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Document 52012XG1026(02)

La presente información se pone en conocimiento de ABDOLLAHI Hamed (alias Mustafa Abdullahi), ARBABSIAR Manssor (alias Mansour Arbabsiar), SHAKURI Ali Gholam y SOLEIMANI Qasem (alias Ghasem Soleymani, alias Qasmi Sulayman, alias Qasem Soleymani, alias Qasem Solaimani, alias Qasem Salimani, alias Qasem Solemani, alias Qasem Sulaimani, alias Qasem Sulemani), incluidos en la lista contemplada en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n ° 2580/2001 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, que aparecen en la lista del Reglamento de Ejecución (UE) n ° 542/2012 del Consejo

DO C 325 de 26.10.2012, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.10.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 325/12


La presente información se pone en conocimiento de ABDOLLAHI Hamed (alias Mustafa Abdullahi), ARBABSIAR Manssor (alias Mansour Arbabsiar), SHAKURI Ali Gholam y SOLEIMANI Qasem (alias Ghasem Soleymani, alias Qasmi Sulayman, alias Qasem Soleymani, alias Qasem Solaimani, alias Qasem Salimani, alias Qasem Solemani, alias Qasem Sulaimani, alias Qasem Sulemani), incluidos en la lista contemplada en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2580/2001 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, que aparecen en la lista del Reglamento de Ejecución (UE) no 542/2012 del Consejo (1)

2012/C 325/03

El Reglamento (CE) no 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, dispone que sean inmovilizados todos los capitales, otros activos financieros y recursos económicos pertenecientes a las personas, entidades y organismos afectados, y que éstos no puedan disponer, ni directa ni indirectamente, de capitales, otros activos financieros y recursos económicos.

Se ha proporcionado al Consejo nueva información que afecta a la inclusión en la lista de las personas citadas. Tras considerar esta nueva información, el Consejo ha modificado la exposición de motivos en consecuencia.

Las personas afectadas podrán cursar una solicitud al Consejo para obtener la exposición actualizada de los motivos del Consejo para mantenerlas en la lista citada, a la dirección siguiente:

Consejo de la Unión Europea

(A la atención del Grupo PC 931 — Designaciones)

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Dicha solicitud se presentará dentro de un plazo de tres semanas a partir de la fecha de publicación del presente anuncio.

Las personas afectadas podrán cursar en cualquier momento una solicitud al Consejo, junto con la documentación justificativa, para que se reconsidere la decisión de incluirlas o mantenerlas en la citada lista, a la dirección citada anteriormente. Dichas solicitudes se estudiarán cuando se reciban. En este sentido, se advierte a las personas afectadas que el Consejo revisa periódicamente la lista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, apartado 6, de la Posición Común 2001/931/PESC. Para que las solicitudes se estudien en la próxima revisión, deberán presentarse dentro de un plazo de tres semanas a partir de la fecha de publicación del presente anuncio.

Se pone en conocimiento de las personas afectadas que puede cursarse una solicitud a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, enumeradas en el anexo del Reglamento, para obtener autorización para utilizar fondos inmovilizados con el fin de cubrir necesidades básicas o realizar pagos concretos (véase el artículo 5, apartado 2, del Reglamento). En la siguiente dirección electrónica figura una lista actualizada de las autoridades competentes:

http://ec.europa.eu/comm/external_relations/cfsp/sanctions/measures.htm


(1)  DO L 165 de 26.6.2012, p. 12.


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