UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
INTEGRANTE:
Eli Saúl Pulgar
C.I.: 15.692.646
Sección: SAIA C
Araure, septiembre de 2015
PROFESORA:
Abg. Emily Ramírez
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
 Ley.
 Decretos Ley.
 Reglamentos.
 Tratados Internacionales
 Providencias Administrativas.
 Doctrina y Jurisprudencias.
 Usos y Costumbre.
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Desde las más primitivas sociedades humanas se han demandado
normas que conforman el Derecho debido a que siempre han surgido
conflictos entre las comunidades; ello, con el propósito de solucionarlos, por
lo cual, se han instaurado jerarquías, división de funciones, regulación de la
vida sexual, resolución de disputas por bienes.
En tal sentido, el derecho es considerado como el orden normativo e
institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en fundamentos
de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan
su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la
observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver
los conflictos.
Es importante destacar, que el sistema de normas sobre el que actúa el
Derecho, incluyen los usos, las costumbres, las normas morales, las
religiosas, y las jurídicas, para esta última siempre se ha requerido la
actuación de órganos públicos los cuales se encargan de su elaboración,
aplicación y sanción.
Se puede señalar, que las primeras normas se transmitieron de forma
oral originando lo que se conoce como Derecho Consuetudinario,
posteriormente estas normas se plasmaron en leyes escritas más seguras y
eficaces influenciada por la religión y la moral.
Ante lo planteado, se tiene que hoy en día estas normas se conocen
como fuentes del Derecho; las cuales se refieren a los conceptos de donde
surge su contenido vigente en un espacio y en un momento determinado. Se
ha sostenido que las fuentes del Derecho son el alma del Derecho ya que
son fundamentos e ideas que ayudan al Derecho a realizar su fin.
En este orden de ideas, al hacer mención a las fuentes se hace
referencia al principio del derecho, es decir, de donde se originó el derecho
propiamente dicho. Desde esta perspectiva, se puede entender por fuente
del derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que ocasionan el
surgimiento del derecho, es decir, de las entrañas o profundidades de la
propia sociedad. Estas fuentes pueden ser fuentes formales consideradas
como el aquellos actos o hechos que realiza el Estado, la sociedad, el
individuo para la creación de una ley; asimismo se encuentra aquel Conjunto
de factores y elementos que determinan el contenido de una ley que se
denominan fuentes materiales.
Es necesario señalar, que las fuentes tienen su jerarquía la cual en la
llamada pirámide normativa, el pináculo del Derecho lo ostenta la
Constitución, como norma fundamental. En orden de descendente, rigen las
normas que posee carácter de ley formal, mientras que en la base de dicha
pirámide se encuentran los reglamentos.
Se debe acotar, que las distintas ramas del Derecho (civil, penal,
administrativo, internacional…) cuentan con un sistema propio de fuentes. Se
debe destacar el caso del Derecho Tributario cuyas fuentes son
preceptuadas de manera expresa por el del Código Orgánico Tributario
venezolano vigente de la siguiente manera:
Artículo 2. Constituyen fuentes del Derecho Tributario
1. Disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la
república.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos
nacionales, estatales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general,
establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
En virtud de lo dispuesto en el referido artículo, se tiene que las
disposiciones constitucionales deben tener un total predominio en el fin de
los actos en los casos específicos, de igual forma los tratados, convenios o
acuerdos internacionales celebrados por la república para que tengan plena
vigencia deben ser aprobado por la Asamblea Nacional de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 154 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela; en lo que se refiere a las leyes y los actos con fuerza de ley son
de rango inferior y deben ser sancionadas por las Cámaras Legislativas
mientas que los actos con fuerzas de ley son actos emanados del Ejecutivo.
De igual manera, están los contratos relativos a la estabilidad jurídica
de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales, en lo que
atañe a los tributos estatales y municipales se debe recurrir a las respectivas
leyes estatales u ordenanzas municipales. Por su parte, las
reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas
por los órganos administrativos facultados al efecto son de rango inferior y no
privan sobre las leyes. Las fuentes menciona son consideradas por los
tratadistas como fuentes directas.
Mientas que entre las fuentes indirectas se destaca la Doctrina (aunque
no sea obligatoria, ni vinculante) y la Jurisprudencia
Se debe acotar, que también el Código Orgánico Tributario destaca las
fuentes supletorias por lo cual en el artículo 7 señala que: en las situaciones
que no pueden en casos no resueltos por este código o de las Leyes, se
aplicaran supletoriamente y en orden de prelación las normas tributarias
análogas, los principios generales del Derecho Tributario y de otras ramas
del Derecho (…).
Es importante destacar, que dentro de los sistemas codificadores, la ley
compone la fuente del Derecho primordial. Es monumental la importancia
que tiene tanto para la sociedad como para el individuo en particular. En vista
de que a falta de la ley las opresiones serian incalculables y la sociedad
caería por sus cimientos. Por ello el Derecho Tributario posee un blindaje en
cuanto a la estructura de fuentes proveyendo así protección y garantías tanto
al estado como a los particulares.
Se puede concluir, que las Fuentes del Derecho Tributario se refiere a
las formas en las que se manifiestan las normas vigentes que reglamentan la
relación tributaria. Existen fuentes que son diferentes de los instrumentos
útiles y convenientes para interpretar la ley, entre las que se pueden destacar
la jurisprudencia, la doctrina y las circulares administrativas, a criterio
personal estos se pueden considerar como ayudas intelectuales para fijar el
contenido de las fuentes.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
 MOYA, E. Elementos de Finanzas públicas y Derecho Tributario.,
Maracay, Venezuela. Editorial Universitaria. 2000
 OLASO S.J. Luis María y CASAL, Jesús María: Curso de Introducción al
Derecho. Tomo II. UCAB Caracas 2004.
 GORRONDONA AGUILAR José Luis, Personal Derecho Civil I. U.C.A.B.-
Caracas 2004.
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999
 Código Orgánico Tributario. 2014

Fuentes del Derecho Tributario

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    UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTADDE CIENCIAS JURÍDICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO TRIBUTARIO INTEGRANTE: Eli Saúl Pulgar C.I.: 15.692.646 Sección: SAIA C Araure, septiembre de 2015 PROFESORA: Abg. Emily Ramírez
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    FUENTES DEL DERECHOTRIBUTARIO  Ley.  Decretos Ley.  Reglamentos.  Tratados Internacionales  Providencias Administrativas.  Doctrina y Jurisprudencias.  Usos y Costumbre.
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    FUENTES DEL DERECHOTRIBUTARIO Desde las más primitivas sociedades humanas se han demandado normas que conforman el Derecho debido a que siempre han surgido conflictos entre las comunidades; ello, con el propósito de solucionarlos, por lo cual, se han instaurado jerarquías, división de funciones, regulación de la vida sexual, resolución de disputas por bienes. En tal sentido, el derecho es considerado como el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en fundamentos de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos. Es importante destacar, que el sistema de normas sobre el que actúa el Derecho, incluyen los usos, las costumbres, las normas morales, las religiosas, y las jurídicas, para esta última siempre se ha requerido la actuación de órganos públicos los cuales se encargan de su elaboración, aplicación y sanción. Se puede señalar, que las primeras normas se transmitieron de forma oral originando lo que se conoce como Derecho Consuetudinario, posteriormente estas normas se plasmaron en leyes escritas más seguras y eficaces influenciada por la religión y la moral. Ante lo planteado, se tiene que hoy en día estas normas se conocen como fuentes del Derecho; las cuales se refieren a los conceptos de donde surge su contenido vigente en un espacio y en un momento determinado. Se ha sostenido que las fuentes del Derecho son el alma del Derecho ya que son fundamentos e ideas que ayudan al Derecho a realizar su fin. En este orden de ideas, al hacer mención a las fuentes se hace referencia al principio del derecho, es decir, de donde se originó el derecho
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    propiamente dicho. Desdeesta perspectiva, se puede entender por fuente del derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que ocasionan el surgimiento del derecho, es decir, de las entrañas o profundidades de la propia sociedad. Estas fuentes pueden ser fuentes formales consideradas como el aquellos actos o hechos que realiza el Estado, la sociedad, el individuo para la creación de una ley; asimismo se encuentra aquel Conjunto de factores y elementos que determinan el contenido de una ley que se denominan fuentes materiales. Es necesario señalar, que las fuentes tienen su jerarquía la cual en la llamada pirámide normativa, el pináculo del Derecho lo ostenta la Constitución, como norma fundamental. En orden de descendente, rigen las normas que posee carácter de ley formal, mientras que en la base de dicha pirámide se encuentran los reglamentos. Se debe acotar, que las distintas ramas del Derecho (civil, penal, administrativo, internacional…) cuentan con un sistema propio de fuentes. Se debe destacar el caso del Derecho Tributario cuyas fuentes son preceptuadas de manera expresa por el del Código Orgánico Tributario venezolano vigente de la siguiente manera: Artículo 2. Constituyen fuentes del Derecho Tributario 1. Disposiciones constitucionales. 2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la república. 3. Las leyes y los actos con fuerza de ley. 4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales. 5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general, establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto. En virtud de lo dispuesto en el referido artículo, se tiene que las disposiciones constitucionales deben tener un total predominio en el fin de
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    los actos enlos casos específicos, de igual forma los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la república para que tengan plena vigencia deben ser aprobado por la Asamblea Nacional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 154 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en lo que se refiere a las leyes y los actos con fuerza de ley son de rango inferior y deben ser sancionadas por las Cámaras Legislativas mientas que los actos con fuerzas de ley son actos emanados del Ejecutivo. De igual manera, están los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales, en lo que atañe a los tributos estatales y municipales se debe recurrir a las respectivas leyes estatales u ordenanzas municipales. Por su parte, las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto son de rango inferior y no privan sobre las leyes. Las fuentes menciona son consideradas por los tratadistas como fuentes directas. Mientas que entre las fuentes indirectas se destaca la Doctrina (aunque no sea obligatoria, ni vinculante) y la Jurisprudencia Se debe acotar, que también el Código Orgánico Tributario destaca las fuentes supletorias por lo cual en el artículo 7 señala que: en las situaciones que no pueden en casos no resueltos por este código o de las Leyes, se aplicaran supletoriamente y en orden de prelación las normas tributarias análogas, los principios generales del Derecho Tributario y de otras ramas del Derecho (…). Es importante destacar, que dentro de los sistemas codificadores, la ley compone la fuente del Derecho primordial. Es monumental la importancia que tiene tanto para la sociedad como para el individuo en particular. En vista de que a falta de la ley las opresiones serian incalculables y la sociedad caería por sus cimientos. Por ello el Derecho Tributario posee un blindaje en cuanto a la estructura de fuentes proveyendo así protección y garantías tanto al estado como a los particulares.
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    Se puede concluir,que las Fuentes del Derecho Tributario se refiere a las formas en las que se manifiestan las normas vigentes que reglamentan la relación tributaria. Existen fuentes que son diferentes de los instrumentos útiles y convenientes para interpretar la ley, entre las que se pueden destacar la jurisprudencia, la doctrina y las circulares administrativas, a criterio personal estos se pueden considerar como ayudas intelectuales para fijar el contenido de las fuentes.
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    REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS  MOYA,E. Elementos de Finanzas públicas y Derecho Tributario., Maracay, Venezuela. Editorial Universitaria. 2000  OLASO S.J. Luis María y CASAL, Jesús María: Curso de Introducción al Derecho. Tomo II. UCAB Caracas 2004.  GORRONDONA AGUILAR José Luis, Personal Derecho Civil I. U.C.A.B.- Caracas 2004.  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999  Código Orgánico Tributario. 2014