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Document 52011XP0274
Work of the Committee on Missing Persons in Cyprus Declaration of the European Parliament of 9 June 2011 on the work of the Committee on Missing Persons in Cyprus
Labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre Declaración del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2011 , sobre la labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre
Labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre Declaración del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2011 , sobre la labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre
DO C 380E de 11.12.2012, pp. 138–139
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
11.12.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 380/138 |
Jueves 9 de junio de 2011
Labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre
P7_TA(2011)0274
Declaración del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2011, sobre la labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre
2012/C 380 E/21
El Parlamento Europeo,
— |
Visto el artículo 123 de su Reglamento, |
A. |
Considerando que durante los enfrentamientos intercomunales de 1963 y 1964, y posteriormente, en 1974, durante la invasión turca de Chipre hubo alrededor de 2 000 desaparecidos de las comunidades grecochipriota y turcochipriota, |
B. |
Considerando que sigue sin conocerse el paradero y la suerte de muchas de estas personas, |
C. |
Considerando que el Comité sobre personas desaparecidas en Chipre (CPD), que recibe apoyo financiero de las Naciones Unidas, la Comisión Europea y otros donantes, trabaja para averiguar el paradero de estos desaparecidos, |
1. |
Respalda plenamente la labor del CPD y reconoce la función posconflicto que desempeña al fomentar la verdad, la memoria y la reconciliación en Chipre; |
2. |
Insta a la Comisión Europea a que continúe asignando recursos suficientes al CPD para que pueda desempeñar su importante mandato; |
3. |
Insta a los Gobiernos de Turquía y Chipre a continuar apoyando la labor del CPD, a redoblar los esfuerzos para determinar la suerte de las personas que continúan figurando como desaparecidas y a asegurar que toda la información que pudiera facilitar la misión del CDP esté a su entera disposición; |
4. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes (1), al Consejo, la Comisión, los Parlamentos de los Estados miembros y al Comité sobre personas desaparecidas en Chipre. |
(1) La lista de los firmantes se publica en el Anexo 2 del Acta de 9 de junio de 2011 (P7_PV(2011)06-09(ANN2)).