SOCIEDAD POR
  ACCIONES
SIMPLIFICADAS
LEY 1258 DE
   2008
   GERMAN ALBERTO FORERO VARON
 Administrador Financiero Universidad Tolima
CONCEPTO

Es un medio jurídico para la realización de cualquier
tipo de actividad empresarial, con las siguientes características:

     • Es una Sociedad de Capitales,
     • Puede ser constituida por una o varias personas
        naturales o jurídicas,
     • Sus socios limitan su responsabilidad hasta el monto de
        sus aportes,
     • Una vez inscrita en el Registro Mercantil, forma una
        persona jurídica distinta de su accionista y
     • Cuenta     con múltiples     ventajas que      facilitan la
        iniciación y desarrollo de la actividad empresarial.
ASPECTOS CLAVES

1.  Sociedad de Capitales.
    • Propósito.
    • Antecedente Jurisprudencial (CSJ).
    • Conclusión.
2. Constituida por una o varias personas naturales o jurídicas.
    • Antecedentes.
    • Conclusión.
3. Sus socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus
   aportes.
    • Propósito.
    • Responsabilidad por Obligaciones Laborales.
    • Responsabilidad por Obligaciones Tributarias.
    • Excepción – Fraude o Perjuicio a Terceros.
4. Una vez inscrita en el Registro Mercantil, forma una persona
   jurídica distinta de su accionista.

     •   Efecto.
VENTAJAS DE LAS S. A. S.
Es posible fijar las reglas que van a regir el funcionamiento de la
Sociedad.
El proceso de constitución y reforma es mas fácil y eficiente.
La responsabilidad de los socios se limita a sus aportes,
sin requerir la estructura de una sociedad anónima.
Es posible crear diversas clases y series de acciones.
No se requiere establecer una duración determinada
para la SAS.
El objeto social puede ser indeterminado.
El pago del capital puede diferirse hasta por dos años.
Por regla general no se exige Revisor Fiscal.
Se establecen disposiciones que facilitan la
administración y operación de la SAS.
Se establecen disposiciones que facilitan la
administración y operación de la SAS.
VENTAJAS DE LAS S. A. S.
Se establece       un mayor tiempo para enervar la
causal de disolución por pérdidas.
El trámite de liquidación de la SAS es mas ágil.
Mayor agilidad para la resolución de conflictos en la SAS.
Mayor flexibilidad en la regulación Derechos Patrimoniales.
Se establece mayor tiempo para enervar la causal de disolución
por perdías.
Tramite de liquidación más ágil.
Mayor agilidad resolución de conflictos.
Se consagra un reproche expreso a conductas abusivas por
parte de los socios.
QUIENES PUEDEN BENEFICIARSE DE UNA S.A.S.


 Cualquier persona natural o jurídica

 que desarrolle actividades
 comerciales o civiles;

 ya sean extranjeros o nacionales;

 pequeños, medianos o grandes
 empresarios.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS QUE NO PUEDE
       DESARROLLAR LAS S. A. S.

 NO    PUEDE     DESEMPEÑAR
 FUNCIONES    DE   ENTIDADES
 FINANCIERAS.

 LAS ACCIONES DE LAS S. A. S.
 NO PUEDEN SER NEGOCIADAS
 EN BOLSAS DE VALORES.
CONSTITUCION DE LAS S. A. S.
COMPARATIVO DE CONSTITUCION
REGIMEN ACCIONISTAS
ADMINISTRACION
GRACIAS

Sociedad por acciones simplificadas

  • 1.
    SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS LEY 1258 DE 2008 GERMAN ALBERTO FORERO VARON Administrador Financiero Universidad Tolima
  • 2.
    CONCEPTO Es un mediojurídico para la realización de cualquier tipo de actividad empresarial, con las siguientes características: • Es una Sociedad de Capitales, • Puede ser constituida por una o varias personas naturales o jurídicas, • Sus socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes, • Una vez inscrita en el Registro Mercantil, forma una persona jurídica distinta de su accionista y • Cuenta con múltiples ventajas que facilitan la iniciación y desarrollo de la actividad empresarial.
  • 3.
    ASPECTOS CLAVES 1. Sociedad de Capitales. • Propósito. • Antecedente Jurisprudencial (CSJ). • Conclusión. 2. Constituida por una o varias personas naturales o jurídicas. • Antecedentes. • Conclusión. 3. Sus socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. • Propósito. • Responsabilidad por Obligaciones Laborales. • Responsabilidad por Obligaciones Tributarias. • Excepción – Fraude o Perjuicio a Terceros. 4. Una vez inscrita en el Registro Mercantil, forma una persona jurídica distinta de su accionista. • Efecto.
  • 4.
    VENTAJAS DE LASS. A. S. Es posible fijar las reglas que van a regir el funcionamiento de la Sociedad. El proceso de constitución y reforma es mas fácil y eficiente. La responsabilidad de los socios se limita a sus aportes, sin requerir la estructura de una sociedad anónima. Es posible crear diversas clases y series de acciones. No se requiere establecer una duración determinada para la SAS. El objeto social puede ser indeterminado. El pago del capital puede diferirse hasta por dos años. Por regla general no se exige Revisor Fiscal. Se establecen disposiciones que facilitan la administración y operación de la SAS. Se establecen disposiciones que facilitan la administración y operación de la SAS.
  • 5.
    VENTAJAS DE LASS. A. S. Se establece un mayor tiempo para enervar la causal de disolución por pérdidas. El trámite de liquidación de la SAS es mas ágil. Mayor agilidad para la resolución de conflictos en la SAS. Mayor flexibilidad en la regulación Derechos Patrimoniales. Se establece mayor tiempo para enervar la causal de disolución por perdías. Tramite de liquidación más ágil. Mayor agilidad resolución de conflictos. Se consagra un reproche expreso a conductas abusivas por parte de los socios.
  • 6.
    QUIENES PUEDEN BENEFICIARSEDE UNA S.A.S. Cualquier persona natural o jurídica que desarrolle actividades comerciales o civiles; ya sean extranjeros o nacionales; pequeños, medianos o grandes empresarios.
  • 7.
    ACTIVIDADES ECONÓMICAS QUENO PUEDE DESARROLLAR LAS S. A. S. NO PUEDE DESEMPEÑAR FUNCIONES DE ENTIDADES FINANCIERAS. LAS ACCIONES DE LAS S. A. S. NO PUEDEN SER NEGOCIADAS EN BOLSAS DE VALORES.
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11.
  • 12.