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Document L:1996:316:TOC
Official Journal of the European Communities, L 316, 5 December 1996
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 316, 5 de diciembre de 1996
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 316, 5 de diciembre de 1996
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CE) nº 2320/96 del Consejo de 28 de noviembre de 1996 relativo a la continuación del sistema especial de asistencia a los proveedores ACP tradicionales de plátanos establecido en el Reglamento (CE) nº 2686/94 | |||
REGLAMENTO (CE) N° 2321/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se fijan las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar | ||||
REGLAMENTO (CE) N° 2322/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se fija el importe máximo de la restitución a la exportación del azúcar blanco para la decimoctava licitación parcial efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CE) n° 1464/96 | ||||
REGLAMENTO (CE) N° 2323/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se fijan los precios representativos y los importes de los derechos adicionales por importación de melaza en el sector del azúcar | ||||
REGLAMENTO (CE) N° 2324/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 relativo a la venta de residuos de aceite de oliva en poder del organismo de intervención español | ||||
* | Reglamento (CE) n° 2325/96 de la Comisión, de 4 de diciembre de 1996, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nos 1598/95 y 1600/95, como consecuencia de la modificación de la nomenclatura combinada de determinados productos lácteos | |||
* | Reglamento (CE) nº 2326/96 de la Comision de 4 de diciembre de 1996 por el que se fija para el año 1996 la contribución comunitaria y la contribución de los Estados miembros afectados a los fondos de desguace que figuran en el Reglamento (CEE) nº 1101/89 del Consejo relativo al saneamiento estructural de la navegación interior | |||
* | Reglamento (CE) nº 2327/96 de la Comisión de 4 de diciembre de 1996 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2031/96 por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, distintas de las concedidas por azúcares añadidos | |||
REGLAMENTO (CE) N° 2328/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se fijan los derechos de importación en el sector del arroz | ||||
REGLAMENTO (CE) N° 2329/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas | ||||
REGLAMENTO (CE) N° 2330/96 DE LA COMISIÓN de 4 de diciembre de 1996 por el que se fija, para el mes de noviembre de 1996, el tipo de conversión agrario específico para el importe del reembolso de los gastos de almacenamiento en el sector del azúcar | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicablidad | ||||
Comisión | ||||
96/678/CECA: | ||||
* | Decisión de la Comision de 30 de julio de 1996 relativa a determinadas ayudas que el Gobierno italiano tiene previsto conceder en el marco del programa de reestructuración del sector siderúrgico privado italiano (El texto en lengua italiana es el único auténtico) (1) | |||
96/679/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por Bélgica en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) | |||
96/680/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre las solicitudes de exención presentadas por Bélgica en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) | |||
96/681/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por Luxemburgo en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua francesa es el único auténtico) | |||
96/682/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por Alemania en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua alemana es el único auténtico) | |||
96/683/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por el Reino Unido en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) | |||
96/684/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por el Reino Unido en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) | |||
96/685/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por el Reino Unido en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) | |||
96/686/CE: | ||||
* | Decisión de la Comision de 18 de noviembre de 1996 sobre la solicitud de exención presentada por el Reino Unido en virtud de la letra c) del apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) | |||
Rectificaciones | ||||
* | RECTIFICACIÓN A :# Reglamento (CE) nº 1442/95 de la Comisión, de 26 de junio de 1995, por el que se modifican los Anexos I, II, III y IV del Reglamento (CEE) nº 2377/90 del Consejo por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal | |||
(1) | Texto pertinente a los fines del EEE |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |