Este documento establece las directrices para el tratamiento contable de los activos intangibles de acuerdo a la Norma NIC 38. Define activos intangibles y especifica los criterios de reconocimiento, medición inicial y revelación. Explica que para ser reconocidos, los activos intangibles deben ser identificables, generar beneficios económicos futuros que la entidad controla, y su costo puede medirse confiablemente.