CONCEPTO Y FUNDAMENTO
DEL NOTARIADO
DERECHO NOTARIAL
Marvin Rigoberto Espinal Pinel
Notario Público
CONCEPTO DOCTRINAL
DEL NOTARIADO
 Si tenemos que definir al derecho notarial decimos
que es el conjunto de disposiciones legislativas y
reglamentarias, usos, decisiones jurisprudenciales y
doctrinas que rigen la función notarial, el
instrumento público notarial y la conducción del
Notario, como sujeto de la fe pública.
PRINCIPIOS
 Principio de la Autenticidad del
documento. El instrumento auténtico es
aquel que está garantizado en su certeza,
seguridad jurídica por haber intervenido el
notario como delegado del Estado. Por tal
motivo, dicho instrumento o documento
tendrá presunción privilegiada de
veracidad y gozará de una credibilidad
que hará prueba por sí mismo de su
contenido otorgando coacción para su
imposición.
PRINCIPIOS
 Principio de la Fe Pública. Es esa certeza,
eficacia, firmeza, asentimiento, verdad
que tiene el poder público representado
por el notario cuando éste interviene en
cada acto, documento o contrato. Es la
autoridad legítima para que otorgue
autenticidad en la relación de verdad
entre lo dicho, lo ocurrido y lo
documentado.
 Los principios del Notariado han sido redactados
apoyados en la página web del la Unión
Internacional del Notariado Latino.
PRINCIPIOS
 Principio de Registro, Protocolo o Matricidad. Es uno de los
más importantes, porque exige el protocolo o libro de registro
numerado, rubricado o sellado, en donde se encuentran
todas las escrituras ordenadas cronológicamente. En nuestro
caso es la colección de hojas, las cuales vamos apilando a
medida que vamos autorizando los instrumentos, los cuyos
folios vamos numerando rigurosa y consecutivamente,
nosotros no rubricamos las escrituras en la matriz.
 Principio de Inmediatez. Relación directa e inmediata del
notario al presenciar hechos u actos que tenga que
documentar. Es la presencia física en el mismo momento que
ocurren los acontecimientos, y que el escribano constata y
documenta.
PRINCIPIOS
 Principio de Unidad de Acto. Establece la
simultaneidad en el tiempo respecto de las distintas
etapas de una escritura pública. La presencia del
notario, de las partes, y de los testigos o peritos, en
su caso, debe ser única y sin interrupción o
suspensión al momento de la lectura y posterior
suscripción del documento o instrumento público.
 Principio de Extraneidad. El notario no puede ser
parte interesada en el documento en que
interviene, tampoco lo puede respecto de sus
parientes hasta el cuarto grado de
consanguinidad.
PRINCIPIOS
 Principio de Rogación. El notario no actúa de
oficio, sino a requerimiento de parte. Dentro de las
funciones del notario está la de calificar el negocio
o acto jurídico que las partes quieren celebrar o el
hecho que se dispusieron comprobar.
 Principio de Forma El notario debe conocer con
exactitud cómo se debe exteriorizar la expresión de
voluntad de las partes, teniendo especial cuidado
en los requisitos de validez de cada una de las
figuras jurídicas. Es responsabilidad de él la
formalización y conocimiento de las mismas.
PRINCIPIOS
 Uteralteridad: Actitud y procedimiento de asesoría
notarial y de conformación del instrumento notarial
por parte del notario, que va más allá de una simple
imparcialidad, llevo al notario a ser verdadero
consultor o consejero de cada parte, con atención
personal y entrega cuidadosa, de forma tal que se
cubran los requisitos de asesoría para cada una de
las partes o solicitantes del servicio, sin descuidar los
de la contraparte, ni ser parcial contra ella, sino
ejerciendo hacia ella la misma actitud."
CARACTERISTICAS DEL
DERECHO NOTARIAL
 Es un derecho que actúa dentro de la
llamada fase normal del Derecho, o
sea aquella zona en donde no existen
derechos subjetivos en conflicto. Por
tal razón, el Derecho Notarial es un
instrumento que coadyuva al proceso
de creación de las normas jurídicas.
“Es un Derecho para el Derecho, para
el Derecho objetivo en la medida en
que confiere derechos subjetivos”
CARACTERISTICAS
 El contenido fundamental de su función es
su “poder autenticante” o “certificante”,
aunque ésta no se agota exclusivamente
en tal poder.
 La consecuencia inmediata del Derecho
Notarial es la producción de seguridad
jurídica en las relaciones humanas que
modela jurídicamente.
CARACTERISTICAS
 Es un Derecho cuya naturaleza jurídica no puede
encasillarse en la tradicional división entre el
Derecho Público y el Derecho Privado. Se relaciona
con el primero en cuanto los Notarios son
depositarios de la fe pública y, por otra parte, tiene
hondas conexiones con el Derecho Privado, entre
otras razones, porque su función legitimadora se
ejerce sobre los derechos subjetivos de los
particulares. Además el Notario es un profesional,
desligado totalmente de la burocracia estatal.
 Sanahuja y Soler, “Tratado de Derecho Notarial”
Tomo I, Boshc, Barcelona, 1945. p. 113.
.
CONTENIDO
 En el Derecho Notarial podemos distinguir tres aspectos
cardinales de su rico contenido, deduciéndolas de las
definiciones arriba señaladas:
 Organización: Las normas jurídicas del Derecho notarial se
refieren, fundamentalmente, al sujeto titular de función
Notarial: El Notario. En este campo cabe estudiar el conjunto
de poderes y deberes jurídicos que tiene el notario. En otras
palabras, el régimen jurídico que le confiere atribuciones y le
impone sujeciones al agente profesional que desempeña el
cargo público de Notario. Se analiza también, consecuencia
lógica de lo anterior, todo lo relativo a la competencia
notarial. Finalmente y en aquellos casos en que el Notariado
es ejercido por funcionarios judiciales, consulares y de otra
clase habrá que regular todo lo relativo a su jurisdicción y
jerarquía.
CONTENIDO
 Régimen de función: La función notarial. En
este punto se regula todo lo relativo a la
determinación de los efectos jurídicos que
produce el ejercicio de la potestad
autenticadora del notario, lo mismo que los
diversos mecanismos a través de los cuales
se manifiesta. Este contenido parcial del
Derecho Notarial está compuesto
fundamentalmente por normas de carácter
material.
CONTENIDO
 Régimen del Instrumento Notarial: El tercer
contenido del Derecho Notarial está
constituido por aquel conjunto de normas
relativas a la realización del instrumento
notarial; este aspecto del Derecho Notarial
constituye su parte instrumental y está
formado, casi exclusivamente, por normas de
tipo adjetivo o formal. Aquí se incluye todo lo
relativo a las escrituras, a las actas, a los
testimonios o copias y al Protocolo.
AUTONOMIA
 El Derecho Notarial es una rama autónoma del Derecho
porque el objeto de su estudio no puede ser clasificado en
el ámbito del Derecho Civil, ni en la esfera de regulación
propia del Derecho Registral. Así, por ejemplo, el poder
autenticante, el cual constituye uno de los contenidos
parciales de la función notarial, alcanza su mayor
expresión jurídica en el Derecho Notarial.
 El fundamento del Derecho Notarial deberá buscarse en la
realización del valor seguridad jurídica, ya que la función
del Notario, como depositario de la fe pública que actúa
en la fase normal del derecho, estriba en modelar, dentro
de un marco de seguridad general, las complejas
relaciones humanas que requieren de forma jurídica.
FUENTES FORMALES DEL
DERECHO NOTARIAL
 La Legislación: El Derecho Notarial tiene como
su principal fuente La Ley. En la Constitución
Política de la República, el Código del
Notariado, teniendo también como fuente la
Ley Orgánica del Poder Judicial y su
Reglamento.
FUENTES FORMALES DEL
DERECHO NOTARIAL
 La Costumbre: Una segunda fuente del
Derecho Notarial la constituyen las costumbres
notariales, las cuales se apoyan en el uso
diario y reiterado de las prácticas notariales.
Se ha dicho que la costumbre se apoya en la
“autoridad de la experiencia” por lo que,
estrictamente considerada, no es una regla
jurídica formal. En nuestro sistema notarial
altamente formalista, la costumbre no debe
de ser tomada como una fuente del Derecho
Notarial, so pena de producir algún
instrumento adolecido de síntomas de
nulidad.
FUENTES FORMALES DEL
DERECHO NOTARIAL
 La Jurisprudencia: Compuesta por las
Sentencias de los Tribunales, esencialmente por
las Sentencias de la Corte Suprema de Justicia,
Consultas o resoluciones contenidas en los
Boletines Judiciales.
FUENTES FORMALES DEL
DERECHO NOTARIAL
 Doctrina: Al igual que en los demás
campos del Derecho, la doctrina de los
tratadistas tiene un carácter supletorio,
sobre todo para el estudio del derecho
notarial, puesto que sirve para la
interpretación e integración de las
oscuridades y lagunas dejadas por la
legislación vigente. La función de la
Doctrina notarial consiste, por lo tanto, en
una exégesis de los conceptos jurídicos
fundamentales que conforman el
contenido del Derecho Notarial.-
JUSTIFICACIÓN DE LA
EXISTENCIA DEL NOTARIADO
 Claramente podemos ver que si no
existiera la institución del notariado, los
actos jurídicos que se pretendan oponer
ante terceros no podrían gozar de este
beneficio porque es a través de ella que
se da forma y autenticidad a dichos
actos, respaldados con la fe pública que
ostenta el notario.
JUSTIFICACIÓN DE LA
EXISTENCIA DEL NOTARIADO
 El Maestro Luis Carral y de Teresa opina
que una de las funciones del Estado es
otorgar seguridad jurídica a los
particulares; "Si el Estado no hace
posible que el particular pueda ejercitar
su actividad con medios de seguridad
que le permitan lograr el fin que
persigue, no puede decir que ha llenado
su función".
EL NOTARIO COMO
JURISTA
 Hemos visto anteriormente la función que debe cumplir el
notario; en concreto, podemos decir que el notario tiene
funciones de autenticación, solemnización, formación y
custodia del protocolo notarial y expedición de copias
del protocolo a su cargo, además tiene una función
testimonial. Sin embargo, como nos explica el maestro
Pedro Verdejo Reyes: "El notario, en su función profesional
integral, no solo debe cuidar de las normas
reglamentarias formales de la legislación notarial, sino de
la adaptación instrumental de las normas jurídicas
sustantivas a las cláusulas dispositivas de la escritura”. Esto
nos indica que el notario deberá ajustarse a las
disposiciones legales que regulen el acto de que se trate.
EL NOTARIO COMO
JURISTA
 Es entonces la labor del notario la de un
verdadero jurista, más allá de un simple
redactor de documentos legales. El
notario deberá respetar los lineamientos
legales garantizando la seguridad
jurídica con el uso de la imparcialidad
como un elemento inherente a las
funciones que desempeña.

El Notariado, Concepto y Principios Generales

  • 1.
    CONCEPTO Y FUNDAMENTO DELNOTARIADO DERECHO NOTARIAL Marvin Rigoberto Espinal Pinel Notario Público
  • 2.
    CONCEPTO DOCTRINAL DEL NOTARIADO Si tenemos que definir al derecho notarial decimos que es el conjunto de disposiciones legislativas y reglamentarias, usos, decisiones jurisprudenciales y doctrinas que rigen la función notarial, el instrumento público notarial y la conducción del Notario, como sujeto de la fe pública.
  • 3.
    PRINCIPIOS  Principio dela Autenticidad del documento. El instrumento auténtico es aquel que está garantizado en su certeza, seguridad jurídica por haber intervenido el notario como delegado del Estado. Por tal motivo, dicho instrumento o documento tendrá presunción privilegiada de veracidad y gozará de una credibilidad que hará prueba por sí mismo de su contenido otorgando coacción para su imposición.
  • 4.
    PRINCIPIOS  Principio dela Fe Pública. Es esa certeza, eficacia, firmeza, asentimiento, verdad que tiene el poder público representado por el notario cuando éste interviene en cada acto, documento o contrato. Es la autoridad legítima para que otorgue autenticidad en la relación de verdad entre lo dicho, lo ocurrido y lo documentado.  Los principios del Notariado han sido redactados apoyados en la página web del la Unión Internacional del Notariado Latino.
  • 5.
    PRINCIPIOS  Principio deRegistro, Protocolo o Matricidad. Es uno de los más importantes, porque exige el protocolo o libro de registro numerado, rubricado o sellado, en donde se encuentran todas las escrituras ordenadas cronológicamente. En nuestro caso es la colección de hojas, las cuales vamos apilando a medida que vamos autorizando los instrumentos, los cuyos folios vamos numerando rigurosa y consecutivamente, nosotros no rubricamos las escrituras en la matriz.  Principio de Inmediatez. Relación directa e inmediata del notario al presenciar hechos u actos que tenga que documentar. Es la presencia física en el mismo momento que ocurren los acontecimientos, y que el escribano constata y documenta.
  • 6.
    PRINCIPIOS  Principio deUnidad de Acto. Establece la simultaneidad en el tiempo respecto de las distintas etapas de una escritura pública. La presencia del notario, de las partes, y de los testigos o peritos, en su caso, debe ser única y sin interrupción o suspensión al momento de la lectura y posterior suscripción del documento o instrumento público.  Principio de Extraneidad. El notario no puede ser parte interesada en el documento en que interviene, tampoco lo puede respecto de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.
  • 7.
    PRINCIPIOS  Principio deRogación. El notario no actúa de oficio, sino a requerimiento de parte. Dentro de las funciones del notario está la de calificar el negocio o acto jurídico que las partes quieren celebrar o el hecho que se dispusieron comprobar.  Principio de Forma El notario debe conocer con exactitud cómo se debe exteriorizar la expresión de voluntad de las partes, teniendo especial cuidado en los requisitos de validez de cada una de las figuras jurídicas. Es responsabilidad de él la formalización y conocimiento de las mismas.
  • 8.
    PRINCIPIOS  Uteralteridad: Actitudy procedimiento de asesoría notarial y de conformación del instrumento notarial por parte del notario, que va más allá de una simple imparcialidad, llevo al notario a ser verdadero consultor o consejero de cada parte, con atención personal y entrega cuidadosa, de forma tal que se cubran los requisitos de asesoría para cada una de las partes o solicitantes del servicio, sin descuidar los de la contraparte, ni ser parcial contra ella, sino ejerciendo hacia ella la misma actitud."
  • 9.
    CARACTERISTICAS DEL DERECHO NOTARIAL Es un derecho que actúa dentro de la llamada fase normal del Derecho, o sea aquella zona en donde no existen derechos subjetivos en conflicto. Por tal razón, el Derecho Notarial es un instrumento que coadyuva al proceso de creación de las normas jurídicas. “Es un Derecho para el Derecho, para el Derecho objetivo en la medida en que confiere derechos subjetivos”
  • 10.
    CARACTERISTICAS  El contenidofundamental de su función es su “poder autenticante” o “certificante”, aunque ésta no se agota exclusivamente en tal poder.  La consecuencia inmediata del Derecho Notarial es la producción de seguridad jurídica en las relaciones humanas que modela jurídicamente.
  • 11.
    CARACTERISTICAS  Es unDerecho cuya naturaleza jurídica no puede encasillarse en la tradicional división entre el Derecho Público y el Derecho Privado. Se relaciona con el primero en cuanto los Notarios son depositarios de la fe pública y, por otra parte, tiene hondas conexiones con el Derecho Privado, entre otras razones, porque su función legitimadora se ejerce sobre los derechos subjetivos de los particulares. Además el Notario es un profesional, desligado totalmente de la burocracia estatal.  Sanahuja y Soler, “Tratado de Derecho Notarial” Tomo I, Boshc, Barcelona, 1945. p. 113. .
  • 12.
    CONTENIDO  En elDerecho Notarial podemos distinguir tres aspectos cardinales de su rico contenido, deduciéndolas de las definiciones arriba señaladas:  Organización: Las normas jurídicas del Derecho notarial se refieren, fundamentalmente, al sujeto titular de función Notarial: El Notario. En este campo cabe estudiar el conjunto de poderes y deberes jurídicos que tiene el notario. En otras palabras, el régimen jurídico que le confiere atribuciones y le impone sujeciones al agente profesional que desempeña el cargo público de Notario. Se analiza también, consecuencia lógica de lo anterior, todo lo relativo a la competencia notarial. Finalmente y en aquellos casos en que el Notariado es ejercido por funcionarios judiciales, consulares y de otra clase habrá que regular todo lo relativo a su jurisdicción y jerarquía.
  • 13.
    CONTENIDO  Régimen defunción: La función notarial. En este punto se regula todo lo relativo a la determinación de los efectos jurídicos que produce el ejercicio de la potestad autenticadora del notario, lo mismo que los diversos mecanismos a través de los cuales se manifiesta. Este contenido parcial del Derecho Notarial está compuesto fundamentalmente por normas de carácter material.
  • 14.
    CONTENIDO  Régimen delInstrumento Notarial: El tercer contenido del Derecho Notarial está constituido por aquel conjunto de normas relativas a la realización del instrumento notarial; este aspecto del Derecho Notarial constituye su parte instrumental y está formado, casi exclusivamente, por normas de tipo adjetivo o formal. Aquí se incluye todo lo relativo a las escrituras, a las actas, a los testimonios o copias y al Protocolo.
  • 15.
    AUTONOMIA  El DerechoNotarial es una rama autónoma del Derecho porque el objeto de su estudio no puede ser clasificado en el ámbito del Derecho Civil, ni en la esfera de regulación propia del Derecho Registral. Así, por ejemplo, el poder autenticante, el cual constituye uno de los contenidos parciales de la función notarial, alcanza su mayor expresión jurídica en el Derecho Notarial.  El fundamento del Derecho Notarial deberá buscarse en la realización del valor seguridad jurídica, ya que la función del Notario, como depositario de la fe pública que actúa en la fase normal del derecho, estriba en modelar, dentro de un marco de seguridad general, las complejas relaciones humanas que requieren de forma jurídica.
  • 16.
    FUENTES FORMALES DEL DERECHONOTARIAL  La Legislación: El Derecho Notarial tiene como su principal fuente La Ley. En la Constitución Política de la República, el Código del Notariado, teniendo también como fuente la Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento.
  • 17.
    FUENTES FORMALES DEL DERECHONOTARIAL  La Costumbre: Una segunda fuente del Derecho Notarial la constituyen las costumbres notariales, las cuales se apoyan en el uso diario y reiterado de las prácticas notariales. Se ha dicho que la costumbre se apoya en la “autoridad de la experiencia” por lo que, estrictamente considerada, no es una regla jurídica formal. En nuestro sistema notarial altamente formalista, la costumbre no debe de ser tomada como una fuente del Derecho Notarial, so pena de producir algún instrumento adolecido de síntomas de nulidad.
  • 18.
    FUENTES FORMALES DEL DERECHONOTARIAL  La Jurisprudencia: Compuesta por las Sentencias de los Tribunales, esencialmente por las Sentencias de la Corte Suprema de Justicia, Consultas o resoluciones contenidas en los Boletines Judiciales.
  • 19.
    FUENTES FORMALES DEL DERECHONOTARIAL  Doctrina: Al igual que en los demás campos del Derecho, la doctrina de los tratadistas tiene un carácter supletorio, sobre todo para el estudio del derecho notarial, puesto que sirve para la interpretación e integración de las oscuridades y lagunas dejadas por la legislación vigente. La función de la Doctrina notarial consiste, por lo tanto, en una exégesis de los conceptos jurídicos fundamentales que conforman el contenido del Derecho Notarial.-
  • 20.
    JUSTIFICACIÓN DE LA EXISTENCIADEL NOTARIADO  Claramente podemos ver que si no existiera la institución del notariado, los actos jurídicos que se pretendan oponer ante terceros no podrían gozar de este beneficio porque es a través de ella que se da forma y autenticidad a dichos actos, respaldados con la fe pública que ostenta el notario.
  • 21.
    JUSTIFICACIÓN DE LA EXISTENCIADEL NOTARIADO  El Maestro Luis Carral y de Teresa opina que una de las funciones del Estado es otorgar seguridad jurídica a los particulares; "Si el Estado no hace posible que el particular pueda ejercitar su actividad con medios de seguridad que le permitan lograr el fin que persigue, no puede decir que ha llenado su función".
  • 22.
    EL NOTARIO COMO JURISTA Hemos visto anteriormente la función que debe cumplir el notario; en concreto, podemos decir que el notario tiene funciones de autenticación, solemnización, formación y custodia del protocolo notarial y expedición de copias del protocolo a su cargo, además tiene una función testimonial. Sin embargo, como nos explica el maestro Pedro Verdejo Reyes: "El notario, en su función profesional integral, no solo debe cuidar de las normas reglamentarias formales de la legislación notarial, sino de la adaptación instrumental de las normas jurídicas sustantivas a las cláusulas dispositivas de la escritura”. Esto nos indica que el notario deberá ajustarse a las disposiciones legales que regulen el acto de que se trate.
  • 23.
    EL NOTARIO COMO JURISTA Es entonces la labor del notario la de un verdadero jurista, más allá de un simple redactor de documentos legales. El notario deberá respetar los lineamientos legales garantizando la seguridad jurídica con el uso de la imparcialidad como un elemento inherente a las funciones que desempeña.