el expediente durante cinco (5) días, a fin de que el interesado pueda ocurrir de hecho para ante la Corte Suprema de Justicia Pasados los diez (10) días que se dan para anunciar el recurso sin que éste haya sido propuesto, se remitirá el expediente al Tribunal a quien corresponda la ejecución Este recurso se propondrá por ante el Tribunal que negó la admisión del recurso en el mismo expediente del asunto, quien lo remitirá en primera oportunidad a la Corte Suprema de Justicia Decidirá dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de las actuaciones Art. 316 CPC Vencido los 10 días para el anuncio. Lapsos para sentenciar
  • 11. DECLARACION CON LUGAR DELRECURSO DE CASACION POR DEFECTO DE ACTIVIDAD Y INFRACCION DE LA LEY DECLARACION CON LUGAR DELRECURSO DE CASACION POR DEFECTO DE ACTIVIDAD Y INFRACCION DE LA LEY  Cuando en el proceso se hayan quebrantado u omitido formas sustanciales de los actos que menoscaben el derecho de defensa  cuando en la sentencia no se hubieren cumplido los requisitos del artículo 243, Adoleciere de los vicios enumerados en el artículo 244; Establecido en el Código de Procedimiento Civil, articulo 313 Se declarará con lugar el recurso de casación: Cuando se haya incurrido en un error de interpretación acerca del contenido y alcance de una disposición expresa de la ley, Aplicado falsamente una norma jurídica  cuando se aplique una norma que no esté vigente, o se le niegue aplicación y vigencia a una que lo esté  cuando se haya violado una máxima de experiencia. Dichos quebrantamientos u omisiones se hayan agotado todos los recursos, o que la omisión o quebrantamiento lesionen el orden público. En los casos de este ordinal la infracción tiene que haber sido determinante de lo dispositivo en la sentencia.
  • 12. EFECTOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA DE CASACION: REPOSICION Y REENVIO EFECTOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA DE CASACION: REPOSICION Y REENVIO Si el recurso fuere declarado con lugar por las infracciones descritas en el ordinal 2° del artículo 313, el Juez de reenvío se limitará a dictar nueva sentencia sometiéndose completamente a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia el fallo de casación, tanto estimatoria como desestimatoria, es vinculante para el Juez de reenvío, quien dictará nueva sentencia con base en las disposiciones de la ley que la Corte Suprema de Justicia haya declarado aplicables al caso resuelto La Corte Suprema de Justicia podrá casar un fallo sin reenvío, cuando su decisión sobre el recurso haga innecesario un nuevo pronunciamiento sobre el fondo La Corte Suprema de Justicia prescindir del reenvío, y poner término al litigio, cada vez que los hechos que han sido soberanamente establecidos y apreciados por los jueces del fondo, le permitan aplicar la apropiada regla de derecho. El fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia que no requiriese decisión de reenvío, se remitirá directamente al Tribunal al cual corresponda la ejecución, En estos casos, la Corte Suprema de Justicia hará pronunciamiento expreso sobre las costas del juicio, de acuerdo con las disposiciones del Título VI, Libro Primero Después de sentenciado el recurso de casación, el expediente se remitirá al Tribunal de Reenvío por el primer correo si el recurso fuere declarado con lugar o al de la ejecución en caso contrario, participándole dicha remisión al Tribunal que envió el expediente a la Corte
  • 13. DECLARACION SIN LUGAR Si el Juez de reenvío fallara contra lo decidido por la Corte Suprema de Justicia DECLARACION SIN LUGAR Si el Juez de reenvío fallara contra lo decidido por la Corte Suprema de Justicia
  • 14. Dentro de los diez días siguientes a su publicación Las partes interesadas podrán proponer recurso de nulidad contra la nueva sentencia. Propuesto este recurso, el Tribunal de Reenvío remitirá en primer oportunidad el expediente a la Corte Suprema de Justicia certificándol o de oficio luego como lo reciba leerá la sentencia que dictó y la del Juez de reenvío y las demás actas del expediente que fuere necesario para formarse criterio Recurso de nulidadRecurso de nulidad